Por: Cayena González
De los padres dependerá si sus hijos en el sistema público de educación reciben formación religiosa o no. También tendrán participación en la evaluación de los docentes y podrán emitir sus opiniones sobre la gestión y procesos educativos, según contempla el primer borrador de la propuesta para la actualización de la Ley General de Educación 66-97.
Contrario a la ley actual, que no los incluye expresamente, la propuesta delimita los derechos y obligaciones de los padres como uno de los actores educativos responsables de este proceso. Lo mismo hace con el Estado.
Se trata de un primer boceto entregado el pasado miércoles al Ministerio de Educación (Minerd) por la Comisión revisora de esta ley, coordinada por Radhamés Mejía.
La actual legislación establece que el sistema educativo del país se fundamenta en los principios cristianos. Asimismo, indica que «los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales. A tales fines, y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes, se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos.
Es decir, que a menos que los padres soliciten por escrito que a sus hijos no se les proporcione educación religiosa, estos la estarán recibiendo a través de la educación pública.
Según este nuevo documento, la educación laica plantea que el currículo educativo estaría fundamentado en elementos científicos y éticos, garantizando «la libertad religiosa y la profesión o no de credos y religiones sin ninguna discriminación».
Rol del Estado
De acuerdo con la ley vigente, a partir del artículo 7, El Estado tiene la responsabilidad de garantizar educación de calidad, equitativa, integral y gratuita a todos los dominicanos.
En los artículos 8 y 9 se establecen otras funciones del Estado, como «promover, establecer, organizar, dirigir y sostener los servicios educativos, científicos, tecnológicos, culturales y artísticos de acuerdo con las necesidades nacionales». No obstante, a estas obligaciones, la propuesta añadió la función de velar por la «alfabetizacióntecnológica» y que se incluyan tecnologías de la información para fortalecer las capacitaciones.
Establece la creación de un «Sistema de Aseguramiento de la Calidad», el cual debe garantizar que haya una mejoría en los procesos y resultados de la educación, además de que tiene las funciones de diseñar el currículo, reclutar al personal docente y administrativo, y establecer un sistema de «acompañamiento» para que el currículo obtenga los resultados deseados.
La parte del hogar
En la ley actual, el papel de los padres se resume en llevar a sus hijos a la escuela y apoyar a los maestros y al plantel en su formación. La propuesta delimita más estos tópicos: «La familia, primera responsable de la educación de sus hijos, tiene el deber y el derecho de educarlos. Libremente, decidirá el tipo y la forma de educación que desea para sus hijos».
La propuesta establece que dentro de las obligaciones de los padres o tutores está la participación en las evaluaciones de los docentes. Además, «propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar». Los obliga a asistir a las actividades curriculares. Se propone, además, otorgar el derecho a los padres para que reciban informes periódicos del progreso académico de sus hijos y que puedan emitir sus opiniones sobre la gestión y procesos educativos, contrario a la ley vigente, que no los incluye expresamente.
https://www.diariolibre.com/actualidad/educacion/2024/03/13/cambios-en-propuesta-de-ley-de-educacion/2641248