La repetición de curso será de nuevo «excepcional» en Primaria y Secundaria en Asturias

  • Las instrucciones que prepara Educación para los profesores: volver a facilitar el aprobado del curso por la pandemia.

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este miércoles una Resolución por la que se aprueban las instrucciones de medidas educativas extraordinarias para las enseñanzas de las distintas etapas educativas durante el período de pandemia originada por la COVID-19.

Debido a las modificaciones en la normativa que regula los criterios de evaluación y promoción en todas las etapas educativas salvo la universitaria, la Consejería entiende que «resulta necesario» dictar nuevas instrucciones que permitan el desarrollo de la enseñanza en las distintas etapas educativas.

Así las cosas, Educación ha acordado adaptar el currículo y las programaciones didácticas, de manera que los estándares de aprendizaje evaluables contemplados en la ley de Educación 2/2006, tendrán «carácter orientativo» para los centros.

En cuanto a los criterios de evaluación previstos para cada curso, «los órganos y equipos de coordinación docente de los centros, en el marco de su autonomía pedagógica, podrán proponer la adaptación de los criterios de evaluación previstos cuando dicha adaptación tenga como finalidad garantizar la continuidad de los procesos educativos y valorar los aprendizajes relevantes y esenciales del currículo, la capacidad del alumnado para aprender por sí mismo y trabajar en equipo, y, en las enseñanzas de bachillerato, aplicar los métodos de investigación apropiados».

Respecto a la promoción del alumnado, en la etapa de Infantil, Educación establece que «la permanencia de un año más en esta etapa es una medida excepcional destinada únicamente al alumnado con necesidades educativas especiales y aplicable exclusivamente en el caso de que ello favorezca su integración socio-educativa».

En Primaria, la repetición de curso será «igualmente una medida de carácter excepcional, y se adoptará tras haber agotado el resto de las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno». «En todos los cursos de la Educación Primaria, para la toma de decisiones relativas a la promoción, se aplicarán los criterios establecidos en la concreción curricular, sin tener en cuenta las limitaciones que afecten al número de áreas pendientes y ateniéndose al carácter global de la evaluación del alumnado», indica la resolución.

En la Educación Secundaria Obligatoria, por su parte, se considerarán especialmente las circunstancias del contexto educativo del presente curso 2020-2021 en la adopción de las decisiones de promoción, teniendo en cuenta la organización escolar y las adaptaciones y adecuaciones de las programaciones docentes que se hayan efectuado.

Las decisiones sobre la promoción del alumnado «serán adoptadas de forma colegiada por el equipo docente, atendiendo a la consecución de los objetivos, al grado de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumno». Además se fija que la permanencia en el mismo curso «es una medida de carácter excepcional que estará debidamente fundamentada».

En Bachillerato, la promoción en la etapa «se ajustará a lo dispuesto en el capítulo III de la Resolución de 26 de mayo de 2016 por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de documentos oficiales de evaluación».

Sobre la titulación en la ESO y Bachillerato, se establece que el equipo docente «adoptara la decisión que resulte más favorable en cuanto a titulación sin que el contexto en que se haya desarrollado el curso 2020-2021, la organización de la actividad lectiva semipresencial o la suspensión de las actividades lectivas presenciales por motivo de aislamiento preventivo por indicación de las autoridades sanitarias, pueda influir negativamente en la decisión que al respecto se adopte».

En cuanto a la Formación Profesional, se contempla que, cuando no sea posible realizar prácticas en empresas debido a la situación sanitaria, se sustituya por «una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral».

Estas modificaciones serán de aplicación «mientras subsista la situación» provocada por la pandemia originada por la COVID-19 y hasta la finalización del curso académico en el que las autoridades correspondientes «determinen que han dejado de concurrir estas circunstancias extraordinarias».

La resolución será de aplicación a todos los centros que impartan las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas, enseñanzas artísticas superiores y enseñanzas de idiomas.

Las instrucciones, explica el texto, tienen como objetivo principal «generar el mayor beneficio posible» a los alumnos, en relación con su situación personal y la progresión académica derivada de la situación de la COVID-19.

También persigue procurar que «nadie quede al margen» de las soluciones propuestas; favorecer la autonomía de los centros docentes y la atención a la diversidad; y favorecer las tareas que fomenten la autonomía de aprendizaje del alumnado.

Fuente: https://www.eleconomista.es/ecoaula/noticias/11095820/03/21/La-repeticion-de-curso-sera-de-nuevo-excepcional-en-Primaria-y-Secundaria-en-Asturias.html

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