A quand une éducation sérieuse en sciences cognitives en France

Francia/Noviembre de 2017/Fuente: Le Monde

Resumen: La reciente controversia sobre la presencia o ausencia de tabaco en las películas nos ha recordado: los ciudadanos son blanco de múltiples estrategias de influencia de actores privados y públicos. Estos utilizan las palancas de las ciencias del comportamiento para crear o fomentar la búsqueda de conductas adictivas. Pero estos amenazan la salud física y mental de los usuarios y complican las políticas de salud pública, como las basadas en la prevención.
Si el conocimiento de los fundamentos de la cognición humana tiene un interés colectivo positivo pero es éticamente perturbador, también tiene un interés individual, permitiendo que el ciudadano iniciado se proteja de las influencias de las que es objetivo y controle mejor su vida.

La récente polémique sur la présence ou non du tabac dans les films l’a rappelé : les citoyens sont la cible de multiples stratégies d’influence des acteurs privés et publics. Ceux-ci utilisent les leviers des sciences du comportement pour créer ou encourager la poursuite de comportements addictifs. Or ceux-ci menacent la santé physique et mentale des usagers et compliquent les politiques de santé publique, comme celles basées sur la prévention.

Si la connaissance des fondamentaux de la cognition humaine présente un intérêt collectif positif mais inquiétant éthiquement, elle présente également un intérêt individuel, en permettant au citoyen initié de se prémunir contre les influences dont il est la cible et de mieux maîtriser sa vie.

Les sciences du comportement offrent aujourd’hui les véritables clés de l’influence

Tout le monde cherche à influencer le comportement d’autrui : un parent qui apprend la politesse à son enfant, une entreprise qui souhaite inciter à consommer son produit, un gouvernement qui veut inciter à l’épargne. Les individus disposent partout dans le monde de connaissances empiriques et partielles des stratégies d’influence du comportement, du simple magicien de rue aux plus grands stratèges. Dans L’Art de la guerre, partant du principe que « ce qui est familier n’attire pas l’attention », Sun Tzu établit que « provoquer insensiblement le changement est préférable à l’annoncer ». Il suggérait qu’il était préférable de « cacher dans la lumière », car il est plus facile de dissimuler là où on s’y attend le moins.

Mais les sciences du comportement, en théorisant ces phénomènes, offrent aujourd’hui les véritables clés de l’influence. Par exemple, les sciences cognitives ont largement étudié le phénomène de cécité attentionnelle, cette faille cognitive qui peut être exploitée lorsqu’on agence des produits en rayon ou lorsqu’on formate un choix entre plusieurs options.

Fuente: http://www.lemonde.fr/idees/article/2017/11/27/a-quand-une-education-serieuse-en-sciences-cognitives-en-france_5220753_3232.html

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Los vicios de la reforma educativa.

¿Cómo pregonar una reforma educativa que pisotea los derechos de los docentes en todo el país?

Por: Manuel Fuentes.

El proceso de selección para la evaluación magisterial en todo el país, a propósito de la mal reforma educativa, sigue llena de vicios. La Secretaría de Educación Federal ordena a los gobiernos de los estados que inicien el proceso de evaluación, pero éstos no atinan en respetar los derechos básicos de los docentes.

Los procesos de notificación que se llevan a cabo son totalmente ilegales. Les avisan por medio de correo electrónico, a pesar de no ser un medio legal para emplazar a los maestros. El aviso es masivo sin cerciorarse de que haya llegado a los destinatarios. Esas notificaciones no están permitidas por la normatividad jurídica, porque no se tiene la aceptación del destinatario de que las notificaciones legales sean por esa vía y porque tampoco se tiene la certeza de que la persona esté debidamente enterada de ese envío.

¿Cómo puede estar obligada una persona a participar en un proceso que puede significar la pérdida de derechos si no se le avisa de manera personal y con la debida anticipación?

El artículo 16 Constitucional sigue siendo obligatorio para todas las autoridades del país, pero los gobiernos de los estados lo ignoran de manera descarada. Este ordena:

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Algunas autoridades actúan con tal desaseo que pegan unas listas en pizarrones para que allí los maestros se busquen como si fuera un sorteo de lotería. Si aparecen deben iniciar el proceso de evaluación, sin que les respeten sus derechos mínimos de notificación legal.

Lo que está ocurriendo es que los gobiernos, a instancia de la Secretaría de Educación Pública (SEP), pisotean la propia ley que da origen a la evaluación educativa. No son capaces de respetar sus propias leyes.

La norma indica que cuando un profesor es seleccionado debe dársele a conocer losperfiles, los parámetros e indicadores con base en los cuales se aplicarán los procesos de evaluación,  y notificarlos con al menos 3 meses de anticipación antes de que se inicien éstos.

Las autoridades nunca entregan estos documentos. Cuando los docentes los reclaman, les dicen que consulten la página electrónica de la SEP, que allí la busquen. Pero estos deben ser personalizados, porque cada una de las materias, niveles, especialidades y hasta lugar de desempeño tiene diferentes retos y peculiaridades.

Los perfiles educativos son características, requisitos, cualidades o aptitudes que deben desempeñar los docentes en el puesto que realizan, pero estos son específicos en cada caso y no se les dan a conocer.

Los indicadores de la evaluación que son instrumentos para fijar, por medio de unidades de medida, el grado de cumplimiento de una característica, cualidad, conocimiento, capacidad, objetivo o meta, empleado para valorar factores que se desean medir, tampoco se entregan.

Los parámetros, que son los valores para medir avances y resultados alcanzados en el cumplimiento de objetivos, metas y demás características de su ejercicio como docente, son ignorados por las autoridades.

Cada uno de estos aspectos (Perfiles, Indicadores y Parámetros) que debe señalar la autoridad, debe entregarlos al momento en que el docente es seleccionado, pero no lo hacen.

Cuando ocurren estas omisiones el docente no está obligado a iniciar los procesos de evaluación, ni tampoco está obligado a asistir a los exámenes correspondientes porque sus derechos no son respetados.

¿Cómo sancionar a una persona a la cual no se le avisó legalmente?

Existe la jurisprudencia PC.IX.C.A. J/2 A (10a.), Contradicción de Tesis 5/2015 publicada el 6 de mayo de 2016 la cual indica que en todos los procesos de evaluación se requiere previamente la citación del personal docente:

«a) las autoridades educativas y los organismos descentralizados deberán evaluar el desempeño docente; b) dicha evaluación consta de diversas etapas, pues acorde con el citado artículo 52, por lo menos deberá comprender una evaluación cada 4 años, quedando a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación establecer su periodicidad; y c) el personal docente debe someterse a la referida evaluación en la que se utilizarán los perfiles, parámetros e indicadores y los instrumentos de evaluación que para fines de permanencia sean definidos y autorizados conforme a la indicada legislación, para lo cual será citado por la autoridad educativa correspondiente; en ese sentido, para el desarrollo del proceso de evaluación educativo se requiere previamente la citación del personal docente, lo cual invariablemente marca el inicio de dicho procedimiento, el que se llevará a cabo en sus distintas etapas, según los resultados obtenidos. En virtud de lo anterior, si la Secretaría de Educación (…), ejerce unilateralmente su atribución legal de ordenar al plantel educativo correspondiente que cite a un docente al inicio del proceso de evaluación concerniente, esta citación y su notificación constituyen un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo.

Esta obligación es aplicable para todas las autoridades del país y ahora el Poder Judicial Federal ha puesto un límite a este tipo de arbitrariedades.

¿Cómo pregonar una reforma educativa que pisotea los derechos de los docentes en todo el país?

Tenemos un gobierno que da dos caras, una que pregona una reforma educativa sin demostrar avances y otra que no respeta los derechos básicos de los maestros.

Es conveniente que las autoridades federales y estatales reciban un curso básico de derechos humanos, y entiendan que los maestros no son objetos, sino personas con todos sus derechos.

Queda a los maestros defender sus derechos de manera organizada, sin sectarismos y no dejarse intimidar con la amenaza de despidos o sanciones porque estas no procederán. Al tiempo.

Fuente: https://lasillarota.com/opinion/columnas/los-vicios-de-la-reforma-educativa/160119

Imagen: http://definicion.de/wp-content/uploads/2011/08/reformaeducativa.png

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Un 20% de los niños de Panamá no están en el sistema escolar

Panamá/08 de Mayo de 2017/Panamá América

El analista político José Isabel Blandón, aseguró que estos infantes se van a engrosar las filas de las pandillas y el circulo vicioso de la pobreza.

El analista político José Isabel Blandón, aseguró que hay un 20% de niños panameños que no están dentro del sistema educativo, esto según datos ofrecidos por la Comisión de Educación.

Esta cifra alarmó al analista, quien se preguntó que a dónde van esos niños que no asisten a un aula de clases y los que se salen del sistema.

A su juicio, estos infantes se van a engrosar las filas de las pandillas y el circulo vicioso de la pobreza.

«No le abrimos a ellos el camino para incorporarse», sostuvo.

Recordó que un 35% a 40% de la población panameña vive en pobreza.

Fuente:  http://www.panamaamerica.com.pa/nacion/un-20-de-los-ninos-de-panama-no-estan-en-el-sistema-escolar-1068717

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