La ONU vuelva a «sentenciar» a España por no llevar a cabo la educación inclusiva

El despropósito ha sido la nota general en los últimos diez años en la vida de Rubén Calleja y de sus padres, Lucía Loma y Alejandro Calleja. Llevan una década batallando con las administraciones, tanto educativa como judicial, para que el Estado se haga responsable de la educación en un centro ordinario de este joven de 21 años.

La última etapa de este viaje la pasaron cuando Rubén fue matriculado en un centro de educación especial para realizar un ciclo formativo de FP. La familia, tras años de lucha, recurrió y exigió a la Administración que el chico pudiera realizar estos estudios en un centro ordinario.

Durante la visita del Comité de la ONU que hace seguimiento de la implantación en los estados de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad que dio lugar a la «sentencia» que aseguraba que España inclumple sistemáticamente el derecho a la educación inclusiva, comenta Alejandro Calleja que se les abrió la puerta a la posibilidad de denunciar la situación a la que se han visto sometidos en los últimos 10 años.

En el momento en el que Rubén comenzó el 4º año de educación primaria empezaron, también, los problemas. Coincidiendo con un cambio de tutor en su grupo. Han pasado los últimos años entre tribunales de distinto orden intentando que la Consejería de Educación de Castilla y León matriculase al joven en centros ordinarios y mantuviese los apoyos necesarios. La batalla ha sido tal que esta familia ha llegado a verse denunciada por abandono familiar, algo que critica duramente el Comité de Naciones Unidas, al exigir la escolarización en un centro ordinario.

El dictamen

Alejandro Calleja define el proceso en el que han estado metidos hasta ahora y que culmina con este dictamen, como un juicio. Ellos, el joven y sus padres, han sido la parte denunciante. El Estado, la denunciada. Y después de muchas idas y vueltas de respuestas de cada cual a los requerimientos del Comité (el juez en este caso), por fin parece haber un final.

La ONU le da un plazo de seis meses a España para responder a las conclusiones y recomendaciones que les lanzan. La primera, indemnizar a la familia, además de asumir todas las costas de los juicios por los que han pasado en desde 2010. Y no son pocos.

Pero no solo. No es la parte económica la que más preocupa a Alejandro, que atiende a este medio por teléfono. Para este padre, primero está la esperanza de ser una llamada de atención a las administraciones educativas para que tomen nota de que la inclusión ha de hacerse o si no, hay consecuencias. Es básico que se tomen las medidas necesarias para que sea efectiva, empezando porque el texto de la ley presentada por el Ministerio de Educación en el Congreso se deshaga del artículo 74 que da carta de naturaleza a la existencia de centros de educación especial y aulas específicas. Algo que ya denunciara el Comité en el año 2018.

En cualquier caso, el dictamen asegura que el Estado tiene obligación de indemnizar a la familia, así como de garantizar que Rubén podrá acudir a un centro ordinario para cursar sus estudios de FP. También está obligado a investigar los malos tratos y discriminaciones que la familia ha denunciado en varias ocasiones ante la Fiscalía de Menores de Castilla y León y «asegurar que se depuren responsabilidades a todos los niveles».

El Comité también «castiga» al Estado obligando a reconocer públicamente «la violación de los derechos del niño Rubén (sic) a una educación inclusiva y a una vida libre de violencia y discriminación, así como la violación de los derechos de sus padres al haber sido acusados penalmente de manera indebida por el delito de abandono del menor, lo que conllevó consecuencias morales y económicas».

Finalmente, condena a España a «publicar el presente dictamen y distribuirlo ampliamente, en formatos accesibles, a fin de que llegue a todos los sectores de la población».

Además de esto, también se lanzan una serie de recomendaciones como son la modificación de la legislación actualmente vigente para que se «elimine toda segregación educativa de estudiantes con discapacidad, tanto en las escuelas de educación especial como en las unidades especializadas dentro de las escuelas ordinarias».

También que formule una política integral de educación inclusiva acompañada de estrategias para promover una cultura de inclusión en la enseñanza general; «adopte medidas para considerar la educación inclusiva como un derecho y que todos los estudiantes con discapacidad tengan el derecho de acceso a las oportunidades de aprendizaje inclusivo en el sistema de enseñanza general»; que se elimine «totalmente el modelo médico de la discapacidad y definir claramente la inclusión plena de todos los estudiantes con discapacidad y sus objetivos específicos en cada nivel de enseñanza».

Desde el Ministerio de Educación aseguran que el Estado, tanto Gobierno como comunidades autónomas, «debe actuar para que no haya ni un solo caso de persona que quiera escolarizarse en el sistema ordinario y no pueda hacerlo porque no existan los recursos necesarios». E insisten, a pesar de las recomendaciones del Comité de la ONU, en que «eso es lo que propone la Lomloe». A pesar de esta declaración, dicho texto legal sigue dando cabida, por un lado, a la existencia y escolarización en centros de educación especial, así como da carta de naturaleza a que sigan existiendo aulas específicas dentro de los centros ordinarios. Ambas posibilidades son consideradas por el Comité como una doble vía que segrega al alumnado, es decir, contrarias a la inclusión educativa.

Historia de un despropósito

El tutor de Rubén comenzó a plantear problemas para que el chico estuviera en su aula y comenzó a insistir a la familia con la necesidad de que lo matriculasen en un centro de educación especial. En aquel momento el niño estaba matriculado en el colegio público Antonio González de Lama, en León. Hasta entonces Rubén había contado con el apoyo en el aula de una asistente técnico educativa.

Esto ocurría en septiembre de 2009. En diciembre se realizó un informe prisocpedagógico que aseguraba que el chico tenía un “trastorno por déficit de atención y comportamiento perturbador” y a partir de enero, el centro educativo solicitó la intervención del Equipo Especifico de Conducta, de modo que una trabajadora social comenzó a hacer seguimiento del caso y a dar pautas a la familia y al centro educativo.

En septiembre de ese 2010 comenzó 5º de primaria, con un nuevo tutor. Hasta octubre no contó con la asistente técnico educativa que había tenido hasta la fecha ya que, dice el dictamen de la ONU, «el tutor Z. no lo consideró necesario». Tras la insistencia de la familia, la técnico pudo acceder al aula aunque, insiste el organismo internacional, «el tutor mantuvo una actitud negativa hacia el asistente y no colaboró con ella».

Además de estos hecho, y de que la familia aseguró que varios docentes se mostraron reacios a que Rubén siguiera en el colegio, la dirección del centro no tómo ninguna medida al respecto.

En diciembre de 2010 la trabajadora social realizó una evaluación positiva de Rubén en todas las áreas (sensorial, de motricidad, de autonomía personal, de comunicación y de habilidades específicas), y recomendó el cambio de centro a uno de similares características por las dinámicas que se habían impuesto alrededor de su permanencia en el colegio. Ese mismo mes se realizó un dictamen de escolarización, sin consentimiento de la familia, en el que se hablaba de «brotes psicóticos», «comportamiento perturbador» y retraso evolutivo «asociado al síndrome de Down». «Dicha terminología -dice el dictamen de la ONU- es más propia de la psicología clínica que de un informe psicopedagógico y, por su especialidad, las autoras del mismo no estaban capacitadas para efectuar esas apreciaciones».

En marzo de 2011 se realiza un nuevo dictamen. Los padres de Rubén mostraron su disconformidad con el primero, entre otras cosas porque no recogía las situaciones de maltrato sufridas por el menor en el centro. Situaciones que tampoco aparecían en este segundo y que empujaron, de nuevo, a la famlia a plasmar su disconformidad. El documento pedía la escolarización en un centro de educación especial.

En el mes de mayo, Alejandro y Lucía acudieron a la Fiscalía de Menores de León para denunciar un caso de maltrato y discriminación contra Rubén durante los cursos  2009-2010 y 2010-2011. La Fiscalía archivó la denuncia y en junio la Dirección Provincial de Educación autorizó la escolarización en un centro de educación especial.

En septiembre (2011), los padres interpusieron un recurso por el procedimiento especial de derechos fundamentales ante el juzgado de León. Querían impugnar la decisión de matrícula en el centro especial porque se estaban vulnerando el derecho a la igualdad en relación al derecho a la educación (artículos 14 y 27 de la Constitución) y el derecho a la integridad moral de Rubén (artículo 15). En junio de 2012 el juzgado desestimó el recurso.

En setiembre de ese año, los padres recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Solicitaron la anulación de la sentencia anterior y exigieron el derecho de Rubén a estar en un centro ordinario. Alegaron que el tribunal no había tenido en cuenta, entre otras cosas, las situaciones de maltrato, la incongruencia entre el dictamen psicopedagógico de escolarización y el de la trabajadora social y que había hecho caso omiso al informe de un psicólogo clínico que aseguraba que los problemas de conducta del chaval tenían relación con «la falta de apoyo educativo y al contexto discriminatorio y de hostilidad sufridos por Rubén». En marzo de 2013, de nuevo, el tribunal desestimó el recurso de la familia.

A pesar de las complicaciones para los padres de Rubén, insistieron. En abril acudieron al Tribunal Constitucional para recurrir la sentencia del Superior de Justicia. Un nuevo rechazo en marzo de 2014. Y en mayo de 2013, además, denunciaron, de nuevo, ante la Fiscalía la discriminación y los abusos y aportaban nuevas pruebas recogidas en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia: dos madres de compañeros de Rubén hablaron en aquel entonces de amenazas sufridas por el niño de boca de su tutor. En octubre, la Fiscalía insistió en mantener archivada esta causa.

Para rizar el rizo de una batalla judicial que parecía no tener fin, la Fiscalía Provincial de León denunció la decisión de la familia de Rubén de no escolarizarlo en el centro de educación especial al que lo enviaron desde la Dirección Provincial de Educación. Pretendía condenarlos por «abandono familiar». Mientras se decidía la cuestión, el juzgado exigió una fianza de 2.400 euros a la madre y otros tantos al padre. Fueron absueltos en abril de 2015.

Mientras tanto, la familia acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para que se pronunciase sobre la posibilidad de una violación del artículo 14 del Convención Europea de los Derechos Humanos y que se condenase al Estado a abonar a la familia la suma de 100.000 euros en concepto de daños morales. El Tribunal declaró inadmisible la demanda.

Hasta hace unos días. Cuando la familia conoció el fallo del Comité de la ONU. Dicho Comité había conocido de primera mano su caso cuando realizaba la investigación que terminaría en la condena a España en 2018 por violar sistemáticamente el derecho a la educación inclusiva.

Según cuenta Alejandro Calleja, «nos abrieron la puerta» a esta nueva vía de denuncia. No dudaron en cruzarla. Con el dictamen en la mano, y aunque el Estado tenga ahora seis meses para contestar por escrito, este padre, reconocido junto a su mujer, por la Unesco por su defensa del derecho a la educación inclusiva, espera «que sirva de ejemplo» a otras administraciones, tanto de justicia como educativas. Si no se sigue la senda inclusiva, «hay consecuencias».

Fuente e Imagen: https://eldiariodelaeducacion.com/2020/09/21/la-onu-vuelva-a-sentenciar-a-espana-por-no-llevar-a-cabo-la-educacion-inclusiva/

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