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Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato

Por Diario del Derecho

Decreto 112/2018, de 17 de julio, por el que se modifica el Decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 23 de julio de 2018). Texto completo.

DECRETO 112/2018, DE 17 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 98/2016, DE 5 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO PARA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

En ejercicio de las competencias de desarrollo legislativo y ejecución atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Extremadura en su artículo 10.4 Vínculo a legislación y de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, la Junta de Extremadura dictó el Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el DOE n.º 129, de 6 de julio.

Frente al mismo se interpusieron recursos contenciosos-administrativos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por parte del Arzobispado de Mérida-Badajoz, el Obispado de Coria-Cáceres y el Obispado de Plasencia, así como por la Asociación de Padres de Extremadura, Escuela Pública, Educación Integral (APADEX), y la Asociación de Docentes de Religión de Centros Públicos, dictándose las sentencias núm. 48/2017, 42/2017 y 36/2017, de dicho órgano jurisdiccional, favorables a las pretensiones de los demandantes.

La Consejería de Educación y Empleo dictó las Órdenes de 28 de junio de 2017 (DOE núm.

127, de 4 de julio), disponiendo la ejecución provisional de las sentencias referidas y acordando la suspensión de la eficacia del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, en los párrafos afectados por las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

Frente al fallo de estas sentencias la Junta de Extremadura interpuso recurso de casación, pronunciándose el Alto Tribunal mediante las sentencias n.º 458/2018, de 20 de marzo, la número 472/2018, de 21 de marzo, y la número 1189/2018, de 11 de julio, sobre oferta de la Religión en el sistema educativo y la determinación de su carga lectiva por parte de la Administración autonómica.

Así en el fundamento de derecho sexto de la Sentencia 458/2018, el Tribunal Supremo concluye que “tampoco advertimos infracción de la legalidad ni discriminación en el tratamiento que el anexo IX del Decreto 98/2016 dedica a la Religión en el primer curso de Bachillerato”.

La misma sentencia, en el fundamento de derecho segundo el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la obligada presencia de la Religión entre las asignaturas específicas en el segundo curso del Bachillerato y concluye que “… tiene razón en este punto la sentencia de instancia y la Asociación recurrente, de manera que no puede prosperar en este extremo el recurso de casación y deberá acogerse en cambio en este único particular el recurso contencioso-administrativo”.

En relación con la cuestión litigiosa, el fallo de la sentencia n.º 458/2018 es el siguiente:

“1. Dar lugar al recurso de casación n.º 1432/2017, interpuesto por la Junta de Extremadura contra la sentencia n.º 42, dictada el 26 de enero de 2017, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y anularla.

2. Estimar en parte el recurso n.º 390/2016, interpuesto por la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura contra el Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura y anular su artículo 43 y el anexo IX en tanto no incluyen la Religión entre las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato”.

En los mismos términos se pronuncian las sentencias n.º 472/2018, de 21 de marzo, y 1189/2018, de 11 de julio, compartiendo el mismo fallo.

En virtud de lo anterior, al objeto de llevar a puro y debido efecto la parte dispositiva del fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en las sentencias citadas, tal y como se dispone en los artículos 103 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con los artículos 8 y 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, procede anular la distribución horaria y curricular de la asignatura de Religión que dispusieron, en ejecución provisional de las sentencias n.º 036/2017 y n.º 042/2017, las órdenes de 28 de junio de 2017, y asimismo, modificar los anexos VIII y IX del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por la que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por cuanto queda expuesto, de conformidad con los preceptos reseñados, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de julio de 2018, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Ciencias, que queda redactado en los siguientes términos:

“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, una o dos materias a elegir de entre las siguientes:

– Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.

– Análisis Musical II.

– Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente.

– Imagen y Sonido.

– Proyecto de Investigación.

– Psicología.

– Religión.

– Segunda Lengua Extranjera II.

– Tecnología Industrial II.

– Tecnologías de la Información y la Comunicación II.

– Una materia no cursada, troncal o específica (de 4 horas) de cualquiera de las modalidades que se imparten en el centro, que será considerada específica a todos los efectos.

– Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.

Dos. Se modifica la letra c) del apartado 2 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, que queda redactado en los siguientes términos:

“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, una o dos materias a elegir de entre las siguientes:

– Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.

– Análisis Musical II.

– Fundamentos de Administración y Gestión.

– Historia de la Música y de la Danza.

– Imagen y Sonido.

– Proyecto de Investigación.

– Psicología.

– Religión.

– Segunda Lengua Extranjera II.

– Tecnologías de la Información y la Comunicación II.

– Una materia no cursada, troncal o específica (de 4 horas) de cualquiera de las modalidades que se imparten en el centro, que será considerada específica a todos los efectos.

– Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.

Tres. Se modifica la letra c) del apartado 3 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Artes, que queda redactado en los siguientes términos:

“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, dos o tres materias a elegir de entre las siguientes:

– Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.

– Análisis Musical II.

– Dibujo Artístico II.

– Dibujo Técnico II.

– Historia de la Música y de la Danza.

– Imagen y Sonido.

– Proyecto de Investigación.

– Psicología.

– Religión.

– Segunda Lengua Extranjera II.

– Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.

– Tecnologías de la Información y la Comunicación II.

– Una materia troncal de opción no cursada (de 3 horas) de la modalidad, que será considerada específica a todos los efectos.

– Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.

Cuatro. Se modifica al apartado 2 del artículo 45, que queda redactado en los siguientes términos:

“2. Los centros docentes deberán ofrecer durante toda la etapa de Bachillerato todas las materias troncales de opción del bloque de asignaturas troncales de aquellas modalidades que tengan autorizadas, así como las asignaturas específicas Religión y Segunda Lengua Extranjera; además, deberán ofrecer, en todas las modalidades, en el primer curso: la asignatura específica Cultura Científica, así como la asignatura de libre configuración autonómica Ética y Ciudadanía; y en el segundo curso: las asignaturas de libre configuración autonómica Actividad Física, Deporte y Ocio Activo, y Proyecto de Investigación.

Al ser de oferta obligada, la inclusión de estas dos últimas materias en la oferta educativa de los centros docentes no requerirá autorización previa por parte de la Consejería competente en materia de educación, quien, por otra parte, sí establecerá las características de la materia Proyecto de Investigación y regulará las condiciones de su implantación y desarrollo”.

Cinco. Se modifica el anexo IX en lo que respecta a la distribución de materias y el horario semanal en el segundo curso de Bachillerato, que queda redactado en los siguientes términos:

Tabla omitida.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas las Órdenes de la Consejería de Educación y Empleo, de 28 de junio de 2017, por las que se disponen la ejecución provisional de las sentencias núm. 036/2017 y 042/2017, de 26 de enero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en los procedimientos ordinarios 389/2016 y 390/2016.

Disposición final primera. Calendario de implantación.

Las modificaciones introducidas en el currículo en cuanto a la distribución de las materias y su horario semanal que se derivan de la entrada en vigor del presente decreto serán de aplicación en los centros educativos a partir del curso académico 2018-2019.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Fuente de la reseña: https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1179372

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Libro: La nueva educación – César Bona (PDF)

España / 5 de agosto de 2018 / Autor: César Bona / Fuente: Sin Deberes

Una vez terminada la lectura de este libro, me vienen a la cabeza 2 palabras que resumen lo que, en él, me he encontrado: creatividad y frescura.

CREATIVIDAD, una palabra que César repite en un montón de páginas; para él es muy importante que los maestros (y los padres y madres) fomenten y creen espacios para que los niños den rienda suelta a su creatividad.

FRESCURA, su manera de escribir creo que refleja cómo es él y como se expresa cuando habla. Si te animas a leer su libro, te dará la sensación (mientras lees) de que estás sentado a su lado, escuchándolo mientras tomáis un café juntos. No es un libro “sesudo”, ni esperes encontrar grandes ideas o teorías pedagógicas; es un libro que muestra su manera de entender la educación, con multitud de ejemplos y anécdotas que le han ocurrido a lo largo de su vida de maestro.

En este artículo, a mí me gustaría compartir contigo algunos pensamientos que me han surgido durante (y después de) su lectura, por si te ayudan.

Al principio de su libro, César dice: “…estoy seguro de que alguno de vosotros, cuando acabe de leer dirá: Pues este tío no hace nada extraordinario” Y es cierto, si lees (o compras) este libro pensando encontrar “la piedra filosofal” o “la gran idea revolucionaria” de lo que debe ser la nueva educación… olvídalo.

No obstante, para mí, César sí hace algo extraordinario en su día a día en el aula: todo lo que él hace tiene, como último objetivo u horizonte, educar el corazón de sus alumnos. En varios capítulos le “escucharás” decir que los contenidos de las asignaturas son importantes, pero más importante aún es “educar en cosas sencillas, básicas, pero que a veces se nos olvidan: el respeto, la empatía, la sensibilidad, la escucha y el esfuerzo para conseguir lo que te propones”

Un aspecto al que César da mucha importancia es la necesidad de estimular la curiosidad de los niños. Se nota que él es profe de Primaria y es consciente de lo importante que esto es para el desarrollo de la mente de los niños, y de la gran responsabilidad (y oportunidad) que  la escuela tiene en lograr esto.

Hay una frase que habla de esto, y que yo he puesto al comienzo de este curso en el laboratorio de mi colegio: “Es muy difícil mantener la curiosidad (científica) en un sistema educativo rígido. El espíritu de descubrimiento y pensamiento creativo se pierde en la rutina escolar” (Albert Einstein) A mí me recuerda (cada vez que entro en el laboratorio) algo que es más importante que “enseñar biología”

¿Por qué seguimos pensando (algunos profesores) que esto de la creatividad es “perder el tiempo”? ¿No será que, como dice César,  para estimular la creatividad hay que ser antes un maestro curioso?

A mí, quizás porque trabajo con alumnos “mayores”, reconozco que me cuesta esto de fomentar la curiosidad, pero intuyo que es algo fundamental que tengo que hacer si quiero educar mentes “abiertas al futuro” y formar adultos “competentes”.

Libro Cesar Bona 4 IMG_2506

Respecto al tema de los deberes, César tiene un capítulo titulado “Hacer deberes y a dormir”. En él dice textualmente: “Soy maestro, así que para ir terminando os voy a poner unos deberes. Empezaréis a hacerlos ahora, cuando acabéis de leer el libro y hasta la hora de cenar. Tenéis tiempo. Luego, cenaréis y a dormir. Mañana (por la tarde) haréis lo mismo: os pondréis con los deberes, y luego cenaréis y a dormir. Alguno de vosotros tendrá “extraescolares”; da igual: las extraescolares no diluyen los deberes ni son excusa para que no los hagáis. Tendréis que hacerlos igualmente. Y después, a cenar y a dormir… Esto es lo que les sucede a miles de niños: salen de la escuela y tienen que empezar a hacer tareas (de cada asignatura, por supuesto). Todo el mundo pone deberes porque queremos que todos aprendan de nuestra asignatura, que sepan muchas cosas. Nos hemos metido en una inercia por la que queremos muchos Einstein a los 12 años”  Para César, si el niño no ha terminado a las 7 de la tarde de hacer los deberes, el maestro tiene que replantearse esos deberes que está mandando, porque algo no está haciendo bien.

Por último, terminaré con respondiendo a esta pregunta: ¿Qué me ha supuesto leer a César?

En primer lugar, me ha dado seguridad en lo que estoy haciendo como docente; creo que el camino a seguir es “educar para la vida”, y no (solo) para los exámenes. Y esto lo conseguiremos si educamos sus mentes (con contenidos), pero también su corazón (para que desarrollen actitudes que les hagan querer y valorar a sus semejantes)

Por otro lado, creo que es importante tener humildad; siento que estoy en el camino correcto, voy innovando (aunque a veces sea mediante el método de “ensayo-error”) pero he de ser consciente de que no estoy más que al principio de una larga senda llamada “educar a mis alumnos para ser adultos del siglo XXI”. A la hora de buscar lo mejor para mis alumnos es vital escucharlos; como dice César: “Es curioso, no me lo negaréis, que pretendamos enseñar contenidos a seres de los que no sabemos nada”

Por último, la lectura de este libro me ha dejado un reto: tengo que ayudar a mis alumnos a “ampliar sus horizontes”, es decir, conseguir que sean personas sensibles a los problemas que existen en nuestro Mundo; que los conozcan, pero que no se queden sólo en eso, sino que se comprometan por proponer soluciones creativas. En definitiva, por poner su granito de arena para construir un mundo donde merezca la pena vivir.

Libro Cesar Bona 2 IMG_2504

Para finalizar, me gustaría reflejar en 3 frases lo que, para mí, sería una “nueva educación”:

  1. hemos de enseñar educación emocional a los alumnos, no solo enseñarles conceptos.
  2. tenemos que conseguir que nuestros alumnos se comprometan por mejorar su sociedad y el mundo en el que viven.
  3. las escuelas debemos enseñar conceptos que sean útiles y aplicables para la vida, no (sólo) para aprobar exámenes y sacar títulos.
  4. no hay que hacer cosas complejas y “espectaculares” para innovar o educar “de otra manera” como padres o profesores que somos; solamente hay que escuchar a los niños, quererlos y proponerles hacer aquello que sabemos que les gusta hacer y que les ayuda a aprender “para la vida”

Y si tú escribieras algo titulado “la nueva educación”… ¿de qué cosas hablarías?

Déjanos un comentario contándonoslo, ¡y enriquece así nuestra comunidad con tus ideas!

Links para la descarga:

https://drive.google.com/file/d/1oiO7HMoMDWAkzVZXUaT4dZ-SLBnk6kkY/view

ó

La_nueva_educacion_-_Cesar_Bona

Fuente de la Reseña:

http://www.sindeberes.com/la-nueva-educacion-el-libro-de-cesar-bona/

ove/mahv

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Libro: Didáctica para profesores de a pie: propuestas para comprender y mejorar la práctica (PDF)

Argentina / Autores: Felipe Trillo Alonso y Liliana Sanjurjo / Fuente: ResearchGate

… «Todo estilo de planificación requiere de un proceso de definición de aspectos fundamentados claramente en una perspectiva teórica que le otorga sentido. Cuando el docente deja de pensar los fundamentos de las decisiones profesionales que toma, la planificación se transforma en un ritual carente de sentido para la práctica»Sanjurjo, 2014). Por ello es importante pensar secuencias didácticas alternativas, orientadas a la revisión y propuesta de cambios en los fundamentos y prácticas rutinarias e intuitivas. …

Link para la descarga:

https://drive.google.com/file/d/1OOrCuX2kz-NyChz5ZU2-6p48HYf0FUpf/view

Fuente de la Reseña:

https://www.researchgate.net/publication/303310292_Didactica_para_profesores_de_a_pie_propuestas_para_comprender_y_mejorar_la_practica

ove/mahv

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Educar contra la humillación

Título:Educar contra la humillación

Autores: Gentili, Pablo

Revista: Cuadernos de Pedagogía, 2007 MAR; (366)

Página(s): 80-83

ISSN: 02100630

Resumen: Los discursos sobre la importancia de la educación subrayan las virtudes que ésta posee para la generación de riquezas, la competitividad y el bienestar general. Frente a esta extendida tesis de economicismo pedagógico, el autor defiende otra idea de educación, la que nos ayuda a construir juntos aquello que nos iguala: la dignidad y el derecho a no ser humillados por la injusticia o la exclusión

Descargar: https://isp2-sfe.infd.edu.ar/sitio/upload/GENTILI_Educar_contra_la_humillacion.pdf

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De la ciencia abierta a la investigación abierta: los vínculos entre la producción colaborativa y la cultura científica en la era de Internet

Autor: Eduard Aibar Universitat Oberta de Catalunya

Introducción:

Hoy en día se suele dar por descontado el carácter abierto y público de la ciencia: el hecho de que los resultados y descubrimientos de la investigación científica sean accesibles de forma universal para todo el mundo y sin restricciones. Sin este requisito, tanto el carácter cooperativo y comunal de la ciencia, como su naturaleza
acumulativa y, por tanto, su progreso, son prácticamente imposibles. Compartir libremente la información es la esencia de la actividad científica y el principio que hace posible el avance del conocimiento. Si el acceso a las ecuaciones de Maxwell o a los Principia de Newton hubiera sido privativo o propietario a principios del siglo
xx, Einstein se habría jubilado en la Oficina de Patentes de Berna sin haber podido atisbar si quiera los rudimentos de la relatividad especial. Este hecho, que damos por supuesto y que asociamos casi de forma automática
a la institución científica, como mínimo desde la revolución científica de los siglos xvi y xvii, fue, sin embargo, el resultado de un cambio cultural largo y paulatino en la actividad científica. Un cambio que tardó en cristalizar casi dos siglos, según ha mostrado recientemente el economista de la ciencia y la innovación Paul David (2007), y que no cuajó de forma plena hasta bien entrado el siglo xviii.

Descargar : https://www.uoc.edu/webs/eaibar/_resources/documents/Aibar_hibri.pdf

Fuente:

Imagen tomada de:

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