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Perú: Niños de Pueblo Libre aprenderán a purificar el agua y a preparar jabones caseros

América del Sur/Perú/20-01-2020/Autor(a) y Fuente: andina.pe

Municipalidad distrital desarrollará talleres gratuitos.

Talleres gratuitos para promover el aprendizaje de las ciencias experimentales y tecnología de punta, desarrollará desde el próximo jueves 23 la Municipalidad de Pueblo Libre.

Loa talleres se realizarán los días jueves en los horarios de 10.00 a 12.00 horas; de 15.30 horas a 17.00 horas y los martes de 10.00 horas a 12.00 horas.

Las clases gratuitas para vecinos entre los cinco y 12 años, se llevarán a cabo al costado del Vagón Cultural y Ambiental ubicado en el parque 3 de Octubre, a la altura de la quinta cuadra de la avenida General Vivanco.

Los menores aprenderán a purificar el agua utilizando la semilla de moringa, crear su propio jabón casero con aceite usado, construir su deshidratador solar, realizar su herbario en casa, entre otros.

La inscripción gratuita es a través del teléfono 202-3880 anexo (1083), al celular 989544370 o al correo  gestion.ambiental@muniplibre.gob.pe. El número máximo de participantes por grupo es de 15 niños.

El único requisito para los alumnos es que lleguen puntuales y lleven dos botellas de plástico.

Fuente e Imagen: https://andina.pe/agencia/noticia-ninos-pueblo-libre-aprenderan-a-purificar-agua-y-a-preparar-jabones-caseros-781918.aspx

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Perú: Alumnos de la UNI apuntan al Mundial de Programación en Rusia

América del Sur/Perú/19-01-2020/Autor(a) y Fuente: andina.pe

El Centro de Tecnologías de Información de Comunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería (CTIC UNI), con su equipo de estudiantes de programación, ha conseguido en diferentes eventos internacionales galardones como el primer puesto en el HackerRank y el top 5 y Top 10 en otros.

Hoy estos mismos estudiantes han clasificado al mundial de programación de Rusia 2020, en donde junto a más de 130 equipos de todo el mundo pelearan por el primer puesto.
Es por esto que la Universidad Estatal de Campinas de Brasil UNICAM ha invitado a los equipos finalistas de Latinoamérica a una capacitación intensiva la tercera semana de enero 2020 dictada por profesores especialistas de Rusia.
Con los antecedentes exitosos, el equipo peruano es considerado uno de los favoritos para ganar este tan importante evento.
Sin embargo, el equipo de  alumnos, que pertenecen al laboratorio de Big Data en CTIC- UNI, no cuenta con fondos para viajar tanto a Brasil ni a Rusia. Ellos piden apoyo a la empresa privada para lograr traer el galardón mundial a Perú.
Fuente e Imagen: https://andina.pe/agencia/noticia-alumnos-de-uni-apuntan-al-mundial-programacion-rusia-781895.aspx
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Universitarios sin universidad: la otra cara de la reforma educativa en Perú

América del sur/Perú/16 enero 2020/eldiario.es

A Jordy Cueva le llegó la noticia de que a su universidad le habían denegado la licencia institucional el día de Navidad. Precisamente a puertas de iniciar el que debía de ser su último año como estudiante de Enfermería de la sede limeña de su universidad.

«Mi Navidad fue lamentable», refirió a la agencia Efe sobre ese momento. La evaluación del expediente de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) sobre las condiciones en las que opera la Universidad Alas Peruanas, en sus 17 filiales y sede en Lima, arrojó que no cumple con las mínimas exigidas para seguir operando, por lo que como otras 35 universidades del país, deberá cerrar en dos años.

Por ello, Jordy podrá culminar sus estudios, aunque no sabe cuánto valor tendrá su título universitario. «¿Con qué prestigio vamos a egresar de una universidad que no está licenciada?», se preguntó a las afueras de la sede de la Sunedu en Lima, hasta donde llegó este martes para protestar contra lo que siente ha puesto en riesgo sus sueños profesionales.

LA REFORMA UNIVERSITARIA

El licenciamiento institucional forma parte de la reforma universitaria que el Perú puso en marcha en 2014, con la creación de una nueva ley donde se estableció la creación de la Sunedu, ente encargado de evaluar, bajo filtros básicos de calidad, a los 145 centros de educación superior del país.

«Son condiciones esenciales para el servicio universitario», explicó a Efe en octubre pasado el superintendente de la Sunedu, Martín Benavides, sobre los ocho puntos exigidos por este ente regulador para otorgar la licencia funcionamiento a las universidades.

Entre estos, que toda universidad tenga objetivos académicos, grados, títulos y planes de estudio; oferta educativa compatible con los instrumentos de su planeamiento; e infraestructura y equipamiento adecuados.

También líneas de investigación y disponibilidad de personal docente calificado, servicios educacionales complementarios básicos, mecanismos de inserción laboral y la condición complementaria de una gestión universitaria con transparencia.

SITUACIÓN CRÍTICA

Desde la promulgación de la nueva ley, las universidades conocían que habría un plazo para cumplir con las condiciones básicas y presentar su expediente, y en el caso de no cumplir con las ocho exigencias básicas, tendrían que pasar por un plan de adecuación que les permita subsanar sus deficiencias.

No obstante, alrededor del 24 % de las universidades peruanas no lograron cumplir su plan de adecuación en los cinco meses establecidos, ni en las prórrogas que en la práctica, según informaron a Efe fuentes de la Sunedu, esta institución les brindó.

De las universidades con licencia denegada 35 son privadas y una es pública, sin embargo aún quedan alrededor de cinco universidades públicas en espera de conocer el resultado de su evaluación.

Ante el peligro de dejar sin acceso a la educación a los estudiantes del Estado, el Gobierno promulgó en diciembre pasado un decreto de urgencia para declarar en reorganización e intervenir la universidad pública con licencia denegada, a fin de que esta cumpla con ejecutar el Plan de Emergencia del Ministerio de Educación, con miras a una segunda solicitud de licenciamiento ante la Sunedu.

PIDEN UNA OPORTUNIDAD

Una segunda oportunidad que las universidades públicas, a partir de este decreto de urgencia tendrán, y que las universidades privadas con licencia denegada, cuya población estudiantil en total supera a más de 140.000 estudiantes, también reclaman.

«A las universidades estatales se les está dando dos años más y a nosotros no se nos da. Para mí eso va contra la constitución e igualdad de peruanos ante instituciones y Gobierno», señaló Francisco Pérez Expósito, rector de la Universidad Alas Peruanas, en medio de la protesta frente a la sede de Sunedu a la que llegó junto a docentes universitarios y personal administrativo.

«Estamos unidos, en pie de lucha. Queremos que ese decreto de urgencia que el presidente sacó sea igualitario, y que no solo sean dos años de prórroga para las universidades públicas, sino también privadas», señaló a Efe Max Aguilar, otro estudiante de la misma casa de estudios, de la filial de Ayacucho, quien cursa el cuarto año de Derecho.

Para Aguilar, su universidad, que en 2018 estuvo en el ojo público debido a las denuncias por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de activos contra su fundador, exgerente y exrector Fidel Ramírez, por las que se vio obligado a separarse del centro de estudios, «ha hecho mucho en un año».

Él está seguro que «con dos años de prórroga» podrían lograr los cambios que exige Sunedu y él podría así continuar con sus estudios, con una pensión de alrededor de 110 dólares al mes.

Una esperanza que no viven las decenas de estudiantes que ya forman colas en los exteriores de la oficina de trámite documentario para solicitar su certificado de estudios, sus sílabos impresos y su certificado de conducta, requisitos para inscribirse en otra universidad.

«Está bien lo que ha hecho la Sunedu con esta universidad», señaló a Efe un egresado de Estomatología de Alas Peruanas que prefirió no dar su nombre. Él señaló que ha visto cómo la universidad incumple con condiciones de infraestructura y que sus autoridades muestran desinterés ante las necesidades de su población universitaria.

«Nosotros hemos estudiado aquí toda la carrera y sabemos que las condiciones han sido demasiado deficientes», agregó.

Este egresado acudió junto a sus compañeros de promoción a dicha oficina para solicitar abran un curso que les permita obtener su título universitario antes de que la universidad cese en sus actividades.

Al frente de la Sunedu, en tanto, Aguilar ni Cueva piensan aún en la posibilidad del traslado porque aseguran han visto «el dolor» de sus amigos, quienes en ese proceso han tenido que resignarse a ser retrasados en sus años de estudios, además del costo económico que representa y que no están seguros que sus familias o ellos mismos puedan asumir.

BECAS PARA ESTUDIANTES DESTACADOS

Las autoridades del Ministerio de Educación han reconocido que muchos de los estudiantes tendrán dificultades económicas para trasladarse a otras universidades con licenciamiento, por lo que el Gobierno ha establecido la creación de becas para asegurar la educación de los estudiantes con mejor rendimiento académico y de escasos recursos económicos.

Asimismo, anunció una partida extra de dinero a las universidades públicas para que puedan ampliar sus vacantes para recibir a estudiantes provenientes de las instituciones que no han sido licenciadas.

Fuente e imagen tomadas de: https://www.eldiario.es/sociedad/Universitarios-universidad-reforma-educativa-Peru_0_985151504.html

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Educación Perú: Se cerrarán más de 260 ‘colegios’ ilegales, encabezando la lista San Martín de Porres y Ate

América del Sur/ Peru/ 14.01.2020/ Fuente: www.estrelladigital.es.

Estos centros serán clausurados de manera definitiva por Minedu, teniendo que ser reubicados, los escolares afectados en otros centros hasta Marzo, cuando comenzará el nuevo curso escolar.

Así mismo, 1.315 escuelas son informales y se fiscalizarán en seis regiones.

Estos establecimientos educativos que operan en 21 distritos de Lima Metropolitana atienden entre 2 mil y 4 mil alumnos.

Esta medida se aplica en el marco del Decreto de Urgencia Nº 002-2020 publicado ayer en El Peruano, el cual establece medidas para la lucha contra la informalidad en la educación privada. Su reglamento deberá estar listo en un plazo no mayor a 180 días.

“El sector no tenía la facultad para cerrar estos locales. Hoy existen en Lima y seguramente en otras 6 ciudades. Estafan a los alumnos y a sus familias”, dijo la titular del Minedu, Flor Pablo, quien dijo que antes esta medida solo era posible por la vía judicial.

Hasta el 2018, a través de inspecciones de Indecopi, municipios y el Minedu, se identificaron 264 ‘escuelas’ ilegales en Lima (la mayoría de educación inicial), cuya mayor parte está en San Martín de Porres (41), Ate (36), Independencia (17) y San Juan de Miraflores (16).

En estos casos no solo se procederá al cierre, sino que sus dueños serán multados hasta con 430 mil soles (100 UIT) y serán denunciados por estafa.

Otras instituciones privadas que están en la mira son las 1.315 ‘informales’, las cuales sí tienen autorización, pero brindan un servicio diferente al permitido o en locales distintos a los registrados. Su población supera los 40 mil alumnos. Durante el 2020 se buscará que se formalicen, si no lo hacen, se procederá a su cierre.

En el interior del país, la oferta privada se concentra en Arequipa, Callao, Chiclayo, Trujillo, Huancayo y Piura. Ahí, a la fecha, aún no se han identificado colegios sin autorización, por lo que las Direcciones Regionales de Educación y las UGEL –a cargo del proceso– deberán “barrer su zona, ubicar estos servicios e iniciar los procesos de cierre o de formalización”, según explica Daniel Anavitarte, titular de la Dirección de Calidad de la Gestión Escolar del Minedu.

Si hay estudiantes afectados, se procederá con su reubicación hasta antes del 16 de marzo, cuando inician las clases. Ellos serán incorporados al programa Lima Aprende, dirigido a menores fuera del servicio educativo. Este incluye dobles turnos y permite conseguir cupos en colegios públicos. No obstante, si prefieren uno privado, se les dará opciones de planteles cercanos y se les apoyará en la respectiva matrícula.

Los alumnos deberán rendir una prueba de ubicación según su edad. Si la aprueban, se certificará que tienen competencias para el grado evaluado. Y si no lo hacen, llevarán otra vez el año.

La ministra Pablo señala que los cierres serán el resultado de una supervisión en la que, además, se evidencie que estos locales no cumplen con condiciones básicas. Entre estas se encuentran las de infraestructura, personal directivo y docente sin antecedentes penales o policiales y currículo.

Sobre el decreto de urgencia, el presidente del Consejo Nacional de Educación (CNE), César Guadalupe, destaca –a título personal– que el Minedu ya tenga competencia sobre los ‘colegios’ ilegales. “Será importante que se extienda en el sector público. La UGEL no puede gestionar y supervisar a la vez en ese sector. Se apunta a la implementación de una entidad independiente que fiscalice”.

El decreto de urgencia, que modifica la Ley de Centros Educativos Privados, exige que los promotores y directores de los colegios particulares no deben tener antecedentes penales ni judiciales. Tampoco deben estar implicados en delitos como violación o terrorismo.

Si el promotor solicita autorización de funcionamiento y la DRE no le responde, esta resultará negativa. Antes era lo contrario (positivo).

Los colegios deben informar el monto, número y fecha de pago de pensiones; así como cuota de matrícula y de ingreso, al menos 30 días antes del proceso de matrícula. También antes del fin de año deben informar sobre aumento de pensiones.

La cuota de ingreso otorga el derecho a obtener una vacante y permanecer hasta culminar sus estudios. Su pago se da solo una vez y debe ser devuelto de manera proporcional cuando el alumno se retira, salvo que exista una deuda.

Fuente de la noticia: https://www.estrelladigital.es/articulo/internacional/educacion-peru-hoy-cerraran-mas-260-colegios-ilegales-encabezando-lista-san-martin-porres-ate/20200109134604399518.html

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Perú: Colegios privados deben devolver cuota de ingreso en caso de retiro voluntario del alumno

América del Sur/Perú/12-01-2020/Autor(a) y Fuente: andina.pe

Sepa cuales son las exigencias y cobros prohibidos en la prestación de sus servicios.

En caso de traslado de la matrícula o de retiro voluntario del estudiante, los colegios privados no pueden negarse, bajo ningún supuesto, a devolver el dinero cancelado por cuota de ingreso, de acuerdo con la reciente norma aprobada por el Gobierno para luchar contra la informalidad en la prestación de los servicios de estos centros educativos.

En el Artículo 16 del Decreto de Urgencia N° 002-2020, referido a las exigencias y cobros prohibidos en la oferta de educación privada, se indica que el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción pasible de sanción conforme a lo establecido en el reglamento de la presente Ley.
La cuota de ingreso otorga al estudiante el derecho a obtener una vacante y permanecer en la institución educativa privada hasta la culminación de sus estudios en la misma.
Se cobra por única vez, salvo que hubiera sido previamente devuelta. En cuyo caso se aplican las reglas establecidas en el presente artículo. A decisión del propietario o promotor, la cuota de ingreso se cobra como un único pago al ingreso del alumno a la institución educativa privada o en pagos parciales al inicio de cada nivel o ciclo.
En caso de traslado de la matrícula o de retiro voluntario del estudiante, la institución educativa privada debe devolver la cuota de ingreso de forma proporcional al tiempo de permanencia del estudiante. Salvo que, el usuario del servicio mantuviera deuda pendiente de pago.
En dicho caso, la institución educativa privada deduce dicha deuda del monto a devolver por concepto de cuota de ingreso. En todos los casos, la base para el cálculo toma en cuenta el tiempo de permanencia del estudiante en la institución educativa privada, contado desde el ingreso o la primera matrícula del estudiante a la institución educativa privada.
El Ministerio de Educación determina la fórmula de cálculo para la devolución de la cuota de ingreso, la cual se especifica en el reglamento de la presente Ley.
En caso de reingreso del estudiante a la institución educativa privada, no puede exigirse el pago de una nueva cuota de ingreso; salvo, que dicha cuota hubiera sido previamente devuelta al usuario del servicio educativo.
En este último caso, el pago de la nueva cuota de ingreso debe efectuarse de forma proporcional al tiempo de permanencia del estudiante en la institución educativa, acorde a los niveles o ciclos que se van a cursar.
No pueden quedarse con los documentos 
En la misma norma se indica que la institución educativa privada está prohibida de condicionar la atención de reclamos, la entrega de libreta de notas, la asistencia o evaluación del estudiante al pago de la pensión o cualquier otro pago.
La institución educativa privada únicamente puede retener los certificados de estudios correspondientes a los grados de estudios no pagados, siempre que hubiera informado de ello a los usuarios del servicio en el plazo establecido en el artículo 14 de la presente Ley.
De igual manera, el colegio privado no puede exigir a los usuarios del servicio el pago de sumas o recargos por conceptos diferentes a los establecidos en esta Ley.
Tampoco puede obligar a los usuarios a efectuar el pago de una o más pensiones mensuales adelantadas, salvo en el caso en que dichos pagos sustituyan a la cuota de ingreso o a la cuota de matrícula, a elección de estos.
 
¿Contribuciones voluntarias?
Se encuentra prohibido el condicionamiento de la inscripción o matrícula, o en su caso, la permanencia en la institución educativa privada, al pago de contribuciones denominadas voluntarias o al pago de montos por concepto de adaptabilidad, accesibilidad y/o adecuación para personas con discapacidad.
De igual manera, la institución educativa privada no puede exigir la compra de uniformes, materiales y/o útiles educativos en establecimientos señalados con exclusividad por parte del colegio.
Tampoco puede solicitar el íntegro de los materiales y/o útiles educativos el primer día de clases, así como de requerir materiales y/o útiles educativos que no respondan a las necesidades de aprendizajes de los estudiantes.
La entrega de los referidos útiles o materiales debe realizarse de manera progresiva, acorde a las necesidades de uso de los estudiantes, y en función al plazo gradual que establezca la institución educativa privada a través de su reglamento interno. La fecha de inicio de dicho plazo no puede ser menor a 30 días calendario posterior al inicio de clases.
Fuente e Imagen: https://andina.pe/agencia/noticia-colegios-privados-deben-devolver-cuota-ingreso-caso-retiro-voluntario-del-alumno-781106.aspx
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Perú: Convocan al concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020 y aprueban el cronograma

Redacción: El Peruano

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 007-2020-MINEDU

Lima, 9 de enero de 2020

VISTOS, el Expediente Nº 001547-2020, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, y el Informe Nº 042-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en adelante la Ley, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 17 de la Ley establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso público y que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial;

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 19 de la Ley, el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial;

Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, incorporada mediante la Ley Nº 30747, “Ley que modifica la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, para autorizar al Ministerio de Educación la convocatoria anual para el concurso público de ingreso a la Carrera Magisterial entre los años 2018 y 2022”, establece que el concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que se hace referencia en el artículo 19 de la Ley;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 006-2020-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020”, la cual establece, entre otros aspectos, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicho concurso;

Que, conforme al numeral 5.7.1.1 de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria al referido concurso es aprobada conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, a través del Oficio Nº 00019-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 006-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, en el cual se sustenta y solicita que se convoque al concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020 y se apruebe el cronograma del referido concurso;

Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección de Evaluación Docente y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada “Norma que regula el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 006-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Convocar al concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 006-2020-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar el cronograma del concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica – 2020, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PATRICIA ANDRADE PACORA

Viceministra de Gestión Pedagógica

1844384-1

Fuente: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/convocan-al-concurso-publico-de-ingreso-a-la-carrera-publica-resolucion-ministerial-n-007-2020-minedu-1844384-1/

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Perú: Cuando la pornografía reemplaza la educación sexual del adolescente

Redacción: La República

Las películas para adultos no se asemejan a la realidad de los encuentros sexuales, pero ¿qué ocurre cuando se cree que esa ficción sustituye la educación sexual que nos ha sido negada?

«En una sociedad sin educación sexual, el porno es tu libro de instrucciones”, dice el eslogan de un video hecho por el Salón Erótico de Barcelona, que se hizo viral hace un tiempo. Una cinta que pone en debate el rol de la pornografía y las ideas machistas que se generan sobre el sexo.

Esta frase cala en una sociedad aún conservadora y machista como la nuestra, donde la educación sexual es la que más brilla por su ausencia. A pesar de los esfuerzos del Ejecutivo, aún existen vacíos en las políticas públicas con las que se rigen los colegios. Mientras tanto, continúa siendo un punto inaceptable para algunos colectivos religiosos fundamentalistas.

“Si existiese una educación sexual en las escuelas y en las familias, entonces no tendría por qué existir la pornografía como una fuente para adolescentes o niños que quieran aprender o aclarar sus dudas sobre sexualidad”, señala el psicólogo clínico, Christian Martínez, a La República.

Para retratar mejor esta situación en Perú, la Universidad Cayetano Heredia junto con el Instituto Guttmacher, reveló en un estudio que el 85% de escolares en el país indicaron que aprendieron sobre sexualidad en Internet y otros medios de comunicación, especialmente la televisión.

Este panorama resulta preocupante, si se toma en cuenta que los elementos presentados en la industria pornográfica no representan la realidad de las relaciones sexuales.

Basta con preguntarnos ¿qué vemos en las películas para adultos?: vulvas perfectas, mujeres maquilladas y con cuerpos esbeltos, que con tan solo tocarlas alcanzan al orgasmo; por el otro lado, tenemos a hombres con miembros viriles grandes y gruesos, fornidos y dispuestos a embestir a cualquiera y, que además con solo besarlos tienen una erección duradera.

La pornografía crea prototipos de belleza y rendimiento sexual

Para el también sexólogo, el porno no solo se olvida del placer femenino y legitima ideas machistas sobre el cuerpo de esta, sino que también afecta a cómo el hombre mide su masculinidad en base a su rendimiento sexual.

Por eso, ocurre que “la importancia del hombre es el tamaño del pene, en cuánto dura sexualmente, en que es el responsable de dar placer sexual a la mujer, en que el encuentro sexual termina cuando él eyacula o en que el orgasmo es lo mismo que eyaculación”, menciona.

grupo larepublica

Así, al final de todo, lo único que se obtiene es frustración y resignamiento por cada una de las partes, e incluso “una sociedad enferma sexualmente”, tal y como señala el especialista.

La pornografía consolida estereotipos de género

Sin embargo, esto no queda allí. Martínez sostiene que esta industria genera estereotipos de género, donde prima el sexismo y la misoginia. “Lo que hace la (producción de videos para adultos) es despreciar y representar a la mujer a través de su sexo, donde ella solo sirve a nivel erótico y sexual”. En este punto coincide Magally Alegre Henderson, historiadora especialista en sexualidad femenina, quien hace hincapié en que «la pornografía está pensada, diseñada y producida por hombres, que no consideran las formas de eroticidad femenina”.

Por eso, el psicólogo asegura que algunos hombres piensan que la obligación de la mujer es complacerlo sexualmente. «Estas concepciones que se producen a partir de este tipo de contenidos son absolutamente sexistas”, añade Alegre.

grupo larepublica

Y, pese a que la historiadora data de movimientos feministas que se dedican a la producción de contenidos para adultos con un enfoque de género, aún hablar de sexo es tabú y el Internet está al alcance de la mayoría.

Ambos especialistas coinciden en que la pornografía no ha creado nada nuevo y no tiene la culpa de los aspectos negativos ya mencionados, pues son “contenidos para adultos” – que tienen el objetivo de causar placer y excitación – pero que desfortunadamente cae en manos de menores de edad que recién están explorando su sexualidad.

“Una manera de frenarlo es con una educación sexual integral, con el respeto del uno hacia el otro y con enfoque de género”, resalta Christian Martínez.

Fuente: https://larepublica.pe/sexualidad/2019/12/12/sexo-cuando-la-pornografia-toma-el-rol-de-educacion-sexual-en-la-sexualidad-de-los-jovenes-fotos-y-video-atmp/

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