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Consejos para mejorar la seguridad en el aula frente al Covid

Por: Educación 3.0

Qué tipo de mascarilla hay que utilizar para escudarse del virus, cómo llevar a cabo la ventilación en las instalaciones de una forma correcta o qué hacer cuando surge un caso de Covid en el centro escolar, son algunos de los consejos recogidos para garantizar la máxima protección en las aulas.

El coronavirus sigue estando activo y las cuarentenas escolares se están convirtiendo en rutina. Con el objetivo de mejorar la seguridad en el aula y proteger tanto a docentes como a estudiantes y familiares, seleccionamos diferentes artículos de nuestra web con recomendaciones, guías y pautas para combatir el virus.

Elegir la mascarilla más segura

Las mascarillas son un complemento más en el día a día. En los centros educativos, tanto los docentes como (casi) todos los estudiantes deben llevarla puesta durante toda la jornada escolar para protegerse y proteger al resto de la infección por coronavirus. A la hora de elegir la mascarilla más adecuada, es importante saber distinguir entre los tres tipos básicos que existen: higiénicas, quirúrgicas y autofiltrantes. Los estudiantes suelen utilizar las higiénicas y quirúrgicas en su mayoría. En el caso del profesorado, son muchos los que eligen las mascarillas autofiltrantes (también conocidas como FFP2) ya que son consideradas como las más seguras (protegen del contagio al que la lleva y protegen de la infección a los demás), y para estas ha cambiado precisamente la normativa.

consejos covid para el aula

Hacer un buen uso de la mascarilla

Debe cubrir tanto la boca como la nariz, pero también los posibles espacios laterales por donde pueda salir el aire, es decir, que esté totalmente cerrada alrededor de boca y nariz. En este sentido, recomienda usar el alambre de la parte superior que permite asegurar, fijar y cerrar los espacios que pueda haber entre la nariz y la mascarilla. Si se manipula deberá ser desde las gomas laterales y, si se guarda, tendrá que ser en un lugar seco y ventilado. Estas son algunas de las indicaciones sobre cómo se deberían usar las mascarillas para evitar la propagación del virus entre los más pequeños que ofrece el virólogo Estanislao Nistal.

Consejos para no perder la voz

consejos para mejorar la seguridad en el aula

Desde el comienzo de las clases, los docentes se han tenido que adaptar al uso obligatorio de las mascarillas dentro de los centros educativos. Pero, ¿tienen efectos negativos para la voz? “Aún no tenemos estudios suficientes ni con la profundidad adecuada como para confirmarlo o refutarlo. Como universitarios, docentes e investigadores tenemos una responsabilidad al respecto. El rigor científico se impondrá a la ‘opinología’ tan de moda hoy en día”, señala Andreu Sauca, logopeda, logofoniatra y presidente de la Sociedad Catalana de Logopedia, que ofrece una serie de consejos útiles y consideraciones a tener en cuenta para evitar que los docentes pierdan la voz en unas circunstancias tan excepcionales como las actuales.

Mejorar la ventilación del aula

Los colegios españoles suspenden en ventilación, condiciones de confort y calidad ambiental, según las conclusiones de un estudio elaborado por la Universidad de Burgos y la Plataforma de Edificación Passivhaus (PEP), tras analizar durante un año lectivo y validar más de 700.000 parámetros en 36 centros escolares de 33 ciudades españolas. Para tratar de arrojar algo de luz a este problema, el Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) ha creado la ‘Guía para ventilar las aulas’ (basada principalmente en la redactada por la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Harvard). En ella se explican estrategias y soluciones para ventilar las clases y determinar si las condiciones de ventilación alcanzadas son las adecuadas.

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Pasos imprescindibles para ventilar las aulas

Hay que prestar especial atención a la ventilación en las aulas. Pero, ¿cómo hacerlo de forma correcta? Harvard T.H Chan School of Public Health (Escuela de Salud Pública de la Universidad de Harvard) ha creado una guía con cinco pasos para medir la tasa de renovación de aire en las aulas: medir las dimensiones del aula, realizar comprobaciones previas, estimar la tasa de ventilación, comparar los resultados con los objetivos y establecer estrategias para la limpieza de aire.

Geles hidroalcohólicos apropiados para los más pequeños

Gel hidroalcoholicos para mejorar la seguridad en el aula

Lavarse las manos es el gesto más simple y eficaz para evitar la expansión del virus. Al tratarse de una acción sencilla, muchas veces se le resta importancia o incluso se omite. Sin embargo, puede marcar la diferencia cuando se refiere a controlar los contagios por Covid-19. Por tanto, es fundamental, tanto en casa como en el colegio, concienciar a los niños de la importancia de lavarse las manos e incorporar este acto en su rutina. En caso de que no sea posible, una buena alternativa es utilizar geles hidroalcohólicos. Pero los profesionales advierten de la importancia de la elección del producto y de usarlo correctamente. Estos son los consejos que propone Laboratorios Montplet.

Guía de actuación ante un caso de Covid

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¿Qué pasa si hay un caso confirmado en el aula? ¿Qué hacer si los síntomas aparecen cuando se está en el centro escolar? ¿Qué plan de actuación hay que seguir si se da un brote? El Ministerio de Sanidad ha publicado el documento ‘Preguntas y respuestas sobre la vuelta al cole’ con el objetivo de facilitar pautas de prevención y actuación para la gestión de contagios en los centros educativos. Cómo se comporta el virus, cómo detectarlo, saber cuáles son los síntomas o qué hacer en caso de transmisión del Covid son algunas de las cuestiones que aclara esta guía.

Formación gratuita para la prevención

mejorar la seguridad en el aula

La empresa de formación FNN, en colaboración con la Asociación Nacional e Internacional de Enfermería Escolar (AMECE) y la Fundación Edelvives, ha creado un curso gratuito online que trata la prevención de la COVID-19 y la autoprotección en las aulas. Esta formación virtual permanecerá activa hasta el 30 de diciembre, de modo que cada docente decide en qué fecha quiere realizarla. En ella, el profesorado interesado tiene a su disposición un tutor personal experto en esta materia (enfermeras de la Asociación Nacional e Internacional de Enfermería escolar). Asimismo, se han previsto webinars quincenales donde se actualizan informaciones y recomendaciones a la realidad de cada momento.

Fuente e Imagen: https://www.educaciontrespuntocero.com/noticias/mejorar-la-seguridad-en-el-aula/

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El regreso de Elba Esther Gordillo

Por: Luis Hernández Navarro

Dos años y casi tres meses después de obtener su libertad, Elba Esther Gordillo está de vuelta en la política nacional. El pasado 20 de octubre, el Instituto Nacional Electoral otorgó el registro al partido familiar de la maestra: Redes Sociales Progresistas (RSP).

Ciertamente, aún hay nubarrones que podrían empañar su retorno triunfal a la política institucional. Un juez de control dio 72 horas a Fernando González, presidente del nuevo partido y yerno de la maestra, para que presente el acta de la asamblea en la que fue electo, en sustitución de Juan Iván Peña Nader, el anterior dirigente a quien destituyeron. Si el yerno no presenta el documento, será vinculado a proceso.

Juan Iván, fundador del nuevo partido, fue destituido hace un año, acusado de maltrato a líderes estatales y de pedir dinero a empresarios a cambio de futuras candidaturas. A su vez, Peña Nader organizó una reunión para ser ratificado en el cargo y denunció a Fernando González de amenazas.

Juan Iván es un polémico abogado li­gado a casineros, especialmente a Luis Carlos Urzúa, antiguo priísta dueño del casino Abu Dhabi. Juntos organizaron la asamblea para conseguir el registro de RSP en Nuevo León, con abundante financiamiento. Según Peña Nader, Fernando González falsificó la destitución de Juan Iván, comprando la firma de Gerónimo Escuinca y falsificando la de Rafael Ortiz Cárcamo. Arabela Ochoa, hija del ex secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Rafael Ochoa, les certificó la maniobra.

RSP fue, desde su fundación, un matrimonio por conveniencia entre Elba Esther y Peña Nader. Según el abogado, su partido era afín a Morena, pero con una orientación de centroderecha. La gota que derramó el vaso y precipitó el divorcio entre ambos fue la decisión de la maestra de tomar el control completo del partido una vez que fracasó en su intento de recuperar desde arriba el SNTE. Visiblemente molesta con su antiguo aliado Esteban Moctezuma, porque éste decidió seguir usando los servicios de Alfonso Cepeda al frente del gremio, se lanzó a controlar completamente el partido.

Desde que se encontraba en prisión domiciliaria, Elba Esther diseñó una estrategia política que conoce bien. Buscó aliarse a Andrés Manuel López Obrador para la Presidencia de la República y ca­minó organizativamente en dos pies: el partidario, con RSP, y el sindical, a través de la corriente Maestros por México (MxM), en la que puso al frente a su compadre jalisciense Tomás Vázquez Vigil.

Su objetivo ha sido, siempre, recuperar el control del SNTE, que perdió cuando cayó en la cárcel. Nunca lo ocultó. En una reunión pública celebrada el 7 de abril de 2019, en Puebla, declaró que tenía sed de justicia, y criticó a la dirigencia del SNTE, a la que calificó de ilegítima, mediocre, pequeña e ignorante. Encarrerada, dijo que la reforma educativa de la 4T era una reformita con ineficiencias y deficienciasla misma gata, pero revolcadita.

Desde ese momento, la relación entre el secretario Moctezuma y la maestra se tensó más. Aunque Elba cuenta con el apoyo de personajes tan importantes en el obradorismo como Marcelo Ebrard (una de sus viejas debilidades) y Julio Scherer, su fuerza no le alcanzó para operar un regreso triunfal al sindicato. Decidió entonces quedarse con el partido para ella y su familia y dio el golpe de mano para deshacerse de Peña Nader y sus aliados.

La maestra comenzó a construir una relación cercana con el obradorismo antes de los comicios de 2018. Fue público el apoyo que brindó a la candidata de Morena la gubernatura del estado de México, Delfina Gómez, en 2017. Su operador Rafael Ochoa llamó a los docentes a votar por Delfina. Su nieto René Fujiwara se unió a la campaña de AMLO. El 10 de febrero de 2018, en un multitudinario acto en Zacatecas, López Obrador suscribió con los gordillistas el Acuerdo para la transformación de la educación en México. Figuras del entorno cercano de Elba Esther fueron incorporadas a las listas parlamentarias de Juntos Haremos Historia.

Concentrada en tomar los hilos de RSP y delicada de salud, Elba Esther perdió el control de MxM. Gordillo impulsó el proyecto junto a un grupo de viejos líderes sindicales afines a ella –como Tomás Vázquez, Rafael Ochoa, Moisés Jiménez, Ricardo Aguilar Gordillo, Enrique Menéndez y Dominga Escobar–, conocido como Los diez fantásticos.

Sin embargo, muchos de esos dirigentes se alejaron silenciosamente del proyecto de Elba, porque ella se volcó a construir un partido familiar. Rafael Ochoa gira en la órbita de Ricardo Monreal. Moisés Jiménez formó Podemos, partido estatal en Hidalgo. Aguilar Gordillo opera con varios diputados de Morena, y gravita alrededor de Mario Delgado. Incluso Tomás Vázquez, el dueño de la franquicia de MxM, se ha autonomizado de su comadre. Ninguno de ellos tiene, sin embargo, las relaciones por arriba que la maestra ha construido con la 4T.

Sin nexos con la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (que no quiere nada con Elba o con los suyos), con una influencia muy precaria dentro del SNTE y con el desgranamiento de MxM, el futuro sindical de la maestra parece poco promisorio. Le queda, en cambio, si no sucede algo en el camino, el registro de RSP para cubrir y promover políticamente a su familia.

Twitter: @lhan55

Fuente: https://www.jornada.com.mx/2020/10/27/opinion/021a2pol

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La capacitación docente, el gran reto de la educación en línea

Por:

El Coronavirus vino a demostrar que muchos maestros no estaban preparados para el aprendizaje en línea.

Los maestros también necesitan tiempo para aprender, no sólo enseñar. Esto es más evidente hoy en día en aquellos maestros que no dominan el mundo digital o tienen que buscar alternativas para llegar a los alumnos que no tienen computadoras en casa. En internet podemos encontrar material de capacitación gratuito de buena calidad, sin embargo, el docente debe aprender a seleccionar lo que mejor se adecue a sus necesidades.

Si bien algunos docentes han sido receptivos y positivos ante los cambios que ha traído la COVID-19, para muchos otros impartir clases en línea no ha sido fácil, especialmente para aquellos que tienen una conectividad limitada o no cuentan con las herramientas tecnológicas básicas para poder desempeñarse. Tratar de apegarse al nuevo plan de estudios en línea, y hacerlo de manera divertida para captar la atención de sus alumnos, resulta abrumador.

La capacitación docente

La pandemia ha revelado muchas deficiencias del sistema educativo y exacerbado las desigualdades. Según una encuesta realizada por la UNESCO, UNICEF y el Banco Mundial, sólo la mitad de los países encuestados dieron a sus docentes capacitación adicional sobre educación a distancia. Por otro lado, menos de una tercera parte ofrecieron apoyo psicológico para lidiar con la situación actual.

Aún así, es de admirar el esfuerzo de muchos países por formar a sus maestros. En Zambia, por ejemplo, los maestros son capacitados por medio de videos enviados por WhatsApp, conferencias telefónicas y apoyo en pares. En Camboya reciben entrenamiento por teléfono o por internet. En Ruanda, el desarrollo profesional continuo es por medio de videos pregrabados o en línea.

En otro estudio donde también participó la UNESCO, se muestra que el 81 % de los maestros de primaria y el 78 % de los docentes de secundaria a nivel mundial apenas cumplen con los requisitos para desempeñar sus funciones, demostrando que muchos no están preparados para abordar los problemas a los que se enfrentan. El caso de Latinoamérica es todavía más preocupante, ya que el 83 % de los maestros de primaria y 84 % de los maestros de secundaria no cuenta con las herramientas necesarias para enfrentar los retos que ha traído la pandemia.

Los errores cometidos en la transición de la educación presencial a en línea

Los estudios anteriores revelan que un gran porcentaje de maestros recibieron poca o nula capacitación durante los primeros meses de la pandemia, por ello, es común que muchos docentes simplemente hayan replicado en línea lo mismo que harían en una clase presencial, sin tomar en cuenta que la enseñanza en línea requiere un enfoque diferente. Entre más tradicional sea un docente mayor es la probabilidad de que ni siquiera haya tomado una clase en línea por lo que es normal tratar de aferrarse a lo que domina. No se trata de llevar la misma clase presencial al entorno virtual, se requiere incluir actividades asincrónicas y sincrónicas, repensar los tiempos de clase, las actividades a realizar y la evaluación. El maestro tiene que ser flexible y reconocer que la estructura controlada de una escuela no se puede replicar en línea.

Querer mantener la misma rutina presencial en los entornos online es ignorar una serie de preocupaciones de equidad en torno al acceso a la tecnología, además de que va en contra de las mejores prácticas basadas en la investigación para el aprendizaje en línea. Es imposible creer que los alumnos pueden estar frente a la computadora durante siete horas seguidas, especialmente asumiendo  que en casa hay un equipo para cada miembro de la familia y la banda ancha necesaria para soportar las diferentes actividades que se realizan hoy en día en línea.

La realidad es que la educación en línea es más que una pantalla con acceso a internet. Para que el docente tenga éxito enseñando en una modalidad en línea, debe saber cómo crear y ofrecer lecciones atractivas para este entorno y que los alumnos tengan las habilidades de alfabetización digital para acceder a ellas.  Es aquí donde se refleja la gran brecha de aprendizaje entre alumnos de nivel básico y los alumnos de educación superior.

Los más pequeños no tienen la habilidad de aprendizaje independiente, la capacidad de atención o la madurez socioemocional para aprender por largos periodos de tiempo en entornos de aprendizaje virtual, ni la habilidad de resolver problemas técnicos que se puedan presentar. Los estudiantes de secundaria, e incluso bachillerato, no están mejor ya que en muchos casos son ellos los que estén acompañando a los más pequeños ayudándolos en sus clases mientras sus padres trabajan.

La formación docente en Guatemala

La Universidad del Valle de Guatemala (UVG) realizó una investigación sobre la respuesta educativa en Guatemala y cómo se han adaptado los maestros a la pandemia. Este estudio encontró que sólo uno de cada cuatro docentes está preparado para la enseñanza en línea y que los más preparados eran aquellos que enseñan en el sector privado. Parte de esta brecha se debe a que en muchas escuelas privadas ya contaban con clases en plataformas virtuales o tienen libros digitales, lo que hizo menos complicada la transición.

Como solución a la falta de recursos en línea o conocimiento sobre las plataformas,uno de cada tres de los encuestados acudió a WhatsApp para hacer llegar el contenido a los estudiantes y hacer las guías escritas para después trasladarlas a sus alumnos. Diana Brow, presidenta de la Asociación de Colegios Privados en Guatemala, reconoció que la transición a la educación en línea no ha sido fácil ya que la mayoría de los educadores recibieron una formación tradicional que no contemplaba clases online.

La investigación también reveló que los maestros se están concentrando en enseñar matemáticas, lectura y comunicación, dejando de lado muchas otras áreas importantes. Esto se debe a que estas materias se ven como habilidades y competencias que servirán en un futuro para desarrollarse en otras áreas. Además, los estudiantes están aprendiendo menos contenido ya que no es lo mismo seguir un plan de estudios en clase que en la casa. Esto sin mencionar aquellos alumnos que no tienen los recursos ni habilidades tecnológicas necesarias para continuar aprendiendo desde casa.

El mayor reto es saber si la capacitación, el método de aprendizaje, la infraestructura tecnológica y la adaptación de los maestros y las instituciones fue suficiente en estos meses para garantizar que los graduados, de cualquier nivel, recibieron el conocimiento adecuado para pasar a la siguiente etapa estudiantil.

Con la llegada del COVID-19 queda claro que en el futuro se deben realizar cambios para la formación docente. Los maestros necesitan tener los conocimientos sobre las metodologías de enseñanza y el uso de las tecnologías para pasar de una enseñanza presencial a online. Por su parte, las nuevas generaciones son nativos digitales y están creciendo en la Cuarta Revolución Industrial por lo que su adaptación a la educación en línea se convierte en una habilidad necesaria. Es indispensable capacitar a los docentes constantemente para que dominen nuevas tecnologías y ayudar a sus alumnos a superar los retos que trae la era digital.

¿En tu institución llevaron a cabo programas de formación al entrar en cuarentena? ¿Consideras que la duración y materiales que recibiste fueron suficientes?

Para encontrar recursos educativos, buenas prácticas y lecturas útiles pensadas para apoyar y capacitar a los docentes, personal no académico y estudiantes, haz clic aquí.

Fuente e Imagen: https://observatorio.tec.mx/edu-news/capacitacion-docente-covid

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6.137 mujeres asesinadas en los últimos 15 años en Honduras

Por: Tercera Información

En Honduras hay un repunte preocupante de la violencia de género, una tragedia que se ha profundizado durante los meses de confinamiento por la pandemia y ante la ausencia crónica de políticas públicas.

El Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (OV-UNAH) calcula en 6.137 las mujeres que han perdido la vida de forma violenta y las víctimas de femicidios en los últimos 15 años (2005-2019), con un fuerte repunte a partir del golpe de 2009.

Más del 63 por ciento de los asesinatos (3.891) ocurrieron a partir de 2012, el 60 por ciento de los cuales fueron femicidios, en su mayoría cometidos a manos de la pareja o ex pareja.

Entre enero y agosto de 2020, el Observatorio de la Violencia registró 218 entre muertes violentas y femicidios, 138 de los cuales durante los meses de confinamiento por la pandemia.

Con el agregado del mes de septiembre las víctimas se elevan a 245, es decir una cada 26 horas. El 66,5 por ciento de los crímenes ocurridos este año fue ejecutado con arma de fuego.

El Centro de Derechos de Mujeres (CDM) lanzó un grito de alarma ante el aumento de los ataques contra mujeres en septiembre último. La organización feminista registró 30 femicidios, 17 casos de violaciones sexual, 9 de estas contra niñas menores de 15 años.

Durante el foro virtual “Situación de violencia contra las mujeres y su manejo en el contexto del Covid-19”, organizado por la plataforma Tribuna de Mujeres contra los Femicidios ‘Gladys Lanza”, se exigió al estado hondureño “acciones urgentes ante el impacto negativo que enfrentan las mujeres como resultado de la violencia domestica e intrafamiliar, agravada por la pandemia”.

Las organizaciones que integran la Tribuna de Mujeres expresaron profunda preocupación por “la imparable ola de violencia contra las mujeres que es reportada a la línea de emergencia 911”.

De acuerdo con datos del Movimiento de Mujeres por la Paz ‘Visitación Padilla’, de enero a septiembre de este año el Sistema Nacional de Emergencias recibió 76.520 llamadas de auxilio por violencia doméstica (43.590) e intrafamiliar (32.930), es decir unas 283 llamadas al día (en el último trimestre el promedió alcanzó las 301 llamadas diarias).

Estos datos evidencian un aumento del 8 por ciento con respecto al 2019. Lamentablemente, la respuesta estatal sigue siendo muy débil. En este mismo período, el Ministerio Público reportó solamente 2.454 denuncias y los juzgados emitieron 467 sentencias que desembocaron en tan sólo 247 detenciones.

Tribuna de Mujeres contra los Feminicidios

“¿Qué pasó con el resto de mujeres que sintieron que su vida estaba en riesgo y llamaron al 911? ¿Algunas serán parte de las 245 mujeres víctimas de femicidios en lo que va del año?”, pregunta la Tribuna de Mujeres contra los Femicidios.

Para las organizaciones que integran la plataforma “ser mujer en Honduras implica un alto riesgo, ya que la desprotección que enfrentamos inicia en la casa y trasciende al ámbito público”.

“En nuestra labor como defensoras de los derechos humanos de las mujeres ̶ advierten ̶ nos toca conocer en carne propia los traspiés que deben sortear las mujeres en su búsqueda de justicia”.

Ante la inercia estatal y el repunte de la violencia de género en tiempos de confinamiento por la pandemia, la Tribuna de Mujeres contra los Femicidios exigieron al gobierno central “políticas públicas con medidas concretas que permitan erradicar la violencia”.

También demandaron a los gobiernos locales “fortalecer los mecanismos de apoyo a las mujeres para que puedan romper el silencio y denunciar la violencia”, y al Ministerio Público “fortalecer las unidades de investigación de muerte violenta de mujeres y femicidio”.

Finalmente pidieron la creación de más juzgados de violencia y la capacitación del personal en violencia de género.

“No nos vamos a cansar de exigir una respuesta estatal que considere a las mujeres como ciudadanas con derechos, sobre todo a vivir una vida libre de violencia y no como meras votantes en los procesos electorales”, dijo Merly Eguigure, coordinadora del Movimiento ‘Visitación Padilla’.

Fuente: Rel UITA

Fuente e Imagen: https://www.tercerainformacion.es/articulo/internacional/27/10/2020/6-137-mujeres-asesinadas-en-los-ultimos-15-anos-en-honduras/

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Las bases cognitivas del lenguaje nacieron hace 40 millones de años

La identificación de reglas básicas similares al lenguaje, como por ejemplo el encadenamiento de determinados sonidos que se repite a modo de estructura, es común a los primates y se originó hace 40 millones de años, mucho antes de la evolución del lenguaje humano.

Un grupo de científicos del Departamento de Ciencias del Lenguaje Comparado de la Universidad de Zurich, en Suiza, ha logrado comprobar mediante un experimento que las bases cognitivas que dieron origen al lenguaje están presentes en los primates desde hace 40 millones de años. De acuerdo a un comunicado, estas estructuras primarias comenzaron a utilizarse mucho antes de la evolución del lenguaje humano tal como hoy lo conocemos.

El lenguaje es una de las herramientas vitales para el ser humano. Prácticamente puede decirse que su evolución ha sido la piedra fundamental para el desarrollo de la humanidad y su despliegue en el planeta: nos permite compartir cultura, experiencias, tecnologías, emociones… En definitiva, nos define como humanos.

Sin embargo, todo indica que las bases cognitivas del lenguaje son comunes a distintas especies de primates. En otras palabras, compartimos con los primates no humanos los primeros elementos que comenzaron a darle forma y a sustentar al lenguaje, a partir de estructuras sonoras que se reconocían y repetían.

Los investigadores suizos descubrieron que los monos y grandes simios son capaces de identificar reglas en construcciones complejas similares al lenguaje, al igual que lo hacen los seres humanos. Según el estudio, publicado en Science Advances, esa base cognitiva que permite el desarrollo del lenguaje se habría desarrollo varios millones de años antes del surgimiento del lenguaje humano propiamente dicho.

Una gramática artificial en base a sonidos

Un punto a destacar de este estudio es que los experimentos realizados con monos titíes, chimpancés y humanos se concretaron a partir de la creación de una especie de “gramática artificial”. En la misma, los científicos utilizaron formas sonoras que se van repitiendo y generan estructuras reconocibles, como sucede en el lenguaje con los elementos que conforman una frase y que nos hacen suponer, por ejemplo, que luego de un sustantivo vendrá un verbo, más allá de cualquier elemento ubicado entre ellos.

Precisamente estas estructuras sonoras son las que conformaron las bases cognitivas del lenguaje, por eso los científicos buscaron verificar su presencia en todas las especies de primates estudiadas. Es así que en el marco del experimento se comprobó que los chimpancés, por ejemplo, aprendieron que ciertos sonidos siempre iban seguidos de otros sonidos específicos, aunque en ocasiones estuvieran separados por otras señales acústicas.

De esta manera, se observó la presencia de uno de los elementos cognitivos más importantes para el procesamiento del lenguaje, denominado técnicamente “dependencias no adyacentes”: la capacidad de comprender la relación entre las palabras de una frase, aunque las mismas estén separadas por otros elementos.

Una habilidad extendida entre los primates

En el marco del experimento, los monos reaccionaban con extrañas y largas miradas hacia los parlantes cuando los investigadores reproducían sonidos no esperados en las estructuras. Dicho indicio de sorpresa en los animales al notar un «error gramatical» es una evidencia concreta de su comprensión de la lógica que da origen al lenguaje.

Según el profesor Simon W. Townsend, líder del grupo de investigadores, “los resultados muestran que las tres especies (titíes, chimpancés y humanos) comparten la capacidad de procesar dependencias no adyacentes. Por lo tanto, es probable que esta habilidad esté muy extendida entre los primates”, indicó.

Las conclusiones de la investigación sugieren que este elemento crucial del lenguaje se originó hace unos 40 millones de años, cuando los monos titíes se separaron de los antepasados de la humanidad. En consecuencia, esta habilidad cognitiva primordial se desarrolló muchos millones de años antes de la evolución definitiva del lenguaje humano.

Referencia

Non-adjacent dependency processing in monkeys, apes and humans. Stuart K. Watson, Judith M. Burkart, Steven J. Schapiro, Susan P. Lambeth, Jutta L. Mueller and Simon W. Townsend. Science Advances (2020).DOI:https://doi.org/10.1126/sciadv.abb0725

Foto: National Center for Chimpanzee Care in Bastrop, Texas.

Vídeo y podcast: editados por Pablo Javier Piacente en base a elementos y fuentes libres de derechos de autor.

Fuente: https://tendencias21.levante-emv.com/las-bases-cognitivas-del-lenguaje-nacieron-hace-40-millones-de-anos.html

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Primer manifiesto mundial contra las pseudociencias médicas

(Este manifiesto ha sido firmado por 2.750 personas de distintos campos científicos de 44 Estados).

Seamos claros: las pseudociencias matan. Y no solo eso, sino que son practicadas con impunidad gracias a leyes europeas que las protegen.

Matan a miles de personas, con nombres y apellidos. Como Francesco Bonifaz, de 7 años, a quien su médico le dio homeopatía en lugar de antibióticos. Murió en Italia [1]. Como Mario Rodríguez, de 21 años, que fue tratado con vitaminas para su cáncer. Murió en España [2]. Como Jacqueline Alderslade, de 55 años, cuyo homeópata le dijo que dejara su medicación para el asma. Murió en Irlanda [3]. Como Cameron Ayres, de 6 meses, cuyos padres no quisieron darle “medicina científica”. Murió en Inglaterra [4]. Como Victoria Waymouth, de 57 años, a ella le recetaron un medicamento homeopático para tratar sus problemas cardíacos. Murió en Francia [5]. Como Sofía Balyaykina, de 25 años, que tenía un cáncer curable con quimioterapia, pero le recomendaron un “tratamiento alternativo” de picaduras de mosquitos. Murió en Rusia [6]. Como Erling Møllehave, de 71 años, en su caso un acupuntor le atravesó su pecho con una aguja y dañó su pulmón. Murió en Dinamarca [7]. Como Michaela Jakubczyk-Eckert, de 40 años, cuyo terapéuta le recomendó la Nueva Medicina Germánica para tratar su cáncer de pecho. Murió en Alemania [8]. Como Sylvia Millecam, de 45 años, su sanadora de la Nueva Era le prometió curar su cáncer. Murió en los Países Bajos [9].

La directiva europea 2001/83/CE ha permitido —y aún permite— que cientos de miles de ciudadanos europeos sean engañados a diario [10]. Se les ha ofrecido a importantes lobbies la posibilidad de redefinir qué es un medicamento, y ahora venden azúcar a personas enfermas y les hacen creer que puede curarles o mejorar su salud. Esto ha ocasionado muertes, y lo seguirá haciendo, hasta que Europa admita una realidad indiscutible: el conocimiento científico no puede doblegarse ante los intereses económicos de unos cuantos, máxime si eso implica engañar a pacientes y vulnerar sus derechos.

Europa se enfrenta a otros problemas de salud pública muy serios. La medicalización excesiva de la población, la generación de bacterias multirresistentes o los problemas de financiación de los sistemas públicos de sanidad ya son demasiado graves como para añadir, además, la presencia de gurús, falsos médicos o incluso médicos titulados que dicen poder curar el cáncer (o cualquier otra enfermedad) manipulando chakras, comiendo azúcar o aplicando “frecuencias cuánticas”. Europa no solo debe detener el fomento de la homeopatía, sino que debe luchar de forma activa por erradicar las estafas de salud pública que implican las más de 150 pseudoterapias presentes en nuestro territorio. La vida de miles de ciudadanos depende de ello. De hecho, según estudios recientes [11], el 25.9% de los europeos han utilizado pseudoterapias en el último año, es decir, 192 millones de pacientes engañados.

Existe la creencia de que hay un conflicto entre la libertad de elección de un tratamiento médico y la eliminación de pseudoterapias, pero no es cierto. Según el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a la asistencia médica. Mentir a los enfermos para venderles productos inservibles que pueden matarlos incumple el derecho de los ciudadanos a recibir información veraz sobre su salud. Así que, aunque un ciudadano tiene derecho a renunciar a un tratamiento médico estando correctamente informado, también es cierto que nadie tiene derecho a mentirle para obtener lucro económico a costa de su vida. Solo en un mundo donde consideráramos que mentir a un enfermo para obtener su dinero fuera ético, podríamos permitir que se siguiera vendiendo homeopatía —o cualquier otra pseudoterapia— a los ciudadanos.

El peligro de las pseudociencias no solo está en la sustitución de tratamientos efectivos por otros engañosos. Además, existe un obvio retraso en la atención terapéutica en todos aquellos enfermos que, ante los primeros signos de una enfermedad, reciben productos falsos en lugar de medicamentos. Muchas veces, cuando llegan a la medicina, ya es demasiado tarde. También, varias de estas prácticas tienen efectos graves por sí mismas y pueden producir daños, e incluso la muerte, debido a sus efectos secundarios.

Muchos pseudoterapeutas argumentan que las prácticas de “la otra medicina” también tienen efectos secundarios, y es verdad. Pero la diferencia es que las pseudoterapias no pueden curar o mejorar una enfermedad, asumiendo el paciente un riesgo a cambio de promesas que, con todo el peso de la evidencia científica, son un engaño. Mentir a un enfermo no es otro tipo de medicina, es mentir a un enfermo.

Cada país tiene que enfrentarse al problema de las pseudoterapias a su modo. Sin embargo, no es admisible que las leyes europeas amparen la tergiversación de la realidad científica para que miles de ciudadanos sean engañados, e incluso mueran.

Así pues, los firmantes de este manifiesto declaran que:

  1. El conocimiento científico es incompatible con los postulados de las pseudoterapias, como el caso de la homeopatía.
  2. Las leyes europeas que protegen y amparan la homeopatía son inadmisibles en una sociedad científico-tecnológica que respeta el derecho de los pacientes a no ser engañados.
  3. La homeopatía es la pseudoterapia más conocida, pero no es la única, ni tampoco la más peligrosa. Otras como la acupuntura, el reiki, la Nueva Medicina Germánica, el biomagnetismo, la iridología, la terapia ortomolecular y un largo etcétera, están ganando terreno y causando víctimas.
  4. Hay que tomar medidas para frenar las pseudoterapias porque no son inocuas y producen miles de afectados.
  5. Europa debe trabajar en la dirección de crear leyes que ayuden a detener este problema.

No es coherente que desde Europa se eleve la preocupación por el fenómeno de la desinformación y a la vez se ampare uno de sus tipos más peligrosos: la desinformación en temas de salud. Por todo ello, las personas que firman este manifiesto animan a los gobiernos de los países a los que pertenecen a poner fin a un problema que utiliza falsamente el nombre de la ciencia y que ya le ha costado la vida a demasiada gente.

 

Notas:

  1. Homeopathy boy died of encephalitis. Redazione ANSA, 2017 http://www.ansa.it/english/news/general_news/2017/05/29/homeopathyboydiedofencephalitis3_13e024934e624787916212d831121ef6.html

  2. Grieving dad sues over ‘cure cancer with vitamins’ therapy, The local. Emma Anderson, 2016. https://www.thelocal.es/20160412/grievingfathersuesnaturopathoversoncurecancervitaminsleukaemia

  3. Asthmatic ‘told to give up drugs’. The Irish News, 2001.

https://www.independent.ie/irishnews/asthmatictoldtogiveupdrugs26063764.html

  1. Homeopaths warn of further tragèdies. BBC News, 2000. http://news.bbc.co.uk/2/hi/health/702699.stm

  2. Alternative cure doctor suspended. BBC News, 2007 http://news.bbc.co.uk/2/hi/uk_news/england/london/6255356.stm

  3. Футболист рассказал трагичную историю женыОна умерла от рака в 25 летSport24, 2018.

https://sport24.ru/news/football/20180828futbolistrasskazaltragichnuyuistoriyuzhenyonaumerlaotrakav25let

  1. Mand døde efter akupunktur – enke vil nu lægge sag an mod behandleren, TV2, 2018. http://nyheder.tv2.dk/samfund/20180123manddoedeefterakupunkturenkevilnulaeggesaganmodbehandleren

  2. The price of refusing science-based medical and surgical therapy in breast càncer, Science Blogs, 2012.

https://scienceblogs.com/insolence/2012/08/30/thepriceofrefusingsciencebasedmedicalandsurgicaltherapyinbreastcancer

  1. Psychic ‘misled actress to hopeless cancer death’. Expatica. 2004.

http://web.archive.org/web/20070208144309/http://www.expatica.com/actual/article.asp?subchannel_id=19&story _id=4821

  1. Directive 2001/83/EC of the European Parliament and of the Council of 6 November 2001. https://ec.europa.eu/health/sites/health/files/files/eudralex/vol1/dir_2001_83_consol_2012/dir_2001_83_cons_2012_en.pdf

  2. Use of complementary and alternative medicine in Europe: Health-related and sociodemographic determinants. Scandinavian Journal of Public Health. Laura M. Kemppainen et al. 2018.

https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5989251/

Fuente:  https://www.sinpermiso.info/textos/primer-manifiesto-mundial-contra-las-pseudociencias-medicas

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El Banco Mundial, el FMI y los derechos humanos

La cuestión de los «derechos humanos» nunca formó parte de las prioridades del Banco Mundial. Invariablemente, en las condicionalidades fijadas por el Banco, un derecho era prioritario: el derecho individual de la propiedad privada, que en la práctica favorece a los grandes propietarios, ya sean personas adineradas o bien sociedades nacionales y transnacionales. En las condicionalidades impuestas por el Banco no se encuentra ninguna referencia a los derechos colectivos de los pueblos y de las personas.

Índice:

– El ajuste estructural no respeta los derechos humanos.

– Estados, instituciones financieras internacionales e intereses privados

– Esta pretensión de irresponsabilidad es inaceptable en el derecho internacional

– La Declaración Universal de los Derechos Humanos

– La Declaración del Derecho al Desarrollo

– La Carta de las Naciones Unidas y las instituciones especializadas

– El Banco Mundial, institución especializada de las Naciones Unidas

– Conclusión

Si el Banco Mundial tiene que tomar en consideración los derechos humanos, nunca lo hace con el sentido progresista de los grandes textos de las Naciones Unidas. Las ideologías tienen su lectura particular del derecho. Jean-Philippe Peemans recuerda con razón: «De todas maneras, con la óptica occidental hoy predominante, los derechos humanos se conciben ante todo con relación a la libertad de acción individual, como la no interferencia en el mundo privado de los asuntos económicos, el derecho a disponer libremente de la propiedad, y sobre todo la abstención del Estado de todo acto que viole la libertad individual de invertir el tiempo, el capital y los recursos en la producción y el intercambio… Para los neoliberales, las reivindicaciones sociales y culturales pueden ser aspiraciones legítimas, pero jamás derechos… la visión neoliberal rechaza todo enfoque colectivo del derecho. El individuo es el único sujeto que puede reclamar derechos, y así mismo los únicos violadores del derecho no pueden ser más que individuos que deben asumir la plena responsabilidad. No se puede atribuir violaciones del derecho ni a las organizaciones ni a las estructuras» [1].

El Banco Mundial, así como el FMI, se basa en este postulado para liberarse de toda responsabilidad en cuanto al respeto de los derechos sociales económicos y culturales. Pero estos derechos son indisociables de los derechos sociales y políticos y es imposible respetar los individuales si los colectivos no se tienen en cuenta. En tanto que instituciones multilaterales, el Banco Mundial y el FMI están obligados a aplicar los tratados internacionales y los derechos individuales y colectivos que éstos aseguran. La exigencia de transparencia y de buena gobernanza vale para todo el mundo. Las IFI exigen su aplicación a los gobiernos de los países endeudados mientras ellas mismas se permiten ignorarlas. La exigencia de evaluar y dar cuenta de las actividades realizadas no debe limitarse a los Estados, sino que ha de extenderse también al sector privado y, en particular, a las organizaciones internacionales, puesto que sus acciones, sus políticas y sus programas tienen un impacto muy importante sobre la efectividad de los derechos humanos [2]. Los planes de ajuste estructural tienen unas consecuencias tan nefastas en términos de degradación de los derechos económicos, sociales y culturales (en especial sobre los más vulnerables), y también ambientales, que se debe exigir a estos organismos responsabilidad de sus actos.

El ajuste estructural no respeta los derechos humanos

A pesar de los textos internacionales que constituyen el marco jurídico de protección de los derechos humanos, el FMI y el Banco Mundial «funcionan según la lógica de las sociedades financieras privadas y del capitalismo mundial, sin demasiada consideración de los resultados sociales y políticos de sus actos» [3].

El informe común presentado a la Comisión de Derechos del Hombre de la ONU, por el relator especial y el experto independiente, afirma: «Durante cerca de 20 años, las instituciones financieras internacionales y los gobiernos de los países acreedores han jugado a un juego ambiguo y destructivo consistente en telecomandar las economías del Tercer Mundo y a imponer a unos países impotentes políticas económicas impopulares, pretendiendo que la píldora amarga del ajuste macroeconómico les permitiría encontrar el camino de la prosperidad y el desendeudamiento. Después de dos décadas, en numerosos países, la situación es peor que cuando comenzaron a aplicar los programas de ajuste estructural del FMI y el Banco Mundial. Estos programas de austeridad rigurosa han tenido un coste social y ecológico considerable y en muchos casos el índice de desarrollo humano ha caído drásticamente». O [4].

Recuerda rotundamente que «el ejercicio de los derechos fundamentales de la población de los países deudores a la alimentación, a la vivienda, a la vestimenta, al empleo, a la educación, a los servicios sanitarios y a un ambiente sano no puede estar supeditado a la aplicación de políticas de ajuste estructural y de reformas económicas vinculadas a la deuda...». [5]

Pues bien, las políticas impuestas por las IFI subordinan la obligación del respeto de los derechos humanos, incluida la legitimidad de los gobiernos, a la aplicación dogmática de sus programas [6]. En realidad, los programas de ajuste estructural van más allá «de la mera imposición de un conjunto de medidas macroeconómicas en el nivel interno. [Son] la expresión de un proyecto político, de una estrategia deliberada de transformación social a escala mundial, cuyo objetivo principal es hacer del planeta un campo de acción donde las sociedades transnacionales puedan operar con total seguridad. En resumen, los programas de ajuste estructural (PAE) desempeñan un papel de “correa de transmisión” para facilitar el proceso que pasa por la liberalización, la desreglamentación y la reducción del papel del Estado en el desarrollo nacional» [7].

La Comisión de Derechos Humanos de la ONU ha señalado así mismo que las políticas de ajuste estructural tienen graves repercusiones sobre la capacidad de los PED para aplicar políticas nacionales de desarrollo cuyo objetivo principal es el respeto de los derechos humanos, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales, mediante la mejora de las condiciones de vida de la población local [8].

Según el informe de Bernard Muhdo, experto independiente, las políticas de ajuste estructural, fruto de una estrategia conscientemente elaborada y aplicada por los responsables del FMI y del Banco Mundial, han tenido unas consecuencias extremadamente negativas sobre los derechos económicos, sociales y culturales, en particular [9] en lo concerniente a la salud, la educación, el acceso al agua potable, la seguridad alimentaria, etc. [10] El mismo experto observa que las políticas inducidas por las IFI han sido rechazadas por los ciudadanos mediante movimientos de protesta, violentamente reprimidos por los gobiernos y los poderes públicos a fin de garantizar que los planes impuestos por dichas instituciones se lleven a cabo (privatización de la electricidad, del transporte público, de los hospitales; liberalización del precio de los medicamentos, del pan y de otros bienes de primera necesidad; protección de los intereses de las transnacionales en materia de inversiones y apropiación de los recursos naturales comunes, etc.). En consecuencia, existe una relación estrecha entre la violación masiva de los derechos económicos, sociales y culturales y la violación masiva de los derechos civiles y políticos.

Frente a este tipo de violación de las obligaciones internacionales por parte de los poderes públicos de un Estado en cuestión, el FMI y el Banco Mundial tendrían que haber recordado a los gobernantes sus compromisos internacionales en materia de protección de los derechos civiles y políticos y de los derechos humanos en general. En lugar de cortar o suspender los programas, estas instituciones prosiguieron e intensificaron su aplicación. La indiferencia e incluso el cinismo quedan expresados sin disimulo en esta frase pronunciada durante la reunión del experto independiente con los responsables del FMI: «… para el FMI, bloquear un programa a causa de la violación de los derechos humanos no es atinado» [11]. A priori, es un hecho extremadamente grave: estas instituciones actúan como si no les concerniera ninguna obligación internacional, salvo aquellas relacionadas con los acuerdos comerciales o los acuerdos sobre inversiones. Por supuesto, persiguen en esto un fin bien preciso. En 1999, el experto independiente designado por la Comisión de Derechos Humanos identificó, con precisión, el proceso de mundialización y el papel de las instituciones financieras como parte integrante de la «contrarrevolución neoliberal» [12].

Según el derecho internacional, tanto convencional como consuetudinario [13], existen principios y normas jurídicas básicos o fundamentales relacionados con la protección internacional de los derechos humanos, cuyo alcance se extiende a todos los sujetos de derecho internacional.

Estados, instituciones financieras internacionales e intereses privados

El Banco Mundial así como el FMI no son abstracciones, en su seno las decisiones son tomadas por hombres, y también algunas mujeres, que actúan en nombre de los Estados o grupos de Estados. Pues bien, los propios Estados están indiscutiblemente vinculados por los documentos de las Naciones Unidas. Los Estados miembros del Banco Mundial y del FMI están por consiguiente, lo mismo que los otros, en la obligación de tener en cuenta el respeto obligatorio de los derechos humanos en las decisiones que toman en el seno de estas instituciones.

Pero incluso hay que ir más lejos. En el proceso de mundialización, a consecuencia de la acción de las transnacionales, del G7 y de las instituciones financieras internacionales [14], los poderes públicos nacionales y locales han sido despojados deliberadamente de sus poderes en cuestiones económicas y sociales. Los Estados intervienen cada vez más para asegurar la satisfacción de los intereses privados en vez de asegurar el pleno goce de los derechos humanos. Para el Banco Mundial, todo el problema del subdesarrollo y de la pobreza se reduce prácticamente al hecho de que los poderes públicos intervienen demasiado en lo social y en la economía, trabando a menudo la acción y la actividad del sector privado. Así, el presidente del Banco Mundial confirma en un documento titulado «Desarrollo del sector privado» que «un crecimiento producido por el sector privado es esencial para un desarrollo duradero y la reducción de la pobreza» [15].

Las instituciones financieras internacionales culpan a los Estados mientras que en el informe sometido a la Asamblea General de la ONU, el secretario general de las Naciones Unidas afirma: «Actualmente se tiende por lo general a pedir a los gobiernos que asuman demasiadas responsabilidades, olvidando que la antigua concepción del papel del Estado en el desarrollo ha pasado de moda… En tanto que no se dice nada de las responsabilidades internacionales o del papel de la economía mundial y de sus mecanismos e instrumentos, o incluso de su contribución al actual sistema político y al régimen de gobierno del mundo moderno -responsabilidades que incumben a estos sistemas- se imputa a los gobiernos males, dificultades y problemas que esencialmente tienen origen en el escenario internacional. Este tipo de enfoque no es ni objetivo ni justo, en particular con respecto a los países en desarrollo que casi no pueden decir una palabra en las decisiones fundamentales tomadas a escala internacional y que, sin embargo, son acusados de entorpecer el desarrollo, mientras que las causas profundas de la desigualdad en el plano internacional son ignoradas...» [16] (subrayado por el autor).

Es, por lo tanto, un error de fondo considerar que los Estados son los únicos responsables de la violación de los derechos humanos en el curso de la aplicación de las reglas comerciales multilaterales o a consecuencia de la aplicación de medidas impuestas por el FMI y el Banco Mundial [17]. Esta tesis está muy extendida en el seno de estas instituciones: los responsables de las violaciones de los derechos humanos serían, en efecto, los Estados miembros, considerados individualmente, pues son ellos los que deciden en última instancia las políticas que el Fondo y el Banco han de aplicar.

Esta pretensión de irresponsabilización es inaceptable en el derecho internacional

Tanto el FMI y el Banco Mundial como la OMC son ante todo organizaciones internacionales [18] en el sentido estricto del término. Como tales, poseen personalidad jurídica internacional [19], tienen sus propios órganos. [20], están dotadas de competencias para el tratado o acuerdo básico (competencias de atribución) [21]. Y, sobre todo, en tanto que organizaciones internacionales, tienen derechos y obligaciones. Por regla general, es evidente que ninguna organización internacional que pretenda actuar como sujeto de derecho internacional, ninguna de estas organizaciones que quiera ejercer sus competencias y que pretenda tener personalidad jurídica internacional puede argumentar con seriedad que está exenta del respeto de las obligaciones internacionales, especialmente las reglas de protección de los derechos humanos [22]. En tanto que sujeto de derecho internacional, toda organización internacional está sometida a este derecho, incluida la sumisión a las reglas de protección de los derechos humanos [23].

La Declaración Universal de los Derechos Humanos

Incluida en el corpus del derecho consuetudinario, la Declaración Universal de los Derechos Humanos es, como su nombre indica, universal: por lo tanto vincula a los Estados y otros sujetos de derecho internacional en sus acciones específicas y en sus responsabilidades. Ningún organismo internacional puede ampararse en su reglamentación interna para considerarse desvinculado del respeto de los acuerdos internacionales ratificados por sus miembros [24].

Las instituciones internacionales tienen entonces la obligación de crear las condiciones para el pleno goce de todos los derechos humanos, el respeto, la protección y la promoción de estos derechos. Los programas de ajuste estructural, como he señalado antes, se diferencian netamente de esto. Rebautizados ahora como «estrategias de lucha contra la pobreza», confían que el simple crecimiento económico aportará por sí solo el desarrollo, lo que es desmentido, entre otras cosas, por los informes anuales del Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD). Dicho crecimiento económico, tal como lo proponen las instituciones financieras internacionales, beneficia sobre todo a los sectores más privilegiados de la sociedad y aumenta cada vez más la dependencia de los países del Tercer Mundo [25]. Más aún, el crecimiento económico realmente existente es, en esencia, incompatible con la preservación del ambiente.

La Declaración del Derecho al Desarrollo

Esta visión del desarrollo, defendida encarnizadamente por el Banco Mundial a pesar de sus fracasos patentes, no es compatible con un texto tan acabado y eminentemente social como la Declaración del Derecho al Desarrollo de las Naciones Unidas, adoptado en 1986 [26]: «Artículo 1.1. El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable…

Artículo 2. El derecho humano al desarrollo implica también la plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, que incluye […] el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales

Artículo 3.2. La realización del derecho al desarrollo exige el pleno respeto de los principios de derecho internacional […]

Artículo 8.1. Los Estados deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo […]. Deben hacerse reformas económicas y sociales adecuadas con objeto de erradicar todas las injusticias sociales

En marzo de 1981, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas propuso al Consejo Económico y Social el establecimiento del primer grupo de trabajo sobre el derecho al desarrollo. Este grupo se reunió una docena de veces en el curso de los años 80 [27] y llegó a la adopción de la Resolución 41/128 de la Asamblea General de la ONU, el 4 de diciembre de 1986, conocida con el nombre de Declaración del Derecho al Desarrollo. Sólo votó en contra Estados Unidos, «alegando en su explicación del voto el carácter confuso e impreciso de la declaración, el vínculo que establece entre desarrollo y desarme y la idea de que el desarrollo exige la transferencia de recursos del Norte desarrollado hacia el Sur subdesarrollado, y ocho se abstuvieron (Dinamarca, Finlandia, la RFA, Islandia, Israel, Japón, Suecia y el Reino Unido, quienes insistían en la prioridad de los derechos individuales sobre los derechos de los pueblos y en el rechazo a considerar que la ayuda al desarrollo constituya una obligación de derecho internacional)» [28].

La Carta de las Naciones Unidas y las instituciones especializadas

Aunque la Declaración del Derecho al Desarrollo sea una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, carece del carácter vinculante que tiene un tratado internacional para los Estados que lo han ratificado. Pero otros textos pueden desempeñar esta función: la Carta de las Naciones Unidas (Preámbulo, párrafo 3 del artículo 1 y los artículos 55 y 56) es no sólo el documento constituyente de las Naciones Unidas sino también un tratado internacional, que codifica los principios fundamentales de las relaciones internacionales. Dos Pactos Internacionales, uno sobre los Derechos Civiles y Políticos y otro sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales son también textos normativos estrechamente relacionados con el derecho al desarrollo, pues en ellos figuran también una gran parte de los derechos humanos que forman parte del contenido del derecho al desarrollo [29].

Los textos principales de las Naciones Unidas conciernen tanto los derechos individuales como los derechos colectivos, el derecho al desarrollo y el derecho a la soberanía política y económica de los Estados. Pero en realidad, tanto el Banco Mundial como el FMI, la OMC y las sociedades transnacionales no aceptaron jamás estar sometidos a ellos.

Estas instituciones han podido gozar de una terrorífica impunidad hasta ahora porque, a pesar de algunos avances interesantes, el derecho actual está lejos de ser perfecto. Por supuesto, existe una serie de instrumentos y de jurisdicciones en materia de crímenes contra los derechos humanos individuales y de crímenes contra la humanidad, pero otros crímenes que causan un gran número de víctimas a lo ancho del mundo -crímenes económicos- no son objeto de ninguna jurisdicción internacional, de ninguna convención, de ninguna definición internacional, hasta ahora.

El Banco Mundial, institución especializada de las Naciones Unidas

Por lo demás, el Banco Mundial corresponde a la definición de una de las «instituciones especializadas creadas por acuerdos intergubernamentales y dotadas, en los términos de sus estatutos, de atribuciones internacionales extendidas en los ámbitos económico, social, de la cultura intelectual y de la educación, de la salud pública y otros ámbitos conexos». Así definido, está relacionado con el sistema de las Naciones Unidas por medio del Consejo Económico y Social (conocido con la sigla en inglés ECOSOC, que actúa bajo la autoridad de la Asamblea General), según el artículo 57, párrafo 1 de la Carta de las Naciones Unidas. El sistema onusiano se basa en la cooperación internacional, en especial en la cooperación económica y social internacional. Según el artículo 55, a fin de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para asegurar entre las naciones relaciones pacíficas y amistosas basadas en el respeto del principio de la igualdad de los derechos de los pueblos y de su derecho a disponer de sí mismos, las Naciones Unidas promoverán:
«a. niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social;
b. la solución de problemas internacionales de carácter económico, social y sanitario, y de otros problemas conexos; y la cooperación internacional en el orden cultural y educativo; y
c. el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades».

Todo el sistema de las Naciones Unidas se rige por los principios siguientes:
«1. La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
2. Los Miembros de la Organización, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta Carta».

En consecuencia, desde un punto de vista histórico y contrariamente a sus proclamas, el FMI y el Banco Mundial son instituciones especializadas de las Naciones Unidas. En tanto que instituciones especializadas, están vinculadas por la Carta de las Naciones Unidas. Es inevitable, por lo tanto, plantearse la siguiente pregunta: ¿Están obligados el Banco Mundial y el FMI a respetar las obligaciones enunciadas en la Carta de las Naciones Unidas, incluida la obligación de respetar los derechos humanos?

El Tribunal Internacional de Justicia lo recordaba en el caso Barcelone Traction y en el de Timor Oriental [30]. Los estatutos del Banco Mundial están totalmente impregnados de las obligaciones que se desprenden del derecho consuetudinario, en particular las obligaciones erga omnes y las reglas jus cogens. Estas obligaciones, también llamadas derecho imperativo, significan que las reglas de derecho internacional, cualquiera que sea su naturaleza, siempre son jurídicamente obligatorias y su violación acarrea consecuencias jurídicas particulares en relación con las obligaciones y los derechos que derivan de éstas. Es el caso, por ejemplo, del principio de igualdad soberana de los Estados, de la prohibición del empleo de la fuerza, de la prohibición de la tortura, de la prohibición de la desaparición forzosa de personas, presentando todas un carácter imperativo.

Las reglas jus congens son parte integrante del orden público internacional del cual ningún sujeto puede sustraerse, tanto si ha ratificado los tratados o convenciones internacionales como si no lo ha hecho. Las obligaciones erga omnes, muy cercanas del jus cogens, establecen, como ha destacado el Tribunal Internacional de Justicia, la obligación jurídica (mejor dicho, la obligación de prevención y de represión) que tienen todos los sujetos de derecho internacional, vista la importancia de los derechos en juego, de proteger estos derechos, en particular la obligación de respetar y hacer respetar en todo momento y en cualquier circunstancia los derechos humanos.

Aunque sea cierto que el Banco Mundial y el FMI son independientes de la ONU en su funcionamiento, les corresponde, de todos modos, respetar los derechos humanos y el derecho consuetudinario en general. Las IFI deben integrar esta obligación en la elaboración y la aplicación de sus políticas: ningún sujeto de derecho internacional puede sustraerse a esta obligación invocando la falta de un mandato explícito o el argumento de la «no politización», y menos aún una interpretación restrictiva de los derechos económicos, sociales y culturales, como si fueran elementos menos vinculantes que los derechos civiles y políticos. Este último aspecto ha sido claramente señalado por Eric David, quien afirma que en lo concerniente al derecho aplicable a las IFI, «los derechos más específicamente concernidos por una situación de degradación económica y social son los derechos económicos, sociales y culturales. Una situación como ésta amenaza, en efecto, el goce de estos derechos por unas categorías más o menos amplias de la población. Por lo demás, no es exagerado decir que las situaciones de extrema pobreza conducen a la violación de casi todos los derechos económicos, sociales y culturales…» [31]. Dicho autor continúa: «... si los derechos afectados por los PAE son a priori los derechos económicos y sociales, puede ocurrir que, para colmo, la violación de estos derechos ocasione también una violación de los derechos civiles y políticos de las personas afectadas» [32].

Conclusión

Tanto el Banco como el FMI no pueden invocar su «derecho constitucional» para eludir la obligación de proteger los derechos humanos con el pretexto de que sus decisiones deben ser guiadas exclusivamente por consideraciones de orden económico. Es importante señalar que las políticas seguidas por las instituciones de Bretton Woods, cuyas actividades son de un vasto alcance, tienen repercusiones directas sobre la vida y los derechos fundamentales de todos los pueblos [33].

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Eric Toussaint, presidente del CADTM (Comité para la Abolicion de la Deuda del Tercer Mundo) Bélgica, autor de La Bolsa o la vida. Las finanzas contra los pueblos. CLACSO, Buenos Aires, 2004. Coautor con Damien Millet de 50 Preguntas /50 Respuestas sobre la deuda, el FMI y el Banco Mundial. Icaria- Intermon/Oxfam, Barcelona 2004; coautor con Damien Millet de Los Tsunamis de la deuda, Icaria- Intermon/Oxfam, Barcelona 2006; coautor con Arnaud Zacharie de Salir de la Crisis. Deuda y Ajuste. CADTM – Paz con dignidad, Madrid, 2002.

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El autor quiere agradecer a Hugo Ruiz Díaz Balbuena, cuyos trabajos constituyen una de las principales fuentes de inspiración para la redacción de este capítulo. Se trata, en particular, del estudio inédito «Les politiques menées par les IFI et leur responsabilité pour les violations massives des droits humains suite a l’imposition des programmes d’ajustement structurel», 3 de octubre de 2004, 15 p.

Traducido por Raúl Quiroz

  1. El ABC del Banco Mundial
  2. El ABC del Fondo Monetario Internacional (FMI)
  3. Acerca de la fundación de las instituciones de Bretton Woods
  4. En un clima de caza de brujas, el Banco Mundial siempre está al servicio de los poderosos
  5. Conflictos entre la ONU y el dúo Banco Mundial/FMI
  6. SUNFED versus Banco Mundial
  7. ¿Por qué un Plan Marshall?
  8. ¿Por qué la anulación de la deuda alemana en 1953 no puede aplicarse actualmente para Grecia y los países en desarrollo?
  9. El liderazgo de Estados Unidos en el Banco Mundial
  10. El apoyo del Banco Mundial y del FMI a las dictaduras
  11. El Banco Mundial y Filipinas
  12. El apoyo del Banco Mundial a la dictadura en Turquía (1980-1983)
  13. El Banco y el FMI en Indonesia: una intervención emblemática
  14. Las falacias teóricas del Banco Mundial
  15. Corea del Sur y el milagro desenmascarado
  16. La trampa del endeudamiento
  17. El Banco Mundial vio venir la crisis
  18. La crisis de la deuda mexicana y el Banco Mundial
  19. Banco Mundial y FMI: al servicio de los acreedores
  20. Los presidentes Barber Conable y Lewis Preston (1986-1995)
  21. La operación de seducción de James Wolfensohn (1995-2005)
  22. La Comisión Meltzer sobre las IFI en el Congreso de Estados Unidos en el año 2000
  23. La cuentas del Banco Mundial
  24. De Paul Wolfowitz (2005-2007) a David Malpass (2019-…): Los hombres del presidente de Estados Unidos siguen estando a la cabeza del Banco Mundial
  25. El FMI y el Banco Mundial en la época del coronavirus: La búsqueda fallida de una nueva imagen
  26. Banco Mundial y FMI:76 años ¡Ya es suficiente! ¡ Abolición !
  27. El Banco Mundial, el FMI y los derechos humanos

Notas

[1] Jean-Philippe Peemans, Le développement des peuples face à la modernisation du monde, Academia Bruylant/L’Harmattan, Louvain-la-Neuve/París, 2002, p. 349.

[2] Jean-Philippe Peemans, Le développement des peuples face à la modernisation du monde, Academia Bruylant/L’Harmattan, Louvain-la-Neuve/París, 2002, p. 349.

3. Nicolás Angulo Sánchez, El Derecho Humano al Desarrollo frente a la mundialización del Mercado, IEPALA Editorial, Buenos Aires, 2005, p. 145.

[3] M. Benchikh, R. Charvin, F. Demichel, Introduction critique au Droit international public, col. Critique du Droit, Presses Universitaires de Lyon, 1986, p. 12.

[4] NU-CDH, «Allègement de la dette et investissement local: coordination entre l’iniciative en faveur des pays pauvres très endettés (PPTE)», Informe común de Reinaldo Figueredo (relator especial) y de Fantu Cheru (experto independiente), 14 de enero de 2000, E/CN.4/2000/51, párrafo 1.

[5] Idem, párrafo 5.

[6] En particular, el empobrecimiento masivo de capas enteras de población de los países del Tercer Mundo. Recordemos que la pobreza se considera «como un estado de negación, incluso de violación de los derechos humanos». Cf. ONU-CDH, «Mise en œuvre du droit au développement dans le contexte mondial actuel», Examen del sexto informe del experto independiente sobre el derecho al desarrollo, E/CN.4/2004.18/4, 17 de febrero de 2004, párrafo 12.

[7] ONU-CDH, «Effets des politiques d’ajustement structurel sur la jouissance effective des droits de l’homme», Informe del experto independiente Fantu Cheru, E/CN.4/1999/50, párrafo 31.

[8«Consecuencias de las políticas de ajuste económico originadas por la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, en la aplicación de la Declaración sobre el derecho al desarrollo», Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 1992/22.

[9] La violación masiva y constante de los derechos económicos, sociales y culturales es indisociable del conjunto de los derechos humanos porque su violación va acompañada normalmente de violaciones graves de los derechos civiles y políticos. Cf. Jacques Fierens, «La violation des droits civils et politiques comme conséquence de la violation des droits économiques, sociaux et culturels», Institutions financières, l’exception aux droits humains, Centre de droit international de l’Université libre de Bruxelles, diciembre de 1998, Revue belge de droit international, 1991-1.

[10] ONU-CDH, «Effets des politiques d’ajustement structurel et de la dette extérieure sur la jouissance effective de tous les droits humains, en particulier des droits économiques, sociaux et culturels», E/CN.4/2003/10, párrafo 42.

[11] ONU-CDH, «Quatrième rapport de l’expert indépendent Arjun Sengupta», E/CN.4/2002/WG.18/2/Add. 1, 5 de marzo de 2002, párrafo 21.

[12] ONU-CDH, «Effets des politiques d’ajustement structurel sur la jouissance effective des droits de l’homme», Rapport de l’expert indépendant Fantu Cheru, E/CN.4/1999/50, párrafos 28-30.

[13] El derecho convencional es el derecho escrito cuyas reglas se encuentran en las convenciones internacionales, como el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, sociales y Culturales (PIDESC). El derecho consuetudinario es el derecho no escrito, que es vinculante, tal como la prohibición de los crímenes contra la humanidad, el crimen de agresión, la no intervención, los derechos de los pueblos sobre sus recursos naturales, etc.

[14] Alejandro Teitelbaum las califica de «instrumentos y mandatarias de las grandes potencias y del gran capital», ver A. Teitelbaum, El papel de las sociedades transnacionales en el mundo contemporáneo, AAJ, Producciones gráficas, Buenos Aires, 2003, p. 104.

[15] Nota del presidente del Banco Mundial, 28 de septiembre de 2004. Citado por Hugo Ruiz Díaz Balbuena en «Les politiques menées par les IFI et leur responsabilité pour les violations massives des droits humains suite a l’imposition des programmes d’ajustement structurel», 3 de octubre de 2004, 15 p.

[16] AG/ONU, « Questions relatives aux droits de l’homme: questions relatives aux droits de l’homme, y compris les divers moyens de mieux assurer l’exercice des droits de l’homme et des libertés fondamentales. La mondialisation et son incidence sur le plain exercice des droits de l’homme», Rapport du Secrétaire général, 7.08.2003, párrafos 16-17.

[17] Responsabilizar sólo a los Estados resulta en la práctica «hacer responsables a una entidades de ejecución, mientras que las principales instituciones que presiden la adopción de estas políticas gozan de impunidad…». Cf. ONU-CDH, «La mondialisation et sus effets sur la pleine jouissance des droits de l’homme», E/CN.4/Su.2/2003/14, párrafo 37. Sin cursiva en el documento.

[18] J. A. P. Ridruejo, Cours général de Droit international public, Recueil des Cours de l’Académie de Droit international (RCADI), 1998, tome 274, pp. 193-198.

[19CfRéparation des dommages subis au service des Nations Unies, (Affaire Bernadotte), Recueil, 1949, p. 174.

[20] J. Verhoeven, Droit international public, Précis de la Faculté de Droit de l’UCL, Larcier, Bruselas, 2000, p. 205.

[21] J. Combacau, S. Sur, Droit international public, Montchrestien, París, 1995, segunda edición, pp. 731-732.

[22] E/CN.4/Su.2/2003/14, párrafo 37.

[23] P. M. Dupuy, Droit international public, Dalloz, París, 1995, tercera edición, p. 115.

[24] Gustave Massiah, «La réforme de la ONU et le mouvement altermondialiste», ONU, Droits pour tous ou loi du plus fort? Cetim, Ginebra, 2005, pp. 404-405.

[25] Nicolás Angulo Sánchez, El Derecho Humano al Desarrollo frente a la mundialización del Mercado, IEPALA Editorial, Buenos Aires, 2005, p. 16.

[26] El texto íntegro de la Declaración se encuentra http://www.ohchr.org/spanish/law/desarrollo.htm.

[27] La década de los años 80 es realmente paradójica, pues vio nacer un maravilloso instrumento potencial de derecho en el nivel planetario con la adopción de esta Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Por otra parte, fue también una de las décadas más negativas desde el punto de vista de los derechos humanos y del desarrollo a consecuencia del estallido de la crisis de la deuda, del deterioro de los términos del intercambio comercial, del crecimiento de las desigualdades entre los países del Centro y los de la Periferia, así como en el interior de cada país.

[28] Nicolás Angulo Sánchez, Op. cit, pp. 36-37.

[29] Idem, p. 288.

[30] CIJ, Recueil, 1970 y CIJ, Recueil, 1996.

[31] E. David, «Conclusions de l’atelier juridique: les institutions financières internationales et le droit international», Les institutions financières internationales et le droit international, ULB, Bruylant, Bruselas, 1999, párrafo 2.

[32] Idem, párrafo 4.

[33Cf. ONU-CDH, Effets des politiques d’ajustement structurel et de la dette extérieure sur la jouissance effective de tous les droits humains, en particulier des droits économiques, sociaux et culturels, E/CN,4/2003/10. Análisis del caso de Bolivia.

Fuente: http://cadtm.org/El-Banco-Mundial-y-los-derechos

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