Redacción: El Diario Solidario
En una entrevista de la serie que examina el derecho a la educación, realizada con motivo del 70º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (link is external), la profesora Ann Skelton sopesa los pros y los contras de la enseñanza pública y la privada.
“En la Declaración de Derechos Humanos y en la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño se deduce claramente que el Estado tiene la obligación de proporcionar educación a todos. Esto significa por defecto que debe disponer de un sistema educativo eficaz y de calidad al que todos puedan acceder,’’ explica la Profesora Ann Skelton, miembro del Comité de las Naciones Unidas de los Derechos del Niño, Directora del Centro de Estudios de Derecho del Niño de la Universidad de Pretoria y titular de la Cátedra UNESCO de Derecho a la Educación en África.
La profesora Skelton también confirma que los criterios y las normas internacionales dejan bien claro que la enseñanza privada debe estar adecuadamente regulada y ha de ofrecer por lo menos el mismo nivel de calidad que la educación pública.
“Es evidente que a menudo no ocurre así. Cuando la educación se convierte en una mercancía, se generan muchas repercusiones negativas. Cualquier proveedor que opere con fines lucrativos plantea un riesgo. Lo que vemos con frecuencia es que los Estados se acomodan y dicen: ‘bueno, si esa otra gente quiere impartir educación, entonces nosotros no tendremos que esforzarnos mucho,’ aclara. Entonces otras empresas que operan con afán de lucro penetran en ese ámbito”. Ante esta situación “los buenos docentes tienden a trasladarse al sistema privado, si allí reciben mejores salarios. En algunos países los padres cometen el error al marcharse a lo que creen es un sistema mejor y persisten en su decisión, incluso cuando ese sistema resulta inadecuado”, explicó Skelton.
El tema de la rendición de cuentas
La profesora Skelton preside un grupo de expertos encargados de elaborar los principios rectores para los agentes estatales en materia de educación privada. Es muy importante que los Estados rindan cuentas de su labor en lo sobre regular el sector privado y desarrollar escuelas públicas de calidad. La profesora Skelton cree que los Estados deberían realizar mayores esfuerzos en el plano nacional para aplicar marcos de regulación que garanticen la idoneidad de los estándares.
“Un aspecto interesante que debatimos actualmente con organizaciones de la sociedad civil y expertos jurídicos y pedagógicos, es si en el derecho internacional de los derechos humanos existe una base para alentar a los Estados a que garanticen que la enseñanza privada disponible en un país no supere determinado porcentaje del total de la educación. ¿Es posible poner un tope al crecimiento de la enseñanza privada?”, se pregunta la Sra. Skelton. Pero, añade, existen grandes variaciones en el grado de participación de los agentes en la educación y en su repercusión.
“En algunos asentamientos informales de Kenya o Nigeria, por ejemplo, el gobierno renunció a sus responsabilidades y abandonó a la gente en manos de prestatarios de servicios de escasa calidad que no estaban regulados, lo que ha repercutido negativamente en las capas más pobres de la población que buscaban una educación de calidad, lo que está claramente contra las normas internacionales. Pero hay que mirar también a los Países Bajos, donde, en cierto modo, la mayoría de las escuelas están gestionadas de manera privada, por agentes que operan sin fines de lucro y que cuentan con financiación pública, y este sistema se considera de alta calidad.’’
Desarrollando estándares de regulación
“Estos contrastes plantean el interrogante de si deberíamos arreglar los sistemas que no están averiados. Dicho de otro modo, ¿cómo formulamos normativas que puedan aplicarse en todos los contextos pero que dejen margen para los modelos que ya funcionan o que son los que la población prefiere?”, añadió la profesora.
Otro de los desafíos es el de los países del Hemisferio Norte que aplican regulaciones estrictas, pero disponen de empresas que explotan el mercado de la enseñanza en otros países, mediante una oferta educativa más barata y de menos calidad. “Un aspecto complicado para mí es que un control estatal firme sobre el sistema educativo puede parecer positivo si se examina desde la perspectiva del acceso y la prestación de servicios, pero puede parecer negativo cuando se considera desde el punto de vista de la democracia y los derechos”.
“Por ejemplo, en Sudáfrica, en la época del apartheid, si la población negra se hubiera limitado a confiar en lo que el Estado estaba dispuesto a brindarle, la gente hubiera estado mucho peor. En cambio, la población de color se apoyó en las escuelas religiosas dirigidas por personas que sentían una gran pasión por la enseñanza y que querían garantizar la formación de dirigentes para el futuro. Creo que esa experiencia es muy diferente de la comercialización de la educación y la explotación del pueblo”.
La profesora Skelton afirmó que la inversión estatal es esencial, pero que aún había mucho por hacer para alcanzar las metas del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4.
Pero en África hay síntomas esperanzadores de que algunos Estados empiecen a hacerse cargo de sus sistemas educativos. “Me anima mucho que Uganda y Kenya defiendan sus regulaciones ante los tribunales y adopten una línea de firmeza hacia los prestatarios privados, y que los jueces hayan refrendado la función de esos Estados en cuanto a regular las escuelas privadas para garantizar la calidad y el respeto a los derechos laborales”, aseguraba
Apasionada por el derecho a la educación
La visión de futuro de la profesora consiste en fomentar el interés y la sensibilización acerca del derecho aplicado a la educación. En la Universidad de Pretoria, ella imparte clases actualmente a un grupo de alumnos de doctorado provenientes de diversos países del continente, sobre distintos aspectos del derecho africano relativos a la educación.
“Lo que quiero hacer es formar a una generación de jóvenes académicos que se apasionen por el derecho aplicado a la educación. Estamos iniciando un gran proyecto sobre la justiciabilidad, que examina hasta qué punto el derecho y los tribunales pueden usarse para garantizar la prestación y la calidad de la enseñanza. En esta tarea usamos como referencia informes del antiguo Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación, el Sr Kishore Singh.
Fuente: UNESCO
Fuente: http://eldiariosolidario.com/pros-y-contras-de-la-educacion-privada-y-publica-en-africa