Mireya: el síndrome de autoridades pusilánimes (SAP)

El SAP es el sueño de cualquier abogado defensor, ya que cuanto mayor es la prueba del delito, mayor es la prueba de la defensa”.

El día de 10 de junio el diario Reforma publicó una nota titulada “Pelean custodia hasta la muerte”, refiriéndose al caso de Mireya, quien fue encontrada sin vida al interior de su casa en San Jerónimo acompañada de los cuerpos envenenados de sus tres hijos y sus padres.

La violencia de género y la poca importancia a la protección de los derechos de la infancia son el hilo conductor que explica esta tragedia, a pesar de que en el encabezado se omite la información clave. La madre que peleaba la custodia de sus hijos frente a su expareja lo hacía después de haber descubierto que éste abusaba sexualmente de ellos; “detalle” que pasaría desapercibido por el lector, ya que la nota presenta una historia tipo “Medea”, que por venganza frente a su exmarido decide matar a sus hijos. Algo pasa en la visión de los observadores que hacen de éste un error demasiado frecuente.

Por ésta y otras razones es que la existencia de este “síndrome” no ha sido aceptado por la OMS ni por la Asociación Americana de Psiquiatría o la Asociación Americana Médica. Los dos grandes sistemas diagnósticos de salud mental utilizados en todo el mundo,  el DSM-IV y el CIE-10 han decidido excluirlo de entre los síndromes y enfermedades reconocidas, por no cumplir los criterios de cientificidad y bases empíricas que ambas instituciones defienden. Ha sido prescrito por muchas instancias de salud mental y terapia familiar y sin embargo en México los asambleístas de la CDMX lo incluyeron en el Código Civil como una medida “de protección para la infancia” cuando de hecho, funciona como la figura de desprotección más grave que existe para ella actualmente.

Esta categoría no solo es grave dado que no permite la detección y diferenciación de los diversos tipos y niveles de violencia en la familia, sino también porque al “diagnosticar” como síndrome de alienación los síntomas de abuso sexual, se confunde la realidad y se utiliza la confusión para aislar al niño, niña o adolescente bajo el cuidado del agresor (Castañer, Griesbach, López, 2014). Si los indicadores que utiliza el SAP son idénticos a aquellos presentes en casos de abuso sexual, significa que un niño víctima de abuso siempre cumple con los criterios para diagnosticar SAP, y entonces, según lo que mandata la ley en la Ciudad de México, debe ser inmediatamente separado del adulto que lo protege y colocado bajo el cuidado de su agresor, lo que pasa desafortunadamente en muchísimos casos hoy en día. El SAP protege a abusadores sexuales de niños y niñas, y coloca a estos últimos en el peor de los lugares: junto a quien les agrede y sin contacto con quien les protege.

No es la primera vez que vemos al SAP como defensa de agresores sexuales de niños y niñas. No es la primera vez que vemos la desprotección de los derechos de la infancia y la criminalización de sus madres ni tampoco, como en el caso de Mireya, que después de apelaciones, amparos, procesos desgastantes de muchos años de duración, las mujeres y sus hijos viven las consecuencias de decisiones tomadas sin especialización en narrativa infantil ni en las dinámicas que la vivencia de abuso provoca en niñas y niños, y finalmente sin especialización en violencia de género.

Hace unos años las frases más repetidas en casos de abuso sexual infantil era “los niños mienten”, “fantasean” o “se imaginan” que les hacen cosas. Hoy esto ha cambiado a: “los niños no mienten; lo que sucede es que son aleccionados por las madres”. Ella seguramente quiere vengarse del padre del niño, o quiere obtener algo, por eso se comporta así de beligerante. Pregunta: ¿no es lógico estar enojado, confundido, indignado, y seguir luchando legalmente hasta las últimas consecuencias si un hijo dice que su padre abusó de él o de ella? ¿Máxime si lo que sucede es que la autoridad lo deja en manos de quien el niño o niña dice que le agredió? No es la primera acción desesperada que vemos en estos escenarios. Ni siquiera es el primer suicidio documentado. Los casos que dan sustento a la decisión en Estados Unidos de descartar el uso del síndrome de alienación parental acabaron en el suicidio de los hijos cuando las decisiones de los jueces era que quedaran en manos de los padres agresores sexuales.

El riesgo en México hoy para niños o niñas víctimas de abuso sexual es altísimo. En todos los casos que hemos conocido en el acompañamiento a infancia en procesos de justicia en los últimos 3 años, la secuela es la misma: un niño o niña devela abuso sexual a su madre, la mujer denuncia los hechos, la contraparte dice que el niño dice eso porque la madre lo ha alienado. El niño o niña no recibe protección; se descarta lo que dice (porque es producto del SAP –en sus dos acepciones: el instrumento para defender agresores sexuales y el síndrome de la autoridad pusilánime-. Con el agregado de la impotencia atorada en la garganta porque ambos síndromes son enteramente evitables con una pizca de formación especializada en género, en desarrollo infantil, en violencia y por supuesto, un tanto de humanidad e interés de parte de los juzgadores y juzgadoras.

Claro que existen casos en los que los progenitores dañan a sus hijos o hijas por sostener eternos conflictos no resueltos que los dejan envueltos en luchas de poder. Esto se llama violencia (no síndrome de alienación parental) y debe detenerse. Claro que existen modos de detectar con metodología científica (créannos, tampoco es el síndrome de alienación parental) cuando un hijo o hija está atrapado en el conflicto parental. Una de las acciones indispensables para que la historia de Mireya no se repita en el futuro es suprimir el Síndrome de Alienación Parental del Código Civil y su uso como categoría diagnóstica que guíe decisiones, y comenzar a escuchar con interés genuino los criterios internacionales que documentos como el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a niños, niñas y adolescentes, recogen con seriedad. Y mientras, quien entregue a sus hijos a presuntos agresores sexuales sin perder la cabeza, que tire la primera piedra.

@bioeticaunam

 

[1] Para profundizar sobre la diferencia entre las posibles violencias ejercidas hacia los niños y la inadecuación de la categoría del síndrome de alienación parental ver: Castañer, A. et al.  (2014). Utilización de hijos e hijas en el conflicto parental y la violación de derechos del supuesto síndrome de alienación parental(ed., Vol., pp. 91-119). Ciudad de México, Ciudad de México: Suprema Corte de Justicia de la Nación

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