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Colombia: Sí hay plagio de Mineducación en proyecto de ley: juristas del Senado

Colombia: Sí hay plagio de Mineducación en proyecto de ley: juristas del Senado

Colombia/ Mayo de 2016/El Espectador

La Sección de Leyes aseguró que existen coincidencias de redacción, de forma y de fondo entre el proyecto que presentó Gina Parody y el de la senadora Sofía Gaviria.
Por: Redacción Nacional

Con el fin de dar una solución a la grave crisis en los programas de alimentación escolar (PAE) por la que una cantidad incalculable de estudiantes de las regiones han estado durante meses sin refrigerios ni almuerzos, la ministra de Educación, Gina Parody, propuso el pasado miércoles crear, a través de un proyecto de ley, la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar (ANA) con la que se intervenga y controle por completo el trámite de los recursos para la nutrición de los menores.
Solo horas después, en el Congreso estalló la polémica por dicho proyecto. Sofía Gaviria Correa, senadora del Partido Liberal, aseguró que el proyecto de ley presentado por Parody tenía un sinnúmero de coincidencias con uno que la congresista había radicado en 2014. La principal equivalencia que tenían ambas iniciativas, es el planteamiento de una agencia que tenga como fin la inspección de los recursos.
La ministra de Educación se defendió y aseguró que la propuesta que ella tiene, tenía como prioridad el cuidado y vigilancia del dinero, algo que según Parody no contemplaba el proyecto de la congresista, quien es la coordinadora del frente contra el hambre en Colombia en el legislativo.
Para zanjar dicha discusión, la Sección Leyes del Senado sometió a análisis el proyecto de Ley 244 de 2016, presentado por Parody, y el 054 de 2014, de autoría de Gaviria, que actualmente está en curso en la Cámara de Representantes, donde pasa por su tercer debate. Los resultados: según los expertos de la Cámara Alta, entre los dos proyectos se encontraron apartados transcritos de manera literal en el proyecto presentado este año, respecto al presentado en 2014.
“No solamente existen coincidencias de redacción, sino que existe identidad de causa”, indicó el análisis de los expertos, quienes revisaron punto por punto uno y otro proyecto de ley. Aunque especifican que ambos tienen como fin la búsqueda de garantías y lucha contra la corrupción, mal principal que ha derivado en el déficit de alimentos, las funciones de la Agencia Nacional para la Seguridad Alimentaria y Nutricional que propuso la senadora Gaviria, haría inútil la creación de una Agencia Nacional para la Alimentación Escolar, iniciativa de la ministra Parody.
Los peritos de la Cámara Alta señalaron solo cinco ejemplos de transcripción literal entre los más de 60 casos que, aseguran, tienen los dos proyectos.
– En el numeral 3 del artículo 8 del proyecto del Ministerio dice:
“Emitir los lineamientos técnicos-administrativos, los estándares y las condiciones mínimas para la prestación del servicio, el esquema de operación y de ejecución del Programa de Alimentación Escolar – PAE, que deberán ser aplicados por las entidades territoriales, los actores y operadores”.
En el numeral 15 del artículo 13 del proyecto de la senadora Gaviria, dice:
“Emitir los lineamientos técnicos-administrativos, los estándares y las condiciones mínimas para la prestación del servicio, el esquema de operación y de ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE), que serán aplicados por las entidades territoriales, los actores y operadores”.

– En el numeral 6 del artículo 8 del proyecto del Ministerio dice:
“Coordinar con el Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, y demás autoridades competentes, la vigilancia y control de los alimentos industrializados de consumo masivo”
En el numeral 21 del artículo 13 del proyecto de la senadora Gaviria, dice:
“Coordinar con el Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, y demás autoridades, la vigilancia y control de las fortificaciones requeridas en los alimentos de consumo masivo”

– En el numeral 2 del artículo 4 del proyecto del Ministerio de Educación se dispone:
“Equidad y protección especial a los grupos vulnerables: Se debe promover la alimentación escolar en establecimientos oficiales, priorizando la atención a los grupos poblacionales que por sus condiciones de edad, bajos ingresos, factores étnicos, ubicación en zonas de riesgo, desplazamiento e inseguridad alimentaria, presentan los mayores niveles de vulnerabilidad”.
– En el numeral 6 del artículo 4 del proyecto de la senadora Gaviria se dispone:
“Equidad, diferenciación, acceso y protección especial a los grupos vulnerables en inseguridad alimentaría: Se debe promover la realización del derecho a la seguridad alimentaria y nutricional en todo el territorio nacional y en todas las comunidades étnicas, entre otras, priorizando la atención a los grupos poblacionales que por sus condiciones de edad, bajos ingresos, factores étnicos, ubicación en zonas de riesgo, desplazamiento e inseguridad alimentaria, presentan los mayores niveles de vulnerabilidad”.
Fuente:
http://www.elespectador.com/noticias/educacion/si-hay-plagio-de-mineducacion-proyecto-de-ley-de-alimen-articulo-630918
Foto:
http://www.elespectador.com/files/imagecache/560_width_display/imagenprincipal/f6010153549122051266ab32a05493de.jpg

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Caso “Matatena”, reflejo de pocas acciones de educación sexual y políticas públicas: experta

www.educacionfutura.org/05-05-2016/ Por:  Erick Juárez Pineda

Las autoridades educativas no solo deben actuar con firmeza contra los casos de abuso infantil, sino que deben establecer políticas y programas urgentes de educación sexual para niños, maestros y padres, así como tener una mayor vigilancia en los centros escolares, señaló Eugenia Flores.

Flores, reconocida educadora sexual, en entrevista para Educación Futura, advirtió que la Secretaría de Educación Pública (SEP) se ha tardado en establecer medidas de confianza y control en escuelas públicas y privadas, a fin de prevenir casos como el del Jardín de Niños Montessori-Matatena.

Explicó que los niños menores de 6 años son los más vulnerables a abusos sexuales, pues son las personas más indefensas y existe un mayor riesgo porque están siendo educados para obedecer a sus mayores.

“Unos de los principales riesgos es que en las escuelas y los hogares a los niños se les enseña a obedecer a todos los adultos, sin cuestionar nada de lo que se les dice”.

En este sentido, dijo que es fundamental instruir de manera adecuada a los niños, para reportar o evitar abusos a su persona. Para lograr esto, agregó, es necesario un acompañamiento psicológico, pedagógico y jurídico, todo desde un marco de enseñanza y aprendizaje.

Señaló que si se ha detectado un caso de abuso sexual como el caso del Jardín de Niños Montessori-Matatena, es fundamental, primero, ver si los niños son conscientes de que han sido agredidos y, a partir de ahí, comenzar a actuar.

“Suena polémico, pero muchas veces los niños no se han percatado del todo que han sufrido un ataque, y por lo tanto, aunque se sienten confundidos, no se les ha generado algún tipo de trauma. No es necesario hacerlo”.

manifestacion-montessori3Puntualizó que en primer lugar, se debe hablar con el menor para saber qué tanto daño tiene, y si se percibe que no ha sido vulnerado psicologicamente, la tarea siguiente es orientarlo para evitar que sea una nueva víctima de abuso.

Sin embargo, indicó que si el niño presenta diversas anomalías en su comportamiento, es fundamental que sea atendido por diversos expertos, para que eviten que el daño sea mayor y pueda el niño sentir confianza en los centros educativos.

Autoridades poco capacitadas

Ante el caso de abuso de la escuela, la sexóloga señaló que las autoridades aún no cuentan con mecanismos eficientes de atención, prevención y difusión de medidas al respecto.

“Considero que a las autoridades educativas, de procuración de justicia y administrativas no tienen la suficiente capacidad para atender este tipo de casos, pues, como vemos, se siguen presentando en diversas partes de la República”.

Finalmente, consideró que a partir de ahora, non basta con que se despida a los funcionarios que no atendieron oportunamente esta situación, pues “con ello no se arregla nada”; por lo que es necesario establecer medidas jurídicas y legislativas al respecto, donde exista la participación de toda la sociedad civil y gobiernos de los tres niveles.

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Venezuela / MPPE: Proceso comunitario de inclusión escolar

Fuente: MPPE / 6 de Mayo de 2016

 INTRODUCCIÓN

 

La consulta nacional por la calidad educativa realizada durante el año escolar 2014-2015, permitió establecer diez banderas enmarcadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la Ley Orgánica de Educación (LOE) y el Plan de la Patria, convirtiéndose en un deber indeclinable del Gobierno Revolucionario. A raíz de este mandato popular, estas diez banderas se convierten en desafíos del Ministerio del Poder Popular para la Educación y en este momento direccionan las políticas que se están llevando a cabo para profundizar en la educación bolivariana: 1) Garantizar Educación de calidad para todas y todos 2) Desarrollar una pedagogía del amor, el ejemplo y la curiosidad 3) Fortalecer el papel de los maestros y las maestras como actores fundamentales de la calidad educativa, 4) Promover un clima escolar caracterizado por la convivencia y la paz 5) Garantizar un sistema de protección estudiantil 6) Lograr una estrecha relación entre las familias, la escuela y la comunidad 7) Desarrollar un currículo nacional integrado y actualizado 8) Garantizar edificaciones educativas sencillas, amigables, seguras 9) Desarrollar un sistema de evaluación de la calidad educativa y fortalecer la supervisión educativa y 10) Reconfigurar la organización y funcionamiento del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

 

Aunque todas las banderas son fundamentales y están permanentemente vinculadas como un todo, para el proceso comunitario de inclusión escolar, queremos resaltar tres banderas:

 

Garantizar educación de calidad para todas y todos, sin ningún tipo de exclusiones. LA MAYOR CALIDAD ES LA INCLUSIÓN. Es tarea prioritaria elevar la cobertura en educación en todos los niveles y modalidades, brindando especial atención a las poblaciones en condiciones de pobreza extrema, zonas de frontera, zonas alejadas de centros urbanos, adultos y adultas, pueblos indígenas y afrovenezolanos, y personas con necesidades educativas especiales. Lograr una estrecha relación entre las familias, la escuela y la comunidad, en función de garantizar la atención, el cuidado y la educación de sus hijos e hijas y una gestión escolar participativa, eficaz y transparente. Abrir la escuela a la diversidad, la interculturalidad y la generación de aprendizajes desde las características propias de cada localidad. Reconfigurar la organización y funcionamiento del Ministerio del Poder Popular para la Educación, MPPE, en función de lograr una gestión participativa, eficaz y transparente. Todo esto implica otros enfoques, lógicas y métodos de la gestión escolar, consecuentes con los principios y criterios establecidos en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de Educación en el proceso de refundación de la República.

 

Para desarrollar un proceso comunitario de inclusión escolar es necesario contrastar con las políticas heredadas de zonificación escolar, caracterizadas por la discrecionalidad, la representatividad, lo administrativo por encima de lo humano, más homogéneo y menos contextualizado y distorsiones tales como el amiguismo, clientelismo y el uso inadecuado del poder en el tráfico de cupos, redundando todo en exclusión, desigualdades e injusticias.

 

Reconociendo los logros y avances del proceso revolucionario en la incorporación y prosecución de los y las estudiantes en el sistema educativo, se presentan en este documento, reflexiones, principios, preceptos, orientaciones que permitan progresivamente un proceso comunitario de inclusión escolar, más participativo, protagónico y territorializado que garantice mayor inclusión en el goce y ejercicio de los derechos, mayor igualdad en condiciones y oportunidades y mayor justicia social en el derecho humano a la educación.

 

¿QUÉ ES EL PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR?

 

Parafraseando a Gramci en aquello viejo que no termina de morir y lo nuevo que no termina de nacer, todavía persisten en muchas instituciones del país las viejas lógicas excluyentes que hemos heredado de un enfoque selectivo donde no se comprendía la educación como un derecho humano. Escuelas inscribiendo todos los años aunque el o la estudiante lo que está haciendo es una prosecución de estudio, por ejemplo, cuando pasa de primer grado a segundo, de segundo año a tercero, es decir, años intermedios en el mismo plantel; listas de REQUISITOS, información que se pudiese solicitar durante el año escolar, son exigidos como condición para poder ser inscrito o inscrita (colocan en cartelera a la vista pública un listado de requisitos incluyendo, muchas veces cobros y “colaboraciones” monetarias o materiales); los cupos, el tráfico de cupos, la selección con condiciones para estudiar en un sitio o en otro, listados de estudiantes por lotes por sección, cuyo único criterio es el plantel de procedencia, sin considerar dónde viven los o las estudiantes, las necesidades particulares de un hogar (por ejemplo, la cercanía al trabajo de la madre), en fin, prácticas heredadas sin darnos cuenta que muchas son ilegales y son muestras de las viejas prácticas que necesitamos revisar a la luz de principios y preceptos transformadores.

 

El proceso comunitario de inclusión escolar es el proceso mediante el cual se ubican a las niñas, los niños y adolescentes en instituciones educativas para que inicien o prosigan sus estudios, garantizándoles la inclusión en espacios educativos lo más cerca posible a su domicilio, resguardando el derecho al estudio a todos y todas sin ningún tipo de discriminación (repitientes, población etarea, no convencionales y aquellos y aquellas que por alguna razón han abandonado su escolaridad (“vamos por ellos y por ellas”)). Es comunitario porque participan los actores y actoras del hecho educativo: estudiantes, padres, madres, representantes, docentes, consejos comunales y comunidad en general. Para el logro de este proceso, se crean LOS COMITÉS COMUNITARIOS DE INCLUSIÓN ESCOLAR en cada institución educativa surgidos de los mismos consejos educativos. Para la conformación de los comités comunitarios de inclusión escolar, se parte de la premisa de que la mayor garante de la inclusión y prosecución escolar es la comunidad misma. Desde lo vecinal, lo contiguo, desde el conocimiento de la comunidad donde vivimos, las personas sabemos quiénes estudian y quiénes no, quiénes abandonaron sus estudios o quiénes necesitan ingresar por primera vez a un plantel. La conformación de los comités comunitarios de inclusión escolar, permite superar la discrecionalidad (secuestro de información) y genera la posibilidad de crear procesos más humanos donde las personas se conocen y participan de manera protagónica en la garantía de inclusión escolar de sus hijos e hijas.

           

MARCO LEGAL DEL PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR

 

Tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 102, la educación es un derecho humano y es un deber indeclinable del estado. Por su parte, en la ley orgánica de educación en su artículo 19 se establece que el estado “ESTIMULA LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA, INCORPORANDO TANTO LOS COLECTIVOS INTERNOS DE LA ESCUELA, COMO A DIVERSOS ACTORES COMUNITARIOS PARTICIPANTES ACTIVOS DE LA GESTIÓN ESCOLAR EN LAS INSTITUCIONES, CENTROS Y PLANTELES EDUCATIVOS EN LO ATINENTE A LA FORMACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN EDUCATIVA, bajo el principio de corresponsabilidad”.

 

Igualmente, se fundamenta en la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA) en sus artículos: Art. 3. Igualdad y la no discriminación hacia el niño, la niña y el adolescente. Art. 6: Participación de la sociedad para lograr la vigencia de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes. Art. 10: El niño, la niña y el adolescente son sujetos plenos de derecho; Art. 53: Derecho a la educación en las cercanías de su residencia. Art. 55: Derecho de los niños, niñas y adolescentes a participar en la educación. Art. 81: Derecho de los niños, las niñas y adolescentes a participar en la vida comunitaria y escolar.

 

Resaltando que el ESTADO DOCENTE debe promover la participación protagónica de la comunidad educativa en la gestión escolar (Art. 6, numeral 2, literal g, LOE) y el derecho que tienen los niños, las niñas y adolescentes de estudiar en las cercanías de su residencia, es indispensable que el proceso comunitario de inclusión escolar cree las condiciones para el logro de estos derechos bajo la concurrencia de la familia, la escuela y la comunidad.

 

PRINCIPIOS DEL PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR

 

No Discrecionalidad: En la zonificación escolar, los supervisores y las supervisoras son las que realizan los procedimientos técnicos para armar los listados según los cupos de cada plantel. Es todo un secreto saber dónde va a estudiar un niño o una niña, muchas veces queda sujeto al azar “las secciones de la A a la D van para este plantel y las secciones de la E a la G van para este otro….”. La práctica discrecional crea condiciones para el secuestro de información y en algunos casos para el tráfico de cupos, amiguismo, entre otros. Es necesario entonces la NO DISCRECIONALIDAD como principio que garantice un proceso abierto, participativo, justo, transparente, donde se consideren criterios humanos y territoriales (no técnicos administrativos) para incorporar a un o una estudiante en una institución educativa.

 

Participativo y protagónico: Complementando el anterior, la incorporación de los consejos educativos y los comités comunitarios de inclusión escolar, el trabajo en equipo en el circuito educativo, la construcción y unificación de criterios para la inclusión escolar de los niños, las niñas y adolescentes de la comunidad, genera formación, organización y convivencia de las personas en sus contextos de vida. Para el logro de la inclusión y atención escolar es necesario el compromiso, la honestidad, la corresponsabilidad, la concurrencia, la complementariedad, el bien común y la convivencia como principios que guían las lógicas y métodos.

 

Inclusión en el goce y ejercicio de los derechos: La lógica de seleccionar estudiantes en detrimento del derecho humano a la educación, creó una cultura de exclusión expresada, por ejemplo, en concepciones del cupo (necesito un cupo, consígueme un cupo, no tiene cupo, repitió.. perdió el cupo…, consígueme el cupo en la mejor escuela, mendigar un cupo…),  los requisitos, pagos y colaboraciones, la obligación de algo como condición para inscribir. Toda esta cultura se ha trasmitido de generación tras generación como algo normal y necesario, terminando muchas veces la mamá mendigando o suplicando un cupo o quedando el niño o la niña fuera del sistema educativo. Gracias a la revolución bolivariana, se detuvo el proceso de privatización recomendado por el FMI como receta para “poder pagar la deuda externa”. En la década de los noventa se detuvo la construcción de escuelas obligando al “sálvese quien pueda” en la lucha por un cupo. Hoy, en el proceso de municipalización y territorialización del sistema educativo, con la construcción de instituciones educativas donde existe la necesidad y la creación de los CIRCUITOS EDUCATIVOS como UNIDADES TERRITORIALES en las cuales todo niño y toda niña se incorpore al sistema educativo, se crean las condiciones reales de inclusión escolar. Es así como, en el proceso comunitario de inclusión escolar, cada escuela socializa con el resto de las escuelas del circuito y con la comunidad, cuál es su disponibilidad en cuanto a la matrícula que puede atender y los comités de cada institución estudian con transparencia y según los criterios establecidos, a dónde se incluye a cada niño, niña o adolescente.

 

Continuidad: El proceso comunitario de inclusión escolar sólo se realiza cuando un o una estudiante pasa de un nivel a otro o de un plantel a otro. Cuando un niño o niña se incorpora a un centro de educación inicial (preescolar, simoncito), cuando se incorpora al primer grado, cuando se incorpora al primer año. NO SE DEBE HACER INSCRIPCIONES NI REINSCRIPCIONES EN GRADOS O AÑOS INTERMEDIOS, la prosecución es automática. Si una maestra o profesores de un liceo, necesitan actualizar información (no son requisitos, son informaciones que necesita del o la estudiante para poderlo o poderla atender como es debido), lo puede hacer en cualquier momento del año escolar, socializando y sensibilizando a madres, padres y representantes acerca de la importancia de la información requerida (todo lo que hacemos en educación debe ser pedagógico y formativo PARA CREAR UNA NUEVA CULTURA ESCOLAR).

 

Modalidad de Educación Especial: En el caso de la Modalidad de Educación Especial, cada institución debe ORIENTAR A LOS PADRES, LAS MADRES Y REPRESENTANTES ACERCA DE LA INFORMACIÓN QUE SE NECESITA PARA ATENDER DE MANERA ADECUADA Y PERTINENTE A UN NIÑO, NIÑA, ADOLESCENTE, JÓVEN O PERSONA ADULTA QUE TIENE UNA NECESIDAD EDUCATIVA ESPECIAL (informe médico, informe psicológico, evaluación previa adecuada), lo importante en esta situación es que la escuela solicite la información que le permita decidir (sin discriminación, sin errores de juicio y sin exclusión), cuál es la atención verdadera que necesita según la condición que presenta, siempre considerando como prioridad absoluta e interés superior, a los niños, las niñas y adolescentes y en el caso de personas adultas, el derecho humano a la educación con pertinencia según la condición que presenta.

 

CRITERIOS QUE RIGEN EL PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR

 

GENERALES: Regirán para todos los casos y aspectos del proceso

  1. INTREGRALIDAD: Se deben considerar todos los aspectos que influyen al momento de tomar una decisión relacionada con una situación determinada.
  2. LO HUMANO POR ENCIMA DE LO ADMINISTARTIVO: Nunca sacrificar una necesidad humana por facilismo o comodidad administrativa. Las necesidades de inclusión escolar son de seres humanos. Necesario tratarlo con ese enfoque, con comprensión y respeto.
  3. LOCALIZACIÓN: En la medida de lo posible se ubicará al o a la estudiante lo más cercano a su domicilio.
  4. DISPONIBILIDAD: Es un proceso incluyente que garantiza el acceso donde hay disponibilidad matricular.
  5. INTERSERCTORIALIDAD: Todos los sectores coadyuvan para que el proceso se desarrolle y se realizarán cruces entre parroquias y municipios para solventar la necesidad y solicitudes de inclusión.
  6. CELERIDAD: Agilidad en los trámites y emitir respuestas oportunas. Simplificación de trámites administrativos.
  7. ESPECIFICIDAD: Se ubicará de Preescolar para 1er. Grado; de 6º grado para 1er. Año de Educación Media; de 3º año para 4º Año de Educación Media. En los casos de grados intermedios, hay la prosecución automática pero si hubiere casos particulares, los interesados y las interesadas deben acudir directamente a las instancias del Proceso Comunitario de Inclusión Escolar y/o al plantel para solicitar atención en esos casos.
  8. TOMA DE DECISIÓN EN COLECTIVO: Los casos particulares, las situaciones problemas, las contravenciones a lo establecido en estas orientaciones, serán discutidos y resueltos en colectivo, por los comités parroquiales, municipales y zonal, según corresponda.

 

ESPECÍFICOS: DEBEN CONSIDERARSE PARA PROCESAR SITUACIONES PARTICULARES.

 

1)  Ubicación de niños y niñas de 6º grado de Educación primaria para 1º año de Educación Media en la misma institución: En aquellos planteles donde exista la prosecución de Primaria para Media y no cubran la totalidad de su matrícula, al asignar estudiantes a otras instituciones, en ningún caso podrán emplearse criterios discriminatorios, tales como rendimiento estudiantil, “conducta” (ni para qué se queden ni para que se vayan), etc. Se deberá respetar el deseo del niño, niña y/o representante, siempre que sea posible, con base a los principios establecidos aquí y la cercanía a su residencia.

  1. Ubicación de niños, niñas y adolescentes procedentes de otros estados: Serán atendidos por el colectivo parroquial/municipal de la localidad donde se residencie.

3)   Población flotante: Se entenderá por tal aquellas ciudadanas y aquellos ciudadanos en edad escolar que están temporalmente fuera del sistema educativo formal (no están inscritos ni inscritas). Estos casos serán atendidos por el Colectivo parroquial donde reside.

4) Ubicación de niños, niñas y adolescentes por cambio de residencia dentro del mismo estado: son aquellos y aquellas estudiantes que por cambio de residencia y por solicitud de los o las responsables, deban ser asignados en parroquias o municipios distintos al lugar donde está localizado el plantel en el que cursa actualmente. Serán atendidos o atendidas por la Comisión Institucional del plantel de origen, la cual listará estos casos y los remitirá, con sus respectivos soportes, al Colectivo Parroquial para la realización del cruce correspondiente. La condición para la ubicación será que resida efectivamente en la parroquia destino.

5) Casos de niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales que no estén atendidos: Se registrarán las o los que deban ser ubicados, de acuerdo a su área  de atención. En estos casos, se deberá hacer un informe con recomendaciones al plantel destino y al Comité de Inclusión Escolar.

6)  Casos de niños y niñas con edad de 0 a 6 años (Educación Inicial) sin incluir: registrar, elaborar el censo y tener la proyección para planificar la atención. Precisar los casos entre 4 y 6 años que no estén atendidos y los de 0 a 3, para poder establecer la modalidad de atención.

 

ES MUY IMPORTANTE ATENDER CASOS PARTICULARES SOBRE TODO EN CIUDADES DONDE LA MADRE, EL PADRE, REPRESENTANTE O RESPONSABLE NECESITA QUE EL NIÑO, LA NIÑA O ADOLESCENTE ESTUDIE CERCA DE DONDE TRABAJA (NO DONDE VIVE). En este sentido, el criterio es que se favorezca la tranquilidad familiar en cuanto a la cercanía al trabajo y no a la residencia.

 

LOS COMITÉS COMUNITARIOS DE INCLUSIÓN ESCOLAR:

 

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR INSTITUCIONAL

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR CIRCUITAL Y/O PARROQUIAL

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR MUNICIPAL

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR ZONAL

 

 

En la resolución 058 se establece que LOS CONSEJOS EDUCATIVOS tienen, dentro de sus funciones, “Realizar actividades que contribuyan al desarrollo y defensa del derecho a una educación gratuita, obligatoria, integral, liberadora, transformadora,
bolivariana y de calidad para todas y todos, en igualdad de condiciones y
oportunidades, sin discriminación étnica cultural, color, sexo, creencias, cultura u otra que limite el ejercicio de sus deberes y derechos.”
Así mismo, el  Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos  sociales de la comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y de desarrollo de sus hijos e hijas”.

 

En este sentido, se quiere resaltar que CADA PLANTEL DEBE CONSTITUIR SU COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR INSTITUCIONAL, los cuales deben estar conformados por el director o la directora del plantel y vocerías de docentes designados para tal fin, estudiantes, padres, madres, representantes, voceros y voceras del Consejo Comunal, y otros integrantes de la Comunidad Educativa. Este comité comunitario de inclusión escolar sería el de escala institucional

 

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR CIRCUITAL Y/O PARROQUIAL

 

Los Comités de Inclusión Escolar Circuitales se conformarán indispensablemente por vocerías DE TODAS LAS INSTITUCIONES DEL CIRCUITO. En caso de no tener conformado el circuito, se organizará por parroquia. La información suministrada por cada plantel a los Comités de Inclusión Escolar Circuital o parroquial debe ser fidedigna, oportuna y veraz.

La inscripción de estudiantes, bien los que tienen prosecución o los nuevos inscritos, se hará en el mes de julio. En el caso de prosecución, durante la entrega de boletines o informes de rendimiento o boletas, se hará la ratificación y automáticamente el o la estudiante quedará inscrito o inscrita para el periodo siguiente; en el caso de los nuevos ingresos, se hará mediante cronograma. Así debe ser informado a la comunidad y para ello, se articulará con los consejos comunales o las Salas de Batalla social de la parroquia o del municipio, de manera que socialicen la información.

 INSTANCIAS DEL  PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR

 

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR ZONAL

Será designado por la Dirección de Zona Educativa. Los garantes de este proceso son la división de supervisión y la de comunidades educativas. Entre sus funciones están:

  1. Coordinar, acompañar y orientar el proceso en el estado.
  2. Actuar como última instancia de decisión, de ser necesario.
  3. Elaborar cronograma del PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR.
  4. Dotar de instrumentos, formatos y materiales necesarios para garantizar el proceso.
  5. Informar a la colectividad con relación al desarrollo del proceso.
  6. Dar respuesta a casos planteados bajo los principios y criterios transformadores
  7. h) velar por el fiel cumplimiento de los principios y criterios del proceso comunitario inclusión escolar.

 

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR MUNICIPAL

Instancia municipal de coordinación, articulación y organización conjunta de actividades; igualmente, instancia de decisión en cuanto a situaciones del municipio. Se conformará mediante la elección en plenaria de las vocerías de todos los comités comunitarios de inclusión circuital o parroquial. Será coordinado por la jefatura del municipio escolar.

Sus funciones serán:

  1. Coordinar el proceso de inclusión en el municipio y servir de articulación entre las parroquias.
  2. Toma de decisiones en cuanto a casos no resueltos en la instancia parroquial.
  3. Coordinar los cruces Ínter parroquiales.
  4. Acompañar el proceso en las parroquias.
  5. Servir de enlace entre las parroquias y la comisión Zonal de Inclusión Escolar.
  6. Garantizar el fiel cumplimiento de los principios y criterios del proceso comunitario de Inclusión Escolar.

 

COMITÉ COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR INSTITUCIONAL

Son la primera instancia del proceso, se conformarán en cada espacio educativo donde se concreta la inclusión, sea plantel de origen (desde donde egresan las y los estudiantes a ser ubicados y ubicadas) o plantel destino (hacia donde se asignan las y los estudiantes). Esto significa que se constituyen en un colectivo en el espacio y se ampliarán con los voceros y las voceras de los otros colectivos que hacen vida en la institución. Se incluyen planteles oficiales y privados. Son elegidos a través de métodos participativos que garanticen la  legitimidad y el protagonismo de los ciudadanos y las ciudadanas.

Tiene como funciones:

  1. a) Revisar las últimas estadísticas, nóminas de estudiantes. cortes de evaluación, proyección de promovidos y promovidas en cada grado, registrar esa información y suministrarla a la instancia parroquial o municipal. Es su responsabilidad que los datos para el mapeo sean fidedignos.
  2. b) Suministra la información para el Mapeo, residencia de los y las estudiantes para considerar la institución más cercana. Persona por persona. NO LOTES.
  3. c) En los planteles de origen, elabora el listado de estudiantes que deben ser ubicados o ubicadas en otra institución. Identificando nombre, apellido, edad, dirección, de acuerdo a la disponibilidad de matrícula y en los formatos respectivos.

d)En los planteles destino, verificar la disponibilidad y garantizar la veracidad de la información, de modo que al realizar el mapeo (contrastación de la disponibilidad por parroquia), los colectivos parroquiales y/o municipales tengan la información fidedigna.

  1. d) Participar en el proceso de Distribución de la Disponibilidad, a través del cual se determina la cantidad de plazas disponibles y las necesidades,
  2. e) Recoger los planteamientos de solicitudes y reclamos relacionados con el proceso y canalizarlos hacia los colectivos parroquiales y municipales.
  3. f) Remitir a los niños, las niñas y adolescentes no escolarizados o de población flotante, que estén en el área de influencia del plantel a los colectivos parroquiales y/o municipales para su debida atención.
  4. e) Garantizar el fiel cumplimiento de los criterios y principios del proceso.
  5. f) Elaborar cartelera y material donde se informe a la comunidad de aspectos concernientes al proceso comunitario de inclusión escolar.
  6. h) Publicar, en un lugar visible de la institución, el listado de los estudiantes ubicados y las estudiantes ubicadas.

El director o la directora es responsable de garantizar que los voceros y las voceras del comité comunitario de inclusión escolar institucional (del plantel) participe en el proceso de inclusión y en las diversas actividades que se acuerden.

 

 

FASES DEL PROCESO COMUNITARIO DE INCLUSIÓN ESCOLAR

 

FASE I:  Conformación de los comités comunitarios de inclusión escolar y mapeo.

 

Se Conformarán los Comités Comunitarios de Inclusión Escolar en todas las Escalas. Para ello, cada plantel debe garantizar en cada espacio educativo su respectivo Comité y su vocero o vocera al Comité Parroquial o Municipal. El Mapeo (recolección de la información estadística) se realizará simultáneamente, deberá concluirse el 15 de mayo.

 

FASE II: Distribución – Determinación de Nudos Críticos:

 

Una vez recogida la estadística, cada comité deberá realizar una sistematización cualitativa y cuantitativa de la situación de la disponibilidad de matrícula en cada escuela, en cada circuito educativo, en decir, en cada escala (comunidad, parroquia, municipio), de manera que se pueda saber con certeza dónde tenemos disponibilidad y donde hay déficit. De este modo se determinan los nudos, las dificultades que pudieran presentarse y poder tomar decisiones oportunas y pertinentes.

 

FASE III: Asignación: 

 

Se procederá a realizar la primera distribución de estudiantes a su destino. Este proceso se efectuará mediante las Mesas Técnicas de Inclusión Escolar. En esta fase, los Comités Comunitarios de Inclusión Escolar activarán horarios de atención en sus sedes respectivas.

 

DEBEN INFORMAR A LAS ZONAS EDUCATIVAS LA UBICACIÓN DE DICHAS SEDES, PARA PODER ORIENTAR A LAS INTERESADAS Y LOS INTERESADOS.

 

FASE IV:  Confirmación – Distribución: 

 

Se verificará toda la información, se realizarán los listados y éstos se distribuirán a los planteles destino y origen, de manera que a mediados de junio las madres, los padres, los representantes, las y los estudiantes, los y las docentes conozcan el plantel a donde fueron asignados los y las estudiantes.

 

FASE V: Inscripción

 

Se realizará, en cada plantel la inscripción. En cuanto se trate de estudiantes por prosecución, sólo se hará la verificación de que continuará en la institución, por lo que NO SE REQUIERE NINGÚN REQUISITO, NI PROCESO DE REINSCRIPCIÓN, ES AUTOMÁTICO.

 

Para los nuevos ingresos, desde la segunda semana del mes de julio se procederá a la inscripción de los 1ros. Grados, de los 1ros. y de los 4tos. Años. Cuando se trate de estudiantes de grados intermedios que ingresan nuevos a ese plantel por provenir de otros municipios, de otros estados, de otras parroquias, no se requerirá de zonificación alguna. Si la disponibilidad está, se le otorga sin ningún otro trámite, excepto la información que se necesita para su atención.

 

Todas nuestras niñas y todos nuestros niños que cursan actualmente el sexto grado deben poder ingresar a los liceos o escuelas técnicas de gestión oficial, gratuitas y próximas al hogar y entorno comunitario.

Los Comités comunitarios de inclusión escolar en todas las escalas deben poder garantizar la incorporación nuevamente para continuar sus estudios a los y las adolescentes y jóvenes que abandonaron la Educación Media, generando  acciones necesarias para su inclusión: asignación de becas, vinculación estudio-trabajo y apoyo a las familias través de las diferentes misiones sociales.

Los consejos educativos y los comités deben procurar las mejores condiciones para que las y los adolescentes no abandonen los estudios. En tal sentido nos proponemos seguir avanzando en la conformación de circuitos educativos en todas las regiones, un proceso de transformación curricular, programas de formación docente, incorporación a actividades de grupos estables de danzas, teatros, robótica, deportes, el PTMS, actividades de arte, preparadurías estudiantiles, entre otros.

 

IMPORTANTE EN ESTE PROCESO

 

Deben considerarse tanto escuelas nacionales como estadales en el circuito AMBOS SON PLANTELES OFICIALES.

 

Es una nueva cultura de inclusión y participación comunitaria, por lo que los equipos zonales deben tener mucha sistematización y balance permanente del proceso para evitar o reorientar a tiempo cualquier distorsión.

 

POCO A POCO SUPERAREMOS LA CULTURA DEL CUPO, DEL REQUISITO, DEL COBRO, DE LA INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA EN GRADOS INTERMEDIOS. DEBEMOS TENER PACIENCIA PERO FIRMEZA PARA GARANTIZAR CADA VEZ MÁS LA INCLUSIÓN EN EL GOCE U EJERCICIO DEL DERECHO HUMANO A LA EDUCACIÓN.

 

 

 

Abril, 2016

 

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En México: SCJN analizará la calidad de la educación indígena que se imparte en el país

Los indígenas deben tener acceso a una educación intercultural bilingüe, que cumpla con las características de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad que demande su comunidad.

Octavio García/05 May 2016/Noticias MVS

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia atrajo un amparo promovido por una comunidad indígena, la cual afirma que los servicios educativos públicos que los gobiernos federal y estatales brindan a sus hijos, no cumplen con los estándares fijados en la constitución, ni con las normas de tratados internacionales.

Los quejosos afirman que los indígenas deben tener acceso a una educación intercultural bilingüe, que cumpla con las características de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad que demande su comunidad.

Y es que este tipo de enseñanza debe incluir una exposición significativa a la lengua materna, y clases de español, que equiparen los niveles de competencia en ambos idiomas.

Estos derechos están contemplados en los Artículos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Constitución, pero también en el protocolo adicional a la Convención Americana en materia de derechos económicos, sociales y culturales.

Al atraer este caso, la corte fijará los parámetros para diseñar los planes y programas educativos a nivel nacional, salvaguardando los derechos de los niños indígenas.

Fuente: http://www.noticiasmvs.com/#!/noticias/scjn-analizara-la-calidad-de-la-educacion-indigena-que-se-imparte-en-el-pais-940

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España: Fundación Mapfre lanza una nueva edición de su concurso internacional de cuentos para concienciar sobre la educación

Madrid/ España/05 ded Mayo de 2016/informativosteleecinco.com

Fundación Mapfre ha puesto en marcha una nueva edición de su concurso internacional de cuentos con el objetivo de concienciar a los jóvenes escolares sobre su futuro a través de la creatividad, según informa la entidad.

Para ello, los participantes deberán imaginar un mundo mejor, a través sus relatos que versen sobre la prevención de accidentes y la seguridad vial, la acción social (cooperación para el desarrollo y la inclusión social), el arte como forma de conocimiento, la cultura aseguradora y los estilos de vida saludables.

El certamen, de ámbito internacional, está dirigido a alumnos de educación primaria y secundaria de centros de educación públicos, concertados o privados de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, República Dominicana, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, Uruguay, Venezuela y España.

El concurso contempla más de un centenar de premios entre bicicletas, ordenadores portátiles, tablets, cámaras deportivas y material educativo para los ganadores, recompensando no sólo a los alumnos, sino también a sus profesores y a los centros educativos en los que cursan estudios.

La selección de los ganadores se llevará a cabo en dos fases: la primera, desarrollada desde el 22 de abril hasta el 15 de noviembre, en la que la selección de los cuentos se hará mediante votación popular a través de la web destinada al concurso ‘http://concursodecuentos.fundacionmapfre.org’.

En la segunda, se seleccionarán los 20 cuentos que más puntuación hayan obtenido en cada país: 10 cuentos de Primaria y 10 cuento de Secundaria. Para finalizar, un jurado seleccionado por Fundación Mapfre en cada país, evaluará los cuentos finalistas y elegirá el ganador de cada categoría. Entre estos cuentos ganadores se elegirá el ganador absoluto del concurso, de primaria y secundaria.

Este concurso forma parte del proyecto ‘Educatumundo, una iniciativa que engloba todas las actividades educativas que Fundación Mapfre lleva a cabo en los centros escolares en los ámbitos de la prevención de accidentes, la seguridad vial, la cultura y la salud, entre otros.

Para poder participar, los interesados deberán inscribirse en la página web ‘http://concursodecuentos.fundacionmapfre.org’.

Fuente: http://www.telecinco.es/informativos/sociedad/Fundacion-Mapfre-internacional-concienciar-educacion_0_2174550403.html

Fuente de la imagen: https://www.google.co.ve/search?q=cuentacuentos&biw=1024&bih=489&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwi1-K7PtMXMAhWFVT4KHXcPDYcQ_AUIBigB#imgrc=3tfaNkNYUo4UNM%3A

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Movimiento afrovenezolano trabaja propuestas culturales y pedagógicas para el currículum educativo

Cimarrones establecieron mesas de trabajo con el Ejecutivo

Caracas/ 6 mayo 2016 | Correo del Orinoco/ Luis Lovera Calanche

 Durante un coloquio denominado ‘Cultura, interculturalidad y pedagogía cimarrona’, el Poder Popular rindió un homenaje al profesor universitario, investigador y pedagogo Luis Antonio Bigott

Afrovenezolanos rindieron homenaje al revolucionario, profesor universitario y pedagogo, Luis Antonio Bigott, quien falleció el pasado 26 de febrero

El movimiento afrovenezolano estableció ayer diversas mesas de trabajo con organizaciones populares y representantes de los ministerios del Poder Popular para la Educación y para la Cultura, a fin de exponer distintas experiencias sobre las prácticas culturales, interculturales y de Pedagogía Cimarrona, de cara a la transformación del currículum educativo.

Durante un conversatorio denominado ‘Coloquio, cultura, interculturalidad y pedagogía cimarrona’, efectuado en la sede del Instituto de Patrimonio Cultural, en Caño Amarillo, Caracas, el director de Interculturalidad del despacho para la Educación, Benjamín Martínez, afirmó que actualmente se desarrolla una revisión profunda y compleja del currículum educativo.

Afirmó, en ese sentido, que deben crearse políticas para impulsar la práctica de la Pedagogía Cimarrona.

“Lo más importante es la descolonización de lo saberes y haceres. Sin transversalizar eso en el currículum educativo no hacemos nada”, subrayó durante el homenaje al profesor universitario e investigador Luis Antonio Bigott, quien falleció el pasado 26 de febrero, hombre ilustre con una amplia trayectoria profesional, siempre firme en su compromiso con la pedagogía crítica, la educación popular, la emancipación del pensamiento y la transformación de la educación universitaria nuestramericana.

Martínez reconoció, además, que el currículum educativo actual tiene sus limitaciones: sigue siendo occidental.

“He allí la importancia de una categoría que es la Afroepistemología, reflexionada durante muchos años por el profesor Luis Chucho García . No hay un concepto que englobe la diversidad de los pueblos africanos, ni las luchas de los cimarrones y de las cimarronas, quienes protagonizaron diversas formas pedagógicas propias para la reconstrucción de sus idiomas. Los separaron para que no se pudieran comunicar. Por eso este esfuerzo por impulsar la espiritualidad”, reflexionó.

Por su parte, la directora general de Interculturalidad de Min-Cultura, Kelly Potella, ratificó el apoyo a las propuestas del movimiento afrovenezolano, a través de diversas de diversos organismos como el Centro Nacional del Disco (Cendis) y la Fundación Editorial El Perro y la Rana, entre otros entes.

El profesor universitario y escritor Luis Chucho García instó a las autoridades a generar un documento de trabajo junto al Poder Popular, para impulsar líneas de trabajo concretas.

Al mismo tiempo, insistió en la necesidad de reconocer el carácter autónomo de los movimientos sociales. En ese sentido, citó un adagio del pueblo Fon: ‘Si no nosotros no entramos en un juego, otros están jugando por nosotros’.

“Es importante el tema del conocimiento. Si nosotros no tenemos un conocimiento desde adentro (…) nuestras luchas no van a tener sentido”, argumentó.

El proyecto de la pedagogía cimarrona plantea la elaboración de la biblioteca afrovenezolana

PROYECTO CIMARRÓN

El proyecto de la Pedagogía Cimarrona plantea la elaboración de la Biblioteca Afrovenezolana, en el contexto del Decenio de los Pueblos Afrodescendientes (2015 – 2024), aprobado por la Organización de las Naciones Unidas, bajo los principios de justicia, reconocimiento y desarrollo.

La biblioteca estará dirigida en tres instancias: 1) La publicación de textos referenciales sobre la afrovenezolanidad, para las y los docentes 2) La publicación de texto escolares para los alumnos en las diferentes modalidades 3) La publicación de materiales didácticos, así como vides, calendarios, juegos entre otros.

Durante el conversatorio, los especialistas hicieron sugerencias para la puesta en práctica de la cultura, la interculturalidad y el patrimonio cultural de la afrovenezolanidad en el sistema educativo. Igualmente, conversaron sobre las distintas experiencias de las prácticas culturales, interculturales de la pedagogía cimarrona.

Benjamín Martínez: «Lo más importante es la descolonización de los saberes y haceres»

CULTURA, INTERCULTURALIDAD Y PEDAGOGÍA CIMARRONA

Cultura, interculturalidad y Pedagogía Cimarrona son tres segmentos totalmente articulados para la comprensión de la afrovenezolanidad, no solo en el sistema educativo bolivariano formal, sino en el contexto social comunitario que trasciende la territorialidad afrovenezolana.

Las experiencias de la defensa del patrimonio cultural venezolano en el medio educativo se ha venido realizando desde que las y los africanos fueron secuestrados y traídos como esclavizados a estas tierras.

La actividad fue organizada por el Instituto de Patrimonio Cultural; la Fundación Afroamericana; la Diáspora Africana; el Movimiento Afrorevolucionario Juan Ramón Lugo; la Red de Organizaciones Afrovenezolana y la Red de Afrodescendientes de Venezuela.

Foto/Héctor Rattia
Caracas
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EE.UU-Israel: Obama pidió solidaridad con los judíos europeos y los estudiantes judíos en Iom HaShoá

DiarioJudio/05 de Mayo de 2016/Por: Central de Noticias Diario Judío

En un discurso dado por Iom HaShoá, el presidente Barack Obama, pidió solidaridad con los judíos que se enfrentan al antisemitismo en Europa y en los campuses universitarios.

“Hoy, como cada día, nos solidarizamos con la comunidad judía tanto en casa como en el exterior”, expresó Obama en un comunicado publicado el miércoles por la tarde, en la noche de conmemoración.
“Acompañamos a aquellos que están abandonando las ciudades europeas donde han vivido por generaciones porque ya no se sienten a salvo, con los miembros de las instituciones que han sido atacadas por sus afiliaciones judías, y con los estudiantes universitarios que se encuentran con cruces esvásticas en los campuses”, aclamó. “Llamamos a las personas de buena voluntad a vigilar y expresarse contra toda forma de manifestación de intolerancia”, agregó.

El presidente de los Estados Unidos además recordó y honró a los seis millones de judíos que perecieron durante la Segunda Guerra Mundial y a aquellos que sobrevivieron, en un mensaje a la comunidad internacional.

“Cuando reconocemos nuestra interconexión y dignidad e igualdad fundamental de cada ser humano, ayudamos a construir un mundo más abierto, seguro y libre”, remarcó.

Fuente: http://diariojudio.com/noticias/obama-pidio-solidaridad-con-los-judios-europeos-y-los-estudiantes-judios-en-iom-hashoa/176408/

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