Exámenes en colegios deben ser tomados pese a deudas

La preocupación de padres de familia que tienen pagos pendientes en las instituciones educativas particulares donde estudian sus hijos se ha acentuado en esta semana de exámenes correspondientes al segundo quinquemestre del periodo lectivo 2015-2016.

Diario el Universo. Educación  27/01/2016

Incluso en los planteles privados que empezaron exámenes anticipadamente, el sábado 23, hubo representantes que dijeron haber tenido inconvenientes para que sus hijos rindan las evaluaciones, por adeudar las pensiones.

Ante ello, la Subsecretaría de Educación de la zona 8 (Guayaquil, Durán y Samborondón), insistió ayer en que ningún plantel particular y fiscomisional puede conculcar el derecho a la educación de los alumnos por atraso o falta de pago de matrícula o pensiones.

No obstante, señaló la entidad, los padres pueden realizar un convenio de pago con la institución educativa, sin que se ponga como cláusula o condición la rendición de exámenes, entrega de documentación o cualquier otra cosa que coarte los derechos del alumno.

La Subsecretaría mencionó que ha recibido denuncias de que planteles no estarían tomando exámenes por pagos pendientes; sin embargo, en las investigaciones efectuadas hasta el momento no se ha comprobado ningún caso.

Los representantes pueden denunciar estas situaciones en las direcciones distritales o a través de la página web del Ministerio de Educación (www.educacion.gob.ec).

Y en relación con las posibles afectaciones que puedan causar las lluvias en los centros educativos, ante el término del año escolar este sábado, la Subsecretaría refirió que en cada distrito hay un plan de contingencia preparado.

La aplicación de este plan permitirá que los estudiantes de las entidades afectadas rindan de forma reprogramada sus exámenes en otras instituciones que no estén en riesgo.

Para verificar el cumplimiento del cronograma, el equipo de Apoyo, Seguimiento y Regulación de la Educación, tanto distrital como zonal, visita los establecimientos educativos, indicó la Subsecretaría. (I)

Detalles Marco Legal

Reglamento de la LOEI
El inciso 8 del artículo 140 del Reglamento de la Ley de Educación Intercultural (LOEI) prohíbe conculcar el derecho a la educación de los estudiantes por atraso o falta de pago de matrícula o pensiones.

Fuente: Diario el Universo. Educación  27/01/2016

Editor y/o Editora: América Urbina

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