Desregulación educativa

Por ANTONIO MONTERO ALCAIDE

El nombramiento del nuevo secretario general de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana, rector hasta ahora de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y con experiencia en idéntico desempeño durante la legislatura de 2004-2008, augura cierta sensatez y templanza -otra cosa son los condicionamientos o las determinaciones para el ejercicio- a fin de encauzar, de algún modo, la regulación del sistema educativo español. Ya se sabe que las hemerotecas, aunque algunos prebostes de verbo exaltado -suele ser parejo del pensamiento débil- quisieran clausurarlas para limar las aristas su perfil institucional, son delatoras y a favor de Tiana cuentan numerosos artículos, así como conferencias e intervenciones públicas, en los que ha reconocido la dificultad que supuso, en el Gobierno en que participó, dar forma a la Ley Orgánica de Educación (2006) y, sobre todo, la casi imposibilidad de conseguir algún acuerdo relevante y consensuado en la situación actual. Sin embargo, esta última cuestión, tener conciencia de la imposibilidad del acuerdo, puede resultar, aunque resulte paradójico, un buen modo de definir la perspectiva. Dado, además, que el tiempo disponible de la legislatura y las contingencias que pueden salir al paso no facilitan empeños de más alcance.

La actual Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, promulgada el año 2013, ha sido objeto de una demora en las disposiciones correspondientes a su calendario de implantación, mediante un real decreto, de finales de 2015, con medidas urgentes que ampliaban tal calendario hasta la entrada en vigor del que se denominó «pacto de Estado social y político por la educación». Los cambios más destacados han consistido en la modificación de la naturaleza y los efectos de las evaluaciones finales de etapa -conocidas como reválidas- y, por consecuencia, de las condiciones de obtención de los títulos de graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, así como de los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias de grado con este último título. Pues bien, los intentos de tal pacto de Estado se dieron por infructuosos el pasado mes de marzo, después de unos quince meses tras la aprobación por el Congreso, en diciembre de 2016, de una subcomisión para alcanzar el pacto. De modo que, aunque no pocas veces se aluda a una rápida derogación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, como si resultara posible en corto tiempo y sin alternativa consistente y mínimamente compartida, urge adoptar medidas o decisiones que aminoren el riesgo, y las consecuencias, de una desregulación educativa.

Aunque era bien distinto el marco social y político, una situación con algunas analogías puede ser la de una de las primeras leyes educativas del periodo democrático. Aquella que, en 1980, reguló el Estatuto de Centros Escolares. Un recurso de inconstitucionalidad interpuesto ese mismo año 1980, con sentencia del Tribunal Constitucional un año después, dejó prácticamente «tocada» y sin aplicación esa ley hasta que, con cambio de Gobierno en 1882 y tres años más tarde, en 1985, se promulgó la Ley Orgánica del Derecho a la Educación. En un lustro, por tanto, de 1980 a 1985, la desregulación educativa fue notoria y algunos analistas sostienen que la difícil prescripción de los cambios legales en el ámbito de las prácticas docentes se debe, entre otras circunstancias, a situaciones en las que se constata que el sistema educativo funciona a pesar de las carencias normativas.

Ante este estado de las cosas, tiene algún sentido una propuesta para afrontar, en muy limitadas condiciones de acuerdo y con plazos inciertos y cortos, algún aspecto fundamental del sistema educativo, no todo este en su conjunto, que permita alcanzar un aceptable grado de consenso. De modo que ese «aprendizaje» faculte para logros mayores en condiciones más a propósito.

El nuevo secretario de Estado de Educación y Formación Profesional no ha reservado su opinión, en tal sentido, con respecto a los elementos normativos más propios del carácter básico e imprescindible -y, por ende, compartidos- y a aquellos otros más afectos a los marcos ideológicos. Los primeros, entonces, son los que deben centrar la atención ahora y no sería mala estrategia centrarse en aquellos aspectos de la Ley Orgánica de Educación (2006) no modificados por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (2013). Son estos tres: la educación infantil, el profesorado y la inspección del sistema educativo. En cualquiera de ellos pueden advertirse razones que animen el empeño de un acuerdo parcial, incluso en condiciones bastante difíciles como las presentes.

Porque apartar el consenso de la utopía, hacerlo factible por limitado que resulte su alcance, es una manera de predisponer una empresa mayor que, a medio plazo, pueda dar estabilidad al sistema educativo español y, a corto, evitar los efectos contrarios, para el presente y el futuro, de la desregulación educativa.

Fuente: https://www.malagahoy.es/opinion/tribuna/Desregulacion-educativa_0_1268873396.html

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Inspección de Educación y éxito escolar.

El éxito escolar del alumnado puede resultar indirectamente influido por actuaciones de la Inspección de Educación con sostén en habilidades pertinentes.

Por: Antonio Montero Alcaide.

El éxito escolar del alumnado se subraya como objetivo principal del sistema educativo y esta declaración es compartida por distintas instancias, agentes y sectores. Cuestión distinta es cómo se alcanza tal éxito y qué factores tienen una incidencia más significativa. A su vez, el éxito se vincula a una revisión del principio de igualdad de oportunidades: no se trata ya de igualar las posibilidades de acceso a la escolarización, como ocurría cuando no estaban garantizados los puestos escolares para la educación obligatoria, sino de hacerlo en lo que atañe a las posibilidades de lograr éxito educativo. En este caso, sin asimilar igualitarismo con equidad: es decir, no es el caso de procurar que todos los alumnos alcancen el mismo éxito, sino aquél más ajustado al desarrollo de las capacidades de cada cual, de modo que se ofrezcan oportunidades de éxito a todos.

Pues bien, recientemente se ha debatido sobre la posibilidad de una incidencia relevante de las actuaciones de la Inspección de Educación en el éxito escolar del alumnado. Complejo asunto en el que es necesario preguntarse, para empezar, si tal vínculo puede advertirse, identificarse y, todavía más, establecerse una particular relación entre causa y efecto. La respuesta no va a tardar ni a perderse en circunloquios: tal relación es indirecta, puesto que las intervenciones de la Inspección de Educación, aunque se adviertan algunas actuaciones directas, inciden en el éxito escolar del alumnado a través del ejercicio de la dirección de los centros, del funcionamiento de los órganos de gobierno y de coordinación didáctica, de los equipos de profesores y, principalmente, de las prácticas de estos últimos en las aulas.

Cabría pensar, entonces, en el ejercicio de los inspectores de Educación como agentes de cambio, pero procurando que tales cambios no concluyeran como Lampedusa puso en boca del príncipe don Fabrizio Salina (El Gatopardo, 1958): que todo cambie para que todo siga igual. Además de tener en cuenta la recomendación de un inspector de Educación con sabios años de experiencia -no confundir con antigüedad-: «Procura que al concluir una visita de inspección la situación del centro no quede peor de lo que estaba antes de realizarla».

Por otra parte, es posible constatar el efecto algo más directo de la Inspección, sobre todo desde perspectivas supervisoras, en la adecuación o mejora de aspectos formales que pueden tener determinada influencia en el éxito escolar del alumnado, advertido ya el efecto de los cambios «gatopardescos» o «lampedusianos». Si bien el ejercicio de la supervisión puede condicionar, más que determinar, las prácticas docentes, el cambio de éstas, cuando no son satisfactorias, requiere la mejora de las capacidades profesionales del profesorado. Y resultaría algo pretencioso considerar que las actuaciones de la Inspección, por sí mismas, puedan contribuir significativamente a ello.

Así las cosas, los cambios profundos, que afectan a los procesos de enseñanza y de aprendizaje, a la organización y el funcionamiento de los centros para alcanzar objetivos compartidos, a la extensión del liderazgo como cultura que afecte tanto a la dirección como al desarrollo profesional docente, pueden resultar influidos por intervenciones de la Inspección que se sostengan en habilidades o competencias pertinentes.

Entre éstas, cabe señalar la capacidad de análisis, a partir de numerosas y distintas variables, para describir el estado y orientar la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Como, a su vez, el desenvolvimiento en situaciones de complejidad, para las que son contraproducentes respuestas simples o expeditivas; sin menoscabo de intervenciones, generalmente ocasionales, con un pronto carácter resolutivo. Otras habilidades no menores son la consideración y adecuación a las situaciones particulares, que recomiendan el ajuste de los protocolos generales; o la articulación de procesos factibles que, en función de las situaciones de partida o de los conflictos advertidos, permitan dinámicas de revisión y mejora progresiva. Destaca, de manera particular, la capacidad de priorizar los procesos de enseñanza y de aprendizaje como referencia de las actuaciones de la Inspección, aun cuando éstas sean de distinta naturaleza o entidad, a partir del conocimiento de la realidad y de las situaciones propias de los centros.

En definitiva, las intervenciones de la Inspección de Educación pueden contribuir al éxito escolar del alumnado, principalmente de manera indirecta, cuando la legitimidad de su ejercicio se sostiene en habilidades que propicien la mejora. Y, a tal efecto, conviene referir el equilibrio entre la capacidad legal, potestas, y el saber y el desempeño socialmente reconocidos, auctoritas.

Fuente: http://www.diariodesevilla.es/opinion/tribuna/Inspeccion-Educacion-exito-escolar_0_1139586543.html

Imagen: http://images.diariodesevilla.es/2017/05/27/opinion/tribuna/Inspeccion-Educacion-exito-escolar_1139596420_69057239_667x971.jpg

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