Ecuador: La Ley de Movilidad apunta a educación, salud y seguridad y seguridad social del migrante

Ecuador/09 de Enero de 2016/El Comercio

La Ley de Movilidad aprobada en la Asamblea el jueves reemplazará a la ley migratoria que data de la época de la dictadura. Esta última fue creada en un contexto de persecución de personas consideradas sospechosas o subversivas. Esos argumentos utilizaron los legisladores para aprobar la norma. Ahora, los asambleístas dicen que el nuevo texto beneficia a 2 204 000 ecuatorianos que están fuera del país, a los 70 000 retornados al Ecuador, a aquellos extranjeros que viven aquí, a los refugiados, a los considerados apátridas y a las víctimas de trata y tráfico.

Beneficios para los ecuatorianos en el exterior

Con la nueva ley, los migrantes podrán acceder a programas educativos virtuales para concluir el bachillerato o para estudiar carreras universitarias en instituciones públicas del Ecuador.

También tendrán oportunidad de aplicar a concursos de becas. Esto se planteó porque para los compatriotas “es muy difícil” acceder a la educación en los países donde residen.

Una vez que se apruebe la Ley de Movilidad Humana, los emigrantes podrán afiliarse voluntariamente a la seguridad social ecuatoriana. La idea es que cuando retornen, los afiliados accedan a una pensión jubilar y a los servicios médicos, créditos hipotecarios, quirografarios y otras prestaciones que ofrece el IESS y Biess.

Los consulados ecuatorianos que operan en el mundo deberán activar oficinas para dar asistencia jurídica gratuita a aquellos compatriotas que sufran vulneración de sus derechos, discriminación, xenofobia, estafas, etc.

Según los legisladores, esto permitirá apoyar a quienes no cuentan con los recursos económicos suficientes y, además, dar seguimiento a los casos.

Por primera vez se establece que el Estado indague las denuncias de emigrantes que desaparecieron en su travesía al exterior. Sus familiares podrán denunciar en el país o en la nación donde residan. Esto también aplica para los casos de ecuatorianos que puedan extraviarse en otras circunstancias.

Nuevas medidas para extranjeros en el ecuador

Los extranjeros podrán permanecer en calidad de turistas hasta por 180 días. La legislación actual solo permite hacerlo por un lapso de 90 días.

Sin embargo,  la nueva ley señala que, excepcionalmente, los extranjeros podrán solicitar una visa especial de turismo por un plazo máximo de un año. Este documento no aplicará para trabajar y solo se solicitará una vez cada 5 años.

Hay nuevas reglas para los turistas que vivan en un país de la Unión de Naciones Suramericanas. Según la normativa aprobada, este grupo podrá ingresar al Ecuador solo con su cédula de identidad. Es decir, no será necesario el pasaporte.

Actualmente,  solo los ciudadanos de Colombia, Bolivia y Perú pueden entrar apenas con la cédula. Además, Ecuador activará puntos de control migratorio preferenciales en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos para los turistas de la Unasur. El plazo de permanencia será de 180 días.

La ley habla de ocho tipos de visas: residente temporal, residente permanente, temporal de excepción, diplomática, humanitaria, de turista, especial de turismo y por convenio. Las residencias temporales duran dos años y podrá ser renovada por una vez.

La nueva ley mantiene la política estatal de no solicitar visado a los turistas del mundo; salvo 11 países: Cuba, Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Somalia y Senegal.

Apoyo para los emigrantes que regresen al país

Uno de los puntos más analizados en el debate fue la eliminación y reducción de aranceles para importar el menaje de casa, equipos de trabajo o vehículos.

Los compatriotas que retornen al país podrán traer un automóvil y una motocicleta, como menaje. El modelo de los vehículos no deberá sobrepasar los cinco años de antigüedad.

La Ley de Movilidad Humana precisa que los compatriotas únicamente podrán ingresar automóviles cuyo valor esté por debajo de los 60 salarios básicos (USD 22 500 con el sueldo mínimo actual) y motocicletas que no superen los 21 salarios básicos (USD 7 875).

Sin embargo, aquellos vehículos que sobrepasen esos montos, pero no excedan los cinco salarios básicos adicionales, podrán ingresar al Ecuador, pero los propietarios pagarán los tributos y aranceles que correspondan por la diferencia.

Según la nueva norma, los vehículos podrán ser comercializados luego de cuatro años de uso, como mínimo. Un punto polémico en la nueva legislación está relacionado con el uso de estos vehículos.

En la ley se dice que las autoridades (Aduanas o Agencia Nacional de Tránsito) deberán regular si familiares podrán usar o no los automotores. Por ahora solo el dueño está habilitado para hacerlo. Los legisladores quieren evitar ventas ficticias a parientes o amigos.

Víctimas de trata y tráfico y causas de deportación

La nueva legislación tiene un capítulo exclusivo para el tema de la trata y el tráfico de migrantes. Los legisladores se enfocaron sobre todo en la prevención y atención a las víctimas de estos delitos.

En la normativa se pide a los entes gubernamentales que creen un registro para identificar a las víctimas. Esto permitirá recoger, procesar y analizar la información. Según la ley, estos datos se usarán para crear políticas, planes de acción, estrategias de prevención y medidas para desarticular a las redes criminales.

La Ley de Movilidad elimina la Ley de Extranjería vigente desde 1970. En el documento aprobado, los legisladores incluyeron ocho causales para la deportación de un extranjero que resida en territorio ecuatoriano.

Entre esas causas están, por ejemplo, ingresar por un lugar no autorizado (salvo personas con protección internacional como refugiado, apátridas y asilados), no haber iniciado los trámites de regularización, haber recibido la revocatoria de la visa, haber cometido delitos cuyas penas sean menores a los cinco años o haber interferido en asuntos de política interna.

En la ley  aún vigente únicamente existen tres causales para expulsar a un extranjero del país: quien ha ingresado al Ecuador sin pasar por el control migratorio, quien haya cumplido una sentencia por delitos penales, o los “delincuentes comunes” que no pudieran ser juzgados en el país.

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