A propósito del regreso a las clases presenciales

 Sergio Martínez Dunstan

En mi colaboración anterior, a propósito de la reapertura de escuelas, resalté la importancia de proyectar y coordinar, por parte del gobierno federal, el regreso a clases presenciales antes que termine el ciclo escolar, según lo expresado reiteradamente por el propio Presidente de la República en los últimos días. De igual manera mencioné que resultaba insuficiente la vacunación al magisterio para evitar contagios y posibles muertes. Al menos asegurar el agua y jabón entre muchas otras condiciones más por encima de un simple voluntarismo, enfaticé. Asimismo, sugerí tomar en cuenta la experiencia de otros países plasmada en recomendaciones por la UNESCO. Sobre todo, señalé que se privilegie el derecho a la educación y la equidad. Es decir, brindarles mejores condiciones a quienes más lo necesitan en aras de atenuar los daños y reducir en la medida de lo posible, el rezago educativo. Sería una paradoja que en la búsqueda de la equidad se actuara con iniquidad. Serviría de mucho que las autoridades educativas de los tres niveles de gobierno respalden a las escuelas, y éstas a su vez focalicen sus esfuerzos hacia las y los estudiantes en condiciones de mayor precariedad y vulnerabilidad, preferentemente. De lo contrario, las autoridades escolares y los maestros tendrán que poner al servicio de la educación la sapiencia acumulada a lo largo de su vasta experiencia para sacar al buey de la barranca con poco o nulo apoyo gubernamental.

De entrada, sería bueno que expidieran la prometida e incumplida Guía Operativa para el Funcionamiento de los Servicios de Educación Básica y Media Superior. Representa una inigualable oportunidad y debiera aprovecharse la coyuntura actual. Dicha guía, está prevista en la Ley General de Educación, Artículo 107. Tiene la finalidad de apoyar la planeación, organización y ejecución de las actividades docentes, pedagógicas, directivas, administrativas y de supervisión de cada plantel educativo. Deberá apegarse a las disposiciones y lineamientos de carácter general que emita la Secretaría de Educación Pública. De la misma forma, hace falta definir los elementos de normalidad mínima de operación escolar. Es oportuno que la autoridad educativa dé a conocer las normas y procedimientos institucionales. De esta manera se facilitaría la toma de decisiones tendientes hacia la mejora escolar.

Esta guía operativa, según mi entender, supliría al obsoleto Acuerdo 717 en el cual se establecieron los lineamientos para formular los programas de Mejora Escolar y lo relativo a la autonomía de gestión. Habría que poner al día algunos aspectos que perdieron vigencia como por ejemplo la calidad o la ruta de mejora y en su lugar la excelencia y el programa de mejora continua. Así como algunos componentes de la política educativa que se mantienen: V. gr. Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED), Estructuras Ocupacionales, Consejos Técnicos Escolares, Convivencia Escolar, Consejos Escolares de Participación Social. Y otros que su poder de influencia se ha venido diluyendo como la autonomía de la gestión o de las escuelas. Hoy en día sería relevante discutirse la autonomía de los Consejos Técnico Escolares sobre la apertura de las escuelas. Son éstos los que mejor conocen el contexto y cuentan con mas elementos de juicios para decidir si existen las condiciones para el regreso a las clases presenciales.

Con la reforma del dos mil trece, la mal llamada educativa le dicen muchos, se buscaba contar, entre otras cosas, con determinadas prioridades y condiciones para el funcionamiento de las escuelas. Entre ellas la “normalidad mínima” entendida como una serie de rasgos básicos. Se pretendía que:

• Todas las escuelas brindaran el servicio educativo todos los días establecidos en el calendario escolar, para ello las autoridades educativas locales y municipales deberán asegurar que las escuelas cuenten con el personal completo de la estructura ocupacional correspondiente, desde el inicio hasta la conclusión del ciclo escolar y evitar que se tenga personal por arriba de la estructura autorizada.

• Todos los grupos dispusieran de maestros la totalidad de los días del ciclo escolar, por lo que las autoridades educativas locales y municipales deberán garantizar que la sustitución de personal que se requiera en la escuela, dentro del ciclo escolar, se realice en tiempo y forma.

• Todos los maestros iniciaran puntualmente sus actividades.

• Todos los alumnos asistieran puntualmente a todas las clases.

• Todos los materiales para el estudio estuvieran a disposición de cada uno de los estudiantes y se usarán sistemáticamente.

• Todo el tiempo escolar se ocupara fundamentalmente en actividades de aprendizaje.

• Las actividades que propone el docente lograran que todos los alumnos estén involucrados en el trabajo de clase.

• Todos los alumnos consolidaran, conforme a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas, de acuerdo con su grado educativo.

En la reforma educativa aprobada el quince de mayo del dos mil diecinueve se prevén los rasgos de la normalidad mínima pero no se aclara si se mantendrán inmutables o se modificarían los referidos en los párrafos anteriores. Ni la pandemia ha orillado a cumplir con tal compromiso legal por más necesario que sea dada la inminente reapertura de las escuelas y el regreso a clases presenciales. La Guía Operativa para la Organización y el Funcionamiento de los Servicios de Educación Básica y Media Superior es y continuará siendo una asignatura pendiente más.

Carpe diem quam minimun credula postero


Facebook: SergioDunstan

Twitter: @SergioDunstan

Blog: http://www.sergiodunstan.net

Fuente: https://profelandia.com/a-proposito-del-regreso-a-las-clases-presenciales/

Comparte este contenido: