Por: Evangelina Himitian/LA NACION
No fue sencillo llegar a un texto con el acuerdo de los legisladores. Pero en eso trabajaron durante el último mes los representantes del Gobierno y los legisladores para votar el proyecto final que llegará hoy al recinto, y que en materia de educación traerá importantes cambios: el más relevante, que la educación primaria y secundaria se declarará servicio esencial. De forma que, ante una medida de fuerza, se deberá garantizar la continuidad.
Nadie sabe muy bien cómo se implementará esto. Pero la decisión de tomar este concepto del Decreto de Necesidad y Urgencia e incorporarlo a la ley apunta a robustecer un argumento que en el plano judicial ya está teniendo reveses con la reforma laboral. ¿Pesará más el derecho a huelga o la garantía de un servicio esencial? Un dilema que, de prosperar el proyecto de la llamada ley ómnibus, sin dudas traerá conflictos con los gremios.
Los que siguen son algunos de los principales cambios que traerá la ley en materia de educación.
El texto incorpora un artículo 2 bis a la ley 26.206, de Educación Nacional: “La educación es un derecho humano fundamental, de carácter personal y social, por lo tanto, el Estado Nacional tiene la responsabilidad de garantizar una educación integral, permanente, gratuita y de calidad, que profundice el ejercicio pleno de ese derecho y la igualdad real de oportunidades a todos los habitantes de la Nación. La educación inicial, primaria y secundaria es un servicio esencial”, define.
Esto, en concreto busca establecer un límite a los paros docentes, y es un punto muy cuestionado por los gremios, porque supone que ante una medida de fuerza por un conflicto colectivo, debería garantizarse la prestación de un porcentaje del servicio. Cómo ocurrirá, no se sabe hasta que llegue la reglamentación. Algunos dicen que no será cuestión de dejar una guardia mínima para que la escuela permanezca abierta. Sino que el sistema en su mayoría siga funcionando. “No tenemos experiencia de cómo se implementaría, pero se habla de un 75% de cobertura. El cambio es sustancial porque se mete de lleno con un tema complejo como son los paros”, explica Gustavo Zorzoli, ex rector del Colegio Nacional de Buenos Aires.
El texto del DNU, de donde se tomó la figura, ya señala que se debería garantizar el 75% del servicio. Los diputados y senadores que trabajaron sobre la nueva redacción acordaron que eso lo defina el Ejecutivo en la reglamentación.
Algunos, como la diputada de Pro, Sabrina Ajmechet, consideran que se debería garantizar un servicio mínimo, tipo guardia, como propone un proyecto de ley del legislador Alejandro Finocchiaro, para garantizar la continuidad. “Al menos como para que los padres y sobre todo las madres, puedan llevar a los chicos sin tener que afectar su jornada laboral. Y también pensando en conflictos más largos, como los que ocurrieron en provincias como Jujuy o Chubut, donde los paros docentes duraron meses, no se convierta en una puerta para la deserción escolar”, apunta la legisladora.
Otro punto que promete polémica gremial es la incorporación de la evaluación periódica docente como condición para aspirar a percibir un suplemento salarial, tal como se detalla en el artículo 276 del proyecto de ley, que se realizaría cada cinco años. “Hasta ahora, la única forma de lograr una mejora salarial en la carrera docente, realizando una misma tarea, es mediante la antigüedad. En cambio, esta modificación permitiría que un docente con mejor rendimiento en las evaluaciones cobre más que otro que realiza la misma tarea, con la misma antigüedad”, explicó Zorzoli. Esto modifica el escalafón del Estatuto Docente y habilita la “meritocracia” en la carrera docente. Echa por tierra la idea de a igual tarea, igual remuneración y promete conflictividad gremial.
Todos los alumnos deberán ser evaluados con una periodicidad no mayor a dos años. Esto se refiere a evaluaciones tipo las pruebas Aprender, pero que se realizarán a todos los alumnos, cada dos años. Además, otro cambio es que ya no se los evaluará solo en matemática y comprensión lectora, tal como decía el proyecto original, sino “en las áreas que determine la autoridad de aplicación”. Se agrega que “los padres y los docentes tendrán acceso a la información que les permita tomar decisiones a fin de mejorar la educación de sus hijos y alumnos”.
“Con la finalidad de analizar el proceso de enseñanza-aprendizaje, el Estado Nacional tomará un examen censal al finalizar los estudios de educación secundaria, que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas”, dice el texto.
Censal significa que todos lo deben dar, detalla Zorzoli. Este fue uno de los puntos controvertidos y quienes trabajaron en la nueva redacción apuntaron a que quedara en claro que no condicionaría el ingreso a la universidad, aunque sí que será obligatorio. “El alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado. Dicho examen no será condicionante para la prosecución de los estudios del egresado evaluado”, dice el texto.
En la oposición habían pedido que se reemplazara por un diploma de honor solo para quienes se saquen 9 o 10, pero que no sea una mancha en el currículum para los demás, pero esta idea no prosperó. No será obligatorio aprobar el examen para finalizar la secundaria, sino solamente rendirlo y esa será la nota final.
Se modifica el artículo de la Ley de Educación Superior y habilita el cobro de un arancel a los extranjeros que vengan a estudiar al país. A la vez, garantiza la gratuidad de las universidades públicas para todos los argentinos y para los extranjeros que tengan un DNI argentino permanente, que se obtiene al tener una residencia permanente en el país. Los requisitos son haber vivido dos años en el país en el caso de migrantes de países del Mercosur y tres años para los países extra-Mercosur, así como haber hecho el trámite correspondiente. Este punto no tuvo modificaciones del texto presentado por el Ejecutivo, explicó Ajmechet.
Para los extranjeros con residencia temporaria, el texto no las arancela automáticamente, sino que habilita a que cada universidad pública determine si cobra o no. “Podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que reúnan los requisitos”, dice el texto.
También agrega que las universidades podrán “firmar convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, tendientes a compartir recursos de todo tipo e implementar las mejores prácticas en materia de educación y de gestión”. Además, podrán fomentar mecanismos de intercambio y generar de esa forma sistemas de becas para los extranjeros que vengan a estudiar en el país.
Otro de los cambios que traería esta ley, si se aprueba, en materia de educación es que solo podrán acceder la universidad aquellos que completen sus estudios secundarios. “La ley vigente hasta ahora permite que los mayores de 25 años que acrediten los conocimientos básicos puedan acceder a estudios de grado, era una situación excepcional pero ahora no va a ser posible porque se elimina ese artículo que lo permite”, apuntó Zorzoli.También se incorpora la posibilidad de que los ingresantes a una universidad estatal, rindan examen de ingreso u opten por un curso de ingreso.
Un punto que encendió el semáforo rojo para los legisladores fue la redacción del proyecto de ley que hablaba de la hibridez. Muchos de los legisladores del PRO habían sido muy activos en la vuelta a clases presenciales en la pandemia y temían ver ahí una puerta abierta a la no obligatoriedad de la presencialidad.Después de mantener reuniones con miembros del Ejecutivo se entendió que apuntaba a otra cuestión y se decidió modificar la redacción. De forma que, si se aprueba el texto, el homeschooling seguirá sin estar permitido en el país.
Por eso, el texto permite el estudio a distancia solo para el tramo final de la secundaria en casos en los que se dificulte físicamente acceder a un establecimiento y tambiénhabilita el sistema híbrido, esto es el uso de plataformas como un mecanismo complementario para materias extraprogramáticas. El foco está puesto en, por ejemplo, si no se consigue un docente de inglés para una determinada escuela, en lugar de que se pierdan las horas de clase o tengan horas libres, se reemplazaría por un trabajo desde las plataformas, ejemplifica Ajmechet.
El texto habla de financiamiento educativo, sin mencionar nada ni siquiera parecido al sistema de vouchers. En cambio, le atribuye un rol protagónico al Consejo Federal de Educación (conformado por los ministros de Educación de las provincias y ciudad de Buenos Aires). Establece que será el Consejo y no la Secretaría de Educación (antes el Ministerio) quien pueda fijar el salario mínimo docente a nivel nacional y por ende llamar a paritarias, convocando a los gremios.
Además, apunta que para definir el salario se consultará al Consejo Federal de Inversiones, integrado por los ministros de Economía de cada provincia y de la ciudad. El cambio llega del siguiente cuestionamiento: por qué el Ejecutivo nacional definiría el monto de un salario que no va a pagar, ya que el salario docente es pagado por cada jurisdicción. Hubo varias redacciones de este punto, alguna incluía a las escuelas privadas en la mesa de negociación de la paritaria nacional, también a las entidades gremiales del sector privado. Finalmente, eso se descartó.
A su vez, el texto apunta que, definida la paritaria nacional, cada provincia y la ciudad de Buenos Aires podrán definir o acordarán las condiciones laborales, el calendario escolar, la escala salarial y la carrera docente.
El texto que presentó originalmente el Ejecutivo, abría la posibilidad a que empresas y donantes particulares aporten fondos a las cooperadoras de las escuelas, sin que se les prohíba usar esa información como parte de una acción publicitaria, algo que la ley vigente no permite. Podía dar lugar a aulas con patrocinadores, del tipo a esta aulas la cuida tal empresa, cómo ocurre con las plazas. “En Estados Unidos eso es muy frecuente”, detallo Zorzoli. De todas formas, ese artículo se eliminó en la nueva redacción.
En cuanto al financiamiento universitario, el proyecto trae grandes cambios: el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no podía hasta ahora ser disminuido ni reemplazado, sino que se debía respetar lo establecido en el presupuesto anual.
El proyecto agrega un párrafo que asegura que este aporte se distribuirá entre las distintas instituciones, en función del número de estudiantes matriculados en cada una, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación. También incidirá el números de egresados, no solo de los inscriptos. Este punto generó controversias y finalmente se decidió sumarle otros criterios de relevancia, como que realice investigación, que tenga escuelas y hospitales que dependan de ella, entre otras cuestiones.
https://www.lanacion.com.ar/sociedad/menos-paros-y-mas-examenes-que-cambiara-en-educacion-si-se-aprueba-el-texto-de-la-ley-omnibus-nid31012024/