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En México, mujeres se exponen a violencia policiaca en marchas: AI

América del Norte/México/05-03-2021/Autor: Fernando Camacho Servín/Fuente: www.jornada.com.mx

Ciudad de México. En México, las mujeres que participan en marchas y movilizaciones en contra de la violencia de género están expuestas a ser agredidas de diversas formas por parte de los cuerpos de seguridad, como parte de un escenario de criminalización y estigmatización generado tanto por las autoridades como por algunos medios informativos, advirtió Amnistía Internacional (AI) México.

En su informe “México: La era de las mujeres. Estigma y violencia contra mujeres que protestan” –el cual se presenta este miércoles–, la organización advirtió que aunque el derecho humano a la libertad de reunión pacífica está supuestamente garantizado en el país, en la realidad muchas mujeres sufren violencia y vulneración de ésta y otras garantías básicas al salir a manifestarse en las calles.

“Distintos cuerpos policiales han infringido los derechos de las mujeres y las niñas, incluyendo los derechos a la reunión pacífica, a la libertad, a la integridad personal, a estar libres de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, y a vivir una vida libre de violencia”, señaló AI en su estudio.

De igual forma, el colectivo documentó que “las autoridades responden a las protestas de mujeres y contra la violencia de género contra las mujeres, con excesivo e innecesario uso de la fuerza, con detenciones ilegales y arbitrarias, con abuso verbal y físico basado en el género contra las mujeres y con violencia sexual”.

AI México alertó que, aunque las marchas y mítines feministas y en contra de la violencia de género son mayoritariamente pacíficos, dichas acciones “han comenzado a ser estigmatizadas como violentas.

“Esta caracterización por parte de las autoridades y por varios medios de comunicación, genera un ambiente hostil al derecho de reunión de las mujeres, deslegitima su activismo y facilita que tanto autoridades como particulares ejerzan violencia en su contra”.

Asimismo, la organización recalcó que “el estigma sobre las manifestaciones feministas y contra la violencia de género, se basa en y refuerza estereotipos de género contra las mujeres, es decir, roles y concepciones tradicionalmente asignados por la sociedad a las mujeres”, como que “las mujeres deben quedarse en casa en lugar de buscarse problemas al manifestarse”.

A lo anterior se suman otros elementos de exclusión y marginación en contra de las mujeres que viven en la periferia de la Ciudad de México, así como “sesgos discriminatorios” en contra de las manifestantes que se cubren el rostro –incluso con cubrebocas como medida sanitaria para protegerse del contagio de la COVID-19–, o se visten de negro.

Las mujeres que lo hacen, puntualizó AI México, son “consideradas sospechosas de querer cometer o haber cometido un delito”, cuando “el ocultar el rostro o vestirse de negro no puede equipararse a la comisión de un delito, o a la suposición de uso de violencia durante las manifestaciones”.

Por otro lado, el informe documentó “el uso innecesario, excesivo y desproporcionado de la fuerza como una forma de inhibir el derecho de reunión pacífica, a través de “detenciones o aseguramientos preventivos” para detener arbitrariamente a quienes desean participar en manifestaciones o por “sospechas” de querer realizar un delito.

Luego de mencionar casos de represión y uso excesivo de la fuerza en contra de movilizaciones de mujeres en ciudades como Culiacán, León, Ecatepec, Atizapán y Cancún –donde incluso la policía abrió fuego en contra de las manifestantes–, la organización de derechos humanos indicó que las personas detenidas sufrieron un “intenso miedo de ser víctimas de desaparición” u otros abusos graves, lo cual implica una forma de tortura y tratos crueles e inhumanos.

El estudio también consideró “preocupante el uso de diversas formas de violencia sexual por integrantes de los cuerpos policiales contra las manifestantes, como una forma de violencia basada en género y como una táctica para aleccionar a las manifestantes por supuestamente estar comportándose de forma contraria al orden público”.

“Dado el nivel de violencia que sufren las mujeres y las niñas que participan en manifestaciones en México, y el escalamiento de la violencia en su contra por parte de las autoridades, Amnistía Internacional considera que se configura una situación de riesgo particular para las manifestantes feministas y que se pronuncian contra la violencia de género”, subrayó el informe.

Por todo lo anterior, AI México llamó a las autoridades mexicanas a “adoptar medidas concretas para garantizar el derecho a la libre reunión pacífica, el derecho a estar libre de violencia, y todos los derechos humanos de las manifestantes en cada una de las protestas en que partícipe este grupo de personas”.

Algunas de dichas medidas, indicó, son abstenerse de hacer declaraciones estigmatizantes contra las manifestaciones feministas y que se pronuncian contra la violencia de género contra las mujeres; reconocer que pintar consignas o símbolos, así como modificar monumentos, son manifestaciones de la libertad de expresión y no pueden ser considerados como actos violentos, que den lugar al uso de la fuerza durante manifestaciones o detenciones.

Otras recomendaciones tienen que ver con adoptar medidas para prevenir, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia; fortalecer el Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual Cometida contra las Mujeres, y responder a los posibles hechos de violencia perpetrados por grupos específicos de manifestantes de manera diferenciada y proporcionada, respetando y protegiendo el derecho de reunión pacífica de quienes se manifiestan pacíficamente.

Fuente e Imagen: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/03/03/sociedad/en-mexico-mujeres-se-exponen-a-violencia-policiaca-en-marchas-ai/

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El SNTE y las pensiones para jubilados y activos: el atraco

 Abelardo Carro Nava

Corría el año de 2007 y, Felipe Calderón, supeditado a lo que el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) mandatara en términos de seguridad social en diversos países como el nuestro, logró una reforma al sistema público de salud y de pensiones que vulneró los derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado.

Para pocos es desconocido que, diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido Nueva Alianza (Panal) en marzo de 2007, presentaron en la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) cuyo objetivo, entre otros, consistía en la conversión gradual de los planes contributivos obligatorios en sistemas privados de capitalización individual como columna vertebral para algo que recibió el nombre de “Sistema Nacional de Pensiones”. Iniciativa que fue aprobada días más tarde y publicada el 31 de marzo de ese mismo año en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta nueva ley abrogó la ley del ISSSTE publicada en el DOF el 27 de diciembre de 1983.

De nada sirvieron las protestas, marchas y manifestaciones de cientos de miles de trabajadores del Estado. Las respectivas Cámaras de “Representantes” y un presidente, corto de miras, habían logrado su objetivo: acrecentar la precariedad laboral, la seguridad social y las pensiones de dichos trabajadores, como si éstos hubiesen tenido una responsabilidad en el pésimo manejo de las finanzas del país que se habían venido dando con los años, o bien, en la implementación de un modelo neoliberal que poco o nada ha favorecido a los sectores más vulnerables de México. ¿Por qué no se diseñó una política para mantener y ampliar los fondos de pensiones?, ¿por qué se optó por una política donde el estado y los gobiernos estatales podrían utilizar los fondos de pensiones de manera discrecional?, ¿por qué se optó por aplicar en el ISSSTE un modelo similar al del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sabiendas de que, con en este último, no se resolvió el problema de estos fondos en la década de los 90’s?, ¿por qué, en esta y otras reformas, no se ha puesto en el centro a los trabajadores y, en su lugar, se han colocado a las finanzas y administración del estado, al mercado de capitales, a las AFORES y a los bancos?, ¿cuál fue el papel de los sindicatos en ese tiempo? Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de la educación, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) guardó silencio. Éste fue comparsa de tal infamia. Claro, durante el “calderonismo”, La Maestra tenía un lugar privilegiado en el gobierno no así los miles de trabajadores de la educación.

Pasados algunos años, en los que obviamente la reforma “calderonista” no funcionó y de la que se desprendió, como ya se dijo, el esquema de pensiones a través de cuentas individuales, el incremento en la edad de jubilación y años de servicio (con el consecuente aumento en los años de cotización al ISSSTE), en diciembre de 2014, el ejecutivo federal en manos del peñanietismo, presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa para la desindexación del salario mínimo, misma que fue aprobada y publicada en el DOF el 27 de enero de 2016.

Esta acción, como se sabe, condujo a una reforma constitucional y la creación de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) la cual, dicho sea de paso, es una unidad que se utiliza como índice de referencia, medida o base económica en pesos para determinar la cuantía de pago de obligaciones, créditos, multas, impuestos y deducciones personales.

Para este propósito se creó la Ley UMA, y se le confirió al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la responsabilidad de calcular y actualizar el valor de dicha UMA, hechos que, indudablemente, han repercutido seriamente en los derechos laborales, en la seguridad social y en las pensiones de los trabajadores puesto que, como se verá más adelante, la cuantía de las pensiones de los trabajadores, por ejemplo, estaría determinada por el comportamiento de la UMA.

Esto es así, porque si analizamos varias normativas como el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones constitucionales en materia de desindexación del salario mínimo, en su Artículo Único, se especifica que: “Se reforman el inciso a) de la base II del artículo 41, y el párrafo primero de la fracción VI del Apartado A del Artículo 123; y se adicionan los párrafos sexto y séptimo al Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue: Artículo 123…, VI. los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base o referencia para fines ajenos a su naturaleza” (DOF, 2016).

Pero aún hay más, en ese mismo decreto, en el Cuarto Transitorio se señala que: “…el Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como las Administraciones Públicas Federal, Estatales, del Distrito Federal y Municipales deberán realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia, según sea el caso, en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización” (DOF, 2016).

Con la emisión de este Decreto y las consecuentes reformas constitucionales, los trabajadores recibieron otro duro golpe a sus derechos, otra vez, proveniente de gobiernos neoliberales y tecnócratas cortos de miras y cuya precariedad laboral, con esta “idea de reforma”, la acrecentaron.

Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de le educación, ¿cuál fue el papel del SNTE en manos de un líder ampliamente cuestionado por su entrega total al poder ejecutivo durante el gobierno de Enrique Peña Nieto? Al igual que sucedió en el 2007: guardó silencio. Fueron comparsas de tal infamia. Al fin de cuentas, ese líder sindical apoyó sin miramiento lo que en su momento el magisterio nacional conoció como la mal llamada reforma educativa de 2013.

Ahora bien, regresando al tema de las pensiones de los trabajadores, dada la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que emitió hace unos días, y de la que hablaré más adelante, no hay que perder de vista lo que el Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de ISSSTE, en su artículo 8 señala: “la cuantía de las pensiones se aumentará anualmente conforme al incremento que en el año calendario anterior hubiese tenido el Índice Nacional de Precios al Consumidor, con efecto a partir de enero de cada año. En caso de que en año anterior el incremento del índice Nacional de Precios al Consumidor resulte inferior a los aumentos otorgados de manera general a los tabuladores que contienen los sueldos básicos de los trabajadores en activo, las cuantías de las pensiones se incrementarán en la misma proporción de estos últimos” (DOF, 2009). Esto nos lleva a observar: 1) que la actualización de la pensión es por IPC, 2) esta cuantía puede ser determinada por el comportamiento de la UMA, 3) “la pensión mínima garantizada de la Ley del ISSSTE de 2007 está determinada nominalmente y se actualiza también por el Índice Nacional de Precios al Consumidor, pero para la cuantía máxima de pensión para los que se encuentran el décimo transitorio, está establecida en salarios mínimos: el monto máximo de pensión no podrá exceder diez veces el salario mínimo con lo que el tope sería 10 veces la UMA, perjudicando el monto de las pensiones del 86% de los trabajadores que estaban activos cuando se aprobó la reforma de 2007 y que decidieron mantenerse en el régimen de beneficio definido con las modificaciones que introdujo el artículo décimo transitorio – aumento de edad y de aportaciones –” (Ramírez y Badillo, 2017).

Visto lo anterior, probablemente sea fácil comprender el revuelo que causó, entre los trabajadores del Estado, la resolución de la Segunda Sala de la SCJN en cuanto al tope máximo de la pensión obligatoria otorgada por el ISSSTE puesto que ésta, a decir de la Corte, deberá cuantificarse en UMA y no en salarios mínimos. Lo anterior, teniendo como fundamento la reforma constitucional en materia de desindexación del salario que, como ya he referido, entró en vigor en enero de 2016 y, mediante la cual, se eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular multas, créditos y aportaciones de seguridad social.

En este sentido es importante señalar, que dicha resolución es aplicable a los trabajadores sujetos al Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, es decir, para aquellos que, tras la reforma a dicha Ley en 2007, decidieron permanecer en el esquema de pensión vitalicia que paga el Estado, rechazando con ello, el esquema de cuentas individuales. ¿Cuál es la afectación directa a estos trabajadores por la cuantía de su pensión en UMA y no en salarios mínimos? La disminución en el pago de dicha pensión dado el valor que tiene la UMA con relación al incremento del salario mínimo.

¿Cuál fue el motivo por el que la SCJN resolvió de esta manera? Después de la aprobación de la Ley del ISSSTE en 2007, como ya he dicho, varios de estos trabajadores optaron por mantenerse bajo el esquema que ofrecía el Décimo Transitorio. No obstante, al entrar la desindexación del salario mínimo en 2016, aquellos que comenzaron a tramitar sus pensiones ante el ISSSTE se encontraron que éste las cuantificó con base en la UMA vigente, hecho que propició una serie de demandas y amparos con un propósito específico: que sus pensiones fueran cuantificadas en salarios mínimos y no teniendo como base la UMA. ¿Tercer golpe para los trabajadores del Estado? Indudablemente porque, desde mi perspectiva, la resolución de la Suprema Corte, de nueva cuenta, no puso en el centro al trabajador, pero sí colocó a las finanzas, economía y política en un país donde el modelo neoliberal sigue presente, aunque alguien señalé lo contrario.

Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de la educación, ¿cuál fue la postura del SNTE ante este asunto? Irrisoriamente, emitir un escueto manifiesto mediante el cual rechazaba la determinación de la SCJN anunciando que acudiría a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y demás organizaciones internacionales para demandar el respeto a las disposiciones originales del Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE (Profelandia.com, 2021). Repito, solo para demandar el respeto a los trabajadores que optaron por el Décimo Transitorio, ¿y los que no lo hicieron?, ¿y los que ingresaron después de 2008?

¿Por qué no fijó postura en 2007?, ¿por qué no levantó la voz en 2016?, ¿por qué solamente la emisión de un escueto manifiesto que, eso sí, vía WhatsApp llegó a prácticamente todo el gremio? En fin, esto me llevó a preguntarme ¿cuál es su capacidad de movilización, resistencia y lucha de esta organización sindical que alguna vez fue conocida como la más grande de América Latina? Llamar los reflectores y simular una supuesta defensa de los derechos de los trabajadores de la educación se ha vuelto una costumbre en este “Sindicato”.

Pienso, que la lucha la están y la estarán dando cientos de trabajadores de la educación, activos y pensionados, para que este falló se eche abajo en otras instancias, o bien, para que se abrogue la Ley del ISSSTE de 2007.

Caray, la pensión es un derecho adquirido por los trabajadores a través de los años y, por un pésimo manejo de las finanzas del Estado sin olvidar las pésimas reformas que se han aprobado en distintos momentos en México, éste no merece otra cosa más que un trato digno y una pensión que le permita vivir con dignidad el resto de sus días.

Con negritas:

¿Sabe usted a cuánto asciende la pensión de un ministro de la SCJN? Más de 250 mil pesos mensuales. ¿Se compara con lo que un trabajador con tope máximo de 10 UMA recibiría en un mes? Vaya desigualdad, ¿no le parece?


Referencias:

Aguilar, J. (2006). La seguridad social y las reformas a los sistemas de pensiones en México. Revista Estudios Políticos. Recuperado de: https://www.redalyc.org/pdf/4264/426439536007.pdf

Cámara de Diputados. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/LISSSTE_abro.pdf

DOF. (2009). Reglamento para el otorgamiento de pensiones sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n217.pdf

DOF. (2016). Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo. Recuperado de: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5423663&fecha=27/01/2016

Flores, Z. (2016). Aprueban ley de UMA que desindexa el minisalario. El Financiero. Recuperado de: https://www.elfinanciero.com.mx/economia/aprueban-ley-de-uma-que-desindexa-el-minisalario

Flores, Z. (2021). Corte determina que tope de pensión jubilatoria en ISSSTE será en UMA, ¿a quién le afecta? El Financiero. Recuperado de: https://www.elfinanciero.com.mx/economia/corte-determina-que-tope-de-pension-jubilatoria-en-issste-sera-en-uma-a-quien-le-afecta

Leal, G. (2011). ISSSTE: la “reforma” de Calderón, un fracaso. La Jornada. Recuperado de: https://www.jornada.com.mx/2011/02/05/opinion/020a1pol

Notimex. (2007). La Ley del ISSSTE, primera reforma estructural del sexenio. Crónica.com.mz. Recuperado de: https://www.cronica.com.mx/notas/2007/320016.html

Ramírez, B.P. y Badillo, G. (s/f). La UMA y su impacto en las pensiones. UNAM. Recuperado de: http://ru.iiec.unam.mx/3688/1/La%20UMA%20y%20su%20impacto%20en%20las%20pensiones.pdf

Redacción Profelandia.com. Aquí el posicionamiento del SNTE sobre las pensiones en UMAs. Profelandia.com. Recuperado de: https://profelandia.com/aqui-el-posicionamiento-del-snte-sobre-las-pensiones-en-umas/?fbclid=IwAR1gNpwI0qaeMOPjjpk3GcAX1pA8RgLu186cIXNw88RdDNvuDNfBV5DRPTQ

Ulloa, O. y Alonso, M. (s/f). La nueva Ley del ISSSTE: la reforma estructural del consenso dominante. UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3484/2.pdf

Fuente e Imagen: https://profelandia.com/el-snte-y-las-pensiones-para-jubilados-y-activos-el-atraco/

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España: Colectivos reclaman aprobación de ley trans en Congreso español

Europa/España/21-02-2021/Autor(a) y Fuente: www.telesurtv.net

«La Ley Trans no borra derechos, borra privilegios”, declara el partido europeo Anticapitalistas.

La federación de colectivos trans del Estado Español, Plataforma Trans, informó desde su cuenta en Twitter que la activista por los derechos humanos del Colectivo LGTBI, Mar Cambrollé Jurado realizará huelga de hambre, en el caso de no ser aprobada la Ley Trans en menos de un mes.

“Junto con representantes de personas trans y madres de menores trans anuncian huelga de hambre sí en un mes la Ley Trans no se registra en el Congreso español por el Partido Podemos y bloque investidura”, anunció Plataforma Trans en su mensaje digital.

“Queremos luz y taquígrafos en nuestros derechos (…). Nos dejaremos la piel, porque personas trans estamos acostumbradas a poner el cuerpo en primera línea, porque tenemos tanto sufrimiento y golpes en la mochila que ninguno más nos parará, porque no tenemos hipotecas, ni miedo”, puntualiza el mensaje.

Asimismo valoró que “no acceder en igualdad de condiciones a derechos básicos, empleo, salud, educación, identidad, protección de infancias, migrantes, personas no binarias, es inseguridad jurídica”.

Por su parte la Asociación Española de Transexuales (AET Transexualia) expresó en su cuenta en Twitter que pedimos a todos los grupos de la investidura que den un paso al frente por los derechos trans y que registren Ley Trans Estatal rompiendo así la posición de bloqueo llevada a cabo por la vicepresidenta Carmen Calvo”.

La Unión Trans Obrera, indicó que “la oposición a la Ley Trans solo se explica dentro del más bochornoso oportunismo. Oportunismo por parte del PSOE que no es su ley, por eso se explica la oposición de Carmen Calvo. Pero no es el único oportunismo que encontramos”.

“Aprobada la ley, la lucha seguirá, pues seguirá existiendo el capitalismo y aunque las personas trans podamos acceder al empleo, seguiremos viviendo bajo las leyes de explotación”, la Unión Trans Obrera. «Hoy es la comunidad trans, mañana les tocará a otros”, agregó el colectivo.

Por su parte, el partido europeo Anticapitalistas anunció en declaración oficial que “el reconocimiento de los derechos de las personas trans se ha convertido en una batalla central. La Ley Trans no borra derechos, borra privilegios (…). El sistema necesita orden y su orden pasa por negar nuestra diversidad”.

«Tenemos derechos a ser quienes queramos ser (…) sin que necesitemos el visto bueno de un siquiatra o que necesitemos eliminar toda sospecha de engaño o criminalidad»,puntualiza la declaración haciendo referencia a los requisitos exigidos por la legislación española en el momento de realizar cambio de sexo.

Fuente e Imagen: https://www.telesurtv.net/news/colectivos-reclaman-aprobacion-congreso-espanol–20210218-0035.html

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Hartazgo en Haití por secuestros indiscriminados saca a la gente a la calle

América Central/Haití/19-02-2021/Autor(a) y Fuente: www.andina.pe

El secuestro de un anciano en Delmas 19, una zona humilde de Puerto Príncipe, ha generado este martes una manifestación espontánea de vecinos de la víctima que ha terminado con la dispersión de unas 150 personas por parte de la Policía de Haití a base de gases lacrimógenos.

La víctima del secuestro es Vienne Dwane, de 74 años, un comerciante considerado como un padre por la gente de la zona. Según testimonios, se lo llevaron unos individuos vestidos con uniformes policiales, desatando la indignación de la comunidad, que no ha dudado en echarse a la calle tras el rapto, perpetrado en la tarde del lunes.
Decenas de personas coreaban «abajo el secuestro» y «si no liberan a Doyen vamos a tomar el fuego», mientras otros manifestantes realizaban la quema de neumáticos habitual en todas las protestas bajo la mirada de una patrulla de la Policía que, inicialmente, se ha limitado a observar la escena.
Las barricadas en llamas fueron adquiriendo dimensiones considerables con la constante llegada de más material para la quema, llegando a generar una tremenda humareda, negra y densa, que dificultaba la visión.
Una hora, quizá más, tardaron en llegar nuevos efectivos policiales al lugar, donde aparte de la quema de neumáticos el ambiente era tranquilo, pero la cortina de humo impedía vislumbrar que se preparaban para lanzar gases lacrimógenos.

Violenta manifestación

La movilización se disolvió de forma instantánea, los presentes echaron a correr calle arriba y, una vez lejos del aire tóxico, que ya lo era de por sí a causa de la combustión del caucho, procedieron a lanzar piedras contra los efectivos policiales, que también se afanaban en retirar las barricadas ardientes de la calle.
Antes del final abrupto de la protesta, algunos de los presentes aprovecharon las circunstancias y la presencia de la prensa para atacar al Gobierno de Jovenel Moise, mezclando el problema de los secuestros, que se han multiplicado en el último año, con la crisis política que vive el país, agudizada tras el supuesto intento de golpe de Estado que el mandatario denunció el 7 de febrero.
«El Gobierno del país está instaurando una dictadura. Los jóvenes decimos que no podemos vivir así. Tenemos un residente de la zona de Delmas 19 que fue secuestrado, decimos que ya no podemos más», dijo a Efe un chico llamado Etienne Lifette.
Otro secuestro se dio a conocer durante la tarde mediante un comunicado del Colegio de Abogados de Puerto Príncipe, que manifestaba su aflicción por el secuestro de Me Nasha Saint-Fleur, miembro de la entidad, en un «acto de bandidaje» perpetrado en la mañana de hoy en el distrito de Babiole, Puerto Príncipe.

Un problema común

El Ayuntamiento de la ciudad, apunta la nota, denuncia el aumento del fenómeno de los secuestros, que también afecta a una población que con anterioridad no era objeto de raptos, y solicita a las autoridades policiales que realicen los operativos oportunos a fin de liberar a Saint-Fleur de sus captores.
Las pandillas, denominadas gangs, han hecho de los secuestros un lucrativo negocio que no discrimina por edad, sexo o condición social a las potenciales víctimas y que han desatado un importante desasosiego social en Haití, ya de por sí marcado por la crispación política.
Las autoridades no ofrecen cifras oficiales del número de secuestros y, en cualquier caso, en muchas ocasiones las familias de las víctimas no denuncian por temor a represalias, dadas las amenazas proferidas por los captores en caso de acudir a las autoridades o a la prensa.
Efe consultó con la Red Nacional de Defensa de los Derechos Humanos (RNDDH) y, aunque no dispone de datos sobre el número de personas secuestradas, calcula que se producen más de cinco raptos al día, según la directora de la organización, Mary Rosy Auguste Ducéna, en base a las informaciones disponibles.
Asimismo, señaló que, aunque se producen casos en todo el país, la comunidades de Puerto Príncipe, Delmas y Petionville son las más peligrosas en este sentido.
Fuente e Imagen: https://www.andina.pe/agencia/noticia-hartazgo-haiti-secuestros-indiscriminados-saca-a-gente-a-calle-834028.aspx
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«Konecta interpreta torticeramente la desconvocatoria de Huelga de sus sindicatos»

Por: Tercera Información

Han utilizado la interpretación del acuerdo llevándola al terreno del conflicto, denegando a muchas personas el teletrabajo con un escrito mencionando que su reclamación no es posible por el acuerdo firmado con la RLT. Siendo contradictorio a lo que hemos acordado.

La Confederación General del Trabajo (CGT) mediante este comunicado traslada la postura de los sindicatos del Grupo Konecta, empresa de call centers controlada por el fondo de capital riesgo Intermediate Capital Group (ICG), con más de 18000 personas en plantilla y con conflictos constantes desde desde la llegada de la pandemia. Cabe resaltar que el accioncita mayoritario de Konecta es el mismo que controla DomusVi –principal empresa del sector de las residencias de mayores en España y la tercera de Europa-. Los sindicatos de Konecta manifestamos:

1º- Nos sentimos engañados por la empresa, ya que están haciendo interpretaciones torticeras del acuerdo alcanzado el pasado 8 de enero de 2021 por el que se desconvocó la huelga nacional convocada de manera indefinida para todos los lunes, mientras Grupo Konecta nos garantizara el teletrabajo como manera de prevención urgente ante la pandemia por Covid_19.

Han utilizado la interpretación del acuerdo llevándola al terreno del conflicto, denegando a muchas personas el teletrabajo con un escrito mencionando que su reclamación no es posible por el acuerdo firmado con la RLT. Siendo contradictorio a lo que hemos acordado.

2º- No solamente no se ha dado teletrabajo en tiempo y forma acordado y firmado en el acuerdo, si no que ahora la desescalada la están disfrazando de formaciones, porque  estas, implican quedarse trabajando presencialmente hasta que se obtengan los resultados previstos por la empresa.

3º- A los sindicatos que formamos este comité de desescalada, no nos han informado cual es el tiempo de duración previsto de estas campañas que se están desescalando de manera encubierta y fraudulenta, ni cuáles son los objetivos a cumplir, ni tampoco tenemos constancia de que la responsable del Servicio de Prevención de Riesgos  Laborales del Grupo Konecta, (desaparecida en todo momento desde el minuto cero de este conflicto) haga una valoración previa de los compañeros y compañeras que han sido llamados a reincorporarse a estas formaciones, sobre si son o no personal de riesgo.

Además, una empresa del calibre de Konecta, que no puede dar estas formaciones de manera no presencial, dice muy poco de su capacidad de respuesta ante la pandemia y por consiguiente de su poca preparación tecnológica, más aún, tratándose de una formación de 1 mes.

4º- Hemos solicitado en innumerables ocasiones a la empresa, que nos facilite el dato del personal que está voluntariamente en la plataforma, el censo del personal teletrabajando, si lo está haciendo con equipo propio o de la empresa y tampoco nos están facilitando estos números.

5º- Y de las mascarillas ¿qué decir? … Konecta nos da mascarillas, sí, pero de tela (reutilizable). Dicen que son de 50 lavados pero no nos lo creemos, por supuesto, cuando el comité de desescalada hemos pedido que sean las homologadas FFP2, pero la empresa no quiere gastar dinero en la salud de los trabajadores del Grupo Konecta, como siempre.

Nos sentimos engañados/as. La empresa en cada reunión, donde informan al Comité de desescalada, hace su particular juego de trileros a la hora de interpretar a su conveniencia el acuerdo firmado. No podemos consentir que Grupo Konecta se siga riendo de la vida de la plantilla y de sus familias, mientras nos vamos acercando a la fecha señalada del 15 de marzo y mientras estamos sufriendo las peores consecuencias de la tercera ola de la pandemia. Exigimos el cumplimiento del acuerdo firmado.

Fuente e Imagen: https://www.tercerainformacion.es/articulo/actualidad/15/02/2021/konecta-interpreta-torticeramente-la-desconvocatoria-de-huelga-de-sus-sindicatos/

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México: Cesan a subdirectora de Salud en Chiapas por caso Mariana

América del Norte/México/12-02-2021/Autor: Elio Henríquez/Fuente: www.jornada.com.mx

San Cristóbal de Las Casas, Chis. Mariana Lazos Salgado fue cesada del cargo de subdirectora de Educación y Enseñanza en Salud, luego de que alumnos, pasantes y médicos de pregrado la responsabilizaron de ignorar la denuncia de acoso sexual presentada por Mariana Sánchez Dávalos, quien fue encontrada muerta el 28 de enero pasado en la clínica de la comunidad de Nueva Palestina, en Ocosingo.

En un documento firmado por el titular de la Secretaría de Salud estatal, José Manuel Cruz Castellanos, la dependencia notificó la destitución de la funcionaria, a quien durante las marchas y protestas recientes se le había acusado de «omisiones, indiferencia e insensibilidad» ante las denuncias de estudiantes de medicina, particularmente en el caso de Mariana.

Al dar a conocer el cese de Lazos Salgado, Cruz Castellanos informó que en su lugar fue nombrado el médico Natán Enríquez Ríos.

Fuente e Imagen: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/02/09/estados/cesan-a-subdirectora-en-salud-en-chiapas-por-caso-mariana/

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México: Maestros y burócratas jubilados de BC exigen pago de pensiones

América del Norte/México/05-02-2021/Autor: Antonio Heras/Fuente: www.jornada.com.mx

Mexicali, BC. El Gobierno de Baja California incumplió con el pago de pensionados y jubilados de la burocracia y el magisterio, correspondiente a enero de 2021, por lo que miembros de ambos gremios iniciaron protestas e instalaron un plantón frente al organismo de seguridad social cuya Junta de Gobierno preside el gobernador Jaime Bonilla Valdez, a fin de exigir los recursos para quienes cumplieron 30 años de servicio y realizaron sus aportaciones.

El director General de Issstecali, Odilar Moreno, dio a conocer que quedan pendientes de pagar 187 millones de pesos de quienes reciben transferencias bancarias.

Los pagos emitidos el viernes 29 de enero pasado fueron de los pensionados y jubilados que reciben su pago en cheque, mientras que para quienes reciben transferencias bancarias solo se dispensaron 50 millones de pesos.

Moreno dijo que confía en que se resuelva a la brevedad esta situación financiera para cubrir la mensualidad que se debe, y recordó que los fondos financieros del Issstecali provienen de aportaciones patronales y cuotas de los trabajadores.

Fuente e Imagen: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/02/03/estados/maestros-y-burocratas-jubilados-de-bc-exigen-pago-de-pensiones/

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