Las Misiones Sociales: Nueva Visión de la Gestión Pública

Las Misiones Sociales: Nueva Visión de la Gestión Pública

Heriberto Rivera

Uno de los elementos desarrollados como instrumentos para lograr la integralidad social ha sido la política social del gobierno revolucionario la cual se ha centrado en los nuevos programas masivos o “misiones sociales” orientados  a reemplazar parcialmente la política focalizada por una “universal”, basada en la participación  social y en el empoderamiento ciudadano, entendido básicamente como empoderamiento de los sectores populares; de esta forma surge en el discurso oficial la categoría  de “inclusión social” va de la mano con la noción de “empoderamiento popular”.

En el caso especifico de la inclusión social como categoría, según Alvarado (2012) “alude al proceso que garantiza que los diferentes sectores en situación de pobreza y exclusión social, tengan acceso a las oportunidades y recursos necesarios para participar  totalmente en la vida económica, social, cultural cívica, disfrutando un nivel de vida considerado normal en la sociedad”.

De tal manera que dicho proceso de inclusión social conformaría el empoderamiento y estado en que las personas puedan sentirse ciudadanos plenos, asumirse como sujetos de sus propias vidas, actuar basados en la conciencia de sus intereses y el reconocimiento de sus propias capacidades interactuando en diferentes tipos de organización.

Efectivamente, en el caso venezolano, ello haría que los antes excluidos de la toma de decisiones públicas, sean ahora el eje central del discurso y la acción participativa, que enfatiza el liderazgo popular-comunitario. En ese contexto surgen los consejos comunales y las misiones sociales como estrategias para coadyuvar con estos procesos.

Las misiones como mecanismo central de la política de inclusión social:

Según lo siempre expresado por el presidente Chávez, (2004) “las misiones sociales son la base del modelo y de la política social dentro del proyecto de democracia participativa y protagónica, siendo uno de los elementos fundamentales de la integralidad”; en general “son programas de alcance masivo, dirigidos a educar, sanar y capacitar a los venezolanos, principalmente a aquellos que habitan en las zonas pobres y difícil acceso”.

Es innegable que en esa corta expresión se resume el objetivo de las misiones sociales que nacen ante la imposibilidad de las instituciones públicas establecidas por resolver los problemas de las comunidades.

En ese sentido se afirma que las misiones sociales tienen como propósito declarado consolidar el proceso de inclusión, equidad y justicia social, mediante el abatimiento de la pobreza-exclusión y el mejoramiento dela calidad de la vida y de los sectores populares, tradicionalmente excluidos.

A tal efecto, las misiones se pueden resumir en dos grandes objetivos:1) promover la participación y desarrollo de la ciudadanía  (combate de las causas que generan la exclusión social; auspicio de la organización  integral de las comunidades; de las condiciones indispensables para la vida colectica y la ciudadanía plena y, 2) Rescatar-defender la soberanía nacional, edificando el desarrollo sustentable y consolidando el proyecto bolivariano con apoyo comunitario. (MINCI, 2007).

En consecuencia y siendo coherentes con una forma de pensar que conlleve a la transformación de la sociedad, el gobierno se vio en la necesidad de plantear  otra modalidad de organizar la gestión de las políticas publicas diferente a la tradicional puesto que “uno  de los elementos fundamentales para su planificación, ejecución y seguimiento es la participación activa y protagónica de las comunidades organizadas” (Alvarado, 2012).

De allí, que las misiones tienen una cobertura masiva y es innegable que responde legítimamente al proyecto político ideológico oficial, pero su rasgo innovador es la gestión comunitaria directa, dentro de un proceso de parroquializacion.

Es oportuno señalar que la visión de realizar una gestión comunitaria, además de incentivar la participación ciudadana en su propia gestión de vida, se planteo inicialmente superar diferentes obstáculos y mañas de la administración publica tradicional; de allí que las misiones como expresión de las políticas sociales no tenía mediación con los gobiernos municipales, alcaldías ni gobernaciones ni los ministerios dela administración central, así como tampoco obedecen, a un proceso convencional de descentralización, ni responden a la tradicional entramada burocrática institucionalidad.

De esta manera, las misiones lograron convertirse en una vía alternativa para reorientar la gestión publica hacia la inclusión, a la velocidad reclamada por el proceso bolivariano, tomando en cuenta los problemas estructurales que a manera de “nudos críticos” existe todavía en la administración publica y que continúan conspirando contrala efectividad de la intervención oficial, a causa del burocratismo, clientelismo, corrupción, sectorialidad.

La experiencia vivida hasta ahora, cuando inicialmente ese nuevo tipo de gestión comunitaria que se dio a través de las misiones sociales, hoy viene perdiendo efectividad y eficacia. Podríamos preguntarnos si la forma de elaborar dichos programas de atención social que no obedecen a una planificación  bien articulada con otros entes del estado impiden el alcance de las políticas publicas diseñadas para las comunidades mas económica y socialmente vulnerables?

En ese sentido, se establece el imperativo de superar los amplios niveles de desigualdades sociales en función de los objetivos sociales y económicos consagrados en la Constitución Nacional, señalando como principios del equilibrio social “ la universalidad, la equidad, la participación y la corresponsabilidad con base alas garantías de todos los derechos”.(España, s/f).

Esos lineamientos establecidos como los pilares de las políticas publicas surgen de los diferentes diagnostico de las realidades del pueblo venezolano con lo cual se puede inferir que las “políticas publicas se pueden entender como una respuesta del estado a las demandas de las comunidades en general, resultado de un diagnostico estratégico, donde lo técnico y participativo son clave para la toma de decisiones que resuelvan  problemas comunes de la nación y con recursos adecuados destinados específicamente a la resolución de situaciones no deseadas, con presupuestos fijos y la evaluación constante” ( Pérez,2015).

Otro elemento adicional y no menos importante que entrelaza una buena política pública es la asignación del recurso humano formado para asegurar la efectividad de las acciones involucradas en la planificación de las políticas públicas.

Sobre la implementación de las políticas publicas, es un reclamo popular el hecho de que en las mismas no están las personas mas capaces tanto en lo político  como en lo  técnico- tal vez esta sea una de las limitantes de los alcances de la políticas publicas- pues de lo que se trata no es privilegiar lo  político y olvidar la parte técnica; por el contrario se debe buscar la articulación de ambas cualidades para obtener mejores resultados.

Cuando se plantea  la importancia de privilegiar la capacidad y preparación por encima de otro valor subjetivo, es comparable con el reclamo que hace la sociedad de los estados modernos sobre la  actuación de los jueces en las decisiones de los fallos jurídicos. En el caso del poder judicial, éste se transforma en un obstáculo para el pleno desarrollo de la justicia sino se toman las mejores decisiones aunado a la óptima preparación de los jueces y el cuerpo jurídico que administra la justicia.

Es de recordar que  los jueces tiene su forma su visión particular la cual puede ayudar y/o impedir el desarrollo de los postulados de la justicia tomando en consideración las realidades sociales ( Socorro y Cruceta, s/f); así mismo puede ocurrir con quienes tienen a su cargo la responsabilidad del diseño, planificación , aplicación y evaluación de las políticas publicas, pues no son pocas las veces en que existen actores que de forma deliberada generan acciones de contracorriente que enturbian el cauce de la política publica que se manifiesta en disminuir la  posibilidad del alcance de aquella por los sectores comunitarios.

Anteriormente se hace referencia a que las políticas sociales son una modalidad de las políticas publicas, de tal manera que se hace necesario establecer criterios que permitan  a las comunidades como entender las políticas sociales y poder ubicarlas en contexto.

Al respecto existen diferentes concepciones sobre las consideraciones acerca de las políticas sociales. A tal efecto se puede afirmar según (Pérez, 2015), “que las  políticas sociales son respuestas del estado a problemas inmediatos de la población, es decir, son acciones que están dirigidas a resolver situaciones insatisfechas encontradas en las comunidades, donde la gente manifiesta directamente al gobernante las demandas relacionadas con la pobreza y sus manifestaciones en salud, el empleo, la seguridad y la educación, junto a los signos de exclusión y desigualdad”

El referido autor agrega, que “estos elementos en el discurso político se convierten en estrategias ideológicas a favor electoral y dejando en el concepto una visión practica y material; es decir ofrecer soluciones inmediatas con dineros inmediatos, producto de los negocios con el petróleo, dejando en el campo de la coherencia económica preguntas como: ¿se resuelve el problema con programas supletorios?, ¿ los recursos económicos del gasto social son continuos?, ¿Qué pasa cuando el costo del petróleo es bajo?; ¿por que no aumentan los presupuestos de las políticas publicas ya institucionalizadas y extenderlas optimizando su funcionalidad?” (pág. 98).

Los factores anteriormente planteados podrían darnos algunas ideas sobre el por qué de las limitaciones de las políticas publicas, pues el aumento del gasto social a servicios pragmáticos, sin mucho diagnostico y que resuelva de una forma inmediata la problemática planteada por la población, con otra respuesta real en tiempo futuro, producen resultados inesperados por el gobierno y esperados por los analistas.

De esta manera el fracaso de políticas sociales sin planificación coherente y generadoras de inestabilidad social; el incremento improvisado del empleo publico sin seguridad social, implementar créditos sociales para vivienda y negocios de sobrevivencia, dando así una semblanza (sensación de solución) de empleo constante.

Aunadas a las anteriores ideas que se viene desarrollando como parte de la investigación sobre  los alcances de las política publicas, se observa como esa situación generan otras situaciones de desgate  social por mala praxis en las políticas publicas y sociales, escenario éste que deben llevar a los ciudadanos a plantearse una visión y practica política critica.

En consecuencia  esa ciudadanía se entiende y justifica  enmarcada  en una vida de acción política constante que sea capaz de adquirir la suficiente, completa  y seria  formación política  y técnica que tenga como consecuencia la insurgencia de un liderazgo social comprometido con una ciudadanía proactiva, que si bien puede obedecer a un proyecto de país, de sociedad, pueda englobar a todos los miembros de una comunidad sin mayores distingos que el abogar, proponer , desarrollar e implementar la solución a sus problemas, como un brazo ejecutante las política publicas.

Desde la óptica anterior, esa formación de la ciudadanía esta vinculada con obtener un conocimiento de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela que refuerza e incentiva la participación ciudadana y establece los medios de protagonismo del pueblo y las instancias de atención ciudadana.

En tal sentido, las instancias de atención ciudadana  son los derechos que tienen los ciudadanos y ciudadanas en la formación, ejecución y control de la gestión y de las políticas publicas directamente o a través de sus representantes legales

Es por ello que ejercer la  ciudadanía y participación del pueblo se conjugan y es necesaria para lograr de hecho y de derecho el tan esperado protagonismo del pueblo que garantice su completo desarrollo  tanto individual como colectivo, según lo establece el artículo 62 de la citada Constitución Nacional.

En ese mismo orden de ideas la Constitución Nacional también consagra el Derecho de Petición en los artículos 51; artículo 28; artículo 31 y artículo 58 aunado  al derecho a la oportuna información en su artículo 143, así como en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Publica.

 

Fuentes:

Alvarado, N. El modelo endógeno socialista de Venezuela y su estrategia de inclusión social. Revista de ciencias sociales (RES) vol. XVIII, nº 4, octubre-diciembre 012, pp. 641-656. FACES- LUZ.

España, L. La Política Social de Venezuela: Volver a lo básico. Observatorio venezolano de la Seguridad social.

Pérez, J. Participación, Políticas Publicas y Sociales. Revista  Memoria  política. Nueva etapa, nº 4, 2015.

Socorro, J y Cruceta, J (s/f). Argumentación Jurídica. Escuela Nacional de la Judicatura. República Dominicana, en www.enj.org

heristo50mail.com

 

Autor: Heriberto Rivera

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Una corte le exige a Nuevo México invertir más en educación debido al triste estado de su sistema escolar

América del Norte/México/13.08.18/Por Derek Black/Fuente: www.univision.com.

Las escuelas de este estado fronterizo están entre las que menos fondos reciben de toda la nación. Y esos fondos relativamente escasos tampoco se comparten de manera equitativa entre los distritos. Los estudiantes en escuelas de mayor pobreza en el estado a menudo reciben sustancialmente menos dinero que los estudiantes de otras escuelas.

Un tribunal encontró que el estado de Nuevo México ha estado fallando en su deber constitucional de asegurar que todos los estudiantes reciban una educación adecuada. El tribunal le ordenó al estado que presentara una solución antes del próximo abril . En términos prácticos, cualquier solución significará más dinero para los distritos escolares pobres, más supervisión para garantizar oportunidades uniformes en todo el estado y más servicios educativos para los estudiantes en riesgo.

En la mayoría de los hechos, la decisión parece obvia. Las escuelas de Nuevo México están entre las que menos fondos reciben de toda la nación. Y esos fondos relativamente escasos tampoco se comparten de manera equitativa entre los distritos. Los estudiantes en escuelas de mayor pobreza en Nuevo México a menudo reciben sustancialmente menos dinero que los estudiantes de otras escuelas. Un reporte sobre la equidad en la financiación escolar le dio una calificación de “D” a Nuevo México. En otras palabras, Nuevo México necesita gastar más dinero en todas sus escuelas y mucho más dinero en sus escuelas con alta pobreza. Esta nueva decisión judicial ordena al estado hacer justamente eso.

El problema es que Nuevo México no es un estado rico. Teniendo en cuenta la pobreza general del estado, el gobierno local en realidad se esfuerza mucho por financiar la educación con lo que tiene. En esta medida, del esfuerzo que empeña en financiar la educación, Nuevo México se encuentra entre los primeros 15 en la nación. Esto llevó al estado a defender sus fallas argumentando que carecía de los fondos para brindar una educación adecuada.

La corte no lo escuchó. Ofreció una respuesta como sacada de un libro de texto escolar: las limitaciones fiscales no son una excusa para privar a las personas de sus derechos constitucionales. Una «educación suficiente es un derecho protegido por la Constitución de Nuevo México» y es el «deber supremo» del estado proporcionarlo, dictó la decisión de la corte.

Esto significa que la educación tiene «el derecho de prioridad en la financiación» y que todos los demás programas estatales que compiten son «secundarios» en el mejor de los casos, dictaminó el tribunal. En resumen, financiar completamente el nivel de educación requerido por la Constitución no es negociable.

Nuevo México tiene mucho por mejorar. Otros estados pobres como Carolina del Sur, Arkansas, West Virginia y Mississippi eligen gastar más de su riqueza en educación que lo que hace Nuevo México. Y todos ellos, incluido Nuevo México, podrían soportar gastar más. Después de ajustar la inflación, Nuevo México, por ejemplo, gastó 11.7% menos por estudiante en el año escolar 2015-16 de lo que gastó en 2008 antes de que comenzara la Recesión. Sin embargo, el estado está aportando casi un 50% más en ingresos fiscales totales ahora que en 2008. Los gobiernos estatales y locales simplemente eligen gastar esos ingresos en otras cosas.

Reducción de la supervisión federal

Este triste conjunto de hechos también debe servir como un llamado de atención para los responsables de las políticas sobre el papel que debe jugar el gobierno federal en la educación. En primer lugar, las asignaciones federales de educación se han mantenido relativamente planas en la última década. Entonces, los estados pobres no reciben mucha ayuda del gobierno federal. Segundo, la supervisión federal de las desigualdades y fallas del estado se está reduciendo.

En 2015, el Congreso aprobó la Ley Todo Estudiante Triunfa (Every Student Succeeds en inglés, o ESSA). La premisa general de la ley es que el gobierno federal se ha estado extralimitando en la educación y que era hora de devolver más criterio a los estados. En 2016, el presidente Donald Trump hizo campaña a favor de minimizar el papel del gobierno federal en la educación aún más. En 2017, nombró una secretaria de Educación que consistentemente argumenta que debemos encoger más y más la huella federal en la educación.

La triste historia de Nuevo México y otros estados es que muchos estados no son confiables. Dejados a su suerte, las legislaturas estatales han demostrado una propensidad fuerte de proveer oportunidades educativas desiguales y o provide unequal and underfunded educational opportunities. Tradicionalmente solo el gobierno federal había sido quien controlaba ese instinto.

Ahora que el gobierno federal no jugará un papel fuerte en la educación, los tribunales estatales a menudo representan el baluarte final de los derechos de los estudiantes. Nuevo México acaba de agregar su nombre a la lista de sistemas judiciales estatales que continúan exigiéndole a los estados que cumplan con su deber constitucional en la educación. El problema es que hay muchos estados que todavía ni siquiera están en esa lista.

Fuente de la noticia: https://www.univision.com/noticias/educacion/una-corte-le-exige-a-nuevo-mexico-invertir-mas-en-educacion-debido-al-triste-estado-de-su-sistema-escolar

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Organización condena propuesta reforma educativa en Puerto Rico

Puerto Rico/10 de Febrero de 2018/Prensa Latina

La reforma educativa que propone el gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló Nevares, tiene como propósito empujar la privatización del sistema público, alegó hoy el Movimiento Independentista Nacional Hostosiano (MINH).
‘Da vergüenza cómo el gobierno de turno utiliza la crisis que envuelve al país para adelantar su agenda de privatización y de regalías a sus panas de la vida’, señaló Francisco Santiago Cintrón, copresidente del MINH.

Estableció que con este nuevo plan de privatización de las escuelas, el gobierno puertorriqueño deja claro su renuncia al compromiso a la educación y su total fracaso con la juventud del país.

‘Es de conocimiento popular el traqueteo que existe con las tutorías privadas dentro del Departamento de Educación, siendo este espacio el único privado en la actualidad, ya que se usa como botín político’, apostilló la también dirigente del MINH, Wilma Reverón Collazo.

La también copresidenta del MINH consignó que para los 90 del siglo pasado Pedro Rosselló (1994-2000), padre del actual mandatario, intentó exactamente las mismas medidas, declaradas inconstitucionales.

‘Por tal razón condenamos esta movida y exigimos que el gobierno no abandone la juventud y se haga cargo de administrar los derechos protegidos por la constitución’, dijo con relación a la privatización de la educación pública.

Rosselló Nevares ha sostenido que los cambios que propugna, que conllevan el cierre de más de 300 planteles y el establecimiento de escuelas charter, no tienen que ver con la entrega a intereses privados el sistema público de educación.

Fuente: http://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=151001&SEO=organizacion-condena-propuesta-reforma-educativa-en-puerto-rico
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South African Sign Language to Be Declared 12th Official Language

South African/07 de Agosto de 2017/Allafrica

Resumen: La Junta Pan Surafricana de Idiomas ha dado la bienvenida al Comité de Revisión Constitucional en la recomendación del Parlamento de que el Lenguaje de Señas sea declarado el 12º idioma oficial, diciendo que es un «paso positivo». Agregó que estaba deseando trabajar con el departamento de educación para ayudar a la promoción del lenguaje de signos.

The Pan South African Language Board has welcomed the Constitutional Review Committee in Parliament’s reccomendation that Sign Language be declared the 12th official language, saying it is a «positive step».

The Constitutional Review Committee in Parliament has recommended that Sign Language be declared the 12th official language in SA, a language board has said.

The Pan South African Language Board (PanSALB) released a statement on Thursday acknowledging «the positive step».

«The committee is recommending that section 6 (1) and (5) (a) be amended to include SA Sign Language as an official language. The committee accepted the fact that, the issue of addressing the proposal for declaring SASL as an official language was long overdue,» said PanSALB spokesperson Sibusiso Nkosi.

PanSALB chief executive officer Dr Rakwena Monareng said Sign Language, like any other official language is a «fundamental human right that should be treated equally.

«We have made several crucial calls to government to prioritise sign language like any other formal language and efforts have for a very long time drawn blank. This was done on the basis that we believe it has been violated and marginalised as compared to other languages,» Monareng said.

 Implications

He added that he was looking forward to working with the department of education to help the promotion of Sign Language.

 Speaking to News24, director for the Centre of Constitutional Rights Phephelaphi Dube said that state institutions would first be affected by the addition of Sign Language as an official language.

«All state institutions, schools hospitals, government departments would need to have personnel who know Sign Language and can communicate in it.»

She said that because it would become a constitutional right, the private sector would also have to fall in line.

«It would mean the private sector itself – say banks for example – would have to take steps so members of the public interact with Sign Language.»

Dube further welcomed the proposed amendment to the Constitution.

«This is a manner of ensuring there is greater inclusivity in the SA context: A means of achieving further equality and not just on paper. It is a measure that we welcome.»

She said it was hoped that implementation would be concise.

Fuente: http://allafrica.com/stories/201707270794.html

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