De este informe se puede extraer por ejemplo, que ver corridas de toros puede aumentar la agresividad, la ansiedad y el impacto emocional de los niños. Si son niños menores de 13 años quienes las ven, llevará a niños y jóvenes a una insensibilización que les producirá indefensión al valorar las corridas de mayores y buscarán en ellas la violencia.
Se aprecian además, alteraciones de conducta y estrés conductual y psicosomático en los niños tras la experiencia reciente y general, con probabilidad de desarrollo de Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT). Los niños mostraban un mayor rechazo hacia la muerte del toro, así como a que durante la corrida se realizaran actividades como la pica y las banderillas que suponen el sufrimiento del animal.
En un estudio más reciente, el psicólogo clínico francés Joel Lequesne, pone de manifiesto cuatro puntos acerca de las consecuencias negativas de las corridas de toros en el psiquismo de niños y jóvenes. Está ratificado por otro psiquiatra y médico, así como por otros profesionales.
De él podemos resumir que un niño expuesto a la tortura de un animal, le genera rechazo, apuro y miedo. Le puede provocar efectos traumáticos y una fractura psíquica; una proporción significativa de niños, desarrollará problemas posteriores, entre ellos, la desensibilización y la ocultación de deseo de compasión hacia una víctima animal.
Además, se debilita gravemente el sentido moral, cuando se produce el aprendizaje y justificación de la violencia, normalizándola. Se enseña al niño a que los actos de crueldad son aceptados socialmente, siendo rituales y espectáculo para disfrute y fiesta. Aprende a no conmoverse ante el castigo de una víctima, atentando contra el sentido de justicia, y de no defensa del débil, la llamada zona de “no-ley”. Contradicción educativa defendida y alentada por el modelo a seguir del niño: los padres, la familia.
Se perturba gravemente el sentido de los valores y se anula la sensibilidad, además de la capacidad de sentir empatía.
Incitación a la violencia.
Del informe Brisset (2002), el informe Kiregel (2002) o el informe del Inserm (2005) se extraen advertencias sobre el impacto de la violencia en los medios y la incitación a la violencia, ya que se ha encontrado una relación significativa entre comportamientos agresivos en niños y adolescentes y la exposición a escenas de violencia, lo que provoca insensibilización, habituación a la violencia, pasividad y apatía frente a actitudes y gestos violentos.
Debemos tener en cuenta que la violencia se aprende a través de los modelos socioculturales en los que se desenvuelve el niño. La familia es el núcleo primario de socialización, donde los niños realizan sus primeros aprendizajes, y tiene una especial importancia y responsabilidad en el desarrollo de niños y adolescentes.
Por eso los padres y la familia en general, tienen un peso específico en la supervisión de los contenidos televisivos y de los medios de comunicación, así como las actividades de ocio y tiempo libre a las que asisten y presencian los niños, que deben estar en todo caso, libres de violencia.
En contra de la educación.
La educación es un derecho recogido en el artículo 27 de la Constitución española, como también lo es el de protección a la infancia. Lo incluyen además numerosos tratados internacionales de derechos humanos, aunque figura extensamente en el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, ratificado por la mayoría de países del mundo.
El artículo 29 de la Convención de los Derechos del Niño, establece que la educación estará encaminada a desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño, inculcar el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales (…) para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y respeto del medio ambiente natural.
En 1980, la UNESCO, máxima autoridad mundial en materia de cultura, emitió su opinión al respecto: “La tauromaquia es el malhadado y venal arte de torturar y matar animales en público y según unas reglas. Traumatiza a los niños y a los adultos sensibles. Agrava el estado de los neurópatas atraídos por estos espectáculos. Desnaturaliza la relación entre el hombre y el animal. En ello, constituye un desafío mayor a la moral, la educación, la ciencia y la cultura”.
Protección a los menores.
Según la Organización Mundial de la Salud, el maltrato infantil “se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil”.
El maltrato infantil es una problemática compleja y está condicionada por definiciones, conceptualizaciones, así como factores culturales y otras variables. En cualquier caso, es responsabilidad y obligación de padres o tutores, además del resto de la sociedad (incluídos los medios de comunicación), conocer causas y circunstancias que pueden poner en peligro la salud, el bienestar y la protección de los niños.
Además debemos establecer un control parental, supervisando su educación, su desarrollo en los diferentes aspectos y etapas, enfatizando la educación en valores y la promoción de la no violencia.
La Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas en su artículo 19, establece la protección del niño contra todo perjuicio o abuso físico o mental.
Dada la revisión de los estudios anteriores, la emisión de corridas de toros a través de los medios de comunicación, así como la asistencia de los niños menores a la plaza, contraviene los preceptos establecidos en la Convención, ya que ocasiona daños psicológicos en los niños. Además de vulnerar los derechos de los menores, amenaza su salud mental.
El neurobiólogo Jean Decety, explica que la percepción del dolor de otro activa los mismos mecanismos neurológicos, que está en el origen del dolor propio, por lo que podemos decir que el dolor de otros, es nuestro dolor. Activamos mecanismos neurológicos a través de la empatía, de sufrir con el otro. Cuando obviamos ésto y afirmamos que la víctima “solo es un animal” para justificar su tortura y minimizar sus implicaciones, estamos ignorando que el niño lo considera un igual. No podemos olvidar que el niño está sufriendo cuando sufre el otro. La especie es irrelevante.
Maltrato animal.
El maltrato animal es el tratamiento que causa sufrimiento o daño a los animales. Comprende una amplia variedad de comportamientos crueles y violentos que provocan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta la tortura o el asesinato intencional. La crueldad hacia los animales es absolutamente reprobable desde toda perspectiva.
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aprobada por la Unesco y la ONU en 1.978, establece en su artículo 3 que ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad.
Legalmente, el maltrato animal está tipificado en el Código Penal español; como delito en el artículo 337, y como falta en los artículos 631 y 632, aunque existen graves lagunas legislativas y su cumplimiento en España deja mucho que desear. Además, no existe una ley marco a nivel nacional, sino que las competencias están atribuídas a nivel autonómico y local, con grandes diferencias entre Comunidades.
Respecto al trato que se da a los animales en las corridas de toros, durante la lidia se pica al toro con una lanza, provocando heridas profundas y graves lesiones internas en músculos, vasos sanguíneos y nervios para que se desangre y pierda fuerza; se clavan banderillas, con arpones que desgarran la carne del animal; se atraviesa con una espada para provocarle la muerte, lo que le ocasiona graves hemorragias.
Si no muere tras la agonía, después es descabellado, profundizando un arma corto-punzante en la nuca del animal para seccionarle la médula espinal. Previo a ésto, el animal ha sido torturado con otros métodos como sacos de arena en los riñones, mutilación de sus astas, golpes, etc.
Con todo ésto, podemos afirmar, que en sentido estricto, lógico y moral, el trato dado al animal antes y durante una corrida de toros se debe considerar grave maltrato animal. El sufrimiento al que se le somete es absolutamente innecesario e injustificado, y no debe producirse por ninguna razón. Además, debe ser circunstancia de obligada inclusión como maltrato animal en el Código Penal.
Relación entre el maltrato animal y la violencia.
No podemos olvidar hacer una breve referencia a la vinculación que existe entre el maltrato animal, la delincuencia y la criminalidad.
Estudiada desde los años 70 por el F.B.I estadounidense, el maltrato animal se presenta como un indicador o factor de riesgo del desorden de conducta o trastorno disocial en la infancia que puede derivar en trastorno antisocial de la personalidad (TAP) en la edad adulta.
El comportamiento antisocial y criminal, está vinculado a la existencia de trastornos de la personalidad, como la psicopatía, incluídos en el Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (DSM IV-TR) de la American Psychiatric Association y en la International Statistical Classification of Diseases and Related Health Problems (ICD), en español CIE-10, de la World Health Organization.
El maltrato animal, dado que está relacionado con las conductas propias de las personalidades violentas, se puede producir en la infancia y ser antecedente delictivo de asesinos en serie y psicópatas, agresores sexuales, maltratadores en la violencia familiar, así como en otros ámbitos en los que la violencia y la delincuencia están presentes.
En algunos ejércitos se incluye la tortura y asesinato de animales en el entrenamiento previo para fomentar la desensibilización.
La violencia audiovisual, así como la aprobación cultural y social de la violencia, también son variables socioambientales que figuran como factores de riesgo relevantes a tener en cuenta en el comienzo de la conducta delictiva.
Debemos recordar además, que algunos trastornos de conducta, se caracterizan por una ausencia total de empatía y sentimiento de culpa o remordimiento, siendo frecuente la justificación de la violencia por parte del agresor o asesino.
Estableciendo un paralelismo con las corridas de toros, la tortura y muerte del animal también se intenta justificar por motivos socioculturales, de ocio, arte, espectáculo o tradición. Proponer al niño este modelo educativo de disfrute con el sufrimiento a un ser vivo, fomenta la adquisición de valores psicopáticos que pueden tener graves consecuencias en la edad adulta.
Según lo expuesto, recordemos que debemos trabajar por una sociedad más justa, igualitaria, educada en valores y en la no violencia, promoviendo la relación positiva entre los niños y los animales, en coherencia con las sociedades avanzadas.
Las familias, la comunidad, los colectivos profesionales de todos los ámbitos de la sociedad, las organizaciones, así como los medios de comunicación, tenemos una tremenda responsabilidad en el desarrollo integral y la educación de los niños que debemos ejercer de manera coordinada. Estamos obligados a velar por los derechos de los niños, de los animales, de la seguridad general, y la prevención de la violencia, la delincuencia y la criminalidad.
Asímismo, realizamos un llamamiento a toda la sociedad, a las Administraciones, padres, maestros, educadores, servicios sociales, juristas, policías, criminólogos, como de cualquier otro ámbito profesional, a tener en cuenta estos planteamientos. A decidir con pensamiento crítico y ejercer de manera activa la responsabilidad de evitar la exposición de los niños y jóvenes a la violencia.
Publicación original: http://cj-worldnews.com/spain/index.php/es/criminologia-30/animales-y-violencia/item/2885-prevencion-educativa-de-violencia-y-criminalidad-maltrato-animal-mediatico-y-menores