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República Dominicana: La educación como derecho y como servicio público esencial

Cristóbal Rodríguez Gómez

La suspensión de la docencia en la escuela pública en las indicadas condiciones quebranta, además, el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación de los menores de edad.

En su edición del día de ayer, este periódico editorializaba sobre un tema crucial para cualquier sociedad: la educación. Nos recordaba que durante la pandemia «pocos sectores sufrieron tanto y durante tanto tiempo como el sector educativo»; que «mientras otros campos se han recuperado satisfactoriamente, el educativo sigue de problema en problema perjudicando directamente a la masa estudiantil del sector público» y que, en medio del rezago de «los más vulnerables», continúan «los maestros haciendo asambleas en horas lectivas.»

Pero no se trata solo de asambleas. Se trata además de paralizaciones de docencia por reclamos que se llegan a cabo amparados en el derecho a huelga que de forma recurrente reivindica el gremio. Así, a la paralización general del pasado viernes -según informa Diario Libre en una nota de la misma fecha-, se suman las convocadas para los días 26 de mayo y 7 de junio próximos. Esto a pesar de las advertencias del ministro Ángel Hernández en el sentido de que, cada día que se deja de impartir docencia en el sector público, le cuesta al Estado una suma que ronda los 750 millones de pesos.

En otras palabras, el gremio de los maestros sigue privilegiando sus derechos, frente al derecho de los estudiantes a recibir docencia. Y pese a la obligación de los docentes de ofrecer el servicio al que sirven, en los términos que manda la Constitución en su artículo 147.

Conviene recordar que nuestro Tribunal Constitucional ha fijado su criterio sobre los límites del derecho a huelga de los maestros. Hagamos memoria: el 13 de mayo de 2019, mediante Sentencia TC/0064/19, el Tribunal Constitucional decidió un recurso de revisión constitucional de amparo que le fue presentado por la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), seccional del municipio de Barahona. Dicho recurso se interpuso contra una Sentencia en la que, la Primera Sala de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de esa demarcación, consideró que una serie de marchas, piquetes, asambleas y suspensiones parciales de la docencia en las escuelas públicas, propiciadas por el indicado gremio durante el año 2017, atentaban contra el derecho a la educación en condiciones de igualdad.

En el proceso que culminó con la señalada sentencia se enfrentaban, en esencia, dos derechos fundamentales: el derecho a la huelga de los profesores que integran la ADP, seccional Barahona, y el derecho a la educación. Esta circunstancia, por aplicación del canon del artículo 74.4 constitucional, llevó al TC a un ejercicio estricto de ponderación que, ciertamente, no funda una regla de aplicación general a otros casos similares en el futuro. Pero que dejó claro algunas cuestiones sobre las que conviene volver.

Lo anterior significa, en primer término, según nos informa el TC, «que la solución a que se arribará no supondrá necesariamente, y en todo caso, que el derecho fundamental que resulte protegido haya de prevalecer siempre respecto del otro, ni tampoco que el precedente contenido en la decisión podrá ser considerado en abstracto como fuente de una sub-regla de jerarquización entre los derechos en conflicto, sino que será necesario realizar una casuística ponderación entre uno y otro para determinar la solución que resulte constitucionalmente adecuada, según el grado de afectación y satisfacción de los intereses en conflicto.»

La consideración central del tribunal para asignar un mayor peso al derecho a la educación frente al derecho a la huelga en el caso bajo comentario es la siguiente: «Las huelgas constantes y reiteradas convocadas por la ADP (…) constituyen un grave riesgo que podría afectar el logro de los objetivos educacionales de 33,000 niños, niñas y adolescentes de la región. El beneficio que pretendían obtener los profesores radicaba en mejoras en las condiciones laborales y en los planteles educativos. Sin embargo, las probabilidades de que tales beneficios se pudieran conseguir en un corto plazo eran precarias, pues los requerimientos de las normas que pautan la erogación de los fondos públicos y el carácter centralizado de la gestión educativa en el país, pugnan con la posibilidad de mejoras como las exigidas por la ADP, seccional Barahona, sin el aprovisionamiento presupuestario del Poder Legislativo…»

De lo anterior parece desprenderse que, en circunstancias en las que el recurso a la huelga resulte adecuado para de alcanzar los fines perseguidos, el mismo podría prevalecer frente al derecho a la educación. No obstante, ese aspecto de la decisión no debe ser visto al margen de la que considero su cuestión jurídica más relevante: la redefinición de la noción de servicios esenciales llevada a cabo por el Tribunal.

Tradicionalmente definidos como «aquellos cuya suspensión pone en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas en toda o parte de la población», en el caso concreto el Tribunal considera que dicha noción abarca, además, «la educación pública gratuita a nivel inicial, básico y medio, cuando la suspensión de la docencia se practica de modo ´progresivo, prolongado e indiscriminado´, pues su misión esencial es contribuir a la función del Estado social y democrático de derecho que, por mandato constitucional debe propender a la obtención de los medios que permitan a la persona perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva (artículo 8).»

En consecuencia, el derecho a la huelga deberá ceder frente al derecho a la educación, no solo por el hecho de que los fines perseguidos no sean realizables como resultado de su uso. Deberá ceder siempre que la docencia, considerada como un servicio esencial por la sentencia comentada, sea suspendida de modo «progresivo, prolongado e indiscriminado». Esto así porque, a consideración del Tribunal, con ello se pone en entredicho la misión esencial del Estado en la obtención y desarrollo de los medios de perfeccionamiento progresivo de las personas bajo su jurisdicción.

La cuestión se relaciona con el artículo 147 constitucional según el cual los servicios públicos, sean prestados por el Estado o por los particulares, «deben responder a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia (…) continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria.» Esto así, porque las paralizaciones recurrentes no son razonables, ni eficientes, al tiempo que atentan contra la calidad y el carácter continuo con que deben ofrecerse dichos servicios.

La suspensión de la docencia en la escuela pública en las indicadas condiciones quebranta, además, el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación de los menores de edad pues, según el criterio del TC, «las suspensiones reiteradas de docencia por la huelga convocada por la ADP, seccional Barahona, lesionan gravemente su derecho a la educación y son víctimas de discriminación fáctica en la medida en que los estudiantes de colegios privados disfrutan de programas completos, cursos y exámenes a tiempo, sin ningún tipo de interrupción.»

https://www.diariolibre.com/opinion/en-directo/2023/05/23/la-educacion-es-un-derecho-y-servicio-publico-esencial/2324064

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Estas son las oposiciones ideales para una persona según sus cargas familiares y tiempo disponible

Por: Carlota Fominaya

En función de las horas al día que le puedas dedicar, y también el tiempo que quieras estar, hay oposiciones a las que no se pueden acceder, reconocen los expertos.

Opositar está en el horizonte vital de muchas personas pero cada vez que alguien cruza el umbral del despacho de Jesús Martínez, jefe de Estudios del Centro de Estudios Financieros (CEF), para ver qué opción les recomienda, este les hace una pregunta que, a la postre, es determinante para dibujar la trayectoria de estudios de ese futuro alumno: «¿De cuánto tiempo dispones?». «El tiempo es un factor determinante, aunque no condicionante, para preparar una oposición, más que la edad o la capacidad. En función de las horas al día que le puedas dedicar, y también el tiempo que quieras estar, hay oposiciones a las que no se pueden acceder», reconoce.

«Aunque tampoco es lo mismo que se presente es una persona de treinta y tantos con obligaciones o cargas familiares, que un joven de 23, 24 años con dedicación exclusiva. Como tampoco es lo mismo haber realizado previamente una carrera de Humanidades que disponer de una licenciatura de Derecho o Administración de Empresas», matiza.

Para alguien con dedicación exclusiva: A1

En cualquier caso, si la persona que entra en su despacho asegura que puede sacar 40 horas de estudio semanales, la recomendación del jefe de estudios de CEF sería optar por una oposición A-1. «Son aquellas que tienen como requisito académico el grado. Se trata siempre de oposiciones superiores como, por ejemplo, a inspección de Hacienda, de Trabajo, jueces, letrados de la administración de Justicia, o inspectores del Banco de España».

Estas oposiciones, prosigue este experto, «requieren dedicación exclusiva. ¿Qué supone eso? Que algunas suponen una horquilla de entre dos y cuatro años de estudios con una matización: que suelen estar más cerca de los cuatro que de los dos. Y que las oposiciones a Juez, Fiscal, Registrador de la Propiedad o Abogado del Estado se pueden considerar a partir de los 6 años de dedicación que se pueden convertir incluso en 9 o más».

Por eso, admite Martínez, «para una persona que tiene que conciliar la vida personal con la oposición, salvo que lógicamente tenga no menos de 35 horas de estudio, que es difícil, lo aconsejable es que no se presente a una oposición de grupo A-1».

Para quien dispone de 25 horas de estudio: A2

Para aquellos que se encuentren en el entorno de las 25 horas de dedicación a la semana, lo aconsejable, indica el experto del CEF, «es que se dirijan a una oposición de grupo A-2 de cuerpos de gestión: técnicos de gestión, gestión del Estado, técnico de Auditoría, técnico de Hacienda, gestión procesal….», enumera.

La ventaja de las oposiciones A2, apunta Martínez, «es que están compuestas por un temario más corto, que se mueve entorno a 60, 80 temas, y fundamentalmente carecen de prueba oral. Las pruebas son todas escritas. Primero se realiza un test de criba, luego un segundo ejercicio que suele ser un tema escrito o pregunta corta, y luego un tercer ejercicio que suele ser un caso o un supuesto práctico que puede ser de carácter económico o jurídico».

El tiempo para preparar estas oposiciones para una persona que tiene que compatibilizar con su familia «no es menor a dos años», apunta. «Si por contra se presenta un joven de 25 años que no se tiene que preocupar más que de estudiar, y que encima es riguroso, disciplinado y se exige personalmente, podría aprobar incluso en poco más de 12 meses», asegura.

Sin dedicación exclusiva: C1

¿Qué ocurre con aquellas personas que tienen que conciliar o que no tienen dedicación exclusiva pero quieren opositar? «Estas personas se suelen encontrar con dos situaciones: primera, que no tienen 24 años, sino una media entre los 40 y los 45 años y, segunda, que no tienen de todo el tiempo del mundo. Recomendaría el grupo C1, que tiene como requisito académico el Bachillerato, haber realizado BUP, ciclos de grado superior, y se pueden optar a cuatro grandes cuerpos: Administrativo del Estado; Tramitación Procesal (Justicia); agentes de la Hacienda Pública y Ayudantes de Instituciones Penitenciarias».

El grupo C1, explica Martínez, «está compuesto de programas más cortos, que suelen moverse entorno a los 40 temas, aproximadamente pero también tiene un “handicap”. Porque al igual que no hay crimen perfecto, no hay ninguna oposición perfecta, y el ratio entre número de instancias que se presentan y el de las plazas ofertadas es mucho peor. Es decir, que aunque el temario es mucho más accesible, hay más competitividad».

En particular, prosigue este experto del Centro de Estudios Financieros, «nosotros a aquellas personas que tienen el título de grado le solemos recomendar más un grupo A2 que un grupo C1, primero porque tiene mejor ratio y menos competitividad, y segundo porque los contenidos del programa C1 están incorporados incluidos en el programa del A2. Es decir la gente que se presenta a Gestión Procesal, absolutamente todos se presentan a Tramitación. y al revés, la gente que se presenta a gestión del Estado, a cuerpo administrativo. Tienen dos posibilidades».

Menos de 20 horas de estudio semanales: C1 o C2

Para aquellos que disponen de menos de 20 horas de estudio y dedicación a la semana, Martínez recomendaría optar por un grupo C1 o C2, de auxiliar de la Administración del Estado, donde la titulación requerida para acceder es la de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria, FP de primer grado o equivalente.

Como Cuerpo General sus miembros realizan funciones comunes a la actividad administrativa, especialmente aquellas de carácter mecanográfico, de cálculo sencillo, archivo, registro similares.

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Libro (PDF): El derecho como arma de liberación en América Latina : Sociología jurídica y uso alternativo del derecho

Reseña: CLACSO

Este libro, sin hacer totalmente a un lado lo relativo a la crítica jurídica, se centra en la teoría del uso alternativo del Derecho; se intenta dar a la sistematización de estas prácticas jurídicas alternativas un sostén teórico sociológico. Para la redacción final se utilizó como base de este trabajo precisamente, El Derecho como Arma de Liberación en América Latina, que había resultado ser un pionero en la sistematización teórica del uso alternativo del Derecho. Sociología Jurídica y uso alternativo del Derecho, como una nueva versión de El Derecho como Arma de Liberación en América Latina, creemos que cumple con el objetivo planteado en la investigación de reivindicar como sociología jurídica militante la teorización de las prácticas jurídicas alternativas en Latinoamérica, y hace, al mismo tiempo, teoría relativa al uso alternativo del Derecho en la búsqueda de una contribución a la plenitud de la vigencia de los derechos humanos en nuestro Continente.

 

Autor/a:                               Torre Rangel, Jesús Antonio de la    
Editorial/Editor: CENEJUS
Año de publicación:  2006
País (es): Mexico
Idioma: Español
ISBN : 968-9065-00-9
Descarga:   El derecho como arma de liberación en América Latina : sociología jurídica y uso alternativo del derecho
Fuente e imagen:

 

http://biblioteca.clacso.edu.ar/
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Webinar: El derecho a la Educación en la Venezuela del 2020

Por: FOVEDE.

🔊🗞️ Como parte de las actividades en pro del fortalecimiento de la *Educación Pública,* invitamos al webinar del *Foro Venezolano por el Derecho a la Educación (FOVEDE)* , atendiendo a: » *El derecho a la educación en la Venezuela del 2020:  realidad, retos y desafíos»*
Evento auspiciado por CLACSO
En este encuentro de miradas y posiciones argumentadas, nos acompañarán:
➡️ *Dr. Rubén Reinoso (UBV)*
➡️ *Dra. Luisa Pernalete (Fe y Alegría)*
➡️ *Dr.Omar Hurtado Rayugsen (docente jubilado UPEL)*
➡️ *Dra. Rose Mary Hernández (UNERG)*
🎙️La moderación de las participaciones estará a cargo de: *Luis Bonilla-Molina*  (FOVEDE / OIREPOD : OVE)
📝La sistematización del encuentro será presentada por:  *Dr. Lermit Rosell(UCV)*
📝 El procesamiento de preguntas y saludos: *Esp. Luz Palomino (Portal OVE)*
Hora: *4 pm hora local Venezuela*
Este es el link para ingresar:
*Unirse a la reunión Zoom:*
*ID de reunión: 881 5059 9141*
*Contraseña: 072938*
🟣 Será retransmitido a través de:
✅ Facebook  del portal *“Otras Voces en Educacion”* https://www.facebook.com/ovemundo
Esta transmisión es posible Gracias al apoyo logístico del  *Centro Internacional  de Pensamiento Crítico “Eduardo del Río” RIUS (CINPECER)*
Fuente de la reseña: FOVEDE
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Libro(PDF): «Derecho, conflicto social y emancipación. Entre la depresión y la esperanza»

Reseña: CLACSO

Las discusiones que atraviesan este libro ponen en cuestión la pretendida neutralidad del derecho, exponiendo tanto sus dimensiones ideológicas y performativas como los modos en que el discurso jurídico ordena las visiones de la realidad de acuerdo a las relaciones de poder imperantes.

Los trabajos que reúne este volumen muestran no sólo el rol del discurso jurídico en la consolidación de órdenes sociales asimétricos y verticales. También expone cómo, bajo determinadas condiciones, ese mismo orden puede subvertirse, contribuyendo a que actores sociales relegados desafíen el poder instituido.

Con este libro, el Grupo de Trabajo Pensamiento jurídico crítico realiza un aporte fundamental para entender el derecho como una herramienta capaz de operar en la recomposición de las relaciones sociales y en la legitimación de iniciativas que dan sustento a causas y luchas emergentes surgidas de nuestras sociedades

Autores (as): Mauro Benente. Marco Navas Alvear. [Compiladores]

Mauro Benente. Marco Navas Alvear. Adoración Guamán. Aleida Hernández Cervantes. Yacotzin Bravo Espinosa. Alejandro Médici. Sonia Boueiri Bassil. Alejandro Rosillo Martínez. Luis Villavicencio Miranda. Antonio Carlos Wolkmer. Lucas Machado Fagundes. Carlos Rivera Lugo. Mylai Burgos Matamoros. Beatriz Rajland. Napoleón Rosario Conde Gaxiola. Diana Isabel Molina Rodríguez. Carlos Arturo Gallego Marín. Luiz Ismael Pereira. Camilo Onoda Caldas. [Autores y Auroras de Capítulo]

Editorial/Editor: CLACSO

Año de publicación: 2019

País (es): Argentina

Idioma: Español.

ISBN: 978-987-722-422-1

Descarga: Derecho, conflicto social y emancipación. Entre la depresión y la esperanza

Fuente e Imagen: https://www.clacso.org.ar/libreria-latinoamericana/libro_detalle.php?id_libro=1541&pageNum_rs_libros=7&totalRows_rs_libros=1382

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Nueva Zelanda despenaliza el aborto

Oceanía/Nueva Zelanda/22-03-2020/Autor y Fuente: www.dw.com

Con esta nueva ley, las mujeres podrán obtener «más rápidamente consejo y tratamiento», según el gobierno.

El parlamento de Nueva Zelanda aprobó este miércoles (18.03.2020) una ley que despenaliza el aborto, que hasta ahora se podía castigar, en este país de reputación progresista, con una pena de hasta 14 años de cárcel.

Una ley aprobada en 1961 estableció que la interrupción voluntaria de un embarazo era un delito que podía llevar a la cárcel.

Aunque esa ley nunca se aplicó, el ministro de Justicia, Andrew Little, consideró que era necesario cambiarla.

«De ahora en adelante, los abortos serán considerados como una cuestión médica», explicó el ministro en un comunicado.

«Con la ley precedente, las mujeres que deseaban abortar debían superar numerosos obstáculos», recordó el ministro.

Con esta nueva ley, las mujeres podrán obtener «más rápidamente consejo y tratamiento», agregó. La nueva ley fue aprobada por 68 votos contra 51.

ct (afp, ap)

Fuente e Imagen: https://www.dw.com/es/nueva-zelanda-despenaliza-el-aborto/a-52822972

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El miedo y la ira en la vida escolar

Por: Miguel Ángel Rodríguez

Hace una par de semanas me invitaron a charlar con un nutrido grupo de profesoras y profesores de educación básica de Huauchinango, Izúcar de Matamoros y San Martín Texmelucan, Puebla. Las charlas fueron parte de la inauguración del Programa Nacional de Convivencia Escolar (PNCE) que pretende “…promover la intervención pedagógica en las aulas y escuelas, de carácter formativo y preventivo con apoyo de materiales educativos, orientada a que las/os alumnas/os reconozcan su propia valía; aprendan a respetarse a sí mismos y a los demás; a expresar y regular sus emociones; a establecer acuerdos y reglas, así como a manejar y resolver conflictos de manera asertiva.”

En fin, preparé un par de exposiciones, una sobre la educación básica como derecho social fundamental y otra sobre qué son los valores en el tiempo, para las diferentes culturas, en un mundo globalizado, con un presidente norteamericano que proclama la supremacía biológica de los blancos, los White Anglo-Saxon Protestant  (WASP) e infecta de miedo, ira, culpa (que se atribuye a los otros) y envidia a la sociedad estadounidense –lo dice Martha C. Nussbaum.

Tenía sentido, pues muchos poblanos de esas regiones tienen familiares viviendo, desde hace mucho tiempo, en Estados Unidos y algunos sintieron en carne viva, incluso, el estigma del inmigrante en tierras más allá del Río Bravo.

Sin la pretensión de ser alarmista, con la celebrada filósofa de la justicia poética, con Nussbaum, me pregunto aquí, después de mis charlas, si algunos de esos sentimientos del ser humano, que retratan nuestra vulnerabilidad, se encuentran presentes en la vida pública nacional y de qué manera pueden afectar la consolidación de un proyecto democrático de nación. Me refiero con énfasis a la particularidad histórica del gremio: ¿cuál es el sentimiento, la emoción que prevalece, traspasa la epidermis y se instala como conciencia de finitud, en este momento, en una buena parte del magisterio nacional…?

Quiero hablar, siguiendo a Nusbbaum, de La monarquía del miedo, de la ira que cobija y alimenta secretamente, de la manipulación que los poderes fácticos y los poderes públicos pueden hacer, ¿están haciendo?, de tales emociones entre la ciudadanía de nuestras sociedades globalizadas. Es la ira que nace del miedo permanente a una muerte violenta, de la impotencia frente a la impunidad, de no encontrar responsables y, en consecuencia, de culpabilizarnos todos, unos a otros, sin mejores resultados que la ruptura de los lazos de  fraternidad.

Siempre resulta refrescante sentir la presencia, los estados emotivos, las disposiciones afectivas que despliegan los profesores y las profesoras de México antes de decidir, frecuentemente en escenarios escolares adversos, como el de la violencia, ¿qué hacer…? ¿qué fundamentos pedagógicos elegir para la formación, para la educación de los seres humanos, ahí, en las aulas…?

Son los protagonistas del proceso educativo, son las fuentes originarias del cuidado del ser humano. Mucho tiempo estuve ciego para intuirlo, para comprenderlo. Y era lo más próximo, lo más cercano.

Expuse un esbozo histórico de los derechos humanos hasta el momento de concebir a la educación como uno de los cuatro derechos sociales fundamentales, como un derecho que es la base, el impulso anímico para conquistar otros derechos, una condición sine qua non para abrir otras, mejores posibilidades de habitar el mundo –todo sazonado con alguna dosis risueña de escepticismo, de realismo pesimista propio de la edad.

Hablé del Estado legislativo de derecho y del Estado constitucional de derecho, de la impostergable necesidad de hacer efectivos, para que sean válidos, los derechos de las niñas y niños de México a una mejor educación, que incluye el derecho a tener escuelas completas, con infraestructura suficientemente satisfactoria para potenciar las capacidades y habilidades de las profesoras, profesores y estudiantes, particularmente en las comunidades indígenas. Es ahí donde la inequidad social clava sus garras desde la Colonia.

No es una novedad, en muchas regiones indígenas aún pervive el Estado paleoliberal, el de “la indiferencia jurídica de las diferencias”, a cuya organización estatal no le interesa garantizar la existencia de las diferencias y, en el mejor de los casos, son incluidas solo en calidad de excluidas. Son espacios en los que la organización estatal revela sobredosis seculares de xenofobia (rechazo a los extranjeros) y aporofobia (rechazo a los pobres –lo llama Adela Cortina).

Las cifras del INEE son devastadoras, pues el escenario que nos presentan de los pueblos indígenas originarios ilustran muy vivamente, o, mejor dicho, con una luz mortecina, las tristes condiciones de existencia de los estudiantes y la deficiente infraestructura de las escuelas 
indígenas de México.

Al terminar las respectivas exposiciones se abrió una pequeña ronda de preguntas y respuestas. Esperaba poner sobre la mesa que Puebla es uno de los estados con mayores índices de discriminación, creo que si lo dije, no me acuerdo bien, en todo caso llevaba indicadores actualizados…pero los caminos de la vida no son como yo pensaba, como los imaginaba, no son como yo creía, porque el magisterio tenía su propia agenda y, sin cortapisas, la extendió sobre la mesa.

Había una constante en las tres ciudades y era la memoria reciente del Colegio Cervantes de Torreón, Coahuila, la del asesinato de una maestra a manos de uno de sus alumnos de once años de edad, quien, a sangre fría, casi a quemarropa, disparó sobre ella y, después, en el delirio del juego, descargó el arma inclemente contra otro profesor y cinco estudiantes que estaban en el patio, antes de voltear la pistola homicida hacia sí mismo, antes de suicidarse. Replicaba, al parecer, la masacre perpetrada por dos estudiantes de la secundaria de Columbine, en Colorado, en Estados Unidos, la tragedia más grande que registra la historia de la educación secundaria en aquel país.

Vinieron, pues, los cuestionamientos. Elegí para ilustrar mi propósito los dos siguientes:

Maestra de Izúcar:  ¿Qué nos recomienda usted, qué hacer frente a la amenaza de que se repita la tragedia del Colegio Miguel de Cervantes de Torreón, Coahuila…?, ¿Se debe regresar al plan de mochila sana y segura?


Maestra de San Martín: Si ya se canceló el programa operativo mochila segura, ¿quién nos va garantizar que mañana, dios no lo quiera, se presente una situación similar…?

Las interrogantes hicieron que el auditorio se removiera inquieto, nervioso, sobre sus asientos, un rumor fue subiendo de tono hasta convertirse en coro cuando las profesoras soltaron como oscuros enigmas sus preguntas. Me quedé paralizado, podía responder, con datos estadísticos e información de política educativa comparada, por el estado de los derechos políticos, económicos, sociales y culturales, pero nunca me preparé para responder la pregunta crucial: la pregunta por el derecho a la vida.

Eran cuestionamientos sobre los fundamentos del pacto social en México, sobre la validez y legitimidad del contrato social, porque el miedo, según recuerdo de Thomas Hobbes, es el origen que posibilita saltar del Estado de Naturaleza al Estado civil, pero no cualquier miedo sino el miedo a una muerte violenta, ahí reside el secreto del pacto de sujeción y de la primera forma del Estado moderno. El pueblo cede parte de sus libertades al poder soberano, para que lo libre de una muerte violenta. ¿Qué pasa cuando el Estado no garantiza ese derecho efectivamente…?

Lo que los docentes estaban desocultando era una disposición afectiva, un estado emotivo primario, de conservación y afirmación de la vida, de incertidumbre frente a la ausencia de un Estado, no parecían tener la certeza de que el Rey de los soberbios, el Leviatán, pudiera someter a las fuerzas del mal. 
El desasosiego de las profesoras y profesores era la expresión del miedo al que están diariamente sometidas las escuelas y las aulas -el sistema educativo en su totalidad-, pues viven temerosas por la alta probabilidad de ser víctimas de la violencia impune.

El tema que ellas estaban introduciendo era la cúspide del derecho internacional: el derecho a una vida digna.

Una vez que me repuse del sorpresivo giro que tomaron las circunstancias traté de responder que el derecho a la intimidad personal y familiar se considera inalienable, intransferible e imprescriptible, que es un principio sagrado de los filósofos liberales, pues está relacionado con la protección a la dignidad de los seres humanos. La conquista del derecho a la intimidad –continué- nos había llevado muchos siglos, tuvieron que pasar muchas inquisiciones, muchos tribunales de la fe y muchos crímenes de odio para su coronación como principio fundamental de las libertades y derechos humanos.

En esa intimidad se incuba la semilla de la libertad de conciencia, la libertad de expresión, la libertad de crítica. Y concluí que por todo ello no podíamos olvidar, abandonar, el derecho a la intimidad de los estudiantes.

En suma, que no me parecía una buena política escolar atentar contra la intimidad que, como la correspondencia, atesoran las mochilas del estudiantado. Que equivaldría a invertir el principio básico del derecho que reza que “todos somos inocentes hasta que no se demuestre lo contrario” por el de “todos somos culpables mientras no se demuestre la inocencia”.

Les comenté que en la intimidad de la casa, quizá, las madres y los padres de familia pudieran revisar las mochilas de los menores de edad antes de que fuesen a la escuela. Sentí que mis argumentos racionales y razonables resultaban muy endebles, débiles para calmar las acusadas expresiones de temor.

A regañadientes, podría decirse, las profesoras y profesores aceptaron mis argumentos, reconocían la lógica y el contenido, pero mis razones no calmaban sus miedos, sus enojos, sus malestares contra el sistema, contra el escenario de violencia impune que impera en sus regiones.

Pude sentir el miedo a una muerte violenta en las escuelas, flotando, intoxicando el ambiente. En ese contexto un profesor de Izúcar de Matamoros, un maestro mayor que no vio más que viento en mis palabras, demagogia –debe haber pensado-, tomó decidido la palabra para fijar su posición. Era un tono enérgico, mostraba un sentimiento de enojo contenido, porque su voz lindaba con el grito cuando me dijo que mi manera de pensar era muy irresponsable, porque los dejaba inermes a ellos, a los profesores. Pude percibir que yo era la representación, en ese momento, de la ausencia de responsables de la probabilidad de la violencia escolar en las escuelas. Volví a pensar con Nussbaum que el miedo socava la fraternidad de la vida escolar.

Y es que el miedo extremo nos conduce a dar palos de ciego, buscamos y no encontramos quiénes son, bien a bien, los responsables de la descomposición social por la que atraviesa México. En el sistema educativo ocurre lo mismo cuando se habla de la catástrofe estridente, los medios suelen arremeter contra la dignidad del magisterio de manera infame, los padres y madres de familia se levantan igual contra las autoridades educativas que contra los maestros. Mientras el magisterio responsabiliza a los padres y a los directivos, los sindicatos de maestros responsabilizan a las autoridades educativas y, desde luego, la acusación tiene un oscuro camino de regreso.

En esa confusión de responsabilidades y culpabilidades no es extraño que el sentimiento de impotencia aflore en el magisterio, que el miedo a la muerte violenta sea el impulso anímico sobre el cual se monte el enojo y la ira, porque aunque queremos intervenir, participar para transformar los escenarios, no encontramos el camino, no sabemos cómo hacerlo efectivamente.

Es una ira que nace del sentimiento de la propia vulnerabilidad, del desmoronamiento de las instituciones de justicia. Los griegos y los romanos, nos recuerda Nussbaum, consideraban a la ira como un veneno mortal contra cualquier régimen democrático y los primeros declararon un guerra cultural a la ira vengativa, basta recordar las primeras líneas de la Iliada que canta la ira de Aquiles, quien termina reconciliado con su enemigo, el Rey Príamo, dejando atrás los crímenes inspirados por el deseo de venganza, por la muerte de su querido amigo Patroclo.

Y pienso que tal vez hemos reparado muy poco en la extensión que el miedo está generando en las comunidades escolares, una emoción que, combinada con la ira y la culpabilización (de los otros, los diferentes), desemboca en el asco (un pensamiento de contaminación), en los crímenes de odio, como ha sucedido contra las mujeres, indígenas, pobres, musulmanes, judíos, afrodescendientes, homosexuales, transexuales, con un largo y enlutecido  etcétera.

El PNCE es un programa preventivo de la SEP que apenas comienza, y considero que es muy pronto para decir nada; no obstante, de sus contenidos se desprende que se trata de disolver o, por lo menos disminuir, el racismo y la pigmentocracia creciente de nuestras sociedades, promover la igualdad de género, el respeto a la diversidad cultural, la diversidad sexual y la aporofobia (el rechazo a los pobres).

La propuesta pedagógica es pertinente, porque incluso recurre a técnicas básicas de meditación (budista) para calmar las emociones y los sentimientos desbordados a la hora de tomar decisiones, para evitar el sufrimiento derivado de la mente de mono, de la inconciencia y disfrute del tiempo presente por estar en el tormento del tiempo pasado y el tiempo futuro.

Sin embargo, como siempre, falta ver qué opinan los grandes capitanes de empresa de la televisión y la radio comerciales de nuestro país y de Estados Unidos, pues ellos son, en la historia real, como nos enseñó Pablo Latapí Sarre, con su programación violenta, lacrimógena, banal, racista, homófoba, sensiblera, los únicos y verdaderos criadores de las políticas culturales de las emociones entre la niñez y la juventud de México y el mundo entero.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/el-miedo-y-la-ira-en-la-vida-escolar/

Imagen: https://pixabay.com/photos/hiding-boy-girl-child-young-box-1209131/

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