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Libro: Hacia un sistema de derechos de autor que promueva los derechos culturales

Se publicó la primera edición del libro Propiedad intelectual y derechos humanos. Hacia un sistema de derechos de autor que promueva los derechos culturales (2016), de la autora Beatriz Busaniche y editado por Tren en Movimiento con apoyos de Sentidos del libro, Fundación Vía Libre y Heinrich-Böll-Stiftung. Esta edición se encuentra disponible para su descarga en PDF.

La publicación revisa la historia evolutiva de los derechos de acceso a la cultura y los derechos de autores e inventores en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDDHH) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Posteriormente expone las tensiones que existen entre los sistemas de propiedad intelectual y los tratados de derechos humanos, para concluir con un análisis sobre la viabilidad y consideraciones de la realización de cambios normativos en los derechos autorales.

Beatriz Busaniche es presidenta de la Fundación Vía Libre, líder pública de Creative Commons Argentina y colaboró con Wikimedia Argentina.

Ficha: Busaniche, B. (2016). Propiedad intelectual y derechos humanos. Hacia un sistema de derechos de autor que promueva los derechos culturales. Temperley: Tren en Movimiento.

Fuente: http://www.elcosmografo.net/libro-hacia-un-sistema-de-derechos-de-autor-que-promueva-los-derechos-culturales/

Publicado en OVE el 27Mayo2016

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“Invención”: usurpación de lo ya existente

Marx Gómez

Los mismos hombres que establecen las relaciones sociales conforme a su productividad material producen también los principios, las ideas, las categorías conforme a sus relaciones sociales”
Karl Marx

El capitalismo hoy

Lo que caracteriza a cada época económica no es lo que se hace sino cómo se hace y con qué instrumentos se hace. En ese sentido, el conocimiento cobra cada vez más importancia por ser precisamente el determinante de las relaciones sociales de producción que caracterizan este contexto actual, a saber, el capitalismo global, informacional, cuya economía está sustentada, precisamente, en el conocimiento.

Entendiendo que el capitalismo se caracteriza por la concentración de los principales medios de producción en un número de manos cada vez menor; comprendiendo que dicho sistema es un sistema-mundo tal y como lo expresa Wallerstein y que en el mismo la economía-mundo se sustenta en el esquema centro-periferia, podremos visualizar la configuración de la división internacional del trabajo entre países (periféricos) que suministran materia prima y países (centrales) que desarrollan constantemente su industria y procesan el flujo de recursos provenientes de aquellos. En tal esquema podemos situar –económicamente- a los primeros países en el Sur (en vías de desarrollo) y a los últimos en el Norte (países altamente industrializados, desarrollados).

Bajo este esquema, los países centrales no solo procesan la materia prima que proviene del Sur sino que al terminar dicho proceso, sitúan las mercancías en el mercado mundial obteniendo así un segundo beneficio: un flujo neto de capitales del Sur hacia el Norte. Tal es el “negocio redondo” del capitalismo. Para mantener esa faena es necesario, pues, que los países centrales se encarguen de mantener aseguradas sus principales fuentes de recursos, tanto económicos como naturales, y por consiguiente, edificar todo un aparato jurídico-político de pretensiones globales que permitan alcanzar sin muchos contratiempos este objetivo.

Si decimos entonces que el capitalismo se configura hoy alrededor de la información y el conocimiento, es porque los mismos fungen hoy no sólo como mercancía sino como materia prima para el sistema. En el caso de la información podemos visualizar lo anteriormente explicado al observar cuáles son los principales medios de comunicación en el mundo, en manos de quienes están y a qué intereses responden. Cabe preguntarse perfectamente ¿podemos decir realmente que vivimos en una sociedad de la información cuando la mayoría de la información está privatizada?

En el caso del conocimiento, podemos formular una pregunta similar, ¿puede ser esta una sociedad del conocimiento cuando el conocimiento mismo está siendo privatizado cada vez con mayor ferocidad? Tal proceso lo podemos evidenciar en el régimen de Propiedad Intelectual que ha buscado erigirse globalmente.

Un régimen jurídico de opresión

En pocas palabras pudiera decirse que la Propiedad Intelectual supone el reconocimiento de un derecho particular en favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre las obras del intelecto humano. Ese es el “cuento bonito” pero lo que no revela esta definición es el hecho de que los Derechos de Propiedad Intelectual protegen a quien comercializa determinado conocimiento, bien sea éste una obra literaria o una invención científica. Y si no olvidamos que los principales medios de producción están en manos de unas pocas personas, fácil podemos evidenciar que el beneficio es para pocos y las consecuencias de tal desigualdad la vivimos muchos.

¿Cómo pasan los Derechos de Propiedad Intelectual a ser un tema de prioridad global? Una estrategia de cuatro pasos permite comprender cómo se da eso. En primer lugar, es necesaria una coalición internacional alrededor de la Propiedad Intelectual conformada por la tríada Estados Unidos, Unión Europea y Japón que se materializa en la edificación de diversos organismos “multilaterales”; en segundo lugar, es imperante el que dicha coalición ejerza su influencia para situar, por medio de foros y demás eventos académicos “neutrales y objetivos”, a la Propiedad Intelectual como punto prioritario en la agenda de todos los países; en tercer lugar resulta vital para el mantenimiento de la hegemonía neoliberal que la coalición sepa contener –y esto conlleva a veces a amenazar- a aquellos países que desempeñan un rol semi-periférico y que puedan representar una posible amenaza para los intereses imperiales, asimismo deben refinar sus tácticas de persuasión para poder garantizar que los países del Sur Global sigan amarrados al régimen de Propiedad Intelectual1; por último, la coalición debe garantizar su hegemonía en el tiempo al establecer modificaciones en los Derechos de Propiedad Intelectual, extendiendo el plazo de concesión de los mismos y alargando con ello los beneficios monopólicos que reciben estos países por concepto de regalías emitidas desde los países del Sur.

Todo este régimen mundial de Propiedad Intelectual apuntala, precisamente, a asegurar que los exportadores netos (los países industrializados) continúen ampliando su control y logren frenar cualquier posible acumulación competitiva. Esto agrava aún más el profundo desequilibrio comercial existente entre el Norte y el Sur y da muestras de que un sistema global de Propiedad Intelectual –de marcado corte neoliberal- les cuesta a los países pobres mucho más de lo que los beneficia comercialmente.

Biopiratería: privatización de la vida misma

Ahora bien, visto el panorama es momento de enfocarnos en el tema que venimos a desarrollar aquí, a saber, la biopiratería como proceso de privatización de la vida misma.

Hablar de biopiratería es hablar de neocolonialismo, de nuevas formas de dominación y explotación, es hablar de cómo la biodiversidad va siendo parte del cumulo de propiedades de unos pocos y de cómo compañías trasnacionales –específicamente las del sector farmacéutico- han usurpado conocimientos milenarios para beneficiarse espantosamente a costa de la miseria y creciente pobreza de los pueblos indígenas.

Es hablar también de la supuesta “salida” que implicaría el regular el acceso a los recursos genéticos, el exigir transparencia en cuanto a la fuente de los recursos a la hora de solicitar una patente por innovación científica y del patentar el conocimiento tradicional. Todo esto no es más que un giro de tuerca que profundiza las actuales depravaciones que se viven en el marco de este sistema y, ¡peor aún!, con tales “soluciones” la biopiratería estaría legalmente permitida y se concebiría ahora como “transacciones comerciales”.

Con o sin soporte legal la biopiratería viene dándose desde 19942 cuando las principales industrias farmacéuticas del mundo lograron ejercer su influencia en la OMC para que ésta impusiera leyes de Propiedad Intelectual sobre los organismos vivos. Podemos definir entonces a la biopiratería como privatización de recursos colectivos y públicos por medio de ¡sistemas jurídicos! que impiden a todos los demás acceder a ellos. Esto es lo que no revela el concepto de patentes hasta ahora hegemonizado: protección al inventor y a su invento que, en este caso, ¡han sido producto de la usurpación del conocimiento de todo un pueblo! ¡La apropiación despiadada de un bien común!

Y es que precisamente de eso se trata: las industrias de biotecnología utilizan el conocimiento ancestral (en este caso, remedios) de los pueblos indígenas para elaborar medicamentos que luego salen al mercado a un precio altísimo y sin repartir beneficios al pueblo usurpado, ¡quien ahora tiene que resarcir económicamente por una actividad que realizaban desde un buen tiempo! El “invento” no es más que la usurpación de las técnicas ya existentes, si acaso con alguna ligera modificación.

El concepto de «biopiratería» supone, pues, que es un derecho natural la posesión de una planta, de variedades animales y de genes humanos. Este monopolio sobre la vida conlleva a tres consecuencias: el aumento desproporcionado de los precios, imposibilitando con ello el acceso por parte de las y los ciudadanos a los “nuevos” desarrollos; el freno a la producción local al recibir una gran cantidad de mercancía importada y al verse debilitada la economía nacional por motivo de la fuga de capitales bajo el concepto de regalías por el uso de estos bienes; y por último, la prohibición de actividades originarias puesto que ahora pasan a ser reconocidas como “invención” de determinada empresa y por consiguiente se rigen por el régimen de Propiedad Intelectual.

La “biopiratería” no es más que un enfoque alternativo, una “salida” digna de los revisionistas. Es la coexistencia con el capitalismo y su explotación avasallante al no oponerse tajantemente a los monopolios biológicos sino “exigir” una mayor redistribución de sus beneficios, es decir, las empresas de biotecnología que incurran en este tipo de acciones y cuyos trabajos se basen en variedades naturales, o en genes humanos descubiertos en países en vías de desarrollo o entre poblaciones indígenas, tendrían que estar obligadas a pagar regalías por ello.

La verdadera transformación, la verdadera acción revolucionaria es liberarse, precisamente, de todos los monopolios biológicos en el marco de una transformación sistémica mayor: el cambio de las actuales relaciones sociales de producción a unas donde el control de los principales medios de producción esté en manos de las y los trabajadores.

En este sentido, cobra una vital relevancia la integración regional y el internacionalismo como baluartes de un proceso de acumulación de fuerzas que permitan ofrecer una férrea resistencia y una lucha profundamente anti imperialista y anti capitalista, construyendo con ello una nueva hegemonía que, a la par de las nuevas relaciones de producción, consolide la edificación de una nueva sociedad.

Concluimos, pues, expresando que el actual régimen de Propiedad Intelectual es inviable para todos los países que se encuentran en una situación de desigualdad frente a los países del Norte industrializado. Asimismo, estas “salidas” que buscan “proteger” el conocimiento tradicional no hacen más que facilitar la transformación de los mismos en mercancías y con ello introducirlas a la “boca del lobo”, es decir, a la lógica del mercado capitalista.

Es necesario avanzar en el proceso de acumulación de fuerzas para construir, desde el Sur Global, una propuesta contra hegemónica que beneficie realmente a los países en desventaja y que, en el marco de la solidaridad entre las naciones, busque ir transformando cada ámbito de esta sociedad que subsiste con el empobrecimiento de cada vez un número mayor de personas.

¡La lucha es nacional por su forma, e internacional por su contenido!

 1 Un ejemplo de ello lo tenemos en la firma del Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), condición previa que establece la OMC para que los países puedan ingresar al organismo.

2 De hecho, hay un incidente anterior: el 12 de abril de 1988, la oficina de patentes de EEUU concedió a DuPont una patente sobre un ratón cuya línea había sido modificada para hacerlo susceptible al cáncer.

Fuente: http://www.aporrea.org/tecno/a126109.html

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El conocimiento: dimensión estratégica para el capitalismo cognitivo

Marx Gómez
Rebelión

Si se nos preguntara cuáles son las condiciones básicas para la existencia de cualquier sociedad, pudiera decirse que son dos: la producción de bienes y servicios, y la reproducción de la especie humana. Tanto la una como la otra están tocadas por un elemento transversal en toda la teoría marxista: el trabajo. De esto se desprende que la manera en cómo nos organizamos para producir y distribuir los bienes elaborados va configurando todo un conjunto de relaciones basadas en torno a este elemento, posibilitando al mismo tiempo el establecimiento de principios, ideas, categorías para la comprensión y aprehensión de la realidad en base a estos múltiples relacionamientos.

Cada época se define, entonces, no en función de lo que se hace en un determinado momento histórico sino en el cómo se hace y con qué instrumentos se hace. Karl Marx en Los Grundrisse (ed. 1972 [iv] ) ya nos asomaba en la parte final del Fragmento sobre las máquinas el papel del saber en la productividad: la noción del general intellect.

Allí planteaba que la naturaleza no construye por sí misma las máquinas y demás instrumentos de trabajo, a lo sumo aporta las materias primas necesarias para que la industria humana transforme las mismas, a través del cerebro humano y de la mano humana, en fuerza objetivada del conocimiento, convirtiéndose éste en una fuerza productiva inmediata. (1972; 230)

A la luz de lo anterior, resulta apropiado decir que el conocimiento cobra una importancia cada vez mayor por ser valor estratégico para organizar el orden actual del capital. La sociedad actual, basada en estas formas de relacionamiento, ha recibido múltiples denominaciones: capitalismo informacional, global, cognitivo, pero capitalismo a fin de cuentas. Su economía se sustenta, entonces, en un realismo material pero con un soporte cognitivo.

Esa “esencia” es la que muchos olvidan con o sin intención cuando hablan con tanta emoción del eufemístico término de Sociedad de la información [v] (Castells; 2000 [vi] ). Esto revela, como bien decíamos líneas arriba, la importancia del conocimiento en la productividad y en las relaciones de poder que se tejen en el marco del sistema-mundo, configurándose así una geopolítica del conocimiento sustentada en el cuarteto Estados Unidos-China-Unión Europea-Japón.

Ahora bien, si en los instrumentos de trabajo se halla objetivado el general intellect ¿qué pasa con el conocimiento que es fuerza productiva inmediata? ¿Al consumirse el capital fijo en el proceso de producción se consume también ese conocimiento objetivado en los instrumentos de trabajo?

Llegamos así a la naturaleza peculiar del conocimiento, “El que recibe una idea mía, recibe instrucción sin disminuir la mía, igual que quien enciende su vela con la mía, recibe luz sin que yo quede a oscuras.” [vii] El conocimiento no se agota en el consumo y en el intercambio reciproco entre seres humanos no hay quienes queden con más conocimientos y otros que queden con menos. Sin embargo, todo aquello que es tan celosamente protegido por el sistema capitalista en una muestra de falso altruismo proveniente de un humanismo inexistente demuestra que aquello que se encuentra en custodia constituye una fuente de riquezas exorbitantes para el mismo. El poder económico requiere, pues, de la monopolización en la difusión de los saberes para poder garantizar un dominio global del conocimiento de la humanidad.

El discurso construido para ejecutar esa protección en aras de “promover el progreso de las ciencias y de las artes” es el de la Propiedad Intelectual. Caracterizado el conocimiento por su abundancia y no por su escasez, al ser apropiado y confinado por parte de los grandes consorcios transnacionales urge crear la escasez a fin de poder dar oferta a esa demanda de conocimiento.

Esa lógica económica [viii] pone en jaque a los sectores estratégicos de todas las economías –más aún las del Sur global-: patentes sobre procesos de producción de alimentos, sobre organismos vivos, sobre medicamentos; la educación se encuentra cada vez más estrangulada por los procesos de privatización tanto exógenos como endógenos; el conocimiento producido por las investigaciones financiadas con fondos públicos es usurpada por compañías trasnacionales; el espíritu que permitió el desarrollo de Internet –la cultura hacker- es constantemente mutilado por el fortalecimiento del software privativo y la intención de prohibir todo tipo de intercambio de contenidos digitales sin costo alguno; y los bienes culturales cada vez están más lejos del dominio público debido al aumento de los plazos de protección monopólica de los mal llamados derechos de “autor” [ix] .

Las leyes erigidas en torno a este concepto –el de la Propiedad Intelectual- se hayan sustentadas en la lógica del capital y pueden considerarse como dispositivos clasificatorios coloniales (Lander; 2002 [x] ) que enuncian las practicas convalidadas y aquellas que han de ser condenadas. “Dios tiene su gloria en su expansión” (Hinkelammert; 2008:31 [xi] ) es la analogía mítica que mejor describe la [ir]racionalidad del capital en la sociedad actual.

Las políticas neoliberales aplicadas en América Latina y todo el mundo a partir de la segunda mitad del siglo pasado posibilitaron la apertura de nuevos campos para la acumulación: la salud, la educación, la vivienda…y el conocimiento. Esto es lo que David Harvey llama acumulación por desposesión, el “nuevo” rostro del imperialismo.

No es secreto para nadie que las instituciones “multilaterales” como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Mundial de Comercio [xii] y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual le han servido al neoliberalismo como brazos legales para ejecutar sus prácticas coloniales y depredadoras, no sólo de la naturaleza sino de la existencia humana.

Como un último dato – ¡y sobran muchos más!- que revela la importancia estratégica del conocimiento para el capitalismo en la actualidad, tenemos la propuesta del senador republicano Lamar Smith [xiii] de modificar la estructura organizativa de las embajadas de Estados Unidos para incluir la figura del Agregado de Propiedad Intelectual, “diplomáticos” cuyo objetivo es persuadir a los países de adoptar marcos jurídicos similares –por no decir iguales- a los existentes en el país norte americano.

Ciertamente, no existen temas más importantes que otros pero, en el caso aquí presente, urge problematizar y analizar –desde todo el conjunto de las ciencias sociales- todas las implicaciones del actual régimen de Propiedad Intelectual y su amenaza al enriquecimiento material, cognitivo y espiritual de la humanidad. Hay que dejar por sentado que el acto de compartir no es robar y desde allí iniciar todo un ejercicio teórico-práctico que nos ofrezca diferentes alternativas al orden actual del capital.

[i] Recomiendo la lectura del texto Capitalismo cognitivo. Propiedad intelectual y creación colectiva. Puede descargarse desde el siguiente enlace:

http://libros.metabiblioteca.org:8080/bitstream/001/247/8/capitalismocognitivo.pdf

[ii] Este es un breve resumen de la primera sección del segundo capítulo del Trabajo Final de Grado que presenté como requisito para optar al título de sociólogo. Lleva por nombre Una crítica contra hegemónica a la racionalidad del copyright. Puede descargarse desde el siguiente enlace: http://pinoes3coma14.blogspot.com/2012/07/una-critica-contra-hegemonica-la.html

[iii] mjgl1189@gmail.com

[iv] Siglo XXI Editores.

[v] La revolución científico-técnica, profundizada con la aparición y posterior expansión del Internet y las Nuevas Tecnologías de Información y Comunicación en la segunda mitad del siglo XX, ha situado en el imaginario cognitivo esta categoría y su consecuente desarrollo teórico. Al respecto es necesario continuar avanzando en las críticas a la tradición apologética de Manuel Castells que suelen seguir muchos de los estudios sobre la Sociedad del Conocimiento.

[vi] Me refiero al texto de tres tomos La era de la Información.

[vii] Falvinge, Rick (2011) Historia del Copyright. Véase Estados Unidos y las Bibliotecas Públicas en http://partido-pirata.blogspot.com/2011/04/historia-del-copyright-parte-4-por-rick.html Es una cita que hace el autor sobre Thomas Jefferson, uno de los padres de la constitución de los Estados Unidos.

[viii] Que no deja de ser una lógica civilizatoria que nos plantea, según el discurso jurídico, que el acto de producir conocimiento está motivado por el lucro; que es el beneficio económico lo que impulsa la innovación; y que el acto de compartir conocimientos libremente es uno de los mayores delitos en la sociedad actual. Si alguien no ve en esto un profundo absurdo, que me diga entonces ¿qué ve?

[ix] Recomiendo la lectura del texto Derecho de ¿autor? El debate de hoy de la abogada cubana Lillian Álvarez Navarrete. Puede descargarse en el siguiente enlace:

http://copysouth.org/imgs/derecho_de_autor_cuba.pdf

[x] Los civilizados y los barbaros. Disponible en: http://www.nuso.org/upload/articulos/3022_1.pdf

[xi] Hacia una crítica de la razón mítica. Fundación editorial El perro y la rana.

[xii] Y sus correspondientes Acuerdos sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comerció (ADPIC).

[xiii] Lea la noticia completa en http://pinoes3coma14.blogspot.com/2012/07/senador-de-estados-unidos-propone_18.html

Fuente del articulo: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=154785

Fuente de la imagen: http://www.portafolio.co/sites/portafolio.co/files/imagecache/horizontal_articulo/ADMIN.jp

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Scientist Rejects FDA’s Offer of Royalty Payment for Invention and Demands Full Rights

América del Norte /EEUU/Abril 2016/Autor: Editor / Fuente: frontpageafricaonline.com

Resumen: Apenas una semana después de la investigación de autoridades de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), del Congreso estadounidense, para supuestamente eliminar el nombre del Dr. Chris Dougbeh Nyan de su invención y su publicación, en retribución, la FDA ha ofrecido el pago de regalías al Dr. Nyan, pero el Dr. Nyan ha rechazado la oferta de pago de derechos de la FDA por invención y reclaman sus derechos completos.

Barely one week into the US Congressional investigation of authorities at the US Food and Drug Administration (FDA) for allegedly removing the name of Dr. Dougbeh Chris Nyan from his invention and publication in retaliation, the FDA has offered Dr. Nyan royalty payment, but rejected by Dr. Nyan.

In a recent email communication dated April 4, 2016 from Alice Welch, the FDA’s Director of Technology Transfer, the FDA requested Dr. Nyan to «provide the following information: full name, including middle name, social security number, home mailing address and telephone number, and banking information so that FDA can make the royalty payment to you».

The payment is in relation to what FDA refers to as «FDA technology #E-135-2014». The invention by Dr. Nyan, a former FDA ORISE Fellow, is a point-of-care multiplex diagnostic test for detection of viruses. Phone calls to Alice Welch for comments regarding the royalty offer to Dr. Nyan were not returned, while FDA authorities contacted also declined to comment.

In a sharp response, Dr. Nyan has questioned the FDA’s sudden royalty offer without prior discussions and also questioned how his invention became «FDA technology #E-135-2014.»

Asked why he refused the FDA’s offer of royalty for his invention, Dr. Nyan said he considers “the FDA’s offer of so-called royalty as an attempt to bribe my conscious and legitimize their violation of my intellectual property rights.»

Dr. Nyan further said that «FDA authorities have misused their power and wanted to illegally take my invention by removing my name from patent document we uncovered.» Dr. Nyan is demanding the «full restoration of his rights to the invention and the corrective removal of names that do not even belong on the invention patent.»

Dr. Nyan named Mr. Kevin Swinson, his research associate, as «the only scientist deserving of credit as co-inventor.» Kevin Swinson, an African-American, has been Dr. Nyan’s long time research associate when the invention was made. He, Mr. Swinson never worked at the FDA.

In an article published by FrontPageAfrica in January 2015, Dr. Nyan sounded an alarm stating that, «in a scientific environment where minorities and people of African descent are disadvantaged», Dr. Nyan expressed the hope that his «intellectual property rights will be fully protected and that the product of his invention will serve the poor and needed populations in society.»

Dr. Nyan is a US citizen of African descent from Liberia, one of three West African countries severely affected by the recent Ebola epidemic. His name was allegedly removed from a patent document and scientific publication by FDA management authorities in «retaliation» for his testimony to the US Congress on the Ebola crisis.

The FDA’s offer of royalty payment to Dr. Nyan comes after US Congressman Lamar Smith’s (R-TX) March 17, 2016 inquiry letter to FDA Commissioner, Dr. Robert Califf and after the story was first published by the Washington Post. Congressman Smith’s letter questions «whether it was legally sound for FDA management officials to exert rights to the Fellow’s invention.»

And, legal experts closely following the case have opined that the FDA, a federal agency, could be in serious violation of Federal Statues that protect scientists on federal academic Fellowships and their inventions.

Dr. Nyan was awarded an ORISE Federal Fellowship in March 2012 for his academic excellence and scientific achievements to work at the FDA on an invention he made prior to receiving the ORISE Fellowship Award.

It can be recalled that Dr. Nyan testified before the US Congress on September 17, 2014 on the Ebola crisis in West Africa in his capacity as Director of Liberia Emergency Response Task Force on the Ebola Crisis.

The Hearing was chaired by Congressman Christopher Smith (R-NJ). During his Congressional testimony, Dr. Nyan recommended the establishment of Centers for Disease Control and Prevention in Africa and requested for increased US support for the medical systems of the Ebola-affected countries of Liberia, Guinea, Sierra Leone, and Nigeria. Dr. Nyan testified alongside Dr. Kent Brantly and Dr. Anthony Fauci of the US National Institutes of Health.

Shortly after his testimony Dr. Nyan was placed under investigation by Dr. Deborah Taylor and Dr. Sanjai Kumar, two scientists in senior management position at the FDA’s Division of Emerging and Transfusion Transmitted Diseases (DETTD) where Dr. Nyan worked on his invention. Dr. Nyan was subsequently terminated from his research fellowship position in December 2014 by Dr. Deborah Taylor.

Dr. Nyan’s case against the FDA has generated international concern. Currently on a US-Liberia congressional exchange program, two members of the Liberian Legislature, Senator Conmany B. Wesseh of River Gee County and Representative Ben A. Fofana of Margibi County met with Staff of Congressman Lamar Smith to register concerns about the case and expression appreciation for the steps taken by the US Congressional Oversight Committee on Science, Space and Technology which Congressman Lamar Smith chairs.

The Liberian Legislators were accompanied by a member of the National Democratic Institute (NDI), a US-based rights and democratic advocacy group. Interest in Dr. Nyan’s case against the FDA has also been increasing in the immigrant and African-American communities, particularly where the contributions of immigrants to the American society are often unrecognized, while immigration has been a hot campaign topic during this US primary electoral politics.

Fuente de la noticia: http://frontpageafricaonline.com/index.php/diaspora/474-scientist-rejects-fda-s-offer-of-royalty-payment-for-invention-and-demands-full-rights

Fuente de la imagen: http://frontpageafricaonline.com/images/health/dr-dc-nyan.jpg

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Cámara del Libro: La «Ley Fotocopia» es inconstitucional

La Cámara del Libro rechazó el proyecto que fue votado por unanimidad ayer en la Cámara Alta.

Uruguay/ 14 de abril de 2016/El País

La Cámara Uruguaya del Libro advirtió que el proyecto que fue votado ayer en el Senado para flexibilizar la ley de Derecho de Autor es «inconstitucional».

El proyecto, impulsado por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU), apoyada por docentes y egresados de la Facultad de Derecho, fue aprobado por unanimidad en la Cámara Alta y ahora se está a la espera de lo que se decida en Diputados.

Para la Cámara de Libro, que en la tarde de ayer hizo una conferencia de prensa en rechazo a lo decidido por los senadores, «el texto dispositivo proyectado pone en peligro no solamente el justo resarcimiento al creador, sino la viabilidad de una industria cultural acorde a las necesidades educativas y culturales de nuestro país».

A través de un documento firmado por el presidente de la Cámara, Jorge Saracini, se da cuenta de que la propuesta de la FEUU «otorga excepciones tan amplias» que «atenta contra el artículo 33 de la Constitución de la República y no respeta el derecho humano de segunda generación como lo es el Derecho de Autor». El artículo 33 señala que «el trabajo intelectual, el derecho del autor, del inventor o del artista, serán reconocidos y protegidos por la ley».

El proyecto establece una gran cantidad de cambios en la ley del año 1937. El más polémico advierte que «es lícita la reproducción por cualquier medio, de una obra o presentación protegida, ordenada y obtenida por una persona física, en un solo ejemplar para su uso personal, y sin fines de lucro, no requiriendo autorización del autor o titular».

Tanto la Cámara del Libro como la Fundación de la Cultura Universitaria —que en octubre de 2014 hizo una denuncia por la cual se allanó la Galería Montecarlo, ubicada frente a la Facultad de Derecho, se incautaron más de 1.000 libros fotocopiados y se encontraron otros 16.000— consideran que este artículo que se pretende incorporar es inconstitucional.

«Nótese que aquí no se habla ni de fracción de una obra o de capítulo de la misma. Por lo expresado, la norma que se propone permite la reproducción por cualquier medio, de una obra o presentación protegida, ordenada y obtenida por una persona física sin hablar sobre que la copia sea realizada a partir de un original. Por tanto se autoriza una copia y sobre esa copia alguien a su vez podría copiarla (no la misma persona)», dice la Cámara.

Además, advierte que el artículo «perjudicará, sin duda, a los creadores o detentadores de los derechos que pretendan cobrar una justa compensación por su trabajo o inversión».

También se va contra otro artículo del proyecto de la FEUU, que señala que «se considera lícita la reproducción, distribución y comunicación pública para fines de enseñanza y aprendizaje, de parte de una obra publicada o íntegramente si su breve disposición o naturaleza lo justifican».

Sobre esto, la Cámara señala que «en este contexto cualquier obra puede ser reproducida en su totalidad si su breve extensión o naturaleza lo justifican. ¿Qué tipo de naturaleza debe tener una obra para que pueda ser fotocopiada o reproducida por cualquier medio? ¿Bastará que el docente lo entienda conveniente para hacerlo?».

Sobre otro artículo, el número 13, que señala que «son también lícitas las comunicaciones, distribuciones, interpretaciones, ejecuciones, traducciones o adaptaciones que se lleven a cabo en instituciones docentes de aprendizaje e investigación, públicas o privadas, sin ánimo de lucro», la Cámara también se pronuncia en contra.

Advierten que «es responsabilidad del Estado y de las autoridades de la Educación garantizar el acceso de los estudiantes a los contenidos de estudio» y «no de quienes generan contenidos y/o en detrimento de su propiedad». Y están en contra de que se amplíe el beneficio a centros privados, ya que quienes concurren a estos tienen un «nivel de ingreso» que les permite pagar los libros.

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Las universidades españolas pagarán casi 200.000 euros anuales por derechos de autor

 La conferencia de rectores, celebrada a mediados de marzo, aprobó abonar un canon por los contenidos de libros, revistas y periódicos con «copyright» que suban a sus campus virtuales

España/ 04 abril 2016/ Autor: Santiago González/ Fuente: www.diariopalentino.es

Las universidades españolas deberán pagar a partir de ahora por los contenidos con ‘copyright’ que suban a sus plataformas digitales para uso de los alumnos. En Castilla y León, las cuatro instituciones de enseñanza superior públicas y las cinco privadas deberán abonar en total un canon cercano a los 200.000 euros anuales hasta 2018 por sus 75.000 alumnos. Cada una de ellas abonará una cantidad dependiendo del número de estudiantes ‘a tiempo completo’ (matriculados en 60 créditos) de grado y máster.

Tras años de pleitos y más de seis meses de negociaciones, la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE) ha alcanzado un acuerdo con el Centro Español de Derechos Reprográficos (Cedro) y con Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (Vegap) para que los 76 campus paguen tres millones de euros por los extractos de libros, revistas y periódicos a sus plataformas virtuales (red informática que comparten alumnos y profesores).

La asamblea de la CRUE ratificó el convenio a mediados de marzo y ahora cada una de las entidades deben firmar el contrato de adhesión. Antoni Gonzàlez Senmartí, miembro del grupo negociador del acuerdo, explica que si todas las universidades se adhieren al pacto (en la asamblea votaron todas a favor, excepto la Autónoma de Barcelona) habría que dividir los tres millones de euros entre los alrededor de 1,2 millones de alumnos existentes en toda España matriculados en 60 créditos, lo que supondría entre 2,4 y 2,6 euros por alumno.

 Salamanca y Valladolid. Esta cuenta, aún provisional, supondría en Castilla y León cerca de 200.000 euros, de los que más de la mitad serían aportados por las universidades de Salamanca y Valladolid (más de 50.000 cada una), ya que entre ambas se aproximan al 60 por ciento de los estudiantes de enseñanza superior en la Comunidad. Las privadas serían las que menos aportarían, pues también cuentan con menos alumnos, y entre ellas la Católica de Avila y la Miguel de Cervantes de Valladolid no alcanzarían los 5.000 euros cada una.

Propiedad intelectual. Gonzàlez Senmartí reconoce que no es una gran cantidad, especialmente en universidades con una cifra moderada de alumnos, como es el caso de Castilla y León, sin embargo también manifiesta que en tiempo de ajustes presupuestarios y unas cuentas muy austeras, cualquier partida económica a mayores supone un contratiempo. Sin embargo, nada se puede hacer para evitarlo, pues la entrada en vigor en noviembre de 2015 de uno de los artículos de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y las demandas por ‘piratería’ ganadas por Cedro a varias universidades catalanas no dejaban otra alternativa a la CRUE que alcanzar un acuerdo global para pagar un canon justo.

El artículo 32.4 de la Ley de Propiedad Intelectual reconoce a los autores el derecho a percibir de las universidades una «remuneración equitativa» por el uso de sus obras. Y a esto no se niegan los responsables universitarios, aunque reconocen que en estos momentos no tienen herramientas para evaluar el uso que se hace de estas obras.

«La ley establece que se debe pagar por el uso intensivo que se haga de un documento pero ninguna de las entidades tenemos actualmente un instrumento capaz de medir qué se usa y cuánto se usa», explica Gonzàlez Senmartí.

Renovación. Por ello, el acuerdo alcanzado entre la CRUE y Cedro es transitorio, con validez en 2016 y 2017, aunque puede ser renovable por un año hasta 2018.

Para entonces, los rectores esperan poder firmar un nuevo acuerdo que se ajuste mejor a la utilización que realizan los profesores y alumnos de contenidos de obras (siempre menos de un 10 por ciento) y revistas compartidas a través de los campus virtuales.

Fuente de la noticia y Fotografía: 

http://www.diariopalentino.es/noticia/ZAA25BAF9-CE61-3DD0-CBF0A1FB9C5DA23F/20160404/universidades/region/pagaran/casi/200000/euros/anuales/derechos/autor

Información de la Foto: Un grupo de universitarias utilizan sus ordenadores portátiles para estudiar o consultar documentación. Patricia González

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