La Ley para Personas con Autismo

Por: Juan Kujawa Haimovici

El jueves 26 de mayo pasado, se aprobó por unanimidad en la Asamblea Nacional, en primera discusión, el Proyecto de Ley De Atención Integral Y Protección Para Las Personas Con Trastornos Del Espectro Autista (Tea) y Condiciones Similares, promovida y presentada por grupos de padres que representan Asociaciones de y para Personas con Autismo. (Entre otras la Fundación Soy Aspie, Fundaspie y la Fundación Asperger de Venezuela).

 Con este debate, la AN se convierte en el décimo Parlamento del mundo y el cuarto de Latinoamérica en discutir una Ley de Autismo.

El Proyecto de Ley tiene por objeto garantizar la atención integral y la protección de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y condiciones similares y complementará las demás normas existentes sobre la materia. Serán objeto de esta ley, una vez aprobada,  todas las personas que se encuentran diagnosticadas dentro del Trastorno del Espectro Autista (TEA) y condiciones similares.

¿Cómo define  el Proyecto de Ley el autismo?

Los TEA son de origen neurológico que se caracterizan por déficit y alteraciones generalizadas en múltiples áreas del desarrollo, incluyen un continuo de alteraciones, desde leves a severas en la interacción social, anomalías en la comunicación y la presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipadas, persistentes; así como estilos de  procesamiento sensorial diferentes.

Y las condiciones similares aquellos trastornos del desarrollo neurológico que comprenden el déficit de atención, trastornos de la comunicación, trastornos de la comunicación social y trastornos específicos del aprendizaje.

El Censo de Población y Vivienda 2011, no arroja información de cuantas personas con autismo hay en el país, y es muy importante para poder establecer las políticas públicas para su atención.

El Proyecto de Ley propone una serie de Derechos en: (Invito a leer el mismo, ya que abarca aspectos que omitimos por razones de espacio, en materia de derechos humanos, seguridad social y laboral, entre otros).

1. Educación: Propone incluir en los pénsum de las carreras de Educación una materia dedicada a los TEA. También en pediatría, psicología, psiquiatría; terapia ocupacional, terapia de lenguaje; y en la formación de servidores públicos como bomberos, policías, fuerzas armadas; y otros, que laboran en departamentos de RR.HH. (En relación a la inclusión laboral).

Derecho al acompañamiento escolar (tutor especializado en TEA) según las necesidades del estudiante en el proceso académico hasta que sea necesario.

2. Deporte: Propone Módulos específicos en esta área, para las personas con TEA e incentivar la creación.

Incentivar la creación de campamentos específicos para desarrollar habilidades sociales.

3. Salud: Se propone la Creación del Instituto Nacional de los trastornos del espectro Autista, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud y el desarrollo de líneas de investigación en autismo en las diferentes universidades de país. Garantizar que los HCM cubran todos los aspectos que el individuo con TEA requiera y los  HCM de los padres cubran a los hijos de por vida.

4. Responsabilidad y Protección Social

El Estado debe garantizar una pensión para las personas con TEA equivalente al sueldo mínimo, la misma debe ser de por vida y desde el momento del diagnóstico. En caso de que la persona esté incapacitada para el adecuado manejo de la misma, esta debería ser administrada por sus padres o representante legal.

El transporte público urbano superficial y subterráneo, para las personas con TEA debe ser gratuito. El interurbano tarifa preferencial con 50% de descuento o gratuito. Tarifas de trasporte aéreo, terrestre, fluvial y marítimo con 50% de descuento.

La persona con autismo incapacitada para velar por sí misma a causa de su condición, tiene derecho a recibir un régimen legal de protección, adaptación, atención y seguridad, por parte del Estado.

Este Proyecto de Ley, llena un vacío, creado por la actual Ley para las Personas con Discapacidad de 2007, la cual nunca fue reglamentada. El Estado y el Conapdis tienen responsabilidad por esa omisión.

Muchos políticos, han utilizado el término autista para descalificar y ofender. Este Proyecto prevé sanciones para ello. Un ejemplo reciente de ello:

http://www.el-nacional.com/politica/Maduro-autistas-alcaldes-gobernadores-opositores_3_828547170.html

Convencido que los padres son el motor de sus propios intereses e inquietudes, con respecto de sus hijos con algún tipo de discapacidad.  Seguro que otros grupos, que representan otras discapacidades tomarán este ejemplo, y no dependerán de las omisiones o desinterés de quienes le corresponde hacerlo, por obligación, ya que pareciera no tienen convicción de ello. Ellos los han superado.

Ahora el siguiente nivel: Su discusión y aprobación.

Tomado de:

https://drive.google.com/file/d/0BPzq56_bFHsR19JVGZVNTduOTQ/view?pref=2&pli=1

politicaspublicasydiscapacidad@gmail.com

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Juan Kujawa Haimovici

Docente Universitario. Etica Profesional / Políticas Públicas y Discapacidad