Por: Francisco Sánchez
En relación a la educación en los centros penitenciarios y en el escenario de la política educativa, esta se aborda en un contexto general, como lo es el tema penitenciario, caracterizado por muchos aspectos desde los centros motores que impulsan las políticas educativas y de prisiones como lo son el Ministerio del Poder Popular Para EL Servicio Penitenciario, el Ministerio del Poder Popular Para la Educación y Ministerio del Poder Popular Para la Educación, Ciencia y Tecnología, comprendiendo hasta los procesos legales que establece la legislación venezolana en los sectores de la sociedad históricamente excluidos, donde se ven afectados principalmente, los privados de libertad.
En el país, la justicia venezolana asumió por más de cincuenta años los centros de reclusión como instrumento para reprimir y castigar. Es así como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, partiendo de un proceso constituyente, hace especial referencia en dos aspectos innovadores en relación a la materia de Derechos Humanos, en sus Artículos 22 y 23, y al concepto desarrollado sobre el sistema penitenciario, orientado a la reinserción del individuo como prioridad ante la represión.Tomando en cuenta estas variables, no es difícil imaginar que la constitución de un sistema penitenciario humanizado en el Estado Venezolano, implique la transformación de muchas de las instituciones involucradas en la administración de justicia, para rescatar laFormación Avanzada para la población penal del Centro Penitenciario Metropolitano de la Región Capital ubicado en San Francisco de Yare solidez de dichas instituciones y gane la confianza de la ciudadanía, y de ese modo, disipar el temor que aún inspira.
A pesar que el gobierno central plantea acciones para rescatar el sistema penitenciario desde 1995, no es sino hasta los años 2005 y 2006 cuando se pretende garantizar el derecho a la educación tanto primaria, secundaria y superior, para este sector
Legalidad de la Educación en los Centros Penitenciarios, basa su premisa en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece importantes avances en materia de Derechos Humanos, en el principio de progresividad sobre las garantías y condiciones para su ejercicio; no obstante, los organismos adscritos al ente gubernamental, no han ofrecido un programa educativo y eficaz para el reo, y su reinserción en la comunidad; sin embargo, el ejecutivo nacional adelanta un programa de humanización del sistema penitenciario tomando como base estructuras técnicas diseñadas especialmente para esta población, buscando la sensibilización y fortaleciendo la humanización, con el objetivo de lograr una reinserción gradual a la sociedad de los privados de libertad, de manera que sea un plan sustentable y sostenible en el tiempo.
Se busca incentivar la atención de la población reclusa en el área cultural y educativa, estableciendo alianzas con otras instituciones y entes gubernamentales. De esta manera, y gracias al apoyo de diferentes instituciones, han sido entregadas veinticinco mil Bibliotecas Temáticas, distribuidas en los distintos centros penitenciarios del país, especialmente en los centros de la Región Central, entre ellos: el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), Internado Judicial Región Capital Rodeo I, Y II, Centro Penitenciario Región Capital Yare I, II Y III así como otras contribuciones y donaciones para el desarrollo del teatro penitenciario.
Políticas éstas, dirigidas a la protección y unión de las personas privadas de libertad, que debe ser prioridad de una Nación o Estado, las cuales deben garantizar a través de políticas públicas, el respeto de estos derechos, para de esta manera cumplir la Constitución y las leyes que mantienen compromisos internacionales en la materia, tales como:
La Declaración de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José), el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros tratos, Código para Funcionarios Encargados de Hacer cumplir la Ley (México), Normas Mínimas para el tratamiento de Reclusos (Perú), Código Penal Venezolano. De esta serie de normas, códigos y leyes, en el país la realidad penitenciaria viene dada por una serie de políticas, que tienen relación con las medidas privativas de libertad del interno, las mismas se efectúan desde un punto de vista general (Constitución, Código Penal) hasta las políticas de reinserción en la sociedad, entre las que se identifica con mayor criterio las políticas educativas en las presiones y que son enmarcadas por una política educativa de Estado, cuyo eje central parte del Ministerio del Poder Popular para la Educación y se imparten a través de las Misiones Robinson y Rivas, como políticas bandera de la Nación. De igual forma se trabaja con los programas de educación superior, sumado a las propuestas en el tema de Educación Avanzada.
Toda esta gama de servicios educativos, así como el cumplimiento de los programas de las Misiones, han logrado que las personas privadas de libertad, puedan integrarse a la sociedad, con un grado de estudio avanzado o con un determinado oficio.
Así mismo, y en virtud de los planteamientos del Criminólogo Elio Gómez Grillo (1996), se hace énfasis en la importancia primordial del proceso educativo, que logrará que el privado de libertad se reinserte en la sociedad bajo la convicción que tiene un mundo de esperanzas y triunfos, tantos personales como familiares.
Cuando entra en vigencia la Constitución de 1999 (donde el citado criminólogo participó en el proceso constituyente, con énfasis en la sección referida a los Derechos Humanos), hizo hincapié en que los penales nacionales debían ajustarse a ciertas normas internacionales, sin menoscabar el gentilicio nacional, ni mucho menos su cultura. Ese hecho quedó velado en relación al privado de libertad, no obstante en la actualidad se han obtenido logros a nivel educativo y de beneficios otorgados en el Código Orgánico Procesal Penal. Destacándose, que en el ámbito educativo se obtuvieron una serie de ajustes en cuanto a la educación andragógica, puesto que las Misiones Robinson I y II y Ribas han logrado un nivel de efectividad del 80%, algo sin precedentes en la historia penitenciaria venezolana.
Aunque no existen antecedentes significativos sobre el estudio sobre los Centros Penitenciarios en Venezuela, Gómez Grillo (1996), hace énfasis en el aspecto psicológico como influencia para que las personas que cometen delitos, que incluye la estructura familiar, tocando el proceso de socialización en la escuela durante los primeros años de vida, pasando por la venta de estupefacientes, homicidios, asesinatos y subversión. El análisis presente revisa causas de fondo familiar, donde la madre ha sido la que ha llevado la mayor participación en la educación formal, dejando de lado la autoridad del padre, a quien se ha desvalorizado, y en virtud de tal pasividad o permisividad, ha generado altos índices de abandono, falta de valores y el fenómenos del machismo, apoyado por la figura femenina, que también ha permitido otros excesos como el consumo de bebidas alcohólicas, drogas; también se consideran otros aspectos como lo son las condiciones en que ingresan los privados de libertad a determinados retenes o cárceles, por ello, Gómez Grillo (1996), tomó como referencia principal el entorno socio – cultural en cual vive y se desarrolla el joven, porque su manera de actuar en forma violenta nace en la casa o se desarrolla en la escuela inicial, provocando conductas que van desde lo individual hasta lo colectivo, y en pronósticos negativos en materia de recuperación por parte del Estado ante las infracciones a la ley por parte de los ciudadanos.
La Educación básica de adultos en los centros penitenciarios, se basa en la formación que busca describir las políticas educativas en los centros penitenciarios, basados en esa premisa, el gobierno nacional, a través de los Ministerio del Poder Popular Para EL Servicio Penitenciario, el Ministerio del Poder Popular Para la Educación y Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria ,Ciencia y Tecnología, (Ministerio para el poder popular de Servicios Penitenciarios ente creado por el Presidente Eterno Hugo Chávez el 26 de Julio del 2011en la Gaceta Oficial Nº 39.721) este último ministerio ha venido ejecutando los siguientes planes: reestructuración del sistema carcelario, incorporación directa de nuevos actores Barrio adentro, Misión Robinson I y II, Misión Ribas productiva y Misión Sucre. Así mismo, se diseñaron los perfiles del personal, haciendo énfasis en lo referente al nivel humano y profesional, de igual manera se realizan mesas de trabajo con diferentes organizaciones del Estado (Gobernaciones y Alcaldías), esto con miras al logro de la descentralización de los centros de reclusión.
En las políticas de Educación se pretende estudiar el fenómeno del analfabetismo, a través de la Misión Robinson I, igualmente rediseñando los programas de formación a fin de orientar al privado de libertad sobre sus deberes y derechos y, en lo referente a la educación básica se lograron soluciones estratégicas al implementarse con personal calificado el que las personas privadas de libertad se inicien en la consecución del 6to grado y de allí que comiencen el bachillerato en la Misión Ribas.
En la actualidad, tales políticas educativas han logrado que por cada centro penitenciario que exista en el país, se haya efectuado al menos varios eventos de graduación en la Misión Robinson I Y II, y la Misión Ribas, que comenzó tiempo después, en la actualidad se tiene previsto lograr el primer contingente de egresados a nivel de la Misión Ribas y su posterior reinserción en la Misión Sucre.
En cuanto a la educación no formal, a nivel nacional, a través del INCE y del Ministerio del poder popular para la Juventud, se han venido impartiendo cursos y talleres que les permitirán ejercer una profesión o labor, para que una vez que los privados de libertad cumplan sus penas, estén en capacidad de ser facilitadores en temas como la prevención sobre el consumo de drogas, valores, autoestima, entre otros aspectos.
Se hace prioritario orientar al privado de libertad, mediante diálogos y conferencias que van encausados a velar, proteger y garantizar sus derechos, igualmente a intercambiar criterios y opiniones a fin de lograr y crear estrategias que los ayuden a su reinserción a la sociedad.
En este campo se estima reforzar la calidad y la importancia de la educación para poder articular un conjunto de propósitos y propuestas prácticas y operativas, esto con el fin de aumentar la relevancia que tiene el estudio.
El este sentido la investigación nace a raíz de la experiencia que se obtuvo mediante el proceso de enseñanza-aprendizaje, aplicadas a los privados de libertad del recinto penitenciario de Yare, en el cual se pudo detectar las diversas habilidades, capacidades y conocimientos que poseen algunos de ellos que pudieran desarrollar a través de un programa de formación avanzada.
A raíz de esta investigación se pretende que los privados de libertad tengan acceso a estudios de cuarto nivel, en los que puedan desarrollar diversas capacidades aprovechables para el Estado venezolano. La investigación va dirigida a la población privada de libertad que posean estudios de pre-grado del Centro Penitenciario de la región Central San Francisco de Yare, extensiva a privados de libertad de otros centros , así como a profesionales que laboren en el área penitenciaria.
Se formula la propuesta como resultado de que existe la imperiosa necesidad de profesionalizar al privado de libertad en áreas sustantivas en pro del desarrollo del Estado venezolano.
Información de la Imagen:
Establecimiento Penitenciario de Yare III