El Imaginario Político de las Profesoras Universitarias

Por: Dra. Mitzy Flores.

 

RESUMEN

Si bien el voto se ha constituido en la forma de participación política más reconocida sabemos que existen muchas otras maneras de ejercer la ciudadanía y de situarse como sujeto/a en nuestra sociedad, todas las cuales se traducen en un intento por influir directamente o no en las decisiones de los gobiernos y por transformar la realidad individual  y colectiva, como coinciden en acotar diversas/os autoras/es. A pesar de que en el contexto universitario como en el resto del país se comparten imaginarios de poder anclados en el patriarcado, podríamos suponer que por el hecho de tener en su haber una formación académica más dilatada, las mujeres que allí se desempeñan como docentes e investigadoras deberían diferenciarse del común de la población en cuanto a sus prácticas de participación política. No obstante los hallazgos que emergieron de una reciente investigación sobre la propia construcción de su identidad de género en esos espacios, apuntan en dirección contraria. En estas mujeres predomina la idea esencialista de que su género les impone una pasividad “natural” para la política que las inhibe de: a) participar en los debates públicos sobre temas políticos, b) protagonizar acciones de resistencia, e c) incorporarse directamente en acciones de protesta/apoyo contra/en favor las instancias de gobierno. Este artículo se propone discutir desde la teoría feminista el cimiento androcéntrico que según inferimos, es el argumento de tal pasividad en el imaginario político de estas mujeres y ulteriormente, propiciar la reflexión sobre nuestros actos de habla.

Descriptores: género, imaginario político, discurso.

 

The Political Imaginary of University Professors

 

ABSTRACT

 

While the vote has become a form of political participation as we recognized that there are many other ways to exercise their citizenship and placed as subject / a in our society , all of which result in an attempt to influence directly or not decisions of governments and to transform individual and collective reality as several narrow agree / os authors / s. Although in the university context as in the rest of the country are shared imaginary of power rooted in patriarchy , we might assume that having to his credit a more extensive academic training , women here work as professors and researchers should differ from the common people in their practice of political participation. However the findings that emerged from recent research on the actual construction of gender identity in these spaces are pointing in the opposite direction. In these women predominantly essentialist idea that her gender imposes a «natural » for political passivity that inhibits a) participate in public debates on political issues , b) star in acts of resistance , and c) incorporated directly into actions protest / support against / for the local councils. This paper aims to discuss feminist theory as androcentric foundation to infer, is the argument that passivity in the political imaginary of these women and subsequently promote reflection about our speech acts.

Keywords: gender, political imagery, speech.

*Publicado en: Revista Memoria Política. Nueva Etapa • N° 3. Págs: 236-252. Año: 2014 http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/mp2014/art10.pdf

 

El Imaginario Político de las Profesoras Universitarias de la UC

Autora: Dra. Mitzy Flores

Facultad de Ciencias de la Educación

ucmitzyflores@gmail.com

 

 

“como adultas,(las mujeres)  han tenido mucha experiencia de subordinación

y esto les permite reconocer muy bien este problema,

a pesar de no reconocerlo como tal”

Nelly Stromquist

 

Si bien el voto se ha constituido en la forma de participación política más reconocida existen muchas otras maneras de ejercer la ciudadanía y de situarse como sujeto/a en nuestra sociedad, como expresan Gisela Delfino y Elena Zubieta (2010), todas las cuales suponen un intento por influir directamente o no en las decisiones políticas y por transformar nuestra realidad individual  y colectiva. En este sentido, los relatos de mujeres que laboran como docentes e investigadoras en la Facultad de Ciencias de la Educación de nuestra  universidad, -algunos de los cuales se insertarán oportunamente para ilustrar la discusión- nos permiten inferir que están lejos de posicionarse como “sujetas empoderadas políticamente” al decir de Margaret Schuler (1997), pues aunque efectivamente sufragan, resulta casi nulo  su interés por incorporarse públicamente en los debates sobre política; y lo que es más interesante aun: consideran que su género les impone una pasividad “natural” para los asuntos políticos.

 

Esto las mantiene al margen de protagonizar actos de resistencia (como acciones pacíficas de desobediencia), descritos por Elio Parisi y Marina Cuello (2012) o de protestar abiertamente (hacer peticiones escritas, firmar declaraciones, organizar tomas pacíficas de instancias de poder, participar de boicots, entre otras). Como producto de esta inhibición quedan excluidas permanentemente de las decisiones políticas de su contexto laboral y comunitario y comparten la percepción de que las decisiones importantes en sus espacios laborales dependen de agentes externos.

 

Como en otros documentos y apoyada en múltiples trabajos de sobrada solidez académica,  sostenemos que la esencialización de las cualidades femeninas o masculinas derivan de las estructuras y construcciones socioculturales y que por tanto, no dependen del fenotipo ni directamente del sexo, sino de las atribuciones que se constituyen en el género. Un reciente estudio de autoría propia (Flores, 2014) sobre los imaginarios que las docentes universitarias comparten sobre su propia identidad de género, develó que la percepción que estas mujeres tienen sobre sí mismas está fuertemente mediada por el esquema esencialista de la feminidad y que su discurso legitima la condición de subalternas.

 

Fue notorio que en sus relatos predominara el uso de recursos como la comparación con sus pares masculinos y la obligación como imposibilidad de evadir el cumplimiento de determinadas tareas o roles (pareada casi siempre con la justificación -entendida como el razonamiento en favor de la norma que las oprime-). Todas estas son formaciones discursivas naturalizadoras (Foucault, 1997) que, como podemos deducir, sustentan la dominación y son muy eficaces para el mantenimiento status quo.  Así como éstas, también aparecieron las formaciones desnaturalizadoras, que desmontan a partir de la confrontación los mandatos hegemónicos inscritos en el imaginario colectivo, a pesar de que fueron la excepción.

 

Lo que intentaremos en este documento será discutir desde la teoría feminista el cimiento androcéntrico que según inferimos, es el argumento de tal pasividad en el imaginario político de estas mujeres y, ulteriormente, propiciar la reflexión sobre nuestros actos de habla.

 

Un asunto de esencia… y de lenguaje

 

Es oportuna una breve referencia a la línea de la lingüística crítica desarrollada por Norman Fairclough (1989, 1995) y Ruth Wodak (2002) pues propone el análisis del lenguaje como unidad de textos y expresiones dentro de un contexto social y real con la idea de ofrecer explicaciones sobre el cómo y por qué usamos el lenguaje de determinada manera en relación con el poder. Esta línea otorgó relevancia al impacto político y a la función ideológica que le imponemos al texto (sea éste oral o escrito) como producto de una realidad histórica particular. Esta vertiente recibió una fuerte influencia de los trabajos de Michel Foucault relacionados con poder y las instituciones -además de la impronta que en la década de los sesenta y setenta representó la irrupción del feminismo-, tales relaciones de poder caracterizadas por la hegemonía androcéntrica, tan invisibilizadas como naturalizadas en nuestra cultura, quedarían reveladas a través de un análisis crítico del discurso (ACD) de los relatos verbales que sobre su identidad expresaron estas docentes.

 

Este enfoque crítico aportó una visión propia sobre la relación existente entre el lenguaje y la sociedad, una relación dialéctica entre un suceso discursivo particular y las situaciones, instituciones y estructuras sociales que lo enmarcan. Entendemos que como relación dialéctica, es bidireccional de modo que el discurso está moldeado por esas situaciones, instituciones y estructuras, pero a su vez, les da forma, contribuye a sustentar y reproducir el statu quo social. Por tanto también puede contribuir a transformarlo, puede ayudar a reproducir o a cambiar las relaciones desiguales de poder entre las clases sociales, las mayorías y minorías étnicas y entre las mujeres y los hombres. Siguiendo a Meersoonhn (2005), el discurso está implicado en la dominación de dos maneras:

 

en primer lugar, a través de la representación de la dominación en el texto y habla en contextos específicos, y más indirectamente, en segundo lugar, a través de la influencia del discurso en las mentes de otros. En el primer caso, los hablantes dominantes pueden efectivamente limitar los derechos comunicativos de otros, restringiendo el libre acceso a los eventos comunicativos, actos de habla, géneros discursivos, participantes, tópicos o estilo. En el segundo caso, los hablantes dominantes controlan el acceso al discurso público y así son capaces de manejar indirectamente la opinión pública. (:298)

 

Cita que expone la imbricación entre los actos de habla como discurso y el poder.

 

Por otra parte es necesario advertir que no faltan críticas al ACD por ser una interpretación ideológica, sesgada y prejuiciada; por que se realiza desde algún tipo de compromiso ideológico y por que selecciona para el análisis aquellos textos que apoyarán la interpretación predilecta. A ello responde  Fairclough (2003) que la condición abierta de los resultados es una apertura que exigen los principios del ACD, sumado al hecho de que el ACD es siempre explícito respecto a su propia posición y compromiso.  Controversia que no cesa, como expresa Michael Meyer (2003), pues:

 

la concreción de dos posturas aparentemente irreconciliables existentes en el seno del debate metodológico en la investigación social: ¿es posible efectuar cualquier tipo de investigación sin estar ligado a ningún juicio de valor a priori? Y, ¿es posible obtener conocimiento a partir de información puramente empírica sin utilizar ninguna categoría o experiencia preconcebida? (:38-39)

 

Van Dijk (2003a) entiende que quien hace este tipo de análisis adopta una perspectiva crítica o una actitud “…que se centra en los problemas sociales y analiza el papel del discurso en la producción y en la reproducción del abuso de poder o de la dominación.” (:82). De modo que se está del lado de los grupos dominados, manteniendo una perspectiva coherente con los intereses de estos grupos como apoyo a su propia lucha contra la desigualdad. De allí que “… sea válido explicitar la posición social y política, tomar partido, a fin de poner de manifiesto, desmitificar o cuestionar la dominación a través del análisis del discurso” (:84), según sentencia.

 

-El discurso que nos compara

 

El recurso discursivo que predominó en los relatos fue la comparación, que funcionó mayormente desde la superioridad o comparación positiva (dejando entender explícitamente que las mujeres hacemos más/mejor las cosas que nuestros pares masculinos), a veces acompañado de carga emotiva exagerada y siempre con el cuidado de omitir deliberadamente la categoría “hombre”. Ello parece revelador en tanto que ingenuamente podría entenderse como una invisibilización en el sentido de discriminarlo con ocultamiento; sin embargo queda claro que esta comparación no cumple con tal propósito sino con el inverso pues desde el imaginario de las mujeres que usaron este recurso discursivo, la diferencia sexual apareció como una carencia o limitación explícitamente negada, mientras que “el hombre” es considerado ulteriormente como referencia y medida de lo humano. Así se expresa en los siguientes relatos:

 

Las mujeres somos lo que somos: seres distintos a los hombres… seres especiales, distintos, llenos de cualidades… Para decirlo más exactamente: somos las más dotadas por la naturaleza para las cosas más arduas de la vida: el parto, el trabajo en la calle, el cuidado de la familia ¡y todo a la vez…!

 

Ser mujer nos da privilegios: el de poder mostrarnos sutiles y fuertes a la vez, el de gozar cosas que solo pueden ser vividas si se es mujer… Es algo más allá de lo que nos da el cuerpo femenino…

 

Esto puede explicarse con la tesis de Linda Alcoff (1989) respecto a la esencialización de lo humano planteada desde diversas miradas en la obra de Michelle Foucault, Julia Kristeva, Jacques Derrida y Lacan como modelo en nuestra cultura occidental y que en tanto subsidiaria del pensamiento masculinizante nos niega; por lo que es preciso deconstruirla desde otra perspectiva de Humanidad, con un discurso crítico y feminista. Podemos recurrir a la obra de Jacques Derrida (1977) para sostener que mientras mantengamos los mismos ideales de argumentos humanistas y liberales (basados en la diferencia como en la superioridad masculina), estaremos muy lejos de afrontar tal contradicción y mas bien favoreceremos el mantenimiento de las mismas estructuras mentales y por tanto, asuntos urgentes en nuestras sociedades, como las exigencias de paridad en los cargos de representación, quedarán relegados.

 

Este fenómeno puede explicarse también con el aporte de Joan Scott (1990) según el cual la jerarquía de poder entre hombres y mujeres proviene de las representaciones simbólicas que construimos sobre la diferencia sexual y deja claro que la diferencia sexual es transformada en desigualdad y subordinación social para nosotras, mientras que para los hombres es el argumento de la dominación.

 

Todas estas expresiones se oponen a la postura de Simone de Beauvoir, (1949/2000) quien contribuye desde la filosofía con su frase célebre “la mujer no nace, se hace” y deja ver una mujer como sujeto/a que se construye identitariamente a sí misma durante toda la vida, en un marco procesual, existencial y constructivo que nos es afín. De allí que acoplamos su visión con la de Judith Butler (1999) no solo porque incorpora el discurso como elemento constitutivo de nuestra identidad, sino porque además denuncia la falsa naturalidad del género para presentarlo como un significado que desde el discurso androcéntrico se apegó a un binarismo sexual heredado de Platón como argucia negadora de toda sexualidad fuera de la que aconseja la norma legal del matrimonio heterosexual. Ello reivindica la existencia de otras identidades de acuerdo a la vivencia de su sexualidad y acuña la idea de performatividad del género que presenta una identidad inacabada del sí misma, útil para entender las prácticas sociales como actuación y articular la construcción social de la subjetividad con las relaciones de poder.

 

En cuanto al tema de la reproducción (embarazo y parto) entendida como hecho natural, propio y exclusivo de las mujeres, aparece como comparación positiva haciendo uso del recurso emotivo de la exageración en los relatos.

 

Somos como algo especial, lo más complejo de la creación divina. Las mujeres somos siempre inexplicables, impredecibles pero con un corazón inmenso. A una mujer no le debe faltar fuerza para abrirse camino en el mundo porque somos eso precisamente, fuerza. Si podemos quedar embarazadas y dar a luz, imagínate! ¿Qué es lo que no podemos hacer?!

 

De regreso al argumento esencialista, esta comparación expone enfáticamente las diferencias entre hombres y mujeres con el fin de mantener la heteronormatividad compulsiva, en expresión de Gayle Rubin (1986) como mecanismo para diferenciar los sexos, mantener la imposición de la norma heterosexual sin “variedad sexual benigna” y, en especial para garantizar la procreación, que según término de Amelia Valcárcel (2002, 2004), ratifica las heterodesignación.

 

En otras comparaciones el hecho de jugar diversos roles sociales nos equipara más abiertamente con la categoría hombre, lo que históricamente sitúa la postura de las hablantes en los debates que tuvieron su auge en Norteamérica y Europa en los años sesenta del siglo pasado y que, desde el discurso del feminismo de la igualdad, formulaban demandas desde la lógica de “alcanzar a los hombres o ser sus iguales” y que en Venezuela tuvieron otra resonancia y se interpretaron como reivindicaciones sufragistas. Por ello es tan común que se pretenda una supuesta igualdad por el hecho de que las mujeres hemos alcanzado el voto en todos los escenarios y somos capaces de profesionalizarnos, como puede leerse:

 

Ser mujer me permite demostrar al resto de la sociedad que se pueden desarrollar ciertos roles, ya no sólo dedicarse a la casa como en tiempos pasados, también podemos ocupar un espacio importante en la sociedad, dejarnos ver como profesionales. 

 

Esta circunstancia mantiene la comparación como mecanismo que, como hemos visto, nos desvirtúa en cuanto existimos solo como alteridad, además de poner en el tapete nuestro lugar en el mundo de la vida privada en el que el trabajo del hogar parece seguir siendo exclusivamente femenino (al menos en los relatos revisados), lo que representa una doble o triple jornada laboral;todo en desmedro de nuestra participación en la esfera pública en la que discutir sobre los temas de actualidad política, hacernos de una opinión sobre la conformación de los espacios de poder y tomar decisiones sobre el destino político de nuestros contextos, se soslaya.

 

En este aspecto coincidimos como José Miguel Flores (1999), en que es precisamente el ejercicio de la ciudadanía lo que la caracteriza una democracia, ello implica además del ejercicio del sufragio, el reclamo de los propios derechos a través de vías convencionales o alternativas como pintar grafitis, unirse a un boicot y ocupar espacios públicos, entre tantas otras. Maritza Montero (1987), refiere que esos modos de participación, pueden tener visos de ilegalidad e implican un compromiso personal (incluso corporal) con las causas; ello desde luego supone un mayor esfuerzo por parte de quienes se asumen como actores/actrices sociales pues son acciones en las que la perseverancia “exige no sólo motivación y esfuerzo sostenidos, sino además tiempo, e incluso cierta forma de entrenamiento especial”, como destacan Elio Parisi y Marina Cuello (2012:48) y que según el siguiente relato, es algo de lo que carecemos las mujeres.

 

…la verdad es que a las mujeres no nos queda tiempo más que para cumplir con las exigencias del día a día aquí (en la universidad). Mientras que ellos pueden hacer tranquilamente un doctorado a nosotras nos cuesta el doble del tiempo y de esfuerzo…eso lo he vivido yo

 

A pesar de que no me he sentido excluida como dicen por ahí, en el espacio laboral siempre hay hombres que se postulan para los cargos con más frecuencia que las mujeres. Eso será porque ellos tienen más tiempo libre que nosotras, tienen entre ellos una camaradería de años y se quedan en los puestos hasta que se jubilan.

 

Como es notorio en el último relato se empieza por negar la propia exclusión pero en la segunda proposición se confirma que las mujeres quedan relegadas a puestos subalternos en la administración; al cierre, esta realidad se adjudica a la mayor posibilidad de establecer alianzas y negociaciones que tienen los hombres con respecto a las mujeres, lo que es atribuido al uso que ellos le dan a su tiempo libre.

 

-La obligación y la transgresión

 

En cuanto al recurso de obligación que también fue utilizado muy ampliamente, hay que decir que en algunos casos se torna en justificación y ocasionalmente en resignación. Para Pierre Bourdieu (2005) la lógica de la dominación es ejercida en nombre de un principio simbólico admitido tanto por el dominador como por el/la dominado/a y así la violencia simbólica se instituye a través de la adhesión que el/la dominado/a se siente obligado/a a conceder al dominador y que hace que la relación parezca natural. Siguiendo a este autor:

 

…son las apariencias biológicas las que han producido un trabajo colectivo de socialización de lo biológico y de biologización de lo social que se conjugan para invertir la relación  entre las causas y los efectos y la hacen aparecer como una construcción social  naturalizada. (:14).

 

A propósito, es propicia la cita de Fernández Poncela, (1998) quien sentencia que “…la historia está configurada en el ordenamiento reproductivo cimentado en la maternidad, en el que descansan la superestructura política, jurídica, económica e ideológica de nuestras sociedades” (:80). En este sentido, no es de extrañar como hemos visto, que los relatos apunten a la exaltación de la maternidad como realización idealizada de las mujeres por sobre otras metas.

 

También destaca el reconocimiento casi unánime de que las mujeres universitarias son quienes asumen las grandes tareas en todos los espacios aunque no sean reconocidas por ello, es otro de los aspectos que nos ayudan a entender la invisibilización de estas mujeres aunque expuesta desde la crítica en lugar de la resignación. Aquí las relaciones polémicas (que no admite nada como tal, más bien invitan al debate, a la discusión) aparecen para reconocer y denunciar que en el espacio laboral que es la universidad, las mujeres no han alcanzado el estatuto epistémico de sujeto/a, lo que se recoge además en relatos que tienen como argumento la experiencia personal de quienes hablan y pone en entredicho la idea generalizada de que la universidad es un espacio en el que se propician las discusiones “de avanzada” sobre los distintos tópicos del saber científico y humanístico.

 

Como ejemplo está la vida en la universidad: aquí es donde es más difícil que se nos considere sujetos pensantes, más bien la mayoría cree que estamos llenando un asiento todos los días, a pesar de que hay muchísimas mujeres que trabajan como esclavas para esto camine…En muchos departamentos quienes dan la cara son las mujeres pero quienes firman los oficios y “salen en las fotos” son ellos.

 

Esta reflexión apoya la inferencia sobre la que sustentamos este artículo: nuestras docentes universitarias difícilmente se sitúan como sujetos/as en nuestra sociedad (creen que no se las considera sujetas de conocimiento) y están lejos de posicionarse como “sujetas empoderadas políticamente” al decir de Margaret Schuler (1997) por su escasa participación política.

 

La primera afirmación revela una dificultad mayor para las mujeres en la aspiración de ser considerada como sujeto/a inteligente, pensante en los espacios universitarios, esta puede leerse como autodescalificación y se conecta a la segunda proposición con el “más bien” que da énfasis a la creencia generalizada de que las mujeres no generan saberes, conocimientos. Al aparecer, dos ideas en contraposición que presentan nuevamente la figura de la relación polémica para resaltar que el deber ser institucional que supone un empleo como docente universitaria está cargado de los obstáculos propios del pensamiento androcéntrico que anteponen como prejuicio, las personas que allí hacen vida. Esta expresión viene seguida de la valoración positiva del trabajo que realizan las mujeres y que, según su juicio no es reconocido. Más bien parece quedar relegado a un segundo plano por el protagonismo que estructuralmente mantienen los hombres que dirigen solo en apariencia y gozan de mayor exposición social y mediática.

 

Haber quedado históricamente asociadas a la naturaleza, e in-definidas como “lo otro”; como expresara Simone de Beauvoir (1949/2000) hace que se piense que nosotras solo podemos participar de la racionalidad de manera inapropiada.  Ello puede explicarse con otro argumento esgrimido por ellas mismas desde la experiencia cuando describen las dificultades que deben sortear para hacer investigación y generar conocimiento, lo que resulta en una denuncia por las desiguales condiciones para  hacerlo:

 

(La investigación) … como trabajo intelectual es una cosa que hacemos porque nos exigimos, la verdad es que a las mujeres no nos queda tiempo más que para cumplir con las exigencias del día a día aquí (en la universidad). Mientras que ellos pueden hacer tranquilamente un doctorado a nosotras nos cuesta el doble del tiempo y de esfuerzo…eso lo he vivido yo.

 

Por su parte la justificación viene dada nuevamente por la naturalización y esencialización del cuerpo femenino que, como hemos explicado, son fenómenos culturales que cumplen la misión asignarnos atribuciones fijas como propias e inmutables. Mientras, la resignación queda sujeta a esta identificación con el propio sexo que es leída como desventaja. Si bien ello nos refiere a la obra de Victoria Sau (1993, 2004) cuando apunta que el sexo es una clave diferenciadora que nos permite hacernos juicios sobre nuestros/as semejantes y que es uno de los primeros criterios que se consideran para la vida en sociedad; también hay que exponer que según la reflexión de Sara Tapia (2009), las capacidades, aptitudes o actitudes de las personas no quedan determinadas por él. Por tanto, entendemos como Purificación Mayobre (2007) que la feminidad se adquiere en el complejo proceso de socialización por lo que sería erróneo creer que es solo un derivado o una consecuencia de nuestra naturaleza biológica.

 

Regresamos a Judith Butler (1999) porque para ella es necesario revisar estas nociones pues solo así se rompería con lo binario y ello nos ayudaría a desenmascarar las estrategias manipuladoras y arbitrarias empleadas por la estructura hegemónica de la heterosexualidad obligatoria sin que ello signifique, como más tarde expone la misma Bultler (2000), que haya que asumir una identidad travesti para identificarnos como seres transgresores/as de la regla normalizadora.

 

Así pues…

 

El cuerpo de la mujer es en sí mismo la justificación de las obligaciones que debe cumplir bajo el argumento de que así nacimos (sea por designio divino o de la naturaleza) y por tanto su sexo las obligaría a actuar de determinada manera, dejando expresas las relaciones sociales de asimetría que actúan como mecanismo de poder, lo que finalmente termina por asimilarse como condición permanente y que eventualmente puede conducir a la resignación. Solo en un caso de quince, el significado de lo femenino fue descrito con adjetivos que lo presentan como algo no definido completamente, que tiende a lo procesual y a la construcción; lo que nos deja entender que ha habido alguna reflexión que permite poner en distancia la “esencia femenina” que naturaliza y condiciona nuestra identidad; esto se constituye en una oportunidad para la permanente revisión de nuestro lugar en el mundo con una clara inclinación a la toma de posición que transgrede lo normado socialmente.

 

Finalmente mostramos un relato en el que se alude la posibilidad encubierta de que también en política las mujeres son quienes deciden, pero contradictoriamente al final se hace necesario el ocultamiento:

 

En este país ser mujer es sinónimo de trabajo, de responsabilidad, de cumplimiento. La que dispone lo que se debe hacer, la que lleva las riendas de las familias y a veces creo que también en la política –eso sí, solapadamente–…

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencias

 

Alcoff, Linda (1988-1989): «Feminismo cultural versus pos-estructuralismo: la crisis de

la identidad en la teoría feminista”. Feminaria, Año II, N° 4, Bs. As. p.1-18

Disponible en: http://www.feminaria.com.ar/revista/revistas/004/paginas/REVISTA.ASP

 

Butler, Judith: El género en disputa. El feminismo y la subversión de la identidad.

Paidós. Buenos Aires.

 

________ (2002): Cuerpos que importan. Sobre los límites materiales y discursivos del

sexo, Paidós. Buenos. Aires.

 

Bourdieu, Pierre (2005): La dominación masculina. Anagrama. Barcelona

 

De Beauvoir, Simone. (2000): El segundo sexo. Cátedra. Buenos Aires

 

Delfino Gisela y Zubieta Elena (2010): Participación política: concepto y modalidades.

En Anu. investig.-Fac. Psicol., Univ. B. Aires17, (pp. 211-220).

 

Derrida, Jaques. (1977): Posiciones. Entrevista con Henri Ronse. Traducción de M. Arranz,

Pre-Textos, Valencia. España.

Disponible en: http://es.scribd.com/doc/49550603/Derrida-POSICIONES

 

Fairclough, Norman (2003): “Análisis Crítico del Discurso como método de

investigación en las ciencias sociales” En Wodak Ruth y Meyer: Métodos y Análisis Crítico del Discurso. Gedisa. Barcelona.

 

Fairclough, Norman y Wodak Ruth (2000): “Análisis Crítico del Discurso”. En T. Van

Dijk: El Discurso como interacción social. Vol II. Barcelona. Gedisa.

 

Fernández Poncela, Anna (1998): “Estudios sobre las mujeres, el género y elfeminismo”.

En Nueva Antropología [en linea] XVI (junio): [Fecha de consulta: 29 de septiembre de 2013]

Disponible en:  http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=15905405

 

Flores Mitzy (2014): Una aproximación a la Identidad de Género en Venezuela desde el

Imaginario Femenino. Tesis para optar al grado de doctora en Ciencias Sociales. Universidad de Carabobo. Valencia, Venezuela.

 

Flores, Juan Miguel (1999): Trabajo de campo sobre la participación política de la juventud

puntana en la actualidad. Tesis para optar al grado de Licenciatura en Psicología. Universidad Nacional de San Luis, Facultad de Ciencias Humanas. Argentina.

 

Foucault, Michelle (1997/1969): La arqueología del saber. Siglo XXI. México

 

_______ (1986): La voluntad de saber. Historia de la sexualidad. Vol I. Madrid. S. XXI.

Izquierdo María (1998): El sexo de la violencia. Género y cultura de la violencia.

Barcelona. Icaria.

 

Mayobre, Purificación (2006): “La formación de la Identidad de Género: Una mirada

desde la filosofía”. En Esteve Zarazaga, J.M. y Vera Vila, Julio (comp.). Educación Social e Igualdad de Género. Págs. 21 a 59. Edit. Ayuntamiento de Málaga. Málaga

 

Meersohn, Cynthia (2005). Introducción a Teun Van Dijk: Análisis de Discurso.

Disponible en: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=10102406

 

Meyer Michael (2003): “Entre la teoría, el método y la política, la ubicación de los

enfoques relacionados con el ACD”. En Meyer, M: Métodos de análisis crítico

del discurso. Gedisa. Madrid.

 

Montero, Maritza (1987): La Psicología Política en América Latina. Una revisión

bibliográfica: 1956-1986. En Maritza Montero (Comp.), Psicología Política Latinoamericana. Panapo. Caracas

 

Parisí, Elio y Cuello Marina (2012): Participación política, manifestaciones culturales y

mecanismos de resistencia. En Psicología Política, Vol. 12 Nº 23. (pp. 41-58).

 

Schuler, Margaret (1997): Los derechos de las mujeres son derechos humanos: la agenda

internacional del empoderamiento. En Poder y empoderamiento de las mujeres. Tercer Mundo edit. Santafé de Bogotá

 

Scott, Joan (1990): “El género: una categoría útil para el análisis histórico”. En Historia

y género: las mujeres en la Europa moderna y contemporánea. James Amelang y Mary Nash (eds.), Edicions Alfons el Magnanim, Institució Valencina d Estudis i Investigació. Traducción es de Eugenio y Marta Portela. Disponible en:

http://www.iupuebla.com/tabasco/Maestrias/M_E_GENERO/MA_EGENERO/olamendi/EL%20GENERO%20UNA%20CATEGORIA%20UTIL%20PARA%20EL%20ANALISIS%20HISTORICO%5B1%5D.pdf

 

Tapia, Sara (2009): Desvelar la discriminación de género mediante la actividad docente en

un contexto universitario. Tesis para optar al grado Doctoral. Universidad de Valladolid. España.

 

Sau, Victoria (1993). Ser mujer. El fin de una imagen tradicional. Icaria, Barcelona.

 

________ (2004): Psicología y feminismos. En Esther Barberá e Isabel Martínez (Coords.),

Psicología y género, (pp. 107-118).

 

Valcárcel A. (1997): La política de las mujeres. Cátedra. Madrid

 

Van Dijk, Teun (2000): El Discurso como interacción social. Vol II. Barcelona. Gedisa.

 

 

Autora: Dra. Mitzy Flores

Nov 2014

 

RESUMEN

Si bien el voto se ha constituido en la forma de participación política más reconocida sabemos que existen muchas otras maneras de ejercer la ciudadanía y de situarse como sujeto/a en nuestra sociedad, todas las cuales se traducen en un intento por influir directamente o no en las decisiones de los gobiernos y por transformar la realidad individual  y colectiva, como coinciden en acotar diversas/os autoras/es. A pesar de que en el contexto universitario como en el resto del país se comparten imaginarios de poder anclados en el patriarcado, podríamos suponer que por el hecho de tener en su haber una formación académica más dilatada, las mujeres que allí se desempeñan como docentes e investigadoras deberían diferenciarse del común de la población en cuanto a sus prácticas de participación política. No obstante los hallazgos que emergieron de una reciente investigación sobre la propia construcción de su identidad de género en esos espacios, apuntan en dirección contraria. En estas mujeres predomina la idea esencialista de que su género les impone una pasividad “natural” para la política que las inhibe de: a) participar en los debates públicos sobre temas políticos, b) protagonizar acciones de resistencia, e c) incorporarse directamente en acciones de protesta/apoyo contra/en favor las instancias de gobierno. Este artículo se propone discutir desde la teoría feminista el cimiento androcéntrico que según inferimos, es el argumento de tal pasividad en el imaginario político de estas mujeres y ulteriormente, propiciar la reflexión sobre nuestros actos de habla.

Descriptores: género, imaginario político, discurso.

 

The Political Imaginary of University Professors

 

ABSTRACT

 

While the vote has become a form of political participation as we recognized that there are many other ways to exercise their citizenship and placed as subject / a in our society , all of which result in an attempt to influence directly or not decisions of governments and to transform individual and collective reality as several narrow agree / os authors / s. Although in the university context as in the rest of the country are shared imaginary of power rooted in patriarchy , we might assume that having to his credit a more extensive academic training , women here work as professors and researchers should differ from the common people in their practice of political participation. However the findings that emerged from recent research on the actual construction of gender identity in these spaces are pointing in the opposite direction. In these women predominantly essentialist idea that her gender imposes a «natural » for political passivity that inhibits a) participate in public debates on political issues , b) star in acts of resistance , and c) incorporated directly into actions protest / support against / for the local councils. This paper aims to discuss feminist theory as androcentric foundation to infer, is the argument that passivity in the political imaginary of these women and subsequently promote reflection about our speech acts.

Keywords: gender, political imagery, speech.

*Publicado en: Revista Memoria Política. Nueva Etapa • N° 3. Págs: 236-252. Año: 2014 http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/mp2014/art10.pdf

 

El Imaginario Político de las Profesoras Universitarias de la UC

Autora: Dra. Mitzy Flores

Facultad de Ciencias de la Educación

ucmitzyflores@gmail.com

 

 

“como adultas,(las mujeres)  han tenido mucha experiencia de subordinación

y esto les permite reconocer muy bien este problema,

a pesar de no reconocerlo como tal”

Nelly Stromquist

 

Si bien el voto se ha constituido en la forma de participación política más reconocida existen muchas otras maneras de ejercer la ciudadanía y de situarse como sujeto/a en nuestra sociedad, como expresan Gisela Delfino y Elena Zubieta (2010), todas las cuales suponen un intento por influir directamente o no en las decisiones políticas y por transformar nuestra realidad individual  y colectiva. En este sentido, los relatos de mujeres que laboran como docentes e investigadoras en la Facultad de Ciencias de la Educación de nuestra  universidad, -algunos de los cuales se insertarán oportunamente para ilustrar la discusión- nos permiten inferir que están lejos de posicionarse como “sujetas empoderadas políticamente” al decir de Margaret Schuler (1997), pues aunque efectivamente sufragan, resulta casi nulo  su interés por incorporarse públicamente en los debates sobre política; y lo que es más interesante aun: consideran que su género les impone una pasividad “natural” para los asuntos políticos.

 

Esto las mantiene al margen de protagonizar actos de resistencia (como acciones pacíficas de desobediencia), descritos por Elio Parisi y Marina Cuello (2012) o de protestar abiertamente (hacer peticiones escritas, firmar declaraciones, organizar tomas pacíficas de instancias de poder, participar de boicots, entre otras). Como producto de esta inhibición quedan excluidas permanentemente de las decisiones políticas de su contexto laboral y comunitario y comparten la percepción de que las decisiones importantes en sus espacios laborales dependen de agentes externos.

 

Como en otros documentos y apoyada en múltiples trabajos de sobrada solidez académica,  sostenemos que la esencialización de las cualidades femeninas o masculinas derivan de las estructuras y construcciones socioculturales y que por tanto, no dependen del fenotipo ni directamente del sexo, sino de las atribuciones que se constituyen en el género. Un reciente estudio de autoría propia (Flores, 2014) sobre los imaginarios que las docentes universitarias comparten sobre su propia identidad de género, develó que la percepción que estas mujeres tienen sobre sí mismas está fuertemente mediada por el esquema esencialista de la feminidad y que su discurso legitima la condición de subalternas.

 

Fue notorio que en sus relatos predominara el uso de recursos como la comparación con sus pares masculinos y la obligación como imposibilidad de evadir el cumplimiento de determinadas tareas o roles (pareada casi siempre con la justificación -entendida como el razonamiento en favor de la norma que las oprime-). Todas estas son formaciones discursivas naturalizadoras (Foucault, 1997) que, como podemos deducir, sustentan la dominación y son muy eficaces para el mantenimiento status quo.  Así como éstas, también aparecieron las formaciones desnaturalizadoras, que desmontan a partir de la confrontación los mandatos hegemónicos inscritos en el imaginario colectivo, a pesar de que fueron la excepción.

 

Lo que intentaremos en este documento será discutir desde la teoría feminista el cimiento androcéntrico que según inferimos, es el argumento de tal pasividad en el imaginario político de estas mujeres y, ulteriormente, propiciar la reflexión sobre nuestros actos de habla.

 

Un asunto de esencia… y de lenguaje

 

Es oportuna una breve referencia a la línea de la lingüística crítica desarrollada por Norman Fairclough (1989, 1995) y Ruth Wodak (2002) pues propone el análisis del lenguaje como unidad de textos y expresiones dentro de un contexto social y real con la idea de ofrecer explicaciones sobre el cómo y por qué usamos el lenguaje de determinada manera en relación con el poder. Esta línea otorgó relevancia al impacto político y a la función ideológica que le imponemos al texto (sea éste oral o escrito) como producto de una realidad histórica particular. Esta vertiente recibió una fuerte influencia de los trabajos de Michel Foucault relacionados con poder y las instituciones -además de la impronta que en la década de los sesenta y setenta representó la irrupción del feminismo-, tales relaciones de poder caracterizadas por la hegemonía androcéntrica, tan invisibilizadas como naturalizadas en nuestra cultura, quedarían reveladas a través de un análisis crítico del discurso (ACD) de los relatos verbales que sobre su identidad expresaron estas docentes.

 

Este enfoque crítico aportó una visión propia sobre la relación existente entre el lenguaje y la sociedad, una relación dialéctica entre un suceso discursivo particular y las situaciones, instituciones y estructuras sociales que lo enmarcan. Entendemos que como relación dialéctica, es bidireccional de modo que el discurso está moldeado por esas situaciones, instituciones y estructuras, pero a su vez, les da forma, contribuye a sustentar y reproducir el statu quo social. Por tanto también puede contribuir a transformarlo, puede ayudar a reproducir o a cambiar las relaciones desiguales de poder entre las clases sociales, las mayorías y minorías étnicas y entre las mujeres y los hombres. Siguiendo a Meersoonhn (2005), el discurso está implicado en la dominación de dos maneras:

 

en primer lugar, a través de la representación de la dominación en el texto y habla en contextos específicos, y más indirectamente, en segundo lugar, a través de la influencia del discurso en las mentes de otros. En el primer caso, los hablantes dominantes pueden efectivamente limitar los derechos comunicativos de otros, restringiendo el libre acceso a los eventos comunicativos, actos de habla, géneros discursivos, participantes, tópicos o estilo. En el segundo caso, los hablantes dominantes controlan el acceso al discurso público y así son capaces de manejar indirectamente la opinión pública. (:298)

 

Cita que expone la imbricación entre los actos de habla como discurso y el poder.

 

Por otra parte es necesario advertir que no faltan críticas al ACD por ser una interpretación ideológica, sesgada y prejuiciada; por que se realiza desde algún tipo de compromiso ideológico y por que selecciona para el análisis aquellos textos que apoyarán la interpretación predilecta. A ello responde  Fairclough (2003) que la condición abierta de los resultados es una apertura que exigen los principios del ACD, sumado al hecho de que el ACD es siempre explícito respecto a su propia posición y compromiso.  Controversia que no cesa, como expresa Michael Meyer (2003), pues:

 

la concreción de dos posturas aparentemente irreconciliables existentes en el seno del debate metodológico en la investigación social: ¿es posible efectuar cualquier tipo de investigación sin estar ligado a ningún juicio de valor a priori? Y, ¿es posible obtener conocimiento a partir de información puramente empírica sin utilizar ninguna categoría o experiencia preconcebida? (:38-39)

 

Van Dijk (2003a) entiende que quien hace este tipo de análisis adopta una perspectiva crítica o una actitud “…que se centra en los problemas sociales y analiza el papel del discurso en la producción y en la reproducción del abuso de poder o de la dominación.” (:82). De modo que se está del lado de los grupos dominados, manteniendo una perspectiva coherente con los intereses de estos grupos como apoyo a su propia lucha contra la desigualdad. De allí que “… sea válido explicitar la posición social y política, tomar partido, a fin de poner de manifiesto, desmitificar o cuestionar la dominación a través del análisis del discurso” (:84), según sentencia.

 

-El discurso que nos compara

 

El recurso discursivo que predominó en los relatos fue la comparación, que funcionó mayormente desde la superioridad o comparación positiva (dejando entender explícitamente que las mujeres hacemos más/mejor las cosas que nuestros pares masculinos), a veces acompañado de carga emotiva exagerada y siempre con el cuidado de omitir deliberadamente la categoría “hombre”. Ello parece revelador en tanto que ingenuamente podría entenderse como una invisibilización en el sentido de discriminarlo con ocultamiento; sin embargo queda claro que esta comparación no cumple con tal propósito sino con el inverso pues desde el imaginario de las mujeres que usaron este recurso discursivo, la diferencia sexual apareció como una carencia o limitación explícitamente negada, mientras que “el hombre” es considerado ulteriormente como referencia y medida de lo humano. Así se expresa en los siguientes relatos:

 

Las mujeres somos lo que somos: seres distintos a los hombres… seres especiales, distintos, llenos de cualidades… Para decirlo más exactamente: somos las más dotadas por la naturaleza para las cosas más arduas de la vida: el parto, el trabajo en la calle, el cuidado de la familia ¡y todo a la vez…!

 

Ser mujer nos da privilegios: el de poder mostrarnos sutiles y fuertes a la vez, el de gozar cosas que solo pueden ser vividas si se es mujer… Es algo más allá de lo que nos da el cuerpo femenino…

 

Esto puede explicarse con la tesis de Linda Alcoff (1989) respecto a la esencialización de lo humano planteada desde diversas miradas en la obra de Michelle Foucault, Julia Kristeva, Jacques Derrida y Lacan como modelo en nuestra cultura occidental y que en tanto subsidiaria del pensamiento masculinizante nos niega; por lo que es preciso deconstruirla desde otra perspectiva de Humanidad, con un discurso crítico y feminista. Podemos recurrir a la obra de Jacques Derrida (1977) para sostener que mientras mantengamos los mismos ideales de argumentos humanistas y liberales (basados en la diferencia como en la superioridad masculina), estaremos muy lejos de afrontar tal contradicción y mas bien favoreceremos el mantenimiento de las mismas estructuras mentales y por tanto, asuntos urgentes en nuestras sociedades, como las exigencias de paridad en los cargos de representación, quedarán relegados.

 

Este fenómeno puede explicarse también con el aporte de Joan Scott (1990) según el cual la jerarquía de poder entre hombres y mujeres proviene de las representaciones simbólicas que construimos sobre la diferencia sexual y deja claro que la diferencia sexual es transformada en desigualdad y subordinación social para nosotras, mientras que para los hombres es el argumento de la dominación.

 

Todas estas expresiones se oponen a la postura de Simone de Beauvoir, (1949/2000) quien contribuye desde la filosofía con su frase célebre “la mujer no nace, se hace” y deja ver una mujer como sujeto/a que se construye identitariamente a sí misma durante toda la vida, en un marco procesual, existencial y constructivo que nos es afín. De allí que acoplamos su visión con la de Judith Butler (1999) no solo porque incorpora el discurso como elemento constitutivo de nuestra identidad, sino porque además denuncia la falsa naturalidad del género para presentarlo como un significado que desde el discurso androcéntrico se apegó a un binarismo sexual heredado de Platón como argucia negadora de toda sexualidad fuera de la que aconseja la norma legal del matrimonio heterosexual. Ello reivindica la existencia de otras identidades de acuerdo a la vivencia de su sexualidad y acuña la idea de performatividad del género que presenta una identidad inacabada del sí misma, útil para entender las prácticas sociales como actuación y articular la construcción social de la subjetividad con las relaciones de poder.

 

En cuanto al tema de la reproducción (embarazo y parto) entendida como hecho natural, propio y exclusivo de las mujeres, aparece como comparación positiva haciendo uso del recurso emotivo de la exageración en los relatos.

 

Somos como algo especial, lo más complejo de la creación divina. Las mujeres somos siempre inexplicables, impredecibles pero con un corazón inmenso. A una mujer no le debe faltar fuerza para abrirse camino en el mundo porque somos eso precisamente, fuerza. Si podemos quedar embarazadas y dar a luz, imagínate! ¿Qué es lo que no podemos hacer?!

 

De regreso al argumento esencialista, esta comparación expone enfáticamente las diferencias entre hombres y mujeres con el fin de mantener la heteronormatividad compulsiva, en expresión de Gayle Rubin (1986) como mecanismo para diferenciar los sexos, mantener la imposición de la norma heterosexual sin “variedad sexual benigna” y, en especial para garantizar la procreación, que según término de Amelia Valcárcel (2002, 2004), ratifica las heterodesignación.

 

En otras comparaciones el hecho de jugar diversos roles sociales nos equipara más abiertamente con la categoría hombre, lo que históricamente sitúa la postura de las hablantes en los debates que tuvieron su auge en Norteamérica y Europa en los años sesenta del siglo pasado y que, desde el discurso del feminismo de la igualdad, formulaban demandas desde la lógica de “alcanzar a los hombres o ser sus iguales” y que en Venezuela tuvieron otra resonancia y se interpretaron como reivindicaciones sufragistas. Por ello es tan común que se pretenda una supuesta igualdad por el hecho de que las mujeres hemos alcanzado el voto en todos los escenarios y somos capaces de profesionalizarnos, como puede leerse:

 

Ser mujer me permite demostrar al resto de la sociedad que se pueden desarrollar ciertos roles, ya no sólo dedicarse a la casa como en tiempos pasados, también podemos ocupar un espacio importante en la sociedad, dejarnos ver como profesionales. 

 

Esta circunstancia mantiene la comparación como mecanismo que, como hemos visto, nos desvirtúa en cuanto existimos solo como alteridad, además de poner en el tapete nuestro lugar en el mundo de la vida privada en el que el trabajo del hogar parece seguir siendo exclusivamente femenino (al menos en los relatos revisados), lo que representa una doble o triple jornada laboral;todo en desmedro de nuestra participación en la esfera pública en la que discutir sobre los temas de actualidad política, hacernos de una opinión sobre la conformación de los espacios de poder y tomar decisiones sobre el destino político de nuestros contextos, se soslaya.

 

En este aspecto coincidimos como José Miguel Flores (1999), en que es precisamente el ejercicio de la ciudadanía lo que la caracteriza una democracia, ello implica además del ejercicio del sufragio, el reclamo de los propios derechos a través de vías convencionales o alternativas como pintar grafitis, unirse a un boicot y ocupar espacios públicos, entre tantas otras. Maritza Montero (1987), refiere que esos modos de participación, pueden tener visos de ilegalidad e implican un compromiso personal (incluso corporal) con las causas; ello desde luego supone un mayor esfuerzo por parte de quienes se asumen como actores/actrices sociales pues son acciones en las que la perseverancia “exige no sólo motivación y esfuerzo sostenidos, sino además tiempo, e incluso cierta forma de entrenamiento especial”, como destacan Elio Parisi y Marina Cuello (2012:48) y que según el siguiente relato, es algo de lo que carecemos las mujeres.

 

…la verdad es que a las mujeres no nos queda tiempo más que para cumplir con las exigencias del día a día aquí (en la universidad). Mientras que ellos pueden hacer tranquilamente un doctorado a nosotras nos cuesta el doble del tiempo y de esfuerzo…eso lo he vivido yo

 

A pesar de que no me he sentido excluida como dicen por ahí, en el espacio laboral siempre hay hombres que se postulan para los cargos con más frecuencia que las mujeres. Eso será porque ellos tienen más tiempo libre que nosotras, tienen entre ellos una camaradería de años y se quedan en los puestos hasta que se jubilan.

 

Como es notorio en el último relato se empieza por negar la propia exclusión pero en la segunda proposición se confirma que las mujeres quedan relegadas a puestos subalternos en la administración; al cierre, esta realidad se adjudica a la mayor posibilidad de establecer alianzas y negociaciones que tienen los hombres con respecto a las mujeres, lo que es atribuido al uso que ellos le dan a su tiempo libre.

 

-La obligación y la transgresión

 

En cuanto al recurso de obligación que también fue utilizado muy ampliamente, hay que decir que en algunos casos se torna en justificación y ocasionalmente en resignación. Para Pierre Bourdieu (2005) la lógica de la dominación es ejercida en nombre de un principio simbólico admitido tanto por el dominador como por el/la dominado/a y así la violencia simbólica se instituye a través de la adhesión que el/la dominado/a se siente obligado/a a conceder al dominador y que hace que la relación parezca natural. Siguiendo a este autor:

 

…son las apariencias biológicas las que han producido un trabajo colectivo de socialización de lo biológico y de biologización de lo social que se conjugan para invertir la relación  entre las causas y los efectos y la hacen aparecer como una construcción social  naturalizada. (:14).

 

A propósito, es propicia la cita de Fernández Poncela, (1998) quien sentencia que “…la historia está configurada en el ordenamiento reproductivo cimentado en la maternidad, en el que descansan la superestructura política, jurídica, económica e ideológica de nuestras sociedades” (:80). En este sentido, no es de extrañar como hemos visto, que los relatos apunten a la exaltación de la maternidad como realización idealizada de las mujeres por sobre otras metas.

 

También destaca el reconocimiento casi unánime de que las mujeres universitarias son quienes asumen las grandes tareas en todos los espacios aunque no sean reconocidas por ello, es otro de los aspectos que nos ayudan a entender la invisibilización de estas mujeres aunque expuesta desde la crítica en lugar de la resignación. Aquí las relaciones polémicas (que no admite nada como tal, más bien invitan al debate, a la discusión) aparecen para reconocer y denunciar que en el espacio laboral que es la universidad, las mujeres no han alcanzado el estatuto epistémico de sujeto/a, lo que se recoge además en relatos que tienen como argumento la experiencia personal de quienes hablan y pone en entredicho la idea generalizada de que la universidad es un espacio en el que se propician las discusiones “de avanzada” sobre los distintos tópicos del saber científico y humanístico.

 

Como ejemplo está la vida en la universidad: aquí es donde es más difícil que se nos considere sujetos pensantes, más bien la mayoría cree que estamos llenando un asiento todos los días, a pesar de que hay muchísimas mujeres que trabajan como esclavas para esto camine…En muchos departamentos quienes dan la cara son las mujeres pero quienes firman los oficios y “salen en las fotos” son ellos.

 

Esta reflexión apoya la inferencia sobre la que sustentamos este artículo: nuestras docentes universitarias difícilmente se sitúan como sujetos/as en nuestra sociedad (creen que no se las considera sujetas de conocimiento) y están lejos de posicionarse como “sujetas empoderadas políticamente” al decir de Margaret Schuler (1997) por su escasa participación política.

 

La primera afirmación revela una dificultad mayor para las mujeres en la aspiración de ser considerada como sujeto/a inteligente, pensante en los espacios universitarios, esta puede leerse como autodescalificación y se conecta a la segunda proposición con el “más bien” que da énfasis a la creencia generalizada de que las mujeres no generan saberes, conocimientos. Al aparecer, dos ideas en contraposición que presentan nuevamente la figura de la relación polémica para resaltar que el deber ser institucional que supone un empleo como docente universitaria está cargado de los obstáculos propios del pensamiento androcéntrico que anteponen como prejuicio, las personas que allí hacen vida. Esta expresión viene seguida de la valoración positiva del trabajo que realizan las mujeres y que, según su juicio no es reconocido. Más bien parece quedar relegado a un segundo plano por el protagonismo que estructuralmente mantienen los hombres que dirigen solo en apariencia y gozan de mayor exposición social y mediática.

 

Haber quedado históricamente asociadas a la naturaleza, e in-definidas como “lo otro”; como expresara Simone de Beauvoir (1949/2000) hace que se piense que nosotras solo podemos participar de la racionalidad de manera inapropiada.  Ello puede explicarse con otro argumento esgrimido por ellas mismas desde la experiencia cuando describen las dificultades que deben sortear para hacer investigación y generar conocimiento, lo que resulta en una denuncia por las desiguales condiciones para  hacerlo:

 

(La investigación) … como trabajo intelectual es una cosa que hacemos porque nos exigimos, la verdad es que a las mujeres no nos queda tiempo más que para cumplir con las exigencias del día a día aquí (en la universidad). Mientras que ellos pueden hacer tranquilamente un doctorado a nosotras nos cuesta el doble del tiempo y de esfuerzo…eso lo he vivido yo.

 

Por su parte la justificación viene dada nuevamente por la naturalización y esencialización del cuerpo femenino que, como hemos explicado, son fenómenos culturales que cumplen la misión asignarnos atribuciones fijas como propias e inmutables. Mientras, la resignación queda sujeta a esta identificación con el propio sexo que es leída como desventaja. Si bien ello nos refiere a la obra de Victoria Sau (1993, 2004) cuando apunta que el sexo es una clave diferenciadora que nos permite hacernos juicios sobre nuestros/as semejantes y que es uno de los primeros criterios que se consideran para la vida en sociedad; también hay que exponer que según la reflexión de Sara Tapia (2009), las capacidades, aptitudes o actitudes de las personas no quedan determinadas por él. Por tanto, entendemos como Purificación Mayobre (2007) que la feminidad se adquiere en el complejo proceso de socialización por lo que sería erróneo creer que es solo un derivado o una consecuencia de nuestra naturaleza biológica.

 

Regresamos a Judith Butler (1999) porque para ella es necesario revisar estas nociones pues solo así se rompería con lo binario y ello nos ayudaría a desenmascarar las estrategias manipuladoras y arbitrarias empleadas por la estructura hegemónica de la heterosexualidad obligatoria sin que ello signifique, como más tarde expone la misma Bultler (2000), que haya que asumir una identidad travesti para identificarnos como seres transgresores/as de la regla normalizadora.

 

Así pues…

 

El cuerpo de la mujer es en sí mismo la justificación de las obligaciones que debe cumplir bajo el argumento de que así nacimos (sea por designio divino o de la naturaleza) y por tanto su sexo las obligaría a actuar de determinada manera, dejando expresas las relaciones sociales de asimetría que actúan como mecanismo de poder, lo que finalmente termina por asimilarse como condición permanente y que eventualmente puede conducir a la resignación. Solo en un caso de quince, el significado de lo femenino fue descrito con adjetivos que lo presentan como algo no definido completamente, que tiende a lo procesual y a la construcción; lo que nos deja entender que ha habido alguna reflexión que permite poner en distancia la “esencia femenina” que naturaliza y condiciona nuestra identidad; esto se constituye en una oportunidad para la permanente revisión de nuestro lugar en el mundo con una clara inclinación a la toma de posición que transgrede lo normado socialmente.

 

Finalmente mostramos un relato en el que se alude la posibilidad encubierta de que también en política las mujeres son quienes deciden, pero contradictoriamente al final se hace necesario el ocultamiento:

 

En este país ser mujer es sinónimo de trabajo, de responsabilidad, de cumplimiento. La que dispone lo que se debe hacer, la que lleva las riendas de las familias y a veces creo que también en la política –eso sí, solapadamente–…

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencias

 

Alcoff, Linda (1988-1989): «Feminismo cultural versus pos-estructuralismo: la crisis de

la identidad en la teoría feminista”. Feminaria, Año II, N° 4, Bs. As. p.1-18

Disponible en: http://www.feminaria.com.ar/revista/revistas/004/paginas/REVISTA.ASP

 

Butler, Judith: El género en disputa. El feminismo y la subversión de la identidad.

Paidós. Buenos Aires.

 

________ (2002): Cuerpos que importan. Sobre los límites materiales y discursivos del

sexo, Paidós. Buenos. Aires.

 

Bourdieu, Pierre (2005): La dominación masculina. Anagrama. Barcelona

 

De Beauvoir, Simone. (2000): El segundo sexo. Cátedra. Buenos Aires

 

Delfino Gisela y Zubieta Elena (2010): Participación política: concepto y modalidades.

En Anu. investig.-Fac. Psicol., Univ. B. Aires17, (pp. 211-220).

 

Derrida, Jaques. (1977): Posiciones. Entrevista con Henri Ronse. Traducción de M. Arranz,

Pre-Textos, Valencia. España.

Disponible en: http://es.scribd.com/doc/49550603/Derrida-POSICIONES

 

Fairclough, Norman (2003): “Análisis Crítico del Discurso como método de

investigación en las ciencias sociales” En Wodak Ruth y Meyer: Métodos y Análisis Crítico del Discurso. Gedisa. Barcelona.

 

Fairclough, Norman y Wodak Ruth (2000): “Análisis Crítico del Discurso”. En T. Van

Dijk: El Discurso como interacción social. Vol II. Barcelona. Gedisa.

 

Fernández Poncela, Anna (1998): “Estudios sobre las mujeres, el género y elfeminismo”.

En Nueva Antropología [en linea] XVI (junio): [Fecha de consulta: 29 de septiembre de 2013]

Disponible en:  http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=15905405

 

Flores Mitzy (2014): Una aproximación a la Identidad de Género en Venezuela desde el

Imaginario Femenino. Tesis para optar al grado de doctora en Ciencias Sociales. Universidad de Carabobo. Valencia, Venezuela.

 

Flores, Juan Miguel (1999): Trabajo de campo sobre la participación política de la juventud

puntana en la actualidad. Tesis para optar al grado de Licenciatura en Psicología. Universidad Nacional de San Luis, Facultad de Ciencias Humanas. Argentina.

 

Foucault, Michelle (1997/1969): La arqueología del saber. Siglo XXI. México

 

_______ (1986): La voluntad de saber. Historia de la sexualidad. Vol I. Madrid. S. XXI.

Izquierdo María (1998): El sexo de la violencia. Género y cultura de la violencia.

Barcelona. Icaria.

 

Mayobre, Purificación (2006): “La formación de la Identidad de Género: Una mirada

desde la filosofía”. En Esteve Zarazaga, J.M. y Vera Vila, Julio (comp.). Educación Social e Igualdad de Género. Págs. 21 a 59. Edit. Ayuntamiento de Málaga. Málaga

 

Meersohn, Cynthia (2005). Introducción a Teun Van Dijk: Análisis de Discurso.

Disponible en: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=10102406

 

Meyer Michael (2003): “Entre la teoría, el método y la política, la ubicación de los

enfoques relacionados con el ACD”. En Meyer, M: Métodos de análisis crítico

del discurso. Gedisa. Madrid.

 

Montero, Maritza (1987): La Psicología Política en América Latina. Una revisión

bibliográfica: 1956-1986. En Maritza Montero (Comp.), Psicología Política Latinoamericana. Panapo. Caracas

 

Parisí, Elio y Cuello Marina (2012): Participación política, manifestaciones culturales y

mecanismos de resistencia. En Psicología Política, Vol. 12 Nº 23. (pp. 41-58).

 

Schuler, Margaret (1997): Los derechos de las mujeres son derechos humanos: la agenda

internacional del empoderamiento. En Poder y empoderamiento de las mujeres. Tercer Mundo edit. Santafé de Bogotá

 

Scott, Joan (1990): “El género: una categoría útil para el análisis histórico”. En Historia

y género: las mujeres en la Europa moderna y contemporánea. James Amelang y Mary Nash (eds.), Edicions Alfons el Magnanim, Institució Valencina d Estudis i Investigació. Traducción es de Eugenio y Marta Portela. Disponible en:

http://www.iupuebla.com/tabasco/Maestrias/M_E_GENERO/MA_EGENERO/olamendi/EL%20GENERO%20UNA%20CATEGORIA%20UTIL%20PARA%20EL%20ANALISIS%20HISTORICO%5B1%5D.pdf

 

Tapia, Sara (2009): Desvelar la discriminación de género mediante la actividad docente en

un contexto universitario. Tesis para optar al grado Doctoral. Universidad de Valladolid. España.

 

Sau, Victoria (1993). Ser mujer. El fin de una imagen tradicional. Icaria, Barcelona.

 

________ (2004): Psicología y feminismos. En Esther Barberá e Isabel Martínez (Coords.),

Psicología y género, (pp. 107-118).

 

Valcárcel A. (1997): La política de las mujeres. Cátedra. Madrid

 

Van Dijk, Teun (2000): El Discurso como interacción social. Vol II. Barcelona. Gedisa.

 

Fuente del artículo: http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/mp2014/art10.pdf

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La violencia política contra las mujeres en Venezuela. Un fenómeno creciente

Por: Dra. Mitzy Flores.

 

Resumen

 

 

A diferencia de otros tipos de violencia, la ejercida en contra de las mujeres responde a la lógica patriarcal ampliamente aceptada, según la cual lo natural y socialmente esperado es que el poder sea ejercido por los hombres sobre ellas. Se trata de un complejo entramado cultural que determina la conformación de las identidades y que en el caso de las mujeres, las obliga a asumir en sus prácticas sociales una condición normalizada de subalternidad, mientras que de ellos se espera primacía. La carencia legislación en materia de violencia política contra las mujeres en Venezuela ha motivado la escritura de este documento con el propósito de interpretar críticamente el fenómeno de la Violencia Política contra las Mujeres en Venezuela. Nuestro análisis inicia con la presentación de las desigualdades para la participación política que han enfrentado históricamente -y aún hoy deben enfrentar- las mujeres en Venezuela, para lo cual se contextualiza el marco legal nacional en relación al existente en la comunidad latinoamericana y caribeña. De seguido se complementa el análisis con la argumentación teórica de la violencia política contra las mujeres desde la perspectiva de género y se apunta a la necesidad de actualizar la legislación existente.  Luego se abordan algunos rasgos de la violencia política, a la luz de los hallazgos del reciente Informe de la Comisión de la Verdad Justicia y Paz: Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela. En este se reporta desde el acoso, hostigamiento y escarnio al que fueron sometidas mujeres que hacen vida pública en Venezuela, se registran los casos de mujeres heridas y lesionadas, hasta aquellos cuyo desenlace fue fatal, entre ellos el femicidio a lideresas comunitarias que va en aumento. Al cierre se presentan algunos nudos conclusivos que apuntan a la idea de que este tipo específico de violencia representa un importante desafío a la democracia, a los derechos humanos y a la igualdad de género puesto que ninguna sociedad puede aspirar a plenitud su ejercicio sin garantizar la participación política de las mujeres.

 

Palabras clave: participación y violencia política, mujeres, justicia de género.

 

Compartimos la certeza de que la violencia contra las mujeres es un fenómeno que ocurre en nuestras sociedades como una manifestación de la cultura y herencia histórica patriarcal ampliamente extendida. El hecho de que apenas a fines del siglo pasado se admitiera la violencia doméstica como delito en la legislación regional, evidencia su naturalización en América Latina y el Caribe. En este sentido, es oportuno expresar que nuestra motivación para elaborar este documento descansa en un hecho análogo: en Venezuela el fenómeno de la violencia política contra las mujeres se ha presentado cada vez con mayor frecuencia e intensidad durante los últimos veinte años (lapso en el que, nuestra participación ha venido en aumento, aunque no al ritmo de la paridad que aspiramos) y su tipificación como delito sigue ausente en nuestra legislación.

 

Este documento inicia con la presentación de las desigualdades para la participación política que han enfrentado históricamente -y aún hoy deben enfrentar- las mujeres en Venezuela; para lo cual se contextualiza el marco legal nacional en relación al existente en  la comunidad latinoamericana y caribeña. De seguido se complementa el análisis con la argumentación teórica de la violencia política contra las mujeres desde la perspectiva de género y se apunta a la necesidad de actualizar la legislación existente. Luego se abordan algunos rasgos de la violencia política, para lo que sirven de contraste empírico, algunos hallazgos del reciente Informe de la Comisión de la Verdad Justicia y Paz: Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela (2018). En este se reporta desde el acoso, hostigamiento y escarnio al que fueron sometidas mujeres que hacen vida pública en Venezuela, se registran los casos de mujeres heridas y lesionadas y culmina con los casos que tuvieron un desenlace fue fatal, entre ellos el femicidio a lideresas comunitarias que va en aumento. Al cierre  presentaremos algunos nudos conclusivos que apuntan a la idea de que este tipo específico de violencia representa un importante desafío a la democracia, a los derechos humanos y a la igualdad de género puesto que ninguna sociedad puede aspirar a plenitud su ejercicio sin garantizar la participación política de las mujeres.

 

 

  1. Participación política en desigualdad

 

Tan incontrovertible es el hecho de que las mujeres enfrentamos mayores barreras culturales, sociales e institucionales para ejercer nuestros derechos y entre ellos, especialmente el de la participación política, como innegable que las conquistas de las mujeres han sido fruto de sus propias luchas por el reconocimiento de sus derechos. La constante presión a los gobiernos para que desarrollen medidas afirmativas a fin de garantizar su participación igualitaria en los diferentes espacios de representación política y social, confirma que sin la garantía del mecanismo de participación sería imposible alcanzar la igualdad y menos aún, la autonomía que sustenta nuestras libertades.

 

Como en buena parte del mundo, en Venezuela el acceso de las mujeres a los cargos de elección o representación popular supone enormes dificultades y obstáculos de índole cultural y material, de modo que en la práctica, las mujeres no estamos en igualdad de condiciones que nuestros pares masculinos de ser elegidas a cargos de representación popular aunque participemos activamente en las organizaciones de base, en los movimientos sociales y en todos los espacios de la vida social.

 

Nuestro país ocupa el lugar 81 en el ranking mundial de participación política de las mujeres en los parlamentos, con un 22% de mujeres en la Asamblea Nacional, solo por encima de  nuestros vecinos Honduras (89), Uruguay (95), Panamá (109), Colombia (111), Paraguay (132) y Guatemala (143) y muy distante de Cuba, Bolivia, México, Grenada, Nicaragua y Costa Rica que ocupan los primeros diez lugares del ranking al exhibir una participación de  mujeres parlamentarias que oscila entre el 45% y 53%. Esta realidad se hace obvia cuando constatamos la mínima presencia de mujeres en la administración pública[1], y en la  conformación de la directiva de los partidos políticos y otras organizaciones con fines políticos en Venezuela, lo que resta la posibilidad de incorporarse a las listas de elección y desde luego, de ser elegidas.

 

En este sentido, hay que recordar que a pesar de que en el país los gobiernos municipales son elegidos por votación popular desde 1979, no se aprecia en el país un incremento de mujeres en los espacios locales de poder. Por el contrario su presencia desciende en el periodo que va desde 1984-1989 con el cambio de régimen electoral que pasó a listas abiertas con voto nominal; lo que generó la subrepresentación de las mujeres y el favorecimiento de candidaturas masculinas.

 

Al interior de los partidos políticos como en las creencias de la sociedad, se mantienen imaginarios patriarcales que obstaculizan la visibilización y efectiva participación de las mujeres en todos los espacios. Ello favorece la emergencia de hombres para las candidaturas a lo que hay que sumar la menor capacidad económica de las mujeres para financiar sus postulaciones; todo lo cual resulta en una marcada exclusión de las mujeres.

 

La Ley Orgánica de Procesos Electorales (2009), derogó la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (LOSPP) promulgada en 1997, cuyo artículo 144 pretendió favorecer la cuota de paridad al interior de los partidos políticos y así garantizar la inclusión de las mujeres en los hechos. Ello aportaría al logro del derecho a la participación plena y en igualdad de condiciones en los diferentes cargos de elección popular.

 

La Convención Interamericana sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación hacia la Mujer (CEDAW), ratificada por el Estado venezolano establece en su art. 7, para referirse a los derechos políticos y a las medidas positivas, que los Estados Partes deben favorecer la eliminación de la discriminación de la mujer en la vida política y pública y que éstas puedan participar en condición de igualdad con los varones. Lo que propició el diseño y la revisión de las políticas públicas y gracias a ello, a finales de la década de 1990, el Estado venezolano se propuso instituir la norma de cuotas como una medida positiva para la incorporación de las mujeres a las listas de elección.

Por otra parte, la Carta Magna se actualizó y se redactó una nueva en 1999. Ahora el artículo de la LOSPP que referimos (que señalaba que los partidos políticos y otros grupos, están en la obligación de incluir al menos un 30% de mujeres en sus listas de postulación para todos los cargos de los cuerpos deliberantes), está en consonancia con el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) que declara la igualdad de todas las personas y proscribe la discriminación con fundamento en la raza, sexo, credo o condición social que pudiera anular o menoscabar sus libertades y derechos. También prevé protección para los grupos vulnerables como sanción por su incumplimiento.

 

Paradójicamente, en la proximidad de las Megaelecciones del año 2000, el propio argumento del artículo 21 de la reciente CRBV fue utilizado en contra de las mujeres a través de la Resolución  transitoria N° 000321-544 del Consejo Nacional Electoral (CNE) para suprimir la aplicación del  artículo en cuestión y desconocer así su vigencia; lo que es juzgado como una decisión inconstitucional con unas consecuencias que desvanecen la conquista en favor de la igualdad y de la no discriminación. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia recibió demanda de nulidad interpuesta por la experta feminista Sonia Sgambatti, que como era de esperarse, no prosperó por ser declarada improcedente, lo que ratificó la validez de la acción del CNE y desconoció el rango constitucional de las medidas de acción positiva, como reseña Evangelina García Prince (2014).

 

En 2005 y 2008 se impulsaron desde el CNE resoluciones  que establecieron la paridad y la alternancia para la postulación de candidatos y candidatas en el marco de elecciones específicas pero tuvieron como principal debilidad el hecho de no establecer sanciones de incumplimiento, por lo que en la práctica se quedaron, como expresa Aponte Élida (2015), en simples exhortos de buen comportamiento para los partidos políticos, que finalmente no aplicaron la norma.

 

En junio de 2009, en el marco del debate del Proyecto de Ley de Procesos Electorales en la Asamblea Nacional, fueron presentadas a la Comisión de Participación Política, por parte de la Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad, unas recomendaciones de forma y de fondo, para que se incluyera la paridad de género como obligatoria y la alternabilidad para cargos de elección popular en todos los niveles de gobierno, cargos de dirección en organizaciones políticas, partidos, sindicatos y gremios. Fue aprobado como anteproyecto en la primera discusión, pero finalmente no se le dio continuidad y la nueva Ley (LOSPE) erradicó la posibilidad de paridad con lo que “…las mujeres ocuparán posiciones de base o intermedias, sin acceso a las posiciones más elevadas de la pirámide”. (Madriz, 2012: 323).

 

Como otra evidencia de la desigualdad en el goce de los derechos políticos de las mujeres venezolanas, Beatriz Llanos y Vivian Roza (2015), reseñan que Venezuela junto a Guatemala son los únicos países de la región que carecen de una legislación que garantice la presencia de mujeres en las listas para cargos de elección, por lo que el derecho a la participación plena y a la igualdad de género –entendida como empoderamiento en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas- se ve severamente limitado por prácticas sociales de desigualdad y discriminación que alejan la paridad de los espacios de poder.

 

 

  1. Otra forma de Violencia

 

Como antes expusimos, Venezuela ha suscrito tratados y pactos internacionales sobre la materia como la CEDAW y el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) de 1994. Mientras, las mujeres activistas en América Latina y el Caribe habían identificado y denunciado esta forma de violencia como crimen electoral[2]. En el 2015 la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) advertía sobre la mayor visibilización de este fenómeno pareado al escalamiento de posiciones de las mujeres y sobre la tolerancia e irrelevancia de la sociedad como una importante traba para la elaboración y aplicación de políticas específicas.

 

Es en 2016 con la creación la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres (LMIVPM) que la violencia política contra las mujeres es incorporada en la lista de delitos en nuestros marcos legales en un contexto de convención con la pretensión de orientar a los Estados para legislar, proteger y garantizar el ejercicio de sus derechos políticos y cuando. En su artículo 3 la violencia política  se define como:

 

cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o a varias mujeres, y que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, sexual, psicológica, moral, económica o simbólica. (2016)

A pesar de que en nuestro país la Violencia Política contra las Mujeres no está tipificada como delito, es oportuna la tarea de difundir su contenido e impulsar acciones que obliguen a los Estados Partes de la Convención a honrar sus compromisos, como señala Amnistía Internacional (2018).

 

En esta ley pueden distinguirse faltas graves, faltas gravísimas y delitos propiamente[3], que van desde las agresiones y la intimidación a los femicidios/feminicidios. No obstante su espectro de acción debe mantenerse flexible tal y como la realidad social de nuestra región exige, en especial si consideramos que la participación política de las mujeres rebasa la mera militancia en un partido político. Hay que referirse también a las que participan en movimientos sociales “…militantes de base, simpatizantes de un partido o idea política, manifestantes de diferentes tipos de demandas sociales y políticas, luchadoras y dirigentes comunitarias y de derechos humanos”, como bien reseña el Informe Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela (2018, p. 21), así como a quienes se encuentran en medio de conflictos armados, en las operaciones paramilitares, en las acciones terroristas, en los enfrentamientos por territorios. Igual ocurre con las que afrontan la represión del Estado en protestas y manifestaciones violentas, entre otras.

 

En otro sentido, la LMIVPM agrega el carácter paritario en la participación de las mujeres en la formulación y dirección de las políticas públicas, en la ocupación de cargos (por elección y por designación) y en todo el ejercicio de la función pública que se expresa así:

 

Se considera que la paridad de mujeres y hombres en la vida pública y política implica adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso paritario a todos los espacios de la vida pública y a todas las instituciones del Estado, particularmente a los cargos de gobierno, desde el plano internacional al plano local; así como para asegurar condiciones igualitarias, libres de discriminación y violencia, en el ejercicio de los derechos políticos. (pág. 14, art. 3)

 

Karina Batthyany <kbatthyany@clacso.edu.ar>

 

Según lo establecido en la CRBV (1999), en lo tocante a los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes en el artículo 19, se entiende que el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.

 

Entender el principio de no discriminación deja ver que su objeto es garantizar la igualdad de trato entre los individuos cualquiera sea su nacionalidad, sexo, raza u origen étnico, su religión o sus creencias y edad. El mismo se encuentra establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOSDMVLV) y cuenta con la protección de los siguientes derechos: el derecho a la vida, la protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual y jurídica de las mujeres objeto de violencia, en los ámbitos públicos y privados. Esta ley como la Ley de igualdad de oportunidades para la mujer de 1999 en su artículo 1 establece la regulación del ejercicio de los derechos y garantías necesarias para lograr la igualdad de oportunidades para la mujer, con fundamento en la CEDAW,  lo que puede ser un buen argumento para regresar al debate público la paridad.

 

 

  1. Rasgos de la violencia política contra las mujeres

 

Entendemos que todos los tipos de violencia dirigidos hacia las mujeres son en sí mismos un ejercicio de poder y representan siempre una expresión de escarmiento con el fin de disciplinarlas, y que por cierto, también procura someter a los hombres que se resisten a la masculinidad normativa. No sorprende por ello que la violencia política figure como un escollo determinante para las mujeres en su intento por alcanzar sus demandas y que, en opinión de María Rojas Valverde (2012), presente una composición de índole tan disímil como perversa que se expresa cotidianamente con acciones que van desde el acoso u hostigamiento hasta derivar en femicidio.

 

A nuestro juicio se trata de una violencia muy específica que reúne ciertos rasgos que le son comunes. El primero de ellos se corresponde con el mecanismo descrito décadas atrás como una invariante estructural por Celia Amorós (1990), este consiste en la asignación y jerarquización simbólica de los espacios en nuestras sociedades como público y privado en el que la política antagoniza con el espacio privado representado en el hogar que, históricamente se asignó a las mujeres al concebirlas como sujetos reproductores. Ello ha justificado el dominio masculino en los espacios de poder y ha servido de imagen modélica y sostén estereotipador para mantener a las mujeres lejos de lo público.

 

De allí que las mujeres que deciden participar activamente en política desafían con su sola presencia toda una tradición patriarcal y sexista, lo que a su vez las expone a condiciones de violencia que, eventualmente, propician la agresión en función de comunicarles que ocupan un lugar que les es ajeno. Esta creencia, resulta suficiente argumento para quienes actúan como agresores por considerar que la incursión de las mujeres en el espacio político es una verdadera intromisión territorial. Por ello se las presiona a que renuncien a hacer vida política, (militancia, trabajo comunitario, o ejercicio de cargos, por igual) y regresen al que sería “su lugar” social.

 

En estrecha relación, se identifica un segundo rasgo de clara especificidad en cuanto al propósito de las acciones violentas que, en síntesis Mona Krook y Julia Restrepo Sanín (2016), se orienta a: “acortar, suspender, impedir o restringir el ejercicio de la posición política de la mujer o inducir a una mujer a hacer (o no hacer) algo relacionado con su mandato político contra su voluntad.” (p: 465). Desde la perspectiva de las autoras, es pertinente destacar que no debe asimilarse ésta con la generalización de violencia contra los políticos o violencia social vivida por quienes se encuentran en ejercicio de cargos públicos en América Latina, como le discuten a Jennifer Piscopo (2016); pues la intención de la primera forma de agresión es precisamente, enviar un claro mensaje de escarmiento a la sociedad y a las mujeres: no hay lugar para ellas en la política.

 

Como tercero, habría que referir el escarnio. Este suele presentarse como difamación e injuria, con el fin de atormentar no solamente a la mujer a quien se dirige, sino también a su grupo familiar; lo que según el informe de María de los Ángeles Cruz (2016), las hace más propensas a dimitir en el caso de tener hijos/as, como última estrategia para su protección.

 

Ya en el informe elaborado por la Comisión para la Verdad la Justicia, la Paz y la Tranquilidad Pública, Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela…(2018) se reportaban cinco importante formas de violencia que van desde las desiguales condiciones de las mujeres para incorporarse a la participación política; transitan el acoso, hostigamiento y escarnio, se intensifica con el aumento de víctimas heridas y lesionadas, hasta  desencadenar en heridas graves y el  femicidio a lideresas comunitarias. Allí se ilustra el escarnio al que se sometió a mujeres con responsabilidades políticas[4] y cómo se persigue la descalificación de las víctimas con estrategias que

 

…frecuentemente se apoyan en argumentos vinculados con su sexualidad como un flanco favorable para minar la credibilidad de las mujeres y se combina por lo general con la ridiculización de sus ideas como argucia para someterlas al escarnio público y finalmente  obligarlas a renunciar a sus aspiraciones. (2018: 4).

 

En los años 2013, 2014 y 2017, luego de los disturbios callejeros, creció la cantidad de manifestantes muertas en las propias circunstancias que creó la violencia, (decesos en las barricadas o en colisiones contra las guayas), con el agravante de que estas muertes “… se caracterizan por un creciente grado de virulencia y saña.” (p: 5). Esto contrasta con los seis años previos que van desde 2005 a 2011, en los cuales no se registraron víctimas de violencia política y, con lo ocurrido durante el golpe de estado o disturbios de los años 2002 al 2005 en que las víctimas femeninas de violencia oscilaron apenas entre 6% y 10% de los casos.

 

Otra importante aseveración de ese documento es que “La violencia contra las mujeres en número de víctimas fatales y heridas ha venido aumentando durante el período 1999-2017, producto del aumento de la violencia política en general, y también de la mayor virulencia y agresividad de la misma.” (p.5). Puede leerse que se contaban hasta Junio 2017 con 44 femicidios y 105 víctimas heridas y lesionadas por esta causa durante los últimos 18 años.

 

Pero lo que nos resulta alarmante es que entre 2017 y 2015, la violencia política se haya orientado sistemáticamente al femicidio de lideresas comunitarias y que esta

 

… fue dirigida especialmente a mujeres que luchan por sus derechos en la vida cotidiana, son crímenes de odio fundamentados en motivos sexuales, de poder y de discriminación. Es importante no verlos como hechos aislados sino dentro del patrón de violencia contra las mujeres. Un aspecto muy claro es el de la indefensión; no solamente la mayoría de estos asesinatos están impunes, sino que se producen contra mujeres que están en graves situaciones de vulnerabilidad y precariedad. (p. 89)

Como en toda América Latina y el Caribe, en Venezuela existe un marco legal que tipifica múltiples formas de violencia contra las mujeres[5]; no obstante como ya expresamos, no existe uno referido específicamente a la violencia política a pesar de que sus expresiones se han incrementado en los últimos años. Tan arraigada está en el imaginario colectivo la idea de que las mujeres que hacen vida política son merecedoras de la violencia porque usurpan espacios destinados exclusivamente a los hombres que, a nuestro juicio, no es lo suficientemente condenada por la sociedad y por tanto se dificulta su prevención y erradicación, así como la necesaria investigación, sanción y reparación.

 

A grandes rasgos puede afirmarse que en nuestro país en materia de reconocimiento de derechos humanos y especialmente de los derechos de las mujeres a vivir sin violencia, se han producido avances relevantes en los últimos veinte años y aunque han aportado considerablemente a las políticas públicas, no han sido suficientes. Al respecto hay que insistir en que el contexto cultural sigue siendo una gran limitación para la consolidación de los derechos de las mujeres; no solo por los prejuicios y estereotipos albergados en la población en general sino especialmente por los de los grupos políticos con poder de decisión y del funcionariado adscrito a las instituciones encargadas de legislar, de atender los casos en las instancias judiciales y policiales, así como del trato y la mediación comunicacional que ha prevalecido apegado a los estereotipos tradicionales. Esta percepción del asunto es fundamental para contextualizar la posible eficacia y eficiencia de la administración de justicia pues nos mantiene, según nuestro juicio, en un rezago institucional (legislativo, judicial y hasta mediático) que se ha instaurado en el sentido común venezolano.

 

 

  1. Algunos nudos conclusivos

 

La pobre representación de las mujeres en los espacios de poder político es obvia cuando observamos la mínima presencia de mujeres en la  conformación de la directiva de los partidos políticos y otras organizaciones con fines políticos. Creemos que en nuestro país  no existe voluntad política entre nuestros gobernantes para decidir favorablemente por una institucionalidad plenamente participativa y con sentido de género. Culturalmente quienes legislan (Asamblea Nacional y Asamblea Nacional Constituyente), están muy lejos de considerar los marcos legales y acuerdos internacionales que el Estado ha suscrito o ratificado. De ello puede concluirse que, a pesar de la existencia de leyes con perspectiva de género y favorables a la justicialidad, la misma no se concreta, lo que permite el aumento de la brecha en cuanto a participación política y la paridad.

 

Ese reconocimiento de derechos es lo que desplazará el horizonte de suficiencia de las Políticas Públicas en todos los ámbitos, siempre en búsqueda de una tendencia de mayor amplitud que rebase la sola igualdad de oportunidades y las inaplazables acciones positivas que, hasta ahora, distan de ser garantías de equilibrio o equidad en una sociedad de profundas desigualdades, pero que sin duda se constituyen en medidas reparatorias o en compensaciones necesarias.

Por otro lado hay que destacar como evidente que existen consecuencias diferenciadas para hombres y mujeres en tanto víctimas de la violencia política, si bien para ambos se vulneran los derechos civiles y políticos (DCP) así como los económicos, sociales y culturales (DESC); no obstante, cuando esta ocurre a una mujer se está en presencia de un acto de función meramente disciplinadora que recalca la jerarquía del hombre en la sociedad patriarcal y genera escarmiento para ella, a la vez para todas las mujeres. Aunque entendemos que las políticas públicas siempre estarán rezagadas con respecto a las posibles conquistas de las mujeres, consideramos que es muy poco lo que se ha hecho en el país para proteger a las mujeres que hacen política o para garantizar medidas positivas; lo que acentúa la necesidad de su creación en un tiempo perentorio.

Como expresión de la dominación, la violencia política además instala un mensaje que penaliza la osadía de haber ocupado un lugar con tradición de reconocimiento público, casi siempre pareado al goce de privilegios adquiridos; un espacio para el sujeto con voz, no subalternizado que exhibe como logro la sustracción de un curul que, culturalmente, debería ocupar un hombre por el solo hecho de serlo. Finalmente consideramos que este tipo específico de violencia representa un importante desafío a la democracia, a los derechos humanos y a la igualdad de género puesto que ninguna sociedad puede aspirar a plenitud su ejercicio sin garantizar la participación política de las mujeres.

 

 

 

Bibliografía

 

Amorós, Celia (1990) Mujer. Participación, cultura política y Estado. Cuadernos

Mujer Hoy. Buenos Aires: Ediciones de la Flor

AMINISTÍA INTERNACIONAL (2018): Latinoamérica: Leyes contra la Violencia

Política hacia la Mujer. El próximo paso a la paridad.

https://www.amnistia.org/ve/blog/2018/04/5876/leyes-contra-la-violencia-politica-el-proximo-paso-hacia-la-paridad

Aponte, Elida (2012) La violencia contra las mujeres en Venezuela: la respuesta

institucional. Revista Europea de Derechos Fundamentales. No.19. (319-343).

CEDAW. Naciones Unidas (2006). Convención sobre la eliminación de todas las

formas de discriminación contra la mujer. Observaciones CEDAW-Venezuela.

Disponible: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm

COMISIÓN PARA LA VERDAD, LA JUSTICIA, LA PAZ Y LA TRANQUILIDAD

PÚBLICA (2018). Informe de la Comisión para la Verdad: Violencia y acoso político contra las mujeres en Venezuela en el período 1999-2017. Inédito. Caracas, Venezuela.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

(1999). Asamblea Nacional constituyente. Talleres gráficos del Congreso de la República.

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y

ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. Convención Belém do Pará (1994). Disponible:

www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=bibilioteca/pdf/0029. Consultado

Krook, Mona; Restrepo Sanín, Juliana (2016). Violencia contra las mujeres en política. En

defensa del concepto. Política y Gobierno, XXIII, (2), pp. 459-490. Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C. Distrito Federal, México. [Fecha de consulta: 15 de Marzo de 2019] Disponible en:

http://www.scielo.org.mx/pdf/pyg/v23n2/1665-2037-pyg-23-02-00459.pdf

Llanos Beatriz y Roza Vivian (2015): Partidos políticos y paridad: un desafío de la

democracia en américa latina. BID e IDEA Internacional.

LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA

LIBRE DE VIOLENCIA.

http://www.minmujer.gob.ve/?q=descargas/leyes/ley-organica-sobre-el-derechos-de-las-mujeres-una-vida-libre-de-violencia)

Madriz, Jhannett (2012): Visibilización de la mujer en la República Bolivariana de

Venezuela. Revista de Derecho Electoral, Nº. 13

http://www.iidh.ed.cr/multic/userfiles/capel/ii_encuentro_magistradas/pdf/ponencias/Panel%20IV%20Jhannet%20Madriz-Venezuela-12.pdf

Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres

por razones de género (feminicidio/femicidio).(2014):  Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Oficina Regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe.

Disponible en: https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Women/WRGS/ProtocoloLatinoamericanoDeInvestigacion.pdf

OEA – Comisión Interamericana de Mujeres. (2015) Declaración sobre violencia política y acoso contra las mujeres. Lima, Perú.

OEA-MESECVI (2017) Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Disponible en: http://blog.pucp.edu.pe/blog/fernandotuesta/wp-content/uploads/sites/945/2017/05/Ley-modelo-Violencia-contra-Mujer.pdf

ONU: Estereotipos de género.

Disponible en: https://www.ohchr.org/EN/Issues/Women/WRGS/Pages/GenderStereotypes.aspx

Piscopo, Jennifer (2016), “Capacidad estatal, justicia criminal y derechos políticos:

Nueva mirada al debate sobre la violencia contra las mujeres en política”,

Política y Gobierno, XXII, (2), pp. 471-492.  Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C. Distrito Federal, México. [Fecha de consulta: 15 de Marzo de 2019] Disponible en:

http://www.scielo.org.mx/pdf/pyg/v23n2/1665-2037-pyg-23-02-00437.pdf

Rojas Valverde, María E. (2012): Acoso y  Violencia Política en Contra de Mujeres

Autoridades Públicas electas en os gobiernos locales municipales en Bolivia. ONU Mujeres, ACOBOL, AECID. La Paz. [Fecha de consulta: 09 de Diciembre de 2017]

Disponible en: http://www.bivica.org/upload/acoso-violencia-politica.pdf

[1] *Conferencia presentada en la “CONCERTACIÓN FEMINISTA”. Evento del Proyecto Organizaciones de Mujeres Venezolanas comprometidas con la Igualdad de Género como pieza clave para el desarrollo del país.  AVESA y Aliadas en Cadena, con el financiamiento de la Unión Europea y en alianza con la Maestría de Estudios de la Mujer de la UCV y la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FACES) UCV.

Caracas del 25 al 27 de noviembre de 2019.

[2] El año pasado (2018) en el Poder Ejecutivo fueron creadas siete vicepresidencias ejecutivas de acuerdo a algunas áreas: economía, planificación, desarrollo social, soberanía política, seguridad y paz, comunicación y cultura, desarrollo del socialismo territorial, y obras y servicios públicos. Todas están a cargo de varones a excepción de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República que está a cargo de una mujer: Delcy Rodríguez. El gabinete ministerial del Presidente Nicolás Maduro está conformado por 30 carteras ministeriales y un Ministerio de Estado. Sólo 13,3%12 de los ministerios están encabezados por mujeres ministras (Turismo, Servicios Penitenciarios, Mujer e Igualdad de Género y Pueblos Indígenas). El Ministerio de Estado para la Nueva Frontera de Paz también está encabezado por un varón.

[3] En el año 2012, con la aprobación de la Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres de Bolivia, se sienta el que consideramos el más importante antecedente regional en materia de violencia política. Para ello fue clave esfuerzo realizado por activistas y organizaciones sociales del Estado Plurinacional de Bolivia que denunciaron en una larga campaña el acoso y hostigamiento de la concejala Juana Quispe, que irremediablemente terminó en femicidio.

[4] Entre estos últimos se encuentran las agresiones físicas y sexuales, el acoso sexual, la intimidación, la restricción del derecho al voto, la difamación o calumnia, la amenaza o intimidación a la familia, la agresión, la intimidación y la criminalización a las defensoras de derechos humanos y por supuesto, los femicidios/feminicidios.

[5] Entre los casos abordó este estudio se encuentran las agresiones a Tibisay Lucena (Presidenta del Consejo Nacional Electoral), Gabriela Ramírez (Defensora de Pueblo), Delcy Rodríguez (Canciller de la República y recientemente Vicepresidenta Ejecutiva) y Lilian Tintori (líder y militante del partido Voluntad Popular, conocida por ser la esposa de Leopoldo López, dirigente de Voluntad Popular, privado de libertad).

[5] La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOSDMVLV), parcialmente reformada en 2014, es el instrumento legal más completo del que disponemos en nuestro país para afrontar la violencia de género, allí se tipifican 19 de sus formas.

Fuente: *Conferencia presentada en la “CONCERTACIÓN FEMINISTA”. Evento del Proyecto Organizaciones de Mujeres Venezolanas comprometidas con la Igualdad de Género como pieza clave para el desarrollo del país.

 

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Una mirada a la eficacia y eficiencia en la administración de justicia ante la violencia de género en Venezuela

Por: Dra. Mitzy Flores.

 

En los últimos años la tensión política y las dificultades económicas se han agudizado en Venezuela, lo que ha propiciado un repunte de los problemas que nos tocan directamente a las mujeres, como es el caso de la violencia, señalado así en el informe CEPAZ (2017). A pesar de los avances que se han producido en nuestro país en los últimos quince años en materia de reconocimiento de derechos humanos y en especial a los de las mujeres a vivir una vida sin violencia, es común que las instituciones y autoridades vinculadas a esta problemática, declaren como como fin último el alcance de la igualdad formal entre hombres y mujeres y que se obvie el reconocimiento de la desigualdad y la discriminación estructural como problemas que impiden a las mujeres alcanzar la plena vigencia de sus derechos humanos. Esto es fundamental para contextualizar la posible eficacia y eficiencia de la administración de justicia pues nos mantiene, según nuestro juicio, en un rezago institucional (legislativo, judicial y hasta mediático) que se ha instaurado en el sentido común.

 

Cierto es que los avances han aportado considerablemente a las políticas públicas, aunque no lo suficiente; al respecto hay que insistir en que el marco cultural sigue siendo sin duda una gran limitación para la consolidación de los derechos de las mujeres. Ello no solo por los prejuicios y estereotipos albergados en la población en general, sino especialmente en el funcionariado adscrito a las instituciones encargadas de legislar, de atender los casos en las instancias judiciales y policiales, así como del trato y la mediación comunicacional que ha prevalecido apegado a los estereotipos tradicionales.

 

Aunque nuestro país ha suscrito tratados, pactos y convenciones internacionales sobre la materia, como la Convención Interamericana sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación hacia la Mujer (CEDAW) y el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, entre otros, (lo que hace que su articulado tenga rango constitucional en nuestro país, según lo señala el artículo 23 de la carta magna), podemos identificar como problema la falta de la debida diligencia para prevenir la violación de los derechos o para tratarla en los términos que estas Convenciones plantean; lo que acarrea responsabilidad directa del Estado como quedó establecido desde 1992, por el propio Comité de la CEDAW; mismo que en su artículo 5 (a) establece como obligación:

 

modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres.

 

En este sentido, queda claro que el deber de prevención incluye la obligación de transformar los estereotipos de género, como puede leerse en la misma norma, artículo 2(f) y que es referido por el Modelo de Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género  (en adelante MPLA) con intención de dinamizar las legislaciones de los Estados para que adopten “todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer” (MPLA; s/f. pag 39).

 

Otro importante escollo que identificamos es la persistente creencia de que atender a mujeres víctimas de violencia de género supone tratar un asunto doméstico que seguramente se resolverá de manera “natural” con la dinámica de la propia pareja y que, por tanto, es una pérdida de tiempo que involucra a las autoridades receptoras de la denuncia en asuntos “menores” en lugar de dedicar su tiempo a otras situaciones que considerarían más importantes. Así que, es frecuente que se cuestione la credibilidad del testimonio de la víctima, no se tome en serio e incluso se intenten mecanismos de conciliación como alternativas de resolución de un “supuesto” episodio de violencia; lo que, como sabemos agrava el riesgo de femicidio. De manera análoga, esta realidad es reflejada en cita del informe de la CIDH-OEA (2015) para el caso de personas LGBTI a quienes se les rechaza la denuncia de entrada “…y con frecuencia reciben malos tratos, abusos sexuales, hostigamientos o incluso son atacadas físicamente por oficiales de la policía y otros agentes estatales.”  (:261).

 

Tan arraigada está en el imaginario colectivo la idea de que la violencia contra las mujeres en el espacio doméstico debe resolverse como un asunto de pareja en la intimidad, como que las mujeres que hacen vida política, son merecedoras de la violencia porque usurpan espacios destinados exclusivamente a los hombres.  Por tanto, esta, entre otras formas de violencia no se condenada socialmente, por lo que se dificulta su prevención y erradicación, así como la investigación, sanción y reparación.

 

Sobre esta particular forma de violencia, hay que advertir que no está tipificada en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOSDMVLV), -parcialmente reformada en 2014- e instrumento legal más completo del que disponemos en nuestro país para afrontar la violencia de género.

 

En el informe elaborado por la Comisión para la Verdad la Justicia, la Paz y la Tranquilidad Pública (2017), Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela en el período 1999-2017) se reporta que: “La violencia contra las mujeres en número de víctimas fatales y heridas ha venido aumentando durante el período 1999-2017, producto del aumento de la violencia política en general, y también de la mayor virulencia y agresividad de la misma.” (p.5). Puede leerse también que se cuentan 44 femicidios y 105 víctimas heridas y lesionadas por esta causa durante los últimos 18 años  estos y que la violencia:

… fue dirigida especialmente a mujeres líderes comunitarias y mujeres que luchan por sus derechos en la vida cotidiana, son crímenes de odio fundamentados en motivos sexuales, de poder y de discriminación. Es importante no verlos como hechos aislados sino dentro del patrón de violencia contra las mujeres. Un aspecto muy claro es el de la indefensión, no solamente la mayoría de estos asesinatos están impunes, sino que se producen contra mujeres que están en graves situaciones de vulnerabilidad y precariedad, pero que aún en esas circunstancias han sido capaces de sobreponerse y realizar una tarea que las hace visibles y le da sentido a su existencia. En estas muertes se entrecruzan las desigualdades de género y clase. (p. 89)

A ello hay que agregar, como expone Aponte Élida (2014), que en lugar de observar el fortalecimiento de la eficacia de la ley, lo que podemos deducir es que algunos criterios fiscales y judiciales se debilitan, aparece la inobservancia y vaciamiento de los principios que la informan. Por ello no sorprende que la impunidad ronde el 94 %  en este tipo de delitos. Adicionalmente, las mujeres no sólo no reciben asistencia y acompañamiento por parte del Estado, sino que además son escasas las ONG y otros grupos organizaciones autofinanciados los que se encargan de hacerlo contra la reacción objetora de los mismos órganos encargados de la aplicación de la ley; como comenta nuestra autora al cerrar.

 

Para las manifestaciones de violencia antes descritas se entiende que se permean las subjetividades de quienes participan en el equipo encargado de la administración de justicia así como de la opinión pública y su complejo proceso de creación y comunicación de lo que consideran “la verdad” de los acontecimientos. De allí que, como expresa el  MPLA, siguiendo a Turvey (1999), termine por imponerse la moral personal de quienes investigan, así como la apatía, en el caso de la violencia doméstica, o la justificación para la violencia política en contra de las mujeres: para la primera de estas formas, la víctima termina por ser envilecida y para la segunda, deificada como propone nuestro autor, con indeseables consecuencias para ambos casos.

 

De este modo es lógico que la jurisprudencia internacional haya señalado que la aplicación injustificada de estereotipos de género en la administración de justicia, ha afectado severamente a mujeres y niñas. Ello nos permite afirmar sin duda que las agresiones son el producto de los prejuicios machistas y patriarcales que imperan en nuestra sociedad.

 

2.-Tres medidas concretas

 

  1. a) Legislativa:

Visto que Venezuela es uno de los pocos Estados en donde la violencia política contra las mujeres no está tipificada como delito, proponemos que se incorpore la violencia política como delito tipificado en la LOSDMVLV, en el entendido de que en el año 2016, la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) junto al Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) crearon la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres, la cual pretende ser una guía para que los Estados legislen, protejan y garanticen el ejercicio de sus derechos políticos. Se reconoció que la violencia política que se ejerce contra las mujeres constituye una grave violación de sus derechos humanos y es una amenaza principal para la democracia.

 

  1. b) Institucional:

Sabemos que las prácticas sociales se construyen y constituyen con la acción de quienes vivimos en sociedad. En Venezuela, ciertamente la institucionalidad es considerada como débil, por lo que es muy difícil legitimar las acciones de las principales instituciones que conforman el Estado. No obstante, creemos que hay de alguna manera, consenso en que cumplir las leyes fortalece la democracia, justicializar los crímenes de violencia contra las mujeres y niñas ayudará a disminuirlos, formar en todos los contextos permitirá transformar nuestras actitudes frente a la violencia, etc.  Así que tomar parte como activistas, docentes, en fin, como ciudadanas/os siempre aporta a la reconstrucción de alguna institucionalidad.

 

  1. c) Comunicacional:

Con miras a erradicar los estereotipos contra la mujer, la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (LRSRT) ha establecido, entre otros, la necesidad de promover valores éticos orientados a disminuir la discriminación y la subordinación a las que han estado sometidas las mujeres, suprimiendo las imágenes estereotipadas y violentas contra la mujer,

respetando el horario establecido e incluyendo programas educativos con perspectiva de género. No obstante, como ocurre con otras leyes tan bien concebidas como escritas, éstas han terminado cediendo terreno a una cotidianidad que legitima los estereotipos en los que el cuerpo de las mujeres es solo mercancía.

 

Por otro lado, en afirmación de Aponte Élida (2014): Las mismas mujeres no se han apropiado masivamente ni de la Constitución ni del resto del ordenamiento jurídico aplicable, por la falta de una campaña de concientización que el Estado debe llevar adelante y por esa domesticación a la cual han sido sometidas por generaciones.

 

Así como es menester aportar a la educación de las mujeres en cualquiera de los ambientes en que hace vida, también interesa crear conciencia en los niveles decisorios pues la idea de neutralidad que reviste el discurso de los derechos, forma un criterio técnico que nos resulta al menos irracional al negar el contexto androcéntrico en el que se concibieron las normas y leyes. Todo en la esperanza de la reparación como estrategia remedial que es siempre un aliciente y una señal de compromiso de los Estados, así como la de asignación de responsabilidades.

 

Referencias

 

Aponte Sánchez Élida (2014): La violencia contra las mujeres y la ciudadanía. El caso venezolano. Caravelle. Touluse. (p. 39-63) https://journals.openedition.org/caravelle/740

 

Estereotipos de género. ONU: https://www.ohchr.org/EN/Issues/Women/WRGS/Pages/GenderStereotypes.aspx

Informe CEPAZ https://cepaz.org.ve/wp-content/uploads/2018/11/Mujeres-al-limite.pdf

 

Informe de la CIDH-OEA (2015). Violencia contra personas LGBTI. www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf

 

Informe Violencia y Acoso Político contra las Mujeres en Venezuela en el período 1999-

2017). Comisión para la Verdad la Justicia, la Paz y la Tranquilidad Pública (2017).

 

Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres

por razones de género. (s/f).

 

https://observatoriodeviolencia.org.ve/informe-ovv-de-violencia-2017/

 

Turvey, B. E. (1999). Criminal profiling: An introduction to behavioral evidence analysis. San Diego, CA, US: Academic Press

 

http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/SITUACIONDELOSDERECHOSHUMANOSDELASMUJERESENVENEZUELA.docEPU1.doc.pdf

 

Fuente: OVE.

 

 

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