Page 1 of 5
1 2 3 5

España: Convocatoria del Concurso Nacional «Una Constitución para todos»

Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación Educativa

 

Se abre una nueva edición de la convocatoria del Concurso Nacional «Una Constitución para todos» cuyo objetivo es estimular y promover en el alumnado la reflexión acerca del valor, la importancia y el papel que juega nuestra Constitución en la vida cotidiana.

 

La convocatoria está dirigida a alumnado matriculado en centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias del sistema educativo español.

 

Se puede participar en cinco modalidades:

 

Modalidad A: 1º y 2º curso de Educación Primaria.

Modalidad B: 3º, 4º, 5º y 6º curso de Educación Primaria.

Modalidad C: Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, Educación especial y Educación Adultos.

Modalidad D: Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio.

Modalidad E: Enseñanzas de Régimen Especial y Ciclos Formativos de Grado Superior.

Los trabajos podrán presentarse bajo tres formatos diferentes: relatos o poesías, proyecto con el lenguaje de programación Scratch o un vídeo con el formato de bibliotráiler.

 

Los premios consistirán en un diploma acreditativo y un premio en especie para cada modalidad y formato por un importe máximo de 1 500 euros.

 

Acceda a la https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al ciudadano/catalogo/general/20/202826/ficha/202826-2024.html

 

 

https://www.educacionfpydeportes.gob.es/mc/sgctie/comunicacion/noticias/septiembre2024/concurso-constitucion.html

 

 

Comparte este contenido:

Ministra mexicana de la Suprema Corte: la Constitución y las leyes deben hablarle a cada generación

Este 10 de marzo de 2022 es la primera vez que se conmemora el Día Internacional de las Juezas para promover la participación plena e igualitaria de las mujeres en todos los niveles de la judicatura, y para celebrar los avances y concientizar sobre los retos que quedan por delante.

La entrada de las mujeres en espacios de los que históricamente habían sido excluidas ha sido un paso positivo que abona a que los poderes judiciales sean percibidos como más inclusivos, transparentes y representativos para las personas en cuyas vidas inciden.

En este día entrevistamos a la ministra Margarita Ríos Farjat, ministra, desde 2019, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México.

Se llega con ilusiones y estudio constante

Al hablar con la ministra sobre su camino en el ámbito judicial, relata que decidió estudiar derecho por la influencia de su papá.

“Una circunstancia muy importante en mi vida fue la influencia de mi papá, un hombre muy orgulloso de haber estudiado la carrera de derecho. Él primero trabajó en fábricas, le nace el amor por esta carrera a partir de la búsqueda de la defensa de sus derechos. Siempre abrazó ese amor por la justicia”.

Ella es originaria de Monterrey, Nuevo León, egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Cuenta con una maestría en derecho fiscal por la misma universidad, y cursos de especialización impartidos por el Instituto de la Judicatura Federal y por la Bolsa Mexicana de Valores. Es doctora en política pública por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey.

Al preguntarle cómo se llega a ser ministra del Máximo Tribunal del país, explica que en su experiencia fue a partir de ilusiones honradas con entusiasmo, con ética, con valores, con principios, con estudio constante y con dedicación, “pero depende de muchas circunstancias que no puedes planear a lo largo de tu vida”.

«Yo respeto mucho otras trayectorias, pero no puedo hablar de ellas.  Mi respuesta a esa pregunta es fluir, fluir, hacer lo que te va gustando, vivir lo que te va gustando. Decía Octavio Paz, ´lo que nos gusta, nos arrastra´. Fluir e ir intuitivamente hacia donde sientes que estás aportando, de acuerdo no nada más a tus conocimientos, tus valores y tu ética, sino también a partir de cómo has madurado errores, de cómo has madurado episodios que te han costado, de cómo has madurado cuestiones en las que tú te sentías ante obstáculos”.

“Por ejemplo, hubo un momento de mi vida en que me dediqué a mis hijos y llegué a pensar que mi vida profesional había terminado por todas estas circunstancias del techo de cristal”, dijo.

Cuando le comentó a sus compañeros de trabajo que se iba a retirar para cuidar de su hijo, se les hacía extraño que detuviera su carrera por un bebé, pero cuenta que ella intuitivamente sentía que eso era lo que tenía que hacer “porque eso era lo que yo quería hacer”.

Las mujeres no necesitamos parcelas, queremos poder de decisión

Hablando de la participación de las mujeres dentro del Poder Judicial la ministra asegura que todavía existe un techo de cristal.

“Pienso que estamos en un proceso social y antropológico muy importante de cambio. Creo que, si la mitad de la sociedad la integran mujeres, esto debe reflejarse en las instituciones, en todas las cúpulas de cualquier órgano, asociación o empresa que tome decisiones”.

Señala que, a lo largo de la historia, las mujeres han tenido que lidiar con fuertes estereotipos e incluso se han visto obligadas a renunciar, a dejar de soñar con algo porque no está a su alcance. Por ello, para la ministra, las cuotas de género siguen siendo muy importantes, “para que las mujeres puedan estar en más lugares de toma de decisión, ya que, sin ellas, las estructuras cierran la puerta”.

Ríos Farjat explica que cuando las mujeres llegan a compartir espacios con los hombres no siempre es en condiciones de igualdad, sino que tienen que hacer el doble de trabajo porque “primero tienen que hablar con el espejo, con lo que ellas esperaban de sí mismas, con todos sus sueños, después con su familia y sus amigos, y al final viene el trabajo”.

No obstante, hay un avance, “las mujeres están cambiando las estructuras y adaptándolas para que el día de mañana su inclusión en todas las áreas, sea sólo por un tema de capacidades”.

“Yo lo veo más como lograr una igualdad constitucional, más que como una lucha donde un género predomina sobre otro.  Creo que esta cuestión de los géneros debería dejar de ser tema, el ideal es que se nos incluya porque somos personas”.

La ministra explica que estamos a mitad del camino y hoy en día sí se requiere poner mucha atención al género, al lenguaje, a los estereotipos y se necesitan cuotas, no parcelas separadas. “Las cuotas de género permiten que las mujeres lleguen a auténticas posiciones de poder y toma de decisiones”, subraya.

El derecho debe ser un mapa que esté fincado sobre la realidad

Actualmente la desigualdad en el acceso a la justicia sigue vigente. Ella relata que en la Corte resuelven todos los días situaciones de bigamia, de mujeres engañadas, de feminicidios, de niñas ultrajadas, de violencia sexual, de violencia política, de situaciones que vulneran de diversas formas los derechos de las mujeres y las niñas.

Adicionalmente, persisten las leyes discriminatorias y sus interpretaciones.

“Esa es una de las razones de ser de un Tribunal Constitucional, mientras existan leyes, existirá un órgano revisor que va a mirar con nuevos ojos esas regulaciones porque se trata de que el derecho sea como un mapa que esté fincado sobre la realidad. No manda el mapa, manda la realidad.  Si no coinciden el mapa y el terreno, el mapa está mal, entonces hay que ajustarlo y lo interesante es que tenemos una realidad cambiante. La sociedad cambia, entonces es justo para cada generación que la Constitución y las leyes le hablen a las personas que forman parte de ella”, dice.

Y agrega: “las estructuras de Estado son para para organizarnos buscando el bien común, la armonía entre todas las personas. Hacia allá se encamina todo el orden jurídico mexicano en la Constitución”.

La mirada sensible debe tenerla cualquier ser humano

Finalmente, para la ministra, el hecho de que lleguen más mujeres al Poder Judicial es indispensable, como lo es la obligación de juzgar con perspectiva de género, pero recalca que esta obligación no sólo corresponde, ni debería sólo corresponder a las juezas, magistradas o ministras, sino a todas las personas que procuran e imparten justicia.

“No soy de la idea de que las mujeres vamos a aportar un “lente rosa” o que debemos aportar una mirada más sensible a los lugares a donde lleguemos, creo que la mirada sensible la debe tener cualquier ser humano”.

Fuente: https://mexico.un.org/es/174389-margarita-rios-farjat-la-constitucion-y-las-leyes-deben-hablarle-cada-generacion

Comparte este contenido:

Perú: Velocidad de internet no podrá ser menor de 70% de lo contratado

América del Sur/Perú/04-06-2021/Autor(a) y Fuente: www.andina.pe

Según ley aprobada por el Congreso de la República.

Los usuarios de internet tienen el derecho de obtener una velocidad mínima garantizada del servicio de banda ancha, la cual no podrá ser menor al 70% de la velocidad contratada, tanto en áreas urbanas como rurales, según una ley aprobada por el Congreso de la República.

Para garantizar ello, en la publicidad de los productos de telecomunicaciones se deberá consignar, con claridad y en forma destacada, la velocidad mínima garantizada del servicio de internet, la cantidad de megas por mes adquirida y la cantidad de los canales que incluyen el servicio de cable que ofrece.

Las empresas de telecomunicaciones deberán proporcionar a los usuarios aplicativos u otras herramientas de medición de las velocidades del servicio de internet de bajada y de subida por la banda ancha. Estos registros se utilizarán en eventuales procedimientos y serán considerados medios probatorios.

Así lo establece el nuevo numeral 66.8 del artículo 66 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual ha sido incorporado mediante la Ley N° 31207, Ley que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y monitoreo de la prestación del servicio de internet a favor de los usuarios, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La Ley N° 31207 también modifica el artículo 5 de la Ley N° 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, a fin de establecer que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones determina y actualiza anualmente la velocidad mínima para que una conexión sea considerada como acceso a internet de banda ancha, que será aplicable con independencia de la ubicación geográfica de los usuarios.

Igualmente, se refiere que los prestadores de servicios de internet deberán garantizar el 70% de la velocidad mínima ofrecida en los contratos con los consumidores o usuarios, y establecidas en sus planes (postpago, prepago y otros) publicitados en los diferentes medios de comunicación.

Por otro lado, la Ley N° 31207 busca garantizar y promover la óptima prestación del servicio de internet, así como la efectiva calidad, velocidad y monitoreo de la prestación contratada por los proveedores del servicio de internet. Para ello, dispone crear los instrumentos o espacios que faciliten el acceso a la información de los usuarios respecto a la velocidad y calidad de la prestación de servicio de internet sin discriminación.

Así, se establece que el Estado deberá facilitar las condiciones básicas para el desarrollo de infraestructura que coadyuven al buen funcionamiento de los servicios de internet, priorizando las zonas rurales, zonas de fronteras y comunidades indígenas.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), deberá fortalecer el acceso inmediato y oportuno de los servicios de comunicaciones para zonas de pobreza y extrema pobreza.

Se prevé también que deberá facilitarse el acceso de los usuarios con discapacidad a los servicios de comunicaciones electrónicas y al uso de equipos terminales.

Un detalle importante: el titular del pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones deberá informar a la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República la implementación de la universalización del acceso de internet cada primera semana del mes de junio.

Monitoreo del servicio de internet

La Ley N° 31207 también crea el Registro Nacional de Monitoreo y Vigilancia del Servicio de Internet (Renamv), que estará a cargo el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).

Esta entidad establecerá la medición de la velocidad del servicio de internet, el cual será publicado mensualmente en su página web oficial y/o en aplicativos para dispositivos electrónicos como teléfonos celulares inteligentes, tabletas y otros dispositivos electrónicos de uso personal.

Asimismo, se dispone que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Osiptel, serán los encargados de adecuar, supervisar, fiscalizar y actualizar el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones; el cual deberá adecuarse en un plazo no mayor de sesenta días calendario.

Finalmente, se encarga a Osiptel que establezca los mecanismos para la prestación de los servicios de internet, estableciendo la simetría y la asimetría máxima entre la relación de carga y descarga (3:1 “3 de descarga, 1 de carga” y 1:3 “1 de descarga, 3 de carga”), declarándose de forma explícita toda esta información en los contratos de los usuarios.

Fuente e Imagen: https://www.andina.pe/agencia/noticia-velocidad-internet-no-podra-ser-menor-70-de-contratado-847590.aspx
Comparte este contenido:

Costa Rica: Principios para una política a favor de los pueblos y territorios indígenas costarricenses

América Central/Costa Rica/06-12-2020/Autor(a) y Fuente: surcosdigital.com

El miércoles 02 de diciembre, en el marco de la conferencia de prensa “Costa Rica, amenazas de muerte a Pablo Sibar y demás recuperadorxs de territorios indígenas”, el Secretario General del Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica (Sindeu), Trino Barrantes Araya, compartió las siguientes palabras:

Principios para una política a favor de los pueblos y territorios indígenas costarricenses

Trino Barrantes Araya
tbarrantesa@gmail.com
San Pedro de Montes de Oca

Miércoles 2 de diciembre de 2020

Un pequeño preámbulo:

Debieron pasar 427 años, después de la conquista, para que el tema indígena se pusiera en el tapete de los organismos internacionales. Efectivamente, es a partir de 1919 que el tema indígena procura la atención de los Estados-nacionales.

De igual forma es importante tener presente el papel del Tribunal Russell, pues con todas sus variables, es una primera de las instancias que posicionó el tema del respeto a los Derechos Humanos a los pueblos ancestrales. Aunque ciertamente el tema había sido considerado desde 1943, será en el año 1966, con el filósofo y literato Jean Paul Sartre, que el tema logra dimensionarse de manera universal.

Señalemos que ya, a partir del Convenio 107, la Organización Internacional del Trabajo presta una atención permanente a incorporar a los pueblos indígenas como actores de una realidad socio histórica y cultural de la cual son parte.

En el caso de Costa Rica, existe un buen cúmulo de leyes en torno a este eje. Así, de manera sucinta indicamos lo siguiente:

1973 – Ley 5251 Creación de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas-CONAI

1977 – Ley 6172 Se sanciona la Ley Indígena.

1992 – Ley 7316 El gobierno de Costa Rica, ratificó el Convenio 169 de la OIT.

No es, sin embargo, este el tema que nos ocupa en este momento. Nos interesa sobre todo llamar la atención a favor de la integridad física y psicológica de Pablo Sibar Sibar, las lideresas indígenas y otros miembros de los territorios indígenas que son permanentemente amenazados de muerte.

Algunas ideas para una política indigenista:

1.- En enero de 1971, en Barbados se da una declaración que adquiere hoy en día una validez universal. “El derecho de los indígenas es previo al Estado”. No significa lo anterior que dichos derechos sean superiores al Estado, ni que la protección de la ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas deba considerarse como una independencia absoluta del conjunto de normas, leyes y valores en que se sustenta el Estado. Pero la propuesta que estuvo en discusión hace unos años en la Asamblea Legislativa en el Proyecto Ley 14.352, precisaba que los derechos indígenas sobre sus tierras y territorios anteceden en mucho al cuerpo legal que dio la estructura jurídica al Estado costarricense.

2.- Aunque los derechos de los pueblos indígenas no hayan estado escritos en papel o en un cuerpo de leyes previamente articulado, estos existían previos a la conformación de los Estado-nación, que son construcciones sociohistóricas que se dan más tarde.

3.- Existe un principio que une y acerca a la lucha indígena con otro gran sector que es el campesinado. Hacemos referencia en este apartado al trabajo como fuente de derecho sobre la tierra. Sobre los grandes territorios indígenas los blancos no tenían ningún derecho. “La tierra es para quien la trabaja” y 2000 años antes de la conquista y el mal llamado descubrimiento, los pueblos ancestrales, nuestros pueblos originarios habían desarrollado una gran cultura productiva. El indígena exige, no por capricho, la tierra para sus pueblos, porque lo recurrente es ese largo derecho a lo que les pertenece.

4.- Convenio No.169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

Sin lugar a dudas este apartado es clave: Parte I. Política General, Artículo 1, 1. Este convenio es sin duda un instrumento legal que valida lo que anteriormente hemos venido señalando, pues el mismo refiere a las condiciones sociales, culturales y económicas propias de los territorios indígenas que los distingue de la colectividad nacional, pero además este artículo refiere con gran convicción que en dichos pueblos se reconoce un principio ancestral de sus propias costumbres y tradiciones bajo una legislación propia y especial.

5.- En el Congreso referido anteriormente celebrado hace ya medio siglo, se reconoce al territorio y al grupo social indígena como verdaderas unidades políticamente viables e independientes del Estado. No obsta lo anterior, sin embargo, para eximir al Estado de sus obligaciones de apoyar y contribuir con el desarrollo de sus pueblos ancestrales, respetando, eso sí, su independencia y autonomía.

6.- El desarrollo nacional no puede entrar en contradicción con el desarrollo de los pueblos ancestrales, pero lo anterior exige por parte del Estado respetar la armonía de los pueblos con su naturaleza y el buen vivir.

Para finalizar, cuento con algunos recortes, tal vez del diario más reaccionario y mediático de este país, hago referencia al periódico la Nación. De la lectura del contenido de estos artículos, podemos arribar a importantes conclusiones. El abogado Carlos Tiffer, en su artículo: Crimen sin castigo, del domingo 6 de setiembre del 2020, página 28, es enfático en señalar que estamos en un “estado de impunidad”. Por eso, crímenes como el de Sergio Rojas Ortiz y el de Jehry Rivera, se deslegitiman y los actores materiales de dichos crímenes quedan impunes. Por su parte los periodistas Katherine Chaves y Carlos Arguedas, en su artículo: “Fiscalía pide desestimar causa contra sospechosos en crimen de indígena”, La Nación, sábado 26 de octubre de 2020, P.11. dejan claro a la opinión pública nacional e internacional, el juego sucio y el manipuleo en estos crímenes perpetrados contra las dirigencias históricas de los pueblos ancestrales.

Más insultante aún son los argumentos que logra descubrir el comunicador Arguedas en su artículo: “Fallo de tribunal agrario frena plan de indígenas para rescatar sus tierras”, La Nación, domingo 11 de octubre de 2020, p. 10.

Termino diciéndoles, a todas y todos los que estamos hoy participando de esta conferencia de prensa, que tenemos que convertirnos en abanderados en la defensa de la integridad física y psicológica de Pablo Sibar Silbar y de todas y todos los recuperadores de sus tierras ancestrales.

Fuente e Imagen: https://surcosdigital.com/principios-para-una-politica-a-favor-de-los-pueblos-y-territorios-indigenas-costarricenses/

Comparte este contenido:

Aguascalientes: Ley Barbosa y pin parental

Por: Carlos Ornelas

 

El Congreso local y el gobernador Martín Orozco Sandoval elaboró uno y publicó el otro, en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes (25/05/2020), la armonización de sus leyes locales con la Ley General de Educación (LGE). Allí, a la chita callando replicaron la Ley Barbosa y el pin parental, pero no levantaron protestas como en Puebla o en Nuevo León. Vamos, ni la Secretaría de Gobernación, que disciplinó al Congreso neoleonés, mostró beligerancia.

Parece que al sector privado le pasó de noche, no reclamó ni reparó en que el artículo 94 de la nueva Ley de Educación del Estado de Aguascalientes, que replica íntegro —hasta el mismo número— el texto de la Ley Marco (el machote) que propuso la Secretaría de Educación Pública desde enero: “Los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por las autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en el Estado de [aquí les faltó poner Aguascalientes, lo que indica que fue un simple copy and paste], así como los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del Sistema Educativo Estatal”.

Expresa lo mismo que el 99 de la LGE, que ahora impugnan varios organismos cupulares del sector privado, es el mismo que el senador Ricardo Monreal aprobó sin darse cuenta, porque criticó al gobernador de Puebla, Miguel Ángel Barbosa por ese tenor.

También pasó desapercibida la aprobación del pin parental en Aguascalientes, acaso porque no aparecen esas dos palabras, pero en el artículo 4, quinto párrafo, casi con las mismas palabras, asienta lo que no aprobó el Congreso de Nuevo León: “Así mismo, la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus Convicciones”.

Y para que no haya dudas, también decretaron una reforma al artículo 57 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Aguascalientes: “Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán derecho a decidir e intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes…”.

El Congreso de Nuevo León rechazó la enmienda por 12 votos en contra y nueve abstenciones, pero tuvo 20 votos a favor; ¡sintomático! Y los inconformes reclaman en las calles. En Aguascalientes se aprobó por unanimidad, incluso Morena votó a favor. Las iniciativas fueron hechas por diputados del Partido Encuentro Social. La duda que surge es por qué el PES, que es un aliado clave del presidente López Obrador, se lanza con propuestas de este calibre.

Primero, porque es parte de su ADN político-religioso, allí no hay nada oculto, convicciones. Pero cavilo que percibe un ánimo favorable de parte del Presidente. Él no oculta su fervor místico, prefiere la moral —su moral— a las leyes. ¡Ojo!, no señalo que AMLO promueva estas iniciativas, pero sí que, con sus mensajes, las alienta.

No obstante, le causan bronca. Ya una vez frenó otra propuesta de quitar el carácter secular del Estado en el texto constitucional que otra diputada del PES se aventó. Ahora no fue el Presidente en persona, sino la Segob quien entró al quite. El 28 de mayo, un día antes de la votación, advirtió al Congreso neoleonés que, si se aprobaba el pin parental, vulneraría los derechos de niños y adolescentes y dañaría la rectoría del Estado sobre contenidos educativos.

Pero guardó silencio absoluto en el caso de Aguascalientes.

Mala suerte la de doña Olga Sánchez Cordero. Unos la critican por invisible; otros por involucrarse con la soberanía de un estado. No las trae consigo.

RETAZOS

La pregunta que me hago es si en la visión de AMLO los del PES son conservadores o nada más fieles de la Cuarta Transformación.

Fuente:  http://www.educacionfutura.org/aguascalientes-ley-barbosa-y-pin-parental/

Imagen: https://pixabay.com/

Comparte este contenido:

Entrevista a Dídac Costa: «Los poderes fácticos globales son los que están infringiendo las leyes»

España/19 de Mayo de 2018/Rebelión
Entrevista a Dídac Costa, ecoactivista y escritor
«Los poderes fácticos globales son los que están infringiendo las leyes»
Por: La Guerrilla Comunicacional

Dídac Costa es un eco-sociólogo, activista y escritor que ha estado durante uno cuantos años en América Latina desarrollando tareas e investigación en el ámbito de la economía alternativa, comunidades, monedas alternativas, ecociudades y movimientos sociales, como miembro del comité de organización de los campamentos de juventud del Forum Social Mundial en Porto Alegre y Belem.

Dídac es uno de los creadores de la EcoXarxes Montseny i Ecoseny, la Colonia Colectivizada Ca La Fou y es también impulsor de la CIC (Cooperativa Integral Catalana) y de Ecolònia. También es impulsor del proyecto L’Ecovila Ca l’Amat a la Garrotxa.

Colaborador de la UB y la UOC, participó activamente en el movimiento 15-M y es un estudioso de la Revolución Social Catalana de 1936.

Como avanzábamos hace unos días, ¿Sería posible prescindir del euro, el dolar y restos de monedas que gobiernan el mundo? ¿Qué pasaría si nosotras mismas creásemos nuestra propia moneda, basándonos en la filosofía del trueque? ¿Por qué no creer, de una vez por todas, que nosotras mismas somos capaces de todo esto y… más?

De todo ello, Dídac, nos habla en la entrevista. Como siempre, una nueva oportunidad para el análisis y debate.

Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=241596&titular=%22los-poderes-f%E1cticos-globales-son-los-que-est%E1n-infringiendo-las-leyes%22-

Comparte este contenido:

La educación puertorriqueña en el laberinto del coloniaje

Por Doris Pizarro Claudio

Desde principios del siglo XX, la educación ha sido uno de los pilares de la colonización material y subjetiva implantada por Estados Unidos después de la invasión de 1898. Si bien la mayor parte de la población puertorriqueña comenzó a disfrutar del acceso a una educación que mejoró sus condiciones materiales de vida, esto- en la intersubjetividad ha representado una forma de mayor explotación y de opresión sostenida por la dependencia, la colonialidad y por una imagen de superioridad de sus colonizadores. Ello, con la complicidad de los sectores colonialistas del patio.

El tema de la Reforma Educativa ha sido uno de los engaños más evidentes y demagógicos de las administraciones estodolibristas y anexionistas para sostener esa colonialidad y el dominio político a través de las políticas sociales. En las últimas tres décadas – hemos enfrentado imposiciones de reformas sin coherencia, sin reconocimiento y participación de la comunidad escolar y de la ciudadanía en general; con una profunda intención de perpetuar la dependencia de exorbitantes cantidades de fondos federales. Simultáneamente, el sistema educativo ha sido un espacio de corrupción y de intereses partidistas de muchas batatas políticas.

Las llamadas reformas educativas han adolecido de debilidades muy serias. No han contado desde sus inicios con la participación de la comunidad escolar (personal docente y no docente, familias, representantes de las comunidades de entorno o de las voces del estudiantado, para quienes tiene las mayores implicaciones). No ha existido consenso o articulación para establecer los contenidos o prioridades de esas reformas.

Como las políticas educativas anteriores, esta que se discute ahora, el P del S 825, carece de coherencia porque ha sido construída para satisfacer los intereses de lucro del mercado y el capital neoliberal; para adelantar agendas político- partidistas hacia la estadidad y para beneficio de sectores de la sociedad civil o intermediarios del capital que velan guiras ante la transformación del estado benefactor. Son muchos los intereses económicos y la ideología conservadora que se han compactado detrás de esta reforma. Los menos beneficiados o serán las familias que dependen de la educación pública, las comunidades agredidas en sus espacios para los llamados proyectos de desarrollo y ensayo de políticas sociales neoliberales y los amplios sectores que enfrentamos el derrumbe del modelo colonial capitalista. Porque la educación sigue como el proyecto vital de país, para el presente y el futuro, que nos permitirá mejores condiciones de vida individual y colectiva.

El interés por las políticas educativas federales y su botín económico es acompañado de una indiferencia y desgano por una filosofía educativa basadas en principios éticos que acerquen la educación a las necesidades apremiantes del pueblo puertorriqueño. Afortunadamente, han existido sectores y organizaciones que han rescatado la filosofía humanista de Eugenio María de Hostos, la educación liberadora de Paulo Freire y la visión decolonial de Fanon, Memmi, entre otros(as) para desarrollar un lente activo para una educación crítica y liberadora que retan el deterioro educativo desde adentro y desde afuera de las aulas.

En esa tensión el país va perdiendo su mejor potencial: la juventud. Cada vez corremos un mayor riesgo de enajenar ese valioso recurso para la reconstrucción del país, golpeado por desastres naturales, por una Junta de Control Fiscal, por el saqueo institucional y premeditado de su patrimonio nacional; así como el paso lento de sus sectores conscientes para desarrollar estrategias concertadas. No obstante, vemos que en diversos sectores comunitarios se avanza en esa dirección, con un espíritu de solidaridad y trabajo increíble. Reine la esperanza con la resistencia y la acción.

Antecedentes a la propuesta actual

La Constitución aprobada para 1952, consignó la educación como un derecho de cada ciudadano o ciudadana, el cual debe ser provisto por el estado. Se proclamó un sistema de educación laico, democrático y gratuito para los grados primarios y secundarios. A la par, la educación se constituyó privilegiadamente en un instrumento para la reproducción de la fuerza de trabajo y el capital, enfocado este en la inversión que se multiplicada en diversas áreas de la economía y que sostenían el proyecto colonial.

Para el 1985, el Gobernador Rafael Hernández Colón encomendó un estudio sobre las condiciones educativas del país el cual demostró que no se estaba se alcanzando los resultados educativos esperados. A partir de ello, en 1990 se aprobó la Reforma Educativa que dio lugar a la Ley 68 y creó el Instituto de Reforma Educativa. Este esfuerzo no duró mucho pues para 1993 se aprobó la Ley 18, la cual institucionalizaba un proyecto piloto que designaba a 14 escuelas como escuelas de la comunidad. A ese momento, el personal escolar, estudiantado y familias alegaron desconocer el concepto de autonomía escolar y escuelas de la comunidad ya que no se les tomó en cuenta a la hora de aprobar la Ley 18, según la investigación de Correa Soto, Irizarry Andújar y García Rivera (1995)1. La imposición de la Ley 18 generó protestas magisteriales de parte de la Federación de Maestros. En poco tiempo, tan cercano como 1999 todas los planteles del sistema público se transformaron en escuelas de la comunidad, prescrita por la Ley Orgánica del Departamento de Educación (Ley 149).

La Ley Orgánica del Departamento de Educación- propuesta para derogarse ahora en el Proyecto 825 de la Cámara de Representantes-, contempla la descentralización y la autonomía educativa. Establece que las escuelas pertenecen a las comunidades, que tomará en cuenta sus problemas y que estas tendrán participación en las decisiones escolares, administrativas, gerenciales, curriculares y presupuestarias, así como ingerencia en la selección y evaluación de sus programas y de su personal. La ley, que en su letra resulta positiva, no ha sido institucionalizada adecuadamente, como se conoce a saciedad.

Algunos atributos para una reforma educativa

La descentralización, autonomía, la participación y la toma de decisiones basadas en una perspectiva de derechos humanos, al igual que la evaluación y rendición de cuentas por las responsabilidades que se asumen son atributos del ejercicio de ciudadanía. La ciudadanía implica la capacidad de transformar las políticas y los entornos mediante la acción social y política de las personas y los grupos. Visualizando la escuela como comunidad, podemos concebir una ciudadanía educativa, que contribuya a orientar y transformar los procesos pedagógicos y el clima escolar. Es difícil concebir la construcción y el ejercicio de una ciudadanía educativa, sin el ejercicio de una verdadera autonomía inclusiva que tome en cuenta a todos los sectores de la comunidad escolar, que le facilite incidir mediante la participación verdadera en los procesos de formulación de sus políticas y estrategias.

A nivel institucional, hay que mirar la imagen que se construyen de las personas, de su cultura y de sus historias, la horizontalidad con que se relacionan los grupos, la distribución del poder, el respeto por sus derechos y por su participación. Todo esto conforman algunos atributos de ciudadanía y constituyen referentes para analizar las políticas. En Puerto Rico, estos criterios han estado ausente de las reformas educativas.

La Ley Orgánica del Departamento de Educación (Ley 149)

La ley 149 dice tener al estudiante como su centro, a la par que describe las funciones de los sujetos educativos, desde el Secretario de Educación, el director o directora, el estudiantado, las familias, la comunidad y sus instituciones de apoyo. Da espacio para que otros sectores comunitarios y académicos interesados en la educación puedan integrarse como colaboradores(as). Establece la figura de los consejos escolares como los organismos llamados a elaborar y decidir la organización, las directrices educativas y el uso de sus recursos con toda la comunidad escolar. Sin embargo, esa función se vio afectada por las imposiciones de los distritos y regiones educativas, las cuales intervenían y se sentían con el poder de alterar las decisiones de las escuelas basándose en criterios muchas veces de costo-beneficio. O sea, que mientras se dejaba el dinero a compañías privadas, a nivel institucional se pretendía hacer menos con menos. En el P de S 825, por más que se diga, esas decisiones se dejaran a los niveles gerenciales de las entidades educativas certificadas.

Así, podía decirse que la ley 149 propiciaba en el papel procesos de construcción de ciudadanía, autonomía y participación según han afirmado diversos sectores. Pero terminó como un deseo, perpetuando las jerarquías y fragmentando el sistema educativo. Permitiendo desigualdades entre los servicios y recursos que se asignaban a las escuelas. Sucedió que la descentralización se utilizó para privatizar y subcontratar servicios, que dejaba una buena tajada económica a compañías privadas de dudosa reputación contratadas para dar servicios con poca o ninguna fiscalización del Departamento de Educación. La educación quedó enajenada de su centro, por lo cual tuvo que recurrir a construir desde su precariedad, diversas opciones focales para enfrentar su deterioro. Entre esas medidas se encuentran las escuelas alternativas, los centros de tutorías para exámenes de escuela superior y otras opciones educativas, algunas de carácter residual.

Han existido opciones dentro de la educación pública que cumplen con un nivel de eficiencia y que toman en cuenta las necesidades del estudiantado y sus familias, como las escuelas Montessori y las especializadas. Estos planteles cuentan con sus propias cartas circulares y presupuestos óptimos. Pero definitivamente no han estado accesibles a la mayoría del estudiantado del sistema público. Se ha justificado que existan diferencias en el presupuesto y en las oportunidades de las escuelas alternativas por las experiencias de vida y las formas de aprendizaje de sus participantes. Pero se trata de derechos universales. Tenemos que incluir la falta de recursos entre los factores para el abandono escolar de amplios sectores estudiantiles, a la par con las condiciones de pobreza en el hogar y en sus comunidades y hacer justicia por ello.

Así las cosas, muchas escuelas en comunidades de pocos recursos carecen de tecnología y otras oportunidades, como sería agilizar el nombramiento de los maestros(as). Estos sectores están en desventajas en relación con los antes mencionados. Son marginados o excluidos. Luego se les estigmatizaba por los resultados de las pruebas estandarizadas y por el Plan de Mejoramiento. Por diversas razones, incluyendo la emigración y otras dificultades de acceso muchas escuelas van perdiendo matrícula, las cierran; y sus estudiantes, en un mayor porcentaje –van quedando fuera de las nuevas ofertas, acordadas a la carrera. Y eventualmente quedan también fuera del mundo del trabajo.

La desigualdad de los servicios educativos entre las escuelas especializadas y las escuelas en barriadas y residenciales pobres; la ausencia de una filosofía educativa y formas de aprendizaje que tomen en cuenta nuestro contexto y que den al traste con el paradigma de la colonialidad y la dependencia son factores críticos a la hora de una reforma. Sin embargo, vemos como esos factores de desigualdad, colonialidad y dependencia, se acentúan en el Proyecto 825, al pretender adelantar una agenda anexionista, federalizando aun más las políticas educativas.

La ciudadanía educativa sobre el tapete.

El concepto de ciudadanía es un referente para el análisis e implantación de las políticas educativas. Se construye el concepto de ciudadanía educativa a partir de la participación de la comunidad escolar en las decisiones sobre la filosofía educativa, la gerencia y administración, el uso del presupuesto, la selección y evaluación del personal escolar, así como en los procesos de rendición de cuentas por las decisiones asumidas. Se requiere además una actitud crítica hacia la gestión del estado, horizontalidad entre los sectores educativos, la valoración de los esfuerzos, al igual que solidaridad y reciprocidad. Se apela a una dimensión ética para posicionarse alrededor de los asuntos educativos y del país. Dónde está todo esto en el P del S 825, si se impone de una manera antidemocrática, discriminatoria , colonizadora y excluyente?

En dicho proyecto, se utiliza el discurso donde se destaca la visión económica- empresarial de la educación y se destaca la promoción de la educación ocupacional y técnica, que el individuo pueda- a partir de salida de la escuela, integrarse al mundo laboral, interés al cual no podemos oponernos. Desde inicios del proyecto se destaca el interés de alinear el proceso educativo puertorriqueño con las estrategias y programas de Estados Unidos. De ahí que se establezcan las Oficinas Regionales Educativas que corresponde al modelo de las Local Educations Agencies (LEA). Es el modelo de las charters. Las oficinas regionales estarán a cargo de un superintendente quien orientará la política en su región correspondiente. Este estará a cargo de designar los directores y otro personal, los programas, y el proceso para establecer las escuelas alianzas como se designa a las charters. Las escuelas alianzas serán escuelas administradas por las Entidades Educativas Certificadas, con quienes se negociará los términos del contrato (Carta Constitutiva). Se establece además el Consejo Escolar ( Exposición de motivos, p.12) y un Programa de voluntarios que apoyará los esfuerzos de las escuelas. El proyecto establece un per capita por estudiante, que se pasará a la agencia privada que administre la escuela. Se menciona una mayor atención a programas y servicios para el estudiantado de diversidad funcional. Es encomiable que se considere, pero la historia de discrimen e insensibilidad ante los problemas sociales, como se ha visto con el Huracán María, me impide confiar en que lo harán. Dentro de la demagogia que caracteriza la propuesta legislativa, se incluyen también la libre selección de escuelas y el programa de vales educativos(p.15), declarado insconstitucional hace unos años por el Tribunal Supremo.

Vemos que la autonomía educativa, un factor clave de la reforma, que le han negado históricamente a las escuelas- se otorga en bandeja de plata a las Entidades Educativas Certificadas, entiéndase las instituciones que asumirán la responsabilidad de las escuelas alianzas, o las charters. El P del S 825 toma el concepto de la Carta Constitutiva para convertirlo en un contrato de privatización. Igual toma el mecanismo de los consejos escolares, para proponerlo como una instancia de participación cuando el verdadero poder lo tienen las agencias que administrarán las escuelas y que recibirán un per capita por estudiante. Se impone con ello una visión mercantilista, empresarial donde el presupuesto público, se transfiere al sector privado, como es el caso de las alianzas público privadas (app). Igual se desarticulan las organizaciones sindicales, eliminando sus conquistas y derechos laborales.

En resumen, esta ley representa mayor federalización de la educación y un mayor riego a la fiscalización dado el pretendido achicamiento del estado. Y si faltara algo, no ha tomado en cuenta las críticas y resultados de muchas de escuelas charters en Estados Unidos, algo que merece atención de todos y todas en un espacio más amplio. Alerta con este proyecto que destruye el sistema de educación pública y le convierte en un negocio!

1La escuela de la comunidad en Puerto Rico. El efecto que tiene la implantación de la Ley 18 sobre la pr’actica del trabajo social escolaren cinco de las trece escuelas intermedias y superiores que funcionaban bajo esta ley a abril de 1995. Universidad de Puerto Rico, Escuela Graduada de Trabajo Social Beatriz Lassalle.

Fuente del Artículo:

http://www.claridadpuertorico.com/content.html?news=372AFD3FD78DC4FEDE682B29FF3D9C7F

Comparte este contenido:
Page 1 of 5
1 2 3 5