La OIT, el organismo laboral especializado de las Naciones Unidas, manifestó su preocupación por las últimas disposiciones del oficialismo.
Se abre un nuevo capítulo en la tensión entre el Gobierno nacional y la Confederación General del Trabajo (CGT). La central obrera, junto a la CTA y la CTA Autónoma, reclamó ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el intento de reforma laboral dispuesta por DNU y por la posterior imposición de una multa por $40.500.000 para costear el operativo de seguridad desplegado en la marcha del pasado 27 de diciembre.
La imposición de multa a los manifestantes forma parte del protocolo antipiquetes anunciado por Patricia Bullrich, quien explicó que se les enviará la factura «a las organizaciones o individuos responsables» por los costos de los operativos, ya que «el Estado no va a pagar por el uso de la fuerza de seguridad». En ese marco, señaló que «las organizaciones que tengan personería o los individuos que la tengan, deberán hacerse cargo». El pasado jueves, el Gobierno también estableció otro castigo económico a aquellos trabajadores estatales que lleven adelante actividades sindicales: descontará la jornada laboral del salario a los empleados que participen del paro nacional del 24 de enero.
En ese marco, y tras recibir la queja de las centrales obreras argentinas, la OIT emitió un comunicado en donde informa que el Director General de la organización, el togolés Gilbert Houngbo, se puso en contacto con el Gobierno nacional solicitando explicaciones por «los flagrantes alegatos de violaciones a la libertad sindical y a los convenios internacionales».
La respuesta de la CGT: «El Gobierno no va a condicionar al movimiento obrero organizado»
«El Gobierno no va a condicionar al movimiento obrero organizado» se titula el comunicado que emitió la CGT luego de recibir una factura por los costos del operativo de seguridad. Allí considera que «es una nueva provocación del Poder Ejecutivo» la intimación iniciada por la cartera de seguridad.
«Este es un nuevo intento del gobierno de Javier Milei de acallar toda manifestación y protesta de los trabajadores y trabajadoras organizados en expresión de sus legítimos reclamos, ante la reforma laboral más regresiva en toda la historia democrática de nuestro país», consideró la central obrera.
Asimismo, y en el marco de la decena de gremios que repudiaron la recepción de las intimaciones, apuntan en el comunicado contra «la vocación gubernamental de desconocer la libertad sindical, el derecho de huelga y de protesta ante todo intento de manifestar el rechazo y el descontento». Finalmente, subrayan que la CGT «no representa los intereses de ‘una casta’, sin los intereses de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país».
El Gobierno presentó ante la Justicia un informe en defensa de la reforma laboral del DNU
El Ejecutivo presentó en la tarde del viernes el informe con el que solicitó que sea rechazada la acción de amparo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), la cual pretende que se declare la invalidez del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, tal como informaron fuentes judiciales. Una vez que el Ministerio Público Fiscal emita su opinión, y tras analizar la admisibilidad del planteo en cuestión, la justicia laboral estará en condiciones de dictar sentencia.
«Solo persigue ni más ni menos que reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial», se sostuvo en el informe del Estado Nacional.
En el texto de más de 90 páginas se señaló que las reformas laborales, en general, «consisten en dinamizar el crecimiento del empleo, formalizar el trabajo no registrado, promover la inserción laboral de colectivos de personas que presentan obstáculos para acceder al mercado de trabajo, incrementar el poder adquisitivo de los salarios e impulsar la participación de la población en el ámbito laboral».
No obstante, se aclaró que «en la Argentina contemporánea, las problemáticas habitualmente mencionadas para justificar las reformas no se verifican en su totalidad, a pesar de que es evidente que los déficits estructurales de trabajo decente son más que significativos». «Esto significa que es necesario realizar un trabajo de selección de los indicadores (y las problemáticas) que formaran parte de los fundamentos de la política de reforma, con el propósito de evitar errores y falacias de diagnóstico», según se sostuvo en el informe.
Recientemente se han publicado una serie de cifras que una vez más llevan al país a ocupar el primer lugar en oprobiosas estadísticas: Somos el primer país junto con México con el mayor número de horas de trabajo por semana (48 Horas). Así mismo, con menos horas de sueño y con la mayor cifra de informalidad con un 53,1%.
Estas cifras reflejan extenuantes jornadas laborales, la inseguridad de la informalidad y el nulo efecto que tienen sobre la productividad, situación que para las mujeres es de mayor impacto, pues, el trabajo de los cuidados demanda adicionales jornadas y diversos esfuerzos. En Colombia las mujeres dedican diariamente en promedio siete horas, 46 minutos, al trabajo del cuidado, se encuentren o no vinculadas a trabajos remunerados; esto no las exceptúa de realizar estas actividades, mientras que los hombres dedican tres horas y seis minutos.[i]
Estas líneas y gráficas introductorias expresan con claridad el nivel de sobre – explotación humana y opresión que son constitutivos del mundo del trabajo y trazan la primera línea de reflexión al abordar la reforma laboral en curso: El trabajo digno es la lucha en contra del sufrimiento de la clase que vive del trabajo, pues es claro que toda sociedad necesita producir para poder reproducirse a sí misma. Ahora bien, en el modo de producción capitalista, esto se hace a través de una forma que no solo provoca injusticias y sufrimiento, sino que en última instancia puede llevarnos a la extinción como especie y del planeta.
No son costos laborales, son derechos laborales
La excepción que se había hecho regla en la contratación a través de la prestación de servicios y no de los contratos indefinidos, se invierte en el proyecto de ley. Si bien es cierto esto no aplica para los empleos públicos, es una medida necesaria para regular la subcontratación y las inequitativas relaciones que contiene.
Este uso generalizado de la prestación de servicios contribuye a la externalización de costos laborales como la seguridad social, la flexibilización laboral y desdibuja el trabajo como centro de la labor, pues en su mayoría, los pagos dependen más que del trabajo efectuado, de la entrega de informes y fuentes de verificación. En tal sentido, un o una “contratista” no solo hace su trabajo, sino que a la vez debe evidenciar que hizo lo que correspondía, esto es, tiempo adicional que no se reconoce y en caso, de no representar una fuente confiable de lo realizado, simplemente se retiene el pago. Es decir, el trabajador o la trabajadora no solamente se encuentra mal remunerado, llevando a cabo labores permanentes y subordinadas, sino que entra en una lógica de demostración de su trabajo. Sumado a esto, no se le paga a tiempo, ello explica por qué las y los trabajadores lo que hacen con su salario es pagar deudas, recreando una cotidianidad “al debe” con la inseguridad y la inestabilidad que ello acarrea en términos materiales y emocionales; dando como resultado, trabajadores que se endeudan para pagar su seguridad social y poder seguir trabajando.
De lograrse, la reforma puede contribuir a restablecer la estabilidad laboral a partir de la contratación, de las disposiciones que prohíben los despidos injustificados, garantizan la reducción de la jornada laboral, los recargos nocturnos y las medidas de protección.
No obstante, estas medidas se dirigen a quienes ya tienen algún tipo de trabajo y esto se ha convertido en una de las principales justificaciones del empresariado y los empleadores para oponerse al proyecto. Afirman que la reforma aumenta los costos laborales, no genera empleo y que es un “pliego sindical” al ser proclive a mejorar las condiciones de los trabajadores actuales.
Lo descrito anteriormente expresa la disputa central: El proyecto de ley se desarrolla con el propósito de restablecer garantías a los y las trabajadoras, dar curso a disposiciones de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y a pactos de derechos humanos ante la regresividad en materia de derechos sociales, laborales y sindicales propios de las contrarreformas neoliberales y resultado de la violencia contra el movimiento sindical. Ante el carácter restitutivo de la reforma, la respuesta de los gremios y los empresarios es la esperada: Ni un ápice para las y los trabajadores. La reducción de las ganancias para los empresarios es impensable, porque finalmente de esto se trata: A mayores derechos obtenidos por el trabajo, mayores costos laborales. Los derechos restituidos únicamente reducen un poco el margen de sus ganancias, no los van a llevar a la quiebra, pero no van a ceder nada. Su preocupación nunca ha sido la generación de empleo, sino precarizarlo cada vez más para obtener más ganancias.
Aquí se encuentra la segunda línea de reflexión: El alcance político de los contenidos de la reforma, no la reforma en sí misma, lo que permite reconocer la lucha obrera, antipatriarcal y popular que le subyace y que podría potenciar la lucha política de la clase trabajadora superando una lectura legislativa.
Algunas de las limitaciones de la reforma están relacionadas precisamente con el carácter restitutivo. Sin duda, el enfoque de derechos no es un asunto menor, solo que a la vez restringe los alcances de lo que podría desarrollarse en la esfera de gobierno. Aquí nos encontramos con el interés de gobernar y no de disputar a los dueños del capital en medio de alianzas inestables. Así mismo, Colombia es un país de pequeñas empresas: De 1.809.330 empresas, 4.821 son grandes empresas, 13.203 medianas, 56.890 pequeñas empresas y 1.774.416 microempresas[ii], por lo que será necesaria una política fomento y fortalecimiento de la pequeña industria local y nacional. Ahora bien, de lograrse la reforma, sin duda será un paso más en la larga lucha de las y los trabajadores. Por lo pronto, la tendencia es a reducir sus propósitos en el legislativo o a la negativa de aprobación, una posibilidad que no se puede descartar y que, de ser así, sería la punta de lanza para nuevas disputas y luchas, no a favor de la reforma, sino en contra de la precarización de la vida.
Esto no es vida
La introducción de cambios en el mundo del trabajo ha generado un nuevo modelo de dominación a nivel global que se soporta en los procesos de precarización de la sociedad, la vida, la existencia y su reproducción y el régimen de derechos comunes. Este modelo se incrusta con las particularidades históricas del capitalismo como la depredación, el despojo, la virtualización y la catástrofe ecológica[iii].
Este proceso de precarización hace parte de la lógica depredadora del capital que se expresa en consumir la vida y la fuerza de trabajo, en la brutalidad de valorizar el trabajo por debajo de los costos de vida, lo que ha generado una creciente injusticia social y lo que pareciera un contrasentido. Si se reconoce que las y los trabajadores producen la riqueza en el mundo, el resultado es: Trabajadores pobres en medio de sociedades precarias.
En esta lectura se encuentra la tercera línea de reflexión, la necesidad de enfocar la actual discusión acerca del trabajo en la precarización de la vida y con ello situar de mejor manera la disputa política e ideológica al tener la reforma laboral al centro del debate público y social. Así se amplían los horizontes de lucha hacia la clase que vive del trabajo y hacia las mujeres, pues un eje clave de su acción política está en las condiciones materiales para la vida, los conflictos y las luchas que en los últimos años ellas han protagonizado: Impugnan las formas extremas de discriminación, violencia y explotación laboral.
Una persona precarizada es un tipo ideal con características de clase. Son “habitantes” con un rango más limitado de derechos que los “ciudadanos”. Dado que no poseen formas de seguridad laboral, como las oportunidades de ganar ingresos adecuados, la protección frente a los despidos arbitrarios y las regulaciones sobre las contrataciones y despidos, las oportunidades de movilidad en términos sociales y de ingresos, la protección contra accidentes y enfermedades en el trabajo, la oportunidad de ganar nuevas habilidades y de hacer uso de ellas y la seguridad asociada a la representación sindical. Así mismo, es necesario considerar que la precariedad laboral debe analizarse a partir del cruce de las dos dimensiones: El trabajo y el empleo. El trabajo es precario cuando está mal retribuido y no provoca interés en las personas que trabajan. Mientras que la precariedad del empleo se genera cuando este es incierto y no es posible prever el futuro laboral, restringiendo los derechos sociales del trabajador o la trabajadora al ocupar una posición inferior[iv].
En tal sentido, se hace necesario abordar la multiplicidad de problemáticas en los cambios en el mundo del trabajo y los diferentes cuerpos, sujetos y grupos que, como resultado de la experiencia cotidiana y concreta de la explotación, requieren alternativas al mundo del capital. En ello encontramos a las y los trabajadores de plataformas y los cambios introducidos por la digitalización, los cuales reproducen patrones clasistas, de género y raciales que profundizan la precarización y el deterioro de las condiciones de vida y trabajo. El modelo de negocios que traen las plataformas digitales (apps) perfecciona los instrumentos de las empresas para obtener mayores beneficios y evadir sus responsabilidades fiscales y como empleadores[v].
Aunque la economía on-demand se comercializó como un servicio para el bien común, nunca fue realmente así. Los servicios se diseñaron para satisfacer las necesidades de profesionales con exceso de trabajo, por lo que siempre han servido a un grupo desproporcionadamente acomodado de personas. Mientras se aprovechaban de la mano de obra de trabajadores precarizados que tenían poco control sobre su trabajo, estos cobraban bastante mal y por lo general, se les negaban los derechos y beneficios de la condición de trabajador. En el nuevo mundo de todo on-demand: “O eres de la realeza mimada y aislada (…) o eres un sirviente del siglo XXI”[vi].
Un día de tan solo 24 horas
Dibujo de un niño de la India, quien oía a su padre decir que “su esposa no trabajaba”. Fuente Sindicato de Trabajadoras del Servicio Doméstico (SINTRASEDOM)
Aproximadamente siete horas dedican diariamente las mujeres al trabajo de los cuidados, desarrollen o no una jornada laboral remunerada, (ya es una jornada en sí misma), si a esto le sumamos ocho horas laborales y dos horas más de transporte urbano, son en promedio 17 horas de un día de 24. La demanda de cuidados en los hogares también depende en buena medida de la composición por edades, género, raza, etnia, nivel educativo y nivel de ingresos. Así mismo, la informalidad, la brecha salarial y el trabajo de los cuidados es mayor en zonas rurales[vii].
El tiempo puede ser uno de los factores de menor trascendencia al momento de abordar la vida de las mujeres en Colombia. No obstante, si se presta suficiente atención, esta distribución de un día resulta devastadora y permite introducir la dimensión de lo que se está enfrentando. La demanda del trabajo de los cuidados y las tensiones que ocasiona se advierten como un agente estresor que repercute de forma dramática en el proceso de enfermedad y muerte de las mujeres: Las enfermedades cardiovasculares son la primera causa de mortalidad en el mundo. Para Colombia en el año 2021 fue más alto en mujeres con el 15,7%, mientras que en hombres fue del 10,5%, siguiendo con la tendencia identificada desde el año 2011. Las situaciones al interior del núcleo familiar, los trabajos del cuidado y la precarización laboral repercuten de forma dramática en la expresión del síntoma de angina en la mujer[viii].
El trabajo de los cuidados, son todas aquellas acciones que son indispensables para la vida misma, donde se crean canales de socialización, comunicación, la forma en que se percibe la realidad, las subjetividades y las condiciones para la fuerza de trabajo, como relación invisible. Este trabajo es realizado por las mujeres, quienes, en una carga histórica de dominación, asumieron el cuidado como un deber moral de obligatorio cumplimiento.
En este contexto la reforma reconoce el papel del Estado a través de la legislación en relación con el trabajo de los cuidados y que uno de los ejes de la precarización laboral es el sistema sexo/género. Este, históricamente ha discriminado y excluido a las mujeres y a personas no binarias negando el acceso a trabajo digno y decente, condenándoles a la sexualización del trabajo. En tal sentido, se desarrolla un articulado con perspectiva de género a través de medidas de protección a las trabajadoras como la remoción de barreras de acceso o permanencia laboral, la formalización del trabajo doméstico, jornadas flexibles para personas trabajadoras con responsabilidad de cuidado y especialmente promueve la eliminación de la violencia y el acoso, incrementa el tiempo de la licencia de paternidad e incentiva la paridad en las organizaciones sindicales.
El articulado se presenta vinculado con las poblaciones vulnerables y no desarrolla de manera precisa los mecanismos en caso de incumplimiento de lo dispuesto. Retoma la elaboración de protocolos para la prevención de las violencias basadas en género, en lo que es necesario reconocer las limitaciones en perspectiva de su puesta en marcha, de las instancias y las rutas para su implementación y de conjunto que la mayoría de las mujeres trabaja en la informalidad.
Esta iniciativa se desarrolla en medio de una creciente desigualdad y violencia hacia las mujeres: En Colombia existen 39,2 millones de personas en edad de trabajar (18,8 millones de hombres y 20,3 millones de mujeres). De estos, solamente 22,4 millones de personas están ocupadas (13,2 millones de hombres y 9,2 millones de mujeres), 2,5 millones personas están desocupadas (1,2 millones de hombres y 1,3 millones de mujeres) y 14,2 millones de personas están fuera de la fuerza laboral (4,3 millones de hombres y 9,8 millones de mujeres)[ix].
Una cuestión evidente que se constata con estos datos iniciales es la situación menos favorable para las mujeres en el mercado laboral nacional. A pesar de representar la mayoría de las personas en edad de trabajar, son menos las mujeres ocupadas y son más las mujeres desocupadas y fuera de la fuerza laboral en comparación con los hombres. En efecto, la tesis de la concentración del trabajo de cuidado no remunerado en el hogar se constata con las cifras de la población fuera de la fuerza laboral, concentrada en las mujeres dedicadas a oficios del hogar[x].
El escenario de lucha está en frente
Ocio, tiempo libre, diversión, goce, placer, alegría, compartir y descanso no se pueden convertir en añoranzas o renuncias. Es un momento de posibilidad para amplificar los horizontes de lucha y reconocer que el cambio que se necesita en el mundo del trabajo hace parte de las demandas históricas de la clase trabajadora, de las mujeres, las luchas antipatriarcales y del reconocimiento de las diversidades sexo genéricas.
Corresponde al movimiento popular recrear nuevos imaginarios de vida y lucha, generar otras formas y métodos políticos y salir de las fronteras que impone el progresismo y los pactos de gobernabilidad, que brillan por su patriarcalismo. Del mismo modo, impulsar la organización antipatriarcal y anticapitalista, la huelga y el sindicalismo feminista, retomar la movilización en la capacidad de crítica, acción y confrontación que demostró el levantamiento popular del 28 de abril de 2021.
El movimiento popular debe redefinirse a la luz de la lucha, la revuelta popular y correr los límites de lo posible, así lo exige la realidad de crisis, sin vacilaciones ni distracciones. El crecimiento económico para América Latina se disminuirá: Durante 2022 fue de 3.8% y para 2023 se calcula que solo sea del 1.4%. El mercado laboral será de los más afectados y no se puede esperar que se reduzcan las cifras de pobreza. (Banco Mundial, 2023)[xi]. El capital, por supuesto, buscará echar nuevamente sobre los hombros de las y los trabajadores los costos de la crisis. Llorará y presionará para que el intento de reforma no afecte sus ganancias. La clase que vive del trabajo deberá levantar nuevamente la consigna “que la crisis la paguen los ricos” y presionar al gobierno a que haga de verdad una reforma laboral que restituya, al menos, los derechos eliminados en estos más de 30 años de neoliberalismo.
El reconocimiento pleno de derechos frente a la explotación a las que nos somete el capital[xii], debe ir claramente ligada a la batalla por disociar la condición de ciudadanía (y las condiciones materiales que la posibilitan) de la tenencia o no de un empleo. A partir de este enfoque, se organizan e impulsan alianzas por la defensa de los servicios públicos, el derecho a una vivienda, el fortalecimiento del tejido comunitario, las luchas contra las violencias o por el derecho al aborto. Si, como defienden los feminismos, hablamos de construir vidas dignas y sin precariedad, estas reivindicaciones están ligadas y son inseparables de la lucha por el trabajo, por un trabajo con derechos y por vidas dignas más allá del trabajo.
* Milena Ochoa Larrota es Licenciada en Educación Comunitaria con Énfasis en Derechos Humanos de la Universidad Pedagógica Nacional y educadora e investigadora de la Corporación para la Educación y la Investigación Popular – Instituto Nacional Sindical (Cedins).
[i] Ver, Proyecto de Ley Reforma Laboral Trabajo por el cambio «Por medio de la cual se adopta una reforma laboral para el Trabajo digno y decente en Colombia y se modifican parcialmente el Código Sustantivo del trabajo, ley 50 de 1990, la ley 789 de 2002 y otras normas laborales. 2023.
[ii] Informe del ministerio de Comercio Industria y Turismo. 2023.
[iii] Ver, Precariedad, Precariado y Precarización. Un comentario crítico desde América Latina a The Precariat. The New Dangerous Class de Guy Standing. Hernán Cuevas. 2015.
[iv] Ver, “La precarización” como categoría nativa: exploraciones en torno al trabajo público municipal en Jujuy, noroeste de Argentina. Florencia Ferrari. CONICET.
[v] En un contexto de precariedad económica y social, el trabajo urbano en Colombia ha proveído una ecología de relaciones favorables para el desarrollo y expansión de plataformas de reparto digital, bajo un modelo de negocio alimentado por la intersección entre relaciones de trabajo informales e infraestructuras de vigilancia digital. Así, plataformas de reparto digital (como Rappi, Uber Eats, Mensajeros Urbanos, Glovo, Domicilios.com) se han constituido en una de las principales fuentes de subsistencia de población migrante y con baja empleabilidad en Colombia.
[vi] Ver, Una distopía de trabajadores desesperados y aislamiento social. Paris Marx. 2023.
[vii] En Latinoamérica, una de cada cinco mujeres que gana un salario es una trabajadora doméstica (OIT, 2021). Existen cerca de 14 millones de personas que se dedican al trabajo doméstico remunerado en la región, de las cuales 91% son mujeres. De acuerdo con las fuentes oficiales y académicas, en Colombia existen entre 700.000 y 1.000.000 de trabajadoras domésticas. Según la Encuesta de Movilidad de Bogotá de 2015, las trabajadoras domésticas tienen los viajes más largos de todas las ocupaciones. En Bogotá pueden tardar hasta 7 horas en sus recorridos diarios, en Medellín hasta 4 horas ida y vuelta, y en Sao Paulo hasta 5 horas, y en Lima hasta 6 horas. Ver, La invisibilidad de los recorridos diarios de las trabajadoras domésticas en Latinoamérica.
[viii] Ver, Caracterización de los síntomas de angina en mujeres pos síndrome coronario agudo en el marco de la teoría de Lenz y col. Yamile Ochoa. 2013.
[ix] Según los datos publicados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, correspondientes al mes de diciembre de 2022.
[x] La economía feminista marxista señala que las desigualdades de género derivan principalmente del capitalismo, al ser las mujeres asalariadas particularmente útiles como ejército de reserva laboral: sus responsabilidades familiares y su dependencia parcial del salario del hombre aseguran que sean vistas como trabajadoras de segunda clase, que pueden ser empujadas a la esfera privada siempre que el mercado de trabajo no las necesite. Desde esta perspectiva, la generación y reproducción continua de un ejército de reserva de trabajadores es «la ley general, absoluta, de la acumulación capitalista» siendo el trabajo doméstico/el trabajo de la reproducción «una función esencial en la producción de plusvalía», es, por tanto, una forma de contribuir a la acumulación de capital. Ver, La economía feminista y la división sexual del trabajo. Ignasi Brunet Icart, Carlos A. Santamaría Velasco. 2016.
[xi] Ver, Coyuntura (Enero – marzo de 2023) El Contrato Social toca fondo ¿Qué sigue? https://www.cedins.org
[xii] Ver, Otros mapas de conflictos sindicales: luchas feministas en los márgenes del trabajo. Julia Tabernero, Justa Montero, Eva Muñoz Moreno. 2022 https://www.invisiblecommutes.com
La propuesta de reforma laboral que Gustavo Petro propuso al Congreso de Colombia busca reducir la jornada de trabajo y cambiar las reglas de contratación
El gobierno de Gustavo Petro presentó una propuesta de reforma laboral ante el Congreso de Colombia que busca reducir la jornada de trabajo y cambiar las reglas de contratación para garantizar mayores derechos y protección a los trabajadores. La iniciativa busca reducir la informalidad, el desempleo y la baja productividad en el país.
“Ha sido precisamente la reducción del salario, la inestabilidad laboral, la que no ha permitido el crecimiento de la productividad en Colombia», aseguró Petro.La Federación Nacional de Comerciantes rechazó la propuesta alegando que incrementará los costos para contratar personal entre un 30% y 35%, afectando especialmente al comercio, hoteles, restaurantes, bares, transporte y entretenimiento. Sin embargo, la propuesta ha sido bien recibida por los trabajadores de plataformas digitales, quienes serían vinculados mediante un contrato de trabajo con todos los derechos y garantías.
El proyecto también busca garantizar mayor estabilidad laboral mediante la vinculación de los trabajadores mediante contratos de trabajo a término indefinido y excepcionalmente mediante contratos temporales para desarrollar una labor determinada o a término fijo por un periodo máximo de dos años.
Mauricio Olivera, vicerrector Administrativo y Financiero de la Universidad de los Andes, aseguró a The Associated Press que la de Petro es una de las reformas laborales más profundas de los últimos años porque busca cambiar temas que vienen desde la década de 1990 como las sobrecargas laborales, la contratación y despido y la estabilidad laboral.
Sin embargo, Olivera dudó si el proyecto será capaz de resolver los grandes problemas laborales en Colombia como la alta informalidad, el desempleo y la baja productividad. “En principio no se mete con la informalidad y, si termina generando costos más altos, puede aumentar la informalidad. Hay que tener en cuenta que más del 90% de las empresas colombianas son pequeñas”, explicó.
El gobierno también se ha propuesto formalizar a la mayoría de los trabajadores del sector público que suelen tener contratos por prestación de servicios y garantizar los derechos de las personas con problemas de salud, en situación de discapacidad y las mujeres embarazadas y hasta seis meses después del parto.
La reforma laboral ha generado intensos debates en el Congreso colombiano, en un momento en que la mayoría oficialista no está tan cohesionada como meses atrás debido a la discusión de otra reforma que busca modificar el sistema de salud. Aunque algunos expertos dudan de su capacidad para resolver los grandes problemas laborales en Colombia, el gobierno de Petro alega que esta propuesta es un paso importante en la lucha contra la desigualdad y la precariedad laboral en el país.
La CRUE señala que si no hay una alternativa al contrato por obra puede ocurrir que a partir de abril «se pare el sistema de ciencia y tecnología»
La Conferencia de Rectores de Universidades Españolas ha advertido de los impactos negativos que la reforma laboral podría ocasionar en el ámbito de la Investigación, debido sobre todo a la desaparición general del contrato de obra y servicio sin que se ofrezca alternativa en la nueva Ley. Se trata de una forma de amplia utilización en los contratos para investigadores, pues los proyectos científicos suelen tener un carácter temporal prefijado. Estos proyectos, en muchas ocasiones, están sujetos a la entrega de resultados en periodos cortos de tiempo.
El rector de la Universidad de Córdoba y presidente de la CRUE, José Carlos Gómez Villamandos, ha advertido este miércoles que si no hay una alternativa, «a partir de abril vamos a tener un gran problema que puede hacer que se pare el sistema de ciencia y tecnología«. Villamandos ha señalado que esta situación puede afectar a más de 25.000 en toda España, lo que supone «un problema para esas personas y evidentemente para la actividad investigadora».
La aplicación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo «tendría efectos no deseados para las universidades debido a la desaparición -con carácter general- del contrato de obra o servicio determinado por la nueva redacción del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, al no incluir una alternativa de contratación que dé respuesta a las necesidades el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación», advierte una nota de la CRUE.
Según los rectores españoles, «esta figura es de frecuente utilización en las áreas de la investigación y la transferencia del conocimiento, donde los proyectos científicos a los que concurren los investigadores se desarrollan mayoritariamente en un contexto internacional muy competitivo y de carácter temporal». Por ello, señalan que en la reunión mantenida el pasado martes 12 de enero por los representantes de CRUE con el ministro de Universidades, Joan Subirats, se dio traslado de la preocupación de la comunidad universitaria.
Ahora mismo, con la aplicación de la ley tal y como está, «a partir mes de marzo no podremos contratar a muchas personas que actualmente están realizando esa labor», ha asegurado el rector de la UCO.
El cúmulo de mentiras y falsas promesas a lo largo de nuestra historia reciente en materia laboral es escandaloso. La nueva reforma laboral, presentada como un éxito, de forma exageradamente triunfalista por sus defensores en “la izquierda” se caracteriza por incumplir lo pactado y por estar repleto de renuncias que favorecen a la CEOE.
En las últimas décadas se han aprobado distintas reformas laborales que contenían duros ataques contra el mundo del trabajo, basadas en abaratar y/o facilitar los despidos, aumentar las causas de los despidos, introducir contratos precarios, endurecer el acceso a las prestaciones por desempleo, etc. En 1994 se legalizaron las ETT y se crearon nuevas causas de despido como las organizativas y de producción. En 1997 se aprobó una reforma laboral, esta vez pactada con UGT y CCOO, que aumentaba las causas del despido, y lo abarataba. Entonces hubo un giro importante en los sindicatos mayoritarios, al aceptar lo que habían considerado inaceptable durante años. La CEOE mostraba su satisfacción, y a su vez extrañeza, dado que consideraban que UGT y CC OO habían convocado una huelga general en 1994 por una reforma laboral menos agresiva.
Se nos prometió que ese abaratamiento del despido era temporal, aunque se consolidó en la reforma laboral de José Luis Rodríguez Zapatero de 2006, y en las sucesivas. En la segunda legislatura del Gobierno de Zapatero, la CEOE insistió en la necesidad de aprobar una nueva reforma laboral para “crear empleo y salir de la crisis”. Zapatero criticó como líder del PSOE en 2002 que Aznar aprobara una reforma laboral sin consenso. Prometió en reiteradas ocasiones que él jamás aprobaría una reforma sin acuerdo y sin consenso. El gobierno del PSOE nos aseguró que la crisis no la pagarían los trabajadores, y que no era necesaria ninguna reforma laboral debido a que la crisis no tenía un origen laboral.
Pero Zapatero cambió de parecer y se mostró partidario de una reforma laboral, asegurando que no reduciría el coste del despido. Por el contrario, en junio de 2010, fue aprobada una reforma que abarataba el despido, sin consenso con los sindicatos y sin votos en contra del PP en el congreso. El cúmulo de mentiras y falsas promesas a lo largo de nuestra historia reciente en materia laboral es escandaloso.
A nadie le sorprendió que el PSOE con el tipo de políticas de Zapatero, que no estaban incluidas en su programa electoral, sufriera un descalabro electoral en 2012
Hubo una huelga general contra la reforma el 29 de septiembre de 2010. Hablamos de una norma que facilitaba los descuelgues salariales, abarataba y aumentaba las causas del despido, legalizaba las ETT en sectores anteriormente prohibidos, etc. Después se aprobó una reforma drástica del sistema de pensiones, que elevaba la edad de jubilación a los 67 años, endurecía el acceso a la pensión, así como el cálculo para su acceso.
Con la reforma, cada año es más difícil jubilarse, exigiendo más años cotizados y más edad, año tras año hasta el 2027. UGT y CC OO pactaron la reforma, lo cual era sorprendente, dado que ambos sindicatos históricamente defendían la jubilación a los 60 años, recordando que se opusieron a la reforma de pensiones de 1985 que era mucho menos agresiva, llegando en el caso de CC OO a convocar una huelga general. Además, UGT y CC OO criticaron que Felipe González incumpliese su promesa de rebajar la edad de jubilación a 64 años. En definitiva, a nadie le sorprendió que el PSOE con este tipo de políticas de Zapatero, que no estaban incluidas en su programa electoral, sufriera un descalabro electoral en 2012.
Las promesas del PP
El PP nos prometió que cuando llegasen al Gobierno no subirían el IVA, ni abaratarían el despido. Pero muy pronto vimos que fueron algunas de sus primeras medidas. González Pons llego a prometer que crearían 3,5 millones de puestos de trabajo en cuatro años. El entonces responsable de comunicación del PP dijo también: “No vamos a abaratar el despido”. Entonces, la reforma laboral de 2010 era ya un hecho consumado. El nuevo Gobierno de Mariano Rajoy nos advirtió de la dureza de la reforma laboral que iban a aprobar. Recordemos que antes de aprobarse, el ministro De Guindos dijo ante las cámaras a un comisario europeo que la reforma laboral seria “extremadamente agresiva”. Días antes ya habíamos visto en la tele a Rajoy diciendo al primer ministro finlandés en Bruselas que “la reforma laboral me va a costar una huelga general”. En realidad, fueron dos huelgas generales: el 29 de marzo y 14 de noviembre de 2012.
Recordemos que la nueva norma suponía numerosos ataques al mundo del trabajo, tal como estaba exigiendo el gran capital. En el propio preámbulo se hacía referencia textual: “Presiones de los mercados financieros […] hacen imprescindible abordar las deficiencias estructurales del mercado laboral español”. La reforma eliminaba la necesidad de autorización administrativa de los ERE, aumentaba las causas de los despidos, se abarataba el despido, etc.
Podríamos hacer una enciclopedia con todo lo que se ha dicho sobre las anunciadas derogaciones de la reforma laboral. Comprobaremos que se nos ha mentido, eso es un hecho irrefutable
En 2012 y en los años siguientes se repitieron los pronunciamientos entre dirigentes de PSOE, UGT, CC OO, IU, y más tarde, de Podemos tras su fundación, sobre la necesidad de derogar esta reforma laboral. El PSOE dio muestras de apoyo a las huelgas generales de 2012, y llamaron a la participación en un video. Presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma, al considerar “que atenta contra los valores constitucionales y ataca el estado de derecho”. Pedro Sánchez, cuando fue elegido secretario general del PSOE en 2014 afirmó: “Las nefastas consecuencias que está teniendo la reforma laboral, tanto por el intolerable recorte de los derechos de los trabajadores, como por la constante devaluación de sus condiciones salariales, lo que está agravando la situación económica de las familias y dificultando la salida de la crisis”. Nos aseguraba que no iba a permitir que se consolidasen los recortes laborales e incluso que “la primera medida que tomará el próximo Gobierno socialista será la de derogar la reforma laboral de Rajoy, para recuperar cuanto antes los derechos de los trabajadores”.
En 2015, el PSOE se presentó a las elecciones prometiendo que derogarían la reforma laboral por completo y por decreto. En el debate electoral entre Pedro Sánchez y Mariano Rajoy, el líder del PSOE dijo por televisión ante millones de personas: “Nosotros lo que vamos a hacer es derogar su reforma laboral”. En el programa electoral del PSOE de 2016 se puede leer lo siguiente: “Los y las socialistas derogaremos con carácter inmediato toda la reforma laboral del PP, que estableció un modelo de empleo precario, de bajos salarios, de despidos baratos y un sistema de relaciones laborales sin equilibrio de poder entre trabajadores y empresarios. Un modelo que ya ha sido desautorizado en muchos de sus contenidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Un modelo que preocupa a la OIT y a la OCDE por las consecuencias que origina en el nivel de pobreza de nuestra ciudadanía y en el deterioro de nuestro clima social. Y la sustituiremos por una norma dialogada con los agentes sociales”.
En 2016 Pedro Sánchez decía que “Mientras Rajoy lo único que hace es intentar sumar escaños para perpetuarse en el poder, nosotros vamos a hablar de las políticas progresistas, si así lo quieren el resto de partidos de izquierdas. Se trataría de un Gobierno que derogue la reforma laboral”. En febrero de 2018, la portavoz del PSOE de Servicios Sociales, Elvira Ramón, aseguraba en el parlamento que era “indispensable derogar la reforma laboral”. En junio de ese año Pedro Sánchez era investido presidente tras una moción de censura. Una vez en el poder todo cambio.
El PSOE y Pedro Sánchez afirmaron en numerosas ocasiones que derogarían la reforma laboral de Mariano Rajoy, pero todo cambió nada más llegar al poder
La nueva ministra de Trabajo del gobierno del PSOE, dos días después de su nombramiento indicaba en La Razón: “La reforma laboral no se pude derogar alegremente”. Entonces comprobamos que la reforma no se derogó en el primer consejo de ministros de Pedro Sánchez, ni en los siguientes. A finales de 2019, PSOE y Podemos llegaron a un acuerdo de Gobierno que se plasma en un documento en cuya pagina 3 ponía: “Derogaremos la reforma laboral. Recuperaremos los derechos laborales arrebatados por la reforma laboral de 2012”. Pasaron los meses y no se derogó, pese a que nos prometían desde Podemos que se derogaría por completo.
En enero de 2020, Rafa Mayoral planteaba que “de la reforma laboral del PP no van a quedar ni los palos del sombrajo”. El 20 de mayo de 2020 se publica un acuerdo entre los grupos parlamentarios del PSOE, Unidas Podemos y EH Bildu en el que se exponía que “Las fuerzas políticas que suscriben este acuerdo se comprometen a derogar de manera íntegra la Reforma Laboral del año 2012 impulsada por el Partido Popular”.
En una de las páginas más surrealistas de la historia política reciente, el paco entre PSOE, Unidas Podemos y EH Bildu para derogar la reforma laboral tuvo una duración de dos o tres horas; el PSOE se desdijo del acuerdo que acababa de firmar, lo que provocó el enfado en Podemos
Pero en una de las páginas más surrealistas de la historia política reciente, el paco tuvo una duración de dos o tres horas. El PSOE se desdice del acuerdo que acababa de firmar, lo que provocó el enfado en Podemos. Pablo Iglesias respondía “En el acuerdo de Unidas Podemos con el PSOE para la legislatura, para la investidura y para el Gobierno de coalición, no se habla de derogación parcial, se habla de derogación de la reforma laboral. Eso es un acuerdo de gobierno de coalición”.
Mentiras, mentiras y mentiras
Hace tan solo dos meses, Pablo Echenique criticaba en twitter la ambigüedad respecto al presidente del Gobierno sobre la derogación de la reforma laboral. Podríamos hacer una enciclopedia con todo lo que se ha dicho desde entonces. Comprobaremos que se nos ha mentido, es un hecho irrefutable. Se llegó a un punto en el que solo se hablaba de lo que NO se iba a derogar de la reforma laboral. Las tibiezas del PSOE al respecto eran criticadas por dirigentes de Podemos, hasta que esas tibiezas dejaron de ser monopolio del PSOE.
En octubre de 2021, la ministra Yolanda Díaz aseguraba en el Congreso de CC OO que iba a “derogar la reforma laboral a pesar de todas las resistencias”. Pero días después decía que técnicamente no era posible derogar la reforma laboral, y que no se iba a derogar el abaratamiento del despido aprobado en la reforma laboral de Rajoy. Es decir, se advertía de que no se iba a recuperar la indemnización por despido previa a la reforma de 2012. Era algo que ya había dicho anteriormente desde el PSOE, y que había sido criticado desde Podemos. Por tanto, se dejaba intacto uno de los aspectos más lesivos de la reforma, sin olvidar que el despido ya se había abaratado previamente al año 2012 en más de una ocasión. Este cambio de parecer, provocó las críticas de Mas País. Iñigo Errejón tras conocer el acuerdo entre sindicatos, Gobierno y CEOE planteó que esperaba que la reforma no fuera “descafeinada”. En este sentido, finalmente se presentó un acuerdo pactado entre CC OO, UGT y la patronal que no derogaba por completo la reforma laboral, tal y como nos habían prometido desde el gobierno, y también habían exigido los sindicatos mayoritarios.
El Gobierno, que llevaba dos años anunciando y prometiendo la derogación de la reforma laboral, finalmente no la ha derogado. Esto no quiere decir que el acuerdo tenga cuestiones positivas. Todo cambio a mejor bienvenido sea. Se suprimen facilidades que implementó el PP para hacer ERE en el sector público. Se incide en causalizar con precisión los motivos de la contratación temporal. Aumentan las sanciones por contratación temporal fraudulenta. Se elimina el contrato de duración determinada por obra y servicio, se introduce el derecho a la información al trabajador temporales sobre vacantes fijas, etc. Pero recordemos que en esta materia el Ministerio de Trabajo defendía introducir un porcentaje máximo del 15% de temporalidad en las empresas. Hubiese sido mejor recuperar una normativa muy positiva para prohibir la temporalidad abusiva en las empresas. Estos topes fueron suprimidos en la reforma laboral de 1984. Ha habido una oportunidad histórica para recuperarlos, pero a última hora se ha renunciado a ello, y por tanto no podemos estar contentos.
En su lugar se ha aprobado que se puedan establecer límites máximos en los convenios. Medida mucho más ambigua, e infinitamente menos efectiva que la propuesta anterior. Además, se crea una nueva modalidad de contrato temporal para situaciones imprevisibles y ocasionales con una duración máxima de 90 días en un año. En los próximos meses tendremos que valorar cómo incide la nueva norma y evoluciona la contratación indefinida y temporal. Por otro lado, aunque hay algunas mejoras respecto a la subcontratación, el Ministerio de Trabajo proponía prohibir que las empresas subcontratasen trabajadores para realizar la misma actividad, algo que hubiese sido positivo, pero que tampoco se ha incluido. Por otro lado, sigue vigente la normativa que permite aplicar un ERE incluso en empresas con beneficios. Continúan vigentes numerosas causas para aplicar despidos colectivos, así como la referente a modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo reflejadas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Hay avances en la recuperación de la ultraactividad, aunque ya existían sentencias favorables al respecto. En todo caso la nueva redacción es demasiado compleja. Tampoco se recupera el nivel de cantidades a pagar a los trabajadores que anteriormente asumía el FOGASA, y el recorte aprobado anteriormente, se mantiene. Pero reiteramos que el abaratamiento en las indemnizaciones se deja tal como quedo en la reforma laboral de 2012, y tampoco se recuperan los salarios de tramitación. No se recuperan los 45 días por año con tope de 42 mensualidades, y nos quedamos con los 33 días y 24 mensualidades de tope. El abaratamiento del despido se refuerza, consolida y se presenta como intocable, pese a que nos prometieron derogar lo más “lesivo”. ¿El abaratamiento del despido no era un aspecto lesivo?
Pese a que se han aprobado algunas mejoras laborales, no podemos alegrarnos de que una vez más un Gobierno “de izquierdas” incumpla una promesa electoral
Es una pregunta muy oportuna, ante los defensores acríticos de este acuerdo. Una vez más, UGT y CC OO aceptan, lo que hasta ahora consideraban inaceptable. En definitiva, lo que se ha pactado no es la derogación de la reforma laboral, que era el compromiso y promesa de este Gobierno. Por tanto, pese a que se han aprobado algunas mejoras laborales, no podemos alegrarnos de que una vez más un Gobierno “de izquierdas” incumpla una promesa electoral. La normativa anterior a 2012 ya era extremadamente precaria, y se mire por donde se mire, no se recuperan todos los derechos que nos arrebató la reforma de Rajoy. El despido sigue siendo muy fácil para las empresas, e igual de barato que con el PP. Parece ser que si gobierna la derecha se puede imponer una reforma laboral sin consenso y sin los sindicatos. Pero si gobierno la “izquierda” no se puede aprobar sin el visto bueno de la CEOE. En los últimos procesos electorales millones de votantes, votaron a partidos con programas que prometían la derogación de la reforma laboral, y que ahora gobiernan. Finalmente no han cumplido. La nueva reforma laboral, presentada como un éxito, de forma exageradamente triunfalista por sus defensores en “la izquierda” se caracteriza por incumplir lo pactado y por estar repleto de renuncias que favorecen a la CEOE. La excusa de la “correlación de fuerzas”, esta históricamente demasiado gastada y usada para justificar el incumplimiento de promesas, y cuestiones que son del todo injustificables.
Algo falla, cuando defensores de la reforma laboral del PP, consideran una buena noticia el acuerdo. El editorial de ABC ha sido muy clara al respecto: “El acuerdo entre Gobierno, sindicatos y CEOE es de mínimos y proviene de una cesión de todos para contentar a Europa. Pero por suerte no supone la derogación de la norma del PP de 2012”. En la misma editorial se indica: “En ningún caso se trata de la «derogación» que textualmente prometieron el PSOE y Podemos tanto en sus programas electorales como en su pacto de coalición”. Además añade que “El acuerdo es en definitiva una buena noticia”. Hay más artículos publicados en los últimos días en la prensa en los que también se indica que poco cambia con la nueva reforma laboral. De hecho, se habla constantemente de lo que NO se modifica. El líder de la CEOE, Antonio Garamendi, decía en Antena 3 que el Gobierno “planteaba al principio una derogación absoluta de la reforma”, pero se congratulaba de que al final había “quedado una renovación bastante razonable”.
Un artículo en LaRazón señala que “si uno examina de cerca el contenido de la contrarreforma laboral promovida por el Gobierno y aceptada por los agentes sociales, comprobara rápidamente que los acuerdos alcanzados no afectan al núcleo de la reforma laboral de 2012”, añadiendo que “los elementos esencial de la reforma laboral de 2012 ya forman parte del consenso político nacional”. La Conferencia Episcopal también ha considerado muy positivo el acuerdo. El responsable económico de Ciudadanos, Luis Garicano, ha valorado positivamente el acuerdo. Por otro lado, el ex ministro Jordi Sevilla ha explicado que encuentra “totalmente reconocible la actual reforma laboral pactada” con el acuerdo de gobierno que el PSOE llego con Ciudadanos en 2016. El exministro añade en twitter que “Yolanda Díaz lo criticó y se opuso. Me alegro que haya cambiado de opinión”. Hace no mucho escuchábamos la expresión “el miedo va a cambiar de bando”. Pero está claro que con esta reforma, no es así. Por su supuesto, ya no solo no se dan por perdidos numerosas agresiones de las reformas laborales de 2010 y 2012, además reivindicaciones históricas como las 35 horas semanales, el fin del despido libre pagado, etc., ni se nombran.
Mientras tanto, sindicatos como ELA, CIG, LAB y CGT han mostrado sus críticas a esta reforma laboral, que por cierto tiene que pasar por el Parlamento, donde es previsible que partidos políticos como ERC, BNG, Mas País o EH Bildu, hagan enmiendas que avancen en la derogación de contenidos de la reforma laboral de Rajoy que han quedado intactos. ¿Qué votará al respecto el grupo parlamentario de Unidas Podemos?. Es una pregunta relevante e interesante. Y para terminar el artículo, seguimos haciendo preguntas, porque nueve años después de la reforma laboral, dos años después de la formación del Gobierno de coalición… ¿si nos prometieron derogar la reforma laboral, porque no la han derogado? Aunque la nueva reforma laboral recupera derechos, ¿qué ocurre con los que da por perdidos? ¿Si no se deroga ahora con una mayoría parlamentaria más que suficiente, cuando se derogará? ¿Por qué esperar dos años para al final no derogarla por completo? ¿Por qué se mantiene el abaratamiento del despido? Si la reforma de 2012 provoco despidos masivos al eliminar la necesidad de autoridad admirativa en los ERE, ¿por qué se mantiene la falta e inexistencia de control administrativo en los ERE? Si decían que la reforma laboral era tan mala, por qué no la han derogado íntegramente tal y como nos habían prometido?
Los datos de la EPA del III trimestre de 2021 siguen situando al Estado español entre las economías más pobres de la Unión Europea.
CGT insiste en que es fundamental la derogación de las Reformas Laborales de PSOE y PP, y la creación de un marco regulatorio que tenga en cuenta las nuevas formas de explotación.
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado tras analizar los datos publicados de la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondientes al III trimestre de 2021. Según la organización anarcosindicalista, el empleo que se está creando sigue siendo precario e inestable, siendo especialmente preocupante la tasa de desempleo juvenil, que se sitúa entre las más altas de Europa con un 32’2 %. Además, apuntan desde CGT, el mayor porcentaje de contratos temporales y parciales siguen siendo para las mujeres, perpetuándose la división sexual del trabajo y siendo estas las que se encarguen de desempeñar actividades más precarias y teniendo más dificultades a la hora de acceder a puestos laborales de mayor responsabilidad y mejor remunerados.
De este modo, explican desde la CGT, se han creado 359.000 empleos, reduciéndose en 0’7 puntos la tasa de paro, aunque sigue siendo mayor la tasa de desempleo femenina con un 16’36 % frente a la masculina con un 12’97 %. Por otro lado, se han destruido 49.500 empleos en el sector de la agricultura y 31.500 en el sector de la construcción. El sector de los servicios aumentó el número de empleos con 377.200. CGT indica que también se observan grandes diferencias por territorios, siendo Canarias y las Islas Baleares donde más empleos se han creado y Andalucía, Ceuta y Murcia donde más han desaparecido o donde la situación sigue estancada. Y en relación a las horas trabajadas, se han realizado 5’1 millones de horas extras durante el tercer trimestre del año, y de estas un 40 % no fueron pagadas.
Ante este panorama, desde CGT indican que la ausencia de un verdadero cambio en el marco de las relaciones laborales sigue permitiendo y reproduciendo la precariedad y la inestabilidad de las personas de clase trabajadora. Los anarcosindicalistas consideran que no es suficiente crear empleo, sino construir un marco regulatorio que garantice trabajos dignos y de calidad que permitan a las personas tener vidas dignas. Por ello, y además de la derogación de las dos últimas Reformas Laborales de 2010 y 2012, desde la organización anarcosindicalista exigen la reducción de la jornada laboral sin reducción de salario y la defensa de una edad de jubilación digna y un sistema público de pensiones.
La democracia sindical se ha convertido en una promesa de campaña incumplida, un problema irresuelto y una obligación legal infringida. El Presidente de México, siendo candidato, dijo que respetaría la independencia y la autonomía de los trabajadores de la educación en caso que el voto ciudadano le favoreciera. Lo reiteró en abril del dos mil diecinueve: “Ya hasta estoy reservando mi lugar en primera fila, porque quiero ver las elecciones internas, quiero ver a los maestros votando por primera vez en urnas de manera libre y en secreto, sin acarreos, sin amenazas, con democracia”. Días después, se promulgó la reforma laboral. Hasta hoy, ha sido imposible hacerla realidad. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del gobierno federal y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación han impedido, de una manera u otra, llevarla a la práctica. La dependencia encargada de la política laboral por omisión a sus atribuciones y la organización gremial por desacato. A ambos, la pandemia les vino como anillo al dedo para justificar su insensatez.
Analizaré el tema en los párrafos subsecuentes. Para ese propósito, retomaré algunas ideas de mis escritos anteriores a manera de introducción. La importancia de contar con organizaciones sindicales para la defensa de los derechos laborales de los agremiados y de órganos colegiados que salvaguarden los intereses profesionales, la deontología y ordenación del ejercicio docente lo expresé en el texto “La reforma a la reforma educativa”. Salió a la luz en septiembre del dos mil dieciocho.
Profundicé sobre el asunto en la colaboración que lleva por título “Los derechos laborales y los derechos profesionales del magisterio”. Tomé como punto de referencia la modificación a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LFTSE). Como bien se sabe, se buscó adecuarla a los Convenios C087 y C098 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativos a la libertad y protección de los derechos sindicales. Me concentré en los derechos inherentes al ejercicio de la profesión docente emanados de la creación del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
A partir del cuestionamiento final del artículo anterior, ¿cuál es el papel que juegan, y debieran jugar, las organizaciones sindicales en la defensa de los derechos laborales y los derechos profesionales del magisterio? intenté aportar algunos argumentos para una probable repuesta en “Por un sindicalismo al servicio del magisterio”. Advertí, que la reforma educativa le habría arrebatado a las organizaciones sindicales la prerrogativa de los derechos profesionales adjudicándole a los propios maestros el derecho de interponer su defensa. Y, por ello, se le concedió al Estado Mexicano la rectoría de la educación quedando de manifiesto en las atribuciones exclusivas conferidas a las autoridades educativas en determinados asuntos con una participación marginal de los sindicatos como, por ejemplo, la asignación de plazas. En este sentido, destaqué que la función sustancial de las organizaciones gremiales, particularmente el SNTE, debiera ser la aludida en el título. Observé también que, al interior del SNTE, se libra una batalla entre diversos grupos. Unos por mantenerse y otros para acceder al poder.
Desde esta perspectiva, revisaré de aquí en adelante las nuevas reglas para la elección de los dirigentes seccionales. Estas fueron aprobadas en noviembre del dos mil diecinueve por el Consejo Nacional del sindicato más grande de América Latina por la cantidad de afiliados según el Comunicado 77-2019. El portal Profelandia.com filtró el reglamento presentado ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con acuse de recibido por la Oficialía de Partes fechado el trece de enero del dos mil veinte.
Sobre el particular, la Cámara de Diputados emitió dos proposiciones con puntos de acuerdo para exhortar
A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a promover la celebración de los encuentros sindicales nacionales; y al SNTE, a expedir la convocatoria correspondiente para elegir a la dirigencia nacional por el voto personal, libre, directo y secreto. 19 de noviembre del 2019 (https://bit.ly/37dKmu3).
Al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del SNTE a modificar su estatuto y reglamento en materia de elección de dirigentes. 5 de febrero de 2020 (https://bit.ly/3yjXGZO).
Haciendo uso de tácticas dilatorias y burocráticas, meses después, el SNTE manifestó que hasta el 2024 se convocará a una nueva elección para la renovación del Comité Ejecutivo Nacional. Y, para el caso de los Comités Ejecutivos Seccionales, se continuará con la renovación de las dirigencias en las seis secciones pendientes debido a la pandemia una vez que existan las condiciones para evitar contagios por Covid 19 en concordancia con el Comunicado 43-2020. Se refiere a la 21 de Nuevo León, 31 de Tlaxcala, 2 y 37 de Baja California, 26 de San Luis Potosí, 27 de Sinaloa. Para las fechas actuales, la mayoría de las secciones en el país han concluido su periodo.
Una vez reveladas las intenciones del CEN del SNTE, la STPS fijó su postura sobre el reglamento en cuestión “a efecto de desarrollar una elección ejemplar en la que se garantice la libre participación de los trabajadores para ejercer la libertad sindical para elegir a sus dirigentes” según la nota de Milenio fechada el diecisiete de septiembre del dos mil veinte (https://bit.ly/3ymMQSz). Se le refutó al SNTE, por parte de la STPS, el Artículo 8 porque violenta el derecho a ser votado. Se puso en tela de juicio el requisito de elegibilidad y la exigencia de haber desempeñado algún cargo de representación sindical para poder ser votado como integrante de la Directiva Seccional Sindical. Ello contraviene, se determinó, lo dispuesto en el Artículo 358 de la LFTSE relativo al derecho a la libre participación de los trabajadores al interior de la organización. Es necesario, resaltó la STPS, modificar dicho reglamento y los estatutos porque restringe y condiciona la libertad de los agremiados para ser candidatos. También propuso directrices que han de seguirse para que el proceso electoral interno sea equitativo y democrático.
En las redes sociales circula el documento “Propuesta sobre elecciones de Directivas Seccionales del SNTE”. Entre otras recomendaciones que la STPS le hace a la organización sindical, se contempla: I) Previo a la jornada: garantizar condiciones equitativas para todos los candidatos; elaborar la convocatoria apegada a las disposiciones en la que se garantice el voto personal, libre, secreto y directo; sobre el registro de candidatos y la integración del padrón; emisión de boletas con medidas de seguridad. II) Durante el proceso electoral: asegurar el material para el ejercicio del voto, instalar urnas y casillas. III) Un vez concluido el proceso: contabilizar los votos, publicar los resultados, resguardar los materiales, atender las impugnaciones, informar sobre la jornada electoral. La realización de actividades proselitistas e inhibir actos de violencia son acciones muy delicadas.
En mi opinión, lo anterior significa un avance insoslayable. Pero acusa vacíos v. gr. la modificación del propio reglamento. Tampoco se aborda lo relativo al financiamiento, a la transparencia ni la rendición de cuentas de las instancias y personas involucradas. Aborda generalidades y sería conveniente precisar puntualmente todos y cada uno de los aspectos.
Por otra parte, algunas organizaciones magisteriales han externado su desacuerdo con respecto a dejar en manos del CEN del SNTE la realización de la jornada electoral porque se convertirían en juez y parte. Se inclinan a favor de que se le encargue el proceso, de principio a fin, al Instituto Nacional Electoral. También han planteado la instalación de una Comisión que sustituya al actual Comité Ejecutivo Nacional para quitar cualquier asomo de duda. A eso le han llamado de manera coloquial, “poner el piso parejo”. Implicaría necesariamente un proceso de cabildeo de la STPS con las diversas fuerzas políticas.
Se detectan tres aspectos controversiales:
La distinción entre voto universal y el voto personal, libre, secreto, directo. Hay discrepancias entre lo estipulado en el reglamento y la ley.
El tiempo considerado para la organización de un proceso de tales magnitudes. Algunos dicen que seis meses, uno más consideran que año y medio y otros señalan hasta dos.
Y ruta crítica a seguir. ¿La renovación de las dirigencias seccionales o la nacional? El CEN del SNTE impone lo primero y los opositores prefieren lo segundo.
Lo cierto es que no se ha modificado ni una coma al reglamento en cuestión ni se ha hecho valer lo legalmente establecido. Se ha hecho caso omiso a los puntos de acuerdo pronunciados por los legisladores. Los días transcurren sin concretarse la reforma laboral. Mientras tanto, continúan las violaciones a los derechos de los trabajadores de la educación. En particular, los derechos profesionales del magisterio. Y, con ello, se posterga la transformación política, laboral, educativa y social deseada.
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