Perú/16 de Enero de 2017/El Peruano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 036-2017-MINEDU
Lima, 6 de enero de 2017
Vistos, el Expediente N° 0227795-2016, el Informe N° 497-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES/AME y el Informe N° 001-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 12 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, dispone que para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria; asimismo se señala que el Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales;
Que, el literal d) del artículo 8 y el literal f) del artículo 13 de la Ley, establecen que la calidad es un principio de la educación peruana que busca asegurar condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente; asimismo se señala que la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida; siendo uno de los factores para el logro de dicha calidad la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU se creó el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, disponiéndose su implementación progresiva a partir del año 2015;
Que, con Resolución Ministerial N° 387-2016-MINEDU de fecha 17 de agosto de 2016, se aprobó el listado de las instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” durante el año 2017;
Que, a través del Oficio Nº 3124-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR, el Director General (e) de la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Oficio Nº 2059-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES suscrito por la Directora de Educación Secundaria y el Informe Nº 497-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES/AME, mediante el cual se sustenta la necesidad modificar el listado compuesto por 400 instituciones educativas referido en el párrafo anterior, a fin de excluir a cuatro (04) instituciones educativas que presentan problemas de infraestructura, falta de espacios disponibles, entre otros; y en su lugar incluir a cuatro (04) instituciones educativas nuevas;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el anexo de la Resolución Ministerial 387-2016-MINEDU que aprueba el listado de las instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” durante el año 2017.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
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Ministra de Educación
1471655-1