Los estudios y los derechos adquiridos

República Dominicana / 30 de junio de 2019 / Autor: Neris Abreu Comas / Fuente: Al Momento

La Constitución Dominicana del 2010, en el artículo 63, elevó y reconoció el derecho a la educación como un derecho fundamental, lo cual le otorga una nueva dimensión humana y legal a ese derecho esencial, muchas veces conculcados en la práctica por el propio Estado y los particulares.

Dispone la Constitución que “toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.”. No obstante ese reconocimiento esencial, la realidad es que en República Dominicana y otros países, este mandato  ha encontrado un conjunto de escollos o limitaciones para niños, adolescentes y adultos, para los cuales es letra muerta el contenido esencial del artículo 63 de la Carta Magna.

Entre los grandes obstáculos que encuentran los estudiantes, en la mayoría de las Instituciones de Educación Superior, para que se le reconozca el derecho a la educación, está la existencia de prácticas o normas, no conforme con la constitución, que consideramos de ilegales, injustas y absurda, consistente en establecer la caducidad o prescripción de estudios y asignaturas cursadas luego de 5 o más años, y que afecta a quienes se proponen continuar una carrera o convalidar las asignaturas cursadas para transferirse a otra institución.

La práctica o norma para condenar con la caducidad los estudios y asignaturas aprobadas, ha encontrado justicia en el Tribunal Constitucional Dominicano, quien mediante Sentencia 081-16, de fecha siete de abril del 2016, estableció un precedente vinculante de suma importancia para la comunidad académica superior, que debe impactar en el Ministerio de Educación Superior y las instituciones educativas superiores, las cuales deben revisar, adecuar o armonizar sus reglamentos, normas, disposiciones académicas y administrativas, que violan el artículo 6 de la Constitución, el cual establece que “todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado y precisa dicho mandato que “son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.”

Establece la Constitución, en el artículo 110, sobre la irretroactividad de la ley y los derechos adquiridos, que “La ley sólo dispone y se aplica para el porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior, como es obligar a un estudiante a repetir una asignatura o conjunto de asignaturas ya aprobadas.

Para reforzar el indicado artículo de los derechos adquiridos, la Sentencia 081/2016, del 7 de abril del 2016, en la página 30, del Tribunal Constitucional, establece que “la recurrente finalizó sus estudios en el mil novecientos ochenta y cuatro (1984), por lo que resulta acreedora de derechos adquiridos que no pueden ser desconocidos”.  Ese precedente que ha sido silenciado o desconocido, constituye un acto de derecho y justicia para quienes han tenido que suspender sus estudios o que necesitan terminar un programa académico en su misma institución académica  o transferirse a otras.

En realidad y generalmente, los que suspenden, o se transfieren a otra Institución de Educación Superior, encuentran  tres grandes limitaciones violatorias de la Constitución y de la sentencia aludida, como son: 1- No pueden tener más de cinco años fuera del sistema de educación superior; 2- solo les convalidan el 50% de las asignaturas aprobadas, y 3- solo le reconocen aquellas asignaturas que tienen menos de 5 años de haber sido cursadas.

Con la decisión de no convalidación de asignaturas, luego de 5 años de cursadas, se viola no solo el principio constitucional de los derechos adquiridos, previstos en el artículo 110 de la constitución y el derecho fundamental a la educación, sino que se desconoce dicho derecho, ahora reivindicado por el precedente vinculante del Tribunal Constitucional.

Conforme nuestro análisis jurídico, al reconocer el Tribunal Constitucional que los estudios realizados, forma parte de los derechos adquiridos, y partiendo de la máxima que establece que él puede lo más puede lo menos, se desprende un alcance legal para las asignaturas cursadas, las cuáles no prescriben luego de ser aprobada, por lo que no es necesario la repetición de asignaturas, a menos que se demuestre insuficiencia de conocimientos, previo a una evaluación al respecto, previsto en los reglamentos de las instituciones de educación superior.

Al disponer el Tribunal Constitucional que los estudios realizados entran en  la categoría de los derechos adquiridos, el Sistema de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, debe armonizar sus normas a todos los niveles, tomando como referencia en el amparo constitucional para los estudios y asignaturas cursadas, los cuales no pueden ser desconocidos, debido a que forman parte de la seguridad jurídica y sientan un precedente de trascendental importancia, para el fortalecimiento del Estado Constitucional Democrático y de Derecho, con el cual todo debemos estar comprometidos.

Fuente del Artículo:

https://almomento.net/los-estudios-y-los-derechos-adquiridos/

Fuente de la Imagen:

https://www.unicef.org/republicadominicana/education.html

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Programación del Portal Otras Voces en Educación del Domingo 30 de junio de 2019: hora tras hora (24×24)

30 de junio de 2019 / Autor: Editores OVE

Recomendamos la lectura del portal Otras Voces en Educación en su edición del día domingo 30 de junio de 2019. Esta selección y programación la realizan investigador@s del GT CLACSO «Reformas y Contrarreformas Educativas», la Red Global/Glocal por la Calidad Educativa, organización miembro de la CLADE y el Observatorio Internacional de Reformas Educativas y Políticas Docentes (OIREPOD) registrado en el IESALC UNESCO.

00:00:00 – Venezuela: Rescate de los valores: la clave para acabar con desmotivación escolar

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01:00:00 – Pensamiento Crítico – 10 Actitudes para Desarrollarla | Infografía

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02:00:00 – España, ¿el país con más vacaciones escolares?

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03:00:00 – El «Nobel de Educación» y nuestra deuda pendiente

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04:00:00 – UNESCO: Los maestros precisan mejor preparación para trabajar con niños migrantes

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05:00:00 – Otros 23 libros para docentes

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06:00:00 – Revista Americanía: José Martí, la Educación como Herramienta de Transformación y Liberación (PDF)

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07:00:00 – América Latina: Seis décadas de metas educativas (1956-2015)

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08:00:00 – Libro: Teoría de la Educación de Paciano Fermoso. PDF gratis

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09:00:00 – Educación al vapor | Maria Lourdes Urrea | TEDxPuraVidaED

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10:00:00 – Revista «Para Juanito» Número 16 (Julio de 2018) – Educación, discapacidad e inclusión: construir lo común (PDF)

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11:00:00 – De Berkeley a Madrid: las protestas estudiantiles en la década de los 60

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12:00:00 – Las mejores cinco universidades de América Latina (y por qué)

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13:00:00 – Aprendizaje basado en proyectos #infografia #infographic #education

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14:00:00 – La policía detiene en Chile a una veintena de profesores en huelga

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15:00:00 – El hábito activo, el gran ausente de nuestro modelo educativo

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16:00:00 – Universidades públicas y gobierno mexicano trabajarán nueva ley general de educación superior

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17:00:00 – Desescolarizar la educación | Maria Victoria Peralta | TEDxPuraVidaED

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18:00:00 – Argentina: Lanzan una web para ayudar a las familias a exigir el derecho a una educación inclusiva

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19:00:00 – Los estudios y los derechos adquiridos

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20:00:00 – Canadá es el tercer mejor país del mundo en educación

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21:00:00 – Uruguay: Privatización de la educación

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22:00:00 – Cuba comparte con Nicaragua experiencias en materia educativa

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23:00:00 – Apps educativas

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Reforma educativa con azúcar morena

México / 14 de abril de 2019 / Autor: Manuel Fuentes Muñiz / Fuente: La Silla Rota

No es admisible que, en aras de una renovada reforma educativa, dosificando azúcar morena, se
justifique y mantengan retrocesos laborales. | Manuel Fuentes

El azúcar sirve generalmente para esconder sabores, para disfrazarlos, para que sepan menos amargos, para que digas ¡Qué delicia lo que sorbo!, pero en demasía, o cuando no se requiere, deteriora al organismo, lo acaba, lo mata.

Al proyecto de la reforma educativa lopezobradorista, le pusieron algo parecido a la azúcar morena para endulzarlo, para esconder los efectos negativos que tiene, para que el movimiento magisterial sienta, crea que ha desaparecido la mal reforma educativa, pero dejar su esencia viva.

De las propuestas que se manejan en el Dictamen de la Cámara de Diputados de la nueva reforma educativa aparecen los siguientes 10 puntos que se cuestionan:

1. La mal reforma educativa no se abroga, como lo prometió Andrés Manuel López Obrador en campaña; sufre cambios, se reforma en la Constitución dejando en esencia campos negativos de control del Estado sobre el magisterio nacional.

2. Se dejan los conceptos de ingreso, promoción y reconocimiento como temas administrativos, bajo estricto control gubernamental, y no como derechos laborales como antes de la mal reforma aparecían.

3. El y la docente, en la nueva reforma de Morena, se conceptúan como “personas objeto” en los temas materia de ingreso, promoción y reconocimiento.

4. Se mantiene la anulación de la bilateralidad en el ingreso, promoción (lo que antes era el proceso escalafonario) y reconocimiento (ahora la evaluación) dejando fuera a los docentes y sus organizaciones
sindicales para incidir en los mismos.

5. El ingreso, promoción y reconocimiento siguen fuera (como en la reforma peñista) de las condiciones
generales de trabajo y de los contratos colectivos de trabajo, al ser considerados derechos administrativos y no laborales.

6. Se propone poner encima de “todos los derechos” la educación de los menores sin establecer“equilibrios”, sin poner en el mismo rango los derechos laborales de los docentes dejándolos en segundo lugar, al tratar de imponer un nuevo texto del artículo 3º Constitucional que señala: “El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos”.

Esta visión, supremacista de la niñez a toda costa, ha traído como consecuencia que jueces de distrito en materia federal hayan emitido criterios, considerando que ejercer derechos colectivos, como el de la huelga, atenta contra los derechos de educación de los menores. Se corre el riego, de imponer esta disposición sin equilibrios, se anulen derechos laborales, e incluso se penalicen paros por la defensa colectiva del trabajo, ante la imposibilidad de suspender labores de manera legal.

7. La formación, capacitación y actualización dejan de ser derechos laborales, (anulando la bilateralidad)
dejándolos fuera de las Condiciones Generales de Trabajo o Contratos Colectivos de Trabajo. Se condicionan a las necesidades que fije el Estado, para la retroalimentación por “evaluaciones diagnosticas” para cumplir los objetivos y propósitos del “Sistema Educativo Nacional”.

8. La nueva reforma educativa omite de manera expresa que los maestros con plaza federal se rijan de nueva cuenta bajo los apartados “A” (quienes laboran en organismos descentralizados) o “B” del Artículo 123 Constitucional y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (en dependencias u organismos desconcentrados) y los que laboran a nivel estatal regresen el régimen de las legislaciones burocráticas en donde se les otorga de manera plena la garantía de audiencia y seguridad jurídica, que evita separaciones arbitrarias o intempestivas.

9. El proyecto omite en los Artículos Transitorios abrogar todas aquellas disposiciones aprobadas por los
Congresos de los Estados que dejaron a los maestros bajo un régimen de excepción en perjuicio de sus derechos laborales.

10. En el proyecto, en los artículos Transitorios se señala que “…se respetarán los derechos adquiridos de las y los maestros, los cuales no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva…”. ¿A que derechos adquiridos se refiere? ¿a los que se les impuso en la mal reforma educativa? La propuesta es vaga e imprecisa y ésta debe expresar de manera enfática, la recuperación al magisterio nacional de sus derechos contenidos en el artículo 123 de la Constitución.

Estos son algunos de los puntos que le dan sabor amargo a la nueva reforma educativa y que por más se le agreguen granos de azúcar morena se reconvierten nuevas formas de control para mantener acotados, reducidos y hasta anulados los derechos laborales del magisterio nacional.

No basta se declare la abrogación de la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto
Nacional para la Evaluación y de todas las disposiciones en las leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general si persisten elementos negativos.

No es admisible que, en aras de una renovada reforma educativa, dosificando azúcar morena, se justifique y mantengan retrocesos laborales de la mal reforma educativa del extinto régimen de Peña Nieto.

Fuente del Artículo:

https://lasillarota.com/reforma-educativa-con-azucar-morena/277300

Fuente de la Imagen:

http://mexiconuevaera.com/opinion/roberto-fuente-vivar/el-filosofo-del-metro/2017/06/19/mazapanes-con-azucar-morena

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Programación del Portal Otras Voces en Educación del Domingo 14 de abril de 2019: hora tras hora (24×24)

14 de abril de 2019 / Autor: Editores OVE

Recomendamos la lectura del portal Otras Voces en Educación en su edición del día domingo 14 de abril de 2019. Esta selección y programación la realizan investigador@s del GT CLACSO «Reformas y Contrarreformas Educativas», la Red Global/Glocal por la Calidad Educativa, organización miembro de la CLADE y el Observatorio Internacional de Reformas Educativas y Políticas Docentes (OIREPOD) registrado en el IESALC UNESCO.

00:00:00 – Cayó el ministro de Educación de Brasil, un negacionista del golpe

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01:00:00 – Entrevista a Roberto Fernández, presidente de CRUE: “En España no sobran universidades, faltan”

http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/305905

02:00:00 – UNICEF: Unos 175 millones de niños en edad preescolar no van al colegio

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03:00:00 – 5 años de un compromiso educativo entre todos. Revista Educativa El Arcón de Clio

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04:00:00 – Argentina: El derecho a ir a la escuela

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05:00:00 – 258. Alerta Educativa – Sobre los desafíos de pensar una educación intercultural en Chile (2019) -Audio-

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06:00:00 – Libro: La investigación educativa ante el cambio de gobierno en México (PDF)

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07:00:00 – Si vas a preescolar, la vida te irá mejor

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08:00:00 – Libro: Educación Emocional. Propuestas para educadores y familia (PDF)

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09:00:00 – Catherine L’Ecuyer: “Reducir la Educación a metodologías es confundir fines con medios”

http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/306023

10:00:00 – Revista Tendencias Pedagógicas: Vol. 33 (2019): Interculturalidad, comunidad y escuela (PDF)

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11:00:00 – Educación: ¿camino o vereda?

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12:00:00 – Puerto Rico: Escuelas chárter: Un desastre para la educación especial

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13:00:00 – Kenia: Conozca los métodos de enseñanza de Peter Tabichi, el mejor profesor del mundo

http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/306166

14:00:00 – Paraguay: Crispación estudiantil: alumnos de Luque cierran calle, desde agosto no tienen docentes

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15:00:00 – Políticas Educativas “erráticas”: ¿Quiénes son los responsables?

http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/306105

16:00:00 – La ONU insta a apoyar a la UNRWA para que mantenga abiertas sus escuelas

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17:00:00 – Vídeo de presentación: Tendencias Pedagógicas

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18:00:00 – Honduras: cada día muere un niño por la violencia según UNICEF

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19:00:00 – Reforma educativa con azúcar morena

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20:00:00 – Europa: Escolares de cinco países se unen para luchar contra varias discriminaciones

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21:00:00 – Ghana: La historia de Ousman Umar, un joven que lucha por promover la educación en su país (Audio)

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22:00:00 – Argentina: Falleció Alicia Nuarte, una luchadora docente mendocina

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23:00:00 – Ecuador: Encuentro Latinoamericano de Educación Experiencial (Video)

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Oaxaca: vía legal y vía política

Por: Carlos Ornelas

Si no recuerdo mal, en ¿Qué hacer?, Lenin planteó la táctica bolchevique de que, en toda revolución, había que agotar las formas legales. Ello, no tanto para lograr los fines revolucionarios, sino como medio de propaganda y elevar el espíritu de lucha de la clase obrera y sus aliados.

En una conferencia que dio en la Universidad Michoacana, a principios de los 90, Arnaldo Córdova, comentando el libro de Norberto Bobbio, Liberalismo y democracia, sostuvo que, no obstante que en gran medida la Constitución era letra muerta, no había que menospreciar su vigencia como reguladora de comportamientos institucionales.

Estas remembranzas vinieron a mi mente por dos asuntos que tendrán consecuencias en la convulsa situación de Oaxaca. La sección 22 sufrió descalabros después de que el gobierno federal y el de Gabino Cué reconquistaron el control del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y le congelaron sus cuentas bancarias. Luego, el secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño —ya sin el estorbo del subsecretario de Gobernación, Luis Enrique Miranda—, la acosaba y la reducía paso a paso.

Los vientos presagiaban derrotas para la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, el gobierno apretaba con acciones legales y políticas. Pero llegó la mañana de Nochixtlán, la CNTE tomó impulso de nuevo. La S-22 es la que más ha ganado, pues ya dobló al gobernador Alejandro Murat (o tal vez él mismo se inclinó ante el poderío del magisterio oaxaqueño).

Ya tienen las plazas que les prometió desde 2013 el entonces subsecretario Miranda; el gobernador ya renunció a gobernar en la educación (habla de bilateralidad) y la S-22 recoloniza espacios que el gobierno le había arrebatado. Pero va por más.

La corresponsal de El Financiero (21 de febrero) reportó que los líderes de la S-22 “exigieron la instalación de una mesa pedagógica bilateral para dar continuidad y concretar los trabajos del Plan para la Transformación de la Educación de Oaxaca (PTEO), realizar la revisión de la Ley Estatal de Educación y reformarla con la iniciativa de ley producto de foros magisteriales y populares”.

La estrategia de los dirigentes de la S-22 me parece una diáfana evocación de las tácticas leninistas: quieren institucionalizar su proyecto, no les basta con tener el poder de facto. Además, es una bandera para la movilización y la propaganda; saben que el gobernador Murat no les durará para siempre.

Pero la Constitución tiene asideros. Mexicanos Primero objetó por la vía legal las concesiones que la Segob hizo a la S-22. En abril de 2016 un juez federal le concedió un amparo que declaró inválidos el otorgamiento de plazas docentes en calidad de patrimonio del sindicato, derecho a no ser removido en razón de un mal resultado en la evaluación, conservación de derechos adquiridos en la carrera magisterial, incentivos económicos y promociones por buen desempeño.

La Segob interpuso un recurso para que el amparo no procediera. Pero el 23 de febrero, el ministro de la Suprema Corte, José Ramón Cossío, propuso atraer y resolver en definitiva quién tiene razón en este litigio.

Oaxaca tiene un nuevo conflicto en puerta. Si la Corte falla a favor de Mexicanos Primero, ¿cómo le hará el gobernador para recuperar las plazas que entregó a la S-22?, ¿cómo podrá frenar los intentos de la S-22 de tener un estado de excepción, cuando ya se declaró su aliado?

Quizá el gobernador no sufra tanto apuro. Hoy los secretarios de Estado le echan loas por ser amigo del Presidente, pero pronto habrá otro inquilino en Los Pinos y tal vez de un partido diferente al PRI. El gobernador quedará más solo que Robinson Crusoe.

Mientras tanto, la educación de Oaxaca continúa prisionera y ni la vía política ni la vía legal la pueden liberar.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/oaxaca-via-legal-y-via-politica/

Imagen: www.educacionfutura.org/wp-content/uploads/2015/11/cnte-marcha-450×300.jpg

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