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Entrevista a Carlos Malpica: “La educación superior debe tener propio ministerio”

-¿Qué opina de la posibilidad de que la educación superior deje de ser dependiente del Ministerio de Educación?

Existe este modelo educativo en muchos países desarrollados y en vías de desarrollo. Un ministerio de educación superior separado del ministerio de la educación básica, y muchas veces el ministerio de educación superior ligado con el desarrollo científico y tecnológico. En el caso peruano, tenemos a la Sunedu, que no es un organismo gubernamental sino un organismo técnico descentralizado que depende del Minedu. En el Perú podríamos comenzar separando, para empezar, creando dos viceministerios, uno para la educación básica y otro para la educación superior.

-¿La creación de un ministerio de educación superior permitiría al Minedu abocarse a la educación básica regular?

La Sunedu es una creación que se hizo en reemplazo de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y su naturaleza es cuestionable porque no es una autoridad gubernamental sino que es un organismo técnico que depende del Minedu. Lo que se podría hacer es crear un viceministerio de educación superior y otro viceministerio de educación básica, y acabar con el problema actual de un viceministerio de asuntos pedagógicos y otro interinstitucional que no sirven ni uno ni otro. Los viceministerios los puede crear el Ejecutivo. Existe una ley orgánica del Poder Ejecutivo vía decreto supremo. La actual división de dos viceministerios data de la gestión del doctor Marcial Rubio en el gobierno de Valentín Paniagua.

-¿Por qué existe tanta resistencia en torno a la Sunedu?

La Sunedu tiene un defecto de nacimiento, porque es creada a través de la Ley Universitaria como un organismo técnico especializado. Es decir, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dice que los organismos técnicos dependen políticamente y están sujetos a los planes de trabajo que apruebe el ministerio respectivo. Entonces, la Sunedu es una oficina técnica del Minedu, no puede tener funciones para ejercer gobierno, no es una oficina gubernamental, es una oficina técnica.

-Y al ser una oficina técnica está circunscrita al Ministerio de Educación, ¿por lo que puede ser auditada?

Tiene que rendirle cuentas al Ministerio de Educación como toda dependencia. Entonces, el problema es que el Minedu no se puede desligar de la responsabilidad política que tiene sobre la educación superior en el Perú; por eso, mejor sería que exista un viceministerio de la educación superior. Actualmente tenemos más de 140 universidades en el Perú. La educación superior tiene que organizarse sobre la base de un esquema regional, así nace la universidad en el Perú, bajo el concepto de que las universidades deben servir a las regiones. Y algunas instituciones tienen más alcance nacional y tienen programas de cooperación. No se puede manejar todas las universidades desde Lima.

-¿Qué opina usted del nombramiento y destitución, en tiempo récord, de Flor Luna Victoria como titular de la Sunedu?

El superintendente de la Sunedu es una designación de confianza del ministro de Educación. No es un nombramiento por concurso público ni mucho menos un nombramiento para servidor permanente del Estado. Entonces, la confianza se otorga sin dar mayor explicación, y la confianza se pierde o se retira sin tampoco darse una explicación. Yo no sé por qué se ha armado todo un laberinto a raíz de ello.

UNIVERSIDADES PRIVADAS ESTÁN A SU SUERTE

-¿Qué problema ha identificado usted en las universidades privadas respecto a las públicas?

Hay universidades privadas que corren el riesgo de convertirse en grandes negocios donde se comercializa en el nivel superior. El problema es que las universidades privadas están un poco a su suerte y se convierten en empresas de lucro excesivo. Una vez que son creadas se multiplican en subsedes, crecen y se multiplican invirtiendo en negocios gigantescos.

POR: ROBERTO SÁNCHEZ R. – roberttosanchez7@gmail.com

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Perú: Aprueban padrones de instituciones educativas públicas y dictan diversas disposiciones

Perú/12 de Marzo de 2018/El Peruano

N° 108-2018-MINEDU

Lima, 8 de marzo de 2018

VISTOS, el Expediente N° 0022839-2018, el Informe Nº 091-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, y el Informe N° 135-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 56 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, concordantes con los literales b) y c) del numeral 129.1 del artículo 129 de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, el profesor puede percibir asignaciones temporales que se otorgan por laborar en una institución educativa ubicada en el ámbito rural y de frontera, así como en una institución educativa unidocente, multigrado o bilingüe;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, adicionalmente a las asignaciones establecidas en esta, los profesores que laboran en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), perciben una asignación especial, cuya vigencia, periodicidad y monto son fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación;

Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 30202, Ley que otorga asignación especial por laborar en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro a los profesores contratados y dicta otras disposiciones, los profesores contratados en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva perciben, de manera excepcional, la asignación especial a que se refiere la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, por servicio efectivo en el ámbito de intervención directa o de influencia del VRAEM;

Que, los literal b) y c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señalan que el profesor contratado en el marco del contrato de servicio docente, percibe bonificaciones por condiciones especiales de servicio, de acuerdo a la ubicación de la institución educativa pública: ámbito rural y zona de frontera, y de acuerdo con la característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe; así como una asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en VRAEM, respectivamente;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal b) del artículo 2 y el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley Nº 29944, el auxiliar de educación nombrado y contratado, respectivamente, percibe asignaciones temporales por condiciones especiales del servicio, de acuerdo a la ubicación de la institución educativa: ámbito rural y zona de frontera, y por tipo de institución educativa: unidocente o multigrado; así como por prestar servicios en una institución educativa pública bilingüe.

Que, asimismo, el artículo 4 de la Ley Nº 30493, señala que los auxiliares de educación nombrados y contratados perciben una asignación especial mensual por laborar en instituciones educativas públicas ubicadas en zonas de influencia y de intervención directa del VRAEM;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 227-2015-EF, se establece la vigencia, características, criterios y montos de las asignaciones temporales por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública unidocente o multigrado de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, en una institución educativa pública comprendida en la Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, y en una institución educativa pública ubicada en zona rural y/o de frontera; asimismo, se establece la vigencia, características, criterios y monto de la asignación especial por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva ubicada en el ámbito de intervención directa del VRAEM; en el marco de la Ley Nº 29944;

Que, conforme al tercer párrafo del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 014-2014-EF y su modificatoria, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa, los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, por otra parte, con Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 159-2016-EF, Nº 191-2017-EF y Nº 305-2017-EF se establece, entre otros, el monto, criterios y condiciones de las bonificaciones por prestar servicio efectivo como profesor contratado en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva de zona rural o de frontera; en una institución educativa pública de Educación Básica Regular de los niveles inicial o primaria, unidocente o multigrado; y en una institución educativa pública de Educación Básica Regular de los niveles inicial o primaria, pertenecientes a la Educación Intercultural Bilingüe;

Que, de acuerdo al cuarto párrafo del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 226-2015-ED y sus modificatorias, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de las instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa, los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las bonificaciones por condiciones especiales de servicio docente señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 30220, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2016-MINEDU, el Ministerio de Educación, a inicios de cada año, aprueba el padrón de instituciones educativas públicas ubicadas en la zona de intervención directa y de influencia del VRAEM, para efectos del pago de la asignación especial a la que hace referencia la Ley Nº 30220, tanto para docentes nombrados como contratados; el cual constituye el único instrumento habilitante para su percepción durante el año correspondiente;

Que, adicionalmente, a través del Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, se establece el monto, criterios y condiciones de las asignaciones temporales o bonificaciones por prestar servicio efectivo como auxiliar de educación nombrado o contratado en una institución educativa pública de zona rural y/o de frontera, en una institución educativa pública de Educación Básica Regular del nivel inicial, unidocente o multigrado y en una institución educativa pública perteneciente a la Educación Intercultural Bilingüe; asimismo, se establece el monto de la asignación especial mensual por laborar en instituciones educativas públicas ubicadas en zona de influencia y de intervención directa del VRAEM, a los auxiliares de educación nombrados y contratados;

Que, conforme a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de las instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa (unidocente o multigrado), los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2013-ED creó el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe; de Instituciones Educativas de Educación Intercultural y el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú, a cargo de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU se aprobó el Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico; de docentes bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral o escrito de la lengua originaria, que prestan servicios efectivos en una Institución Educativa Pública Bilingüe; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial; Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en zona de frontera; y de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro;

Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU establece que los padrones aprobados por el artículo 1 de dicha resolución constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones cuyos montos se establecen en el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, y el Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, durante el año 2017, los mismos que deben ser actualizados anualmente;

Que, en el marco de las normas antes indicadas, mediante el Informe Nº 091-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta la necesidad de aprobar para el presente año 2018, el Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico; de docentes Bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral e intermedio en el dominio escrito de las lenguas originarias aimara y quechua (sureño, norteño y central) y al menos nivel básico en el dominio oral de las otras lenguas originarias; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona de frontera; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro; los cuales se encuentran técnicamente sustentados a través de los Informes Nº 001-2018-MINEDU/SPE-OSEE-UE-AAT y Nº 002-2018-MINEDU/SPE-OSEE-UE-AAT, elaborados por la Unidad de Estadística, del Informe Nº 385-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, elaborado por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y del Informe Nº 063-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes;

Que, adicionalmente, a través del Oficio Nº 126-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto, señala que se cuenta con recursos para la atención del pago de los padrones a los que se hace referencia en el considerando precedente; precisando que los recursos se encuentran formulados en el Pliego 010: Ministerio de Educación y los Pliegos Regionales;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Secretaría de Planificación Estratégica y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los padrones de instituciones educativas públicas que a continuación se detallan, los mismos que como Anexos, forman parte integrante de la presente resolución:

Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado.

Anexo 2: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico.

Anexo 3: Padrón de docentes Bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral e intermedio en el dominio escrito de las lenguas originarias aimara y quechua (sureño, norteño y central) y al menos nivel básico en el dominio oral de las otras lenguas originarias.

Anexo 4: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad.

Anexo 5: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona de frontera.

Anexo 6: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).

Artículo 2.- Establecer que los padrones aprobados por el artículo precedente constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones cuyos montos se establecen en el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 227-2015-EF, en el Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 159-2016-EF, Nº 191-2017-EF, Nº 305-2017-EF, y el Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, durante el año 2018, los mismos que deben ser actualizados anualmente.

Artículo 3.- Precisar que solo podrán percibir las asignaciones los profesores nombrados y contratados, que desempeñan funciones efectivas como docentes, jerárquicos, y directivos; y los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas de educación básica o técnico-productiva consideradas en los padrones correspondientes.

Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IDEL VEXLER T.

Ministro de Educación

1624059-1

Fuente: http://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-padrones-de-instituciones-educativas-publicas-y-dic-resolucion-ministerial-no-108-2018-minedu-1624059-1/

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Perú: Estos son los proyectos educativos más innovadores de los últimos tiempos

Perú/10 de Marzo de 2018/El Comercio

Hoy, las compañías privadas y las ONG destinan esfuerzos para invertir en la educación de niños, jóvenes y adultos. Inspírate con estos casos.

La educación es un elemento fundamental para cerrar las brechas sociales y darles a niños, jóvenes y adultos la oportunidad de tener herramientas para afrontar el futuro. No en vano, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), atribuye a la educación un valor estratégico. Entre sus “Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS)”, destaca el número 4, que establece como compromiso: “Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”.

En ese camino, en el Perú y el mundo, empresas y organizaciones no gubernamentales (ONG) desarrollan esfuerzos de distinta índole para capacitar a grupos sociales vulnerables en temas educativos. Por ejemplo, desde hace un par de décadas contamos con la Asociación Empresarios por la Educación (ExE), que reúne a las compañías más importantes del país en la búsqueda de contribuir en el mejoramiento de la educación pública nacional, a través de distintos programas que incluyen la inclusión digital y el impulso a la lectura.

En este artículo presentamos tres ejemplos de este tipo de iniciativas en distintas partes del mundo:

1) Proyecto Speed School 
Es un programa estadounidense dirigido a niños no escolarizados que han perdido años valiosos en las escuelas. Así, por medio de una pedagogía intensiva y centrada en el niño buscan que éste alcance una alfabetización básica y aritmética.

U. Continental

En detalles, Speed School permite a los niños realizar tres años de curriculum escolar en solo 9 meses, para luego incorporarlos con sus compañeros en el colegio.

2) Ubongo 
Cada semana, muchos hogares en África acceden al programa educativo Ubongo, el cual ofrece contenidos de aprendizaje atractivos como historias, animaciones y música a través de plataformas, incluyendo radio, televisión, mensajes de texto y smartphones, adaptándolos al contexto y al lenguaje local.

U. Continental

Ubongo también proporciona orientación a las escuelas y comunidades para apoyar el aprendizaje y desarrollo de los niños. El año pasado fue premiado en la VIII Cumbre Mundial de la Innovación para la Educación Wise, que se celebró en Qatar.

3) Premio Juscelino Kubitschek
Este premio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) destaca a proyectos ligados a la educación de América Latina y el Caribe. El 2017 uno de los ganadores fue Promundo, una institución que promueve la igualdad de género y la prevención de la violencia mediante programas enfocados a diversos grupos que incluyen niños, jóvenes y adultos, particularmente mujeres.

U. Continental

Solo en Brasil, Promundo ha beneficiado a un total de 104.000 personas, incluyendo a 2.100 educadores y 4.000 alumnos en el programa PEGE (Promovendo a igualdade de gênero nas escolas).

Fuente: https://elcomercio.pe/publirreportaje/son-proyectos-educativos-innovadores-ultimos-tiempos-noticia-502458

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Perú encabeza el ranking de América Latina como región de mayor privatización educativa

Perú/10 de Marzo de 2018/Mundo

Latinoamérica es la zona del mundo en la que la mercantilización educativa más se hace sentir desde 1990, con Perú a la cabeza y su 116% de aumento de la matrícula en el sector privado. Comienza el nuevo ciclo lectivo 2018 y al mismo tiempo las movilizaciones, los conflictos y las negociaciones entre sindicatos y Gobiernos.

De hecho en Argentina y Chile, por ejemplo, no está claro aún si el comienzo de clases será normal en todo el país. Por distintas razones, los sindicatos resuelven por estas horas qué harán a partir del 5 de marzo. Ambos países ponen en práctica algunas reformas en sus sistemas, ya resistidos el año pasado por trabajadores y estudiantes sobre la base de que profundizan un modelo que cada vez hace más agua.

En la Ciudad de Buenos Aires los cursos se iniciaron hoy en medio de un conflicto que los llevará a parar el lunes 5 y el martes 6, fecha en la que debería ponerse en marcha el sistema en todo el país. Pero eso no ocurrirá porque aún no hubo acuerdo salarial, ni en otros sentidos.

En la capital del país, más allá de que este jueves 1 y el viernes 2 se dictan clases, «hay 11.000 niños y niñas que no tienen vacante en las escuelas públicas y deben recurrir a privadas. Recordemos que 55% del sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires está en manos de privados y muchos de ellos reciben subsidios por parte del Estado», denunció a Sputnik Amanda Martín, secretaria general adjunta de la Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior.

En este sentido, explicó que para medir el impacto que tendrá el Gobierno de Mauricio Macri en el sector educativo basta con mirar la experiencia de la capital argentina, donde el hoy presidente inició su carrera política como jefe de Gobierno porteño.

«En política educativa el macrismo, que ya tiene 10 años gobernando en la Ciudad de Bueno Aires, ha demostrado su verdadera orientación con respecto a la educación pública: un ajuste presupuestario permanente, reformas y contrarreformas que no han hecho más que degradar a la educación en sus distintos niveles y la tarea docente cuando la miseria social creciente estalla en las aulas, ya no solo como característica de la Ciudad sino en el resto del país».

Desde el otro lado de la cordillera aporta su testimonio a este informe Darío Vásquez, secretario general del Colegio de Profesores de Chile.

«Hemos llegado a la conclusión de que frente al modelo neoliberal nadie puede solo. Queremos impulsar una clara política de alianzas entre todos los sectores vinculados a la educación con las cuales hacer un planteo común al pueblo de Chile sobre lo que proponemos para luchar frente al gobierno que viene».

La referencia era para la asunción de Sebastián Piñera el 11 de marzo, aunque Vásquez aclaró que el fracaso educativo no se le puede achacar exclusivamente a la derecha. «En los años 90 supusimos que venían cambios profundos en todo sentido, en los ámbitos políticos, culturales y sociales de Chile, pero nada de eso ocurrió con los gobiernos de la Concertación, sino que hubo una continuada de la política neoliberal».

De lo que no tiene duda Vásquez es que «lo que va a ser el nuevo Gobierno es seguir consolidando el modelo. Chile ha sido el laboratorio del neoliberalismo y por lo tanto, hubo una proliferación excesiva de la escuela privada. El grueso de los estudiantes está matriculado allí y la mayoría de los profesores trabaja en ese sistema. Revertir la situación va a costar mucho porque la competencia entre colegios por la matrícula, que es lo que financia el sistema, va a seguir existiendo», concluyó.

Fuente: https://mundo.sputniknews.com/radio_telescopio/201803021076689317-educacion-conflictos/

 

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Perú. Educación: divino tesoro

Perú/06 de marzo de 2018/Fuente: http://larepublica.pe

Comienzan las clases escolares y universitarias y hay todavía demasiadas asignaturas pendientes.

El mes de marzo llega en medio de la vorágine y el sacudón político causado por Odebrecht, pero que no debe hacernos perder de vista un aspecto fundamental para nuestra sociedad: la educación, ese territorio donde, incluso, se fraguan tempranamente esas buenas o pésimas prácticas que marcan nuestro presente y futuro.

Si bien en los últimos años (sobre todo desde el gobierno anterior) se incrementó la inversión en el sector educativo, actualmente llega apenas a 3.9% del PBI. En Bolivia y Ecuador, por citar dos casos, es de 6.2% y 4.3% , respectivamente.

Uno de los temas no resueltos de nuestra educación es la desigualdad. El propio Estado a veces la promueve no de ahora sino de hace años. Como ha recordado el investigador del Instituto de Estudios Peruanos, Ricardo Cuenca, remodelar uno solo de los “colegios emblemáticos” cuesta tanto como construir varias escuelas rurales.

Y eso para no hablar de las pensiones y otros pagos que se cobran en los colegios particulares, en algunos casos exagerados y que tienen su impacto en la economía familiar. A ello se añade que no siempre los elevados precios garantizan una educación de calidad.

¿Qué se enseña a los alumnos cuando ya tienen un aula? Varios especialistas señalan que, en los últimos años, el énfasis se ha puesto en formarlos para su “inserción en el mercado”, algo necesario pero insuficiente. Las humanidades, el sentido crítico, han perdido fuerza; la educación cívica no ha sido tan sacudida.

Dependiendo del colegio, se hacen esfuerzos notables o se abandonan las tareas educativas. De allí que no extrañe la increíble barahúnda creada por la palabra “género” puesta en el currículo. Se ha perdido energía valiosa discutiendo, con obsesión, un asunto que es ya parte del progreso de la educación en buena parte del planeta.

Otro frente que no habría que descuidar es del gremio magisterial. Ya se anuncia otra huelga. Se requiere una estrategia que neutralice esa nueva paralización, que tiene contrabandos políticos, pero que puede amortiguarse con una reforma integral que convoque a los maestros.

Asimismo, la ahora congelada ‘Ley de Modalidades Formativas Laborales’, que proponía no pagarles a los estudiantes de institutos superiores por horas de trabajo, ha avivado un debate necesario: ¿cómo deben ser esos institutos?, ¿qué requisitos necesita una universidad para nacer oficialmente?

Una propuesta viable es la creación del Viceministerio de Educación Superior. De ese modo, se le daría más peso a este ámbito, donde recientemente se vivió la engorrosa situación del cese de Flor Luna Victoria al cargo de jefa de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU).

Nada menos que por la acusación de plagio en textos de su coautoría. No es el mejor incentivo para quienes están en formación ver que sus autoridades no son transparentes, o que gravitan en el plano educativo por intereses políticos. El Congreso ha sido muy vulnerable a este tipo de contaminación inaceptable.

El progreso económico solo no hace la democracia. Necesitamos una educación para la vida, para combatir la violencia de género, para desalentar la corrupción. Para ser más pensantes. Todo eso se juega en estos días, cuando numerosos niños y jóvenes vuelven a las aulas cargando sobre sus mochilas la esperanza.

Fuente de la Noticia:

http://larepublica.pe/politica/1206610-educacion-divino-tesoro

 

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Perú: Comisión de Educación pedirá facultades para investigar a la Sunedu

Perú/06 de marzo de 2018/Fuente: https://gestion.pe

Los congresistas de la comisión aprobaron realizar el pedido al Pleno de forma unánime.

La Comisión de Educación aprobó esta mañana pedir al Pleno del Congreso, facultades de comisión investigadora sobre las presuntas irregularidades que han sido denunciadas en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

La decisión fue adoptada por unanimidad, luego que en la estación de pedidos varios de los congresistas informaran sobre las denuncias de la exsuperintendenta de la Sunedu, Flor Luna Victoria, y su antecesora Lorena Masías.

Los congresistas de la comisión coincidieron en que por estos hechos debe iniciarse una investigación.

Inicialmente, el congresista Vicente Zeballos propuso que primero se invite al superintendente encargado, Martín Benavides Abanto, y luego de su exposición sobre la situación actual del Sunedu, se solicite la comisión investigadora.

Flor Luna Victoria Mori fue destituida de la superintendencia de la Sunedu debido a las acusaciones que tiene sobre plagio, y acusó a su predecesora Lorena Masías de tener haber elaborado un estudio que tiene similitudes con otros escritos pero a  ella no se le pidió su renuncia.

Al respecto, Masías adelantó que tomará medidas legales contra Luna Victoria. «Si no hay una rectificación entablaré una demanda civil», dijo.

Fuente de la Noticia:

https://gestion.pe/peru/politica/comision-educacion-pedira-facultades-investigar-sunedu-228612

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Perú: Minedu entregará más de 30 millones de materiales educativos a colegios públicos

América del Sur/Perú/ 05.03.2018 / Fuente: andina.pe.

El Ministerio de Educación (Minedu) entregará gratuitamente a siete millones de escolares de colegios públicos de todo el país más de 30 millones de materiales educativos adquiridos con una inversión de 287 millones de soles.

La información la brindó el ministro del sector, Idel Vexler, durante una exhibición de estos materiales educativo-pedagógicos realizada en Palacio de Gobierno con la presencia del presidente Pedro Pablo Kuczynski, la primera dama Nancy Lange, la presidenta del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz, y gobernadores regionales.
Desde este 12 de marzo, nuestros niños tendrán un buen año escolar, no solo con profesores motivados y comprometidos con su formación, sino también con servicios educativos óptimos y materiales educativos de calidad, que el Ministerio de Educación brinda”, señaló el ministro.
¿Qué materiales son?
Entre estos materiales hay cuadernos de trabajo, libros de consulta, mapas, materiales y juguetes para educación inicial, equipos de cómputo y kits de robótica, cartográficos y meteorológicos, implementos de educación física, instrumentos musicales, entre otros.
También destacan los materiales elaborados en 27 lenguas originarias que beneficiarán a más de 625 mil escolares de educación inicial y primaria de 17 mil escuelas interculturales bilingües del país.
Vexler señaló que el proceso de adquisición de los materiales educativos se planifica con varios meses de anticipación para asegurar que los escolares comiencen el año escolar sin inconvenientes.
“Atendiendo las necesidades reales de nuestros estudiantes, apuntamos a mejorar las herramientas de la educación en sus niveles inicial, primaria, secundaria, básica alternativa, básica especial, intercultural bilingüe y del ámbito rural”, agregó.
En la presentación, también se explicó el proceso de distribución que se realiza desde los almacenes del Minedu hacia 221 unidades de gestión educativa locales, 26 direcciones regionales de educación y más de 80 mil instituciones educativas.
También se mostraron materiales educativos producidos y distribuidos para los Colegios de Alto Rendimiento (COAR).

 Fuente de la noticia: htpp://andina.pe/agencia/noticia-minedu-entregara-mas-30-millones-materiales-educativos-a-colegios-publicos-701885.aspx

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