Ecuador: Ministro de Educación dirige carta a autoridades educativas para incentivar protección de estudiantes

América del Sur/Ecuador/25 Junio 2017/Fuente y Autor: ecuadorinmediato

Asimismo, expidió el acuerdo ministerial que contiene el instructivo de actuación para la atención de niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual

A través de una carta dirigida las autoridades educativas (rectores, vicerrectores y directores de planteles), Fander Falconí, ministro de Educación, exhorta a comprometerse en una cruzada ética en defensa de la seguridad y protección de los estudiantes que asisten a los establecimientos educativos. Esto se da días después de que la Academia Naval Pedro Traversari se negó a pedir disculpas a 41 jóvenes que fueron víctimas de acoso e intimidación sexual, por parte de su maestro

Falconí aseguró que como autoridades del sistema educativo no pueden permanecer impávidos frente a esta situación, y deben ser conscientes que son los primeros llamados a proteger y a defender la integridad física y emocional de los estudiantes, por lo que es su obligación prevenir, denunciar y actuar judicial y administrativamente frente a estos hechos, sancionando con el mayor peso de la ley a los infractores.

En ese sentido, con el objetivo de potenciar la corresponsabilidad ciudadana y trabajar en la erradicación del silencio en contextos de vulnerabilidad, el ministro de Educación remitió el 22 de junio a las autoridades de los establecimientos educativos de todo el país, así como a los Coordinadores Zonales y Directores Distritales, el Acuerdo Ministerial 2017-00052, que expide “el instructivo de actuación para la atención de niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual cometidas o detectadas en los establecimientos educativos del sistema educativo nacional y los procesos para la investigación y sanación”.

El objetivo del instructivo es regular los procedimientos para la prevención, atención y acompañamiento a los niños, niñas y adolescentes de las instituciones educativas (fiscales, fiscomisionales, particulares y municipales) que se vean afectados por infracciones de tipo sexual; así como orientar respecto a la actuación administrativa y judicial frente a este tipo de infracciones.

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