Por: Isabel C. Jaramillo Sierra.
El 9 de abril de 2017 fue encontrado por las autoridades argentinas el cuerpo sin vida de Micaela García. La joven de 21 años era activista del movimiento “Ni Una Menos”, que ha reunido a las mujeres argentinas en torno a la causa del feminicidio y más recientemente del aborto. Su asesinato se le atribuye a un violador serial que fue juzgado y condenado a nueve años de prisión pero dejado en libertad antes de terminar de cumplir su condena.
El cuerpo sin vida de Micaela fue encontrado varios días después de su desaparecimiento. El dolor que causó su muerte entre sus familiares y amigos, y entre sus compañeras del movimiento, fue procesado a través de una propuesta para transformar las actitudes y conocimientos de los funcionarios públicos en materia de género. La Ley Micaela fue aprobada por el Congreso argentino en diciembre de 2018 como parte de un paquete de 12 leyes encaminadas a lograr mayor equidad de género.
Es verdad que no es del todo novedoso que un Congreso ordene que se “eduque”. En el caso colombiano, varias leyes recientes sobre equidad de género han tenido elementos “educativos”. La ley 581 de 2000, ley de cuotas, por ejemplo, incluía la posibilidad de que se evaluara qué tan adecuados eran los textos escolares en materia de perspectiva de género y se impidiera la circulación de aquellos que obraran en contra del propósito de la equidad de género. La Corte Constitucional declaró inconstitucional esta manera de intervenir en la educación. La ley 1257 de 2008, ley de violencia de género, adoptó otra perspectiva: ordenó al Ministerio de Educación Nacional hacerse cargo de vigilar que en las instituciones educativas, incluyendo las universidades, enseñaran a los estudiantes nociones básicas de derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos y equidad de género. Como profesora de universidad y madre de hijas que atienden el colegio, no he visto que esta orden tanga mucho impacto. El Ministerio de Educación tampoco ha rendido cuentas al respecto. La obligación consignada en la ley es vaga y general al punto que casi parecería imposible obligar su cumplimiento por medio de acciones legales. La ley 1761 de 2015, ley Rosa Elvira Cely, por su parte, ordenó también que se incluyera el tema de perspectiva de género en los currículos en todos los niveles de educación y que se capacitara a los funcionarios públicos relacionados con el tema de atención, protección y prevención de la violencia de género, en materia de derecho internacional humanitario, derechos humanos y perspectiva de género. No es claro qué pasó con la orden perentoria que se le dio al Ministerio de Educación de cumplir el mandato en seis meses, pero ciertamente después de 3 años de aprobada la ley no es claro que se estén realizando las acciones de capacitación necesarias.
En segundo lugar, la ley se dedicó solamente al tema de la capacitación y fue más allá de los funcionarios que podrían estar principalmente involucrados para ordenar que TODOS los funcionarios de la rama ejecutiva sean capacitados. Esto hace que el tema del cambio de actitudes y adquisición de conocimientos nuevos reciba la importancia que se merece y no aparezca como una adenda o detalle adicional, como una buena intención que sería bueno que se diera pero no es tan importante. En tercer lugar, la ley recibió el apoyo de más de veinte académicas. Estas son mujeres que han venido trabajando desde distintas instituciones (El Observatorio de Género de La Ciudad de Buenos Aires, la Universidad de Buenos Aires, la Defensoría Pública, entre otras) en identificar fallas en el funcionamiento del estado y maneras de resolverlas. El apoyo de las académicas fue reconocido por las congresistas de manera explícita en su motivación para la ley y muestra un respeto mutuo en el trabajo necesario para adelantar las reformas que se necesitan. Es difícil realmente pensar que cambios en el nivel de la educación van a llevarse a cabo sin involucrar a las Universidades y cuerpos dedicados a la capacitación en distintas entidades públicas. En cuarto lugar, la ley establece que se apropiarán los recursos para la capacitación y, lo que es más importante, ordena que se cree una página web en la que los ciudadanos puedan consultar el nivel de cumplimiento de la ley por parte de cada una de las instituciones. De manera que no solamente se crearon obligaciones ciertas con recursos asignados, sino que se ordenó entregar a los ciudadanos la vigilancia de un tema que le concierne directamente. Finalmente, debe resaltarse la gestión decidida y el compromiso claro de las congresistas argentinas que hacen parte de la “Multipartidaria” con la agenda de la equidad de género. Este grupo de congresistas fue responsable de la aprobación en la Cámara de Representantes (Cámara de Diputados) de la ley que despenalizaba el aborto. Ahora está trabajando para que la ley llegue a ser aprobada también por el Senado. Tomar riesgos en un tema tan importante como es el del aborto muestra su fuerza, convicción y capacidad estratégica. Sería realmente “grande”, con dicen los argentinos, que nuestra propia bancada de mujeres lograra acuerdos similares para avanzar con paso cierto y sin titubeos en los temas de importancia para todos.