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Colombia: Deserción escolar, un tema social y económico

Colombia/12 de Marzo de 2018/El Espectador

SEGÚN EL DISTRITO, LA TASA PASÓ DE 2,8 % A 2,1 % EN EL ÚLTIMO AÑO.

A pesar de que la desescolarización en colegios públicos ha ido en descenso, sigue siendo tres veces mayor que en instituciones privadas. Expertos creen que se debe a la falta de una educación más pertinente a las realidades sociales.

Aunque no es común escuchar que un niño no esté estudiando en Bogotá, al menos 24.000 menores no se matricularon el año pasado, según cifras del Distrito. Esto responde a diferentes aspectos, como el embarazo adolescente, la pérdida del año escolar y la falta de transporte o alimentación, y a factores externos como el nivel socioeconómico y el clima familiar. Si bien en la última década los indicadores han disminuido, la brecha entre colegios públicos y privados sigue siendo evidente. Mientras en las instituciones distritales se registró en el último año una deserción del 2,1 %, en las privadas sólo fue de 0,8 %.

Según el último informe de Bogotá Cómo Vamos, este es un cuello de botella general en el sistema educativo de Bogotá, ya que, si bien se ha trabajado en fortalecer la infraestructura y la recepción, preocupan cifras como la deserción en secundaria, donde se registran las tasas más altas, al alcanzar 3,1 %, o casos como el de la localidad de Santa Fe, donde la cifra llega a un preocupante 6,9 %.

Este panorama, de acuerdo con Ángel Facundo, doctor en sociología de la educación, se debe en gran medida a factores asociados con la familia: “Para los padres con un grado de educación, ya sea bachillerato o un título universitario, el hecho de que sus hijos estudien es importante, por lo que se preocupan por acompañar a los niños a realizar sus tareas y están mucho más pendientes de su desarrollo académico”.

Para el pedagogo y economista Julián de Zubiría, más allá del transporte o la alimentación escolar, el tema trasciende al embarazo adolescente y la pertinencia de la educación básica. “Cuando se les pregunta a los menores por qué abandonaron el colegio, una respuesta muy frecuente es que la escuela no les da lo que necesitan, debido a que la educación es muy impertinente. Además, no se pueden dejar de lado los graves problemas de la población y los problemas sociales”.

Para buscar una solución, el Distrito ha puesto en marcha diferentes programas. Por ejemplo, en la Ruta del Acceso y la permanencia escolar se hace un seguimiento “niño a niño” para garantizar su continuidad académica. Por otro lado, se adelantan acciones de acompañamiento a los 100 colegios públicos con más alta deserción y se comenzaron a implementar acciones exitosas en otras instituciones. Asimismo, desde el año pasado se busca puerta a puerta a la población

desescolarizada, estrategia a través de la cual han logrado vincular de nuevo a alrededor de 6.000 estudiantes a los colegios.

Ante los resultados de la Encuesta Distrital de Deserción Escolar (EDE) de 2015, que determinó que una de las principales causas por las que los estudiantes dejan el colegio es la insuficiencia en el apoyo de transporte y alimentación escolar, se implementó el proyecto Al Colegio en Bici y a nivel nacional el Programa de Alimentación Escolar (PAE).

Por último está la construcción de colegios. Si bien lo que se quiere enfrentar directamente es la alta demanda de cupos en la ciudad, con esto también se busca reforzar la infraestructura educativa en los colegios, un factor importante, de acuerdo con Ángel Facundo. Para el pedagogo, “es muy difícil que un niño se

concentre o aprenda dentro de una institución que está que se cae o con implementos o textos que no son pertinentes”.

Pero esto no es lo único. El pedagogo agrega que, más allá de construir nuevas infraestructuras, la solución se debe concentrar en la atención al estudiante. Según Facundo, mientras en las instituciones privadas hay una mayor preocupación para que el estudiante rinda, en los colegios públicos la condición es distinta. “Hay menos preocupación de si el estudiante aprueba o aprende. No es tan personalizado el seguimiento”, asegura.

En gran medida, esto tendría que ver con el modelo educativo. Según De Zubiría, la educación debe estar más contextualizada a la realidad del estudiante y lo que  piensa hacer en el futuro. Para Facundo, esto es fundamental, ya que los estudiantes, especialmente de los colegios públicos, “tienden a dejar sus estudios porque saben que no van a obtener fácilmente un título profesional, que los cupos en el Sena son pocos y los cupos en las universidades públicas son limitados, entonces no ven que la educación sea un factor de desarrollo y eso hace que sea irrelevante”.

La cuestión, para ambos, no está sólo en evaluar a los estudiantes y profesores, así como en reforzar las infraestructuras, sino también en cuestionar la calidad de los programas académicos, ya que se ha convertido en una deuda de la educación básica en la ciudad.

Fuente: https://www.elespectador.com/noticias/bogota/desercion-escolar-un-tema-social-y-economico-articulo-742948

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España: Save the Children pide una asignatura de educación sexual

España/12 de Marzo de 2018/Eitb

Ha iniciado una campaña de recogida de firmas para que se promulgue una ley que proteja a la infancia de todas las violencias, incluida la machista.

En «Alguien te está escuchando» charlamos con Eva Silván, alavesa y responsable de Save the Children Euskadi, sobre esta iniciativa y la petición de una asignatura obligatoria en la enseñaza secundaria sobre «educación sexual», ante el incremento de actitudes machistas entre nuestros adolescentes.

Con motivo del Día Internacional de la Mujer, Save the Children alertaba sobre el aumento de la violencia machista en adolescentes e insiste en la necesidad de aprobar una Ley contra todas las formas de violencia que sufre la infancia en España.

Entre enero y octubre del año pasado, un total de 356 menores fueron denunciados por violencia machista, según ha informado recientemente el Gobierno a raíz de una pregunta parlamentaria. Se trata de la cifra más alta de los últimos nueve años.

Fuente: http://www.eitb.eus/es/radio/radio-vitoria/programas/alguien-te-esta-escuchando/detalle/5454470/save-the-children-pide-asignatura-educacion-sexual/

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Estados Unidos: Una Corte dicta contra la discriminación a transexuales en el trabajo

Estados Unidos/12 de Marzo de 2018/El Nuevo Herald

Un tribunal de apelaciones dispuso el miércoles 7 que los transexuales, como cualquier otro ciudadano, tienen derecho a no ser discriminados por motivos de género en el entorno laboral al fallar contra una funeraria de Detroit, Michigan, que despidió a un empleado por este motivo.

La decisión judicial se produce después de que, en agosto de 2013, Aimee Stephens, por entonces Anthony Stephens, comunicara al propietario de la compañía RG & GR Harris Funeral Homes, Thomas Rost, su intención de someterse a una operación de cambio de sexo para convertirse en mujer.

Dos semanas después de conocer sus intenciones, Rost decidió despedir a Stephens, que hasta ese momento ejercía de director de una de las funerarias de la compañía, alegando que su transición podía incomodar a los clientes e, incluso, atentar contra sus principios religiosos.

“La discriminación contra empleados, ya sea por no ajustarse a los estereotipos sexuales o por su condición de transgénero en estado de transición, es ilegal”, reza la sentencia dictada este jueves por un grupo de tres magistrados del tribunal de apelaciones del Sexto Circuito, con sede en Cincinnati, Ohio.

Stephens, que había trabajado para la empresa durante casi seis años, decidió presentar una queja oficial ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) y en paralelo, en septiembre de 2014, demandó a la funeraria por discriminación sexual.

En agosto de 2016, la EEOC falló a favor de la empresa al considerar que la decisión de Rost estaba amparada por el derecho a la libertad religiosa.

La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), una de las organizaciones de EEUU más importantes en la defensa de derechos civiles y que ha asistido a Stephens durante el proceso, celebró hoy la decisión judicial.

“Este dictamen establece que las personas transgénero están protegidas por las leyes federales contra la discriminación sexual y que las creencias religiosas de los empleadores no les dan derecho a discriminarles”, señaló la ACLU a través de un comunicado.

Desde que el presidente Donald Trump asumió la presidencia, hace poco más de un año, numerosas organizaciones sociales han criticado al mandatario por sus mensajes y decisiones faltos de sensibilidad con la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero (LGBTQ).

De hecho, a lo largo de su mandato Trump ha intentado sacar adelante una disposición para impedir la presencia de transexuales en el Ejército, que fue bloqueada por los tribunales, y ha revertido una norma que permitía a los estudiantes transgénero en las escuelas públicas usar los baños en función del género con el que se identifiquen.

“Inicié este proceso porque nadie debería ser despedido de su empleo por ser quien es. Estoy emocionada por la decisión de la Corte”, dijo Stephens en declaraciones a ACLU, que fueron recogidas en el comunicado.

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Perú: Aprueban padrones de instituciones educativas públicas y dictan diversas disposiciones

Perú/12 de Marzo de 2018/El Peruano

N° 108-2018-MINEDU

Lima, 8 de marzo de 2018

VISTOS, el Expediente N° 0022839-2018, el Informe Nº 091-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, y el Informe N° 135-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 56 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, concordantes con los literales b) y c) del numeral 129.1 del artículo 129 de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, el profesor puede percibir asignaciones temporales que se otorgan por laborar en una institución educativa ubicada en el ámbito rural y de frontera, así como en una institución educativa unidocente, multigrado o bilingüe;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, adicionalmente a las asignaciones establecidas en esta, los profesores que laboran en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), perciben una asignación especial, cuya vigencia, periodicidad y monto son fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación;

Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 30202, Ley que otorga asignación especial por laborar en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro a los profesores contratados y dicta otras disposiciones, los profesores contratados en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva perciben, de manera excepcional, la asignación especial a que se refiere la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, por servicio efectivo en el ámbito de intervención directa o de influencia del VRAEM;

Que, los literal b) y c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señalan que el profesor contratado en el marco del contrato de servicio docente, percibe bonificaciones por condiciones especiales de servicio, de acuerdo a la ubicación de la institución educativa pública: ámbito rural y zona de frontera, y de acuerdo con la característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe; así como una asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en VRAEM, respectivamente;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal b) del artículo 2 y el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley Nº 29944, el auxiliar de educación nombrado y contratado, respectivamente, percibe asignaciones temporales por condiciones especiales del servicio, de acuerdo a la ubicación de la institución educativa: ámbito rural y zona de frontera, y por tipo de institución educativa: unidocente o multigrado; así como por prestar servicios en una institución educativa pública bilingüe.

Que, asimismo, el artículo 4 de la Ley Nº 30493, señala que los auxiliares de educación nombrados y contratados perciben una asignación especial mensual por laborar en instituciones educativas públicas ubicadas en zonas de influencia y de intervención directa del VRAEM;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 227-2015-EF, se establece la vigencia, características, criterios y montos de las asignaciones temporales por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública unidocente o multigrado de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, en una institución educativa pública comprendida en la Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, y en una institución educativa pública ubicada en zona rural y/o de frontera; asimismo, se establece la vigencia, características, criterios y monto de la asignación especial por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva ubicada en el ámbito de intervención directa del VRAEM; en el marco de la Ley Nº 29944;

Que, conforme al tercer párrafo del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 014-2014-EF y su modificatoria, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa, los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, por otra parte, con Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 159-2016-EF, Nº 191-2017-EF y Nº 305-2017-EF se establece, entre otros, el monto, criterios y condiciones de las bonificaciones por prestar servicio efectivo como profesor contratado en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico Productiva de zona rural o de frontera; en una institución educativa pública de Educación Básica Regular de los niveles inicial o primaria, unidocente o multigrado; y en una institución educativa pública de Educación Básica Regular de los niveles inicial o primaria, pertenecientes a la Educación Intercultural Bilingüe;

Que, de acuerdo al cuarto párrafo del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 226-2015-ED y sus modificatorias, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de las instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa, los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las bonificaciones por condiciones especiales de servicio docente señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 30220, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2016-MINEDU, el Ministerio de Educación, a inicios de cada año, aprueba el padrón de instituciones educativas públicas ubicadas en la zona de intervención directa y de influencia del VRAEM, para efectos del pago de la asignación especial a la que hace referencia la Ley Nº 30220, tanto para docentes nombrados como contratados; el cual constituye el único instrumento habilitante para su percepción durante el año correspondiente;

Que, adicionalmente, a través del Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, se establece el monto, criterios y condiciones de las asignaciones temporales o bonificaciones por prestar servicio efectivo como auxiliar de educación nombrado o contratado en una institución educativa pública de zona rural y/o de frontera, en una institución educativa pública de Educación Básica Regular del nivel inicial, unidocente o multigrado y en una institución educativa pública perteneciente a la Educación Intercultural Bilingüe; asimismo, se establece el monto de la asignación especial mensual por laborar en instituciones educativas públicas ubicadas en zona de influencia y de intervención directa del VRAEM, a los auxiliares de educación nombrados y contratados;

Que, conforme a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, el Ministerio de Educación actualiza anualmente los padrones de las instituciones educativas públicas comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico, instituciones educativas ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad, instituciones educativas ubicadas en zona de frontera y por tipo de institución educativa (unidocente o multigrado), los cuales constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio señaladas en dicho Decreto Supremo;

Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2013-ED creó el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe; de Instituciones Educativas de Educación Intercultural y el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú, a cargo de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU se aprobó el Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico; de docentes bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral o escrito de la lengua originaria, que prestan servicios efectivos en una Institución Educativa Pública Bilingüe; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial; Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en zona de frontera; y de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico – Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro;

Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU establece que los padrones aprobados por el artículo 1 de dicha resolución constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones cuyos montos se establecen en el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, y el Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, durante el año 2017, los mismos que deben ser actualizados anualmente;

Que, en el marco de las normas antes indicadas, mediante el Informe Nº 091-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta la necesidad de aprobar para el presente año 2018, el Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico; de docentes Bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral e intermedio en el dominio escrito de las lenguas originarias aimara y quechua (sureño, norteño y central) y al menos nivel básico en el dominio oral de las otras lenguas originarias; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona de frontera; de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro; los cuales se encuentran técnicamente sustentados a través de los Informes Nº 001-2018-MINEDU/SPE-OSEE-UE-AAT y Nº 002-2018-MINEDU/SPE-OSEE-UE-AAT, elaborados por la Unidad de Estadística, del Informe Nº 385-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, elaborado por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y del Informe Nº 063-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes;

Que, adicionalmente, a través del Oficio Nº 126-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto, señala que se cuenta con recursos para la atención del pago de los padrones a los que se hace referencia en el considerando precedente; precisando que los recursos se encuentran formulados en el Pliego 010: Ministerio de Educación y los Pliegos Regionales;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Secretaría de Planificación Estratégica y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los padrones de instituciones educativas públicas que a continuación se detallan, los mismos que como Anexos, forman parte integrante de la presente resolución:

Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado.

Anexo 2: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico.

Anexo 3: Padrón de docentes Bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral e intermedio en el dominio escrito de las lenguas originarias aimara y quechua (sureño, norteño y central) y al menos nivel básico en el dominio oral de las otras lenguas originarias.

Anexo 4: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad.

Anexo 5: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en zona de frontera.

Anexo 6: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva, ubicadas en los distritos que forman parte de la zona de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).

Artículo 2.- Establecer que los padrones aprobados por el artículo precedente constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones cuyos montos se establecen en el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 227-2015-EF, en el Decreto Supremo Nº 226-2015-ED, modificado por los Decretos Supremos Nº 159-2016-EF, Nº 191-2017-EF, Nº 305-2017-EF, y el Decreto Supremo Nº 296-2016-EF, durante el año 2018, los mismos que deben ser actualizados anualmente.

Artículo 3.- Precisar que solo podrán percibir las asignaciones los profesores nombrados y contratados, que desempeñan funciones efectivas como docentes, jerárquicos, y directivos; y los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas de educación básica o técnico-productiva consideradas en los padrones correspondientes.

Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 121-2017-MINEDU.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IDEL VEXLER T.

Ministro de Educación

1624059-1

Fuente: http://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-padrones-de-instituciones-educativas-publicas-y-dic-resolucion-ministerial-no-108-2018-minedu-1624059-1/

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Nicaragua: Convocan a participar en olimpíada nacional de robótica

Nicaragua/12 de Marzo de 2018/El Nuevo Diario

Comtech convoca a participar a estudiantes y docentes nicaragüenses en la segunda edición de Olimpiada Nacional de Robótica 2018,  inscribiéndose únicamente en el sitio web www.wronicaragua.com, según Ernesto Varela, gerente general de Comtech, durante el lanzamiento en el Hotel Intercontinental Metrocentro.

El reto nacional se llevará a cabo el 18 y 19 de agosto de 2018, bajo la temática La Alimentación es Importante, y aunque aún no está definido el local, se espera reunir a más de 100 equipos participantes de todo el país en cuatro categorías, para finalmente competir en Tailandia en la Olimpiada  Mundial de Robótica (WRO) el 16 y 18 de noviembre.

La Olimpiada Nacional de Robótica en Nicaragua es el principal evento nacional a nivel de robótica que reúne a estudiantes de todo el país con el propósito de desarrollar su creatividad, diseño y resolución de problemas a través de desafiantes competencias educativas y actividades con robots.

Varela expresó que lo más importante de estas olimpiadas es que una mayor cantidad de docentes se van a certificar este año y se calcula que se involucren unas 400 personas, entre niños y jóvenes de 9 hasta 19 años de edad en etapa escolar y universitaria, tantos públicos como privados.

“Se definió que era prioridad brindar atención al tema del uso y manejo de los alimentos, por su impacto en la sociedad. En este evento se elegirá un ganador por cada categoría y al menos dos categorías que lleguen a tener las mejores calificaciones podrán representar a Nicaragua en la Olimpiada Mundial de Robótica (WRO)”, dijo.

La WRO tiene más de 50 países miembros y más de 20,000 equipos que compiten cada año y, como parte de la preparación de los clubes de Nicaragua en sus proyectos, se estarán ejecutando encuentros amistosos, capacitación a docentes de las diferentes instituciones educativas que se suman a este proyecto.

Po su parte, el ingeniero Héctor Lacayo, miembro del comité organizador y rector de la Universidad Iberoamericana de Ciencia y Tecnología (Unicit), manifestó que la robótica es un tema importante para nuestro país, por tal motivo es fundamental promoverla desde temprana edad para tener una mejor competencia y mayores retos al momento de las programaciones y construcción de robots.

Al respecto Varela comentó que, adicionalmente, “este año cuentan con un comité organizador integrado por instituciones públicas y privadas, entre ellas: Universidad Iberoamericana de Ciencia y Tecnología (Unicit), Cámara de Urbanizadores de Nicaragua, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN), Consejo Nacional de Universidades (CNU), Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) y Universidad de Managua (UDM), entre otros que de igual manera estarán apoyando, como ND Medios, grupo editorial al que pertenece El Nuevo Diario. Así también  100% Noticias y Claro.

Fuente:  https://www.elnuevodiario.com.ni/nacionales/458029-convocan-participar-olimpiada-nacional-robotica/

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México y países de Latinoamérica analizan sistema educativo en la región

México/12 de Marzo de 2018/24 Horas

La reunión del LLECE arrancó con el de generar un diálogo que permita verter semejanzas y diferencias de los sistemas educativos en América Latina,

Con el fin de generar un diálogo que permita verter semejanzas y diferencias de los sistemas educativos en América Latina, arrancó la XXXIX Reunión de Coordinadores Nacionales del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE), que se realiza, del 7 al 9 de marzo, en la capital del país.

Al inaugurar el encuentro, la consejera del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), Margarita Zorrilla Fierro, quien es coordinadora nacional del LLECE enMéxico, dijo que con lo anterior se espera fortalecer a los sectores educativos de la región.

Este evento, convocado también por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(Unesco) se realiza en el marco del desarrollo del Cuarto Estudio Regional Comparativo y Explicativo (ERCE), que tiene entre sus objetivos producir información válida para evaluar, comparar y explicar el desempeño de los estudiantes de la región.

Permitirá tomar decisiones estratégicas en relación a la implementación del piloto del estudio ERCE, que se aplicará durante 2018 y, junto con los países participantes, delimitar las acciones de los socios para cumplir con las metas establecidas en la Agenda Educativa hacia el 2030.

El LLECE es la red que reúne a los sistemas nacionales de medición y evaluación de la calidad educativa de 19 países de América Latina, la cual es coordinada por la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (OREALC/Unesco Santiago).

El evento, consta de tres jornadas de trabajo. La primera está destinada a la revisión de los instrumentos del estudio ERCE, tanto de las pruebas de logros de aprendizaje, como de cuestionarios de factores asociados y sus módulos nacionales.

La segunda estará enfocada en el muestreo del estudio ERCE, en la preparación de los pilotos norte y sur, y en el proceso de captura de datos. La tercera jornada se centrará en el trabajo con los socios técnicos y financieros y en la redacción de los acuerdos de la reunión.

Por su parte, Atilio Pizarro, coordinador general del estudio ERCE en la OREALC/Unesco Santiago, comentó que las reuniones de coordinadores tienen una importancia trascendental en todo el proceso del Cuarto Estudio ERCE y que éstas representan una instancia de seguimiento a los acuerdos que se han tomado en las reuniones anteriores, en función del diseño e implementación del estudio.

“Esperamos que sea una actividad altamente fructífera, que permita fortalecer el trabajo conjunto entre el Laboratorio y los países, reforzándolo como el mecanismo principal de monitoreo con que cuenta la región”, expresó.

Finalmente, el consejero presidente del INEE, Eduardo Backhoff Escudero, dijo que después de 20 años de existencia del LLECE, es digno reconocer el trabajo de la Unesco y de la OREALC, pues permite tener una radiografía del aprendizaje que se da en los distintos países.

“El aprendizaje tardó en llegar como política pública, como foco de atención para los países, pero llegó para quedarse”, apuntó y señaló que para saber si los objetivos del aprendizaje de los alumnos se cumplen, la evaluación es fundamental, sobre todo en la tarea de establecer políticas públicas en la materia.

Fuente: http://www.24-horas.mx/2018/03/07/mexico-paises-latinoamerica-analizan-sistema-educativo-en-la-region/

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Francia: UNESCO anuncia ganadores de premio sobre formación de docentes

Francia/12 de Marzo de 2018/Prensa Latina

Tres proyectos dirigidos a empoderar y reforzar la preparación de los docentes son los ganadores del Premio Unesco-Hamdan bin Rashid Al-Maktoum 2017-2018, anunció hoy esa organización de Naciones Unidas.
En un comunicado, la entidad detalló que los galardonados son el Centro de Modelamiento Matemático (CMM) de la Universidad de Chile, el proyecto Diklat Berjenjang de Indonesia y el Programa de formación transformacional rápida, del Reino Unido e Irlanda del Norte.

Los tres ganadores fueron escogidos entre las 150 candidaturas presentadas por diferentes gobiernos de los estados miembros y organizaciones asociadas a la Unesco, a partir de las recomendaciones de un jurado internacional integrado por profesionales del sector educativo.

El premio será entregado el 5 de octubre en un acto en la sede de la Unesco en París, a propósito del Día Mundial de los Docentes.

Al ofrecer detalles de los galardonados, la Unesco precisó que el CMM de la Universidad de Chile es reconocido por el proyecto Suma y Sigue: Matemática en línea.

Se trata de un programa de formación de docentes encaminado a cubrir la brecha existente en la enseñanza de las matemáticas a estudiantes de diferentes entornos socioeconómicos y la calidad de la enseñanza de esta materia en general.

En el caso del proyecto Diklat Berjenjang de Indonesia, se recompensa su aporte al desarrollo profesional de calidad a los docentes de preescolar, fundamentalmente en las regiones más pobres y remotas.

De acuerdo con el comunicado, la iniciativa responde a las necesidades de docentes capacitados en ese país, al promover la creación de entornos de aprendizaje que estimulen a los jóvenes educandos.

Por otro lado, el Programa de formación transformacional rápida del Reino Unido e Irlanda del Norte fue escogido por la eficacia y el valor altamente innovador de su enfoque en materia de formación de docentes en diferentes entornos profesionales en Ghana.

Dicho proyecto promueve una pedagogía centrada en los niños y basada en los juegos en la enseñanza preescolar, para sustituir los métodos tradicionales de la pizarra, el dictado y la disciplina.

Creado en 2009 gracias al apoyo del Jeque Hamdan bin Rashid Al-Maktoum de Dubai, este premio se otorga cada dos años a proyectos destacados que contribuyan a aumentar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje, en particular en los países en desarrollo o entre las comunidades marginadas o desfavorecidas.

Fuente: http://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=158686&SEO=unesco-anuncia-ganadores-de-premio-sobre-formacion-de-docentes
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