Conferencia dictada en el Pre-Congreso de Investigación Universidad Nacional Experimental del Táchira 25 de Mayo de 2016
Fidias G. Arias
INTRODUCCIÓN
Tradicionalmente, son tres las funciones de la Universidad: docencia, investigación y extensión. En consecuencia, se aspira que todo profesor universitario, durante su permanencia en la Institución, cumpla en alguna medida, con las mencionadas actividades. No obstante, el perfil del docente, y específicamente, el rol del profesor universitario ha sido objeto de diversos debates.
Autores como Hattie y Marsh (1996), Casas y Stojanovic (1998) y Carvajal (2012), manifiestan su desacuerdo respecto a la dualidad de funciones. Éstos consideran que docencia e investigación son actividades independientes. Mientras que Van Dalen y Meyer (1981), Stenhouse (1984), Villarroel (1990) y Ramírez (1995), entre otros, coinciden en la necesidad de un educador que combine las labores de enseñanza e investigación. Para Van Dalen y Meyer (1981) “El maestro no podrá desempeñar de manera satisfactoria sus servicios a menos que se familiarice con la investigación” (p.24).
Específicamente en el contexto venezolano, la legislación vigente en materia de educación universitaria hace énfasis en que “la enseñanza y la investigación, así como a orientación moral y cívica que la Universidad debe impartir a sus estudiantes, están encomendadas a los miembros del personal docente y de investigación” (Ley de Universidades, 1970, Art. 83).
Con base en lo anterior, el autor considera que el profesor universitario no debe limitarse a ser un simple transmisor de conocimientos, sino que también debería generarlos y verificarlos mediante la investigación científica. Sin embargo, han surgido una serie de mitos en torno al profesor universitario y su rol como docente-investigador por lo que la presente conferencia tiene por objetivo contrastar los mitos detectados con la realidad que presenta actualmente el sector universitario en Venezuela, en cuanto a investigación se refiere.
CRITERIOS PARA SER CONSIDERADO COMO INVESTIGADOR
A nivel internacional y nacional existen criterios coincidentes para calificar a un aspirante como investigador. Algunos de estos requisitos son: – Poseer artículos de investigación publicados en Revistas Científicas Arbitradas e Indexadas. – Coordinar o participar en proyectos de investigación institucionales. – Poseer patentes registradas (en el caso de desarrollos tecnológicos). En Venezuela, el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (ONCTI) (2015), establece en el Reglamento del Programa de Estímulo a la Investigación e Innovación (PEII), los requisitos para aspirar a las categorías de investigador e innovador.
MITOS Y REALIDADES EN TORNO AL ROL DEL DOCENTE-INVESTIGADOR EN VENEZUELA
MITO 1: Poseer título de postgrado: maestría o doctorado, califica automáticamente al profesor universitario como investigador.
REALIDAD: Según el Artículo 15 de la Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Instituciones debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades, los estudios de maestría forman metodológicamente al participante para la realización de investigaciones, no obstante, ser investigador es una condición permanente y no coyuntural. Es decir, investigar no se debe hacer únicamente para la elaboración del Trabajo de Grado. Por el contrario, la labor investigativa debe ser continua y rutinaria. En cuanto a los estudios doctorales, suponen un aporte significativo y relevante mediante la Tesis Doctoral (Artículo 28 de la normativa antes mencionada). Sin embargo, la calidad de los estudios de postgrado en Venezuela es muy heterogénea, así como la calidad de las Tesis y de los Trabajos de Grado, que en muchos casos no pueden catalogarse como verdaderos trabajos de investigación. Por otra parte, la carrera de investigador no concluye con la Tesis. Se aspira que la misma o alguna parte de ésta, sea publicada al igual que otros productos de investigación generados durante el curso de doctorado.
MITO 2: El profesor universitario cumple a cabalidad con su función como investigador.
REALIDAD: Estudios realizados demuestran que la afirmación anterior poco se cumple. Aun cuando en Venezuela no existen cifras globales acerca de la producción investigativa de los profesores universitarios, si se han realizado trabajos en contextos particulares. Uno de estos estudios es el presentado por Bonalde (2013), el cual refleja que la producción científica venezolana ha descendido de manera significativa, aproximadamente en un 38%. De 1600 artículos de investigación publicados en 2008, la cifra se redujo a 1000 en 2009, cantidad similar a la de 1997.
MITO 3: El profesor universitario no puede investigar porque no recibe los recursos para dicha actividad.
REALIDAD: Excepto aquellos trabajos de campo o de laboratorio de gran alcance, que requieren traslados, costosos equipos, reactivos y permanencia en sitios lejanos al lugar de residencia, el docente universitario puede realizar investigaciones en su entorno a un costo mínimo. Hoy día la comunidad universitaria cuenta con una serie de recursos tecnológicos que facilitan la obtención de datos e información. Prueba de ello son las numerosas publicaciones científicas arbitradas de acceso abierto que están disponibles en internet. También se pueden realizar encuestas mediante el uso del correo electrónico y otras redes sociales. Pero el principal contexto de alcance inmediato para que el docente universitario realice investigaciones, es la misma universidad y el aula de clases.
MITO 4: La participación del profesor universitario en organización de eventos científicos es una actividad de investigación.
REALIDAD: Organizar un evento científico: Congreso, Simposio, o Jornadas, no es investigar. Una cosa es presentar una ponencia producto de una investigación y otra es ocuparse de la logística de un evento. Lamentablemente, en Venezuela existen programas de postgrado e incluso, post-doctorados, que acreditan o aprueban unidades de crédito con la simple organización de un encuentro de profesores universitarios. Esta concesión poco estimula la investigación y en la mayoría de los casos, sólo sirve para la reproducción del conocimiento y no para la divulgación de nuevos saberes.
MITO 5: La publicación de ensayos y artículos de revisión bibliográfica convierten al profesor universitario en investigador.
REALIDAD: Aun cuando los sistemas para calificar a un aspirante como investigador, no distinguen los tipos de publicaciones, es necesario precisar que no todos los artículos publicados en revistas arbitradas son investigaciones en sentido estricto, es decir, trabajos de indagación originales que implican descubrimientos y aportan nuevos conocimientos (sean investigaciones de campo, documentales o experimentales). En este sentido, habría que clasificar las publicaciones de los aspirantes para verificar si realmente son productos de investigación. Insistimos en que aquellos escritos que expresan sólo reflexiones del autor, así como las revisiones de la literatura o del estado del arte en una disciplina, en sentido estricto no son investigaciones, aunque sean publicaciones que contribuyan a la divulgación de conocimientos y al debate de ideas.
REFERENCIAS
Bonalde, I. (2013). Producción científica en Venezuela. Disponible en: https://nucleocdcht.files.wordpress.com/2013/10/produccic3b3ncientc3adf ica en- venezuela -ismardo-bonalde.pdf
Casas, M. y L. Stojanovic (1998). ¿Investigador y/o Docente? Informe de Investigaciones Educativas. 12, 1-2, 47-82.
Carvajal, L. (2012). Hacia una Universidad sin mitos. Disponible en: http://www.cerpe.org.ve/tl_files/Cerpe/contenido/documentos/Actualidad %20Educativa/12%20-%20Universidad%20sin%20mitos%20- %20Carvajal.pdf
Hattie, J. & Marsh, H. (1996). The relationship between research and teaching: a metaanalysis. Review of Educational Research, 66, 507-542.
Ley de Universidades (1970). Gaceta Oficial No. 1429, Extraordinario, del 8 de septiembre de 1970. Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Instituciones debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades. Gaceta Oficial n° 37.328 del 20 de noviembre de 2001.
ONCTI (2015). Reglamento del Programa de Estímulo a la Investigación e Innovación (PEII).
Ramírez, T. (1995). El rol del docente-investigador en Venezuela ¿Mito o realidad? Caracas: Instituto Pedagógico de Caracas.
Stenhouse,L. (1996). La investigación como base de la enseñanza. Madrid: Morata. Van Dalen, D. y Meyer, W. (1981). Manual de técnica de la investigación educacional. Barcelona: Paidós.
Villarroel, C. (1990). La universidad y su productividad académica. Caracas: Dolvia.
Artículo enviado por su autor a la redación de OVE
Fuente de la imagen: http://4.bp.blogspot.com/_VTg1cmccpv8/S3JA2xeon_I/AAAAAAAAADc/aiTxuDtsVbA/s1600/protocoloinvestigacion011.jpg
Estos aportes son fundamentales para el desarrollo del investigador
Soy Profesor de la Universidad de Panamá en el área de las Ciencias Contables, Cursando el Doctorado con especializacion en Contabilidad.
Considera que El libro del Dr. Fidias Arias, Proyecto de Investigación, Introducción a la Metodología Científica es sumamente un valor agregado para la educación, es un libro guia y fuente para todos lo proyecto de investigación ya que comprende todo las consultas y respuestas para la formulacion de un proyecto de investigación.