Europa/Alemania/27 Agosto 2016/Autora/Carmen Valero/Fuente: El mundo
Dictamina que la prenda impide identificar a la joven y, en consecuencia, certificar su asistencia a clase
La libertad religiosa, aún tratándose de una garantía constitucional, tiene límites. Se los acaba de poner un tribunal de la ciudad alemana de Osnabrück al rechazar la demanda interpuesta por una joven estudiante musulmana contra un centro de Formación Profesional que le prohibía entrar en clase con niqab, velo que cubre por completo el rostro, dejando únicamente al descubierto los ojos.
La sentencia, sujeta a recurso, llega en medio del debate abierto por los ministros de Interior de los estados federados alemanes gobernados por la Unión Cristianodemócrata (CDU) -que lidera Angela Merkel– sobre la prohibición delburka y del niqab en determinados espacios públicos para evitar sociedades paralelas, favorecer la integración y por razones de seguridad, tras los recientes ataques yihadistas ocurridos en varias ciudades del país.
En este caso, la decisión de la Justicia alemana de prohibir a la alumna acceder a clase cubierta con el atuendo que, a su juicio, le garantiza la libertad religiosa vigente, no tiene nada que ver con la seguridad, sino con la enseñanza, dos derechos fundamentales ahora enfrentados. El Tribunal Administrativo de Osnabück se decantó por el segundo.
«El mandato de formación y educación del Estado que consagra el artículo VII de la Constitución debe prevalecer sobre la libertad religiosa recogida en el artículo IV», explicó el portavoz del Tribunal, Gert Armin Neuhäuser, al argumentar el fallo, que fue dictado a puerta cerrada y en ausencia de la interesada ante el revuelo mediático generado.
El lenguaje corporal es importante
Según la sentencia, la asistencia al aula con niqab impide al docente identificar claramente a la estudiante y certificar su asistencia a clase, circunstancias esenciales para garantizar la formación.
Bianca Schöneich, portavoz del centro demandado, añadió a los argumentos esgrimidos por el tribunal que, en las relaciones escolares, no sólo la palabra es importante, sino también el lenguaje corporal y la comunicación no verbal, lo que, a su entender, no permite el niqab.
La estudiante, de 18 años y nacionalidad alemana, se matriculó en abril en el turno de noche, pero la escuela revocó la matrícula cuando ésta se personó oculta bajo el niqab, velo que, en su declaración ante el juez, dijo considerar «su segunda piel» y «una parte importante de su práctica religiosa».
Ante la negativa del centro a admitirla si portaba ese atuendo, la joven propuso al instituto que designara a una mujer ante la que ella pudiera levantarse el veloantes de cada clase, lo que solventaría el problema de identificación. La dirección consideró la propuesta insuficiente. La alumna acudió a los tribunales reclamando su derecho a la formación.
El caso recuerda al fallado en ese mismo sentido por un juzgado del estado federado de Baviera en 2014 y va enmarcado por un debate sobre la prohibición en espacios públicos de atuendos que impidan reconocer a la persona que los lleva.
En concreto, los titulares de Interior de la CDU y de la socialcristiana bávara CSU, incluido el ministro federal de Interior, Thomas de Maizière, han abogado en una reunión celebrada la semana pasada en Berlín por la prohibición del burka y del niqab en determinados espacios públicos y en determinadas circunstancias. Por ejemplo, en los controles de seguridad, durante la conducción de vehículos, ante los tribunales, en las visitas a ayuntamientos y ministerios y, de manera explícita,en «guarderías, colegios y universidades», lugares en los que «de ninguna manera» se debe permitir esa vestimenta.
El debate sobre el uso de velos islámicos en centros educativos surgió por primera vez en Alemania hace una década, cuando un instituto del estado federado deBaden-Württemberg decidió suspender a una docente que, tras convertirse al islam, quiso seguir impartiendo clases con la cabeza cubierta con un pañuelo. El contencioso llegó hasta el Tribunal Constitucional, que dio la razón al centro.
Fuente: http://www.elmundo.es/sociedad/2016/08/22/57bb1d94468aebcf408b45cd.html
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