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Hace falta una aldea… y por eso hay una escuela

Por: 

 Los libros tienen su propio destino, y lo mismo cabe decir de las frases. Pro captu lectoris habent sua fata libelli, escribió Terentianus Maurus: Según la capacidad del lector tienen su destino los libros,cabe traducir, aunque la cita ha venido a ser reducida a su segunda mitad para afirmar, sin más, que tal destino es independiente de la voluntad del autor. Pero vale la pena recuperar el condicionante de la capacidad del lector para entender lo que pasa con libros y frases, y no me refiero a ninguna capacidad general, mucho menos una capacidad entendida como mayor o menor nivel intelectual, sino a lo que cada cual está en condiciones de leer y entender por un complejo de intereses, valores, preconceptos, etc.
No es que vaya ahora a pasarme a la filología, sino que siempre me han llamado la atención ciertas frases sistemáticamente repetidas con un sentido distinto del original. Hace falta una aldea para educar a un niño solo es una de ellas, pues hay otras muy notables. En la conversación sobre la internet, por ejemplo, una muy famosa, si no la más, adorada por activistas y evangelistas tecnológicos, partidarios del software libre o los recursos abiertos, etc., es que «la información quiere ser libre» (o «gratis»), generalmente atribuida a Steward Brand, editor del Whole Earth Catalog, fundador de The Well y muchas cosas más que lo sitúan entre los pioneros del nuevo entorno digital. Pero, en realidad, lo que Brand dijo fue, según lo recogió R. Clarke: «Por una parte, la información quiere ser cara, por lo valiosa que es. […] Por otra parte, la información quiere ser gratis, porque el coste de obtenerla se reduce cada vez más» (así lo reiteraría luego el propio autor en The Media Lab, p. 22).
Hay otras frases notables reinterpretadas por los entusiastas. «A hombros de gigantes», por ejemplo, suele citarse como muestra de la modestia científica de Isaac Newton al describir su trabajo, pero es más probable que fuera una alusión envenenada a la estatura y la apariencia físicas del interlocutor, su rival  Samuel Hooke, cuya influencia negaba. «Con razón o sin ella, es mi país» (una vez la escuché en versión aun peor: «…es mi partido»), es una deformación de «Right of wrong, my country», brindis del comodoro Decatur que continuaba: «if right, to be kept right; and if wrong, to be set right» (si está en la razón, por que así siga; si está equivocado, por que rectifique). El lector seguro que conoce otras.
     Pero vamos con la tribu, o lo que sea. It takes a village (Hace falta toda una aldea) es el título de un libro de Hillary Rodham Clinton. La autora remite a un presunto refrán africano que, completo, rezaría: It takes a village to raise a child (Hace falta toda una aldea para criar a un niño). El libro de Clinton lleva como subtítulo: and other lessons children teach us (y otras lecciones que nos enseñan los niños). No hay ninguna prueba de que se trate realmente de un refrán africano en esos mismos términos, pero sí que se conocen numerosos dichos (ver aquí y aquí) del continente que vienen a insistir en la idea de que una familia no se basta para criar a un niño. No obstante, parece que ya era considerado un «refrán africano», al menos en los EEUU, cuando Clinton lo tomó como título y en el modo literal en que lo hizo. Y el libro trata precisamente de eso, de la forma en que la sociedad puede, o no, ayudar a la educación de la infancia.

La primera cuestión, volviendo aquí, es por qué el empeño local en traducirlo como «tribu». Doy por sentado que los usuarios españoles habituales, al menos los primeros, traducen del inglés, no del suajili, por lo que cuesta entender que se vierta village como «tribu» en vez de «aldea». Pero así es, pues una búsqueda rápida en Google (esta a 18/6/16) arroja estos resultados, en número:

  • se necesita una tribu para educar a un niño: 250.000
  • hace falta una tribu para educar a un niño: 140.000
  • para criar a un niño hace falta una aldea: 133.000
  • para educar a un niño hace falta una aldea: 88.200
     Bastante más tribu que aldea, ciertamente. Pro captu lectoris, tal vez. Es probable que los lectores, en particular los difusores de la idea, hayan pensado que la sociedad que rodea a la escuela se parece más a una tribu que a una aldea, o que así vean los profesores a los padres cuando se agolpan a la puerta del colegio, la cola de secretaría o la asamblea del AMPA (yo pienso lo contrario, que hay más rasgos tribales en un claustro que en el público o en un vecindario, pero esa es otra historia). La traducción correcta, desde luego, es aldea (en inglés village, si es mayor, o hamlet, si es menor); en ningún caso tribu aunque tampoco pueblo ni mucho menos ciudad, y mejor ignorar, del otro lado, a quienes se apresuran a denunciar desde algún púlpito el racismo de la primera versión. La diferencia esencial es que una tribu se basa en la descendencia común, el ius sanguinem si se prefiere, mientras que una aldea lo hace en la residencia común, digamos el ius soli; la primera amplía de algún modo la familia, mientras que la segunda se contrapone a ella. En realidad, la tribu tiene poco que añadir a la familia, precisamente porque se confunde con ella y funciona con normas y pautas similares (aquí pervive en la figura de los abuelos, las cenas navideñas y demás); la aldea, por el contrario, comprende lo que no es familia e incorpora cierta diversidad, vínculos débiles, espacio público, etc., tanto más según va pasando a villa, pueblo, ciudad o metrópolis. Cuanto más nos alejamos de la tribu, más necesitamos la aldea para educar a un niño.
Tribu o aldea, no obstante, el refrán señala la insuficiencia de la familia, proclama la necesidad de la comunidad y reclama su apoyo: por eso se ha hecho tan popular en el mundo educativo, porque sirve a la institución escolar y a la profesión docente para proclamar su impotencia (y, por tanto, cierta exención de responsabilidad) y para reclamar el apoyo de la comunidad (por el mismo motivo se hizo impopular entre el conservadurismo norteamericano, que respondió It takes a family!). En lo que no se suele reparar es en que el refrán no menciona en ningún momento la escuela. Seguramente no es casual que proceda de, perdure en o se atribuya a África, pues parece más bien dicho para una sociedad sin escuela, el paisaje africano hasta no hace mucho.
     ¿Qué ha de hacer una aldea si la familia no se basta para criar a los niños? Sin duda lo mismo que la tribu o que la metrópolis: asumir, hasta cierto punto, la responsabilidad general de la tutela adulta, del cuidado de todos los niños por todos los adultos, pero ¿nada más? La respuesta es que hace falta algo más, que hace falta dedicar a la infancia un tiempo específico, un espacio específico, una atención específica, lo cual conviene sea hecho de manera particular por algunas personas específicas, preparadas especialmente para ello. Esto es precisamente lo que llamamos escuela, creo.
     Dicho de otro modo: todo docente que reclama el concurso de toda la aldea debe saber que ya lo tiene, que por eso y para eso están ella o él ahí, que por eso es obligado escolarizar a la infancia y la adolescencia, por eso hay tres cuartos de millón de profesores no universitarios, por eso destinamos cerca del cinco por ciento de la producción nacional y el diez por ciento del gasto público, por eso le consagramos unas decenas de miles de edificios. La aldea no ha dejado sola a la familia: le ha dado la escuela, que no es poco.
* Articulo tomado de: http://blog.enguita.info/2016/06/hace-falta-una-aldea-y-por-eso-hay-una.html?fb_ref=Default
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Argentina: La CTERA se expresa en contra del proyecto del Gobierno Nacional que pone en peligro nuestro sistema previsional

Fuente CTERA / 20 de junio de 2016

La CTERA luego de analizar el proyecto de ley enviado al congreso nacional , que establece el pago a los juicios de los jubilados , se expresa en contra del mismo ya que no tan solo vulnera derechos adquiridos sino que también establece una grave amenaza para el sistema público de reparto, estableciendo los paso previos y necesarios para realizar una reforma previsional que vuelva a dar participación a las entidades privadas de capitalización, modificando el paradigma de un sistema público y solidario por un sistema privado , individualista y que termina favoreciendo a grupos empresarios que lucran con los aportes  de los trabajadores y trabajadoras.

 

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL PROYECTO DE PAGO DE SENTENCIAS A LOS/AS JUBILADOS/AS Y VENTA DEL FONDO DE SUSTENTABILIDAD.

 

  1. A) Sobre el pago de las sentencias

A.1.-El carácter de los derechos en juego

El tipo de derechos que se debate en los juicios de reajustes previsionales es la clave para entender la gravedad institucional de la medida que se pretende aprobar.

Sobre los beneficios de la seguridad social la Constitución Nacional dice en su art. 14 bis :

“……los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable”.

Por lo tanto siendo cuestiones de orden público ninguna renuncia, quita o acuerdo en detrimento del patrimonio del jubilado se ajusta a los derechos garantizados en la norma madre.

Asimismo el nuevo Código Civil y Comercial ha garantizado que no existan abusos sobre este tipo de derechos, diciendo:

ARTICULO 1644.- Prohibiciones. No puede transigirse sobre derechos en los que está comprometido el orden público, ni sobre derechos irrenunciables.

ARTICULO 1645.- Nulidad de la obligación transada. Si la obligación transada adolece de un vicio que causa su nulidad absoluta, la transacción es inválida. Si es de nulidad relativa, las partes conocen el vicio, y tratan sobre la nulidad, la transacción es válida.

Por lo tanto cualquier tipo de negociación, transacción, renuncia, quita o acuerdo similar difícilmente pueda ser homologado por la justicia, y de serlo, estará viciado de nulidad si se trata de sumas correspondientes a beneficios derivados de  normas de la seguridad social.

 

A.2.-La inutilidad de la medida

Si verdaderamente se quieren pagar los juicios, no se requiere ley alguna

 

En los pleitos existe una forma dinámica y sencilla de terminación llamada “allanamiento”, en cualquier etapa del juicio, antes de la sentencia el deudor puede presentarse, admitir el reclamo y pagar. Nada más es necesario.

En los casos que tienen sentencia, se pagan las mismas tal y como manda la sentencia, puesto que existiendo “cosa juzgada” ya no hay nada que discutir.

La propuesta pretende una fabulosa quita del patrimonio de los jubilados, que queda librada a la decisión final del deudor, después que se obtuvo del jubilado una renuncia a derechos irrenunciables .Un despropósito insólito

Agrava la situación el hecho de que no hay datos numéricos de ninguna naturaleza. No se sabe qué montos van a pagarse en total ni qué cantidad de beneficios se  van a liquidar. Ni qué fondos van a usarse,  ya que ni el supuesto blanqueo tiene números ni la venta de activos del Fondo tiene precio.

 

A.3.-La violación de compromisos internacionales

En la causa “Menéndez –Caride y otros” que tramitara en la OEA por violación del Pacto de San José de Costa Rica, el Estado argentino se comprometió a abonar todas las sentencias en tiempo y forma, para no ser llevado a juicio por violación de derechos humanos fundamentales.

El proyecto que se pretende hacer ley violaría tal acuerdo

Este acuerdo de solución amistosa es ley interna y obliga al Estado Argentino a respetarlo so pena de incurrir en responsabilidad internacional y ser condenado al pago de indemnizaciones por violación a los derechos humanos ya que  los derechos sociales ya han entrado en dicha categoría.

Este proyecto  agravaría el problema que  se pretende solucionar

 

A.4.- La inequidad de la medida y la violación de la igualdad ante la ley

Sin perjuicio de las objeciones señaladas en los puntos anteriores resulta sorprendente que se presente como una reparación histórica para “todos” los jubilados, cuando quedan excluidos los jubilados y pensionados que obtuvieron su beneficio con posterioridad al primero de  diciembre  del año 2006.

No  sabemos si esto se plantea por  ignorancia o discriminación,   ya que los reajustes nada tienen que ver con la fecha de adquisición del derecho,  sino con el lapso por el cual se determinó el haber inicial.

Asimismo en forma absurda se desconocen los juicios iniciados por los investigadores científicos y técnicos, los jueces, el servicio exterior, los regímenes militares y de las fuerzas de seguridad, los docentes universitarios, toda ley especial anterior a 1994 y  por último se desconoce el mayor colectivo previsional especial que es el colectivo laboral de los docentes de enseñanza inicial primaria y media.

Por lo planteado en el punto anterior, estamos más que frente a un problema de “cálculos” ,frente a un problema de incumplimiento de los deberes de funcionario público

 

  1. B) El Fondo de Garantía de Sustentabilidad

Es importante tener en cuenta que este FGS se conformó con el ahorro de los trabajadores desde el 90 al 2005 , que el estado recupero de las manos de los fondos de inversión y los puso a disposición del actual sistema de seguridad social de reparto, solidario y no individual. Se trata de un volumen de activos que en diciembre llegaban a los 85 mil millones de pesos y actualmente está cerca de los 90 mil millones. Con ese dinero se pretende pagar las sentencias adeudadas a jubilados y a otros que ni siquiera llegaron a esa instancia.

El Estado tenía en octubre 15.573 millones de pesos en acciones del  Banco Macro (el 31 por ciento del total de la firma), 12.907 millones de pesos de Telecom Argentina (25 por ciento de la empresa) y 9680 millones del Grupo Financiero Galicia (20 por ciento de la compañía) y sumas importantes en acciones de  Siderar, BBVA Banco Francés, Edenor, Pampa Energía, Mirgor, Molinos Río de la Plata, Solvay Indupa, Banco Patagonia, Aluar, Grupo Clarín, Metrovías, Metrogas, Quickfood, Banco Hipotecario e IRSA.

La participación del  Anses en estas empresas siempre generó irritaciónen los sectores concentrados de poder economico,  porque le permite al Estado contar con representantes en los directorios de las compañías.

La venta de esas acciones es una de las banderas de la Asociación Empresaria Argentina (AEA).

Otra fuente de financiamiento para las medidas que tomará el Gobierno es la modificación del destino del flujo de intereses generado por las tenencias en títulos y plazos fijos del FGS. Según el último reporte de diciembre, la Anses tenía invertidos 429 mil millones de pesos en títulos públicos y obligaciones negociables y unos 8500 millones en plazos fijos. Eso permitió que el año pasado el FGS acumulara 191 mil millones en intereses. Ese dinero se destinaría al pago de sentencias y a la devolución del 15 por ciento de la coparticipación a las provincias.

 

B.1.-La disolución de la garantía del régimen de reparto

La normativa vigente ya prevé el control del Fondo y las limitaciones del estado sobre el mismo, su modificación constituye una grave amenaza para el sistema  público de reparto,  que hoy es sustentable y cuenta con reservas para afrontar las posibles alteraciones financieras.

La supresión de la normativa vigente hace pensar que se prepara el terreno para un reforma previsional que vuelva a introducir en las jubilaciones y pensiones a entidades privadas de capitalización que, con la excusa de la necesidad de ahorro y de la formación de un mercado de capitales, sumado al desfinanciamiento producido por el uso de los recursos en medidas como la que se proponen, vuelvan a restarles derechos a los trabajadores y a los beneficiarios

 

La ley 26245

(Promulgada el 04/12/08)  dispone:

ARTICULO 11. — La Administración Nacional de la Seguridad Social, entidad actuante en la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, gozará de autonomía financiera y económica, estando sujeta a la supervisión de la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social creada en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación.

Dicha comisión estará integrada por SEIS (6) senadores y SEIS (6) diputados, quienes serán elegidos por sus respectivos cuerpos, la que establecerá su estructura interna, teniendo como misión constituir y ejercer la coordinación entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo nacional, a los efectos del cumplimiento de la presente ley y sus resultados, debiendo informar a los respectivos cuerpos legislativos sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta ley.

Para cumplir su cometido, la citada comisión deberá ser informada permanentemente y/o a su requerimiento de toda circunstancia que se produzca en el desenvolvimiento de los temas relativos a la presente ley, remitiéndosele con la información la documentación correspondiente.

Podrá requerir información, formular las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinentes y emitir dictamen en los asuntos a su cargo. A estos efectos la Comisión bicameral queda facultada a dictarse su propio reglamento de funcionamiento.

 

ARTICULO 12. — Créase en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, cuyo objeto será el monitoreo de los recursos del sistema y estará integrado por:

  1. a) Un representante de la ANSES;
  2. b) Un representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
  3. c) Dos integrantes del Órgano Consultivo de Jubilados y Pensionados que funciona en el ámbito de la ANSES;
  4. d) Tres representantes de las organizaciones de los trabajadores más representativas;
  5. e) Dos representantes de las organizaciones empresariales más representativas;
  6. f) Dos representantes de las entidades bancarias más representativas;
  7. g) Dos representantes del Congreso de la Nación, uno por cada Cámara.

Los miembros integrantes de este consejo ejercerán su función con carácter ad honórem y serán designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de las entidades y organismos respectivos.

Por su parte la ley 27181 PROTECCIÓN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES DEL ESTADO NACIONAL (Promulgada: Octubre 5 de 2015) estableció

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

 

Título Disposiciones Generales

Capítulo

Objeto

 

ARTÍCULO 1° — Objeto. Declárase de interés público la protección de las participaciones sociales del Estado nacional que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), creado por el decreto 897 del 12 de julio de 2007 y de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado nacional sea socio minoritario o donde el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas posea tenencias accionarias o de capital, encontrándose prohibida su transferencia y/o cualquier otro acto o acción que limite, altere, suprima o modifique su destino, titularidad, dominio o naturaleza, o sus frutos o el destino de estos últimos, sin previa autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación.

ARTÍCULO 2° — Finalidad. Las disposiciones de la presente ley tienen como finalidad garantizar y preservar la sustentabilidad del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), y promover el rol del Estado en la coordinación de la gestión de los Directores que representan al accionista Estado nacional y/o FGS para que la realización del interés societario se lleve a cabo resguardando el interés público comprometido en dichas participaciones societarias que posea el Estado nacional en las empresas mencionadas en el artículo 1°.

La nueva propuesta legislativa pretende derribar la contención que la ley por medio de las dos normas citadas anteriormente,  otorga a la estructura previsional que sostiene hoy a los regímenes generales y a los regímenes especiales de jubilaciones y pensiones

La destrucción, siempre es previa, a la privatización posterior de cualquier modelo solidario y público:

B.2.-La futura reforma propuesta por el actual gobierno

La declaración de emergencia en la materia procedimental del fuero de la seguridad social, ya está declarada por  la Acordada 4/1014 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo cual, el inicio del nuevo proyecto, ya demuestra un desconocimiento del tema o se avizora  algún otro propósito.

La medida que se propone dice textualmente:

ARTÍCULO 12.- Créase el CONSEJO DE SUSTENTABILIDAD PREVISIONAL, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que tendrá a su cargo la elaboración de un Proyecto de Ley que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario y sustentable para su posterior remisión por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a consideración del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

El CONSEJO DE SUSTENTABILIDAD PREVISIONAL deberá cumplir su cometido dentro de los TRES (3) años de la entrada en vigencia de la presente Ley.

Es decir se habilita  que un consejo (no se sabe integrado por quien ) proyecte una reforma previsional (no se sabe tampoco por qué) pero obviamente por el nombre del Consejo lo prioritario es que lo proyectado sea económicamente “sustentable” .

Al liquidar el Fondo de Sustentabilidad, seguir sosteniendo las rebajas a los aportes patronales , aplicando políticas que generan un alto índice de desempleo y trabajo no formal , se  va a provocar la alteración del equilibrio del sistema.

Además el proyecto   ordena a dicho consejo que se  deberá establecer un sistema: universal, integral, solidario y sustentable.

 

Además de ser ello una ambigüedad omite llamativamente las palabras público y de reparto.

 

Queda claro que lo que se pretende es  un sistema previsional con algún componente de capitalización individual contrario a un régimen público y solidario

También es necesario aclarar que en este tipo de sistema de capitalización, no hay lugar para los regímenes especiales, con lo cual se habilita el intento de derogación de los mismos.

 

B.3.-La pensión universal una trampa

 Cabe asimismo hacer notar que los beneficios “asistenciales” destinados a “carenciados” deben financiarse con rentas generales  y no con recursos del seguro social que pertenece a todos  los trabajadores. Por ello, estando vigente la ley 13478 dictada en 1948, no hay ninguna necesidad de crear una pensión a la vejez, ya que una pensión a la vejez y a la invalidez ya existe, claro con rentas generales no con recursos de los trabajadores como pretende la proyectada norma

Con ello se viola también  lo dispuesto en la propia ley 24241,también vigente actualmente,  que dispone:

Financiamiento de prestaciones no contributivas.

 

Artículo 187.— A partir de la promulgación de la presente ley, el pago de las prestaciones no contributivas, acordadas o a acordar, se atenderá con fondos de «Rentas Generales».

Además esta pensión propuesta  no soluciona el problema de aquellos que necesitan una moratoria porque no pudieron pagar sus años de autónomos y desean hacerlo para completar los años de servicios y acceder a un beneficio de mejor calidad y sin prueba de pobreza

 

Conclusión

Este proyecto del gobierno nacional  vulnera derechos humanos fundamentales (el derecho al cumplimiento de la ley, el derecho al respeto de las sentencias, el derecho al seguro social, el derecho a la igualdad ante la ley).

La artimaña política es de “Manual” bajo la apariencia de solucionar el problema de los haberes bajos y los reclamos judiciales pendientes se pretende desmantelar el sistema de reparto y generar su falta de sustentabilidad para inclusive  aumentar la edad jubilatoria de todas y todos los trabajadores y trabajadoras.

Desde la CTERA exigimos al gobierno nacional y a los legisladores nacionales que no  avancen en contra de los derechos adquiridos y  contemplados en el actual régimen jubilatorio, ni establezcan medidas que pongan en peligro su financiamiento por medio de  la perdida de los Fondos de Garantías Sustentables y cumplan las leyes actualmente vigentes para el cumplimiento del pago de los juicios.

Los trabajadores y trabajadoras de la educación no renunciaremos a la defensa de un sistema previsional de reparto, público y solidario.

 

 

Jorge Molina                                                             Sonia Alesso

Secretario de Asuntos Previsionales                                  Secretaria General

CTERA                                                                       CTERA

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Grupos de 8 países reclaman a México por trato hacia maestros disidentes

México/20 Junio 2016/Fuente: Insurgencia Magisterial

Colectivos de activistas con base en diversos sitios de Europa y Oceanía se sumaron a la protesta de los maestros y reclamaron al Gobierno de México el uso excesivo de la fuerza contra ellos.

En un pronunciamiento conjunto, colectivos en el extranjero expresaron su rechazo a los métodos de represión contra los maestros disidentes en Oaxaca, Chiapas y Guerrero e instaron al gobierno para entablar el diálogo con los maestros de manera frontal y sin violencia.

“La represión sistemática hacia los maestros nos genera total indignación. Hacemos manifiesto que nos mantenemos al tanto de la situación sobre la Reforma Educativa que el Gobierno de Peña Nieto viene imponiendo para obedecer exclusivamente a los intereses de las clases dominantes en México”, señala el comunicado.

En el documentos se señala que el 15 de abril, en Chiapas, se utilizó uso excesivo de la fuerza para desalojar las manifestaciones convocadas por la sección 7 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores (CNTE).

Durante el desalojo, se registró el uso indiscriminado de gases lacrimógenos y balas de goma.

En otro hecho, entre el 20 y 21 de mayo, los maestros que mantenían un plantón pacífico en Santo Domingo también fueron desalojados intimidándolos.

Mientras el 24 fueron cercados por la policía impidiéndoles el acceso a la Ciudad de México, mientras en los medios nacionales se reportaba que era los maestros quienes cortaban el paso a la capital.

Mientras que el 25 fueron amenazados para dejar la calle Bucareli y reinstalarse en la Ciudadela, donde continúan.

Los grupos firmantes son: Mexi-Belga [Bélgica], Bordamos por la Paz, París [Francia], Latir por México, París [Francia], Manchester For Ayotzinapa [Reino Unido], Saving México Dutch-Mexican Solidarity [Holanda], Solidaridad con Ayotiznapa Suecia [Suecia], Catalunya contra la Impunitat [Esado Español], Kollektiv Por Ayotzinapa Hamburg [Alemania], ¡Alerta! Lateinamerika Gruppe Düsseldorf [Alemania], Sheffield México Solidarity [Reino Unido].

Ellos solicitan la renuncia de Aurelio Nuño Mayer y revelan que están en contra de la llamada “lista negra” de Nuño con la que está aterrorizando a los profesores con el despido cuando en tratados internacionales que protegen a los trabajadores se les otorga el derecho a huelga.

Fuente: http://insurgenciamagisterial.com/grupos-de-8-paises-reclaman-a-mexico-por-trato-hacia-maestros-disidentes/

Fuente de la imagen: http://noticieros.televisa.com/noticieros/fotos/1507/09/50210066.jpg/jcr:content/renditions/cq5dam.thumbnail.624.351.jpg

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La reforma educativa: el fin de un prejuicio

La reforma tuvo, como eje fundamental en su diseño, un supuesto: la fuente, si no única, sí la más importante de los problemas educativos en México, era el magisterio. Al ser concebidos como causa, la acusación simplificadora fue inmediata: los profesores y las maestras en el país, desde preescolar al nivel medio superior, estaban mal preparados. Inculpados sin miramientos, ni matiz, como un gremio repleto de flojos, violentos, ignorantes y desobligados, el (también) único remedio era evaluarlos: “el corazón de la reforma es la evaluación”. Ha sido de tal manera central este prejuicio, que ha generado lo propio e inevitable: perjuicios. Sobre todo, la estigmatización de las y los docentes y, derivado de ello, su ubicación en el proceso como objetos, cosas a reformar, y no como sujetos, socios indispensables, en la transformación que sin duda requiere el acceso al conocimiento en el país.

Dado que el cimiento de la reforma era la evaluación, su aplicación mostraría que la premisa mayor – la falta de idoneidad e incapacidad del magisterio – quedaría a la luz, y los demás elementos del complejo proceso educativo, tales como una visión renovada de la educación, los planes y programas de estudio, materiales, condiciones escolares, la desigualdad social y el contexto de pobreza en que vive la mayoría de los alumnos, serían aspectos a considerar, sí, pero después: complementarios, no sustanciales. El problema era que “esos”, a través de una propaganda intensa y prolongada, eran unos rufianes iletrados, y las maestras orientaban su trabajo por el estímulo de heredar su plaza y faltar a clases sin consecuencias. Hay harta evidencia de esta percepción, muchas veces racista, casi siempre clasista y siempre descalificadora.

Suponiendo, sin conceder, que así fuera; esto es, de acuerdo a su propia lógica, los resultados dados a conocer ayer por las autoridades quiebran el prejuicio, rompen el eje y ponen en cuestión, cimbran a fondo, la orientación de la reforma educativa “histórica” que tanto se presume. Al establecer, como diagnóstico, que la relación entre capacidad docente y calidad educativa era obvia, y directamente proporcional, la prueba del ácido sería que la medición de los conocimientos y las destrezas pedagógicas fuese muy negativa: a malos maestros, malos resultados. Se requería que los maestros calificados como incapaces fueran la mayoría, para probar la fuerza de su concepción.

En su propia (in)coherencia, los resultados desmienten la expectativa: en términos generales, con ligeros cambios por nivel, solo 15 de cada 100 obtuvieron resultados insuficientes. Fueron ubicados como buenos 42%, y 8% destacados. El resto, un poco más de un tercio, registraron en los exámenes aplicados condiciones suficientes – que son bastantes para ser capaces y aptos, dice el diccionario – al desempeñar su labor.

niños_examenEntonces, si en la prueba PLANEA, o en PISA, son muy pocos los alumnos que consiguen los aprendizajes esperados al final de la formación básica o media, la evaluación aplicada muestra que la falencia en la formación registrada no se origina, no es resultado directo, como se afirmó tantas veces, de la capacidad de los docentes.

Esta crítica a los fundamentos de la reforma, deriva de su propia lógica. Lo propuesto resultó falso de acuerdo a lo que plantean sus promotores. Es una contradicción en los propios términos que la constituyen. El cuestionamiento más fuerte que se le puede hacer a una propuesta es ser falseada en sus propios términos. El prejuicio se muestra como lo que es: ignorancia ignorada, pero sesgada. El pez por su boca muere.

Si se quieren evitar más perjuicios a la educación es menester cambiar el rumbo. Y pronto, pues hay más rasgos en esta política, legales, laborales y administrativos, inaceptables. Varios de ellos, éticos. No más.

*Articulo tomado de: http://www.educacionfutura.org/la-reforma-educativa-el-fin-de-un-prejuicio/

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Colombia / FECODE: La OCDE ataca la profesión docente

Fuente: Fecode  / 20 de Junio de 2016

En las pretensiones del presidente Santos por ingresar al selecto grupo de los países más ricos es capaz de entregar la soberanía educativa nacional a los privados.

El debilitamiento de la educación y la entrega de la formación docente a los intereses de la OCDE, son algunas de las consecuencias que traerá para el escenario educativo nacional, el capricho de querer pertenecer a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Las recomendaciones hechas por la organización internacional fueron incorporadas por el gobierno nacional en el artículo 222 de Plan nacional de desarrollo.

“Esto en primera instancia atenta contra la autonomía universitaria, y adicionalmente imprime que todos los programas de las facultades de educación deben responder a lo que está plasmado o a lo que se desarrolla en las pruebas Saber, las pruebas Saber Pro y las pruebas Pisa. Convierte la formación docente en una especie de formación de técnicos para la educación en torno a las pruebas estandarizadas. En ese sentido, el carácter disciplinar de las licenciaturas no sólo se pierde, sino que atenta contra la formación de los jóvenes”, señaló Jhon granados, asesor del Ceid de Fecode.

La formación docente debe estar dirigida a fortalecer su campo de conocimiento de manera que transmita a sus estudiantes estrategias que le permitan obtener los mejores resultados en sus conocimientos y destrezas.

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Encuentro de educación organizado por la OEA arranca el lunes en Puerto Rico

Paraguay/19 Junio 2016/ Fuente: ULTIMAHORA

San Juan, 19 jun (EFE).- El decimoséptimo Encuentro Internacional Virtual Educa arranca el lunes en San Juan, evento que servirá como punto de encuentro para que los profesionales del sector conozcan las últimas tendencias en materia de innovación para la enseñanza.
La cita, dirigida por la Organización de Estados Americanos (OEA), reunirá en el Centro de Convenciones de la capital a unos 350 expertos locales e internacionales para discutir los avances del sector educativo mundial en términos de innovación y tecnología.

«Es la segunda vez en el cuatrienio que celebramos un evento de Virtual Educa, una iniciativa de la Organización de Estados Americanos -OEA- que cuenta con el apoyo de la ONU», dijo el gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, sobre el encuentro, en un pasado comunicado de prensa.

Durante el evento se espera la presencia de representantes de 35 países de América, África, Asia y Europa, al igual que la asistencia de cerca de 7.000 personas de Puerto Rico, incluyendo directores de escuelas, maestros y estudiantes.

Entre las figuras de renombre internacional que han confirmado su participación en Virtual Educa, que se celebrará hasta el próximo viernes, se destacan el secretario general adjunto de la OEA, Néstor Méndez, y la vicepresidenta de Perú, Marisol Espinoza.

Fuente: http://www.ultimahora.com/encuentro-educacion-organizado-la-oea-arranca-el-lunes-puerto-rico-n1000971.html

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Achieving the Global Goal for education by 2030 costs $1.18 a day per child in developing countries

Fuente: .globalpartnership.org /20 de junio de 2016

GPE’s strategic objective is to increase the volume and efficiency of funds devoted to education to ensure that every child can go to school and learn.

The Global Partnership works closely with national governments and their development partners to develop high quality education strategies and programs that reflect the commitment of all parties to achieve education results. This creates a climate favorable for investment in education.

In addition, the Global Partnership aims to mobilize increased financing to strengthen national education systems that deliver quality education, especially in the poorest countries. The partnership values the crucial role of bilateral, multilateral and other donors in leveraging greater investments in sustainable national education systems.

The challenge

It is estimated that $39 billion per year is needed from externalfunding sources to ensure that every child gets a quality pre-primary, primary and secondary education by 2030. (GEM Report Policy Paper 18)

It costs on average $1.18 a day per child in developing countries (low and lower-middle income) to provide a full cycle of pre-primary through secondary education (13 years). (GPE Secretariat calculations based on GEM Report estimates)

Resource constraints continue to hamper progress:

  • Many developing countries do not have the financial or technical means to provide a quality basic education to every child.
  • Donor aid to basic education in developing countries has dropped by almost 8% between 2010 and 2013, while overall development aid increased by more than 8.5% over the same period. (GPE calculations based on DAC data)
  • The increasing youth population in low-income countries, the impact of climate change and commodity speculation as well as natural disasters and conflict further exacerbate these challenges and put enormous pressure on governments.

 

Expand the volume, effectiveness, efficiency and equitable allocation of external and domestic funding and support to education in GPE-endorsed countries»

  • GPE encourages developing country partners to provide sufficient domestic financing for basic education.
  • GPE advocates on behalf of developing countries to ensure they receive adequate external aid to basic education from bilateral and multilateral donors to implement the education sector plans developed by the local education groups.
  • Through the GPE Fund, the Global Partnership provides grants to help developing countries prepare and implement their education strategies.
  • The Global Partnership received unprecedented commitments from its partners at its second replenishment conference totaling $28.5 billion for 2015-2018: $26 billion pledged by developing countries in increases to domestic financing for education, and $2.1 billion pledged by donors to the GPE Fund.
Reading is Divine. Credit: Miksham Lal, India

To enhance its impact, the Global Partnership for Education has developed a funding model to allocate implementation grants to partner countries. The model places a stronger emphasis on equity,efficiency and learning, and ensures that results are the key focus.

With this model:

  • Allocations are based on countries’ needs. Eligibility to receive an education sector program implementation grant is based on poverty level, education vulnerability (number of children out of school) and fragility. 66 of the world’s poorest countries are eligible for funding
  • Performance is key:
    • An eligible country can receive 70% of its maximum allocation based on a credible education sector plan endorsed by national and international partners, the commitment to collect and analyze data to better manage the education system, and an increase in domestic spending on education up to at least 20% of the national budget.
    • To receive the remaining 30% of the allocation, an eligible country must demonstrate significant results in the three essential dimensions of equity, efficiency, and learning outcomes.

Enlace original: http://www.globalpartnership.org/funding

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