El Consejo Superior de Deportes considera que flexibilizar los reglamentos de competición sería un ajetreo y que para los “colectivos desfavorecidos” hay alternativas al deporte federado, en la respuesta que da el organismo al padre de una chica con síndrome de Down que presentó una queja ante el Gobierno central cuando estalló el ‘caso Laia’.
El caso Laia hizo correr ríos de tinta durante la primera semana de noviembre. Prácticamente todos los medios generalistas se volcaron en la historia de la chica de 14 años con síndrome de Down que juega desde los 6 en un equipo de voleibol un año por debajo del que le correspondería, y a la cual la Federación Española de Voleibol no dejaba participar en un torneo amateur que se celebrará a finales de diciembre en Guadalajara. Del tema incluso se hizo eco la BBC. Muchas personas se solidarizaron con la jugadora y con el Club Voleibol Esplugues, que se llegó a ofrecer a perder todos los partidos a condición de que ninguna de las integrantes de su equipo infantil quedara excluida. Incluso jugadoras senior que tenían que participar en el torneo manifestaron por redes sociales que, si Laia no iba, ellas tampoco.
La federación rectificó. O, según su versión, pidió al Club Voleibol Esplugues que hiciera una petición por escrito y no una consulta telefónica, como se había hecho inicialmente. Con la petición formal, el malentendido quedaba aclarado. O eso parece… En realidad, el club de Esplugues todavía no ha recibido la confirmación oficial, ni en relación a Laia ni al resto de jugadoras de los tres equipos que ha inscrito en la competición, según explica a este diario la secretaria de la junta directiva, Sílvia Picas. Pero muchos medios informativos lo dieron por seguro dos días después de que saltara todo el asunto, porque así lo expresaron los portavoces de la federación a los periodistas.
Laia, pues, jugará. ¿Pero este episodio sentará un precedente a favor de la inclusión en el deporte?, ¿habrá servido este caso para flexibilizar los reglamentos de tal manera que, cuanto menos en el deporte formativo, un jugador con una discapacidad acreditada pueda formar parte de un equipo a pesar de que no sea el de su edad? La respuesta del Consejo Superior de Deportes (CSD) es que no.
Cuando la igualdad va contra la equidad
El mismo día que el caso de Laia saltó a las redes y a la prensa, un padre de otra chica con síndrome de Down envió una queja al buzón de internet del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad. En su escrito venía a decir que las normas establecidas por la Federación de Voleibol para garantizar la igualdad estaban yendo en contra de la equidad. Aunque, de hecho, esas normas son las que tienen todas las federaciones deportivas.
El Ministerio de la Presidencia envió la queja al Consejo Superior de Deportes, el organismo del Gobierno español del que depende, entre otras cosas, la autorización de cualquier cambio en los estatutos o reglamentos de las federaciones deportivas españolas. Esta respuesta la firma Carlos Gascón Moreno, subdirector general de Alta Competición, quien viene a confirmar que la exclusión de la jugadora por parte de la federación era correcta (la carta lleva fecha de 19 de noviembre, cuando ya se había dicho por activa y por pasiva que Laia podría jugar) y que la razón no era la discapacidad sino la edad. Y a continuación viene a decir que igual que hay niños que maduran más tarde y tienen que jugar con los de su edad, no se puede adaptar el reglamento a cada situación. Y que, además, hay vida más allá del deporte federado.
Esto escribe Gascón:
«Somos conscientes de que las categorías inferiores a la absoluta son etapas de formación, pero también es cierto que en muchas ocasiones la edad cronológica no se corresponde con las etapas de maduración de los niños y las niñas. Igualmente la edad de maduración intelectual puede no corresponderse con la edad de maduración física. Adaptar los reglamentos de competición a cada una de estas circunstancias podría dificultar en gran medida la organización de competiciones en estas categorías».
Y añade:
«Por otro lado, hay que entender que el deporte federado es un ámbito más de los muchos en los que se desarrolla el deporte, algunos de ellos menos competitivos y destinados a la promoción y/o a facilitar la integración de colectivos desfavorecidos».
Acaba diciendo Gascón que desde el CSD están trabajando por el desarrollo de políticas que faciliten la integración y la igualdad de oportunidades, “por lo cual tendremos en cuenta su sugerencia para impulsar acciones que faciliten estas políticas”.
La inclusión y el respeto a la diferencia
“Nos causa una gran decepción que, después del ruido que ha generado la campaña de sensibilización #LaiaJuega, todavía haya gente que no haya entendido nada”, comenta Sílvia Picas. “No se trata de si Laia tiene un año más o menos o de si juega con infantil o cadete, se trata de que la sociedad entienda que inclusión no quiere decir hacer el mismo que los otros, quiere decir tener la oportunidad de aprender y ser diferentes con los otros. Esta campaña empezó por Laia, pero tiene que ser por Ona, Berta, Jem, Natàlia… que sea el nacimiento de una nueva norma que incluya la diversidad en general en el deporte federado”, añade.
Marta Montserrat, la madre de Laia, le da la vuelta al argumento de Gascón: “Si el deporte federado es un ámbito deportivo más no podemos dejar pasar la oportunidad de que también allí llegue la letra y el espíritu de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad. ¿O acaso queremos una norma que diga que las personas con discapacidad podrán participar en cualquier disciplina deportiva pero quedarán excluidas del deporte federado?”.
¿Pero por qué ha tardado tanto en darse una situación como esta? Según Glòria Canals, presidenta de Down Cataluña, “en realidad el caso de Laia es bastante excepcional, es muy poco frecuente que una chica con síndrome de Down de 14 años pueda competir al mismo nivel que chicas sin discapacidad que solo tienen un año menos. Esto, que tendría que ser motivo de admiración, no parece que ni la federación ni el Consejo Superior de Deportes lo estén valorando mucho, para no decir nada”. Canals explica que en Down Cataluña –coordinadora que reúne a todas las entidades del síndrome de Down catalanas– han tenido noticia de otro caso que se produjo hace un par de años, en un encuentro de rugby que, como el del Voleibol en Guadalajara, tampoco era oficial. En este caso fue Àlex, un chico de 15 años con síndrome de Down que formaba parte del equipo sub12 del Barcelona Universitari Club (BUC) y se quedó sin poder competir por culpa del reglamento. La diferencia es que lo supo in situ, cuando ya había viajado con su equipo en Valladolid. La similitud con el caso de Laia es que tampoco la Federación Catalana de Rugby pone impedimentos a que Àlex pudiera jugar con una categoría diferente a la que le correspondía por año de nacimiento.
Para Canals, “hay deportes como el golf donde dos personas con distintos niveles pueden competir porque parten con un hándicap diferente, por lo tanto si le ponen ganas e imaginación encontrarán la manera de hacer que esta situación no solo sea posible, sino también normativa. Esto no tiene que ser que a Laia o a quien sea le estén haciendo un favor, en el ámbito del deporte formativo será siempre inaceptable que la rigidez de una norma excluya de la participación a cualquier deportista con discapacidad”.
El abogado Jordi Durà, especialista en deporte y discapacidad (fue presidente de Special Olympics de Cataluña), recuerda también los principios establecidos por la Convención de Naciones Unidas, la cual «impone a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social». En este sentido, añade, «ciertamente hay un reglamento y la federación actúa conforme a la ley cuando decide que una chica no puede participar a causa de su edad, y no de su discapacidad, pero es que este reglamento puede estar en abierta contradicción con la realidad social y con los principios de la Convención».
Lo que está claro, según este abogado, es que el argumento del CSD sobre la dificultad de adaptar los reglamentos «es contrario a Derecho, porque precisamente son los poderes públicos quienes tienen que promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, y en este sentido se impone un cambio del reglamento, que tiene que ser flexible y concorde con la realidad social actual». «Los reglamentos federativos no son fijos e inamovibles, solo hace falta voluntad política, imaginación y sentido común», concluye Durà.
Fuente: https://eldiariodelaeducacion.com/blog/2019/11/28/laia-podra-jugar-seguramente-pero-lo-podran-hacer-las-proximas-laias/