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Uruguay dejó de ser el país del continente con mayor proporción de adolescentes privados de libertad, afirmó Fulco ante la ONU

Jerarcas presentaron avances y recibieron recomendaciones en materia de derechos humanos.

Una delegación uruguaya encabezada por el vicecanciller, Ariel Bergamino, participó en el Tercer Ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el que presentó los avances registrados en base a su anterior comparecencia, en 2014, y recibió comentarios y aportes de otros países. En materia de políticas socioeducativas, la presidenta del Instituto del Niño y el Adolescente de Uruguay (INAU), Marisa Lindner, planteó que el país “avanza hacia un sistema nacional de protección a la infancia y adolescencia a través de políticas integrales e intersectoriales que cuentan con la participación de la sociedad civil y de los niños, niñas y adolescentes”. Agregó que actualmente el INAU atiende a 10% de esa población, con un aumento de 13% en su cobertura desde 2014. Para ello resaltó la importancia de la implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados.

Ante algunos cuestionamientos de otros países sobre la situación de los centros de detención de menores de edad, Gabriela Fulco, presidenta del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), afirmó que en el período 2015-2020 se está llevando a cabo una “tarea de refundación” del sistema, “con apego a la protección de derechos y la dignidad de adolescentes”. En ese sentido, destacó la primacía de las medidas alternativas a la privación de libertad, que para el organismo es concebida como último recurso. Según informó Fulco, desde 2015 se registra una “progresiva y drástica” disminución de la cantidad de adolescentes privados de libertad en el sistema. De acuerdo a las cifras que brindó, actualmente en Uruguay hay 276 menores de edad con medidas privativas de su libertad y 216 están bajo medidas no privativas, “acortándose la brecha preexistente”. Explicó que el modelo de actuación incorpora acciones de justicia restaurativa y que el INAU, INISA y la sociedad civil lo aplican en acuerdo con fiscales, defensores y jueces. “Uruguay ya no es más el país de América Latina con mayor cantidad de adolescentes privados de libertad en relación con la cantidad de habitantes”, afirmó Fulco. Agregó que desde 2016 no hay hacinamiento en el sistema y que se clausuraron cuatro centros cuyas condiciones se consideraban “indignas”, entre ellos el centro de ingreso.

La jerarca planteó que para combatir la violencia se revisaron los protocolos de actuación y ello desembocó en la prohibición de sanciones colectivas. También destacó otros avances, como la creación de figuras de delegados en los centros y la instalación de un mecanismo de denuncias anónimas y de visitas periódicas de la Institución Nacional de Derechos Humanos. Fulco informó ante la ONU que a partir de estas medidas el organismo procesó 400 investigaciones administrativas, hizo 23 denuncias penales y más de 50 funcionarios resultaron destituidos y apartados del trabajo con los adolescentes. Además, señaló que el nuevo modelo de actuación tiene como centro a la educación, con la participación de 100% de los adolescentes en programas de ese tipo, y también destacó la existencia de programas de acompañamiento al egreso.

En sistema

Rosita Angelo, directora de Educación del Ministerio de Educación y Cultura, habló de la puesta en marcha de un Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos y de la conformación de un grupo de trabajo para la inclusión de personas migrantes en el sistema, para “asegurar” su ingreso y egreso en todos los tramos obligatorios. Para ello, por ejemplo, se generó un punto de atención para quienes llegaron a vivir a Uruguay en el último tiempo. En materia de políticas dirigidas a la población afrodescendiente, Angelo informó que en 2018 aumentaron las becas para la educación media y los posgrados dirigidos a ese sector.

Laura Motta, integrante del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, habló ante la ONU del sistema de protección de trayectorias que implementa el organismo para mejorar el acceso y la permanencia de los estudiantes en el sistema. Explicó que comenzó a implementarse desde 2016 e implica la preinscripción obligatoria de los niños y adolescentes en el sistema, el seguimiento de trayectorias, el aumento del tiempo pedagógico y la generación de un sistema informatizado en tramos de obligatoriedad del sistema. Motta señaló que su aplicación implicó un aumento de 3% en los inscriptos a la educación media. Entre otros aspectos, la consejera destacó el trabajo de los Centros Educativos Asociados de UTU, que se ubican en predios próximos a escuelas primarias. Según dijo, la experiencia ha tenido buenos resultados, como el hecho de que en estos centros sólo se registra 2% de abandono en el primer año de la educación media. Por su parte, también habló de la creación de un Marco Curricular de Referencia Nacional para todo el sistema educativo, y de un marco curricular de referencia para niños de hasta seis años.

Fuente: https://educacion.ladiaria.com.uy/articulo/2019/1/uruguay-dejo-de-ser-el-pais-del-continente-con-mayor-proporcion-de-adolescentes-privados-de-libertad-afirmo-fulco-ante-la-onu/

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Casi 200 menores encarcelados en Turquía por cargos de terrorismo

Asia/Turquía/11 Noviembre 2017/Fuente: Prensa Latina
Un total de dos mil 767 menores se encuentran encarcelados en Turquía, 197 de ellos bajo cargos de terrorismo, según los datos de la Dirección General de Prisiones y Detenciones, publicados hoy por el diario Hürriyet.
La información oficial fue facilitada al diputado opositor Onursal Adígüzel, del Partido Republicano del Pueblo (CHP), quien había realizado una pregunta parlamentaria sobre el número y las condiciones de los niños privados de libertad.

Los datos, con fecha 1 de agosto de 2017, develaron que en la franja de edad de 12 a 18 años existían mil 403 internos en centros educativos y cárceles para menores, y mil 364 en prisiones para adultos.

De los encarcelados por delitos relacionados con el terrorismo, únicamente 15 se encontraban en centros de menores pero solo cuatro de ellos estaban inscritos en el sistema educativo.

Con respecto a los internados en prisiones de adultos la nota oficial señaló que del total de niños 111 recibían cursos básicos de alfabetización, 62 cursos de alfabetización secundaria, 187 asistían a escuelas secundarias a distancia, 495 realizaban el bachillerato a distancia y 219 de ellos recibían una educación normal.

El informe también señaló que solo uno de ellos estaba asistiendo a la universidad.

Fuente: http://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=130066&SEO=casi-200-menores-encarcelados-en-turquia-por-cargos-de-terrorismo
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Reformas educativas en Latinoamérica / La hechura jurídica de la reforma educativa en México

Observatorio del Derecho a la Educación y la Justicia

Mercedes Ruiz Muñoz – Departamento de Educación. Universidad Iberoamericana, Ciudad de México

El Observatorio del Derecho a la Educación y la Justicia (ODEJ) es una plataforma para el pronunciamiento público, impulsado por el campo estratégico en modelos y políticas educativas del Sistema Universitario Jesuita (SUJ). Su propósito consiste en la construcción de un espacio de análisis informado y de posicionamiento crítico de las políticas y las reformas educativas en México y América Latina, arraigado en la realidad social acerca de las injusticas del sistema educativo, y recupera temas coyunturales y estructurales con relación a la agenda educativa vigente.

De acuerdo a Popkewitz (2009) lo que caracteriza a una reforma educativa es el “cambio” y la incorporación  de ese “cambio” en las mentalidades de los sujetos. Pero,  ¿qué cambios ha propuesto la reforma educativa, vigente desde 2013?

La reforma educativa en México, bajo el supuesto de lograr el derecho a la educación con calidad ha desplegado las tecnologías del poder para regular y ordenar la vida de los docentes. Esta se articula a partir de las modificaciones al artículo 3°, que alude directamente a la educación, y el 73, que otorga facultades al Congreso para regular las condiciones jurídico-laborales de los docentes a nivel nacional; la armonización entre los artículos modificados con la Ley General de Educación y la promulgación de las Leyes Secundarias de la reforma, como la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) y la Ley del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE). Estas normas operan como los marcos en los que se promulga y recrea la reforma con los cuales se pretende interpelar a los actores involucrados y a la sociedad en general.

Condiciones de producción

El retorno del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la Presidencia de la República, después de 12 años de alternancia en el gobierno con el Partido Acción Nacional (PAN); el Pacto por México firmado por las tres fuerzas políticas, PRI, PAN y PRD y el pronunciamiento de la presidencia de recuperar la rectoría de la educación por parte del Estado mexicano, ante la fuerza del Sindicato Nacional de los Trabadores de la Educación (SNTE) y su exlideresa Elba Esther Gordillo son los aspectos que han condicionado la promulgación de esta reforma educativa. Tanto es así que el 1° de diciembre de 2012 en la toma de posesión,  Enrique Peña Nieto señaló: “no habrá plazas vitalicias ni hereditarias en el servicio educativo nacional”, marcando en este caso una clara frontera política con el SNTE.

La firma del Pacto entre los líderes de esta clase de administradores en el marco del retorno del PRI a la presidencia indica la persistencia del arreglo político que mantuvo al PRI en el poder durante 70 años. De acuerdo con Magaloni (2010: 8) ese arreglo consistió en un pacto de colusión entre los dirigentes de ese partido a partir del cual se repartieron los beneficios de controlar el aparato estatal. Al mismo tiempo, el pacto operaba como un mecanismo que le impedía a un miembro en particular ponerse por encima del grupo para acaparar todo el poder.

En el marco de la firma del Pacto por México, el 2 de diciembre de 2012 Peña Nieto planteó algunos retos como la expansión de la cobertura y sobre todo elevarla en calidad. En este sentido, el discurso de la recuperación de la rectoría de la educación le confirió un sentido de legitimidad a la reforma. Así, se planteó la creación del Servicio Profesional de Carrera Docente para ascender en el sistema de enseñanza a través del trabajo y los méritos propios. Esta estrategia estaría acompañada por el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, para eliminar las plazas vitalicias y hereditarias e impartir una educación de calidad. El 10 de diciembre de 2012 la Subsecretaría de enlace legislativo de la Secretaría de Gobernación, enviaría a la Cámara de Diputados la propuesta de reforma educativa del Presidente Peña. Dos días después la Cámara de Diputados votaría la iniciativa de la reforma educativa.

El 20 de diciembre en sesión vespertina, la Cámara de Senadores aprobó en lo general y en lo particular la iniciativa de reforma con 113 votos a favor, 11 en contra y 4 abstenciones (Boletín 0767, 2012). El siguiente día, la Cámara de Diputados aceptó la discusión para su votación. Con 360 votos a favor, 51 en contra y 20 abstenciones, se aprobó la reforma educativa en lo particular sin modificaciones. Los días 6 y 7 de febrero de 2013 la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores declararon constitucional la reforma educativa. El 25 de febrero de 2013 el Presidente Peña promulgaría finalmente la reforma educativa en compañía de los integrantes del Pacto por México y el Secretario de Educación Pública de ese entonces, Emilio Chuayffet (Notilegis Nota N°. 1971).

Los cambios a los artículos 3 y 73 de la Constitución publicados el 26 de febrero en el Diario Oficial de la Federación reorganizan el servicio profesional de carrera docente, determinando que los ascensos en la carrera se den por méritos propios. Así, la estabilidad de los maestros en el puesto estaría determinada por la evaluación que regula el ingreso, la permanencia y el ascenso en el Sistema Educativo Nacional. Esto se lograría a través del llamado Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), cuya misión consiste en arrojar resultados visibles e instalar la profesionalidad en el ramo educativo.

El 2 de septiembre de 2013 la Cámara de Diputados aprobaría la Ley General del Servicio Profesional Docente con 369 votos a favor, 69 en contra y cuatro abstenciones, y en lo particular con 375 votos a favor, 73 en contra y una abstención (Notilegis Nota N°. 4064). Mientras que el 3 de septiembre de 2013 la Cámara de Senadores la aprobó con 102 votos a favor y 22 votos en contra (Notilegis Nota N°. 4110). El 11 de septiembre de 2013 fueron publicadas las tres leyes secundarias (Notilegis Nota N°. 4188).

Pese a esta secuencia imparable de promulgación y aprobación de documentos legales, el rechazo de la disidencia magisterial a la reforma educativa ha sido contundente durante ese período. La entonces lideresa del SNTE, Elba Esther Gordillo se había pronunciado en contra, llamando a los maestros a resistir. Este desafío de la maestra sirvió para ilustrar con mayor contundencia el discurso de recuperación de la rectoría de la educación por parte del Estado. El 26 de febrero de 2013, Gordillo fue detenida bajo el cargo de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita (Notilegis Nota N°. 2005). De esta manera, el Estado sometió a la cúpula del SNTE para alinearla con los objetivos de la reforma educativa. Así, la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) pasó a encabezar la resistencia contra la reforma educativa. El 8 de mayo de 2013 maestros de la CNTE se instalaron en el zócalo de la Ciudad de México a manera de protesta, marcando el inicio de una resistencia firme e inclaudicable frente a la reforma educativa, que se mantiene vigente luego de tres años, pese a la represión y los intentos del Estado de apagar la llama de la resistencia magisterial.

El rechazo a una evaluación que reduce el desempeño a un listado de conocimientos pero que tiene la capacidad de condicionar su permanencia en el cargo, es la frontera política en la que radica la desavenencia entre el magisterio opositor y el gobierno que elaboró la reforma, y que se mantendrá aunque la norma ya se haya instituido. Con esta reforma se pretende ordenar y regular la vida de los maestros y las escuelas, acerca de lo que los profesores deben enseñar y lo que los estudiantes deben aprender en aras a elevar la calidad de la educación. A la vez que se busca desestabilizar la identidad de los docentes y ofrecer un nuevo modelo de identidad centrado en la competitividad y la idoneidad para el trabajo docente. El argumento de recuperar la rectoría de la educación por parte del Estado aunado a los cambios constitucionales opera políticamente para promover ese cambio.

Las directrices de política educativa surgidas de las reformas a los Artículos 3° y 73° y sus leyes reglamentarias aspiran persuasivamente a representar el lenguaje y los intereses de población que, sin embargo, se encuentran muy lejos de ser compatibles con los intereses del Estado. Dicha operación política se intenta resolver en calidad de régimen de verdad. La asociación entre igualdad y certificación de procesos de calidad mediante la evaluación es el eje principal en el que se enmarca la hechura legislativa de la reforma educativa y bajo el cual se aspira a legitimar el sistema que se encargará de velar por la regulación de procesos de calidad en el sistema educativo y el control de los regímenes laborales de los docentes.

A más de tres años de la promulgación de la reforma educativa, los cambios que se han incorporado a la cotidianeidad política y social de México, parecen estar más vinculados con la consolidación de un mecanismo estatal de control y regularización como dispositivos de poder y coerción, más que con el aseguramiento de procesos reales de calidad educativa. A esto se ha sumado la institucionalización de la represión y la violencia física, simbólica y mediática hacia los docentes como una estrategia de deslegitimación de los discursos contrahegemónicos de la disidencia magisterial y de los intereses del pueblo que reclaman por una educación más justa y libre. La demanda de nuevas miradas acerca de los procesos educativos, que visibilicen los problemas y los intereses reales de los maestros y estudiantes es un paso ineludible en la consecución de cambios, ya no instalados en la mirada coercitiva del Estado, sino más bien en la mirada de miles y miles de maestros, jóvenes y niños que sueñan con una educación mejor, crítica, libre pensante y sin violencia.

Referencias bibliográficas

Ball, S., Bowe, R. Gold, A. (1992). Reforming Education and Changing Schools. London, Routledge

Notilegis Nota N°. 1261 Comisión de Puntos Constitucionales aprueba la reforma educativa con cinco modificaciones, 13-12-2012. Consultado el 18 de febrero de 2014 enhttp://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/008_2012/12_diciembre/13_13/1261_comision_de_puntos_constitucionales_aprueba_la_reforma_educativa_con_cinco_modificaciones

Notilegis Nota N°. 1349 Diputados dispensan trámites a minuta de reforma educativa que regresó el Senado y el Pleno inicia su discusión. 21-12-2012. Consultado el 18 de febrero de 2014 enhttp://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/008_2012/12_diciembre/21_21/1349_diputados_dispensan_tramites_a_minuta_de_reforma_educativa_que_regreso_el_senado_y_el_pleno_inicia_su_discusion

Notilegis Nota N°. 1971 Celebra PAN y PRD promulgación de reforma educativa; MC refrenda su oposición y señaló que estarán “muy vigilantes en la legislación secundaria”. 25-02-2013. Consultado el 18 de febrero de 2014 enhttp://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/009_2013/02_febrero/25_25/1971_celebra_pan_y_prd_promulgacion_de_reforma_educativa_mc_refrenda_su_oposicion_y_senalo_que_estaran_muy_vigilantes_en_la_legislacion_secundaria

Notilegis Nota N°. 2005 Detención de Elba Esther Gordillo regresa a la sociedad la confianza de que hay un Estado de derecho y un gobierno que lo hace cumplir: Francisco Arroyo Vieyra, 26-02-2013. Consultado el 18 de febrero de 2014 enhttp://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/009_2013/02_febrero/26_26/2005_detencion_de_elba_esther_gordillo_regresa_a_la_sociedad_la_confianza_de_que_hay_un_estado_de_derecho_y_un_gobierno_que_lo_hace_cumplir_francisco_arroyo_vieyra

Notilegis Nota N°. 4064 Aprueban diputados, en lo general y en lo particular, la Ley General del Servicio Profesional Docente y la turnan al Senado para su eventual ratificación. 02-09-2013, Consultado el 19 de abril de 2014http://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/009_2013/09_septiembre/02_02/4064_aprueban_diputados_en_lo_general_y_en_lo_particular_la_ley_general_del_servicio_profesional_docente_y_la_turnan_al_senado_para_su_eventual_ratificacion

Notilegis Nota N°. 4110 Afirma Silvano Aureoles que proceso de Ley General del Servicio Profesional Docente concluyó e invita a CNTE a evitar violentar derechos de terceros, con sus manifestaciones.  04-09-2013, Consultado el 19 de abril de 2014http://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/009_2013/09_septiembre/04_04/4110_afirma_silvano_aureoles_que_proceso_de_ley_general_del_servicio_profesional_docente_concluyo_e_invita_a_cnte_a_evitar_violentar_derechos_de_terceros_con_sus_manifestaciones

Notilegis Nota N°. 4188 Celebran PRI y PVEM promulgación de las tres leyes reglamentarias de reforma educativa. 10-09-2013, Consultado el 19 de abril de 2014http://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/b_agencia_de_noticias/009_2013/09_septiembre/10_10/4188_celebran_pri_y_pvem_promulgacion_de_las_tres_leyes_reglamentarias_de_reforma_educativa

Pacto por México (2012). <http://pactopormexico.org> [Consultado el 20 de marzo de 2014]

Popkewitz, Thomas (2009).  El cosmopolitismo y la era de la reforma escolar: la ciencia, la educación y la construcción de la sociedad mediante la construcción de la infancia. Madrid, Morata

Tello, César (2012). “La posición epistemológica de los investigadores en política educativa. Debates teóricos en torno a las perspectivas neomarxista, pluralista y posestructuralista”,Archivos Analíticos de Políticas Educativas. Vol. 20, No. 9, 20 de marzo

Fuente del articulo: http://www.educacionfutura.org/reformas-educativas-en-latinoamerica-la-hechura-juridica-de-la-reforma-educativa-en-mexico/

Fuente de la imagen: http://www.educacionfutura.org/wp-content/uploads/2013/08/pacto.jpg

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Poniéndome a prueba

Por: Mauro Berchi

Aclaraciones metodológicas

Mis trabajos en el área de educación de adolescentes privados de libertad fueron desarrollados con el múltiple propósito de, por un lado, intervenir en la realidad de los detenidos, es decir, grosso modo, incidir en su conducta y, de ser posible, en la construcción de su subjetividad; y, por otro, realizar un diagnóstico, para poder trazar perspectivas que pudieran ser evaluadas y corregidas regularmente, implementando técnicas propias de la investigación cualitativa, como la observación participante o herramientas de etnometodología. (Garfinkel, 1967) (Agustín Bueno Bueno, 2002).

Es decir que, al tiempo que desarrollaba mis tareas pedagógicas con los adolescentes detenidos en el CREU Ituzaingó y, posteriormente, Lomas de Zamora[1], tomaba notas y apuntes con los que elaborábamos un diagnóstico institucional y poblacional, redactaba junto con las demás áreas un Proyecto Institucional, diseñaba líneas de acción, corregía errores, deconstruía críticamente mis propias prácticas y discursos, prejuicios, etc.

 Así, pues, podría decirse que en ese tren, fui protagonizandoexperiencias en el sentido en que trabaja el concepto Jorge Larrosa (Larrosa, 2003). En este sentido, mis experiencias en el trabajo educativo con adolescentes bonaerenses detenidos conforman un conjunto de intervenciones educativas, aportes de hipótesis respecto del encierro, reflexiones en torno del trabajo interdisciplinar en las instituciones penales juveniles, etc.

Aún cuando dejo claro que este fue el modo de encarar el trabajo por falta de otro mejor, más establecido, racionalizado o diseñado como instrumento científico (falencia atribuible a la dirigencia de la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires), también considero que es, casualmente, el ámbito de la educación de jóvenes en contextos de encierro, una arena propicia para hacer factibles experiencias como las que me ha tocado protagonizar. Y cuyos matices he intentado plasmar en numerosos trabajos, algunos de los cuales volcaré en este espacio virtual.

En el principio fue la tragedia

Es justo recordar que las experiencias de las que se puede dar cuenta en materia de adolescentes privados de libertad en la provincia de Buenos Aires, son fruto de la tragedia. En efecto, el ex gobernador Felipe Solá, se ocupó de implementar el Sistema de Responsabilidad penal Juvenil  luego de la “Masacre de Quilmes”:

El 20 de octubre de 2004, cerca de la medianoche, Elías Giménez (15), Diego Maldonado (16), Miguel Aranda (17) y Manuel Figueroa (17) iniciaron una quema de colchones en sus celdas de la comisaría 1ra. de Quilmes, situada en la esquina de Alem y Sarmiento, en pleno centro de esa ciudad. (…) Los detenidos protestaban por el abuso y privación de derechos que sufrían diariamente. El resultado del motín fue la muerte de los jóvenes citados, y la condena, 11 años después, de los policías que se encontraban esa noche de guardia. De acuerdo con la sentencia, ese día los jóvenes fueron torturados en la dependencia policial y luego se los dejó morir en el incendio que ellos provocaron al iniciar el  motín. (Página 12, 2015).

Más allá de su brutalidad, la “Masacre de Quilmes” desnudó un sinnúmero de anomalías en lo referente a Derechos del Niño[2] en Argentina, y especialmente en Buenos Aires, donde la vulneración de derechos de personas de entre 0 y 18 años se presenta en mayor número y gravedad.

Distintas ONGs pusieron el ojo en las condiciones de detención y juzgamiento de los jóvenes delincuentes de entonces, y saltó a la vista que, aún cuando el país había suscrito a toda la normativa supranacional garantista en la materia, nada se había hecho para adecuarse a ello.

Para pasarlo en limpio: en 2004, no debió haber habido ningún niño en ninguna comisaría, porque en 1990 Argentina había firmado y ratificado, entre otros tratados, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño  (Congreso de la Nación Agentina , 1990). Para colmo, en 1994 esa y todas las normas internacionales firmadas por la nación, habían cobrado rango constitucional desde su inclusión en el artículo 75 inciso 22, fruto de la última reforma de la Carta Magna. Por eso, vale decir que la “Masacre de Quilmes” fue, al mismo tiempo, una tragedia y una vergüenza nacional.

Así pues, en 2005, Solá dio la orden de mudar a los niños bonaerenses detenidos en comisarías por la presunta comisión de delitos graves, a un ala de la Unidad Penitenciaria de adultos N° 39, de Ituzaingó, Partido de Morón. Y allí comencé a trabajar, implementando un taller de comunicación.

A un año de implementarse los talleres, algunos resultados eran particularmente notables. Entre ellos, por ejemplo, es dable citar la edición -de forma artesanal e independiente, por cierto-  de dos números de la revista que los mismos detenidos quisieron fundar. Con el nombre “CRI” (Centro de Recepción Ituzaingó) los adolescentes que participaban del taller plasmaron, en sus páginas, relatos de primera mano: motines, peleas, sanciones, condiciones de vida en reclusión.

Como parte de los ejercicios narrativos y periodísticos, se entrevistaron entre sí y conversaron, incluso, con los adultos, ya fueran miembros del Equipo Técnico o, lo menos pensado, Asistentes de Minoridad, quienes demostraron poseer más cualidades que las estrictamente necesarias para vigilar y castigar.

Vale destacar, también, que algunos pibes supieron dibujar, con sorprendente habilidad, visiones propias del encierro: su celda, o un compañero escribiéndole una carta a su madre, o la inundación posterior a un incendio, iniciado intencionalmente, como protesta.

La implementación positiva de estos talleres, tanto como laintervención pedagógica (Berchi & Moya, 2006) en el trabajo cotidiano de todos los adultos en contacto con los adolescentes, trajeron como consecuencia que el “modelo Lomas” cobrara cierta notoriedad. En ese marco, fui invitado por el Instituto Superior De Piero[3] para dar una charla respecto de algunas de mis experiencias en el trabajo que realizaba. Extracto, seguidamente, parte de lo que expuse aquél 29 de agosto de 2007.

Poniéndome a prueba

La primera experiencia sobresaliente se dio un sábado de junio de 2005, apenas un mes y pico después de empezar a trabajar en el CREU Ituzaingó. Por lo compleja, la recuerdo vívidamente:

Llego a las 8:30. Para entrar hay que golpear un enorme portón gris y anunciarse, por la mirilla, a un efectivo del Servicio Penitenciario Bonaerense, quien me recibía armado y con ropa de fajina.

La Unidad Penitenciaria de adultos Nº 39, de la localidad citada, es un cuadrado de concreto cuyos lados miden más de 100 metros, están pintados color gris y amarillo pálido, y circundados por una villa bastante más grande que la cárcel. Desde afuera, veo que cada pared termina, en su borde superior, con un alambre de púas en tirabuzón, como en las películas viejas. 

El portón se abre y de allí sale, hacia adelante, una calle de asfalto de unos 80 metros. Alrededor, bruma y descampado. Más paredes grises y alambres de púa interrumpidos, cada tanto, por escaleras que culminan en garitas, desde las cuales, otros efectivos como el que me recibió, me vigilan y me saludan a través de la ventana, sin soltar su escopeta.

Paso un portón de rejas a la derecha, donde otro efectivo me invita a dejar mi DNI. Ahora bordeo un cuadrado igual al de afuera pero más pequeño, hasta llegar al  sector que se le ha asignado a los más de 100 adolescentes presuntos delincuentes provenientes de cualquier parte de la provincia, a quienes el ministro de seguridad, Juan Pablo Cafiero, ordenó alojar allí luego de la “Masacre de Quilmes”.

Llama mi atención que el pasto que rodea el sector cedido a la –hasta entonces- Subsecretaría de Minoridad del Ministerio de Desarrollo Humano del GPBA está inundado. Flotan bandejas de plástico con restos de comida, colillas de cigarrillo, zapatillas, maquinitas de afeitar, patas de alguna mesa de jardín, y una manguera de incendio.

Ingreso al espacio cedido para realizar el taller, que no es otro que el salón de requisa, es decir, un cubo de cemento con una sola ventana clausurada, una mesa blanca de plástico y seis sillas del mismo material. Una vez dentro del “aula” separo diarios y revistas sobre la mesa, y coloco una birome y una hoja de impresora tamaño oficio por silla.

Son las diez y media y llegan los alumnos. De los seis, sólo tres desayunaron. Cuatro vienen fumando, en ojotas, bermudas y remera. Cinco de ellos tienen alguno de sus  brazos lleno de tajos en vías de cicatrización, más o menos desde el hombro hasta el codo. Todos repasan los incidentes ocurridos durante la noche, tema que domina la primera parte del taller.

Seba es extrovertido; el chistoso del grupo. La consigna no siempre lo interesa. Habitualmente mira las fotos de las revistas, pregunta quiénes son los personajes que aparecen, pero no puede escribir una historia para ellos porque es analfabeto. Por ello, por lo general, dibuja. Pero hoy está demasiado inquieto. Fuma sin parar, va y viene, habla constantemente, y distrae al resto.

De pronto, le da una patada la puerta del aula. Ella golpea contra el marco y queda trabada sin poder ser abierta desde adentro, porque no tiene picaporte. Seba mira a sus compañeros y exclama: “Uy nos quedamos encerrados con el maestro… ¿y ahora? Mirá si lo tomamos de rehén”. Los demás se ríen cada vez más fuerte y se levantan de sus asientos. Yo también lo hago; Seba me pasa su brazo desde atrás por alrededor del cuello, y me pregunta dónde voy.

Yo me rio disimulando los nervios. Contesto como sobrando la situación, fingiendo que doy por descontado que se trata de una broma. Logro quitarme a Seba de encima, y le pido que vuelva su silla, porque así distrae a los demás. Jamás me doy por agredido ni intimidado. Ofrezco ayuda a otro alumno, me siento.

Cinco minutos más tarde,  vuelvo a pararme, golpeo la puerta y un Asistente de Minoridad acude a abrirla utilizando un picaporte que lleva en el bolsillo. La puerta debía quedar permanentemente abierta, por lo que mi compañero de trabajo me pregunta por qué está cerrada. Yo le contesto que fue el viento, y salgo junto con él. Una vez afuera, le relato lo sucedido.

Conclusiones

En ese momento, para salir del paso, resolvimos que un Asistente de Minoridad merodeara cerca del “aula” hasta terminar el taller. Todo discurrió sin sobresaltos, y los alumnos volvieron a sus celdas como siempre. Entonces, mis compañeros encargados de la seguridad me plantearon unos argumentos que veníamos debatiendo, según criterios que naturalmente se oponen: la seguridad en el encierro, por un lado; la educación, por otro. Armonizarlos, ese era el desafío.

Según los regímenes de vida de cualquier establecimiento penal juvenil de máxima seguridad bonaerense (y el del CREU Ituzaingó no era la excepción) cuando se produjo el episodio que relato, dentro del “aula” debía haber estado presente un Asistente de Minoridad cada 3 detenidos, o sea, dos adultos debieron haber estado vigilando la actividad desde adentro del recinto donde se desarrollaba.

Así, además de disuadir cualquier conducta transgresora con su sola presencia, y poder dar testimonio sobre lo ocurrido, podrían haber intervenido utilizando, de ser necesario, la fuerza mínima indispensable, para controlar la conducta de Seba, puesto que ponía en riesgo mi integridad física y amenazaba la seguridad general.

Al mismo tiempo, las biromes que en ese momento tenían los alumnos a disposición no eran las que la normativa interna de este tipo de establecimientos propone. Considerándolas elementos corto punzantes potencialmente peligrosos, la reglamentación estándar señala que, a los detenidos, se les debe proveer, para escribir, lápices o lapiceras que los Asistentes de Minoridad deben cortar a 4 centímetros contando desde la punta, para que no puedan ser empuñados.

También los picaportes se consideran elementos que los detenidos podrían utilizar para agredir o auto agredirse. Por eso, cuando mi alumno pateó la puerta, quedamos encerrados. Las puertas del encierro no poseen picaportes, sino que esos elementos son responsabilidad de los Asistentes de Minoridad, quienes los llevan encima.

Para junio de 2005, yo conocía claramente la reglamentación interna que describo, pero, luego de un mes de talleres, mis observaciones me habían llevado a las siguientes conclusiones, que expuse ante la Dirección del CREU, con resultado positivo:

Si la actividad que yo pretendía implementar, se proponía como un espacio donde los detenidos pudieran comenzar a construir una identidad fundada en la interpelación propia del vínculo pedagógico (Martorell, 2006), el espacio donde se dictaran los talleres debía des investirse de lo penal – punitivo, para poder ser registrado por parte de los adolescentes como educativo.

En este sentido, la presencia dentro del “aula” del personal encargado de la seguridad, interfería permanentemente en la construcción de ese vínculo. Los detenidos no podían reconocerse como alumnos allí donde percibían la mirada vigilante de quienes encarnaban la seguridad. Los desafiaban, dialogaban con ellos utilizando términos propios de la jerga carcelaria, referían acontecimientos que los distraían de las actividades del taller.

En consecuencia, para que se construyera una identidad pedagógica de su parte, y me reconocieran a mí como su docente, debía ser yo, allí dentro, su único Referente u Otro (Martorell, 2006). Eso me permitiría, asimismo, revisar y desandar sistemáticamente el discurso y las conductas desviadas de los alumnos, sobre la base, precisamente, de tratarlos como tales, según su rol pedagógico: en el “aula”, no eran detenidos, sino alumnos.

Por ende, todo aquello que, en su actuar y su decir, no guardara coherencia con esa identidad, (cuyas características también habríamos de construir juntos) sería puesto de relieve por mí, su docente. Sólo de esa forma podría yo interpelarlos en el cumplimiento de las normas, el respeto por los valores socialmente aceptados, etc.

Y dentro de la misma consideración ingresaban los elementos a utilizar. Si las biromes cortadas eran “tumberas”, es decir, las del ámbito de privación de libertad y encierro[4], las que los confirmaban en su calidad de detenidos, en el ámbito educativo debían utilizarse elementos propios de la educación, verbigracia, útiles escolares comunes y corrientes.

Los alumnos y yo, en forma constructiva y colaborativa, debíamos reconocer el contexto pedagógico al punto de que ello nos permitiera asignar a las cosas un significado acorde a dicho contexto.

Así, una birome en la celda es un elemento corto punzante, porque se lo interpreta en el contexto punitivo – carcelario, vinculándoselo con la violencia, y la identidad transgresora del detenido, presuntamente delincuente  (no olvidemos que los adolescentes de los CREU están procesados, no condenados).

Pero en el “aula”, una birome es una herramienta de estudio, de creación, de aprendizaje; por lo que queda afuera del marco de interpretación y de la construcción de sentido pedagógico, la posibilidad de que sea peligrosa, empuñable, utilizada para herir. Lo mismo ocurre con otros elementos que se utilizaban en el taller, como tijeras, o sacapuntas.

Y dado que también yo debía revalidar constantemente mi condición de docente, es decir, adulto en contacto con los detenidos que los interpela desde su rol de alumnos, no delincuentes, yo no poseía picaporte. Cada vez que un alumno solicitaba salir del “aula”, o ingresar a un lugar cerrado, yo llamaba a un Asistente de Minoridad para que abriera la puerta si ella estaba cerrada. De ese modo, me distinguía de quienes ejercían funciones de control y seguridad, y reafirmaba mi identidad docente.

En el trabajo de deconstruir y reconstruir permanentemente el sentido aplicado a las cosas, los espacios, y los cuerpos, para trabajar, así, sobre las identidades, elegí correr riesgos como en la experiencia que relaté más arriba.

Esto planteaba un conflicto de intereses, responsabilidades y roles hacia adentro de la institución, porque obligaba a armonizar modos de intervención que parten de valores contrapuestos: en el encierro, el criterio punitivo de vigilar y castigar (Foucault, 1970)redunda en la falta de libertad: cuerpos quietos y encerrados, es más y mejor control y seguridad. Pero en el espacio pedagógico, allí donde se busca que el alumno construya su identidad trabajando su propia subjetividad, la libertad es un valor primordial.

En la imbricación de estas dos instituciones en un mismo espacio físico, y aun habiendo obtenido respaldo por parte de los directivos del CREU, hube de defender y sostener con mi propio cuerpo los argumentos pedagógicos citados. De acuerdo con mi experiencia, todo otro intento hubiese fracasado.

Bibliografía

·         Agustín Bueno Bueno, A. R. (2002). Guía didáctica de psicología de la intervención social. Alicante: Club universitario.

·         Berchi, M. A., & Moya, O. (2006). Intervención pedagógica. Un nuevo paradigma en el acompañamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal. Buenos Aires: Ministerio de Educación de la Nación.

·         Congreso de la Nación Agentina . (22 de Octubre de 1990). Infoleg. Recuperado el 24 de Noviembre de 2015, de http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249

·         Congreso de la Nación Argentina. (26 de Octubre de 2005). Infoleg. Recuperado el 25 de Noviembre de 2015, de http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=110778

·         Foucault, M. (1970). Vigilar y castigar. París: Gallimard.

·         Garfinkel, H. (1967). Studies in etnomethodology. Nueva Jersey: Prentice-Hall.

·         Larrosa, J. (2003). La experiencia y sus lenguajes. La experiencia y sus lenguajes. Algunas notas sobre la experiencia y sus lenguajes. Barcelona.

·         Martorell, E. (2006). De la violencia a la subjetividad, una interrogación en torno de refundar el territorio de escolar. Idem (pág. sin especificar). Buenos Aires: Observatorio de Violencia.

·         Página 12. (19 de octubre de Octubre de 2015). Diez policías condenados por la «Masacre de Quilmes». Quilmes, Buenos Aires, Argentina.


[1] La medida destinada a alojar a los niños detenidos en comisaría, en Centros de Recepción, Evaluación y Ubicación (CREU) de Jóvenes en conflicto con la ley penal, tal como lo define la legislación, se implementó en dos etapas: durante 2005, para resolver la urgencia, se habilitó, de forma provisoria, un ala de la Unidad N° 39 del Penal de Ituzaingó. Mientras, se construía el CREU Lomas de Zamora. Una vez terminado, nos mudamos allí, a principio de 2006.

[2] Para la legislación vigente, en Argentina se considera niño a toda persona de entre 0 y 18 años. Ver, entre otros, ley nacional 26061 (Congreso de la Nación Argentina, 2005).

[3] http://portal.depiero.edu.ar/.

[4] En la jerga carcelaria, la “tumba” es la celda, por lo que “tumbero” es un calificativo aplicable a todo aquello que es propio del ámbito carcelario.

Fuente: http://cj-worldnews.com/spain/index.php/es/criminologia-30/menores-y-violencia/item/2921-poniendome-a-prueba

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Adolescentes en el encierro. La intervención pedagógica como abordaje

Por: Mauro Berchi

  • Cualquier adulto en contacto con jóvenes detenidos puede resultar “su Referente, su Otro” e intervenir en forma pedagógica en su vida.
  • No existen razones de fondo que impidan trabajar, al mismo tiempo o de forma integrada, controlando al detenido y estableciendo con él lazos empáticos o de características no represivas.
  • Se entiende que la “seguridad” depende del “vínculo”.

Introducción: datos y políticas públicas

La delincuencia juvenil (sus razones, su crecimiento y proliferación, y sus consecuencias sobre las comunidades) resulta hoy un problema ineludible, a la hora de diseñar y ejecutar políticas públicas, en casi todo el mundo occidental.

En Argentina, puntualmente, el fenómeno de los jóvenes que cometen delitos se presenta con notable dramatismo en el conurbano bonaerense, o Gran Buenos Aires, es decir, la zona adyacente a la Capital Federal, dentro de la Provincia de Buenos Aires.

En esa pequeña porción de superficie del territorio nacional, se encuentran, paradójicamente, los barrios argentinos con PBI más alto y más bajo. Estos últimos, conforman inmensos bolsones de extrema pobreza y marginalidad, representados en asentamientos ilegales conocidos como villas miseria, que ocupan vastas porciones del centro y sur de la Capital, y de todos los municipios bonaerenses linderos.

Repasando la historia argentina reciente, y tomando como referencia el estallido social de diciembre de 2001, que terminó con protestas callejeras, muertes por represión policial y renuncia del presidente Fernando De La Rúa, la cuestión penal presenta indicadores claros: la población carcelaria argentina de aquél año llegó a 20.305 presos, representando un incremento de 22 por ciento en relación con la del año anterior.

Esas cifras se exacerban en la zona señalada. Puntualmente, en Buenos Aires, “entre 1999 y 2005, la población penal aumentó casi 80 por ciento. En lo tocante a niños, desde 1999 hasta 2007 las causas penales abiertas aumentaron de aproximadamente 20 mil a 32 mil. En 2012, según la Comisión Provincial por la Memoria, esas mismas causas penales sumaron 28.399” (CPM, 2012). No existen cifras oficiales más actuales.

Lo cierto es que, desde 2004 hasta 2008, el Gobierno provincial implementó una batería de políticas vinculadas a poner en práctica todo el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, es decir, un complejo entramado institucional tendiente a proveer sanciones, juzgar y encerrar a adolescentes de entre 14 y 18 años.

Precisamente, en 2005 y 2006, el Estado bonaerense creó dos Centros de Recepción, Evaluación y Ubicación de Jóvenes en conflicto con la ley penal (CREU): uno en el sur del conurbano, el de Lomas de Zamora; otro en el norte, en la localidad de Malvinas Argentinas.

Cada uno de estos dispositivos institucionales de privación de libertad alberga, hoy día, a más de 100 adolescentes imputados y procesados por la comisión de delitos graves, como robo calificado, homicidio, violación o secuestro procesados, pero no condenados. Es decir, los detenidos se encuentran cumpliendo prisión preventiva, a la espera de sentencia.

La ley plantea –aunque rara vez ocurre- que ese proceso no debe durar más de 180 días como máximo, tiempo en el cual, a su vez, los adolescentes deben ser evaluados según cada caso, y reubicados en instituciones acordes para cumplir con las medidas que la Justicia Penal Juvenil crea corresponder.

Yo fui contratado por la Secretaría de Niñez y Adolescencia en 2005, con destino en el CREU Lomas de Zamora. Fue allí donde realicé mis observaciones y el trabajo de campo al que haré referencia seguidamente.

Diagnóstico poblacional e institucional, y cambio de paradigma

En virtud de la aprobación de un proyecto pedagógico de mi autoría, se me encomendó, en principio, la tarea de desarrollar talleres educativos[1]. Así pues, comencé a trabajar con grupos de no más de 6 adolescentes por vez, utilizando medios de comunicación, como radio, diarios y revistas, con el objeto de hacer circular la palabra.

La primera comprobación que realicé era que la inmensa mayoría de los alumnos eran analfabetos o semi analfabetos, por lo que, en principio mirando fotos impresas y conversando sobre ellas, los invité a crear historias y escribirlas, con mi ayuda.

Eso me permitía indagar desde lo simbólico, y en forma grupal, respecto de las historias de vida de cada uno de los detenidos, observando su sentido de pertenencia a la sociedad, su idea de la responsabilidad, autocrítica, visión del mundo y su propio futuro. En definitiva, recreando su construcción de identidad, aún inconclusa, dada su edad.

Así también, en esos primeros talleres, comencé a conversar acerca de la deserción escolar que evidenciaban, y confirmé que ese era su primer gran fracaso frente a la sociedad. Ellos admitían que no haber terminado siquiera la escuela primaria les resultaba vergonzante, tanto como no poder leer, escribir, ni comprender consignas simples.

Además, sus trayectorias sociales eran deficitarias por donde se las mirase: habían sufrido carencia de vínculos primarios, violencia familiar, y situación de calle. Presentaban una desafiliación tanto material como simbólica, y les costaba identificar referentes afectivos. Peor aún, había quienes se reconocían como herederos de una identidad transgresora, porque eran hijos y nietos de delincuentes, algunos de los cuales habían muerto en episodios delictivos, y otros estaban, también, presos.

Finalmente, y por supuesto, uno de los denominadores comunes era el consumo de estupefacientes. Todos los alumnos llevaban más de 3 años de consumo admitido de marihuana, alcohol, ansiolíticos, pegamento y paco[2]. Las consecuencias de ello, en su capacidad cognitiva, eran palmarias.

Así pues, y en vista del diagnóstico que íbamos construyendo respecto de los adolescentes alojados en el CREU Lomas, se hacía indispensable diseñar una política institucional que abordara la problemática adecuadamente. Sin embargo, en la historia de las instituciones de encierro, existen prejuicios basales, que había que derribar.

Uno de ellos, divide, en forma irreconciliable, a quienes se ocupan de la seguridad, aquí llamados Asistentes de Minoridad, respecto de los profesionales del Equipo Técnico, léase psicólogos, trabajadores sociales y abogados.

Tradicionalmente, los primeros se encargan de vigilar y castigar, tal el título de la célebre obra de Foucault; y los segundos, trabajan con los adolescentes intentando crear un vínculo con ellos, a través del cual intentan conocerlos, como mínimo, para poder elevar un adecuado informe al juzgado interviniente.

En este contexto, había que superar esa fractura, con una propuesta integradora, que permitiera un abordaje institucional interdisciplinar. Más aún, viendo que, por la demora de la justicia, los adolescentes superaban largamente los 180 días de procesamiento previstos, era necesario que el CREU no se limitara a su función nominal, de evaluar para reubicar. Se volvía imperioso utilizar el tiempo de encierro para comenzar el trabajo hacia la recuperación de la libertad.

Fue entonces, cuando acuñamos el concepto de “Intervención Pedagógica” (BERCHI y MOYA, 2006, p 3). En este sentido, junto a la Dirección del establecimiento, comenzamos a redefinir la función de los adultos del CREU, poniéndolos en pie de igualdad, y considerando como única variable si tomaban o no contacto significativo con los alojados.

A partir de allí, propusimos que cualquier adulto en contacto con detenidos podía resultar, para alguno de ellos, “su Referente, su Otro”(MARTORELL, 2006), e intervenir en forma pedagógica en su vida.Eso implicaba poner en práctica un conjunto de acciones y tareas, con el objetivo de que los jóvenes efectuaran modificaciones en:

a)      La estructura de la visión (que el joven pueda VER – SE y reconocerse a sí mismo como Sujeto);

b)      La estructura del lenguaje (que el joven pueda EXPRESAR – SE y verbalizar sus deseos);

c)       La estructura de la memoria (que el joven pueda NARRAR – SE, e identificarse en su propia historia);

d)      La estructura de la moral (que el joven pueda JUZGAR – SE y evaluar su responsabilidad sobre sus propios actos);

e)      La estructura del poder (que el joven pueda DOMINAR – SE ejerciendo su poder sobre sí mismo). (LARROSA, 1995, p. 293).

Y este trabajo sólo podía llevarse adelante en el contexto de un verdadero abordaje pedagógico institucional, es decir, un conjunto de decisiones y acciones a implementarse por parte de la Dirección, los asistentes de minoridad, y el Equipo técnico, en las que se promovieran estrategias, acciones, herramientas y dispositivos que tuvieran por objetivo intervenir en lo individual de un joven, de manera de lograr la adquisición de responsabilidad de sus propios actos, cambiar hábitos nocivos, e incorporar principios, normas y pautas, como el trabajo, el estudio, la dedicación, el esfuerzo como medio de alcanzar el éxito, la honestidad, la perseverancia, la capacidad de frustración, la solidaridad, etc., teniendo siempre como horizonte la recuperación de la libertad.(BERCHI Y MOYA, OP CIT).

La experiencia resultó un verdadero cambio de paradigma en el acompañamiento de los jóvenes en conflicto con la ley penal de la provincia de Buenos Aires. Los resultados, provisorios, fueron difundidos a todos los docentes de instituciones penales juveniles bonaerenses, y de escuelas de cárcel en general, de Chubut[3] (BERCHI, 2007 y 2008).

La razón de dicho cambio, es que pusimos en discusión uno de los prejuicios básicos del trabajo en el encierro, que cabalga sobre la falsa antinomia seguridad – vínculo o vigilar y castigar versus generar empatía. Fundamentalmente, demostramos que no existen razones de fondo que impidan trabajar, al mismo tiempo o de forma integrada, controlando al detenido y estableciendo con él lazos empáticos o de características no represivas.

Partiendo de la base de que un adolescente es un Sujeto en formación, que “necesita un Otro que lo interpele como tal” (MARTORELL, OP CIT), se trabajó con la hipótesis de que la “seguridad” depende del “vínculo”. Este postulado posee una doble implicancia, a saber

  • por un lado, significa que, en la medida en que los adolescentes detenidos encuentren en los adultos verdaderos educadores, cuya “presencia pedagógica” (GOMEZ DA COSTA, p 120) les permita evacuar dudas, sentirse contenidos,  discutir las normas y comprender su sentido, etc., su peligrosidad (violencia, rechazo, capacidad transgresora) mermará sensiblemente.
  • por otra parte, se infiere que si la población de jóvenes internados en instituciones de encierro presenta altos índices de peligrosidad (en el sentido descrito en el párrafo precedente) ello es consecuencia de que el trabajo de los adultos en general no está constituyendo vínculos pedagógicos sólidos, por lo cual, los jóvenes no los reconocen como educadores, sino como meros agentes encargados de la vigilancia y el castigo, o asesores, y construyen su identidad dentro de la institución por oposición y diferencia hacia ellos.(BERCHI Y MOYA, OP CIT).

En definitiva, se sostuvo que un vínculo pedagógico en sentido amplio, sólidamente construido entre adultos y jóvenes, reduciría las probabilidades de que los últimos desconocieran las normas, intentaran transgredirlas, desarrollaran acciones violentas entre sí y/o con los adultos, etc.

Conclusiones

Poner en discusión el viejo paradigma respecto del abordaje institucional de jóvenes detenidos, y penalmente procesados, en el CREU Lomas de Zamora, generó terreno fértil para las reflexiones necesarias en torno del rol de los adultos en el encierro.

Habiendo elaborado e implementado un paradigma de abordaje nuevo, el carácter pedagógico según el cual se redefinieron las intervenciones de los adultos en contacto con los detenidos permitió evaluar con criterio unificado la labor de los Asistentes de Minoridad, de los profesionales del Equipo Técnico y de este docente. La información entre las distintas áreas del CREU comenzó a circular con mucha más fluidez, lo que amalgamó el trabajo y le dio coherencia.

Los detenidos comenzaron a considerar a todo adulto en contacto con ellos como posible Referente. Así, ya no se limitaron a compartir sus miedos, frustraciones, y experiencias con los psicólogos y trabajadores sociales, sino que lo hicieron también con los Asistentes de Minoridad, y conmigo.

Lo más importante: la violencia dentro del CREU mermó ostensiblemente. Y al bajar el nivel de violencia, bajó la cantidad de sanciones. A menos violencia y sanciones, más posibilidad de trabajar positivamente en la tan mentada reinserción social positiva.

El diálogo entre los detenidos y los distintos Referentes institucionales, permitió que el trabajo en la subjetividad de los primeros se construyera sobre la base de múltiples e igualmente valiosos aportes. Porque, en definitiva

“(…) la palabra y la ficción –que se utilizan en el aula- es lo que otorga, al Sujeto y a la humanidad, la posibilidad de decir. La violencia es una manera de poner en acto una impulsión, lo que no encuentra otra vía de elaborarse o de hacerse ver. Entonces, (…) la interpelación al Sujeto llama a la palabra y a la responsabilidad. Sin responsabilidad, sin palabra, sin interpelación y sin deseo no hay sujeto, no hay ética, no hay ley (…)”(MARTORELL, OP CIT).

Referencias bibliográficas

  • Berchi, M. A. (2008). Por qué educamos en cárceles.Reflexiones en torno de la educación y la provación de libertad(pág. 30). Rawson: Soin editar.
  • Berchi, M. A., & Moya, O. (2006). Intervención pedagógica. Un nuevo paradigma en el acompañamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal. Buenos Aires: Ministerio de Educación de la Nación.
  • Berchi, M. (2007). De lo penal a lo educativo. El caso Lomas. .Elementos constitucivos de la educación en el CREU Lomas de Zamora (pág. 20). Buenos Aires: Sin editar.
  • Comisión Provincial por la Memoria. (2012). Informe anual 2012. Buenos Aires: CPM.
  • Costa, A. G. (1995). Pedagogía de la presencia. Buenos Aires: Losada.
  • Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. (2007). Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Boletín Oficial. Recuperado el Noviembre de 2015, de http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-13634.html
  • Larrosa, J. (1995). Escuela, poder y Subjetivación. Madrid: La Piqueta.
  • Martorell, E. (2006). De la violencia a la subjetividad, una interrogación en torno de refundar el territorio de escolar.Idem (pág. sin especificar). Buenos Aires: Observatorio de Violencia.
  • Ribet, M. I. (2005). Informe de evaluación final Mesa Nacional La educación de menores en conflicto con la ley penal. Buenos Aires.: Sin editar.

 


[1] Posteriormente, asumí la responsabilidad de poner en marcha el Servicio Educativo del CREU, con dos turnos de escuela primaria durante la mañana, más actividad física y talleres de educación profesional extramuros. Además, fui tutor de alumnos de nivel superior, también en escuelas fuera del CREU.

[2] La PBC (Pasta Base de Cocaína, o paco) es la cocaína no tratada, extraída de las hojas de coca a través de un proceso de maceración y mezcla con solventes tales como parafina, bencina, éter, ácido sulfúrico, etc. El hecho que la PBC contenga el alcaloide más los solventes, que son sustancias tóxicas, la hace mucho más peligrosa para el organismo. Verhttp://www.manantiales.org/drogas_pasta_base_de_cocaina.php.

[3] Allí se encuentra el famoso Penal de Rawson, docentes de cuya escuela participaron de capacitaciones en las que se difundió la experiencia en cuestión.

Publicado originalmente en: http://cj-worldnews.com/spain/index.php/es/criminologia-30/menores-y-violencia/item/2917-adolescentes-en-el-encierro-la-intervencion-pedagogica-como-abordaje

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