Colombia: Agenda del Comité Nacional de Paro para la negociación con el gobierno nacional

Redacción: Rebelión

Diciembre 13 de 2019

 

1. GARANTÍAS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA PROTESTA SOCIAL

a. Retiro del proyecto de ley estatutaria por el cual se pretende regular el artículo 37 de la Constitución Política, y abstenerse de promover cualquier iniciativa normativa que tenga como fin regular la protesta social.

b. Garantías para el ejercicio del derecho a la protesta social y la movilización, así como la libertad inmediata de las personas detenidas en las protestas y los presos políticos. Que la protesta social no tenga un tratamiento militar ni intimidatorio.

c. Garantías especiales dirigidas a acabar con la violencia contra las mujeres en los procedimientos de la fuerza pública en intervención a la protesta social.

d. Implementación de la Resolución 1190 de 2018. Instalación inmediata de la Mesa Nacional de Seguimiento a la Protesta Social, activación de Puesto de Mando Unificado y reconocimiento y fortalecimiento a misiones de verificación.

e. Expedición de directivas precisas a los Gobernadores y Alcaldes para la implementación territorial de la Resolución 1190 de 2018.

f. Desmonte del ESMAD y abstenerse de la creación de cuerpos similares en la Fuerza Pública.

g. Prohibición del uso de las armas de “letalidad reducida” que han producido lesiones, mutilaciones y muertes por la actuación arbitraria de la fuerza pública.

h. Revisión del Código Nacional en cuanto a las facultades que se otorgan a la policía para imponer los mal llamados “traslados por protección”. Inaplicación inmediata de los “traslados por protección”.

i. Celeridad y efectividad en las investigaciones y procesos judiciales que recaen sobre responsables de graves violaciones a los Derechos Humanos y amplia difusión de sus resultados. Con enfoques diferenciales de género, derechos de las mujeres, étnico y

territorial.

j. El traslado de todas las investigaciones sobre ejecuciones extrajudiciales que son conocidas por la justicia penal militar, a la unidad de DDHH y DIH de la Fiscalía.

k. Desarrollar procesos de investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de los homicidios, torturas, heridas y detenciones arbitrarias que se presentaron en desarrollo de la participación en las jornadas de movilización y protesta en el marco del paro nacional de 2019, y remitir un informe al Comité Nacional de Paro el cual debe contener enfoques diferenciales de género, derechos de las mujeres, étnico y territorial.

l. Desarrollar procesos de investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de la muerte de Dylan Cruz, de los líderes y lideresas sociales asesinados, desaparecidos y amenazados.

m. Adelantar procesos de atención, rehabilitación y reparación por las afectaciones físicas y psicológicas de las personas que fueron heridas por la acción arbitraria de la fuerza pública.

n. Libertad inmediata de las personas que están privadas de la libertad por su participación en las jornadas de Paro Nacional. No judicialización de quienes han sido retenidos y se encuentran en libertad.

2. DERECHOS SOCIALES

a. Política pública que elimine la tercerización laboral y propenda por la formalización laboral y trabajo decente.

b. Garantías de seguridad social y condiciones de trabajo para los trabajadores y trabajadoras en situación de precariedad, entre ellos especialmente los y las jóvenes, o trabajadores de oficio (recicladores), la industria manufacturera u otros en especial situación de precariedad.

c. Pacto social y político por el derecho fundamental a la salud, universal, gratuito, de calidad y sin barreras:

-La financiación de la red pública hospitalaria estará a cargo del Estado.

-Eliminar la intermediación de entidades privadas en la red pública de salud; las actividades y recursos de salud deben manejarse a través de instituciones públicas.

-Formalización de los trabajadores y trabajadoras del servicio de salud, en un periodo no superior a seis meses, garantizándoles estabilidad laboral, y condiciones dignas de trabajo.

-La nómina de los trabajadores y trabajadoras de las Empresas Sociales del Estado será responsabilidad directa del Estado. Reformar las normas pertinentes en materia de salud, contenido en la ley 100 de 1993 y normas afines.

d. Definición de una tasa de interés para los créditos de vivienda, justa y acorde a los ingresos reales de las personas que quieren adquirir vivienda propia. Con enfoques diferenciales de género, derechos de las mujeres y étnico.

e. Dignidad laboral y pensional para los y las artistas y trabajadores y trabajadoras de la cultura, creando condiciones para su acceso efectivo al sistema de seguridad social integral, utilizando los recursos de la estampilla procultura para su acceso al sistema pensional y no a BEPS.

f. Garantizar la contratación de artistas nacionales en la realización de eventos y producciones financiados con recursos públicos, así como más y mejores oportunidades de empleo.

g. El Estado Colombiano debe garantizar la atención y tratamiento oportuno, gratuito, de fácil y universal acceso, con calidad humana y científica a las y los adolescentes, jóvenes, mujeres, personas con identidades de género diversas, personas con discapacidad, personas mayores que viven y conviven con VIH sin ser juzgados(das), ni discriminados(das).

h. Realizar periódicamente investigaciones científicas, generar información estadística y pedagogía asociada al VIH y SIDA.

i. Inclusión en los currículos académicos de profesiones del área de la salud y otras áreas relacionadas, como trabajo social y psicología, formación en temas de prevención en violencia obstétrica y ginecobstetricia, parto respetado, parto fisiológico, derechos sexuales, derechos reproductivos, duelo gestacional y perinatal, lactancia natural basada en evidencia científica actualizada, mecanismos de participación e incidencia política para la defensa, exigibilidad y reivindicación de derechos.

j. Implementación y presupuestos para la promoción de los derechos sexuales y los derechos reproductivos y la educación para la sexualidad que posibilite el desarrollo de la autonomía de las mujeres, las niñas, adolescentes y jóvenes y posibilite relaciones libres de todas las formas de violencia, entre ellas la violencia obstétrica.

k. La atención integral en salud debe tener un enfoque diferencial de género, derechos de las mujeres, étnico y territorial de acuerdo con la ley estatutaria 715 y la política de atención integral en salud (PAIS) en la atención a todas las personas que habitan en el territorio colombiano especialmente a las personas en mayor en situación de vulnerabilidad (LGTBI, Mujeres, personas viviendo con VIH/SIDA ITS, víctimas del conflicto sexual particularmente)

l. Reconocimiento y garantía de los derechos económicos de las mujeres como avance en acabar con las brechas de la desigualdad social y la feminización de la pobreza.

m. Aplicación de los convenios 190 (acoso laboral y sexual) y 161 (servicios de salud en el trabajo) de la OIT, en la política laboral nacional con enfoque de género y derechos de las mujeres.

n. Dar efectiva aplicación a la política de emigración e inmigración con enfoque de Derechos Humanos.

3. DERECHOS ECONÓMICOS

a. Retiro de Colombia de la Organización de Cooperación de Desarrollo Económico-OCDE

b. Eliminación de la brecha salarial entre hombres y mujeres.

c. Garantizar al sector del transporte terrestre en todas sus modalidades la reposición uno a uno del parque automotor.

d. El Gobierno no adelantará proceso alguno de privatización o enajenación de bienes del Estado independientemente de su participación accionaria.

e. Ecopetrol debe ser una empresa 100% estatal.

f. Aumento del presupuesto de Cultura a mínimo el 2% del Presupuesto Nacional.

g. Eliminación del impuesto 4 por mil

h. Implementación de políticas públicas para el fomento y fortalecimiento de las entidades Cooperativas y Solidarias.

i. Revisión del marco normativo que obstaculiza la creación y desarrollo de las entidades cooperativas y solidarias.

j. Priorizar en los fondos de emprendimiento los proyectos asociativos cooperativos y solidarios.

k. Promoción de la educación solidaria en todos los niveles de formación.

4. ANTICORRUPCIÓN

Trámite inmediato en el Congreso de la República de los proyectos de ley anticorrupción y garantía de aprobación de estos.

5. PAZ

a. Implementar en las políticas públicas nacionales y regionales la Cultura de Paz, con enfoque de género y derechos humanos de la mujer.

b. Desarrollar un programa Nacional de cultura y arte para la Paz, la memoria y la convivencia.

c. Garantizar el cumplimiento e implementación integral de los acuerdos de paz firmados en La Habana. Implementando enfoque trasversal de género, mujer, familia, generación, étnico y territorial.

d. Dar funcionamiento a la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de PAZ – CSIVI

e. Cesar definitivamente cualquier intento de reformar mediante ley o acto legislativo, el Acuerdo de Paz.

f. Presentación, previa discusión en la CSIVI, al Congreso de la República, con moción de urgencia, de los proyectos de acto legislativo y de ley, que hacen falta para la implementación normativa del acuerdo de paz y garantía de respaldo por los partidos de Gobierno.

g. Garantías efectivas para la reincorporación económica, social y política, tierra para excombatientes, protección y seguridad, reconocimiento e interlocución con el partido FARC.

h. Adecuación del presupuesto para la paz de conformidad con el Plan Marco de Implementación y el Acto Legislativo 01 de 2016.

i. Promoción de la inclusión de las disposiciones de paz territorial en los Planes de Desarrollo Municipal y Departamental. Realizar para ello la discusión con Alcaldes y Gobernadores.

j. Retomar la agenda firmada por el Gobierno colombiano y el ELN.

k. Respeto a los protocolos firmados por el gobierno nacional y el ELN, y la continuación de los diálogos de Paz, con base en la agenda pactada y firmada.

l. El Estado promoverá diálogos con todos los grupos armados para la consecución de la Paz. Desmantelará los grupos paramilitares.

6. DERECHOS HUMANOS

a. Replantear y modificar la doctrina militar y la política de seguridad y defensa.

b. Depurar de la Fuerza Pública a los agentes vinculados a presuntas violaciones de Derechos Humanos.

c. El desmonte total de las estructuras paramilitares y la judicialización penal de sus actores, con una veeduría internacional que garantice la transparencia de dicho proceso. Realizar investigaciones eficaces que revelen los vínculos entre diversos sectores económicos, políticos, y militares con los paramilitares.

d. Reconocimiento integral por parte del Estado de la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio, la eliminación de las batidas militares con fines de reclutamiento y reformulación ley 48 de 1993 en función del reconocimiento del servicio social alternativo para la paz.

e. Construcción participativa de una política pública integral de respeto y garantía para la defensa de Derechos Humanos.

f. Implementación de la normativa en materia de Garantías para la defensa de Derechos Humanos en Colombia:

– Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política – SISEP (Decreto 895 de 2017).

– Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los territorios (Decreto 660 de 2018)

– Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida SAT de la Defensoría del Pueblo, (Decreto 2124 de 2017)

7. DERECHOS DE LA MADRE TIERRA

Definición de las políticas ambientales, minero-energéticas, de protección de páramos, demás ecosistemas esenciales para la vida y de la biodiversidad, con las comunidades indígenas, población negra, campesinos, habitantes del territorio, habitantes de páramo,  organizaciones ambientales y sindicatos del sector.

a. Reconocimiento al carácter vinculante y decisorio de las consultas populares y los acuerdos municipales en defensa del agua, la vida y el territorio.

b. Prohibición total del Fracturamiento Hidráulico (fracking) y cancelación de los proyectos pilotos.

c. Declaración de emergencia climática y ecológica; avance decidido en la transición energética justa, cambiando el modelo energético de manera progresiva, que respete los derechos de la naturaleza y los Derechos Humanos.

d. Reconocimiento del agua como derecho humano fundamental, bien público y común, garantizando su flujo natural.

e. Protección de las selvas y la Amazonía como sujeto de derechos. Garantizar la protección de ecosistemas estratégicos, incluyendo el territorio Amazónico, a partir de modelos concertados entre el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, con las comunidades campesinas y étnicas del territorio, la ordenación del territorio en términos socioambiental, tomando como instrumento de planeación la Zonificación Ambiental Participativa (ZAP) y fortaleciendo la confirmación de Zonas de Reserva Campesina y Resguardos Indígenas.

f. Prohibición del uso del glifosato para la fumigación de cultivos de uso ilícito.

g. Prohibición de actividades de alto impacto y de mediana y gran minería en los páramos y otros ecosistemas esenciales para la vida, respetando las actividades ancestrales de las comunidades rurales que han habitado estos territorios históricamente.

h. Firma, ratificación e implementación del Acuerdo de Escazú.

i. Formulación de una nueva política ambiental que contemple la reforma al Sistema Nacional Ambiental – SINA y al proceso de licenciamiento ambiental, con enfoque proteccionista.

j. Construcción de una política de gestión integral de residuos sólidos que tenga en cuenta las asociaciones de recicladores y prohíba los plásticos de un solo uso.

k. Conformación de Mesa de conflictos por extractivismo y transición energética.

8. DERECHOS POLÍTICOS Y GARANTÍAS

a. Realización de un nuevo censo de población que visibilice y reconozca a las Comunidades negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.

b. Desarrollo de un marco normativo, financiero e institucional para garantizar la autonomía jurisdiccional y administrativa, de los territorios colectivos titulados a comunidades étnicas.

c. Cese de todos los tipos de violencias contra las mujeres, desde la concreción de políticas públicas con enfoque de derechos de mujer y género, así como acoger los acuerdos internacionales en protección de la vida y derechos de las mujeres.

9. AGRARIA, AGROPECUARIA Y PESQUERA

a. Tramite con las diferentes comunidades campesinas y organizaciones del sector agrario, agropecuario y pesquero, los temas relacionados con las necesidades del sector, entre estos la revisión de los Tratados de Libre Comercio, OCDE y, todo lo relacionado con la economía campesina, pequeños y medianos empresarios y productores agrícolas nacionales y, pescadores continentales y marítimos, la soberanía alimentaria.

b. Adoptar la Resolución A/C.3/73/L.30 Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales

c. Reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos políticos. Cumplimiento integral de la sentencia STP 2028 de la Corte Suprema de Justicia

d. Cumplimiento del Artículo 253 del Plan Nacional de Desarrollo referente a la construcción participativa de la Política Pública del Campesinado Colombiano.

e. Adoptar una política de reforma agraria integral.

f. Promoción y apoyo a los mercados campesinos y agroecológicos, seguros de cosecha, compras públicas con normas para organizaciones locales de pequeños y medianos productores.

g. Adoptar políticas de defensa de la producción agropecuaria nacional, asistencia técnica, reducción de precios de fertilizantes, precios justos, remunerativos y estables, proyectos productivos, y revisión de los impuestos al agro.

h. Financiación y crédito agropecuario. Condonación de deudas y acceso a mecanismos de financiación, subsidios y créditos de bajo interés.

i. Protección a semillas propias y nativas.

j. Reconocimiento y desarrollo de figuras territoriales campesinas y de pueblos indígenas y negros. Respeto a su ordenamiento territorial, tierras y territorio.

k. Condiciones especiales para el acceso del campesinado a los sistemas de seguridad social integral.

l. Política de Formalización del empleo campesino y agropecuario

m. Plan Nacional de Salud Rural en su totalidad con presupuesto asignado, con énfasis a la atención en las mujeres rurales, históricamente invisibilizadas, relegadas y discriminadas en la atención en salud, así como en los beneficios de estrategias de salud rural comunitaria. Articular el PDET en el pilar salud junto al PNSR.

n. Garantías de acceso y propiedad de la tierra y el agua para las mujeres campesinas.

o. Constitución de una mesa para la discusión de garantías para el ejercicio de la pesca artesanal continental y marítima.

10. CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO, Y PROCESOS Y ORGANIZACIONES

El Gobierno reactivará e iniciará de inmediato con los sectores, procesos y organizaciones respectivas la implementación y cumplimiento de los acuerdos firmados por los anteriores y el actual Gobierno con:

– Estudiantes universitarios

– Organizaciones indígenas

– Comunidades negra, afrocolombiana, raizal y palenquera

– Organizaciones sindicales estatales

– FECODE

– Madres comunitarias

– Sectores campesinos y agrarios

– Movimiento social de mujeres

– Movimiento de víctimas

– Transportadores

– Población con discapacidad

– Organizaciones de derechos humanos

– Minga social por la defensa de la Vida, el Territorio, la Democracia, la Justicia y la Paz

– Mesa Única Nacional del Decreto 870 de 2014. Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popula

– Asociación Colombiana de Campesinos

– Mesa Campesina del Cauca.

– Mesa de Derechos Humanos por la Defensa de la Vida y el Territorio en el Departamento del Cauca.

– Paro cívico del Chocó

– Paro cívico de Buenaventura

– Paro cívico de Tumaco

– Comunidades negras del Norte del Cauca

– Acuerdos obtenidos con las mujeres indígenas del CRIC que han sido atropelladas en diferentes Formas.

11. RETIRO DE PROYECTOS NORMATIVOS

a. Retiro del proyecto de ley de Crecimiento Económico, reforma tributaria en tránsito en el Congreso de la República. (No. 278 de 2019 Cámara – 227 de 2019 Senado), abstenerse de sancionarlo si ya hubiese agotado su trámite legislativo o proceder con su derogatoria

inmediata.

b. El Gobierno se abstendrá de tramitar la reforma al sistema pensional. Garantizará un sistema de protección social a la vejez público y solidario. El enfoque de protección a la vejez no puede ser hacia sistemas contributivos o semi-contributivos individuales.

c. El Gobierno se abstendrá de realizar reformas laborales que desmejoren los derechos y garantías contemplados en el ordenamiento jurídico, actualmente. Especialmente se abstendrá de regular el trabajo por jornal o por horas, establecer salarios mínimos diferenciados por sectores o para jóvenes o de otro tipo, o flexibilizar la estabilidad laboral.

12. DEROGATORIA DE NORMAS

a. Derogatoria de los artículos 83, 193, 198, 240, y 242 de la ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo.

b. Derogatoria del impuesto o Tarifazo Nacional relacionado con el tema Electricaribe.

c. Derogatoria inmediata del decreto No. 2111 de 2019, por el cual se crea el Holding Financiero.

d. Derogatoria de la Circular no. 049, de 2019, sobre estabilidad reforzada.

e. Derogar Ley Naranja, Ley 1834 de 2017 y Ley TIC, Ley 1978 de 2019.

f. Derogar Ley Zidres, Ley 1776 de 2016.

13. CONSTRUCCIÓN NORMATIVA.

Creación de espacios de construcción participativa de las siguientes iniciativas:

a. Creación del Sistema Nacional del Cuidado, y de condiciones pensionales especiales dignas para cuidadores y cuidadoras, en desarrollo de la ley 1413 de 2010.

b. Concertar el contenido de un Estatuto del trabajo conforme al Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, que beneficie a la clase trabajadora, en especial a la juventud y sobre la base de principios mínimos fundamentales allí establecidos, así como el respeto al derecho de asociación, la no persecución sindical y respeto por las iniciativas que este desarrolle especialmente en lo referente a Convenciones Colectivas de Trabajo.

c. Garantizar que la prestación de servicios públicos no se privatice; se revierta a favor del Estado las que ya fueron privatizadas y se reformen las normas necesarias para ello (Ley 142 de 1994, Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones, entre otras).

d. Actualización del código nacional de tránsito, nuevo código nacional de transporte, nuevo régimen sancionatorio del sector transporte, cambiar el modelo de regulación económico del sector transporte que proteja el pequeño propietario

e. Reforma participativa del Sistema General de Participaciones

f. Implementar la ley 1346 de 2009 que acoge la convención del protocolo facultativo para las personas en condición de discapacidad. Suscribir plenamente el protocolo facultativo para personas con discapacidad.

g. Reglamentar la Ley Estatutaria de Salud.

COMITÉ NACIONAL DE PARO.  

Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=263715

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