Ha llegado la hora de suspender las patentes de las vacunas

Por: Vanessa López*

El anuncio de EE UU apoyando la suspensión de las patentes debe provocar un efecto cascada entre los países que bloquean la iniciativa, incluidos los de la Unión Europea. El mundo necesita multiplicar la producción de vacunas para la covid-19 y asegurar un acceso equitativo, especialmente en los países empobrecidos.

Ha llegado el momento de suspender las patentes de las vacunas de la covid-19. No podemos seguir dando vueltas ni retrasando una decisión que el mundo pide a gritos. Cada día, cada hora, cada minuto de retraso en la toma de decisiones cuesta vidas.

Tras casi un año y medio de pandemia y cerca de tres millones y medio de muertes en el mundo, parece que la comunidad internacional comprende que tenemos un problema obvio con la producción y distribución de las vacunas, nuestra gran esperanza para acabar con esta pandemia.

Necesitamos alrededor de 11.000 millones de dosis en el mundo y hasta la fecha solo se han administrado unos 1.200 millones. La mayoría de ellas, por supuesto, en el hemisferio norte, en donde la mayor parte de los países se proponen en tener el 70 % de su población totalmente vacunada para el verano. Por el contrario, los procesos de vacunación apenas están arrancando en grandes regiones de África o tienen ritmos muy lentos en muchos países de América Latina.

“Tras casi un año y medio de pandemia y cerca de tres millones y medio de muertes en el mundo, parece que la comunidad internacional comprende que tenemos un problema obvio con la producción y distribución de las vacunas”

Al ritmo actual, gran parte de la población en los países de menor renta tendrá que esperar hasta 2024 para ser vacunada. Iniciativas solidarias como COVAX (que pretende vacunar tan solo al 20 % por ciento de la población en los países pobres que son elegibles para recibir su apoyo) o la donación de excedentes de vacunas de los países ricos que han acordado la compra de más dosis de las que necesitan, son medidas insuficientes para alcanzar la inmunidad global y hacerlo lo antes posible; y, sobre todo, para sentar las bases de una solución sostenible que nos permita estar preparados para lidiar con nuevas pandemias en el futuro.

Brecha en la vacunación

Esta brecha en la vacunación supone una vulneración flagrante del derecho humano a la salud de millones de personas en el mundo. Además, supone un riesgo enorme para acabar con esta pandemia: cuanto más se alargue en el tiempo, más opciones tendrá el virus para el desarrollo de nuevas cepas que pondrán en peligro la efectividad de las vacunas actuales y, en consecuencia, la vida de millones de personas. Solo hay que levantar la mirada y ver lo que está pasando en India para comprender la gravedad de esta dramática situación.

“Las patentes que firmas como Pfizer, Moderna o AstraZeneca tienen sobre las vacunas —desarrolladas gracias a ingentes cantidades de dinero público— les otorgan monopolios que les permiten negociar con los países de manera individual”

Las patentes que compañías como PfizerModerna o AstraZeneca tienen sobre las vacunas —desarrolladas, por cierto, gracias a ingentes cantidades de dinero público— les otorgan monopolios que les permiten negociar con los países de manera individual, imponer precios abusivos, llegar a acuerdos de producción con terceros fabricantes que consideren oportunos y establecer los ritmos de producción que les convengan según sus intereses comerciales.

Ante una crisis sanitaria mundial, la comunidad internacional no puede mantener el status quo. Por eso, la suspensión de las patentes de vacunas, medicamentos y diagnósticos para la covid-19 supondría un primer paso y una condición necesaria para poder incrementar la producción de vacunas de forma masiva en todo el mundo.

Esta medida fue propuesta por India y Sudáfrica en octubre pasado en el seno de la Organización Mundial del Comercio. Desde entonces, la iniciativa ha rebotado de un lado a otro en negociaciones poco concisas y que se posponían en el tiempo por el bloqueo de los países ricos (EEUU, Australia, Brasil, Canadá, Japón, Suiza, Noruega, Reino Unido y la UE en bloque), posicionados en el lado de la industria.

El clamor internacional, pese a todo, crecía enormemente y centenares de parlamentarios, expresidentes y primeros ministros, premios Nobel y la mayor parte de la sociedad civil, mostraban su apoyo a la propuesta.

El movimiento histórico de EE UU

Hace dos días, en un movimiento histórico, la Administración Biden-Harris anunciaba que EE UU se posicionaba a favor de la suspensión de patentes de las tecnologías sanitarias para la covid-19, dando un vuelco al curso de los acontecimientos.

En las últimas horas la presidenta de la Comisión Europea se ha mostrado dispuesta a debatir la propuesta y el Gobierno de España, a través de un documento preparado para la cumbre europea que se celebra los próximos dos días en Oporto, ha mostrado su apoyo oficial a la posición de EE UU y pide “un consenso urgente sobre la propuesta de levantar temporalmente ciertas obligaciones aplicables bajo los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio”.

“Hace dos días, la Administración de EE UU anunció que se posicionaba a favor de la suspensión de patentes de las tecnologías sanitarias para la covid-19, dando un vuelco al curso de los acontecimientos”

El movimiento de EE UU llega tarde, pero llega. Y esta provocando un pequeño seísmo que puede decantar la balanza del lado de la salud pública y los intereses de la ciudadanía. La UE y el resto de los países que han bloqueado hasta ahora la iniciativa no tienen que impulsar el debate porque  el debate ya está ahí desde hace meses.

Los países deben apoyar esta propuesta y acordar un texto sólido lo antes posible (el próximo Consejo General de la Organización Mundial del Comercio tendrá lugar en junio), que permita hacer operativa la suspensión temporal de la propiedad intelectual y donde se tendría que dar respuestas a cómo se desarrollará la transferencia de tecnología o qué mecanismos hay que poner en marcha para apoyar a la capacidad de producción, especialmente en los países de desarrollo.

Las quejas de las farmacéuticas

Estos días escucharemos a la industria farmacéutica argumentar cómo sin patentes perderán el incentivo para la investigación de nuevos medicamentos y que habrá consecuencias negativas de cara al futuro.

“Debemos fijar nuestra atención en datos como cuántas vidas se podrán salvar si las vacunas llegan a todos; o en cómo acelerar la inmunización global ayudará a reactivar el comercio internacional”

Dirán también que el anuncio de EE UU ha supuesto ya una caída en bolsa de las principales compañías farmacéuticas. Sin embargo, debemos fijar nuestra atención en otros datos: en cuántas vidas se podrán salvar si las vacunas llegan a todas las personas en el menor tiempo posible; o en cómo acelerar la inmunización global ayudará a reactivar el comercio internacional, el tránsito de personas y, en general, la economía mundial.

De lo que estamos seguros es de que las empresas farmacéuticas no hablarán de la enorme cantidad de dinero público que han recibido para desarrollar las vacunas sobre las que tienen un total control o de los millones de beneficio ingresados desde el comienzo de la pandemia.

  • Vanessa López es directora de Salud por Derecho

Fuente e imagen: www.agenciasinc.es

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El Presidente, el rector, el millonario editor y el poeta

1.Presidente de la República: reciba por este medio la atenta solicitud de que, haciendo uso de sus facultades, antes de promulgar la recién aprobada Ley General de Educación Superior, la devuelva al Congreso con una observación de cambio. En concreto, que del primer párrafo del artículo 4 suprima el último renglón, donde, después de señalar que para ingresar a la educación superior basta el certificado de bachillerato, dice: …y que cumpla con los requisitos que establezcan las instituciones de educación superior. Esta frase-obstáculo no aparece en ninguno de los otros niveles de educación donde también existe el derecho a la educación y da, por tanto, un trato de excepción a quienes aspiran al superior. Y no existe ahí una situación especial que lo justifique. Confiere, además, a los directivos de instituciones públicas y privadas (quienes definen los requisitos) un poder legalizado sobre el ingreso a este nivel. Y, además, contribuye al reforzamiento de las tendencias centralizadoras y autoritarias.

2. En la Universidad Autónoma Metropolitana de Xochimilco (UAM-X) el rector ha dado pasos que, independientemente de las intenciones, contribuyen a darle a la administración un cuestionable papel central en procesos académicos. Quehaceres como la adecuación y modificación de planes y programas de estudio normativamente están en manos de consejos divisionales integrados por estudiantes, profesores y autoridades, sin embargo, para contribuir al fortalecimiento de la calidad, el rector ha construido un dispositivo paralelo que, además, ofrece a académicos hasta 100 mil pesos de apoyo para iniciativas como modificar planes de estudio, y con eso abre una ruta no prevista en la normatividad, que hace que el proceso se rija por unas bases y convocatoria (ambas, definidas por el rector), que pase primero por la Coordinación de Docencia (puesto creado y nombrado por el rector), la Comisión Académica Evaluadora de Propuestas (creada y nombrada en último término por el rector), a lo que se agrega al hecho de que en el caso del llamado Tronco Interdivisional es también el rector quien escoge a la comisión que elabora el detalle de la propuesta. Y, por cierto, de ese particular micro-ambiente ha surgido la idea de retomar para el nuevo programa la visión del Banco Mundial-Unesco sobre el qué y para qué de la educación.

3. La mercantilización concentra el poder en quien dispone del dinero público o privado, altera los objetivos humanistas y corroe en su esencia lo que es un proceso educativo: libertad colectiva para pensar, explorar, discutir y transformar el mundo, junto con la escuela. En el siglo XXI, y en la editorial con ese nombre, es innegable la influencia que tiene el dinero en su orientación futura. Los nuevos dueños que invirtieron millones de dólares, buscarán recuperar la inversión y ganancias adicionales. Veremos entonces libros de autoayuda, recetarios, manuales, dietas, ejercicios de yoga, modernas novelas del corazón y guías para el éxito en la vida. Y eso nutrirá a las y los jóvenes y, de paso, también, a nuestros diputados y alcaldes. Sobrevivirá tal vez una porción simbólica de lo que ha sido la contribución de Siglo XXI a la cultura y el pensamiento profundo en México: la ilustración, que es el alma de un país. Por eso es necesario nacionalizar para rescatar ese patrimonio nacional y darle impulso, como ocurre con el Fondo de Cultura Económica.

4. Se trata de oponerse a la mercantilización y autoritarismo en la Universidad, la educación y la cultura, y para eso, reorientarlas en la ruta del poeta. Como Enrique González Rojo Arthur, que, ahora su voz más clara nos recuerda el valor de esfuerzos y recompensas más profundas y solidarias. Como el acervo de sus libros de preciadas editoriales, y los de su padre y su abuelo, que ofreció en un repleto auditorio de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México y donde pareció definir la educación como el afán de los nietos por rescatar juntos el tesoro del pasado y con él construir otro presente:

El abuelo se tiró al pozo y había que sacarlo. Los nietos, presurosos, le arrojamos una cuerda, y le gritamos que se agarrara fuertemente a ella para empezar a subirlo. Pero después de un gran esfuerzo sólo salió a la superficie el saco del abuelo. Tornamos a gritar y a arrojar otra vez la cuerda y sacamos los zapatos, los tirantes y la corbata del viejo. Su voz permanecía abajo, reticente. Después obtuvimos la camisa, los calcetines, la ropa interior y una fotografía de la abuela. Todavía se escuchaba su voz, pero como alejándose de nosotros en dirección al silencio. Arrojamos por última vez la cuerda y lo único que logramos sacar fue la sonrisa del abuelo. ( El Pozo: Antología Virtual de Minificción Mexicana). Gracias Enrique por tu voz desde el silencio, gracias Alicia y Graciela. Y, Presidente, deje que las y los jóvenes accedan a este mundo.

Fuente: https://www.jornada.com.mx/2021/03/13/opinion/013a2pol

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Sobre la Ley Educativa en Puebla

Por: Manuel Gil Antón

 

Hay inquietud entre diversos sectores sociales en torno a la manera en que se armonizó la Ley Estatal de Educación, con la Ley General de Educación, reglamentaria de la Reforma al Artículo 3º. de la Constitución.

Se ha concentrado la atención en 10 puntos, que destaca Portal, Periodismo Irreverente (https://www.periodicocentral.mx/2020/politica/item/10272-estos-son-los-10-puntos-mas-importantes-de-la-nueva-ley-de-educacion-de-puebla ) y que en este escrito se emplean, tal como los publicó este portal, con el fin de en cada caso, ofrecer una opinión que difiere de la que considera que esta ley atenta contra las libertades y es, casi, una expropiación de los bienes (muebles e inmuebles) de las escuelas particulares, entre otros temores.

Sin ser, ni pretender ser, un experto en leyes o asuntos legales, creo que puedo ofrecer una lectura distinta a la que ha causado inquietud en la población de esa entidad. De este modo, contribuir a una mirada más serena y menos alarmista como es la que, a mi juicio, ha dominado). Hay, incluso, una petición en la plataforma en la que al momento en que redacto estas cuartillas han sobrepasado las 26 mil firmas.

Están, por supuesto, en todo su derecho de firmar lo que les plazca, y también es preciso señalar que lo que en adelante escribiré tiene en mente la menor intención de defender al gobierno que encabeza el Sr. Barbosa, ni al Congreso del Estado. No es mi trabajo hacerlo.

Lo que busco es brindar a las personas que con buena fe sienten amenazada a la educación poblana, hasta el punto de señalar que esta ley busca establecer la educación socialista en la entidad, una visión diferente a la que se ha tornado dominante y que, a mi juicio, no tiene asidero legal.

Con esta intención, y en este contexto, solicito a Educación Futura la publicación de estos comentarios. Seguiré los 10 puntos que el portal aludido señala como los más preocupantes.

  1. Las Universidades públicas colaborarán en procesos de fiscalización

En su artículo 121, la Ley de Educación de Puebla establece que las instituciones de educación superior públicas colaborarán para los procesos de fiscalización que se les practiquen. El Poder Ejecutivo Estatal propondrá en el proyecto de presupuesto de egresos de la entidad, la asignación de recursos de cada uno de los niveles de educación a su cargo para cubrir los requerimientos financieros, humanos, materiales y de infraestructura.

“Las instituciones públicas de educación superior colaborarán, de conformidad con la ley en la materia, con las instancias fiscalizadoras para verificar la aplicación de los recursos que se le destinen derivados de este artículo”.

En el caso de que tales recursos se utilicen para fines distintos, se estará a lo previsto en la legislación aplicable sobre las responsabilidades administrativas, civiles y penales que procedan.

OPINIÓN MGA: Se enmarca en el tema de las Universidades públicas y la rendición de cuentas. Este asunto es para evitar que las universidades autónomas, o de cualquier tipo, aleguen a la autonomía, la libertad de cátedra e investigación o cualquier modalidad, como una muralla para dar cuenta de sus gastos y contrataciones a la sociedad, vía el congreso.

Me parece bien lo estipulado. Este tema orientado a no confundir autonomía con autarquía o impunidad, se ha discutido mucho. Se les va revisar lo que hacen con dinero público, y deben colaborar con ello. Me parece adecuado  y ya está establecido en la Ley Federal.

  1. Bienes Muebles e Inmuebles de particulares serán parte del Sistema 

En su artículo 105, la Ley establece que los bienes muebles e inmuebles de las escuelas particulares pasarán a ser parte del Sistema Educativo Estatal, en el que también están las escuelas públicas de la entidad.

“Los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por las autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en el Estado de Puebla, así como los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del Sistema Educativo Estatal”

Los muebles e inmuebles deberán cumplir con los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, pertinencia, integralidad, accesibilidad, inclusividad e higiene.

OPINIÓN MGA: Se señala que los bienes muebles e inmuebles de particulares serán parte del sistema educativo estatal: este punto puede entenderse, con buena fe, o esgrimirse, de forma interesad, cual grave alarma, como que el gobierno será propietario de los edificios y demás cosas de las particulares. No me parece el caso de ninguna manera, pues eso sería una especie de expropiación e iría contra la Constitución en varios artículos, entre ellos el propio 3º.

Lo que quiere decir es que, cuando el estado de Puebla diga el monto de escuelas, salones, computadoras, maestras y maestros y demás elementos educativos con que cuenta la entidad, se pondrán en la cuenta del Sistema Educativo de Puebla (no del público, sino del conjunto) los de los particulares que brinden educación con la debida autorización. Digamos que, como se hace en la CDMX o en el país, los planteles de la Ibero, y los estudiantes de ella, forman parte de la matrícula nacional y la de la Ciudad, pero para fines de la capacidad de atención, es decir, de cuántas instituciones, lugares para estudiar, profesores y todo eso que tiene la entidad y el país.

Se puede poner otro ejemplo, aunque ahora nos entristezca: las camas del hospital ABC, o del del Sanatorio Español, cuentan como camas con las que se cuenta para atender a personas con COVID-19: el estado no las tiene en propiedad, sino que el país, la ciudad o un estado pueden decir la cantidad de esos servicios disponibles, incluyendo en esa sumatoria a lo que tienen los particulares: nunca pierden el derecho de propiedad, nada más se toman en cuenta (en la cuenta): que no tenga miedo a que perderán propiedades o equipo: no es el caso en esta Ley.

  1. Directivos de particulares deben rendir informes

En el artículo 117 del decreto se establece que la Secretaría de Educación local y las autoridades federales tendrán la responsabilidad de promover la transparencia en las escuelas públicas y particulares en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que se rinda ante toda la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas, a cargo del director del plantel.

Artículo 117 fracción XX:

“Promover la transparencia en las escuelas públicas y particulares en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que se rinda ante toda la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas, a cargo del director del plantel”.

OPINIÓN MGA: Este asunto consiste en que la ley mandata a las autoridades de las escuelas particulares para que, cada ciclo escolar, informen a SUS comunidades de padres de familia, es decir, a sus clientes, al respecto de lo que se hizo en la escuela en el ciclo que acaba de terminar. No veo problema, dado que lo mismo se establece para las escuelas públicas, en cuyo caso no es frente a sus clientes, sino sus usuarios del bien público del que se encargan.

  1. Escuelas con colores neutros y regulación de nombres

En su artículo 112, el gobierno estatal propone que los planteles particulares deberán tener colores neutros, además de que no tendrán los nombres de cualquier funcionario público en el desempeño de su encargo, cónyuges o hasta el segundo grado de parentesco.

En comisiones, los diputados expresaron que esa medida es para evitar la promoción de servidores públicos, por lo que la SEP estatal será la que regule los nombres y los colores de los planteles.

“Los planteles educativos de cualquier nivel que formen parte del Sistema Educativo Estatal no deberán consignar los nombres de los funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado, ni el de los representantes sindicales del magisterio en funciones o por haber ocupado cargos de representación gremial”.

OPINIÓN MGA:  Que las escuelas públicas y particulares deban contar con colores neutros y regulación de nombres, es para evitar que una escuela se llame Miguel Barbosa y esté pintada del color de Morena, o se llame como un senador panista, y se pinte de azul y blanco o tricolor si se trata de otro partido. Es para impedir el uso político de los planteles. Nada de qué preocuparse, salvo que se pretenda hacer propaganda con los colores de las fachadas o nombres de los planteles

  1. SEP Estatal podrá investigar incrementos en las cuotas de particulares

La Secretaría de Educación también podrá iniciar investigaciones en las instituciones privadas por denuncias de los alumnos o tutores por excesos en los cobros de cuotas, de acuerdo con el artículo 146 de la ley.

Artículo 146 párrafo 3

“Derivado de las acciones de vigilancia, si las autoridades respectivas identifican que los particulares han aumentado los costos en la prestación de los servicios educativos sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, darán aviso a las autoridades competentes para los efectos a los que haya lugar”.

OPINIÓN MGA: Esta es un a atribución de la Ley General, y opera en los estados. La ley aclara que la SEP entra en caso de denuncias, pero para avisar a la autoridad competente  (NO ES LA SEP) con el fin que se revise el apego a las disposiciones aplicables en la materia. Ignoro si será la Procuraduría Federal o su respectiva entidad local de Defensa del Consumidor. Si una escuela eleva sus cuotas 100%, y la autoridad educativa se entera y considera que eso no está establecido, o si hay quejas, la autoridad competente (Insisto NO SEP) interviene siempre y cuando haya denuncias o señalamientos, y éstas tienen que ser fundadas, argumentadas.

  1. Prohibición de venta de comida chatarra

En su artículo 86, la administración estatal establece la prohibición de la distribución y comercialización de alimentos chatarra y bebidas energizantes dentro y en las inmediaciones de todos los planteles educativos, sean públicos o privados.

“Dentro de las escuelas queda prohibida la distribución y comercialización de los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos, así como las bebidas energizantes.

Las autoridades educativas estatal y municipales promoverán ante las autoridades correspondientes, la prohibición de la venta de alimentos con bajo valor nutritivo y alto contenido calórico en las inmediaciones de los planteles escolares”.

OPINIÓN MGA: Eso se aplica a públicas y privadas, y ¡¡¡en buena hora!!! No más cometarios.

  1. Particulares, impedidos para condicionar educación por uniforme y materiales

Con la nueva iniciativa de decreto estatal de educación, las escuelas particulares ya no podrán condicionar el servicio de educación a la adquisición del uniforme y de los materiales didácticos que solicite la escuela.

El artículo 147 de la ley establece la multa para los particulares que nieguen el acceso a la educación por no portar el uniforme o llevar los materiales que se les pidan serán multados con sanciones económicas de entre 8 mil 688 a los 86 mil 880 pesos.

OPINIÓN MGA: En cierto sentido, se entiende que el uniforme no es obligatorio, pero sobre todo que no se condicione el servicio a la compra del uniforme, así como de los materiales, a un proveedor exclusivo que asigna o contrata la propia escuela. Si una mamá o un papá quiere comprar o hacer el uniforme, y no comprarlo en la escuela, tiene derecho; si decide adquirir los materiales de la lista al inicio del curso, o durante el transcurso, en las tiendas que quiera, tiene derecho: es un artículo orientado a no condicionar el servicio a adquirir estos elementos obligatoriamente  donde la escuela mande: es libertad de comercio, en el sentido de compra libre, y no generar pequeños pero lucrativos negocios, que los ha habido y muy deplorables.

Lo del uniforme obligatorio cada entidad lo decide. En la CDMX es optativo en todas las escuelas, públicas y privadas, pero en general los padres se ponen de acuerdo sin problema: el uniforme tiene sentido para que no hay distinción de clase o estratos sociales entre los y las chavas.

  1. Multas de 440 mil pesos a quienes retengan documentos por adeudos

Entre las sanciones que se adicionaron a la Ley de Educación se encuentra la infracción por retener documentos personales y académicos a quienes tengan adeudos.

En el mismo artículo 147 la sanción en contra de las escuelas particulares podrá variar entre los 86 mil 880 a los 440 mil 310 pesos.

OPINIÓN MGA: En este caso, el bien a proteger es la o el alumno para que en caso de haber terminado un ciclo y aprobarlo, tenga la constancia o el certificado correspondiente, pues los adeudos pueden implicar la suspensión del servicio, pero NUNCA la entrega de certificados previos.

Si no se pagan tres meses,  supongamos, sin causa que pueda ser considerada como una excepción (como la muerte del o la coordinadora del hogar como principal providente) y de acuerdo a lo que decida la escuela; si no se paga, insisto, sin duda, dado que hay un contrato entre padres y escuela, se puede suspender el servicio, pero no condicionar los documentos o constancias de cursos previos: esto es, que los documentos escolares no sean moneda de cambio para la realización del pago, que no sean una especie de extorsión, pues se ha comprobado que el perjudicado es el o la niña. En su caso, el diferendo se tiene que dirimir en la Procuraduría del Consumidor, o la instancia de juicios administrativos correspondiente.

  1. Clausurarán escuelas que operen sin permisos

En los casos donde una institución imparta educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás, para la formación de docentes para la educación básica y no cuente con la autorización correspondiente, se procederá con la clausura del plantel.

OPINIÓN MGA: LA clausura de escuelas que operen sin permiso, va totalmente de acuerdo con lo que manda la constitución, en tanto se ofrezca que el certificado tendrá valor oficial. Vale tanto para autorización a particulares en la escuela básica, lo cual es un trámite establecido en el Artículo 3º., como para el Reconocimiento de Validez Oficial de los Estudios en educación superior. No hay cambios a lo establecido en Constitución o Ley General. Ahora bien, si una persona quiere abrir una escuela de futbol, por ejemplo, obviamente es un negocio o una acción no lucrativa, pero no habilita para ser, oficialmente, reconocido como Licenciado en Lateral Derecho con perfil Zurdo.

  1. Habrá Programa Educativo Estatal elaborado por SEP

La nueva Ley educativa del estado establece, en su artículo 115, que la Secretaría de Educación de Puebla será la encargada de elaborar un Programa Educativo Estatal de carácter plurianual para garantizar el acceso a la educación con equidad y excelencia para todos.

“El Programa Educativo Estatal de Puebla, tendrá un carácter plurianual y contendrá de manera integral aspectos sobre la infraestructura y el equipamiento de la infraestructura educativa, el avance de los planes y programas educativos, la formación y prácticas docentes, la carga administrativa, la asistencia de los educandos, el aprovechamiento académico, el desempeño de las autoridades educativas y los contextos socioculturales, entre otros”.OPINIÓN MGA: Es facultad de los estados, a través de la autoridad educativa de la entidad, general el programa educativo de el territorio que gobiernan y los servicios que administran. No puede ser contradictorio con el general, El Programa Educativo Nacional previsto en la Constitución también, que la SEP indica para el país. No hay problema, y lo ideal es que fuese luego de una amplia consulta, pero eso es una buena política, no un mandato.

Leer Más: https://www.periodicocentral.mx/2020/politica/item/10272-estos-son-los-10-puntos-mas-importantes-de-la-nueva-ley-de-educacion-de-puebla#ixzz6NUZ5KYBz

Con estas opiniones, se procura ubicar la consideración de la Ley en sus términos, que, a mi entender, no requieren interpretación muy especializada. A la letra dicen lo que dicen, y creo que es conveniente considerarlos con menos apremio y juicios previos.

La lectura y el significado que ofrezco no es de un especialista en derecho, pero sí de quien, con buena fe, intenta cotejar la Ley poblana, con la Ley General de Educación y la propia Constitución. Ojalá sirva para abrir un cauce mejor al diálogo publico en la materia.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/sobre-la-ley-educativa-en-puebla/

Imagen: https://pixabay.com/

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