Ninguna madre merece morir dando vida
Contar con una norma técnica que regulara la interrupción terapéutica del embarazo nos tomó casi cien años para que fuera realidad. Desde el principio del siglo XX, Costa Rica contemplaba la posibilidad de interrupción del embarazo, lo que se reafirma en el Código Penal de 1970, artículo 21, que establece la posibilidad de interrumpir un embarazo si se comprometía la vida o la salud de la madre, amparados a la excepción del delito de la pena de homicidio.
Sin embargo, dicho artículo no fue reglamentado sino hasta diciembre del 2019, por lo que muchas mujeres fueron obligadas a llevar a término embarazos incompatibles con la vida extrauterina, calificado por quienes han experimentado este proceso, como una verdadera tortura psicológica.
El Colectivo de Mujeres por Costa Rica, ante las noticias que circulan de cambiar los términos de la norma, rechazamos cualquier retroceso en materia de salud reproductiva y la negación al derecho de la madre de decidir en casos en que su salud o su vida esté en peligro.
No permitiremos que esta conquista se convierta en una bandera política. No estamos dispuestas a que nuestras vidas, nuestra salud, ni nuestros cuerpos sean moneda de cambio para alcanzar acuerdos políticos.
¡Es un derecho y así lo defenderemos!
(*) Colectivo de Mujeres por Costa Rica
Fuente: https://www.elpais.cr/2023/02/24/ninguna-madre-merece-morir-dando-vida/