Los indígenas deben tener acceso a una educación intercultural bilingüe, que cumpla con las características de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad que demande su comunidad.
Octavio García/05 May 2016/Noticias MVS
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia atrajo un amparo promovido por una comunidad indígena, la cual afirma que los servicios educativos públicos que los gobiernos federal y estatales brindan a sus hijos, no cumplen con los estándares fijados en la constitución, ni con las normas de tratados internacionales.
Los quejosos afirman que los indígenas deben tener acceso a una educación intercultural bilingüe, que cumpla con las características de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad que demande su comunidad.
Y es que este tipo de enseñanza debe incluir una exposición significativa a la lengua materna, y clases de español, que equiparen los niveles de competencia en ambos idiomas.
Estos derechos están contemplados en los Artículos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Constitución, pero también en el protocolo adicional a la Convención Americana en materia de derechos económicos, sociales y culturales.
Al atraer este caso, la corte fijará los parámetros para diseñar los planes y programas educativos a nivel nacional, salvaguardando los derechos de los niños indígenas.
Fuente: http://www.noticiasmvs.com/#!/noticias/scjn-analizara-la-calidad-de-la-educacion-indigena-que-se-imparte-en-el-pais-940