Colombia: Informe sobre la nueva ECDF, decreto retroactivo y cursos de formación

América del Sur/Colombia/25 de octubre de 2016/Fuente: FECODE

A continuación un informe sobre el estado de los temas de la ECDF trabajados en la reunión de dicha comisión, en reunión del pasado 19 de octubre:

1. Decreto retroactivo al 1º de enero de 2016 para los docentes que aprobaron la ECDF.

El Viceministro de Educación, Doctor Víctor Javier Saavedra Mercado, manifiesta que el decreto de reconocimiento de los efectos fiscales de retroactividad al 1º de enero de 2016, continúa en el trámite de legalización, fue firmado por los ministros de Educación y Hacienda, y enviado a Presidencia para su respectiva firma. Fecode dejó sentada su posición en el sentido que este acápite hace parte de los compromisos incluidos en el Acta de Acuerdos firmada.

2. Decreto para la segunda cohorte de la ECDF.

El decreto correspondiente a la convocatoria de la segunda cohorte de la ECDF, está para firma de presidencia.

3. Capacitación para los docentes participantes del proceso de la ECDF y algunas situaciones con el ICETEX.

– El número de docentes habilitados para los cursos de formación son 9876, inscritos 5330, faltando a la fecha por inscribirse 4546, les reiteramos que la fecha límite para la inscripción es hasta el 14 de noviembre. Así mismo,

– Las matrículas inician el 21 de noviembre para todos los docentes.

– El Ministerio de Educación solicitará a las universidades que varíen sus calendarios e inicien la capacitación este año.

– Fecode requirió que se habilite el período de vacaciones para la formación docente y, en particular, para los educadores que hacen Maestría y los de zonas de difícil acceso, esto no niega que los demás docentes puedan iniciar, el MEN, se comprometió a realizar las gestiones con las universidades.

– Los docentes que puedan sufragar los costos preestablecidos del 0%, podrán hacerlo directamente en las universidades y con el recibo de cancelación, hacer ante el ICETEX los demás trámites.

– Los profesores deben cumplir con las estipulaciones establecidas por el ICETEX y la no concurrencia a la formación genera responsabilidades fiscales.

– El codeudor es requisito para la firma de los compromisos cuando el docente opta por la modalidad de crédito.

4. En cuanto a los maestros que no les llego el camarógrafo y a quienes reclamaron aportando la prueba en evaluación de desempeño, encuesta y autoevaluación y no les aparece valoración y/o calificación y les ratificaron la calificación inicial, notificamos al Ministerio de Educación que FECODE orientará al magisterio incurso en estas situaciones para que presenten las reclamaciones a que haya lugar, vía Acción de Tutela.

5. Para la revisión de los decretos expedidos unilateralmente por el Gobierno, se acordó convocar a la comisión técnico-jurídica para el 26 de octubre a las 3:00 p.m. en el MEN.

Fuente: http://www.fecode.edu.co/index.php/noticias-principales-6

Imagen: ww.fecode.edu.co/images/boletin_encuentro/imagenes2016/Nota4ecdf.jpg

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FECODE

La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación - FECODE, fundada el 24 de marzo de 1959 y reconocida por el Ministerio de Protección Social, según Resolución Nº 01204 del 6 de agosto de 1962, agrupa a docentes al servicio de la educación pública en Colombia, organizados en 33 sindicatos regionales y uno nacional, con los cuales se integra la estructura federativa. Surge a través de un proceso de fusión de sindicatos nacionales, de niveles de enseñanza y regionales. Su Comité Ejecutivo es elegido por voto directo y democrático de docentes afiliados y afiliadas a los sindicatos que la conforman