Las leyes de derechos humanos estipulan que las mujeres deben ser libres de decidir cuándo embarazarse, cuántos hijos tener y cómo espaciarlos, recuerda un grupo de expertos de la ONU y asevera que las políticas que niegan las garantías de salud sexual y reproductiva son discriminatorias.
Brindar a las mujeres y las niñas el acceso a métodos anticonceptivos seguros forma parte de las responsabilidades de los Estados de garantizar el más alto nivel posible de salud física y mental para todos, subrayaron este viernes tres relatores especiales y un grupo de trabajo de derechos humanos de la ONU*.
En una declaración conjunta, los expertos se refirieron a los retrocesos registrados en algunos países que afectan el derecho a la salud sexual y reproductiva, incluido el derecho al aborto, y recalcaron que las decisiones autónomas de las mujeres y niñas deben ser respetadas.
“Las leyes de derechos humanos estipulan que las mujeres deben ser libres de decidir cuándo quedar embarazadas, cuántos hijos tener y cómo espaciar los embarazos. El pleno disfrute de las garantías de salud sexual y reproductiva es indispensable para que las mujeres y las niñas puedan ejercer todos los demás derechos humanos y para lograr la igualdad de género”, afirmaron.
Sostuvieron también que las leyes y políticas que niegan a las mujeres y las niñas sus derechos de salud sexual y reproductiva son “inherentemente discriminatorias”.
Priorizar la salud sexual y reproductiva
La declaración de los expertos se produce con motivo del Día Mundial de la Anticoncepción, por celebrarse el 26 de septiembre, y el Día Internacional del Aborto Seguro, el 28 de septiembre, fechas que los expertos aprovechan para instar a los Estados y sus instituciones “a priorizar los derechos a la salud sexual y reproductiva, y a adoptar legislaciones, políticas y decisiones que aseguren a las mujeres y niñas el pleno ejercicio de su derecho al acceso a la salud sexual y reproductiva y a servicios sanitarios -incluido el aborto seguro-, sin temor a la intimidación, el estigma o la penalización, de conformidad con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos”.
Los relatores destacaron los efectos negativos de las restricciones legales a los anticonceptivos por motivos ideológicos y de la interrupción de servicios de salud sexual y reproductiva debidos a la pandemia del COVID-19 en los grupos de población femenina históricamente discriminados, como las niñas, mujeres negras y afrodescendientes, indígenas, migrantes, refugiadas y desplazadas, entre otros colectivos.
La declaración cita los datos de la Organización Mundial de la Salud que indican que cada año mueren hasta 39.000 mujeres por falta de servicios de aborto seguro y recalca la importancia de prevenir embarazos no deseados a través del acceso a métodos anticonceptivos, servicios de aborto seguro y atención postaborto de calidad.
La religión y la cultura no deben ser pretexto de discriminación
“Las mujeres y las niñas no deben ser instrumentalizadas para servir a ideologías fundamentalistas y agendas populistas. La religión y la cultura no deben utilizarse indebidamente para discriminarlas y oprimirlas aún más en un contexto mundial de graves reacciones contra la igualdad de género”, apuntaron los expertos.
Insistieron en que todas las mujeres y niñas deben tener un acceso adecuado a métodos anticonceptivos seguros, eficaces y asequibles de su elección, incluidos los anticonceptivos modernos de acción corta y prolongada y otros métodos como la anticoncepción de emergencia, así como cualquier otro método para evitar embarazos forzados.
Decisiones autónomas
Los relatores explicaron que al garantizar este derecho, los Estados deben respetar la capacidad de las mujeres y las niñas para la toma de decisiones autónomas y no limitar el acceso a los anticonceptivos a la obtención de la autorización de los esposos, parejas o padres.
Asimismo, argumentaron que las estrategias de salud sexual y reproductiva deben tener en cuenta las necesidades de las mujeres lesbianas y bisexuales, los hombres trans y todas las personas de género diverso para quienes son relevantes.
Advirtieron que los Estados son responsables de cualquier acto, incluidos los actos de omisión, que viole los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas por parte de actores estatales y no estatales.
Esta responsabilidad abarca el deber de investigar, juzgar y sancionar tales actos, acotaron.
Los relatores llamaron a los Estados a trabajar arduamente para desmantelar todas las barreras prácticas ancladas en la falta de regulaciones oficiales, como la objeción de conciencia y la imposición de un requisito de consentimiento conyugal, incluso cuando no lo exija la ley.
Los especialistas en derechos humanos encomiaron el reconocimiento constitucional de los derechos sexuales y reproductivos que han hecho algunos países y exhortaron a todos los Estados a adherirse a seguir ese camino.
Los firmantes de la declaración son:
Tlaleng Mofokeng, relatora especial sobre el derecho a la salud; Reem Alsalem, relatora especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas; Victor Madrigal-Borloz, experto independiente sobre la orientación sexual y la identidad de género; y el Grupo de Trabajo sobre la discriminación de las mujeres y las niñas.
* Los relatores especiales, los expertos independientes y los grupos de trabajo forman parte de lo que se conoce como procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones específicas de países o de cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan sus servicios a título individual.
Fuente: https://news.un.org/es/story/2022/09/1515151