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Educación y corrupción: el problema nacional

Por: Bonifacio Barba

Por décadas en nuestras vidas, tantas según nuestras edades, los mexicanos hemos escuchado cómo se habla de la corrupción en tanto problema de la política, del gobierno y de la vida social. Por la falta de transparencia y de libertad de expresión que hubo en los decenios de la hegemonía de los gobiernos de la Revolución/del partido hegemónico, en realidad no sabemos a qué niveles llegó, aunque se sabía que era un componente sustantivo del funcionamiento del sistema político.

La transición a la democracia –un proceso incompleto todavía y que con el triunfo de AMLO y el inicio de su gobierno ha iniciado una nueva fase-, fue develando alcances y modalidades del problema, así como sus rasgos o ámbitos intocados o intocables. Existe acuerdo en que la administración de Enrique Peña –por hablar del plano federal-, tuvo en la corrupción uno de sus componentes más notorios y más escandalosos. Pero aun así, durante seis años, los instrumentos legales e institucionales del régimen político no pudieron llegar a la raíz del problema, no pudieron establecer los procedimientos necesarios para su combate y eventual erradicación –esta no debe ser eliminada de los objetivos gubernamentales, por ideal que parezca-. Esto es algo muy sorprendente: la operación del gobierno, que además de tener una obligación natural de actuar contra la corrupción, recibió las demandas y apoyos de importantes sectores de la sociedad, fue incapaz de llevar a su conclusión, a su integración plena, el sistema nacional anticorrupción. Hay ahí dos elementos que llaman la atención: uno, la señal clara, inequívoca, de la gravedad del problema, pues hubo de crearse un sistema nacional contra el fenómeno de la corrupción, pero se bloqueó su construcción; y dos, el conjunto de resistencias y compromisos en que se sostiene la corrupción, los cuales tuvieron la fuerza suficiente -¡impensable!-, para impedir el trabajo necesario del Poder Legislativo federal. Sí, un poder de la República limitado por la trama de la corrupción.

A lo anterior, el nuevo gobierno le agrega un elemento: la decisión de no iniciar investigaciones sobre la corrupción del pasado. He ahí la tremenda situación en que queda el país: un problema de alcances nacionales que se convierte en una herencia que no por no ser perseguida desaparece; está ahí, instaurada, instalada. Un nuevo gobierno inicia llevando en paralelo a sus propósitos de regeneración y a su acción, un enorme problema que tiene efectos –con sus diferencias estatales, municipales y regionales-, en todo el país. ¿Cómo pueden echarse a andar las acciones de regeneración en tal contexto?

Todo lo anterior adquiere un significado especial, dentro de la variedad de significados sociales y políticos que tiene, por su relación con la educación nacional; sí, con un proceso de formación ciudadana que opera en todo el país. Establece el artículo 3° constitucional dos fines que se relacionan con el fenómeno de la corrupción. Al hablar de los criterios que deben guiara los procesos de la educación, establece el artículo uno de ellos: “Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”. Pues bien, la corrupción socava este criterio en tanto que se ha convertido en un obstáculo al constante mejoramiento de la vida del pueblo mexicano. No es secreto que la corrupción ha alcanzado al sistema escolar; un motivo para centralizar la nómina educativa fue combatir la corrupción que con ella se hacía. Pero hay otra vertiente: las autoridades del régimen político no se comprometieron a fondo para el combate a la corrupción.

En segundo lugar, el artículo 3° agrega el criterio de que la educación será nacional, y en ello queda comprendido que atienda “a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos…”. Aquí la perspectiva, además del socavamiento del potencial de la educación, tiene otra cara, vergonzosa, irritante: la educación debe ocuparse de que los estudiantes, en todo tipo y nivel educativo, comprendan ese grave problema nuestro de la corrupción; no algo de aquí o allá, algo que ocurre por excepción, sino un problema que adquirió dimensiones nacionales.

Es un agravio, un desvío del potencial del trabajo educativo, que deba ocuparse de la corrupción, pero es necesario, insoslayable. Si se le quiere ver en positivo, la educación debe ocuparse de formar el valor de la honradez, de la honestidad. Se ha avanzado en hacer transparentes las acciones del gobierno y con tal transparencia –aun limitada, bloqueada, burlada-, algo de lo que se puede ver es la corrupción. Y junto con ella, se pueden escuelas con carencias de materiales educativos, escuelas sin reconstruir…

Vaya realidad tan oprobiosa y exigente: que la importante labor de las escuelas deba incluir en su atención a un problema de tal naturaleza, a una inmoralidad establecida en la administración de la cosa pública. El trabajo en la escuela es una acción entre otras, un principio, pero es necesarísimo: formar ciudadanos con sentido de los bienes públicos y con compromiso de respetarlos y, sobre todo, con la capacidad de exigir cuentas. Por esta vía, además de otras, la escuela y la educación dejan ver su cualidad moral.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/educacion-y-corrupcion-el-problema-nacional/

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La calidad de la educación: los términos de su ecuación. V

Por: Bonifacio Barba

En las entregas anteriores, al exponer el significado de la calidad de la educación como una cualidad de la formación humana que se logra en una relación específica del aprendizaje y de la equidad (CE = ae), se han expresado algunas reflexiones concernientes al porqué de esta forma de presencia de la equidad  en la ecuación. Dada la importancia de este valor, ahora un principio constitucional de la educación por la reforma constitucional de 2013, esta entrega se concentra en la pregunta ¿por qué la equidad se establece con esa relación para exponer la naturaleza de la calidad de la educación? En otra forma, si la educación es un bien necesario pero desigual en su disposición, a causa de las desigualdades existentes en la vida social, económica y política; si evaluar la educación es una acción necesaria para saber acerca de la realización de ese bien sustantivo de un derecho reconocido, ¿por qué la equidad puede mostrarse como un factor que multiplica al aprendizaje?

En primer término, porque la transformación de la sociedad que está proyectada en nuestra Constitución es una meta histórica –tanto porque tiene un origen y un devenir social y político, como por ser una meta social válida aquí y ahora-, que no sería realizable si los aprendizajes en la escuela carecen de ese vínculo con la equidad, un vínculo que les da un valor adicional actuando como factor multiplicador, lo que significa que la equidad adquiere la función de valorar desde fuera los aprendizajes por las condiciones sociales, económicas y políticas que estructuran el servicio educativo. Es importante que lo haga con todos los aprendizajes, no sólo con los de contenido social y político. El aprendizaje matemático como el cívico, quedan sujetos al juicio de la equidad, es decir, a lo que ocurre fuera de la escuela, a lo que estructura las relaciones sociales. No será plenamente bueno el aprendizaje matemático, si el aprendizaje de los valores cívicos es bajo.

Con esta relación de aprendizaje y equidad, esta valora tanto la acción escolar como la acción social, porque lo que importa de la calidad de la educación, junto con el desarrollo personal, es su vínculo con la vida fuera de la escuela.

Pongamos un ejemplo simplificado del modelo, pues la elaboración de las escalas de medición es un trabajo técnico más amplio. Primero, teóricamente el aprendizaje puede adquirir diversos valores en una escala que va de 0 a 10. Segundo, se integra un índice de equidad con diversos elementos del funcionamiento de la estructura social –por ejemplo, la distribución del ingreso, la participación política libre en la designación de autoridades, la distribución de los recursos públicos con atención a las necesidades sociales, las oportunidades reales de trabajo con condiciones y remuneraciones justas, las condiciones de la oferta de los servicios educativos, entre otros elementos-, que se exprese también en valores de la escala de 0 a 10. Este índice, por basarse en los DH que deben ser garantizados o protegidos por el Estado, habrá de comprenderse como como una medición de la realización de la democracia sustantiva. En el diseño del índice puede procederse con una metodología de integración progresiva de elementos, pues puede resultar complejo la integración de las mediciones del conjunto de eleentos y ponderar su participación en el índice que se forme. En todo caso, se debe expresar con los valores mencionados.

En tercer lugar, disponiendo de valores de aprendizaje y de equidad se procede a aplicar la fórmula de CE = ae. Si para una población estudiantil de un estado de la república el aprendizaje promedio en matemáticas se expresa con 8, y el índice de equidad del mismo estado es de 7, el resultado para CE es 56 sobre el valor máximo posible de 100. Si para otra población estudiantil el resultado de aprendizaje promedio en matemáticas es y el índice de equidad es de 8, el resultado para CE es también de 72, sobre el máximo de 100. Es decir, en el segundo caso la calidad educativa es mayor.

¿Qué utilidad tiene este proceder? Su utilidad se deriva de la naturaleza y fines de la escuela como institución de interés público. Por ser una institución social especializada debido a los fines de formación de los ciudadanos que debe promover y, por los aprendizajes de estos, especializada también en la transformación de las relaciones sociales, sus resultados se valoran de acuerdo con el índice de realización de la democracia sustantiva fuera de su ámbito, es decir, en el conjunto de las políticas públicas. De esta manera se crea una dinámica integradora de políticas públicas –las educativas y todas las otras encaminadas a otros DH-, que vincula ambas mediciones y no se esperará sólo del trabajo que haga la escuela todo aquello que la sociedad a que pertenece no tenga como realizado o en vías de realización, de la democracia sustantiva. Desde la perspectiva interna de la escuela, los indicadores de mejoramiento de su actividad formadora estarán mostrando que en el presente y en el mediano y largo plazos está contribuyendo a mejorar el índice de realización de los derechos. En otras palabras, estará contribuyendo al logro de la democracia como la define el artículo 3°: “no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

Esto tiene una relación fundamental con uno de los rasgos del régimen político, según lo enuncia el Artículo 39 de la Constitución: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”. De aquí surge la exigencia de que todas las instituciones públicas y todas sus políticas concurran al logro de los DH y, en relación con la calidad de la educación, aquí se origina la relación entre los términos  de la ecuación que se ha venido considerando.

Esto es lo que constituye la característica atribuida al Estado como entidad social, es decir, no sólo porque uno de sus elementos sea la sociedad,  sino porque todas las acciones de desarrollo de esa sociedad se orientan a la equidad que está configurada por el conjunto de los DH.

En suma, volviendo a la escuela y a la esperada calidad de su actividad de formación y promoción del desarrollo humano, lo que ella pueda disponer como elementos de trabajo y lo que logre –a-, será un indicador de la coherencia y la consistencia con que la sociedad ponga en operación todos sus recursos para acercarse al ideal de calidad educativa, que concurre a su vez al ideal de justicia, que es una realización progresiva, contundente, indubitable, de los DH. De ahí la importancia de relacionar con como lo propone la ecuación.

Fuente del Artículo:

La calidad de la educación: los términos de su ecuación. V

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La calidad de la educación: los términos de su ecuación. IV

Por: Bonifacio Barba

Como objeto a evaluar, de modo que se pueda conocer su realización en el largo y conflictivo tiempo social y en el tiempo biográfico que encierra la experiencia de desarrollo cada alumno y de cada alumna –y en todo ese tiempo, el desarrollo de los docentes y los directivos, pues la educación es un hecho de convivencia que forma a todos-, y de modo también que se pueda promover el aumento progresivo de su calidad, la educación plantea una tarea muy exigente debido a su propio contenido y objetivos. Su complejidad no le viene de las políticas educativas, sino al revés; estas han de ser adecuadas a la naturaleza de la educación. Para comprender la complejidad de la educación y lo que debe hacerse para su realización basta leer con calma y reflexionar en los principios del artículo tercero constitucional y lo que prescribe el artículo 7° de la Ley General de Educación. Esa lectura y reflexión seguro que llevarán a inferir las implicaciones teóricas y prácticas de hacerse cargo de la acción de educar.

La exigencia de la tarea educativa puede ser observada en dos planos que son distantes en su nivel de abstracción pero que son inseparables filosófica y jurídicamente: de un lado, lo que establecen los artículos constitucionales que se ocupan de la educación –ya de modo directo como el tercero, o de modo indirecto como el 24, 25 y 26, entre otros-, y del otro lado, lo que expresa el currículo como organizador del trabajo de la escuela, incluyendo en ello el currículo definido para el tipo especial de escuelas que forman a los docentes. Además, esta visión centrada en el derecho a la educación y sus exigencias da lugar a la necesidad de otro tipo de escuela de la prácticamente no se habla: una que debe ocuparse de formar a los directivos, pues las capacidades de estos no son un producto natural de la experiencia docente, sin que este elemento deba ser minusvalorado en el desarrollo profesional. Debe haber motivos poderosos y planes de acción bien estructurados para justificar que un buen maestro deje el salón de clases.

Estos elementos fuente de lo que pretende la educación y que a la vez son imagen material de la misma porque a partir de ellos será posible hablar de su calidad, es decir, que con posterioridad a la experiencia de aprendizaje serán parámetros fundamentales para valorar aquélla, tienen como origen una sociedad política y económica desigual, pero deben vincularse sustancialmente con la equidad en dos momentos: primero, el momento de preparación de la acción educativa en todos los niveles del sistema escolar y de la administración pública, de modo que se organicen adecuadamente las condiciones de la labor de la escuela para que de ellas pueda decirse tanto que son equitativas como que su dinámica está orientada al acrecentamiento de la equidad.

El mandato constitucional de ofrecer educación de calidad con equidad es un potente organizador de los elementos de la educación, sí, pero como se trata de una obligación del Estado, debe admitirse, debe aceptarse también, que su potencia alcance a la organización de la acción del gobierno en todos sus ámbitos, de modo específico, en todos los que concurren en la elaboración e implementación de las políticas educacionales. Al mencionar sólo al Estado no se está dejando de lado a la sociedad, pues aquél no existe sin esta; todo lo contrario, existe para bien de ella. Lo que hace falta es la apertura de los gobernantes para incorporar en sus acciones las demandas específicas de la sociedad o de grupos de ella, sin que esto signifique que se dé paso a intereses contrapuestos o desintegradores de la escuela, pues el objetivo de toda participación social ha de ser el de realizar el derecho a la educación precisando las necesidades que deben ser atendidas, es decir, afinando la relevancia del servicio educativo de acuerdo con todos los valores de la democracia, de acuerdo con el conjunto de los derechos.

El segundo momento en el que los elementos fuente de la educación deben vincularse con la equidad es cuando la educación se realice y dé como fruto una formación de los ciudadanos y las ciudadanas que les ayude a ser conscientes de su dignidad por haber vivido una experiencia pedagógica enmarcada en el objetivo de la equidad, lo cual fortalece la pertinencia, cualidad que colabora a que la sociedad avance hacia la equidad de manera continua, gradual. Con esto se hace visible que se trata de crear un círculo virtuoso entre lo abstracto de los postulados jurídicos y las cualidades de la persona y de la sociedad en términos de equidad y de convivencia democrática.

Esta sociedad que forma así a sus ciudadanos y ciudadanas, fortalece su convivencia con el conjunto de valores que sustentan el derecho a la educación y tendrá la capacidad, también gradual, de retroalimentar o reconstruir sin pausa, sin descanso el currículo, como medio de formación, como guía de la vida escolar, de tal forma que se borre la diferencia entre los currículos, es decir, que el vivido no se oponga al planeado, o en otras palabras, que deje de haber un currículo oculto. Será una escuela abierta en una sociedad abierta.

Esto permite volver al origen de la presencia de la equidad en el artículo tercero constitucional: su incorporación como valor a la configuración de los que ya definían el contenido y fines del derecho a la educación, expresa el reconocimiento político de que uno de los grandes problemas de la sociedad, si no es que el fundamental, es la desigual participación de los ciudadanos y las ciudadanas en la producción y aprovechamiento de las relaciones sociales, económicas y políticas que la estructuran.

La presencia de la equidad en la ecuación de la calidad de la educación indica la necesidad de una transformación moral del servicio educativo, el cual está muy influido, y más, determinado en algunos de sus elementos, por lo que ocurre afuera de la escuela. Esto no es nuevo, ha acompañado la historia de la creación del servicio educativo. Lo nuevo está en la perspectiva de la equidad como lugar desde el cual juzgar la calidad.

A modo de conclusión, puede afirmarse que cuando se realizan el aprendizaje y la equidad y estrechan en la praxis su relación como lo expresa la fórmula CE = ae  (la calidad de la educación es igual al aprendizaje multiplicado por la equidad), es entonces que se construye como experiencia personal y como bien social el derecho a la educación, porque esta ha incorporado sustantivamente los principios de dignidad e igualdad ciudadana y, por la presencia activa de ellos diseñando y ofreciendo el servicio educativo, ha operado una transformación moral de la sociedad y del gobierno.

En ese entonces, el ciudadano y la ciudadana están aprendiendo por medio del currículo escolar y, lo que es de mayor alcance, por las relaciones sociales, políticas y económicas. Aprendizaje y equidad son dos fines de distinto alcance, subordinado el primero al segundo. Su vínculo es tan íntimo o constitutivo, que sólo por su relación ocurre el ansiado valor social, político y escolar al que se da el nombre de calidad de la educación.

Fuente del Artículo:

La calidad de la educación: los términos de su ecuación. IV

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Calidad de la educación: los términos de su ecuación (III)

Por: Bonifacio Barba

Hemos considerado que la calidad de la educación es igual al aprendizaje que se logra en el proceso de formación, multiplicado por la equidad (CE = ae). Se ha reconocido la trascendencia de ambos términos de la ecuación al darles un sentido jurídico que los eleva y fortalece por su pertenencia a la axiología constitucional. En esta ocasión el tema central es la equidad.

Por principio de cuentas es necesario recordar que el aprendizaje no es un proceso humano exclusivo de la experiencia escolar: en esta, se trata de que sea sistemático de acuerdo con fines establecidos que son buenos para el desarrollo de las personas y de la sociedad. Y es importante decir también que la cuestión de la equidad no se agota en el horizonte de la institución escolar. Aquello que sobre la equidad sea dicho o asignado a la escuela, proviene de los valores sociales y, más específicamente todavía, de los principios jurídicos que la crean como institución y precisan los valores que deben sustentar la formación que ella promueve. Por ejemplo, está el valor de la dignidad humana. La equidad está en el proceso histórico constitutivo de la escuela, pero eso ocurre porque es un problema de la sociedad.

En algunos comentarios que suelen hacerse sobre la equidad, de manera directa o indirecta aparecen otras cuestiones como la igualdad, la desigualdad, la inequidad y la iniquidad. Explicar cada una y aclarar todas sus relaciones prácticas y teóricas rebasa los límites de este espacio, pero es necesario no desatenderlas del todo.

Empíricamente, la desigualdad humana se muestra de maneras múltiples y en sus variantes sociales, económicas y políticas ha sido causa de debates y de grandes problemas a lo largo de la historia de las sociedades. No es fácil o inmediatamente posible afirmar la igualdad humana como cosa natural; esta es una creencia que se ha construido a lo largo de siglos y precisamente con un trabajo contextualizado y motivado por las desigualdades creadas por los seres humanos. La creencia es asimismo fruto del deseo y del propósito de atenuar o acabar las desigualdades. Ello toca a todos los trabajos de la antropología, de la economía y de la filosofía política.  Así surgió el proyecto del Estado constitucional o de derechos.

Uno de los logros fundamentales del pensamiento y del afecto humano es la afirmación de la igualdad de los seres humanos en su naturaleza, en su esencia. Esta creencia es la base para un derecho que se califica igual que el logro anterior, es decir, derecho fundamental, el de educación.

En el reconocimiento constitucional de que toda persona “tiene derecho a recibir educación” se condensa tanto un avance civilizatorio del mundo y de México, como un elemento central del proyecto ingente de transformar las desigualdades sociales, económicas y políticas. ¿Con qué criterios y fines? Con los que establece el proyecto de sociedad contenido en la Constitución, la cual es un patrimonio histórico de los mexicanos y tiene una dinámica que la relaciona siempre con la vida social y va precisando los derechos y su alcance y las obligaciones estatales y sociales.

Por los elementos antecedentes, es posible afirmar que la equidad representada en la ecuación de la calidad es una consecuencia natural, intrínseca, del derecho a la educación. Puede sostenerse que la equidad implicada o necesaria para que educación tenga la posibilidad de llegar a darse y ser reconocida como experiencia de calidad, es una expresión gemela del derecho mismo a ella. Por eso la equidad que se predica de la educación rebasa a la escuela y debe calificar y potenciar en la ecuación a todo el aprendizaje y, desde él, al currículo y a la pedagogía. Por todo ello, es una cuestión que toca toda la vida social, toda la actividad económica y toda la experiencia política.

Es tan inherente la equidad al derecho a la educación que el ordenamiento de la pedagogía escolar debe surgir de ella y ser a la vez uno de los aprendizajes clave. La equidad viene a ser entonces base y fin de la educación; es la expresión más clara y exigente de su ontología, y la escuela debe enseñarla, trabajar para ella porque es una institución política y lo que logre es trascendental para la comunidad política.

La equidad debe estar en los aprendizajes, es su fundamento: el conocimiento de sí como ser digno e igual a los otros; el conocimiento de los otros como seres dignos merecedores de respeto y poseedores de derechos; la formación de la persona y su autonomía. Por eso importa la educación y todas sus relaciones con la vida social, con la economía y con la política.

La equidad debe estar en los aprendizajes por la semántica de la frase que consagra el derecho a la educación, pero no se agota en ellos, los mueve desde fuera y los vincula con las otras acciones sociales, económicas y políticas que también deben construir la equidad: las relaciones sociales basadas en los derechos y la justicia que ellos proyectan; las relaciones económicas acordes a la dignidad humana y al conjunto de derechos que de ella dimanan; las relaciones políticas impulsadas por los derechos de forma que configuren y sostengan el  bien común con todos los instrumentos de acción del Estado. En tal horizonte, las políticas para la equidad educativa no pueden comprenderse, formularse, ni emprenderse sin las políticas para la equidad en todos los ámbitos de la acción social y del ejercicio del poder público. De esta forma, en los principios constitucionales y en los fines de la educación, la equidad es un valor procedimental, sí, pero es también un valor que señala la meta última de la vida social y de la realización del Estado: la persona humana como fin.

La equidad es, en última instancia, una representación de la justicia, y su inexistencia o su debilidad extrema dan lugar a la iniquidad, es decir, a una vida social, política y económica de injusticia; da lugar a un mal humano; de ahí la responsabilidad de los gobernantes. Es por eso inaplazable que con la luz y la exigencia del derecho a la educación,  de manera constante se trabaje para que se identifiquen todas las formas de inequidad en el servicio educativo, desde las relativas a la infraestructura y la disposición de maestros, hasta las que se cuelan en el currículo y en la vida escolar.

La obligación constitucional de ofrecer educación de calidad es una exigencia de transformación de las políticas educativas. Vivimos tiempos electorales; deben ser tiempos que sacudan la estructura y motiven la acción de los partidos y de todo candidato o candidata para que comprendan la responsabilidad pública que significa la equidad en la educación. La prueba de fuego para la vocación del político o de la política es su capacidad de ocuparse del hecho de que toda persona tiene derecho a recibir educación. Sin tal capacidad, no pueden pretender vocación política y no estarán legitimados.

Fuente del Artículo:

Calidad de la educación: los términos de su ecuación (III)

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Calidad de la educación: los términos de su ecuación (III)

Por: Bonifacio Barba

Hemos considerado que la calidad de la educación es igual al aprendizaje que se logra en el proceso de formación, multiplicado por la equidad (CE = ae). Se ha reconocido la trascendencia de ambos términos de la ecuación al darles un sentido jurídico que los eleva y fortalece por su pertenencia a la axiología constitucional. En esta ocasión el tema central es la equidad.

Por principio de cuentas es necesario recordar que el aprendizaje no es un proceso humano exclusivo de la experiencia escolar: en esta, se trata de que sea sistemático de acuerdo con fines establecidos que son buenos para el desarrollo de las personas y de la sociedad. Y es importante decir también que la cuestión de la equidad no se agota en el horizonte de la institución escolar. Aquello que sobre la equidad sea dicho o asignado a la escuela, proviene de los valores sociales y, más específicamente todavía, de los principios jurídicos que la crean como institución y precisan los valores que deben sustentar la formación que ella promueve. Por ejemplo, está el valor de la dignidad humana. La equidad está en el proceso histórico constitutivo de la escuela, pero eso ocurre porque es un problema de la sociedad.

En algunos comentarios que suelen hacerse sobre la equidad, de manera directa o indirecta aparecen otras cuestiones como la igualdad, la desigualdad, la inequidad y la iniquidad. Explicar cada una y aclarar todas sus relaciones prácticas y teóricas rebasa los límites de este espacio, pero es necesario no desatenderlas del todo.

Empíricamente, la desigualdad humana se muestra de maneras múltiples y en sus variantes sociales, económicas y políticas ha sido causa de debates y de grandes problemas a lo largo de la historia de las sociedades. No es fácil o inmediatamente posible afirmar la igualdad humana como cosa natural; esta es una creencia que se ha construido a lo largo de siglos y precisamente con un trabajo contextualizado y motivado por las desigualdades creadas por los seres humanos. La creencia es asimismo fruto del deseo y del propósito de atenuar o acabar las desigualdades. Ello toca a todos los trabajos de la antropología, de la economía y de la filosofía política.  Así surgió el proyecto del Estado constitucional o de derechos.

Uno de los logros fundamentales del pensamiento y del afecto humano es la afirmación de la igualdad de los seres humanos en su naturaleza, en su esencia. Esta creencia es la base para un derecho que se califica igual que el logro anterior, es decir, derecho fundamental, el de educación.

En el reconocimiento constitucional de que toda persona “tiene derecho a recibir educación” se condensa tanto un avance civilizatorio del mundo y de México, como un elemento central del proyecto ingente de transformar las desigualdades sociales, económicas y políticas. ¿Con qué criterios y fines? Con los que establece el proyecto de sociedad contenido en la Constitución, la cual es un patrimonio histórico de los mexicanos y tiene una dinámica que la relaciona siempre con la vida social y va precisando los derechos y su alcance y las obligaciones estatales y sociales.

Por los elementos antecedentes, es posible afirmar que la equidad representada en la ecuación de la calidad es una consecuencia natural, intrínseca, del derecho a la educación. Puede sostenerse que la equidad implicada o necesaria para que educación tenga la posibilidad de llegar a darse y ser reconocida como experiencia de calidad, es una expresión gemela del derecho mismo a ella. Por eso la equidad que se predica de la educación rebasa a la escuela y debe calificar y potenciar en la ecuación a todo el aprendizaje y, desde él, al currículo y a la pedagogía. Por todo ello, es una cuestión que toca toda la vida social, toda la actividad económica y toda la experiencia política.

Es tan inherente la equidad al derecho a la educación que el ordenamiento de la pedagogía escolar debe surgir de ella y ser a la vez uno de los aprendizajes clave. La equidad viene a ser entonces base y fin de la educación; es la expresión más clara y exigente de su ontología, y la escuela debe enseñarla, trabajar para ella porque es una institución política y lo que logre es trascendental para la comunidad política.

La equidad debe estar en los aprendizajes, es su fundamento: el conocimiento de sí como ser digno e igual a los otros; el conocimiento de los otros como seres dignos merecedores de respeto y poseedores de derechos; la formación de la persona y su autonomía. Por eso importa la educación y todas sus relaciones con la vida social, con la economía y con la política.

La equidad debe estar en los aprendizajes por la semántica de la frase que consagra el derecho a la educación, pero no se agota en ellos, los mueve desde fuera y los vincula con las otras acciones sociales, económicas y políticas que también deben construir la equidad: las relaciones sociales basadas en los derechos y la justicia que ellos proyectan; las relaciones económicas acordes a la dignidad humana y al conjunto de derechos que de ella dimanan; las relaciones políticas impulsadas por los derechos de forma que configuren y sostengan el  bien común con todos los instrumentos de acción del Estado. En tal horizonte, las políticas para la equidad educativa no pueden comprenderse, formularse, ni emprenderse sin las políticas para la equidad en todos los ámbitos de la acción social y del ejercicio del poder público. De esta forma, en los principios constitucionales y en los fines de la educación, la equidad es un valor procedimental, sí, pero es también un valor que señala la meta última de la vida social y de la realización del Estado: la persona humana como fin.

La equidad es, en última instancia, una representación de la justicia, y su inexistencia o su debilidad extrema dan lugar a la iniquidad, es decir, a una vida social, política y económica de injusticia; da lugar a un mal humano; de ahí la responsabilidad de los gobernantes. Es por eso inaplazable que con la luz y la exigencia del derecho a la educación,  de manera constante se trabaje para que se identifiquen todas las formas de inequidad en el servicio educativo, desde las relativas a la infraestructura y la disposición de maestros, hasta las que se cuelan en el currículo y en la vida escolar.

La obligación constitucional de ofrecer educación de calidad es una exigencia de transformación de las políticas educativas. Vivimos tiempos electorales; deben ser tiempos que sacudan la estructura y motiven la acción de los partidos y de todo candidato o candidata para que comprendan la responsabilidad pública que significa la equidad en la educación. La prueba de fuego para la vocación del político o de la política es su capacidad de ocuparse del hecho de que toda persona tiene derecho a recibir educación. Sin tal capacidad, no pueden pretender vocación política y no estarán legitimados.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/calidad-de-la-educacion-los-terminos-de-su-ecuacion-iii/

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La calidad de la educación: los términos de su ecuación (II)

Por: Bonifacio Barba

En la entrega anterior se propuso que CE = ae, lo que significa que la calidad de la educación es igual al aprendizaje multiplicado por la equidad. En el proyecto educativo del país los dos factores que conforman la calidad de la educación están implicados; por ejemplo, entre los valores que es necesario aprender (internalizar, hacerlo propio cada persona), está la equidad, para fundamentar la cual debe recurrirse constitucionalmente a la afirmación de la dignidad de la persona.

Ahora nos ocuparemos del aprendizaje. Son varias las teorías que lo describen y explican; es una teoría de la Psicología que ha evolucionado mucho mostrando con diversos enfoques y metodologías que ese fenómeno por el cual el ser humano pasa de un estado cualitativo de ser y vivir, a otro más completo o superior, es un fenómeno complejo. Lo que importa para la sociedad y para la elaboración de las políticas públicas, así como su implementación y evaluación, es que a la escuela se le encarga la tarea de promover el aprendizaje, de ahí que requiera gran apoyo social y político.

El texto del artículo tercero antes de la reforma de esta administración no usaba el término aprendizaje, pero es claro que la educación ahí establecida como necesidad personal y social –el ser la educación un derecho proviene de que es necesaria-, supone el proceso de aprender al ocuparse de “desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano”. Aunque el texto no es un  pequeño tratado de teoría de la educación, no está fuera de lugar pensar que la actividad de la escuela debe apoyarse en todos los enfoques teóricos pertinentes que estudian el aprendizaje, es decir, todos aquellos que ayuden a darle sentido a lo armónico y lo integral de la experiencia de desarrollo del alumno. La todavía pendiente reforma de las escuelas Normales tiene en esto un asunto constitutivo.

  1. Dewey consideraba que el desarrollo es la meta de la educación y entendió la escuela como un laboratorio social, lo que tiene como consecuencia que la escuela no se separa de su entorno, no se encierra en las materias de enseñanza, pues su razón de ser es contribuir a una acción que ella no domina o abarca en plenitud, la formación humana, pues la comparte con otras instituciones sociales. Esa idea de la escuela y el aula como laboratorios está en el sustrato histórico y filosófico del artículo tercero. Veamos algunos elementos.
  2. “Toda persona tiene derecho a recibir educación…”, es decir, a recibir un bien humano, social, público, que cada una de las personas en la escuela merece por su dignidad. Lo que recibe significa u origina una actividad que impulsa el desarrollo; tiene como fin la democracia, que es un sistema de vida “fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”, y eso significa actividad para indagar, para conocer, para relacionarse, para valorar, para tomar decisiones, para participar y exigir lo que es debido. En ninguna manera la experiencia en la escuela se trata de estar ahí en una posición pasiva.
  3. Otro criterio del artículo tercero es que la educación se base “en los resultados del progreso científico” que luche “contra la ignorancia y sus efectos…”. La ciencia es una actividad, antes que otra cosa –es también un saber disponible, una actitud de los sujetos ante la realidad-, y supone que el alumno y la alumna tienen preguntas, tienen capacidad de buscar respuestas, de buscar soluciones a problemas de diversa naturaleza que la vida misma les plantea. La escuela no inventa problemas para hacer su trabajo, mal haría; lo que debe hacer es recoger la vida que viene con sus alumnos y ayudarles a ellos a comprenderla, a ser creativos, autónomos. Es significativo que el texto del artículo establezca luego del criterio científico “la lucha contra la ignorancia y sus efectos”, ya que no hay principio más activo que eso.
  4. No se trata aquí de integrar todo el texto del artículo tercero –hay que leerlo todo de nuevo-, sino de mostrar cómo contiene una orientación al aprendizaje. Es imposible resistir y no transcribir esta parte: la educación “atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura”. ¡Cuánta actividad de aprendizaje, por decirlo en sentido cuantitativo, y qué cualidades de ese aprendizaje están comprendidas en el pronombre nuestros! De ese tamaño y con esta trascendencia es la experiencia de aprendizaje que debe promoverse en cada aula, en cada espacio escolar. De ahí otra urgencia: que  los gobernantes y los partidos acerquen la sociedad a sus actividades para que estén en plena aptitud de servirla.

Los aspectos destacados arriba muestran bien que el artículo tercero establece un aprendizaje complejo por sus contenidos y por los procedimientos necesarios y que no es posible lograrlo si la escuela no está preparada para ser lugar de actividad basada y orienta al  conocimiento y lugar de convivencia socializadora en  los valores de la democracia. No se puede tener a la sociedad como referente final de lo que acontece en la escuela si esta no es plenamente social en su vida y su pedagogía.

De lo anterior resulta la importancia del currículo como el instrumento del que se sirve la escuela para promover el aprendizaje. Su pertinencia para los alumnos será fundamental y es lo que da valor a las actividades de medición y de evaluación. El Sistema Nacional de Evaluación requiere la capacidad de medir todos los aprendizajes promovidos por el currículo, pues de esa manera su conclusión sobre la calidad de la educación tendrá mayor significado o, mejor, tendrá el significado que la sociedad reclama.

En conclusión, volvamos al texto del artículo tercero y a su complemento teórico y pedagógico, el artículo 7° de la Ley General de Educación y comprendamos sus consecuencias. A esta luz, es de esperarse que el Modelo Educativo reciba todo el sustento gubernamental y social necesario para su implementación. Dado que ha partido de la filosofía del artículo tercero, de su humanismo, como afirma el documento, será fundamental no perder de vista que se trata del desarrollo de toda persona.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/la-calidad-de-la-educacion-los-terminos-de-su-ecuacion-ii/

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La calidad de la educación: los términos de su ecuación. I

Por: Bonifacio Barba

Cuando la reforma del artículo tercero de la Constitución en la presente administración federal se ocupó formalmente, con una expresión textual, de establecer una concepción operativa de la calidad de la educación –ya lo hacía desde antes con la extensa y variada semántica de sus principios y valores-, pareció como si por fin esa cuestión quedara saldada y las disputas cesarían. No tendría que ser así y no fue el caso, pues la calidad de la educación está unida a una concepción del ser humano y de la sociedad, a una concepción del Estado y sus funciones.

La afirmación del artículo de que “El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos” (Párrafo 3) fue bien recibida en algunos ámbitos sociales, magisteriales y profesionales no porque resolviera un problema teórico sino porque establecía un criterio posible, razonable, para valorar la práctica educacional, la gestión del sistema educativo, en fin, las políticas educacionales. Eso de una parte, pero por otra, los opositores a la reforma juzgaron que esa precisión de la calidad era teóricamente débil, reduccionista, y lo hacían sin exponer una concepción del aprendizaje específica; sólo decían que la cuestión era más compleja, en lo cual tenían razón, pero no explicaban los elementos de la complejidad. En el mismo artículo tercero, su inciso d) de la fracción II, además de reiterar la idea de la calidad incorpora otra noción, la de “mejoramiento constante”, como base de aquélla.

El hecho es que la calidad de la educación ya llevaba varios sexenios en que se había establecido como un paradigma valioso y útil para la elaboración de las políticas públicas y una de las configuraciones conceptuales más difundida era la que se ocupaba de identificar, diferenciar y relacionar sus dimensiones, entre las que se encuentran la eficacia, la eficiencia, la pertinencia y la relevancia.

Otro enfoque, quizá menos conocido en el ámbito educativo y en el gubernamental, es el que propuso Katarina Tomasevski para que, con fundamento en el derecho a la educación, se establecieran indicadores de su realización. Su propuesta es conocida por el nombre de las 4A, pues los cuatro rasgos o cualidades del servicio educativo inician con la letra A, a saber: asequibilidad del servicio educativo, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad (Ver el trabajo de  la autora en: http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/assets/files/documentos/indicadores-del-derecho-a-la-educacion.pdf). Existe una relación muy estrecha entre las cuatro A y lasdimensiones de pertinencia y relevancia, quizá las cuestiones clave del enfoque de las dimensiones.

La evaluación de la educación con el enfoque de derecho ya la ha asumido el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) desde su informe de 2010, y con este documento y otros que han seguido se muestra claramente la virtud o potencia del enfoque para medir y evaluar los avances en los servicios educativos y calibrar las carencias, es decir, los incumplimientos o rezagos en la realización del derecho a la educación.

La reforma última del artículo tercero incorporó otro elemento relacionado con la calidad, el valor de la equidad en la educación. Lo hizo “Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad…” y creó para ello el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, que confió al INEE. Este deberá, entre otras cosas, “Generar y difundir información y, con base en esta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social” (cursivas del autor).

De nuevo es necesario advertir que también esta incorporación que hace el texto constitucional no era necesaria –aunque resulta buena-, pues ya era implícita al significado del derecho reconocido, es decir, si “toda persona tiene derecho a recibir educación”, nadie pretendería que el derecho fuese desigual o que sería correcto o justo que la personas recibieran servicios educativo diferentes en su calidad, pues eso negaría el derecho. En otros términos, la educación se ofrece con equidad y alcanza sus significados plenos en todas las personas, o no es tal; la educación es con equidad o no es. Se puede afirmar eso por una sencilla razón: la educación es la formación del ser humano, la actualización de su potencial.

Es un gran adelanto el que dio nuestra Constitución, pues fortalece nuestro proyecto de nación basada en derechos, con las precisiones que ahora tiene el artículo tercero. De ahí a la realización; de ahí a la evaluación de los logros, hay un camino que debe recorrerse lo más pronto posible, pues lo contrario, la no realización o su realización lenta, hace que permanezca la injusticia educacional en la sociedad.

Ante ello es importante que avance el sistema nacional de evaluación precisando los indicadores que habrá de medir, pues a mejor evaluación, mejores políticas para la educación, y con mejores políticas, un desarrollo social más justo.

Se han hecho muchas reflexiones para destacar la trascendencia de la reforma constitucional de derechos humanos del 2011, pero es raro que se destaque lo relativo al artículo tercero. En forma parecida, las reformas al tercero en esta administración recibieron mucha atención por otras consecuencias, pero el hecho de que el reconocimiento del derecho a la educación esté acompañado de una referencia a las importantes cuestiones de la calidad y de la equidad y que además las vincule entre sí, es algo que debe alegrar, pues es un adelanto normativo de gran trascendencia que es preciso comprender y sostener social, política y pedagógicamente. Desde luego, todo ello requiere también el sostén financiero suficiente.

Relacionado con los elementos precedentes es que se propone aquí la fórmula de una concepción de la calidad de la educación en los siguientes términos: CE = ae,  en donde CEsignifica calidad de la educación; a es el aprendizaje alcanzado y e representa la equidad. Se sigue entonces que la calidad de la educación es igual al aprendizaje, multiplicado por la equidad existente en el servicio educativo. De a y de deben establecerse valores, índices que integren diversos elementos que configuran la equidad y sus condiciones.

Es muy importante el aprendizaje, sin él no puede darse el desarrollo personal y social, el desarrollo económico, pero no basta. Por ejemplo, ¿se aprende todo lo concerniente a los derechos humanos? La equidad es un factor que pondera los aprendizajes observando y midiendo las condiciones sociales en que se ofrece la educación, observando las condiciones mismas del servicio educativo. En entregas posteriores se presentarán otros elementos para explicar los términos de la ecuación.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/la-calidad-de-la-educacion-los-terminos-de-su-ecuacion-i/

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