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España: 1.250 familias afectadas por el arreglo escolar de Marzá

ElMundo/30 de abril de 2016/Por: Noa de la Torre

El conseller de Educación, Vicent Marzà, y el portavoz de Compromís, Fran Ferri, esta semana en las Cortes. BIEL ALIÑO

Los colegios denuncian en una carta a los padres que Educación reduce el número de vacantes por debajo de los puestos autorizadosMarzà afirma que se incumplió la ratio legal en centros privados

Las familias de los 300 colegios agrupados en la patronal de Escuelas Católicas de la Comunidad Valenciana comenzaron a recibir ayer una carta de la entidad denunciando las consecuencias del arreglo escolar efectuado por la Conselleria de Educación para la enseñanza concertada. Esta acción conjunta se suma así a las iniciativas individuales de protesta que han estado llevando a cabo los colegios afectados por el recorte de aulas. En juego, según la patronal, las plazas de los alumnos de 1.250 familias. Y, según el PP, la continuidad de algunos colegios sobre los que se cierne ahora la amenaza de cierre.
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Así lo advirtió ayer la portavoz de Educación del PP en las Cortes, Beatriz Gascó, quien alertó de que los centros a los que ahora se suprimen unidades de Infantil están abocados directamente a la desaparición. Este «ataque» a la escuela concertada, «objetivo» del conseller de Educación, Vicent Marzà, es «progresivo y se va a ir extendiendo con la supresión del concierto de Bachillerato el próximo curso», sentenció Gascó. En su opinión, además, el arreglo de la concertada se ha hecho en base a criterios ideológicos y sin fundamento normativo.Es lo que defienden también las patronales. En el caso de Escuelas Católicas, en la misiva se argumenta que «el planteamiento actual de la Conselleria reduce en más de 50 la oferta de unidades», lo que afecta a más de un millar de familias «que ven limitado su derecho a elegir la educación que deseen para sus hijos».Y a esto se suma, según se agrega en el documento que han recibido los padres de los centros, el hecho de que «la Administración educativa actual propone además la reducción en el número de plazas vacantes, por debajo de los puestos escolares autorizados, reduciendo la libertad de elección de las familias». El documento, muy duro, hace pública la «indignación» del sector por la decisión de la Conselleria de «impedir» la creación de unidades concertadas, «a cuya financiación con fondos públicos tienen derecho, so pretexto de la baja demografía o las vacantes existentes». Esto contrasta con que, «al mismo tiempo, crea más de 400 nuevas unidades en la enseñanza pública, con el enorme coste económico que ello supone». El objetivo, denuncia la patronal, es conformar «un planteamiento educativo único y público».Y, al igual que ya han hecho los sindicatos, la patronal alerta de la pérdida de puestos de trabajo directos -los de profesores, casi un centenar-, pero también indirectos: monitores de comedor, empleados de la limpieza… Aunque Marzà prometió una bolsa de recolocación para el profesorado despedido, la portavoz del PP señaló que esto «es una mentira y una irresponsabilidad porque no se puede pasar por encima de quien oposita». «Imposición»Tampoco ocultó ayer su enfado la Mesa por la Educación en Libertad, una entidad que aglutina a buena parte del sector de la enseñanza concertada, incluidas las familias. Su actual portavoz, Vicente Morro, opinó que «la Generalitat Valenciana ha cambiado la libertad de elección de las familias por la imposición del modelo educativo de centros públicos y afines». En este sentido, Vicente Morro apuntó:«Desconocemos los criterios objetivos para autorizar o denegar aulas porque no entendemos que si disminuye la natalidad desde hace años decrezcan sólo las aulas concertadas y aumentan las públicas».

Fuente: http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2016/04/30/5723c17d268e3e84138b461e.html

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España: El triángulo mágico de la educación

España/Autor: María Ibañez/1 de Mayo de 2016/ El periódico 

Cuando hace 25 años Mariona Torredemer reunió a las familias de los alumnos de su colegio para explicarles el que iba a ser el nuevoproyecto pedagógico de la escuela -que los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) del centro compartieran aulas con los del colegio público Lanaspa, situado justo frente por frente-, la idea no acabó de convencer a algunos padres. «Tenían miedo de que sus hijos pudieran sentirse excluidos, de que los niños del colegio ordinario se rieran de ellos o los rechazaran», recuerda Torredemer, directora del centro de educación especial Crespinell. Allí se escolarizan menores con distintos grados de discapacidad y Torredemer estaba convencida de que muchos de ellos podían seguir perfectamente «las clases normales».

En contra de lo que temían las familias, la experiencia fue un éxito, hasta el punto que unos años más tarde, en el 2002, la colaboración se amplió también al instituto de secundaria Montserrat Roig, a pocos metros de distancia. Hoy, el triángulo que forman estos centros educativos de Terrassa (el Crespinell, el Lanaspa y el Montserrat Roig) es un referente para quienes reclaman que la escuela catalana sea, de una vez, una escuela verdaderamente inclusiva.

Una de las particularidades que hace que el proyecto educativo a tres bandas de Terrassa sea un ejemplo a seguir es «el trabajo de coordinación que durante tantos años han desarrollado los equipos docentes de los tres centros (dos de titularidad pública y uno concertado), con alumnos, a su vez, de una gran diversidad de orígenes», destaca el jurado de los premios Ensenyament de la Fundació del Cercle d’Economia, que lo ha escogido como finalista en la edición de este año. Si el proyecto ha resultado ganador se sabrá el próximo lunes.

«Este es un modelo vivo, que cada curso se ha de ir ajustando ya que cada año los alumnos son también distintos. No hace sino reproducir lo que los chicos se van a encontrar en la vida adulta: una sociedad diversa y formada por personas diferentes entre sí», subraya Torredemer. «Es un modelo en el que todos aprendemos, los niños y también los maestros», agrega Núria Altet, directora del Lanaspa.

CONVIVENCIA NATURAL

Hoy toca clase de educación física en tercero de primaria. La sesión se desarrolla en las instalaciones del Lanaspa, que ocupa lo que fue un antiguo vapor en el centro de Terrassa. Los chavales corretean por el amplio espacio del gimnasio, entre risas, en lo que parece un juego de improvisación gestual. Están todos mezclados, los chicos del colegio ordinario y los alumnos del Crespinell, todos de la misma edad, todos con ropa deportiva. «Vamos a caminar por la sala y cuando nos crucemos con un compañero, le saludaremos», propone el profesor. Con él trabaja, durante esta hora, una especialista en educación especial, que ha llegado desde el colegio vecino con sus alumnos. Al terminar la clase regresarán, docente y estudiantes, de nuevo a su escuela.

«El comedor, los patios y las salidas escolares y estancias en colonias son conjuntos», relatan las directoras. «Luego, de forma individualizada, se analiza a qué asignaturas convencionales se pueden incorporar los alumnos con necesidades educativas especiales», indica Torredemer. «Nosotros no variamos la programación, son ellos quienes se adecúan a nuestros horarios. Lo que sí hacemos aquí es adaptar las explicaciones según sus necesidades», precisa Altet. En secundaria, los del Crespinell «asisten a las clases de educación física y a las de ciencias naturales», detalla George Grayling, director del Montserrat Roig. El resultado, coinciden los tres, «es que la diversidad, la diferencia acaba viviéndose como algo natural«.

«La actitud de los profesores es clave para que este modelo vaya adelante», señala Grayling. «Por norma general, los docentes que vienen destinados a nuestros centros conocen de antemano cómo trabajamos, saben que tenemos esta colaboración con el Crespinell y se adaptan sin problemas… aunque es cierto que alguna vez, muy puntual, algún profesor ha renunciado», señala la directora del Lanaspa. Quienes abandonan lo hacen, a menudo, «porque creen que no valen para esto». Otros alegan que no pueden asumir la carga de trabajo adicional que implica este proyecto.

Pero esos casos son los menos. «Por norma general, como experiencia profesional, este es un trabajo muy satisfactorio», destaca Mònica Solà, jefa de estudios del colegio de primaria y profesora de música. Además, si las fuerzas flaquean o si surgen dudas pedagógicas, «el equipo de educadores del Crespinell asesora a los profesores de los otros dos centros, lo que les convierte en un centro de recursos de primer orden», aplaude Altet.

¿CÓMO SE SABE SI FUNCIONA?

Ahora los promotores del proyecto quieren dar un paso más. «Estamos estudiando el modo de dar un corpus científico a esta experiencia, ver si por ejemplo desde la universidad se pueden fijar unos indicadores de evaluación», indica Torredemer. La experiencia les dice que los alumnos que han pasado por estos colegios «conviven mejor con la diversidad, son más tolerantes y solidarios», pero es difícil determinar en qué grado. «De lo que estamos convencidos es de que el modelo es exportable, y de que buscando los beneficios mutuos, estamos contribuyendo a cambiar el sistema educativo», concluyen los tres docentes.

Fuente: http://www.elperiodico.com/es/noticias/educacion/escuela-inclusiva-triangulo-magico-educacion-crespinell-lanaspa-montserrat-roig-terrassa-5094332

Imagen: http://estaticos.elperiodico.com/resources/jpg/0/1/mjibanez33677641-terrassa-2016-reportaje-sobre-los-centros-ed160428185725-1461862775310.jpg

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Científico iraní crea método eficiente para tratar el cáncer de útero y el de próstata

Hispan TV | 30-04-2016 |

El método ha sido elaborado por Hamidreza Chabok, un joven científico iraní miembro de la Administración Nacional de la Aeronáutica y del Espacio de EE.UU. (NASA, por sus siglas en inglés), y es muy prometedor a la hora de tratar y curar diferentes tipos de cánceres.

Según explica Chabok, actualmente la tecnología del ultrasonido es conocida como una de las tecnologías muy poco agresivas en el tratamiento de distintos tipos de cánceres, de la que gozan muy pocos países.

Este método, prosigue, ha sido probado con éxito en pacientes de cáncer y ha sido aprobado por la Agencia de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA, por sus siglas en inglés).

Debido a que el cáncer de útero y próstata son más fáciles de diagnosticar en comparación con otros tipos de cáncer, este método puede ser muy eficaz a la hora de tratarlos.

En el procedimiento, detalla, no es necesario recurrir a ningún sistema de imagen por resonancia magnética (MRI) o ecografías; ambos métodos se utilizaban anteriormente para diagnosticar diferentes tipos de cánceres

El científico e investigador iraní de la NASA Hamidreza Chabok.

Sin embargo, añade, en el nuevo método de ultrasonido no se requiere ningún tipo de anestesia o ingreso del paciente, y en realidad es una forma de tratamiento que se lleva a cabo con anestesia local y es muy asequible económicamente para las empresas de seguros.

“Por ejemplo, en el tratamiento del cáncer de próstata se pueden obtener resultados significativos después de 2 o 3 sesiones de terapia, en la que se utilizan ondas mecánicas que ayudan a eliminar la enfermedad en el órgano afectado (…)”, indica.

En cuanto al tratamiento de los paciente de cáncer de mama, define, que los resultados obtenidos mediante este método aumentan del 10 %-20 % a más del 60 %.

“En este procedimiento, muy contrario a la mamografía, que solo se usa para el diagnostico del cáncer de mama, se puede diagnosticar y tratar al mismo tiempo la enfermedad mediante ondas ultrasónicas”, enfatiza.

Por último, Chabok argumenta que Irán todavía no cuenta con esta tecnología, pero si consigue importarla, sin duda alguna no será necesario recurrir a cirugías y quimioterapias agresivas para tratar a los pacientes de cáncer y eso pude generar una gran revolución en el sistema sanitario iraní.

 Fuente: : Científico iraní crea método eficiente para tratar el cáncer de útero y el de próstata

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España: La Assemblea de Docents mantiene el boicot a las pruebas Lomce

ElMundo/30 de abril de 2016/EuropaPressPalma

«Estamos preparados y dispuestos a boicotear las pruebas si se decide realizarlas»

La Assemblea de Docents y la Plataforma Crida han insistido este sábado en mantener su propuesta de boicot a las pruebas Lomce ya que han recordado que la paralización anunciada por el conseller de Educación es temporal. De este modo, la Assemblea deja patente su descontento con la resolución de la Conselleria de la semana pasada, relativa a la suspensión temporal de la aplicación de las pruebas de evaluación para los alumnos de tercero y sexto de primaria, al considerar que se produce «sin un compromiso claro de detenerse definitivamente, como ya han hecho las Comunidades Autónomas de Canarias, Navarra, Cataluña y País Vasco».
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Así, en previsión de que finalmente se puedan convocar las pruebas, «habrá muy poco tiempo para reaccionar ya que el curso escolar se encuentra muy avanzado». «Nos preocupa que las pruebas se solapen con el final de curso generando, una vez más, caos en los centros», ha explicado la Assemblea en un comunicado. Vuelve a denunciar que estas evaluaciones «responden a uno de los principios de la Lomce que más refleja su carácter segregador, que pretende clasificar alumnos y centros, que sólo evalúa resultados y no procesos de aprendizaje y que hace de la competitividad un objetivo fundamental». Según la Assemblea, este modelo, «ya experimentado en otros países, no funciona y se aleja de la escuela compensadora de desigualdades sociales, familiares y económicas que es tan necesaria en esta comunidad». En este sentido, la entidad ha advertido de que la norma educativa continúa implantándose «con constantes incertidumbres como ésta» en los centros educativos Baleares, y «nada hace pensar que una próxima Conferencia Sectorial de Educación, a la que se acoge el conseller para argumentar la decisión de suspensión temporal, sea capaz de acordar ninguna medida contundente en contra de la Lomce». Por todo ello, la Assemblea ha exigido la paralización completa del calendario de aplicación de la Lomce y la ejecución de un acuerdo político inmediato para su derogación. «Por lo tanto, estamos preparados y dispuestos a boicotear las pruebas si se decide realizarlas», ha concluido.

Fuente: http://www.elmundo.es/baleares/2016/04/30/5724e5b346163fc4428b4597.html

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EEUU: Piden más educación para prevenir embarazos entre adolescentes hispanas

 EEUU/1 de mayo de 2016 /Por Agencia EF/ Fuente el nuevo dia

El deporte las aleja de un embarazo no deseado

El porcentaje de embarazos entre adolescentes hispanas bajó un 51%

Los Ángeles – El índice de embarazo entre adolescentes latinas ha disminuido en la última década, pero con una tasa que es casi el doble de las blancas la cifra es aún lo suficientemente alta como para ahondar en iniciativas educativas, según señalaron especialistas a Efe.

El porcentaje de embarazos entre adolescentes hispanas bajó un 51% desde el año 2006, según un reporte dada conocer el pasado jueves por los Centros de Control y Prevención de Enfermedades (CDC, en inglés), mientras que en el caso de las afroamericanas la reducción fue de un 44%.

«Aunque se trata de una disminución importante, hace falta todavía mucha educación y apoyo a las jóvenes latinas para evitar los embarazos no deseados», declaró a Efe Niza Rodríguez, psicóloga experta en Desarrollo de Familia.

Según Rodríguez, el problema se acrecienta en las jóvenes de bajos recursos que enfrentan presiones por sus circunstancias económicas, y que «muchas veces sufren la ausencia de los padres, especialmente de la madre, que tienen que trabajar muchas horas para sacar adelante la familia».

Para la psicóloga, la estrategia para prevenir que las jóvenes hispanas se vean expuestas «a la sorpresa de un embarazo» debe contemplar que «desde niñas las hispanas tengan metas altas en su vida, y en este caso la educación universitaria es una de ellas».

La especialista señala al deporte como otro factor importante para alejar a las jóvenes del riesgo de un embarazo no deseado, aunque lamenta que «en las familias latinas se da más importancia al deporte de los varones que al de las niñas».

La organización Adelante Mujeres, con sede en el estado de Washington, desarrolla el programa «Adelante Chicas» para promover el desarrollo integral de niñas y jóvenes, y respecto al embarazo entre adolescentes considera también que la educación es clave.

«En Adelante Mujeres nosotros creemos que una mejor educación es el ‘ticket’ de oro para las jóvenes latinas», señaló Bridget Cooke, cofundadora y directora ejecutiva de la organización, que realiza un programa académico y de liderazgo en mas de 400 familias hispanas.

Para Rodríguez, los valores que transmita la familia a favor «de una libertad con responsabilidad» es la piedra angular en la formación de las jóvenes.

Fuente: http://www.elnuevodia.com/noticias/internacionales/nota/pidenmaseducacionparaprevenirembarazosentreadolescenteshispanas-2193815/

Imagen: http://rec-end.gfrcdn.net/images/tn/0/202/1810/1104/900/447/2016/05/01/panza.jpg

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BID/ School Infrastructure and Educational Outcomes: A Literature Review, with Special Reference to Latin America

Diversos estudios han enfatizado el valor de invertir en educación, pero no dan luz sobre cuáles son los elementos educativos específicos en los que se debería invertir. Esta investigación explora tanto la literatura económica como educativa publicada desde 1990 hasta 2012 para evaluar hasta qué punto tipos específicos de infraestructura escolar tienen un impacto causal en el desempeño y matriculación de los estudiantes.

Texto disponible en el siguiente enlace:

School Infrastructure and Educational Outcomes: A Literature Review, with Special Reference to Latin America

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Chile: Reforma con miedo a la huelga

SurySur/30 de abril de 2016/Por. Manuel Hidalgo

ch reforma laboral

Los más genuinos representantes políticos del gran capital, agrupados en Chile Vamos, no tardaron ni 24 horas en presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional objetando los cuatro avances más sustantivos que contiene la reforma laboral aprobada por el Parlamento, en dirección a recuperar regulaciones mínimas consistentes con el Derecho del Trabajo a nivel internacional. Y como era de esperar, el Tribunal declaró la admisibilidad del requerimiento.
La apelación se dirige a resguardar la vigencia de normativas claves impuestas en dictadura, que imponen límites a la sindicalización, la negociación colectiva y a la huelga. Los “grupos negociadores”, la facultad del empleador de extender a voluntad los beneficios de una negociación colectiva a quienes no hayan sido parte de ella, el no acceso de los sindicatos a información detallada sobre costos de personal, la imposibilidad de negociar colectivamente para los sindicatos interempresa sin el consentimiento de los empleadores, son los handicaps patronales que la reforma laboral pone en cuestión.
En ellos se concentra el rechazo del empresariado, que no obstante cuenta con muchas otras regulaciones que no serán tocadas, a pesar que la reforma fortalece sus planes de contingencia para encarar las huelgas y abre espacio para flexibilizar aún más las relaciones laborales.

Menos grupos negociadores: ¿”monopolio sindical”?ch cut
Mantener la figura legal de grupos de trabajadores que se unen para el solo efecto de negociar colectivamente, es importante para impedir que el sindicato sea el único camino para alcanzar un contrato colectivo. Los “grupos negociadores”, regularmente promovidos desde la gerencia, abren una posibilidad competitiva y de “menor costo” para los trabajadores que anhelan un contrato colectivo, ya que no hay cuotas sindicales de por medio. La reforma aprobada por el Parlamento no los elimina por completo: “En las empresas en que no exista organización sindical con derecho a negociar colectivamente (…) los trabajadores podrán unirse para el solo efecto de negociar con su empleador” conforme a reglas mínimas de procedimiento, para lo que se llama una “negociación semi-reglada”, conducente a un “acuerdo de grupo negociador”, que será igualmente reconocido como instrumento colectivo.
Por lo demás, no es éste el único mecanismo legal hoy existente para desestimular la sindicalización por parte del empresariado. También pueden recurrir a extender uno o más beneficios alcanzados por el sindicato a quienes no sean parte de él; e incluso más, a otorgar similares y mejores beneficios a quienes no hayan negociado colectivamente, con lo que les ahorran a éstos cualquier compensación al sindicato por este hecho.Y es por ello que el punto que probablemente les provoca mayor preocupación y repulsa en esta reforma laboral es que se consagra y recupera la titularidad sindical, y se condiciona la extensión de beneficios a los no sindicalizados a la existencia de un acuerdo previo (e improbable) con el sindicato.
El nuevo artículo 323 establece: “La afiliación sindical otorgará de pleno derecho a los nuevos socios los beneficios del instrumento colectivo suscrito por la organización sindical a la que se incorporen, conforme a los requisitos establecidos en dicho instrumento, a partir de la comunicación de la afiliación al empleador”.
Para los empleadores, esta normativa es un restablecimiento de un “monopolio sindical”. Los trabajadores de una empresa sólo podrán acceder a los términos de un contrato colectivo existente, incorporándose al sindicato que lo vaya a pactar o lo haya pactado. Hasta ahora, no sólo el contrato colectivo pactado por un sindicato no era extensible a los socios que se afiliaran con posterioridad a su firma, sino que el empleador unilateralmente podía extender uno o más beneficios del contrato colectivo a otros trabajadores no sindicalizados, lo que conllevaba para éstos el tener que aportar el 75% de la cuota sindical, si cumplían labores similares a los sindicalizados.
La falacia del “monopolio” radica en que la política de remuneraciones y beneficios vigente en las empresas rara vez está delimitada y definida estrictamente por lo que se acuerda en el marco de negociaciones colectivas. Los empleadores determinan unilateralmente las escalas y bandas de remuneración por cargo que imperan en sus empresas, si es que los tienen y no aplican la arbitrariedad más olímpica en materia salarial. Y otorgan reajustes no pactados a su personal, por móviles a veces definidos y a veces no. De manera que en modo alguno lo pactado en contratos colectivos se torna determinante de lo que un trabajador puede percibir en materia salarial. Y lo mismo ocurre en relación a beneficios laborales o sociales.
Es más, se puede claramente desprender que la práctica patronal de promover un sindicato favorito que le raye la cancha a los demás sindicatos al interior de la empresa, se intensificará como alternativa ante este nuevo ordenamiento legal.

Miedo a la huelga sin reemplazantesch marcha cut
El nuevo artículo 347, aprobado por la reforma, señala taxativamente: “Se prohíbe el reemplazo de trabajadores en huelga”. Sin embargo, al mismo tiempo, se incluye todo un capítulo de “Limitaciones al ejercicio del derecho a huelga”, que incluye un deber inédito de los sindicatos: proveer el personal necesario para los servicios mínimos que permitan “proteger los bienes corporales e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes, así como garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, la seguridad o la salud de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios”. Sindicato y empresa deben ponerse de acuerdo en quiénes integrarán los equipos de emergencia que realizarán estos trabajos, lo que deberá acordarse antes de la negociación colectiva y precisarse al inicio de ésta.
En un título posterior se especifica además que: “El empleador en el ejercicio de sus facultades legales, podrá modificar los turnos u horarios de trabajo, y efectuar las adecuaciones necesarias con el objeto de asegurar que los trabajadores no involucrados en la huelga puedan ejecutar las funciones convenidas en sus contratos de trabajo, sin que constituya práctica desleal ni importe una infracción a la prohibición de reemplazo”. Lo que claramente fortalecerá los planes de contingencia patronal frente a la eventualidad de la huelga, habilitando las medidas de reemplazo interno.
Se reitera además un artículo que define empresas en las que los trabajadores no pueden declarar la huelga y en caso de no llegar a acuerdo en el plazo para las conversaciones directas, deben recurrir a un arbitraje obligatorio: aquellas que “atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional”. Esta calificación recae en una definición conjunta de los ministros del Trabajo, Defensa y Economía, que esta vez durará no uno, sino dos años. Cabe hacer presente que un total de 96 empresas están hoy en esta lista.

Derecho a informacion de los sindicatosch reforma laboral1
La reforma laboral incluye varios artículos nuevos respecto de la información a que tendrán derecho a acceder los sindicatos. Se establecen derechos a información periódica en las grandes empresas, a información periódica en micro, pequeñas y medianas empresas, a información específica para la negociación colectiva, a información por cargos o funciones de los trabajadores en las grandes y medianas empresas y el derecho a requerir información por vía administrativa y judicial.
Desde 1995 la única información que era exigible legalmente estaba establecida en el artículo 315 del Código del Trabajo, dando derecho a conocer los estados financieros de la empresa de los últimos dos años y el costo global del personal del último año, previo a una negociación colectiva. Lo que claramente resultaba insuficiente.
A pesar de que en las grandes empresas es práctica generalizada la entrega a los sindicatos de la planilla de renta total anual mensualizada (RTAM), detallada por haberes y beneficios de sus afiliados, junto con la especificación de su cargo y fecha de ingreso a la empresa para los efectos de la negociación colectiva, esta práctica no estaba establecida hasta ahora en la ley. La reforma lo hace, pero exige que los sindicatos hayan sido autorizados expresamente para ello en sus estatutos o que cuenten con la autorización expresa de cada trabajador.
La apelación de Chile Vamos ante el Tribunal Constitucional cuestiona esta normativa porque “lesiona el principio de reserva de las remuneraciones sobre la base del derecho a la privacidad”. Este alegato resulta absurdo cuando de lo que se trata es de que el sindicato pueda contar con información real y detallada del costo salarial, ya que sólo así puede dimensionar adecuadamente su proyecto, las ofertas de la empresa y evaluar los resultados económicos de su acuerdo.
Otro avance concreto en esta materia es que los sindicatos de empresa podrán una vez en cada año calendario solicitar a las grandes empresas información sobre remuneraciones asignadas a trabajadores de los diversos cargos o funciones de la empresa, incluyendo los cargos ejecutivos o dependientes del establecimiento ante quienes los trabajadores deban plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.

Apuesta por ampliar derecho a negociacion de sindicatos interempresaschile protesta-estudiantes
En subsidio de la negociación ramal o supraempresa, el Ejecutivo y los legisladores hacen una apuesta por ampliar el ejercicio del derecho a negociar colectivamente por la vía de establecerlo para los sindicatos interempresa, que hasta ahora sólo accedían a él cuando contaban con el consentimiento de los empleadores respectivos.
Para estos efectos, los sindicatos interempresa deberán agrupar a trabajadores que se desempeñen en empresas del mismo rubro o actividad económica. Asimismo, para negociar colectivamente en una empresa, el sindicato interempresa deberá contar con un total de afiliados no inferior a 25 que representen no menos del 10% del personal, si se trata de empresas con más de 50 trabajadores; y de 8 trabajadores que representen no menos del 50% del personal con derecho a negociar, si se trata de empresas con 50 o menos trabajadores. Sin embargo, en la micro y pequeña empresa(1) será voluntario o facultativo negociar con el sindicato interempresa.
Equívocamente, el requerimiento de Chile Vamos ante el Tribunal Constitucional alega que se está abriendo paso a una negociación ramal y reclama que la negociación de los sindicatos interempresa sea siempre de mutuo acuerdo con los empleadores.

Pactos sobre condiciones especiales de trabajo: legalizar la mayor flexibilidad
chile mineros cobreAmpliando sustancialmente el espacio legal para pactar las condiciones de trabajo, la reforma laboral establece un título al respecto, que en varios artículos regula la posibilidad de pactos sobre sistemas excepcionales de jornada de trabajo y descanso, pactos de horas extraordinarias, pactos sobre tiempo de preparación para trabajar y jornada pasiva, pactos sobre distribución de jornada de trabajo semanal y pactos para trabajadores con responsabilidades familiares. El mínimo de representatividad que deberán tener los sindicatos que concurran a estos pactos en una empresa es que agrupen al menos un 30% del total del personal. La duración máxima de estos pactos será de tres años.
La lógica de estos pactos es continuar haciendo funcional la vida del trabajador y de su familia a las necesidades de la empresa y del mercado. Lo que tiene efectos perniciosos en la salud física, mental y familiar de los trabajadores. Quizás conscientes del rechazo que esta normativa puede alcanzar, en las disposiciones transitorias de esta reforma laboral se establece que esta normativa específica entrará en vigencia sólo treinta meses después de su publicación.
En resumen, la reforma laboral contiene algunos avances parciales significativos para restablecer la potencialidad de los sindicatos y su eficacia en el campo de la negociación colectiva. Pero no sólo mantiene un debilitado derecho a huelga, sino que incluye espacios de mayor flexibilidad laboral que resultan un flanco para que se sigan extendiendo las amarras de los trabajadores a los requerimientos del empresariado. Esto en lo sustancial.
Imposible decir que esta reforma signifique el principio del fin del Código del Trabajo patronal que legó la dictadura.

Notas
(1) El actual artículo 505 bis señala: “Se entenderá por micro empresa aquella que tuviere contratados de 1 a 9 trabajadores, pequeña empresa aquella que tuviere contratados de 10 a 49 trabajadores, mediana empresa aquella que tuviere contratados de 50 a 199 trabajadores y gran empresa aquella que tuviere contratados 200 trabajadores o más”.

(*) Economista-asesor sindical. Publicado en “Punto Final”, edición Nº 850, 29 de abril 2016.

Fuente: http://www.surysur.net/chile-reforma-con-miedo-a-la-huelga/

Imagen: https://www.google.com/search?q=protestas+en+chile&espv=2&biw=1366&bih=623&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiu0Z-b7bjMAhWMlR4KHf_cDDsQ_AUIBigB#imgrc=D5tvHwUOdpYSHM%3A

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