Por: Marina Franco. NYT. 11 de julio de 2018
El pasado 4 de junio, una decisión jurídica inédita tomó por sorpresa a México: una sentencia ordenaba al gobierno rehacer la investigación por la desaparición de 43 estudiantes normalistas en septiembre de 2014, tal vez el caso más emblemático —y uno de los más espeluznantes— de las violaciones a los derechos humanos en la historia reciente del país.
El Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con sede en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, había determinado que la pesquisa “no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial”, y que había que volver a hacerla. Debido a las varias irregularidades atribuidas a la Procuraduría General de la República (PGR), señalaba la sentencia, esa nueva indagatoria debía correr a cargo de un cuerpo alternativo.
El fallo era la respuesta a los amparos presentados por cuatro imputados en la causa, que denunciaban haber sido torturados por las autoridades para que declararan sobre la desaparición de los estudiantes. Los testimonios de estos imputados son los cimientos de la pesquisa realizada por el gobierno, cuya llamada “verdad histórica” afirma que los jóvenes fueron incinerados por ellos. Pero si las confesiones al respecto fueron obtenidas por medio de tortura, como lo han documentado también organizaciones internacionales, toda la indagatoria y sus conclusiones quedan viciadas.
Por ello, en la resolución de los amparos, el tribunal federal de Tamaulipas ordenó crear una Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia, una figura que nunca ha existido en México. Sin embargo, el fallo se ha topado con resistencias: la PGR, por ejemplo, acusó desde un inicio que la decisión no respetaba la división de poderes y que no “compartía” el criterio de los jueces del tribunal colegiado.
Mauricio Fernández de la Mora, el magistrado que trabajó esta decisión, explicó que “si bien el derecho nacional no regula la creación de un mecanismo extraordinario, no por ello es un impedimento a que este exista y se proponga”.
Fernández de la Mora tiene 42 años, es experto en derecho penal y, en su primera entrevista al respecto, habló con The New York Times en Español sobre cómo fue el proceso de deliberación de la sentencia, sus antecedentes internacionales y posibilidades de seguimiento.
¿Qué los llevó a promover un mecanismo que nunca se ha visto en México?
Fue un caso muy complejo; nos tomó mucho tiempo la elaboración. Se consideró necesario sugerir esta comisión de investigación al advertir que hubo violaciones graves a los derechos humanos, como desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales o serias alegaciones de tortura, y tomando en cuenta las múltiples irregularidades y defectos detectados. Se procedió a atender los lineamientos de jurisprudencia internacional para este tipo de casos, incluidas sentencias condenatorias contra México.
Al analizar esos criterios del derecho internacional, particularmente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [CoIDH], estos nos fueron llevando hacia este camino, para poder dar solución y garantizar los derechos no solo de los imputados quejosos, sino de todas las víctimas [del caso de los 43 estudiantes]. Esos son de los derechos más importantes en materia de derechos humanos: a la verdad, de acceso a la justicia y de no repetición.
Y como esta comisión y todas sus actuaciones ahora serán parte de la [nueva] averiguación previa, con la intervención del ministerio público, eso no solo beneficia a las víctimas, sino a la sociedad en general.
Algo que ha llamado la atención sobre el fallo es que fue emitido a menos de un mes de la reciente elección presidencial. ¿Hasta qué punto se tomó en cuenta esto en la deliberación del tribunal?
Nunca pasaron por nuestras mentes las cuestiones político-electorales; la justicia no va a esperar. No nos podemos abocar a las cuestiones políticas que suceden en el país; nuestra función y nuestro compromiso es con la justicia y nos marca en nuestra propia Constitución que esta debe ser pronta y expedita.
Lo trabajé junto con un secretario todas la tardes, fines de semana, hasta en Semana Santa y primero de mayo… Le dedicamos mucho tiempo para poder hacer un proyecto bien fundado y motivado.
Se prevé que en cuanto uno tiene el proyecto, cuando lo concluye, tiene la obligación de presentarlo a los compañeros magistrados para que lo revisen y se pueda discutir. En este caso, mis compañeros me pidieron al menos dos semanas antes de la sesión. Por lo general, los proyectos se entregan una semana antes de la sesión, pero varía según el caso. Por la complejidad de este se pidió más tiempo.
La ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han señalado en varios informes y después de visitas serios problemas con la investigación. ¿Qué tanto tomó en cuenta lo ya dicho por organismos internacionales?
Estos análisis respecto a los defectos de las investigaciones en el país no son nuevos: analicé más de ochenta casos y me quedó claro en varias condenas por parte de la CoIDH que nos han hecho fuertes llamados de atención y pronunciamientos muy evidentes sobre las deficiencias.
Se estudió también el caso de Anzualdo Castro, que establece el derecho de una sociedad a conocer la verdad, y posteriormente el caso Favela Nova Brasilia vs. Brasil, en el que se hizo hincapié en que resulta necesaria la creación de una comisión indagatoria independiente en circunstancias o casos de violaciones graves en los que el personal policial aparezca como posible imputado; como sucedió en el caso Ayotzinapa.
Cuando esas organizaciones internacionales denunciaron irregularidades, el gobierno mexicano respondió que le correspondía pronunciarse a la justicia mexicana. ¿Qué tan importante cree que es el hecho de que ya haya una decisión aquí en casa?
La Suprema Corte [de Justicia de la Nación] ya estableció el carácter obligatorio de la jurisprudencia interamericana y la obligación de todas las autoridades [mexicanas], y con mayor razón de este tribunal, de pensar en determinaciones necesarias para proteger los derechos humanos.
Creo que ese es el camino que debemos seguir: explorar el juicio de amparo como uno sobre derechos fundamentales.
Nosotros ya emitimos con esto cinco tesis, que son propuestas para nuestro sistema jurídico, que algún órgano jurisdiccional podrá tomar en consideración al resolver otro caso y de ahí sacar jurisprudencia después.
Ahora vamos a a ver qué sucede.
En la sentencia se estableció un plazo de diez días naturales para crear la comisión, aunque ese plazo venció hace más de una semana. ¿De qué manera se revisa el cumplimiento de una sanción como esta por si hay posible desacato?
A nosotros no nos corresponde llevar a cabo el seguimiento sobre si se cumple, eso le toca al tribunal que juzgó el amparo que después nosotros revisamos: ese es el Tercer Tribunal Unitario [del decimonoveno circuito].
El plazo lo establecimos tomando en cuenta la urgencia, porque lo que está de por medio es el hallazgo de los 43 estudiantes. Sin embargo, en la práctica, es usual que no se pueda lograr en los plazos que se establece… sabemos que si es un caso complejo se puede prolongar. La Ley de Amparo prevé que el plazo se puede prolongar siempre y cuando ya se esté en vías de cumplimiento.
Un día antes de esta entrevista, el magistrado a cargo de ese tercer tribunal unitario, Sabino Pérez García, puso freno a la decisión del tribunal colegiado. Suspendió la aplicación del fallo porque la PGR dijo que no le era posible cumplirlo.
Aunque una decisión colegiada por un amparo no puede apelarse —”De acuerdo con la Ley de Amparo, en teoría, no”, dijo Fernández de la Mora— los encargados de su ejecución pueden recurrir a lo que se llama incidente de imposibilidad. Es justamente lo que hizo la PGR, además de decir que la sentencia no respeta las divisiones de poderes porque las investigaciones corresponden al ministerio público. Y es que la comisión de la investigación propuesta en el fallo judicial tiene otro componente inédito en México: debería incluir también a organizaciones que representan a los familiares de los desaparecidos y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México (CNDH).
“El artículo 21 de la Constitución sí establece que es obligación del Ministerio Público investigar delitos”, dijo Fernández de la Mora, “pero, afortunadamente, esta no le otorga exclusividad, porque el artículo 20 establece los derechos tanto del inculpado como de la víctima para [que haya] una averiguación previa”. El juez añadió que, si quienes redactaron el artículo hubieran querido que solo la procuraduría pudiera realizar pesquisas de este tipo, hasta en casos extraordinarios como dijo lo es el de Ayotzinapa, eso habrían hecho. “La facultad exclusiva que sí se le otorgó textualmente fue respecto a las policías”.
Según Fernández de la Mora, el fallo sí toma en cuenta lo que le compete a cada uno de los participantes de esa futura comisión. “Los tres integrantes de la comisión están facultados”, dijo, e indicó que con ese mecanismo se pueden integrar también las investigaciones y averiguaciones que cada parte de por sí ya ha hecho. “En vez de que lo sigan haciendo cada uno por su lado, que lo hagan como equipo, para poder dar con el paradero de los 43 desaparecidos”.
La CNDH, al igual que la PGR, se declaró recientemente “imposibilitada” de participar. Fernández de la Mora dijo que no podía pronunciarse específicamente sobre ese incidente de imposibilidad, aunque sí mencionó que es de suma importancia que ese organismo participe. En parte, dijo, porque a la CNDH le compete revisar posibles violaciones graves de parte de autoridades —como tortura de testigos, por ejemplo— y, asimismo, “para que funja como equilibrio y ente conciliador entre las víctimas y la PGR, ya que conforme ha transcurrido el tiempo la relación entre estas dos partes se ha fracturado considerablemente”.
En varias ocasiones, el magistrado recalcó que no puede hacer más comentarios específicos sobre si cree que la decisión del juez Pérez García significará el fin de lo que propone el fallo. Pero antes de terminar la entrevista recalcó:
“Quisiera compartir que tenemos fe en que todo salga bien… Hemos advertido que ya están empezando a trabajar en este tema como parte de la transición [presidencial] y, pues, vamos a tener fe”.
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Fotografía: proyectodiez.mx