Los derechos LGBTI+ en América Latina

Por: Bábraba Ester Moraña y Nery Chaves García

 

Varios países de la región han avanzado considerablemente en marcos legales y derechos para la comunidad sexo-género diversa. Aún así queda mucho por avanzar en esta materia.

 

Resumen ejecutivo

  • Los movimientos de la disidencia sexual, concretamente lo que hoy se denomina “movimiento LGBTI+”, en América Latina han buscado lograr su reconocimiento político y condiciones de igualdad jurídico-institucional con el resto de la sociedad, inicialmente desde los años 60, pero con mayor énfasis a partir de la década de los 80.
  • Una particularidad de los derechos sexuales en América Latina es que la secuencia de reconocimientos fue inversa a la europea: en América Latina varios de los derechos LGBTI+ se reconocieron antes que otros que específicamente reclama el movimiento feminista, como los derechos reproductivos.
  • Fue principalmente desde el inicio del nuevo milenio que América Latina, particularmente Sudamérica y México, avanzaron –no de modo homogéneo– en el reconocimiento de la gran mayoría de los derechos existentes en sus marcos legales.
  • Destacan los Gobiernos encabezados por mujeres como Cristina Fernández, Dilma Rousseff y Michelle Bachelet como los que más concentraron reconocimientos legales LGBTI+.
  • Sólo Ecuador, Bolivia y México han incorporado a sus constituciones la prohibición de la discriminación por razones de identidad y orientación sexual.
  • A pesar de que algunos países de América Latina han sido vanguardia en conquistas de derechos de las comunidades LGBTI+, la brecha que separa lo institucional de lo cultural sigue siendo enorme: al menos 1.292 personas con una orientación sexual o identidad de género diversa fueron asesinadas en cinco años y medio en América Latina entre 2014 y 2020.

Matrimonio igualitario

  • En Latinoamérica, los países que avalan el matrimonio igualitario son Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador (2019), México y Uruguay; Chile es el único país de Sudamérica que optó por una figura legal diferenciada, la de “unión civil”, aunque recientemente el presidente Piñera anunció el impulso de un proyecto de ley sobre matrimonio igualitario. Este año Cuba y Venezuela debatirán si se debe reconocer ese derecho.
  • Belice, Bolivia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú –proyecto presentado y archivado desde 2016–, República Dominicana y Venezuela no tienen figura legal para enlaces entre personas del mismo sexo.
  • Destaca el caso de Paraguay, que en el artículo 140 de su Código Civil prohíbe en forma explícita el matrimonio para las personas del mismo sexo.

Discriminación

  • Cuatro países han incorporado parcialmente derechos LGBTI+ a su Constitución: Ecuador (el segundo a nivel mundial), Bolivia, Cuba y México. Brasil (1989), Bolivia (2010), Chile (2012), Colombia (2011), Cuba (2019), Ecuador (2003), México (2011), Perú (2017) y Uruguay (2004) cuentan con una amplia protección jurídica contra la discriminación basada en la orientación sexual.
  • Venezuela, México y Paraguay no tienen el agravante de “crímenes de odio” para catalogar los delitos de odio contra la población transgénero y homosexual.

 Adopción

  • Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica y Uruguay reconocen la adopción conjunta por parejas del mismo sexo, así como la adopción del hijo o hija del cónyuge. En la mayoría de los países la adopción homoparental está prohibida o limitada, constituyendo un acto de discriminación estatal.

Tortura

  • Sólo dos países, Brasil y Ecuador, tienen expresa regulación contra las mal llamadas “terapias de reconversión” (referencia a cualquier esfuerzo sostenido para modificar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de una persona).

Identidad

  • Las medidas en pos de la identidad autopercibida, contra todo pronóstico, tuvieron una amplia aceptación en la región, si bien las primeras fueron las de Panamá (2006), Uruguay (2009) y Brasil (2009). En 2012 Argentina sancionó una ley de identidad de género que marcaría la vanguardia de reconocimiento ciudadano a la comunidad trans. Posteriormente le seguirían Colombia (2015), Bolivia (2016), Ecuador (2016), Perú (en tratamiento y sin resolución desde 2016) y Chile (2018).

Pendientes

  • América Central y el Caribe es la zona con mayor criminalización de la diversidad sexual de la región. Las penalidades, con diversos grados y modalidades, van desde los 5 a los 15 años de cárcel en Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y Las Granadinas.

Los derechos LGTBI+ en América Latina

Los movimientos de la disidencia sexual, concretamente lo que hoy se denomina “movimiento LGBTI+” (lesbianas, gays, bisexuales, travestis/transexuales y otres como queers, no binarixs e intersexuales)[i] en América Latina han buscado lograr su reconocimiento político y condiciones de igualdad jurídico-institucional con el resto de la sociedad. Estos reclamos están hoy focalizados en la adquisición de derechos de ciudadanía, especialmente el matrimonio, la adopción y garantías contra la violencia y la discriminación en todas sus manifestaciones.

Una particularidad de los derechos sexuales en América Latina es que la secuencia de reconocimientos fue inversa a la europea. En el viejo continente primero fueron conquistados plenamente los derechos de las mujeres y décadas después se debatieron el matrimonio gay y los derechos de personas travestis y trans. En América Latina esto no fue necesariamente así; varios de los derechos LGBTI+ se reconocieron antes que otros que específicamente reclama el movimiento feminista, como el de la legalización del aborto.

Aún así, tal vez la mayor contradicción latinoamericana continúe siendo la brecha que separa lo institucional de lo cultural. Según el informe “El prejuicio no conoce fronteras”, publicado por Sin Violencias LGBTI+, 1.292 personas con una orientación sexual o identidad de género diversa fueron asesinadas en América Latina entre 2014 y 2020.

Los derechos de las comunidades LGBTI+ en América Latina han tenido inicialmente dos grandes fases de visibilización. La primera en los años 60, coincidiendo con la organización de los pueblos originarios, de personas negras y de mujeres. La segunda, a mediados de la década de los 80, signada por la aparición del VIH-Sida, en principio denominada “peste rosa”. El virus adquirió el grado de pandemia y visibilizó a las comunidades sexualmente diversas que buscaban una respuesta estatal a la problemática, saltando las fronteras de lo privado para realizar su reclamo en la arena pública.

A partir de la década de los 90 la pluralidad y la diversidad comenzaron a tener un fuerte tono identitario. En esta época se impuso la designación de “lesbiana” y “gay” –abandonando la categoría “homosexual” surgida como categoría de la taxonomía médico-legal desde posturas esencialistas– y, posteriormente, también se incorporan las identidades travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales. Surgieron, además, poderosas y articuladas asociaciones nacionales e internacionales como la ILGA (Internacional Lesbian and Gay Asociation) a nivel mundial, y la ILGALAC, en Latinoamérica. Por otro lado, aparecen nuevos espacios de articulación entre los que se encuentran las Marchas del Orgullo, que persiguen especialmente una política de visibilidad y medidas afirmativas con acento en los derechos reconocidos por el Estado y en las posibilidades de igualación normativa. Sin embargo –en algunos casos– organizaciones sociales y ONG en pos de la diversidad se han visto cooptadas por agendas del sector privado-empresarial que buscan ampliar sus mercados e impulsar una percepción de progresismo en relación a los derechos de carácter simbólico y/o de reconocimiento político.

El mismo amor, ¿los mismos  derechos?

Sería recién con el nuevo milenio que la articulación entre el Estado y las agrupaciones de las comunidades LGBTI+ comenzó un proceso de ampliación de derechos ciudadanos condensado en hitos y réplicas que marcarían una nueva política en cuanto a la diversidad.

El primero de ellos fue en 2002, cuando Argentina reconoce el primer derecho LGTBI+ en América Latina con la posibilidad del derecho a la adopción por parte de parejas del mismo sexo. El 15 de julio de 2010, se inauguró un nuevo escenario con la aprobación de la Ley de matrimonio entre personas del mismo sexo y la posibilidad de heredar de la pareja en América Latina: también fue en Argentina. Unos meses antes, producto de un vacío legal, se celebró el primer matrimonio entre varones del mismo sexo, el 28 de diciembre de 2009 en Tierra del Fuego, inaugurando así un nuevo cambio de paradigma en cuanto a la visión de libertad, diversidad e igualdad desde el sur profundo.[ii] Esto tendría una notaria repercusión legal en Uruguay (2013), Brasil (2013) y Colombia (2016), que siguieron dicha senda. Cabe destacar el rol en materia de legislación de Uruguay, fue el primer país en aprobar la Unión Civil (2008) para luego ampliar su legislación y borrar las nomenclaturas diferenciales. En cambio, optarían por el término “unión civil” países como Ecuador (2015), Chile (2015) y Bolivia (2020). Este último país, ya bajo el Gobierno de Luis Arce, en diciembre de 2020 avaló el primer matrimonio entre personas del mismo sexo. El matrimonio igualitario se debatirá este año en Cuba y Venezuela.

Perú tal vez sea, junto a Paraguay, uno de los países más refractarios con respecto a la unión de parejas del mismo sexo. Desde 1993 ha rechazado todas las propuestas legislativas de unión civil (2003, 2010, 2012, 2013, 2015 y 2016). En febrero de 2017, las congresistas Indira Huilca Flores y Marisa Glave, presentaron un proyecto de ley más ambicioso que busca reconocer el matrimonio igualitario. La iniciativa legislativa propone la modificación del artículo 234 del Código Civil para definir la noción de matrimonio como “la unión voluntariamente concertada por dos personas legalmente aptas para ella”. Ninguna de las propuestas ha sido hasta el momento aprobada por el Congreso. En el caso de Paraguay, el artículo 140 de su Código Civil prohíbe en forma explícita el matrimonio para las personas del mismo sexo.

  • Países que avalan el matrimonio igualitario: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México (régimen estadual) y Uruguay.
  • Países que no tienen figura legal para enlaces entre personas del mismo sexo: Belice, Cuba, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú –proyecto presentado y archivado desde 2016–, República Dominicana  y Venezuela.

¿Ampliación de derechos o “marketing rosa”?

La presión “modernizante” en el aspecto legislativo tuvo también su impacto en estrategias políticas y empresariales, asumiendo a esta población y a sus defensores como un mercado de consumidores y de potenciales votantes. Asimismo, desde sus propias luchas, las comunidades LGBTI+ hicieron suyo el concepto pink-washing [iii] (lavado rosa) para caracterizar estrategias políticas y de marketing, tanto de gobiernos como de empresas privadas, que buscan “lavarse la cara” y  dar una imagen de integración y progresismo para, de este modo, cubrir las críticas que reciben por otro tipo de acciones de corte conservador, nocivas con el medioambiente, represivas, etc.

Los casos de Ecuador y Chile son casos paradigmáticos de cómo la derecha ha intentado “lavarse la cara” y hacer un uso oportunista de las demandas de las disidencias sexuales en países que ejercen una violencia extrema. El 12 de junio de 2019, cuatro meses antes del estallido social y en una votación dividida de la Corte Constitucional, Ecuador dijo sí al matrimonio civil igualitario bajo el Gobierno de Lenín Moreno. Éste aprovechó la ocasión para manifestar que el fallo no necesariamente coincidía con sus valores personales, pero que apoyaba las decisiones de la Justicia –la misma que sirvió para judicializar a sus adversarios políticos–.

Recientemente, el conservador Sebastián Piñera, impulsó el matrimonio igualitario otorgándole “carácter de urgencia” a un proyecto de ley que lleva discutiéndose desde 2017 en el Parlamento. El mensaje llegó luego de una derrota de la derecha en las elecciones para la Asamblea Constituyente y números rojos en las encuestas de imagen y evaluación de gestión. Tanto Moreno como Piñera han sido acusados ante la CIDH por perpetrar crímenes de lesa humanidad contra su propia población civil. Algo similar ocurre con Luis Abinader en República Dominicana, quien al menos en campaña avalaba el matrimonio entre personas del mismo sexo y ya como presidente en ejercicio busca construir un muro con su vecino Haití.[iv]

Otros derechos

En muchos casos el lobby de distintas ONG se concentró en el matrimonio, pero para muchas  disidencias que viven continuamente la violencia política, policial y la precariedad laboral, esto no tiene ningún impacto real. Sin embargo, el nuevo milenio también trae aparejados otros derechos de inclusión e igualdad desde 2002, también otorgados bajo Gobiernos de distinta orientación ideológica:

  • Ecuador en 1998 se convirtió en el primer país americano (y el tercero en el mundo) en incluir la orientación sexual como una de las categorías protegidas contra la discriminación en la Constitución. La Nueva Constitución de 2008 incluyó tanto orientación sexual como identidad de género dentro de las categorías protegidas.
  • En Uruguay en 2004 se reconoció la libertad de expresión de las personas LGBTI+ y en 2009 reconoció el cambio de identidad y la adopción.
  • En Chile la Ley 20.609, que establece medidas contra la discriminación, presentada en la Cámara de Diputados por el Gobierno de Ricardo Lagos (2005), incluye entre sus categorías protegidas a la orientación sexual y la identidad de género, agregando una nueva agravante de responsabilidad criminal contra crímenes de odio. En 2019 Chile promulgó la Ley de Identidad de Género (anteriormente a esta última ley, el cambio de nombre y sexo legal era posible cuando los mismos no coincidan con la identidad de género autopercibida de la persona, mediante un proceso judicial). La redacción de la próxima Constitución y las próximas elecciones presidenciales en las que la izquierda tiene altas probabilidades de éxito abren un importante abanico de oportunidades de ampliación de los derechos LGTBI+ en el país.
  • Con Lula Da Silva como presidente, Brasil aprobó en 2006 el derecho al trabajo de las personas LGTBI+, en 2009 el cambio de identidad y en 2010 reconoció la adopción. Ya con Dilma Rousseff se aprobaron cinco derechos más: unión estable, pensión a la pareja, heredar a la pareja una vez que ésta fallece, salud y un paquete de derechos de seguridad social que englobaba: enfermedades, discapacidad, maternidad, desempleo, pensiones y muerte.
  • Panamá en 2006 reconoció el derecho al cambio de identidad y en 2008 el derecho a la vida (despenalización de la homosexualidad).
  • Mientras agudizaba el conflicto armado interno en pleno siglo XXI, la Colombia de Uribe reconoció el derecho a la salud de las personas LGBTI+ y el derecho a heredar a la pareja una vez que ésta fallece en 2007; un año después se reconoció el derecho a la pensión.
  • Cuba en el 2007 aprobó, en el rubro de seguridad social, el derecho a la salud, concretamente: la cirugía de reasignación de sexo.
  • En Bolivia la Constitución de 2009 prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de género. En 2016 Bolivia sancionó la Ley de Identidad de Género (Ley 807/2016).
  • Durante 2012 Argentina reconoció cuatro derechos: cambio de identidad –siendo el primer Estado no solo de la región sino en todo el mundo en reconocerlo sin patologizar la elección–, ejercicio del voto para las personas trans, seguridad social (salud y educación), un año después el derecho a la familia (reproducción asistida) y en 2015 reconoció dos nuevos derechos: intimidad (derecho a la vida privada) y a la pensión. Actualmente sigue siendo vanguardia con la reciente aprobación de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero. El proyecto se complementa con el DNU 721/20 que firmó el presidente Alberto Fernández en septiembre del 2020 y que estableció el cupo laboral trans/travesti en el sector público.
  • En Perú, el Tribunal Constitucional determinó que la transexualidad no debe ser considerada una patología y reconoció el derecho a la identidad de género. Además, establece que las demandas de cambio de nombre y sexo en los documentos de identidad deben tramitarse ante la Justicia, mediante proceso sumarísimo. La sentencia, aprobada por cuatro votos fueron a favor y tres en contra, deja sin efecto la doctrina jurisprudencial de la sentencia anterior de 2013, que señalaba que el sexo se define únicamente a nivel cromosómico y era, por lo tanto, inmutable e inmodificable. Desde enero de 2017, está en vigencia el Decreto Legislativo 1.323, que incluye como categorías protegidas contra la discriminación la orientación sexual y la identidad de género, además de incorporarlas como agravantes en delitos contra personas LGBTI+. La victoria de Pedro Castillo y su promesa de un referéndum constitucional abre, como en Chile, un horizonte de mejoras legales para ese colectivo.
  • Para 2018 un hito en la región latinoamericana se daría a lugar: la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitiría una opinión consultiva, solicitada por Costa Rica en 2016, sobre la identidad de género e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo (OC-24/17). Así la opinión consultiva sería referencia para el resto de países latinoamericanos y no exclusivamente en Costa Rica. De lo contrario, el Estado que no cumpla con la protección de las personas LGBTI+ (en lo que refiere a los derechos al nombre y al matrimonio igualitario) entraría en contradicción con el sistema interamericano.

Caribe y Centroamérica

Actualmente, nueve países de la región penalizan prácticas por fuera de la heteronorma, destacando América Central y el Caribe como el foco más intensamente represivo en materia legal. Las penalidades, con diversos grados y modalidades, van desde los 5 a los 15 años de cárcel en Antigua y Barbuda, Barbardos, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y Las Granadinas. En Guyana y Barbados pueden acarrear la privación de libertad de por vida (cadena perpetua). En República Dominicana han sido denunciadas restricciones a la libertad de expresión y se prohíbe por ley la adopción por parte de personas del mismo sexo. Las excepciones más notables son los mencionados casos de Costa Rica y Cuba.

Avances

  • En 2006, Panamá fue el primer país en reconocer la identidad de género autopercibida.
  • En Nicaragua, hasta la derogación de la ley que penalizaba la sodomía, recién en el año 2008, se castigaba hasta con 3 años de cárcel cualquier práctica homoerótica aun cuando aconteciera en la privacidad del propio hogar.
  • El Salvador en 2010 aprobó su primer derecho LGTBI+: a la no discriminación laboral.
  • Nicaragua (2008), Honduras (2013) y El Salvador (2015) catalogan como “delitos de odio” a la violencia motivada por la orientación sexual de la víctima.

Retrocesos

  • Por otra parte, el Congreso hondureño ratificó en 2005 una reforma constitucional que prohíbe los matrimonios entre personas del mismo sexo e impide la adopción de menores a parejas homosexuales. La misma reforma fue replicada en El Salvador.
  • En la misma región destaca Haití que, desde su independencia en 1804, no introdujo ninguna ley que criminalizara la homosexualidad, y desde entonces no se ha agregado ninguna ley de este tipo en el Código Penal. Sin embargo, y bajo el actual Gobierno, el Senado votó un proyecto de ley para prohibir “cualquier manifestación pública de apoyo a la homosexualidad y el proselitismo a favor de tales actos”. El destino de este proyecto de ley sigue siendo desconocido.

La diversidad también tiene rostro de mujer

Estudios como “Las reformas orientadas a los derechos LGBT en América Latina: una ciudadanía universal pendiente” de Ericka López Sánchez, encuentran que una de las variables clave para el logro del reconocimiento de derechos ha sido la capacidad de influencia de los colectivos y organizaciones sociales. En este sentido, destacan Argentina y México por contar con los movimientos LGTBI+ más antiguos de la región, por lo que no es ninguna coincidencia que hayan sido de los dos primeros países en aprobar el matrimonio igualitario. Los aliados estatales también parecen haber sido fundamentales a la hora de ejercer presión en el diseño de políticas más inclusivas, y el análisis de las experiencias de Argentina y México muestra que estos aliados fueron, en su mayoría, mujeres, principalmente agrupadas en organizaciones feministas.

Otra variable importante que explica algunos importantes avances en materia de reconocimiento de derechos LGTBI+ es la introducción de la perspectiva de género de acuerdo al sexo de las personas gobernantes. En este último aspecto, si bien la proporción entre presidentas y presidentes es escandalosamente desequilibrada, se logra encontrar un patrón claro:

  • En Argentina, durante el mandato de Cristina Fernández se reconocieron 9 de los 10 derechos LGBTI+.
  • Brasil, bajo la gestión de Dilma Rousseff, se aprobaron 7 de los 11 derechos que tiene este país.
  • Finalmente Chile, con Michell Bachelet, reconoció 2 de los 3 derechos reconocidos.

A modo de cierre

Latinoamérica en el nuevo milenio protagonizó una ampliación sin precedentes de los derechos sexuales e identitarios en un periodo relativamente breve. Desde la promulgación de la ley sobre identidad de género más avanzada del mundo (en Argentina) hasta la consagración de disposiciones constitucionales que protegen a los ciudadanos de la discriminación basada en su orientación sexual (en Ecuador, México y Bolivia), diversos países en la región han elaborado marcos legales y han ampliado derechos a minorías sexuales y de género. Aún así, con respecto a los derechos de gays, lesbianas, travestis, trans y otres, América Latina difícilmente podría considerarse homogénea, ya que el Caribe y Centroamérica han tenido rachas conservadoras y pocos avances. Como todo avance, permanece en disputa.

[i]  A lo largo del artículo utilizaremos este sistema de siglas buscando una mayor inclusión, aún sabiendo que no expresa cabalmente la diversidad y totalidad de los colectivos de disidencias sexuales.

[ii]  Varios estudios señalan cómo la especificidad del caso argentino en cuanto a que el matrimonio entre parejas del mismo sexo se haya condensado en torno a la demanda de “igualdad”, constituye un factor fundamental para su éxito. Ver: http://onteaiken.com.ar/ver/boletin24/onteaiken24-04.pdf

[iii] Tras la inclusión en Occidente del colectivo LGTBI+ desde los márgenes al interior de la política y la ciudadanía, ha surgido una corriente que trata de instrumentalizar las políticas LGTBI+ en tres vías principales. La primera se da con el objetivo de crear una imagen externa e interna de excepcionalidad y modernidad, justificando y ocultando políticas represivas, como puede ser el caso del pink-washing israelí con Palestina. El caso paradigmático es el del Estado de Israel, que ha tenido una estrategia de cooptación de los derechos LGTBI+ para mostrarle al mundo que Israel es el reino de las libertades sexuales, aún siendo un país militarizado que normaliza la ocupación, colonización y apartheid de Palestina. La segunda muestra que la nueva extrema derecha, al alcanzar un consenso mínimo hacia el colectivo, ha visto la oportunidad para usar esa retórica de progresismo social y humanitario para crear un concepto de nación contrapuesto a sociedades consideradas retrógradas, en concreto las musulmanas, para hacer prosperar sus medidas partidistas dentro del marco de la islamofobia. Habitualmente se utiliza el término de “homonacionalismo” para dar cuenta de esta estrategia. La tercera, consecuencia, es que el colectivo LGTBI+ está crecientemente integrándose en el sistema político institucional, dejando atrás una vinculación tradicional con la izquierda e incorporándose a las corrientes populistas de derecha, principalmente en Europa. Ver: https://www.jstor.org/stable/10.13169/decohori.6.2020.0121#metadata_info_tab_contents y  https://repositorio.comillas.edu/xmlui/handle/11531/28224

[iv] Estrategias similares se han visto en Argentina con respecto al movimiento de mujeres, por lo cual se ha reversionado el término a purpel-washing (lavado de cara violeta), algo similar ha acontecido en Ecuador con respeto a Lasso. Ver: Rovetto, F. L. (2019). “Cuando sube la marea feminista: resistencias y disputas de sentido en tiempos macristas”. La Argentina de Cambiemos, 85.

Fuente e imagen:  https://insurgenciamagisterial.com/

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