La necesidad de una Educación General Inclusiva

Por.  Abraham Manríquez

Retomando el tema educativo desde el enfoque de la discapacidad, en los foros organizados en los últimos días por la comunidad sorda de México, se ha tratado de manera reiterada su posición sobre el tema de la Educación Especial.

Ellos consideran que dicho término tiene una connotación negativa que fomenta la discriminación por motivos de discapacidad, desde el punto de vista, que el término Especial los asume como diferentes, en el sentido de que al momento de existir dicho distingo se sigue disfrazando dentro de la Reforma Educativa el hecho de su exclusión.

Dejando de lado el término Especial por un momento, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPCD) en su artículo 2º,  a la letra dice:

Educación Especial: La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social incluyente y con perspectiva de género;”

De la anterior definición es pertinente resaltar que el carácter deEspecial tiene que ver más con la obligación del Estado de realizar los ajustes razonables, como adecuar los espacios y contar con las herramientas necesarias para ofrecer una correcta atención a cada persona de acuerdo a la discapacidad que tengan, respetando así suderecho a la accesibilidad.

Ahora bien, considero que lo ideal es el transitar hacia una Educación Inclusiva, donde el pleno acceso a la educación sea lo que permita a las personas con discapacidad conocer y ejercer el resto de sus derechos reconocidos por la LGIPCD y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIDPCD).

Sin embargo, considero que la Ley LGIPCD se queda corta en su definición y objetivos de la Educación Inclusiva, considera que:

Educación Inclusiva: Es la educación que propicia la integración de personas con discapacidad a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos;”

La razón de mi desacuerdo con el término citado en el párrafo anterior, es relativa a que conforme el Diccionario de la Real Academia Española,integrar, es “hacer que alguien o algo pase a formar parte de un todo”, por lo tanto haciendo un silogismo de ideas:

  1. Si la Educación Inclusiva propicia la integración de personas con discapacidad a los planteles de educación básica regular.
  2. Y Si la integración es hacer que alguien pase a formar parte de un todo.
  3. Entonces la Educación Inclusiva propicia que las personas con discapacidad tengan la obligación de formar parte de la educación impartida en los planteles de educación básica regular.

En tal orden de ideas, la carga la pasan a tener las personas con discapacidad, cuando desde una visión de derechos humanos la obligación la tiene el Estado Mexicano hacía con su población con y sin discapacidad; esto es así, ya que tanto las personas sin discapacidad tienen el derecho de convivir en un ambiente en igualdad de condiciones con las personas con discapacidad, como estos últimos, tienen el derecho a ser visibles y respetados.

Es de reconocer la buena intención del legislador al hacer mención de los tipos de educación, sin embargo, es evidente la falta de intervención y coordinación con las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC´s), ya sea porque no los hacen participes como deberían o por no ser tomadas en cuenta su voz o señas en la construcción normativa.

De ahí la importancia que en esta Reforma Educativa se corrijan dichas omisiones o acciones para no seguir fomentando ese círculo vicioso de ser un país donde las Leyes sobran y me atrevo a decir que solo son elefantes blancos que su contribución a las políticas públicas del país se considera escasa y sin un real impacto en el colectivo en situación de discapacidad.

En atención a lo anterior, me permito externar mi postura en el tema, la cual para mayor facilidad de expresión puntualizo a continuación:

  1. El ideal que debe aspirar la sociedad mexicana es el tener una Educación General Inclusiva, desde una perspectiva de derechos humanos, donde se les proporcionen los medios necesarios para su adecuada inclusión escolar.
  2. Es necesario hacer un distingo entre la Educación General y la Educación Especial, dentro de la primera se deben contemplar a todo tipo de personas, con y sin discapacidad; en la segunda se debe de proporcionar a personas con cierto tipo de discapacidad más especializada. Clasificación que debe de servir, solo para el beneficio de la misma persona, el cual tiene que verse reflejado en la atención integral y personalizada en su caso, pero nunca como una forma de segregación.
  3. Los planteles educativos –rurales y urbanos – deben de tener ambos tipos de educación dentro de sus instalaciones, con el fin de hacer más visibles a las personas con discapacidad y propiciar que su la convivencia en sociedad sea acorde a los principios rectores de equidad, justicia social, igualdad de oportunidades, dignidad, participación, no discriminación, accesibilidad, todos mandatados por la CIDPCD, lo que conllevará a un futuro cercano sociedades realmente inclusivas donde prevalezca la empatía por el prójimo y una convivencia pacífica, con tolerancia y sin discriminación.
  4. Dichos planteles educativos, deben tener al personal necesario y acorde a todo tipo de discapacidad, así como ser accesibles.
  5. Dentro de los planes educativos deben de desarrollar las competencias de las personas con y sin discapacidad, con el fin de que aprendan nuevas habilidades para la vida y el desarrollo social, ejemplo de esto, es el aprendizaje del Sistema de Escritura Braille, Lenguaje de Señas, uso de Tecnologías de las Información y Comunicación (TIC´s), etc. Esto permitirá pasar de una educación limitada a la alfabetización y operaciones matemáticas, a otra donde se desarrolle el potencial de cada ser humano.
  6. Por último, es importante reiterar que es importante desarrollar políticas públicas que implementen programas educativos acordes a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por tener carácter de vinculante con las normas del Estado Mexicano, para comenzar a ver un cambio verdadero, cambio que no será fácil y ni rápido, pero que ya se tiene que comenzar a cimentar, asumiendo cada actor que debe contribuir en el tema, su responsabilidad acorde a su capacidad, ya que como bien dice la máxima de Derecho, nadie está obligado a lo imposible, pero si a realizar lo que conforme a Derecho corresponda y en este caso en particular, el Estado en sus 3 órdenes de gobierno debe realizar las acciones pertinentes acorde a su capacidad y competencia.

Referencias bibliográficas:

  1. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5191516&fecha=30/05/2011
  2. http://dle.rae.es/?id=LqKFoJI
  3. http://www.uis.unesco.org/Education/Pages/sdg4-eatlas-launch.aspx

Fuente:http://sumedico.com/opinion/la-necesidad-una-educacion-general-inclusiva/

Imagen: http://sumedico.com/wp-content/uploads/2016/08/escuela_inclusiva11.jpg

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Abraham Manríquez

Educación general inclusiva, abogado especialista en discapacidad