Consideraciones ante el proyecto de nueva Ley General de Educación

Por: Atilio Peralta Merino.

El pasado 18 de julio se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa de nueva Ley General de Educación reglamentaria del Artículo 3° de la Constitución tal y como habría quedado vigente en su texto ante la más reciente de sus reformas.

La iniciativa en cuestión, presentada por diversos legisladores actuando de manera conjunta según el caso, tanto a título personal, algunos de sus suscribientes, como en el carácter y condición de representantes de diversos grupos parlamentarios, fue turnada a la Comisión de Educación de la H. Cámara de Diputados el pasado 25 de julio

Por lo demás, el  pasado 27 de Junio de los presentes se llevó a cabo en Puebla el Foro denominado: “La Educación En México Hoy y Mañana”, arrojando de su realización una serie de conclusiones, que han inspirado a un grupo de mexicanos conformado por Luis Gonzaga Benavides Ilizaliturri, Germán Benítez Márquez, Ernesto García Hernández, José Guillermo Medina Álvarez, Carlos Meza Gutiérrez y quién suscribe, a presentar a los integrantes de la referida Comisión de Educación una serie de consideraciones que esperaríamos sean tomadas en cuenta al momento de expedirse la dictaminación correspondiente, Haciéndose digno de desatacar el hecho de que, las referidas consideraciones habrían sido enteradas a los legisladores en cuestión el mismo 25 de julio de los presentes.

En el proyecto en cuestión se deja traslucirla tendencia impulsada por la OCDE, consistente en centrar de manera exclusiva en la escuela el fenómeno educativo en detrimento de lo aconsejado al respecto por la UNESCO, tendencia que en el pasado reciente habría sido bandera de grupos conservadores como “Mexicanos Primero”, que llegaron al extremo de orquestar toda una campaña de auténtico linchamiento en contra del magisterio y de la educación pública en su conjunto; el proyecto en cuestión se hace eco de tal tendencia, a grado tal que en el Decreto se llega al extremo de hacer  recaer en las autoridades escolares, el trabajo de prevención de los delitos sexuales y de violencia intrafamiliar de los que puedan ser víctimas los educandos; en contrapartida, los referidos ciudadanos mexicanos se han dado a la tarea de expresar a la representación legislativa de la nación las siguientes

CONSIDERACIONES

Del resultado de las conclusiones del foro en cuestión, los suscribientes hemos llegado a la convicción de que el texto mismo del Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal y como fue aprobado en su más reciente reforma, requiere a su vez una revisión a fondo, y, en consecuencia, formularemos una iniciativa con proyecto de decreto para encauzarla en la vía de iniciativa popular, comprometiéndonos a su vez a redactar el respectivo proyecto de disposición secundaria acorde al mismo.

 

OBSERVACIONES DE FORMA

a).- La exposición de motivos del proyecto en cuestión resulta farragosa al hacer una exhaustiva y minuciosa reseña de ponentes participantes en los diversos foros llevados a cabo de manera previa a la formulación del proyecto en cuestión, exhaustividad que resulta a la postre del todo inútil para acceder a la cabal comprensión del decreto que se somete a la consideración del Poder Legislativo; resultando tan solo, digno de atención, la reseña de proyectos de iniciativas de ley en la materia pendientes de dictaminación las cuales, por técnica legislativa, ciertamente deben ser objeto del capítulo concerniente a antecedentes del proyecto en la exposición conducente.

Resultando de valía al respecto, tan solo lo expresado a partir de la página 59 en el rubro denominado Contenido de la Nueva Ley General de Educación, en el que se hace la reseña sintética del contenido del articulado que se contiene en el decreto objeto de la iniciativa.

b).- Los tratadistas del Derecho Administrativo, han criticado de tiempo atrás, que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal contemple la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial de la Federación los Manuales de Operación Administrativos de las Dependencias del Ejecutivo, toda vez que dichos instrumentos no son un cuerpo de ley que obligue a los particulares; con mayor razón, resulta criticable que los Artículos 28° y 89° del proyecto de Ley General de Educación en estudio, contemple la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial de la Federación los Planes y Programas de enseñanza así como el calendario escolar.

c).- La expresión “nueva escuela mexicana” que al efecto se dispone en el Capítulo Primero del Título Segundo del proyecto en cuestión, reconoce como claro antecedente, a la política educativa desplegada en Colombia, conocida precisamente bajo la designación de “escuela nueva”, y cuyo antecedente, habría que hurgar en las misiones culturales implementadas por José Vasconcelos en los años 20 en nuestro país; siendo del todo impropio, que el texto de un decreto se redacte a partir de consignas.

Por lo demás la Fracción II del Artículo 12 emplea un lenguaje alegórico al hablar de “diálogo entre humanidades, artes, ciencia y tecnología”, lenguaje alegórico que es impropio para un decreto; por su parte, expresiones contenidas en la Fracción III del mismo Artículo, así como el Artículo 13 en su Fracción I, como serían “tejido social”, “interculturalidad”; deben ser definidas en el texto mismo del decreto para no mover a duda o incertidumbre en la interpretación de la ley.

d).- Teniendo en cuenta que el acuerdo de voluntades es por definición la base del acto jurídico bilateral sinalagmático, resulta del todo inconducente que el Artículo 14 del proyecto en cuestión, someta los fines de la educación a un “Acuerdo Educativo Nacional”, en lugar de establecerlos con carácter unilateral, imperativo o de juc cogens”.

OBSERVACIONES DE FONDO

El proyecto en cuestión, observa de manera virtuosa a nuestro entender, el establecimiento de actos administrativos mixtos a cargo de la Secretaría de Educación Pública y de otras Dependencias; siendo al respecto digno de mencionar los siguientes rubros:

1.- Participación de la Secretaría de Salud contemplada en los Artículos 26° y 75° por lo que hace a la preservación de la salud.

2.- Del INAI y el INBA en las Fracciones XV y XXII del Artículo 3°.

3.- De la Secretaría del Trabajo por lo que hace a los Artículos 82° y 83° en lo concerniente a la formación de escuelas denominadas Artículo 123°, y a las atribuciones concernientes a la capacitación y adiestramiento para el trabajo.

4.- Al Instituto Federal de Telecomunicaciones de los Artículos 84° al 86° por lo que hace a la utilización de las llamadas nuevas tecnologías con fines escolares.

Siendo criticables, sin embargo, que en todos estos casos sean tan solo otras Dependencias las que incursionen en el ámbito de la SEP para centrar en exclusiva el fenómeno educacional en el ámbito de las escuelas, sin que, en contrapartida, la SEP en coordinación con la comunidad formule programas para que dichas dependencias y los demás agentes educativos que conforman nuestra sociedad, promuevan la difusión y el acceso de todos los mexicanos a hábitos y valores que eleven constantemente su condición de vida material y cultural.

e).- Los suscribientes somos de la idea de revisar a fondo las disposiciones de índole financiero que se contemplan en el proyecto en cuestión:

En tal carácter, por principio de cuenta, consideramos que las disposiciones de índole presupuestal que se contemplan en los Artículos 119° y 120° del proyecto en cuestión, son propios de la Ley General de Coordinación Fiscal específicamente en su Artículo 26° y no de un cuerpo de ley que contemple aspectos educativos; por lo demás instamos a la presente instancia a revisar lo dispuesto en la Fracción III del Artículo 103° y en el segundo párrafo del Artículo 104° del proyecto, dado que consideramos que dichas disposiciones abren la puerta a esquemas financieros como los denominados “bonos de escuelas al cien”, y que por supuesto abren el espacio a la especulación financiera de los montos asignados presupuestalmente a la educación y en detrimento de la cobertura de la misma; asimismo, somos de la idea de que, en relación a la existencia de los Comités de Padres de Familia para las mejoras escolares, que al efecto se contemplan en el Artículo 108°, debe aclararse a cabalidad, que dichos comités circunscriben sus atribuciones exclusivamente para fines de mejora en la infraestructura escolar, sin que los referidos Comités tengan influencia alguna en las decisiones pedagógicas como de manera por demás acertada se contempla en el Artículo 130° del proyecto en cuestión.

III.- Consideramos inconducente del todo, la referencia a una Ley de Carrera de las Maestras y los Maestros, que al efecto se contempla en los Artículos 91° a 94°, así como toda referencia al Centro Nacional para Revalorización del Magisterio y la Mejora Continua de la Educación, aunque somos conscientes que ello sería objeto, precisamente, del proyecto de Reforma Constitucional y de disposición reglamentaria al que hemos hecho referencia en el cuerpo del presente ocurso y que en consecuencia, no sería competencia de esta instancia entrar a dirimir sobre las mismas, sin que previamente sea reformado el texto mismo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

IV.- La existencia de los Consejos de Participación Social prevista en los Artículos 131° a 136° constituyen en sí mismo un acierto, aun cuando quedan truncos en su objeto, precisamente al suscribir a la escuela en la función educativa y al no proyectar sobre el conjunto de agentes sociales la promoción a hábitos y valores que promuevan el constante mejoramiento cultural, social y económico del pueblo, para cuyo objetivo se propone, que los referidos consejos asuman el siguiente método de:

Prospección Comunitaria.- Al ejercicio de reflexión que en conjunto debe hacer el grupo beneficiario de los programas sociales, el cual deberá basarse en un intercambio libre y espontaneo de reflexiones sobre la sucedido en la vida de ellos congregados en los últimos diez años a efecto de determinar un diagnóstico de la situación actual, a partir del cual se determinen por principio de cuentas los diversos escenarios ideales, probables y posibles; una vez hecho lo cual se fijaran las estrategias a efecto de lograr la consecución de objetivos inmediatos así como de largo y mediano alcance.

Fuente del artículo: https://www.e-consulta.com/opinion/2019-08-01/consideraciones-ante-el-proyecto-de-nueva-ley-general-de-educacion

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Las reformas ante la renovación de los poderes.

Indicios que vinculan a las autoridades con los huachicoleros. La tragedia de Texmelucan.

Por: Atilio Peralta Merino.

El proceso electoral en marcha deja de manifiesto cómo los diversos aspirantes, tanto a la jefatura del estado como a los diversos cargos que habrán de instituirse en virtud de los comicios a celebrarse el año entrante, mueven sus fichas en el complicado juego de la sucesión de poderes; con ello, no sólo declina de manera manifiesta el poder político del presidente y se anuncia el vencimiento del plazo constitucional de sus atribuciones y prerrogativas constitucionales, sino que, pareciera percibirse al menos, se perfila el fin definitivo de un régimen de dominación política en nuestro país, cuya vigencia resulta por demás cuestionable ya a la fecha, si no es que desde hace mucho tiempo atrás.

La administración en funciones emprendió transformaciones sin precedentes que han ido mucho más allá de lo que “los antiguos límites” dijérase en la terminología “masónica” de la “Constitución de Anderson”, pudieran aceptar o permitir.

Los contratos de riesgo, ideados en los países de la costa del Pacífico en el sur del continente, ante la realidad patente de que en dicha región del planeta no existe plataforma continental en sus litorales marítimos en virtud de la denominada “falla de San Andrés”, convirtiéndose, en consecuencia, la exploración y subsiguiente perforación marítima en una actividad revestida de un grado por demás considerable de complejidad técnica ingenieril; sin embrago, en los días que corren, se asignan entre nosotros a consorcios alemanes y egipcios para explotar yacimientos maduros en la zona terrestre de nuestro país.

Eduardo Guerrero Gutiérrez, especialista en tópicos de seguridad, ha expuesto el grave riesgo que trae consigo aparejada una actividad clandestina como es la concerniente a la extracción de hidrocarburos en los ductos de la empresa “Petróleos Mexicanos”, dada la extensión. ampliación y profundización de los actos violentos denominados de “acto impacto” en vastas regiones del centro del país.

Los indicios que vinculan a autoridades locales con los denominados “huachicoleros”, se hicieron manifiestos, en el caso específico de Puebla, desde los días de la detención de altos mandos de la policía estatal por parte de efectivos del ejército en el denominado “triángulo rojo”, episodio que tuvo como colofón la destitución del entonces secretario de seguridad pública Facundo Rosas Rosas.

En las inmediaciones de la caseta de San Martín Texmelucan, por lo demás, se habría dado, meses atrás, el trágico hecho de la muerte a mansalva de un niño de dos años y la violación de dos mujeres, una de ellas menor de edad, en un episodio que se relacionó con el robo de vehículos destinados a la trasportación criminal de “huachicol”; el incidente de marras, desembocó en una serie de equívocos por parte de la Policía Federal al momento de establecer responsabilidades, a raíz de lo cual, un detenido fue posteriormente puesto en libertar ocasionando con ello un clima de opinión adverso hacía el sistema penal acusatorio puesto en marcha en fechas por demás recientes; sistema de persecución del delito promovido por los organismos internacionales a partir de su adopción en Guatemala en 1996, en el marco delos acuerdos de paz en aquel país, en el que, dicho sea de paso, el referido sistema ha colapsado desde hace ya varios años.

Las reformas emprendidas por el gobierno actual, tanto en materia energética como judicial, pese a sus controversiales implicaciones y consecuencias, no parecieran ser la de mayor calado, carácter y condición que reviste al parecer la denominada “reforma educativa”, cuya reacción generó una movilización de repudio en las calles y caminos de todo el país de manera prácticamente permanente desde su aprobación y al parecer frustrada puesta en marcha y funcionamiento.

Movilización social que no encuentra precedente cercano en los anales de nuestra vida social al menos desde el señero año de 1968 como coincidiría en alguna entrevista reciente con un activista magisterial por demás reconocido en la vida del país como lo es el maestro Miguel Guerra Castillo.

Los alcances de la educación pública han sido objeto de un debate emplazado a escala planetaria, a partir de que los postulados humanistas de la UNESCO, consignados a partir del año 1990, en el programa denominado “Educación para Todos” signado por los diversos integrantes de la comunidad internacional en Jomtién, Tailandia; han sido objeto desde entonces, de una brutal hostilidad manifiesta por parte de los mandos ejecutivos de la OCDE, quiénes esgrimen criterios alejados del todo de las consideraciones educativas básicas y circunscritos a los criterios mercantiles y de austeridad presupuestal que ellos mismos se han encargado de poner en boga en todas las latitudes del globo terráqueo.

En torno al debate o conflicto- si acaso se prefiere el término- magisterial y educativo vivido a lo largo de los años recientes, resulta de obligada lectura del libro “EDUCAR PARA LA IGUALDAD SOCIAL ( aproximación a la nueva escuela mexicana)” de la autoría de nuestro amigo el ex gobernador de Tabasco Víctor Manuel Barceló Rodríguez, la referencia, que en dicha obra se hace al gran clásico contemporáneo de la pedagogía y la política educativa que es “FRANKENSTEIN EDUCADOR” del profesor Phillippe Meirieu, nos brinda enormes herramientas para dilucidar o al menos aproximarnos a una explicación aceptable de las consecuencias que la reforma en cuestión ha traído consigo y que nos permitiría empezar a avizorar posibles salida al enorme brete a la que la misma nos ha conducido.

Ante el trastorno en los equilibrios sociales y de gobierno entronizados con las principales reformas en marcha bajo la actual administración, la renovación de poderes en marcha se presenta con un grado enorme de complejidad sin precedente al menos para las actuales generaciones que habitan el país, y encierra un reto que exige a los mexicanos de hoy estar a la altura del reto que la historia nos presenta.

Fuente: http://www.e-consulta.com/opinion/2017-10-06/las-reformas-ante-la-renovacion-de-los-poderes

Imagen:  http://www.animalpolitico.com/wp-content/uploads/2013/02/diputados0013-960×500.jpg

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