Lengua de Señas y Formación Docente

Por Juan Kujawa

Las personas con discapacidad auditiva utilizan la lengua de señas, como su medio de expresión, comunicación y aprendizaje. Su modo de vida. Interactúan a través de ella.

Las personas sordas acceden a los distintos subsistemas educativos, incluyendo a la educación universitaria. No obstante no se conoce con precisión cuantos estudiantes con discapacidad auditiva han ingresado a las universidades en el país, por edad, sexo, en cuales carreras, tiempo de permanencia y egreso, entre otros datos.
El Ministerio de Educación Universitaria, MEU, recientemente propuso conjuntamente con el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, el Conapdis, un Censo de estudiantes con Discapacidad, reconociendo ambas organizaciones que desconocen la realidad en este sentido, a pesar del Sistema Nacional de Ingreso, S.N.I. (OPSU) que le solicita al estudiante indicar, al inscribirse en el mismo, que tipo de discapacidad tiene. Por cierto El S.N.I. debe ofrecer los procedimientos de inscripción Online, de acuerdo a criterios de accesibilidad que no ofrece. (Audio para estudiantes con discapacidad visual).
Y se reconoce igualmente que las universidades no llevan a cabo ningún registro al respecto, aun cuando la inscripción es por mecanismos internos. Ni les solicitan la calificación y la certificación de la discapacidad por los organismos competentes, salvo mejor opinión.
Los planes de estudio de las universidades venezolanas no incluyen unidades curriculares acerca de la discapacidad. El Ministerio de Educación universitaria ofrece un solo 4 cursos (Los mismos desde hace años), de forma virtual, en el Sistema Nacional de Formación Permanente del Docente Universitario. No incluye particularmente el de Lengua de Señas Venezolana, en el caso que nos ocupa, muy importante.
Por otro lado la incorporación del intérprete de lengua de señas en las universidades para facilitar la inclusión y el aprendizaje de las personas sordas, (Lo cual es su derecho, y al no hacerlo se violan los mismos), no es política permanente de las universidades. Son considerados personal administrativo y contratados por períodos académicos.
El Consejo Nacional de Universidades, C.N.U., no ha considerado en su agenda este aspecto. La designación del 23 de septiembre como Día Internacional de la Lengua de Señas, es un paso significativo en la universalización de todas las comunidades para reconocer los objetivos establecidos en el artículo 21 (Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información) de la Convención Internacional sobre los Derechos de las PcD; que Venezuela suscribió en 2013; para cumplir con el objetivo universal de inclusión.
Pudiera (Debería) también el C.N.U. deliberar previamente acerca de la incorporación en la formación docente de un curso sobre Lengua de Señas Venezolano, para nuevos ingresos y ascensos de categoría de los docentes y el establecer una política pública que defina el rol de los interpretes de lengua de señas que trabajan actualmente en las universidades.
También es importante que el mismo estudiante con discapacidad auditiva exija ante las autoridades universitarias su derecho a disponer de un intérprete de lengua de señas. Su confianza en sus propias capacidades y acciones, es el impulso adicional y quizá el más importante y necesario, para su inclusión. Desde su propia condición – mismos derechos, incluyendo el acudir a la Fiscalía General de la República y la Defensoría del Pueblo, si no son reconocidos sus derechos en este sentido y agotadas las posibilidades en un tiempo prudencial, y antes de comenzar las actividades académicas, ya que en contrario estaría en desventaja más si el docente no maneja la lengua de señas al menos en forma básica.
Establecer políticas públicas de forma permanente, para promover la inclusión de los estudiantes con discapacidad auditiva y desde los organismos pertinentes, son necesarias para lograr tres (3) aspectos:
1. Que el estudiante con discapacidad auditiva logre su derecho a una educación inclusiva.
2. Que el intérprete de lengua de señas que presta sus servicios en las universidades obtenga un estatus y estabilidad acorde con su función
3. Y la incorporación de la Lengua de Señas Venezolana en los diseños curriculares de la formación docente de las universidades sea una realidad, para que el docente universitario sea igualmente copartícipe de la inclusión.

Son tres asuntos pendientes por falta de coordinación interinstitucional.

juankujawa@gmail.com
@juankujawa
Fuente: http://www.eluniversal.com/el-universal/10287/lengua-de-senas-y-formacion-docente
Imagen tomada de http://porelpais.com.ar/wp-content/uploads/2017/09/lenguaje-se%C3%B1as-760×460.jpg
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Juan Kujawa Haimovici

Docente Universitario. Etica Profesional / Políticas Públicas y Discapacidad