Panamá: Los cambios más relevantes a la Constitución

Centro América/ Panamá/ 21.10.2019/ Fuente: focopanama.com.

 

La Asamblea Nacional aprobó en primer debate las primeras reformas a la Constitución. Aquí los cambios más relevantes. 

  • Es deber del Estado enfrentar el cambio climático (Artículo nuevo 2) 
  • El Derecho Nacional tendrá superioridad sobre las normas de Derecho Internacional (Artículo 4) 
  • Para que un extranjero solicite la nacionalidad panameña debe tener 10 años de residencia en la República y deben renunciar a su nacionalidad de origen (Artículo 10)
  • El Estado podrá negar una naturalización por razones de moralidad, seguridad o salubridad.(Artículo 12) 
  • Cualquier modificación a la ley tributaria no tendrá efectos hasta el siguiente período fiscal afectado, desde la entrada en vigencia de la nueva Ley.  (Artículo 52) 
  • Se aumenta el descanso de maternidad, a seis semanas antes del parto y doce semanas después.(Artículo 72) 
  • Cuando los medios de comunicación sean usados para la publicidad o propaganda, éstas no deben ser contrarias a la salud, la moral, la educación, formación cultural de la sociedad, el orden cívico, buenas costumbres, respeto a la privacidad individual y colectiva y la conciencia nacional. (Artículo 89)
  • Que el 6% (mínimo) del Producto Interno Bruto del Estado será destinado a la educación.(Artículo 95) 
  • La educación oficial será gratuita en todos los niveles, desde el preescolar hasta el grado universitario. Es obligatoria la educación media. (Artículo 95)
  • Se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior de Panamá (Artículo 99)
  • Las Universidades Oficiales y Particulares están exentas del pago de toda cIase de impuestos, arbitrios y contribuciones, sin excepción alguna. (Artículo 104)
  • Serán deducibles de la renta neta gravada por el impuesto sobre la renta las donaciones que se otorguen a favor de las Universidades, entidades culturales o científicas. (Artículo 104)
  • El Estado dará asistencia económica a las Universidades Oficiales y Particulares para el cumplimiento de sus propios fines. (Artículo 104) 
  • El Ministro de Salud y el Director de la Caja de Seguro Social pueden comprar sin control previo y sin intermediario medicamentos, insumos e instrumentos médicos, tecnología de punta y de última generación. (Artículo 109)
  • Se establece que es un derecho fundamental de toda persona el acceso sostenido al agua potable. (Artículo 110) 
  • Se eleva la Caja de Seguro Social a título constitucional.
  • La Caja de Seguro Social debe administrar y mantener sus fondos separados e independientes del Gobierno Central. (Artículo 114- B)
  • La Caja de Seguro Social aprobará su propio proyecto de presupuesto, que será incorporado al Proyecto Presupuesto General del Estado, sin modificaciones.  (Artículo 114-B)
  • Los candidatos de libre postulación no podrán estar inscritos en partidos políticos. (Artículo 138-A)
  • El presupuesto del Tribunal Electoral será el uno por ciento de los ingresos corrientes del Gobierno Central. (Artículo 143) 
  • El Tribunal Electoral debe asegurar el desarrollo de la carrera administrativa electoral (Artículo 143) 

Hay dos artículos 123 aprobados en el mismo documento pero son distintos, igual que hay dos artículos 56, uno establece que el Estado protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, mientras que el otro dice que el Estado reconoce solamente el matrimonio entre un hombre y una mujer.

Fuente de la noticia: http://focopanama.com/resumen-los-cambios-mas-relevantes-a-la-constitucion/

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